Reglamento de Drenajes EMPAGUA

EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA -EMPAGUADIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN UNIDAD DE DISEÑO DE AGUA Y ALCANTARILLADO R E G L A M E N

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EMPRESA MUNICIPAL DE AGUA -EMPAGUADIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN UNIDAD DE DISEÑO DE AGUA Y ALCANTARILLADO

R E G L A M E N T O

PARA DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE DRENAJES

GUATEMALA, C. A.

NORMAS Y REGLAMENTO DE DRENAJES PARA LA CIUDAD DE GUATEMALA REGLAMENTO CAPITULO I PRESENTACION Y APROBACION DE PROYECTOS 100-a)

Todos los proyectos de obras de drenajes a realizarse en la ciudad de Guatemala dentro del perímetro del área de influencia urbana, deberán ser aprobados previo a su ejecución por el Departamento de Drenajes de la Municipalidad de Guatemala.

101

PRESENTACION DE PROYECTOS

101-a)

Todo proyecto de obras de drenaje presentado a la consideración del Departamento de Drenajes de la Municipalidad de Guatemala para su aprobación, debe constar de la siguiente información: Localización del área a drenar prospecto a su ubicación en el área de influencia urbana de la ciudad de Guatemala. Plano topográfico del área a drenar a escala 1:1,000, con curvas de nivel a una equidistancia vertical de por lo menos un metro en terreno llano y de hasta cinco metros en las áreas barrancosas; debiendo estar las cotas referidas al nivel del mar por enlace a un banco de marca reconocido por la Municipalidad; en este plano debe incluirse: Distribución de lotes, calles áreas públicas, etc. Localización de las tuberías indicando su dirección de escurrimiento, su diámetro y pendiente. Localización de pozos de visita, tragantes, ramales secundarios y sus cajas y todas las obras accesorias del sistema. Planos de planta y perfil a escalas horizontal 1:500 y vertical 1:50 de cada una de las avenidas y calles, debiendo estar las cotas referidas al nivel del mar y por enlace a un banco de marca reconocido por la Municipalidad; y en estos planos debe incluirse:

1 -

Localización de lotes, calles, áreas públicas, etc. Localización de las tuberías indicando su dirección de escurrimiento, su diámetro, pendientes y longitud. Localización de pozos de visita, tragantes, ramales secundarios y las cajas, y todas las obras accesorias del sistema. Plano de planta con la división de los diferentes distritos de la zona a drenar, que sirvió para determinar el criterio de elección del porcentaje de impermeabilidad, consignándolo en cada uno de ellos. Plano de planta a escala 1:1000 con la división parcial de las áreas a drenar, correspondientes a cada uno de los ramales principales, consignado el monto de cada uno de ellos. Plano de planta que indique las densidades de población estimadas para cada uno de los ramales principales. Garabitos típicos que indiquen la localización de las tuberías, cables, canalizaciones y toda estructura dentro de las vías públicas. 101-b)

En los casos especiales que crea conveniente el Departamento de Drenajes de la Municipalidad, podrá pedir al solicitante cualquier otra información adicional que considere conveniente, previo a dar su aprobación al proyecto sometido a su consideración.

101-c)

Todos los planos deben presentarse con los signos convencionales y en los formatos que aparecen en el apéndice.

101-d)

Todo proyecto de obras de drenaje deberá estar respaldado por la firma de un Ingeniero Civil Colegiado, y de preferencia por un Ingeniero Sanitario.

101-e)

De los planos mencionados en la sección 101-a, deben proporcionarse una copia simple de cada uno de ellos y una copia reproducible de los definidos en los numerales 2, 3 y 7.

101-f)

En toda Lotificación cuya área sea mayor de 3 hectáreas, deberá incluirse en la información las memorias y cálculos completos de cada una de las partes del proyecto.

2 -

102

APROBACION DE PROYECTOS

102-a)

El Departamento de Drenajes de la Municipalidad dará su aprobación para la construcción del proyecto de drenajes sometido a su consideración cuando constate que el solicitante ha llenado todos los requisitos establecidos en este reglamento, y que el proyecto se encuentra elaborado de acuerdo a las normas municipales de diseño.

102-b)

Todo proyecto de drenaje para su aprobación deberá efectuarse de acuerdo con el -Plan Maestro de drenajes de la Ciudad de Guatemala.-

103

MODIFICACIONES

103-a)

Todo cambio o modificación al proyecto original, deberá ser aprobado antes de su ejecución por el Departamento de Drenajes y para ello el lotificador deberá presentar toda la información pertinente especificada en la sección 101.

3 -

CAPITULO II SUPERVISION, CONTROL Y RECEPCION DE TRABAJOS

200

SUPERVISION Y CONTROL DE TRABAJOS

200-a)

Antes de iniciar cualquier trabajo de drenajes, el lotificador deberá dar aviso por escrito de ello al Departamento de Drenajes, para que así pueda éste controlar y supervisar los trabajos, a fin de que sean ejecutados de acuerdo a las normas municipales y al proyecto aprobado.

200-b)

La Municipalidad podrá en cualquier momento constatar la calidad de los materiales empleados en la ejecución del proyecto, solicitando la ejecución de los ensayos necesarios en el Laboratorio de la Facultad de Ingeniería, para lo cual el lotificador deberá proporcionar las muestras que la Municipalidad considere convenientes y costear el valor de los trabajos.

200-c)

No podrá ser utilizado en la ejecución de un proyecto de drenajes, ningún material que no llene las normas municipales.

200-d)

Un personero Municipal nombrado para el efecto por el Departamento de Drenajes, deberá inspeccionar la ejecución de los trabajos para constatar y ellos se ejecutan a las estipulaciones municipales y al proyecto aprobado, debiendo de proceder en todo caso al cumplimiento consecutivo de las siguientes etapas: Apertura y rasanteo de zanjas. Colocación de tuberías principales y secundarias. Fabricación de Pozos de visita. Fabricación de tragantes. Colocación de cajas de conexión domiciliar. Fabricación de estructuras especiales. Relleno de zanjas.

200-e)

Todo trabajo de construcción de drenajes deberá estar a cargo de un ingeniero civil colegiado; lo cual deberá ser puesto en conocimiento de la Municipalidad por el Lotificador; así mismo cualquier cambio que se efectué en el transcurso de los trabajos.

-4-

201

RECEPCION DE TRABAJOS

201-a)

Luego de concluidos los trabajos y comprobados que ellos se efectuaron de acuerdo con las estipulaciones dadas en el reglamento y las normas de diseño Municipales, así como del proyecto aprobado, la Municipalidad a solicitud del Lotificador podrá dar por recibidos los trabajos, para lo cual deberá levantarse un acta en el Departamento de Urbanismo, en la que deberán comparecer tanto el Lotificador o su representante autorizado, como el Ingeniero que tuvo a su cargo la ejecución de los trabajos, el jefe de la Sección de Lotificaciones, el jefe del Departamento de Drenajes y el o los personeros municipales que inspeccionaron los trabajos cuando éstos fueron ejecutados.

5 -

CAPITULO III DISPOSICION DE LAS AGUAS CLOACALES DOMESTICAS 300-a)

Se denominan aguas cloacales domésticas, a los desperdicios líquidos y sólidos transportados por agua, de una comunidad; comprendiendo: Desechos de casas de habitación desechos de instituciones y edificios comerciales.

301-a)

Para el propósito de la disposición de las aguas cloacales domésticas, la ciudad se dividirá en las zonas siguientes: Zona Atlántica de Drenajes, la localizada al norte de la divisoria de aguas. Zona Pacífica de Drenajes, la localizada al Sur de la divisoria de aguas. Zonas habitadas no consideradas pro la Municipalidad como Lotificaciones en la cual no existe red de drenajes.

301-b)

En la zona atlántica de drenajes las aguas cloacales de origen doméstico se dispondrán en un sistema de drenajes del tipo conocido como “combinado”.

301-c)

En la zona pacífica de drenajes las aguas cloacales de origen doméstico se dispondrán en un sistema de drenajes del tipo conocido “separativo”, salvo en el área que es tributaria al colector Reformita - Mariscal - Roosevelt en que podrán ser dispuestas en un sistema de drenajes del tipo conocido como “combinado”.

301-d)

En las zonas habitadas no consideradas como lotificaciones por la Municipalidad en la cual no exista red de drenajes, las aguas cloacales de origen doméstico se dispondrán en cada residencia en un pozo ciego que deberá estar precedido por una fosa séptica, hasta cuando sean efectuados los trabajos de la red de drenajes de la zona.

302-a)

En todo nuevo trabajos de drenajes efectuado en la zona pacífica de drenajes, los lotificadores deberán dejar totalmente construido en lo que respecta al área de su lotificación el drenaje de tipo conocido como “separativo”, encausado las aguas cloacales hacia los colectores principales, de acuerdo al PLAN MAESTRO de drenajes de la ciudad de Guatemala.

303-a)

En la zona pacífica de drenajes que no es tributaria del colector Reformita Mariscal - Roosevelt, la disposición de las aguas cloacales de origen doméstico, se harán en cada residencia en un pozo ciego que deberá estar precedido de fosa séptica. Esta disposición será temporal, en tanto la Municipalidad de Guatemala realiza los trabajos de Plantas de Tratamiento del Sur de la ciudad y de los colectores que encaucen las aguas cloacales a las citadas plantas.

-6-

CAPITULO IV DISPOSICIION DE LAS AUGAS CLOACALES INDUSTRIALES

400-a)

Se denominan aguas cloacales industriales, a los desperdicios líquidos y sólidos transportables por el agua, provenientes de plantas industriales, fábricas, etc.

401-a)

Para el propósito de la disposición de las aguas cloacales industriales la ciudad se dividirán en las zonas siguientes:

401-b)

Zona atlántica de drenajes, la localizada al norte de la divisoria de aguas. Zona Pacífica de drenajes, la localizada al sur de la divisoria de aguas. En la zona atlántica de drenajes las aguas cloacales de origen industrial se dispondrán en un sistema de drenajes del tipo conocido como -combinado-.

401-C)

En la zona Pacífica de drenajes las aguas cloacales de origen industrial se dispondrán en un sistema de drenajes del tipo conocido como -separativo-, salvo en el área que es tributaria al Colector Reformita -Mariscal - Roosevelt en que podrán ser dispuestas en un sistema de drenajes del tipo conocido como combinado-.

401-d)

En la zona Pacífica de drenajes que no es tributaria del Colector Reformita Mariscal - Roosevelt, las aguas cloacales de origen industrial, deberán ser sometidas a un tratamiento adecuado y tanto éste como la disposición final, deberá ser aprobada por la Municipalidad. Esta disposición será temporal, en tanto la Municipalidad de Guatemala realiza los trabajos de plantas de tratamiento del sur de la Ciudad y de los colectores que encaucen las aguas cloacales a las citadas planta.

401-e)

En aquellas zonas en que aún no exista red de drenajes, las aguas cloacales de origen industrial deberán ser sometidas a un tratamiento, adecuado y tanto éste como la disposición final deberá ser aprobada por la Municipalidad.

402

REGULACIONES

402-a)

En ningún sistema de drenajes se podrán ingerir aguas que contengan: rasas y aceites provenientes de garajes, talleres de mecánica, planta industriales, etc. Alquitranes y aceites vegetales o minerales y sus derivados. Pinturas, barnices y los desechos provenientes de su manufactura.

-7-

Aguas de desechos que contengan una cantidad mayor de 5000 PPM de sólidos suspendidos. Los productos combustibles que puedan causar explosiones o poner en peligro el sistema de drenajes. Los desechos industriales con un pH menor de 5.5 o mayor de 9. Cualquier agua de desecho industrial con una demanda bioquímica de oxigeno a los cinco días mayor de 1000 ppm. Las basuras o sus constituyentes: desperdicios, desechos, cenizas, barrido de calles, trapos, materias sobrantes de construcciones, etc. Las materias en solución o suspensión que debido a reacciones químicas puedan obstruir, dañar o tapar las tuberías del alcantarillado. Las aguas que se encuentren a una temperatura mayor de 65º C.

403

CONEXIÓN DE LAS PLANTAS INDUSTRIALES, FABRICAS, ETC., A LA RED DE DRENAJES.

403-a)

Toda planta industrial, fábrica, etc., no podrá ingerir sus aguas cloacales a la red de drenajes, sin contar con el correspondiente permiso de la Municipalidad.

403-b)

Toda planta industrial, fábrica, etc., no podrá disponer sus aguas cloacales fuera de los linderos de su propiedad, sin contar con el correspondiente permiso de la Municipalidad.

403-c)

Para la expedición del permiso de conexión a la red de drenajes, el interesado deberá presentar planos completos de la red de drenaje particular, el análisis físico-químico, D.B.O. a los cinco días y la cantidad de aguas cloacales que corren por ella; esta información deberá ser proporcionada por profesionales colegiados con estudios especializados en estas ramas.

403-d)

Toda planta industrial, fábrica, etc., que a la fecha de promulgarse el presente reglamento se encuentre en funcionamiento, deberá dentro del plazo de un año, proceder a la redisposición de sus aguas cloacales industriales fuera de los linderos de su propiedad, sujetándose a las disposiciones y reglamentos Municipales.

-8-

CAPITULO V DISPOSICION DE LAS AGUAS PLUVIALES 500-a)

Se denominan aguas pluviales a las aguas de escorrentía provenientes de las lluvias, corren a través de las zonas urbanas y sus alrededores.

501-a)

Para el propósito de la disposición de las aguas pluviales la ciudad se dividirá en las zonas siguientes: Zona Atlántica de drenajes, la localizada al norte de la divisoria de aguas. Zona Pacífica de drenajes, la localizada al sur de la divisoria de aguas.

501-b)

En la zona Atlántica de drenajes las aguas pluviales se dispondrán en un sistema de drenajes del tipo conocido como -combinado-.

501-c)

En la Zona Pacífica de drenajes las aguas pluviales se dispondrán en un sistema de drenajes del tipo conocido como -separativo-, salvo en el área tributaria al colector Reformita-Mariscal-Roosevelt en que podrán ser dispuestas en un sistema de drenajes del tipo conocido como -combinado-.

502-a)

En todo nuevo trabajo de drenajes efectuado en la zona pacífica los lotificadores deberán dejar totalmente construido en lo que respecta al área de su lotificación el drenaje conocido como separativo, encauzando las aguas pluviales hacia las barrancas cercanas, de acuerdo al Plan Maestro de drenajes de la Ciudad de Guatemala.

-9-

CAPITULO VI INSTLAACIONES DE DRENAJES INTERIORES

600-a)

Se denominan instalaciones de drenajes interiores a los conductos y obras accesorias, que colectando dentro de las propiedades particulares las aguas cloacales o las pluviales, las conducen a las cajas de conexión domiciliar.

601-a)

En toda nueva construcción las instalaciones de drenajes interiores se harán separativas para aguas cloacales y para aguas de lluvia, aún en aquellas zonas en donde la red de drenajes es hoy del tipo combinado, donde se reunirán ambos conductos en la caja de conexión domiciliar.

601-b)

Para el propósito del drenaje separativo, se consideran como aguas cloacales domésticas las provenientes de baños, de cocinas y de instalaciones de lavado.

601-c)

Las instalaciones de drenajes interiores serán normadas por el reglamento municipal respectivo.

602-a)

Queda terminantemente prohibido descargar: Aguas de lluvia o aguas usadas en ciertos procesos industriales (enfriamiento u otros que no polucionen o contaminen las aguas) a un sistema de drenajes que sea solamente del tipo conocido como sanitario. Aguas cloacales a un sistema de drenajes que sea solamente del tipo conocido como de tormenta.

603-a)

La Municipalidad no puede garantizar la prestación del servicio de drenajes a edificaciones cuyo nivel de piso acabado sea inferior al de la corona de la calle.

604-a)

Ninguna personal podrá efectuar la conexión de su drenaje domiciliar a la red de drenajes municipal, sin contar con la debida autorización expedida por la Municipalidad de Guatemala.

- 10 -

N O R M A S C A P I T U L O

I

DEFINICIONES DE TERMINOS Y CLASIFICACIÓN DE DRENAJES 100-a)

AGUAS CLOACALES DOMESTICAS: Son los desperdicios líquidos y sólidos transportados por agua, de una comunidad, comprendido: Desechos de casas de habitación desechos de instituciones y desechos de restaurantes y edificios comerciales.

100-b)

AGUAS CLOACALES INDUSTRIALES: Son los desperdicios líquidos y sólidos transportables por el agua, provenientes de plantas industriales, fábricas, etc.

100-c)

AGUAS PLUVIALES: Son las aguas de escorrentía que provienen de las lluvias, corren a través de las zonas urbanas y sus alrededores.

100-d)

AGUAS DE INFILTRACION: Son las aguas subterráneas que se infiltran entre las tuberías de drenaje.

101-a)

SISTEMA DE DRENAJE: Es el conjunto de tuberías o conductos cerrados y que normalmente trabajan como canales, a través de los cuales corren solas o combinadas, las aguas cloacales y/o pluviales.

101-b)

Respecto a su uso los sistemas de drenaje se clasifican en: SISTEMA DE DRENAJE SANITARIO: El formado por un solo conducto, a través del cual corren únicamente las aguas cloacales. SISTEMA DE DRENAJES DE TORMENTA: El formado por un solo conducto, a través del cual corren únicamente las aguas pluviales. SISTEMA DE DRENAJES COMBINADOS: El formado por un solo conducto, a través del cual corren tanto las aguas cloacales como las pluviales. SISTEMA DE DRENAJES SEPARATIVO: El formado por dos conductos en forma tal que por uno corren únicamente las aguas cloacales y por el otro exclusivamente las aguas pluviales.

101-c)

Un sistema de drenajes puede estar formado de las siguientes partes:

RAMALES PRINCIPALES O YTUBERIAS CENTRALES:

Son los conductos que

colectando las aguas cloacales, pluviales o ambas, están situados al centro de las calles. RAMALES SECUNDARIOS: Son los conductos que reciben las aguas cloacales, pluviales o ambas, provenientes de las residencias, instituciones, fabricas, etc., y que son conectados directamente a los ramales principales. - 11 -

RAMALES COLECTORES O INTERCEPTORES: Son los conductos que colectan las aguas cloacales, pluviales o ambas, provenientes de los ramales principales, los cuales generalmente están situados a mayores profundidades que éstos. COLECTORES MADRES O PRINCIPALES: Son los conductos que colectan las aguas cloacales, pluviales o ambas, provenientes de los ramales colectores, y que los conducen a plantas de tratamiento o a su disposición final en las cañadas de desfogue. POZOS DE VISITA: Son estructuras construidas con el objeto de proporcionar acceso tanto a los ramales principales como a los colectores, con el propósito de inspeccionar y limpiarlos. POZOS DE CAIDA O REGISTROS: Son estructuras construidas con el objeto de conectar los ramales principales con los ramales colectores, o éstos con los colectores madres, y los cuales tienen acceso desde la superficie. CAJAS DE CAUDAL: Son estructuras similares a las anteriores con la única diferencia de no tener acceso desde la superficie, y construidos con el mismo propósito, o buen con el objeto de bajar de nivel los ramales colectores madres para hacer en forma más fácil y adecuada la disposición final de las aguas en las cañadas receptoras. BOVEDAS O CAJAS DE UNION: Son transiciones hidráulicas construidas con el objeto de unir dos o más ramales colectores con los colectores madres. SIFONES INVERITODS: Son tramos de drenaje que trabajan a presión con el objeto de pasar por abajo de una corriente de agua u otro obstáculo. TRAGANTES: Son las aberturas que en las superficies de las calles o en los bordillos, dan acceso a las aguas pluviales a los tubos de drenaje.

- 12 -

CAPITULO

II

SISTEMA DE DRENAJES DE TORMENTA 200-a)

201

Un sistema de drenajes de tormenta es aquel que está de acuerdo con la sección 101-b-2, y en el cual no pueden correr bajo ningún concepto las aguas definidas en las secciones 100-a y 100-b. DETERMINACION DE CAUDAL

201-a)

La determinación del caudal se efectuará por el método racional C. I. A. Q = = ____________ = lt/s 0.360 Donde Q Es el caudal en metros cúbicos por segundo. C Es la relación entre la escorrentía y la cantidad de lluvia caída en I Es la intensidad de lluvia en milímetros por hora. A Es el área a drenar en hectáreas.

el área.

201-b) INTENSIDAD DE LLUVIA: Se determinará de acuerdo con las fórmulas para la Ciudad de Guatemala en la forma siguiente: Zona Atlántica, para tuberías menores de 1.50 mts. de diámetro. 4604.5 I== t + 24.2 Zona Atlántica, para tuberías mayores de 1.50 mts. de diámetro 4203.6 I== t + 23.2 Zona Pacífica, para tuberías menores de 1.50 mts. de diámetro. 6889.1 I== t + 39.5 Zona Pacífica, para tuberías mayores de 1.50 mts. de diámetro.

5915.7 I== t + 35.8

- 13 -

En tramos iniciales de acuerdo a la tabla 201-b. En tramos consecutivos de acuerdo con la fórmula: L t2 == t1 + _____ 60 V1 Donde:

t1 es el tiempo de concentración en el tramo anterior en minutos. L Es la longitud del tramo anterior en metros V1 Es la velocidad a sección llena en el tramo anterior en metros por segundo.

En tramos concurrentes t1 se tomará igual al del tramo de mayor tiempo de concentración.

201-c)

COEFICIENTE DE ESCORRENTIA: Se determinará de acuerdo con las curvas de escorrentía que se encuentran en el apéndice. El porcentaje de impermeabilidad se determinará de acuerdo con la siguiente fórmula: C ==

Donde

c. a. a

c. a. Es la suma de los productos de las áreas parciales multiplicado por su correspondiente valor de impermeabilidad relativa, cada en la tabla 201-c c. a

Es la suma de las áreas parciales

Para el propósito de determinar el porcentaje de impermeabilidad, se dividirá las zonas a drenar en diferentes distritos, en los que cada uno de ellos tenga aproximadamente la misma densidad de área construida, calles pavimentados, parques, jardines, etc. 201-d)

AREA A DRENAR: Se determinará sumando el área de las calles, el área de los lotes que son tributarios al ramal en estudio.

202

RAMALES PRINCIPALES

202-a)

DISEÑO DE SECCIONES Y PENDIENTES: fórmulas siguientes: Q == V. A.

V ==

1

R 2/3

Se efectuará haciendo uso de las S½ n

- 14 -

Donde Q

Es el gasto en metros cúbicos por segundo, determinado de acuerdo con la sección 201. A Es el área de la sección de la corriente en metros cuadrados. V Es la velocidad en metros por segundo R Es el radio hidráulico en metros. S Es la pendiente en metro por metro. N Es el coeficiente de rugosidad, el cual variará según el caso en la forma siguiente: n = 0.015 para tubos de concreto de 0.60 Mts. o menos de diámetro. n = 0.013 para tubos de concreto mayores de 0.60 Mts. de diámetro.

202-b)

La velocidad a sección llena no podrá ser menor de 0.75 Mts/seg. Ni mayor de 3.00 Mts/seg.

202-c)

La tubería será de un diámetro mínimo de 0.40 Mts; y nunca podrá estar colocada a una menor profundidad que la dada en la tabla 202-c; además deberá permitir que el punto más alejado de los lotes que son tributarios a ella, puedan ser drenados por medio de una tubería que partiendo de dicho punto tenga una pendiente mínima de 2 %.

202-d)

No se harán cambios de pendientes ni de dirección entre pozos de visita en tuberías menores de 1.00 Mts. de diámetro.

202-e)

En las intersecciones de tuberías, la cota de la corona de los tubos entrantes deberá ser mayor o igual a la de la corona del tubo saliente y éste no será nunca de un diámetro menor al de aquéllos.

203

RAMALES SECUNDARIOS

203-a)

El diseño se regirá de acuerdo con las secciones 202-a y 202-b.

203-b)

La tubería será de un diámetro mínimo de 0.20 Mts. y no podrá tener una pendiente

menor del 2 % ni mayor del 6 %; el eje de esta tubería formará con el eje de la principal un ángulo no menor de 30º ni mayor de 75º y se situará de manera tal que el sentido de las corrientes sea el mismo. 203-c)

La profundidad de la tubería en la caja de conexión domiciliar será tal que permita que el punto más alejado del lote tributario a ella, pueda ser drenado por medio de una tubería que partiendo de dicho punto, tenga una pendiente mínima del 2 %.

- 15 -

203-d)

La conexión con el ramal principal se hará directamente y en la parte superior de él y de acuerdo con los modelos del apéndice.

203-e)

La caja de conexión con el drenaje domiciliario estará formada por un tramo de tubería de 0.40 Mts. de diámetro colocado verticalmente y de acuerdo con los modelos del apéndice.

203-f)

En cada lote se deberá dejar construido por lo menos un ramal secundario, el cual podrá ser usado únicamente por dicho lote; en aquellos lotes grandes susceptibles de ser fraccionados en varios de menor tamaño se deberá dejar un ramal secundario cada 10 Mts.

204

RAMALES COLECTORES Y COLECTORES MADRES

204-a)

El diseño se regirá de acuerdo con las secciones 202-a y 202-b.

204-b)

En las tuberías de concreto podrán usarse mayores velocidades que la especificada en la sección 202-b, siempre que se cumpla con los siguientes requisitos:

RESISTENCIA DEL CONCRETO A 28 LOS 28 DIASVELOCIDAD MAXIMA PERMITIDA 140 Kg./cm2.3.00 Mts/seg210 Kg./cm25.00 Mts/seg.250 Kg./cm26.00 Mts/seg.280 Kg./cm26.50 Mts/seg.315 Kg./cm2Mts/seg. 204-c)

En cada cambio de diámetro o de pendiente, según sea la forma en que se conecte el ramal tributario se construirá un registro o una bóveda de unión.

204-d)

En las intersecciones deberá estudiarse el problema hidráulico particular en ellas desarrollado.

204-e)

Los cambios de dirección se efectuarán por medio de curvas, las cuales deberán estudiarse hidráulicamente a fin de que se produzca en ellas la menor pérdida de carga posible.

204-f)

En estos ramales no se podrán conectar directamente a ellos, los ramales secundarios.

204-g)

Cuando se encuentran situados a una profundidad mayor de 10 Mts. la localización e ellos no es menester que sea en la línea de calles, siempre y cuando no se perjudique la seguridad de la propiedad privada.

205

POZOS DE VISITA

205-a)

Los pozos de visita serán usados cada vez que la tubería, cambie de diámetro o pendiente y en los cruces de dos o más tuberías; pero nunca deberán estar separados entre sí por una distancia mayor de 100 Mts. Cuando las tuberías tributarias a ellos sean menores de 1.00 Mts. de diámetro. - 16 -

205-b)

En su base el diámetro mínimo de los pozos de visita no será menor del especificado en la tabla 205-b.

205-c)

No se permitirá caída en la entrada de un pozo de visita mayor de 0.25 Mts. Sin accesorio especial que encauce el caudal con un mínimo de turbulencia. Según sea el caso para el cual se coloque un pozo de visita, se regirá para su diseño a la sección 205-b y a los modelos que aparecen en el apéndice.

205-d)

En todo principio de ramal se deberá prever un pozo de visita, lo mismo que en cualquier caída intermedia aun que no se cambie de diámetro o pendiente.

206

REGISTROS Y CAJAS DE CAIDA Estas estructuras son usadas en conexión con los ramales colectores y los colectores madres, y se regirán de acuerdo con la sección 205; y los modelos que aparecen en el apéndice, y para su diferenciación de acuerdo con las definiciones dadas en las secciones 101-c -6 y 101-c-7, para su diseño deberá hacerse el estudio hidráulico del problema particular en ellos desarrollado.

207

TRAGANTES

207-a)

Los tragantes se colocarán en todos los puntos bajos o simas de las calles, así como en las intersecciones de estas de manera que la avenida no atraviese la bocacalle, y además cuando el volumen de la avenida lo requiera; más con todo no podrán estar separados entre sí por una distancia mayor de 100 Mts.

207-b)

En calles de tráfico intenso no se podrán usar tragantes en que la entrada esté formada por depresión el pavimento.

207-c)

Respecto al diseño de la tubería de conexión se regirá por la sección 203-a, 203-b y 203-d, mas siendo el diámetro mínimo de 0.30 Mts.

207-d)

El tipo de tragante a usarse depende de las circunstancias pero deberá estar de acuerdo con los modelos que aparecen en el apéndice.

207-e)

El tirante de la avenida no podrá ser mayor de 0.03 Mts. de alto y su ancho no podrá ser mayor de 0.75 Mts.

- 17 -

C A P I T U L O

III

SISTEMA DE DRENAJES SANITARIO 300-a)

Un sistema de drenajes sanitario es aquel que está de acuerdo con la Sección 101b-1 y en el cual no pueden correr bajo ningún concepto las aguas definidas en la Sección 100-c.

301

DETERMINACION DEL CAUDAL

301-a)

La determinación del caudal doméstico se hará en función de la densidad de población y el caudal por habitante, según el tipo de zona de que se trate, de la siguiente forma: TIPO DE ZONA

Barrios pobres Barrios residenciales de clase media Barrios residenciales de clase alta

caudal en lts/hab/día 115 a 153 170 265

Densidad hab/Ha. 220 a 470 75 a 220 15 a 75

301-b)

En zonas comerciales e industriales el caudal se asumirá en 0.4 lts/seg/Ha. Refiriéndose esto a áreas no desarrolladas, a esta cantidad se deben agregar las aguas cloacales de las industriales existentes; con todo se recomienda hacer un estudio especial para cada caso en particular.

301-c)

El factor de flujo entre el flujo promedio y el flujo de diseño, se tomará de la tabla 301-c; cuando el flujo d diseño sea inferior a 1.5 lts/seg. Se empleará este último valor.

301-d)

Al caudal de diseño obtenido se le deberá agregar un caudal de 0.1 lts/seg/Ha,

debido a infiltraciones posibles en el sistema; y 100 lts/hab/día debido a posibles conexiones ilícitas. 301-e)

En zonas de apartamentos el caudal de diseño será de 265 lts/hab/día y deberá estudiarse el caso especial con relación a la densidad de población

302

RAMALES PRINCIPALES

302-a)

El diseño se regirá con las secciones 202-a, 202-d y 202-e; donde el gasto Q se determinará de acuerdo a la Sección 301.

- 18 -

302-b)

La velocidad en una tubería cuando se encuentra trabajando con el caudal mínimo no podrá ser menor de 0.30 Mts/seg.; y a velocidad a sección llena no podrá ser menor de 0.60 Mts/seg. ni mayor de 3.00 Mts/seg.

302-c)

La tubería será de un diámetro mínimo de 0.25 Mts.; y nunca podrá estar colocada a una menor profundidad que la dada en la tabla 202-c; además deberá permitir que el punto más alejado de los lotes que son tributarios a ella, puedan ser drenados por medio de una tubería que partiendo de dicho punto a una profundidad de 0.20 Mts. tenga una pendiente mínima de 2 %.

303

RAMALES SECUNDARIOS

303-a)

El diseño se regirá de acuerdo con las secciones 202-a, 203-d, 302-b; donde el gasto se determinará de acuerdo a la sección 301.

303-b)

La tubería será de un diámetro mínimo de 0.15 Mts. y no podrá tener nunca una pendiente menor de 2 % ni mayor de 6 %; el eje de esta tubería formará con el eje de la principal un ángulo no menor de 30º ni mayor de 75º y se situará de manera tal que el sentido de las corrientes sea el mismo.

303-c)

La profundidad de la tubería en la caja de conexión domiciliar será tal que permita que el punto más alejado del lote tributario a ella, pueda ser drenado por medio de una tubería que partiendo de dicho punto a una profundidad de 0.20 Mts., tenga una pendiente del 2% mínima.

304

RAMALES COLECTORES Y COLECTORES MADRES

203-e, 203-f, y

Se denominan así a las tuberías definidas en la sección 101-c-3 y 101-c-4 y que tienen un diámetro mayor de 1.00 Mts. 304-a)

El diseño se regirá de acuerdo con las secciones 202-a, 204-c, 204-d, 204-e, 204-f, 204-g y 302-b; pero el gasto Q será determinado de acuerdo con la sección 301.

304-b)

En tuberías de concreto podrán usarse mayores velocidades que la especificada en la sección 302-b, siempre y cuando se cumpla con los requisitos dados en la tabla de la sección 204-b.

- 19 -

305

POZOS DE VISITA Estas estructuras se regirán de acuerdo a su propósito y diseño, conforme a lo estipulado en la sección 205.

306

REGISTROS Y CAJAS DE UNION Estas estructuras se regirán de acuerdo a su propósito y diseño, conforme a lo especificado en la sección 206.

- 20 -

C A P I T U L O

IV

SISTEMA DE DRENAJES COMBINADOS

400-a)

Un sistema de drenajes combinados es aquel que está de acuerdo con la sección 101-b-3.

401

DETERMINACION DEL CAUDAL

401-a)

La determinación del caudal se hará sumando al caudal obtenido de acuerdo a la sección 201 el caudal obtenido de acuerdo a la sección 301.

402

RAMALES PRINCIPALES

402-a)

El diseño se regirá de acuerdo con las secciones 202-a, 203-d, 202-c, 302-b y 302c; pero el gasto Q se determinará de acuerdo con la sección 401, y el diámetro mínimo será de 0.40 metros.

403

RAMALES SECUNDARIOS

403-a)

El diseño se regirá de acuerdo con las secciones 202-a, 203-b, 203-d, 203-e, 203-f, 302-b y 303-c; pero el gasto Q se determinará de acuerdo con la sección 401.

404

RAMALES COLECTORES Y COLECTORES MADRES Se regirá de acuerdo a su propósito y diseño conforme a la sección 204 pero el gasto Q se determinará de acuerdo con la sección 401.

405

POZOS DE VISITA

Estas estructuras se regirán de acuerdo a su propósito y diseño, conforme a lo estipulado en la sección 205. 406

REGISTROS Y CAJAS DE UNION Estas estructuras se regirán de acuerdo a su propósito y diseño conforme a lo estipulado en la sección 206.

407

TRAGANTES Estas estructuras se regirán de acuerdo a su propósito y diseño, conforme a lo estipulado en la sección 207.

21 -

C A P I T U L O

V

SISTEMA DE DRENAJES SEPARATIVOS

500-a)

Un sistema de drenajes separativo es aquel que está de acuerdo con la definición dada en la sección 101-b-4.

500-b)

El sistema de conductos destinados para aguas cloacales se regirá de acuerdo a lo estipulado en el capítulo III; y en lo referente al sistema de conductos destinados para aguas pluviales se regirá de acuerdo a lo estipulado en el capítulo II.

- 22 -

C A P I T U L O

V I

MATERIALES Y REQUISITOS ESTRUCTURALES

600-a)

En todo trabajo de drenajes deberá usarse de preferencia el concreto y los productos derivados del cemento, en las obras accesorias se puede utilizar el ladrillo de barro cocido.

601

CLASE DE TUBERÍA

601-a)

Los tubos a emplearse podrán ser lisos o corrugados exteriormente, y en sus extremos podrán ser conformados para la unión en forma de campana y espiga o bien por sistema de macho y hembra.

601-b)

Todas las tuberías serán de concreto y se utilizará refuerzo en tuberías mayores de 0.75 de diámetro.

602

FABRICACION DE TUBERIAS

602-a)

Los tubos deberá ser fabricados preferiblemente pro métodos mecánicos.

602-b)

Las tuberías serán homogéneas y bien calibradas y de espesor uniforme, libres de defectos, de superficie interior lisa y con extremos terminados en planos normales a su eje longitudinal.

602-c)

En cada tubo deberá grabarle o pintarse en forma indeleble las siguientes indicaciones: La correspondiente marca de fábrica y la fecha de fabricación.

602-d)

Las tuberías fabricadas de concreto sin refuerzo, tendrán las dimensiones especificadas en el cuadro 602-d.

602-e)

Las tuberías fabricadas de concreto con refuerzo, tendrán las dimensiones y el área de refuerzo mínima especificada en la tabla 602-e).

603

AGREGADOS

603-a)

El agregado fino será de la mejor calidad; las partículas deben estar limpias y constituidas por granos selíceos duros y de tamaño variable entre 4 y 6 mm.; no menos del 12 % ni más del 20 % será retenido por el tamiz No. 100; no deberá tener más del 2 % en peso de materia orgánica ni más del 5 % de arcilla o limo.

- 23 -

603-b)

Los agregados finos procedentes de diferentes fuentes de abastecimiento no deberán mezclarse o almacenarse en las mismas pilas, ni usarse en la misma clase de construcción o en la misma mezcla.

603-c)

El agregado grueso estará constituido por triturado o grava, o una mezcla de los dos, cuyos fragmentos sean limpios, sin recubrimientos de materias extrañas, lodos ni residuos orgánicos; la cantidad de arcilla o tierra que puede contener dicho agregado no deberá exceder del 5 % en peso, y la materia orgánica no excederá del 2 % en él; los fragmentos de piedra serán de superficies ásperas, ángulos agudos, de textura compacta y grano uniforme; no deben contener trozos de piedra blanda o en desintegración, esquistos o piezas planas exceso.

604

DEPOSITO DE AGREGADOS

604-a)

Los lugares para depósito de agregados deben estar limpios de detritus y materias orgánicas; tanto el agregado grueso como el fino deben almacenarse separadamente, de tal manera que se evite la mezcla con residuos y la superposición de ellos.

605

CEMENTO

605-a)

Para preparar las mezclas de concreto o mortero se usará cemento Portland fresco tipo I o Tipo II, el cual debe someterse a las especificaciones normales de la

A.S.T.M.; debe almacenarse en un sitio seco y ventilado; y se prescindirá del uso de cualquier saco cuyo contenido aparezca defectuoso o hidratado. 606

AGUA

606-a)

El agua que se use en las mezclas debe ser limpia, libre de ácidos, sustancias alcalinas y otras materias perjudiciales.

607

MEZCLAS

607-a)

Siempre que sea posible debe hacerse la mezcla a máquina; cuando se haga a mano, cada bachada no debe exceder de ½ metro cúbico de volumen.

- 24 -

607-b)

Las mezclas deberán hacerse sobre superficies limpias, como plataformas de madera, hierro o pavimentos y en ningún caso sobre tierra y otras superficies que puedan afectar la calidad del concreto o de los morteros.

607-c)

No se pueden utilizar mezclas que tengan más de 30 minutos de preparadas.

607-d)

La cantidad de cemento a emplearse en las mezclas no será inferior a ½ sacos por metro cúbico de concreto (320 kg. De Cemento por metro cúbico de concreto).

608

ACERO PARA REFUERZO

608-a)

El acero para refuerzo debe cumplir las especificaciones normales adoptadas por la A.S.T.M.; las varillas deben estar libres de óxidos antes de ser colocadas en cada parte de la obra donde se requieran.

608-b)

En tuberías la distancia del eje de refuerzo a la superficie exterior más próxima de concreto es de 25 mm.

608-c)

En tuberías al especificarse dos camas de refuerzo, puede usarse refuerzo circular o bien una sola cama de refuerzo elíptico cuya área sea por lo menos el 50 % del área total de acero indicada en la tabla 602-e.

608-d)

En tuberías si se emplean dos camas de refuerzo circular, la cama inferior contendrá por lo menos el 50 % del acero y la exterior no menos del 40 %, pero el área del acero empleada será no menor del señalado en la tabla 602-e, para el tamaño de tubo y clase de concreto especificado.

608-e)

En obras fuera de las tuberías debe cumplirse con las especificaciones normales adoptadas por la A.C.I.

609

CONDICIONES REQUERIDAS EN LAS TUBERÍAS

609-a)

Todos los ensayos para determinar las condiciones requeridas deberán estar de acuerdo a los standard de la A.S.T.M.

609-b)

Los tubos deberán estar libres de fracturas, rajaduras, grietas, ampollas, laminaciones o asperezas superficiales.

609-c)

Los tubos se someterán a ensayos de resistencia a presión externa, por el método de los tres apoyos y deberán dar como mínimo una resistencia igual a la especificada en las tablas 609-1 y 609-c-2.

25 -

609-d)

Se ensayará un número de tubos equivalente al 1 % del total de cada partida, pero como mínimo deberán ser 3 ejemplares.

609-e)

Si el 20 % o más de los tubos ensayados no cumplen con los requisitos exigidos será rechazada toda la partida; no obstante se podrán efectuar nuevos ensayos con el mismo número de ejemplares tomados de la misma partida y ésta se aceptará si el 80 % o más de las unidades (incluyendo las del primer grupo ensayado) cumplen con la resistencia exigida.

609-f)

La absorción de agua será como máximo del 15 % en peso.

609-g)

Cuando los tubos se someten al ensayo de permeabilidad y se prueben de acuerdo a las normas de la A.S.T.M., no deberán dar señales de exudación ni de grietas.

610

TOLERANCIAS Y VARIACIONES DE LAS MEDIDAS

610-a)

En tuberías de concreto sin refuerzo, se admitirán las variaciones que figuran a continuación: En los diámetros interiores En los espesores hasta 25 mm. de 25 a 38 mm. de 38 mm. En adelante En la longitud entre lados opuestos desviación del eje longitudinal

5 mm. Más o menos 1.5 mm. de menos 2.5 mm. de menos 3.0 mm. de menos 1 % del diámetro 1%

de la longitud especificada 610-b)

1.5 %

En tuberías de concreto con refuerzo, se admitirán las variaciones que figuran a continuación: En los diámetros interiores Tubería hasta 900 mm. tuberías mayores de (900 mm.) En los espesores de las paredes

1.5 % más o menos 1.0 % más o menos 5 % de menos

En la longitud entre lados opuestos desviación del eje longitudinal de la longitud especificada

1 % del diámetro interno 1% 1.5 %

En la posición del refuerzo circular tuberías hasta 1200 mm. tuberías mayores de 1200 mm.

6 mm. más o menos 12.5 mm. más o menos - 26 -

El recubrimiento neto sobre el refuerzo no deberá ser menor de 19 mm.

611

MADERA PARA ENTIBADOS Y FORMALETA

611-a)

La madera para entibados será de buena calidad y suficientemente resistente para el trabajo que van a desempeñar. La madera para formaletas deberán ser de la mejor calidad, de tamaño adecuado, recta y seca.

611-b)

612

DONDICIONES REQUERIDAS EN LAS OBRAS EN TUNEL

612-a)

Todas las obras de túneles deben ser construidas en forma tal que sean capaces de resistir las cargas a que puedan estar sujetas, para lo cual deberán hacerse los análisis necesarios de la Mecánica de Suelos, elaborado para ello los perfiles estratigráficos de los lugares que atraviesa.

612-b)

Se recomienda el empleo de las teorías de Karl Terzaghi para el cálculo de presiones sobre los recubrimientos de los túneles.

613

CONDICIONES REQUERIDAS EN LOS POZOS DE VISITA Y TRAGANTES

613-a)

Las paredes se construirán en tal forma que resistan las presiones laterales a que puedan estar sujetas.

613-b)

Las cimentaciones deben ser construidas en forma tal que puedan ser capaces de resistir la carga del peso propio de la estructura como la del agua que pueda contener.

614

LADRILLO DE BARRO COCIDO (TAYUYO)

614-a)

Los ladrillos de barro cocido podrán ser macizos o perforados, pero la superficie de vacíos será menor de 25 % del área total

614-b)

Los ladrillos deben ser limpios, compactos y libres de rajaduras, reventaduras, combas, escamas o ampollas; sus aristas serán rectas, aras a escuadra, dimensiones parejas; el color será uniforme; difícil de rayar con hoja de acero; el sonido será metálico al golpearlo; deberá estar libre de partículas a mayores de 3.2 mm. especialmente de carbonato de calcio.

614-c)

El porcentaje de absorción a las 24 horas será menor del 25 %

614-d)

La succión en gr/min/cm2. Variará entre 0 y 0.5.

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614-e)

En general los ladrillos deberá estar libres de eflorescencias.

614-f)

La variación en las dimensiones no será mayor de 4 mm. a la especificada.

614-g)

La resistencia a la flexión no debe ser menor de 13 Kg. Por centímetro cuadrado, y la resistencia a la compresión no debe ser menor de 75 Kg. Por centímetro cuadrado.

614-h)

Todos los ensayos para determinar las condiciones requeridas deberán estar de acuerdo a los standars de la A.S.T.M.

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C A P I T U L O

V I I

CONSTRUCCION 700

SITUACION DE LAS TUBERÍAS

700-a)

Las tuberías de los ramales principales de un sistema combinado, se localizarán en el eje central de las calles y avenidas.

700-b)

Las tuberías de los ramales principales de un sistema separativo, se localizarán en la siguiente forma: 1) Las del drenaje sanitario, un metro al sur del eje central de las calles y un metro al occidente del eje central de las avenidas. 2) Las del drenaje de tormenta, un metro al norte del eje central de las calles y un metro al oriente del eje central de las avenidas.

700-c)

En las calles o avenidas cuyo derecho de vía sea mayor de 40.00 Mts., se colocarán tuberías de drenaje en ambos costados, y en el caso de un sistema de drenajes del tipo separativo, las tuberías del drenaje de tormenta deberán estar más cercanas al eje central de las vías.

700-d)

Las tuberías de drenaje no podrán colocarse en la misma zanja que la de las tuberías de agua potable; y la mínima distancia horizontal entre ellas será: 1) Aguas cloacales - agua potable 1.50 Mts. Aguas de lluvia - agua potable 1.00 Mts.

705-b)

El relleno de las zanjas debe hacerse simultáneamente a ambos lados de los tubos, de tal manera que no se produzcan presiones laterales peligrosas; al iniciarse el relleno este deberá hacerse primero hasta alcanzar la parte superior del tubo, compactando debidamente los intersticios entre el mismo y las partes de la tinchera, continuándose con capas no mayores de 0.20 Mts., cada una de las cuales deberá ser compactada antes de recibir la siguiente.

705-c)

El material de relleno debe seleccionarse y depositarse con especial atención a la seguridad futura de las tuberías; para el relleno debe utilizarse tierra libre de basuras; cuando la zanja se abra en calles pavimentadas, la capa superficial del relleno será de cascajo de por lo menos 0.40 Mts. de espesor y debidamente compactada; al rellenarse no deberán quedar piedras en contacto con la tubería.

705-d)

No se permite trabajar o caminar sobre tuberías instaladas, excepto lo necesario para el relleno y apisonado; hasta que el relleno haya alcanzado una altura de 0.50 Mts., sobre la corona de las tuberías.

- 29 -

706

COLOCACION DE LAS TUBERIAS

706-a)

Antes de iniciar su colocación los tubos serán limpiados cuidadosamente de lodos y otras materias extrañas, tanto en la campana como en la espiga, o en el macho y en la hembra.

707-b)

Se principiará la colocación de las tuberías partiendo de las cotas más bajas de la red hacia las más altas, y teniendo en cuenta que la campana o la hembra, ocupará el extremo superior de cada tubo.

707-c)

Cuando la zanja quede abierta durante la noche, o más de un día a otro, o la colocación de tuberías se suspenda por motivo de lluvias u otras causas, los extremos de los tubos deben mantenerse cerrados para evitar que penetren las basuras, el barro o materias extrañas.

707

UNION DE TUBERÍAS

707-a)

Las uniones de los tubos se harán con mortero de cemento y arena en las proporciones 1:3.

707-b)

En las tuberías de macho y hembra, en la parte interior deberán quedar perfectamente revestidas y libres de rebabas; y en la parte exterior se reforzarán

por medio de un anillo, que en tuberías mayores de 0.30 Mts. de diámetro serán de 0.02 Mts. de espesor y 0.06 Mts. de ancho. 707-c)

En las tuberías de campana y espiga, en la parte exterior se hará un bisel que forme un ángulo de 45º con la superficie del tubo.

707-d)

Debajo de la unión de cada tubo se abrirá un nicho en el terreno, forma tal que el obrero pueda introducir la mano por debajo para revisar satisfactoriamente la unión.

708

CIMENTACION DE LA TUBERÍA

708-a)

Si la fundación es en tierra buena y firme, la tierra debe ser cortada en tal forma que se proporcione un apoyo completo al tercio inferior de cada tubo.

708-b)

Si la fundación es en roca se colocará sobre ésta un lecho de concreto o arena, cuyo espesor no debe ser menor de 0.10 Mts.; los tubos se colocarán sobre ella de manera que, por lo menos el tercio inferior de cada tubo quede apoyado en toda su longitud; los mismos medios de asegurar una fundación firme se adoptarán en caso de que la excavación se haya hecho más profunda de lo necesario.

30 -

708-c)

Si no hay buena fundación natural, los tubos se colocarán en un lecho de concreto sostenido en una fundación de mampostería llevada hasta suelo de resistencia satisfactoria, o apoyado en una estructura diseñada para llevar el peso del tubo y su carga a un apoyo firme; siempre por lo menos el tercio inferior de cada tubo deberá quedar apoyado en toda su longitud.

709

POZOS DE VISITA Y TRAGANTES

709-a)

Los pozos de visita y tragantes podrán ser construidos con concreto o ladrillo de barro cocido.

709-b)

si son construidos con concreto, la mezcla deberá ser de una proporción mínima de 1:2:4 y un espesor mínimo de 0.10 Mts.

709-c)

Si son construidos con ladrillo de barro cocido, estos deberán unirse con un mortero de cemento y arena de la proporción 1:3; y revestidos en su interior con un enlucido del mismo mortero de un espesor mínimo de 0.02 Mts.

709-d)

El fondo de los pozos de visita se construirá siempre de concreto, debiendo ser la mezcladora de una proporción mínima de 1:2:4 y de un espesor mínimo de 0.20

Mts. 709-e)

El fondo de los tragantes se construirá siempre de concreto debiendo ser la mezcla de una proporción mínima de 1:2:4 y de un espesor mínimo de 0.20 Mts.

710

OBRAS EN TUNELES

710-a)

Todas las obras de túneles deberán ser construidas con concreto que posea una resistencia mínima a los 28 días de 175 Kg. Por centímetro cuadrado; y el espesor mínimo de las paredes será de 0.15 Mts.

710-b)

Antes de depositarse el concreto deberán humedecerse las paredes de tierra a modo que ésta no absorba el agua de hidratación del concreto.

711

FORMALETAS

711-a)

Todas las formaletas deberán quedar bien aseguradas con clavos y puntales de madera cuando éstos sean necesarios; y las uniones de la madera deberán ser lo más ajustadas posibles.

711-b)

Antes de depositar el concreto en las formaletas éstas deberán limpiarse completamente y humedecerse su superficie interior, es conveniente aceitarlas para garantizar menos rugosidades en las superficies.

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