REGLAMENTO DE APRENDICES (TALLER)

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA PROGRAMA GESTIÓN CONTABLE Y FINANCIERA Instructor: Antonio José Pérez Llanos CAS

Views 71 Downloads 5 File size 102KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA PROGRAMA GESTIÓN CONTABLE Y FINANCIERA Instructor: Antonio José Pérez Llanos CASOS REGLAMENTO DE APRENDICES SENA Aprendiz: Vanessa Isabel Tapias Rodríguez y Wendy Vanessa Montesino Pérez 1. Diana es una aprendiz que desea saber qué alternativas tiene para el desarrollo de su etapa práctica. ¿Qué alternativas tiene un aprendiz Sena para efectuar su etapa práctica? Diana como aprendiz del Sena tiene 7 alternativas que puede efectuar durante su etapa practica las cuales son: 

Desempeño en una empresa a través del contrato de aprendizaje.



Vínculo laboral o contractual



Participación en un proyecto productivo



De apoyo a una unidad productivo familiar



De apoyo en instituciones estatales nacional, territorial o a una ONG.



Monitorias



Pasantías

2. Luis, asiste puntualmente a todas sus competencias, Sin embargo, el Instructor Gerente ha notado que a las cuatro jornadas de la Empresa Didáctica a inasistido. ¿Cómo debe proceder? El instructor debe proceder a hacer seguimiento y reporte en el sistema para la gestión de la formación debido a que Luis no da una justificación a su inasistencia a las cuatro jornadas didácticas teniendo en cuenta también que el instructor puede tomar medidas contra la actitud indiferente de Luis ante las actividades que se realizan dentro de la empresa.

3. José Manuel es un aprendiz que ha inasistido a su formación durante la última semana por encontrarse con varicela, sin embargo, ha enviado casi todas sus evidencias, sólo tiene una pendiente. ¿Cómo podría calificarse su incumplimiento? ¿Qué crees que sucederá con su caso? Consideramos que su incumplimiento se puede calificar como justificado, ya que ha presentado la mayoría de sus actividades a pesar de su estado de salud y respecto a lo que podría suceder con su caso es que seguramente su situación será evaluada por la junta de directivos e instructores dando un plazo para la entrega de las actividades asignadas.

4.

Pedro es un aprendiz que durante el último mes sólo se ha presentado durante cuatro días a su formación por diferentes motivos: tuvo gripe, sus padres estaban peleados, llevó en dos ocasiones a su hermanita al jardín, le salió un trabajo fuera de Barranquilla, entre otros; es de anotar que su instructor no tiene claro que sucede con él, y no volvió a recibir evidencias de aprendizaje de parte suya. ¿Cómo podría calificarse su incumplimiento? ¿Qué crees que sucederá con su caso? Yo lo calificaría como un incumplimiento injustificable, ya que, no está asistiendo a las clases como debería ser, por lo cual tendría como consecuencia una sanción académica, debido a que no está cumpliendo con el cronograma y de seguir con esa actitud al aprendiz podría cancelársele la matricula.

5. Sus compañeros le dijeron a Diego que lo habían desertado y él está muy preocupado, pero María le dice que no se preocupe, que en su caso no se cumple ninguna de las condiciones para una Deserción en el Sena. Menciona dichas condiciones. Se considera deserción: 

Cuando el aprendiz injustificadamente no se presente por tres (3) días consecutivos al Centro de Formación o empresa en su proceso formativo.



Cuando al terminar el periodo de aplazamiento aprobado por el Sena, el aprendiz no reingresa al programa de formación.



Cuando transcurridos dos (2) años contados a partir de la fecha de terminación de la etapa lectiva del programa, el aprendiz no ha presentado la evidencia de la realización de la etapa productiva.

6. Carlos fue citado a comité de evaluación y seguimiento porque fue evaluado con D para una competencia durante el trimestre anterior. ¿Con quiénes estarán en este comité, quiénes lo conforman? 

El aprendiz



El psicólogo



El vocero



El instructor



El coordinador



El rector de la instalación para el comité.

7. Nicolás escuchó hace algún tiempo algo sobre el recurso de reposición, y ahora que su registro de matrícula ha sido condicionado, desea indagar más sobre el tema. ¿Qué debe saber Nicolás sobre el asunto? Nicolás debe saber: 

Deberá reposar el informe de la empresa con los soportes respectivos, así mismo, la resolución que fijó o modificó la cuota con la respectiva acta de notificación.



Cuando la resolución de fijación de cuota es recurrida, se debe verificar que el recurso haya sido interpuesto dentro de los diez (10) días siguientes a la notificación del acto administrativo que fijó o modificó la cuota de aprendices al empleador. De lo contrario, este deberá ser rechazado por extemporáneo.



Los únicos facultados para recurrir el acto administrativo que fija la cuota de aprendices, son el representante legal de la empresa y/o su apoderado debidamente constituido, para tal caso se deberá verificar si quien presenta el recurso ostenta la calidad de representante legal. Si por el contrario, el recurso fue interpuesto por medio de apoderado, deberá tener anexo el poder

correspondiente. De no presentarse lo anterior, la administración deberá rechazarlo. 

Que las pruebas que pretenda hacer valer el apelante, se alleguen debidamente soportadas y aportadas al escrito del recurso.



En caso de dudas, previo a resolver el recurso de reposición la regional directamente puede ordenar y practicar prueba de oficio, con el fin de precisar la veracidad de lo expuesto en los documentos aportados al recurso.



Una vez proyectada la resolución que resuelve el recurso, revisar cuidadosamente que en la parte motiva se encuentren expuestos todos los hechos y actuaciones que hayan ocurrido con ocasión a la fijación de la cuota, por ejemplo: señalar detalladamente el número y fecha de ejecutoria del acto administrativo anterior y obligatoriamente pronunciarse con relación a todos los aspectos solicitados por el recurrente.



Revisar de igual manera, que, en caso de apelación, si las pretensiones del recurrente no fueron acogidas por la regional, en la parte resolutiva se encuentre incluido el artículo que concede el recurso de apelación ante el superior.



Vale anotar, que, al resolver el recurso de reposición, si la regional ha concedido la totalidad de las pretensiones del recurrente, bien puede abstenerse de conceder la apelación, teniendo en cuenta que éste es subsidiario.



Luego de expedida la resolución que resuelve la reposición y se concede la apelación, se debe remitir inmediatamente el expediente original a través del aplicativo OnBase. Teniendo en cuenta que el término procesal para resolver los recursos es de dos meses.

8. Sara al ingresar al Centro, se percató que no tenía su carné estudiantil con ella y le solicitó a Juan que le consiguiera uno prestado. Juan sin informar para qué le pidió a María su carné y se lo entregó a Sara. ¿Estos aprendices han cometido alguna falta? ¿Si es así, de qué tipo?, a qué tipo de sanciones se enfrentan? Si incurrieron a una falta, debido a que Sara está portando una información correspondiente a otra persona. Esta falta podría considerarse como leve si el carnet no ha sido usado para dañar la integridad o el buen nombre de María o de la sede. Al provocar esta falta podría recibir un llamado de atención verbal por parte del instructor, coordinador académico, responsables de bienestar o el subdirector del centro. 9.

¿Faltando dos semanas para terminar el trimestre la madre de Diana sufre un grave accidente por lo que Diana deja de asistir a su formación, que debe hacer?

Diana deberá pasar formalmente una solitud de aplazamiento, explicando la situación en la que se encuentra, la cual será evaluada por el comité de evaluación y seguimiento siempre y cuando no exceda los 6 meses máximos. 10. Claudia obtuvo evaluaciones para los resultados de aprendizaje del último trimestre que cursó, con los que no está satisfecha. ¿Qué debe hacer? ¿Cuáles son los pasos a seguir? El aprendiz que este en desacuerdo con la evaluación de su formación emitida por el instructor, podrá ejercer el derecho a que se le revisen los resultados, siguiendo el procedimiento: 

Presentar solicitud de forma escrita al instructor y a través del sistema de gestión de la formación, para la revisión por el instructor, orientador del proceso de aprendizaje que emitió la evaluación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la publicación o entrega de la misma, argumentado los fundamentos del desacuerdo.



Esta solicitud debe ser contestada por el instructor, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de presentación por parte del aprendiz.



Si la solicitud no es contestada dentro del término anterior, o si persiste el desacuerdo con la respuesta recibida, el aprendiz podrá solicitar mediante escrito dirigido al Coordinador Académico o rol correspondiente a la modalidad del programa de formación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, la asignación de un segundo evaluador que revise la evaluación realizada inicialmente; la decisión del segundo evaluador es definitiva para la evaluación del aprendiz y debe ser emitida a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de la solicitud presentada por el aprendiz.

11. ¿Al iniciar su etapa práctica Lucía se entera que tiene 10 semanas de embarazo qué debe hacer?

Lucia deberá informar su situación a la empresa, para que esta tome las medidas pertinentes tales como cambiarla de actividades u oficina si esto es perjudicial o riesgoso para su estado y pueda gozar de su licencia de maternidad en el momento en que lo requiera. 12. El instructor ha revisado las evidencias de Manuel, encontrándolas insatisfactorias y ya le ha llamado la atención de forma verbal dos veces sin obtener mejores resultados, ¿Cómo debe proceder este instructor? El instructor deberá proceder a un llamado de atención escrito dirigida por el coordinador académico o formación del centro de aprendizaje, que implique un compromiso por parte del aprendiz.

13.

Desarrollando una actividad en el ambiente de aprendizaje, Liliana raya accidentalmente, con un bisturí una mesa. ¿Cómo se califica esta conducta? ¿Cómo debe proceder el instructor? ¿Cómo debe hacerlo la aprendiz?

Esta conducta se podría calificar de tipo leve, ya que fue un acto involuntario causado tal vez por algún movimiento erróneo del aprendiz, por lo tanto, el instructor deberá hacer un llamado de atención y asegurarse de que Liliana repare el daño causado a la mesa.

14. Rocío durante el trimestre ha presentado a conformidad las evidencias para competencias que cursa, sin embargo, su desempeño en la empresa didáctica ha sido bajo. ¿Cómo debe proceder el Gerente instructor? En este cado el gerente instructor debe proceder a programar actividades pedagógicas y complementarias, tratando de que Rocío mejore su desempeño.

15. Sofía tiene una entrevista de trabajo, por lo que decide cambiarse el uniforme antes de salir del Centro y es abordada por un vigilante quien reporta dicha novedad. ¿Cuál es el proceso que se le seguirá a Sofía?

Se le hará un llamado de atención a Sofía por haberse quitado el uniforme antes de salir del centro de formación, ya que es obligación de los aprendices portar de manera debida el uniforme dentro y fuera de la institución.