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ANALISIS SOBRE EL VACIO JURIDICO QUE EXISTE EN LA PROTECCIÓN DE LOS TERRENOS EJIDOS DE LA CIUDAD DE CÚCUTA AIROVE SOCOR

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ANALISIS SOBRE EL VACIO JURIDICO QUE EXISTE EN LA PROTECCIÓN DE LOS TERRENOS EJIDOS DE LA CIUDAD DE CÚCUTA

AIROVE SOCORRO GAMBOA GAMBOA NELDY FERNANDA ROA RAMÍREZ

UNIVERSIDAD SIMÓN BOLÍVAR – SEDE CÚCUTA PROGRAMA DE DERECHO CÚCUTA 2017

ANALISIS SOBRE EL VACIO JURIDICO QUE EXISTE EN LA PROTECCIÓN DE LOS TERRENOS EJIDOS DE LA CIUDAD DE CÚCUTA.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA Por ser Cúcuta un municipio localizado en zona de frontera tiende a ser sobrepoblada por comunidades que han sido desplazadas de los cascos rurales y urbanos aledaños al municipio. Situación que ha ido en incremento y se manifiesta con la invasión y edificación de mejoras sobre terrenos ejidos que con anterioridad estaban destinados para beneficios sociales, por tal razón sigue siendo la invasión de bienes de la nación una problemática social presente en las diferentes zonas urbanas céntricas y aisladas de Cúcuta. De igual modo, los barrios y comunas de la ciudad han sido construidos a partir de la posesión e invasión irregular de tierras, donde el gobierno no ha implementado políticas públicas que prohíban, delimiten y resuelvan esta problemática de manera definitiva. Además, las autoridades plantean que es difícil vigilar una situación que carece de regulación, ya que por medio de actos policivos solo se realizan desalojos y uno que otro caso llegan a ser judicializados, estos inconvenientes generan ante la comunidad que, si cumple con las normas para usar gozar y disponer de predios que han obtenido por vía legal, desconfianza e inseguridad sobre la aplicación de normas que prohíben la ocupación de terrenos del Estado, Ante esta problemática ha manifestado el señor alcalde de la ciudad que no se cuenta con unas políticas públicas, pero si se implementan estrategias que controlen la continua ocupación de terrenos. Problema que visibiliza la ilegalidad y el negocio de por medio de invadir zonas de alto riesgo pretenden después ser compensados con ayudas y reubicaciones en zonas de interés social. Entendiendo que “las políticas públicas responden a necesidades complejas que no tienen un origen específico y representan dinámicas que no tienen causales específicas o dinámicas claras” (Arroyave, 2011, p.14) deben ser los instrumentos eficaces utilizados para dar respuestas a conflictos sociales, donde se puedan adecuar algunas políticas implementas en problemáticas similares en el país pueden ser efectuadas o al menos servir de base para crear soluciones ante estos hechos irregulares que afectan al territorio de Cúcuta, conociendo que desde hace más de 4 años no se implementan políticas públicas en la región y solo se emplean estrategias que no han funcionado, debido a que no son establecidas con parámetros legales que abarcan la solución total de invasión de terrenos.

Por consiguiente, la invasión de terrenos agrede los derechos de los habitantes de gozar de proyectos innovadores e inversión territorial que se puede implementar para mejorar la calidad de vida de los habitantes, es por esta razón que, “la solución del problema del crecimiento urbano ilegal es un objetivo urgente desde el punto de vista constitucional. La superación de estas dificultades requiere de una multiplicidad de políticas” (Sentencia C-1189,2008, p.19). que se ajusten a las problemáticas actuales y sean eficientes en la implementación de normas represivas que lo prohíban para que no se sigan invadiendo terrenos sin ninguna sanción ejemplarizante. Es así, que sobre las múltiples invasiones que se han generado a nivel nacional el gobierno, no ha implemento nuevas políticas que regulen el vacío jurídico actual de manera efectiva, y por el contrario a mantenido una conducta permisiva y tolerante ante estos hechos, convirtiéndose también en un negocio lucrativo para quienes invaden y posteriormente pretender vender las posesiones. Es por esto que, “cuando la conducta del Estado se limita a observar o, peor aún, apoya de alguna manera una ocupación irregular, en el administrado nace la idea de que su acción es soportada o incluso avalada. En consecuencia, cuando con su conducta el Estado hace nacer en el ciudadano la idea de que la invasión al espacio público es tolerada ha creado en él la confianza legítima de que su conducta se ajusta al ordenamiento jurídico”. (sentencia T527, 2011, p.10). El permitir que sobre terrenos ejidos se asiente poblaciones y no se vigile la instalación de servicios públicos, es crear la idea en la comunidad que, si se pueden invadir, pudiendo ser estos terrenos utilizados para beneficios de toda la comunidad ya que el interés general prima sobre el interés particular.

ANTECEDENTES Referencia bibliográfica: 

Arroyave A. (2011) Las políticas públicas en Colombia. Insuficiencias y desafíos, recuperado de http://www.revistas.unal.edu.co/index.php/forum/article/view/32359/32374

RESUMEN Las políticas públicas se han consolidado como una herramienta esencial en el ejercicio académico y práctico de la gestión pública. En la actualidad este tipo de políticas son la plataforma de los planes, programas y proyectos dirigidos a resolver parte de los conflictos sociales existentes. Ahora bien, vale preguntarse: ¿Han sido las políticas públicas un instrumento efectivo para la resolución de anomalías y problemáticas de las comunidades, gremios y otros grupos de interés? O por el contrario, ¿han sido un elemento de legitimación electoral de la administración, con un bajo impacto en el sistema político? Utilidad para la investigación Permite conocer la importancia de implementar políticas públicas que generen una orientación de cómo solucionar situaciones que se presentan en una comunidad por un tiempo determino, además este documento permite tener conocimiento de lo que son políticas publicas para resolver conflictos sociales existentes.

Referencia bibliográfica: 

(corte Constitucional, tres (3) de diciembre de dos mil ocho), Sentencia C- 1189, [MP. Manuel José Cepeda Espinosa]. recuperado de: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2008/C-1189-08.htm

Resumen El artículo 99 de la Ley 812 de 2003, establece dos prohibiciones respecto de los asentamientos originados en invasiones o loteos ilegales realizados con posterioridad de la presente ley: la primera, relacionada con la inversión de recursos públicos en las áreas mencionadas; y la segunda, impide a las entidades prestadoras de servicios públicos suministrar dichos servicios a las edificaciones que se ejecuten en estas condiciones.

si bien el fin perseguido por el legislador al prohibir la inversión de recursos públicos y la provisión de servicios públicos en asentamientos ilegales es legítimo, imperioso y promueve valores constitucionales, toda vez que la ilegalidad habitacional en Colombia es un problema de la máxima gravedad, que pone en peligro el goce efectivo de los derechos fundamentales de millones de personas, dada la condición de especial vulnerabilidad en la cual varios de sus derechos pueden ser afectados, los medios utilizados para alcanzar los fines constitucionales resultan ilegítimos, ya que las prohibiciones previstas en el artículo 99 de Ley 812 de 2003. Utilidad para la investigación Es útil conocer el fundamento fáctico que los magistrados de la Corte Constitucional tienen ante la situación de invasión de terrenos ejidos y la instalación de servicios públicos, ya que confunden el pensar de las invasiones en creer que invadir está permitido y por ende aceptable por parte del Estado.

Referencia bibliográfica: 

(Corte Constitucional, 5 de julio de 2011), sentencia T-527, [MP. Mauricio Gonzalez Cuervo]. Recuperado de http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2011/T-527-11.htm

Resumen La Sala reiteró que, si bien es un deber del Estado recuperar el espacio público, en desarrollo de las actuaciones de restitución no puede desconocerse los derechos de los ocupantes, derivados de las expectativas legítimas que la conducta estatal les ha generado. En el presente asunto se evidenció que, tanto por acción como por omisión, la administración pública del municipio hizo nacer en los ocupantes del predio identificado en esta providencia, la confianza de que su actuación era avalada por el Estado. De tal suerte, estas personas tienen derecho, por un lado, a que se les otorgue tiempo que permita mitigar los efectos del desalojo y, por otro, a que se les ofrezcan alternativas para su reubicación. Utilidad para la investigación Ayuda a establecer las responsabilidades que tiene el gobierno en proteger los bienes de la nación, y los perjuicios que se ocasión al tolerar la situación de invasión y la consecuencias al realizar la acción de despojo sobre los terrenos ejidos.

POBLACIÓN El alcalde municipal Cesar Rojas. La junta del Consejo Municipal.