Propiedad Industrial

"Año de la Lucha Contra la Corrupción e Impunidad" FACULTAD DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS Y NEGOCIOS INTERNACIONALES ES

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"Año de la Lucha Contra la Corrupción e Impunidad"

FACULTAD DE ADMINISTRACION DE EMPRESAS Y NEGOCIOS INTERNACIONALES ESCUELA PROFESIONAL DE ADMINISTRACION

Tema: PROPIEDAD INDUSTRIAL

CURSO

: -------------------

DOCENTE

: …………

CICLO

: VI

ALUMNA

: HINOSTROZA ALEGRIA, ANGIE

PUCALLPA – PERÚ 2019

PROPIEDAD INDUSTRIAL

Dedicatoria LE DEDICO ESTE TRABAJO A DIOS POR SU FORTALEZA Y ESPÍRITU QUE SIEMPRE ME GUIA Y A MIS PADRES POR APOYARME EN TODO MOMENTO, POR SUS CONSEJOS, SUS VALORES, POR LA MOTIVACIÓN CONSTANTE QUE ME HA PERMITIDO SER UNA PERSONA DE BIEN, PERO MÁS QUE NADA, POR SU AMOR. SUS EJEMPLOS DE PERSEVERANCIA Y CONSTANCIA QUE LOS CARACTERIZAN Y QUE ME HAN INFUNDADO SIEMPRE

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PROPIEDAD INDUSTRIAL

INDICE Dedicatoria................................................................................................................................... 2 INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................ 4 PROPIEDAD INDUSTRIAL ...................................................................................................... 5 1. Marcas comerciales ............................................................................................................ 5 2. Indicaciones geográficas y denominaciones de origen ............................................ 6 3. Patentes.................................................................................................................................. 7 4. Diseños ................................................................................................................................... 7 5. CARACTERÍSTICAS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL ............................................. 7 6. CLASIFICACIÓN DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL .................................................... 8 7. ¿QUÉ ES UN SISTEMA DE PATENTES? ...................................................................... 10 7.1. ¿Por qué son necesarias las patentes? ................................................................... 10 7.2. ¿Qué tipo de protección ofrece la patente? ............................................................ 10 7.3. ¿De qué derechos goza el titular de una patente? ................................................ 11 7.4. ¿Qué función desempeñan las patentes en la vida cotidiana? ......................... 11 7.5. ¿Cómo se obtiene una patente?................................................................................. 12 7.6. ¿Qué invenciones pueden protegerse? ................................................................... 12 7.7. ¿Quién concede las patentes? ................................................................................... 12 8. ¿Qué es una marca? ......................................................................................................... 13 8.1. ¿Qué derechos confiere la marca?............................................................................ 13 8.2. ¿Qué tipo de marcas puede registrarse?................................................................. 14 8.3. ¿Cómo se registra una marca? .................................................................................. 14 8.4. ¿Qué alcance tiene la protección de la marca? ..................................................... 15 9. INDECOPI ............................................................................................................................. 16 9.1. FUNCIONES ..................................................................................................................... 16 9.2. ORGANIZACIÓN .............................................................................................................. 16 CONCLUSIONES..................................................................................................................... 19 BIBLIOGRAFÍA ........................................................................................................................ 20

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INTRODUCCIÓN Las técnicas de creatividad son métodos que permiten el entrenamiento creativo. Implican determinadas acciones que sirven como estímulos y que tienen más importancia que la propia técnica en sí. La utilización de técnicas de creatividad no asegura el éxito pero sirven para alcanzar objetivos próximos a la creatividad, permitiendo

direccionar

el

pensamiento

en

etapas

o

procedimientos concretos. El uso de estas técnicas permite seguir un orden establecido para lograr un objetivo deseado, ayudando a desarmar los caminos del pensamiento vertical habitual. La elección de técnica o método creativo implica la aceptación y cumplimiento de una serie de pasos que nos permitirán ordenar la desorganización que implica el pensamiento creativo. El desarrollo tecnológico, social y económico de los últimos años, han generado una economía globalizada y altamente competitiva. En todos los sectores existen multitud de productos y servicios con calidades y precios similares.

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PROPIEDAD INDUSTRIAL La Propiedad Industrial es un conjunto de derechos que puede poseer una persona física o jurídica sobre una invención, un diseño industrial, un signo distintivo. Estos derechos exclusivos son bienes intangibles que forman parte de los activos fijos de sus titulares, por tanto son susceptibles de ser usufructuados a través de licencias de uso, cesión, prenda, entre otras figuras. Pueden ser protegidos de terceros que pretendan beneficiarse de ellos sin el previo consentimiento de su titular a través de diferentes acciones que la ley otorga. La propiedad Industrial se divide en dos grandes ramas: Las Invenciones dentro de las cuales encontramos las patentes de invención, las patentes de modelo de utilidad , los diseños industriales, los esquemas de trazado de Circuitos Integrados y, los signos distintivos que comprenden las marcas, los lemas comerciales, los nombres comerciales y las indicaciones geográficas. La legislación aplicable en Perú es la Decisión 486 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena.

De acuerdo a lo señalado, la propiedad industrial comprende: 1. Marcas comerciales Las marcas comerciales son signos que nos permiten distinguir productos, servicios, establecimientos industriales y comerciales en el mercado. La principal característica de una marca es su carácter distintivo, esto es, debe ser capaz de distinguirse de otras que existan en el mercado, a fin de que el consumidor diferencie un producto y/o servicio de otro de la misma especie o idénticos que existan en el mercado. Los consumidores satisfechos con un determinado producto son más propensos a comprar nuevamente o a volver a usar ese producto. Para ello, es necesario que puedan distinguirlo de otros productos idénticos o similares. Las marcas comerciales pueden ser palabras, letras, números, fotos y formas así como toda combinación de los mismos:

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La protección que concede la marca es territorial, es decir, sólo a nivel nacional; y temporal, por 10 años contados desde su registro, pero a diferencia de los otros títulos de protección las marcas son renovables indefinidamente por periodos iguales, previo pago de la tasa correspondiente.

2. Indicaciones geográficas y denominaciones de origen Las indicaciones geográficas y las denominaciones de origen protegen productos originarios del país o de una región o localidad, siempre que tengan una calidad, reputación u otra característica imputable a su origen geográfico. En el caso de las denominaciones de origen, deben presentar además factores naturales y humanos que inciden en la caracterización del producto. En este sentido, como derechos de propiedad industrial constituyen verdaderos signos distintivos. Actualmente, la protección que implica el reconocimiento de una indicación geográfica o de una denominación de origen puede alcanzar cualquier tipo de producto, no sólo agrícola, siempre que cumpla con los requisitos previstos en la Ley de Propiedad Industrial, en su reglamento u otras normas especiales. Una indicación geográfica es un signo utilizado para productos que tienen un origen geográfico concreto y poseen cualidades o una reputación derivadas específicamente de su lugar de origen. Por lo general, una indicación geográfica consiste en el nombre del lugar de origen de los productos. Un ejemplo típico de indicación geográfica son los productos agrícolas que poseen cualidades derivadas de su lugar de producción, extracción o cultivo, y que están sometidos a factores locales específicos como el clima y el terreno. Las indicaciones geográficas pueden utilizarse para una amplia gama de productos agrícolas como, por ejemplo, "limón de Pica" para los limones producidos en la zona de Pica, Región de Tarapacá.

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3. Patentes Una patente es un derecho exclusivo que concede el Estado para la protección de una invención, la que proporciona derechos exclusivos que permitirán utilizar y explotar su invención e impedir que terceros la utilicen sin su consentimiento. Si opta por no explotar la patente, puede venderla o ceder los derechos a otra empresa para que la comercialice bajo licencia.

4. Diseños Son toda forma tridimensional asociada o no con colores, y cualquier artículo industrial o artesanal que sirva de patrón para la fabricación de otras unidades y que se distinga de sus similares, sea por su forma, configuración geométrica, ornamentación o una combinación de éstas.

5. CARACTERÍSTICAS DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Afirmar que la propiedad industrial es un derecho real significa distinguir estos de los derechos de obligaciones. Efectivamente el estudio y la dinámica de los derechos subjetivos distingue de una parte aquellos derechos cuyo contenido consiste en la exigibilidad de una conducta a otra parte y que por tanto relaciona a dos sujetos, de aquellos derechos cuyo contenido consiste en la descripción de una serie de facultades que tiene su titular respecto de una cosa y que por tanto relaciona a un sujeto con un objeto. En el primer caso estamos ante un de derecho de obligaciones y el segundo se trata de un derecho real. En la práctica la adquisición, modificación, transmisión y extinción de este derecho se entrecruzan lo que no impide que los debamos identificar conectadamente porque su régimen jurídico y alcance en las relaciones entre los sujetos son radicalmente diferentes. Por ello decimos que el titular de un derecho de propiedad industrial tiene la posibilidad de ejercer directamente y sin mediación de ningún otro sujeto las facultades que le confiere esa titularidad o derecho de propiedad. Este ejercicio de las facultades propias del dueño no encuentra más límite que los derivados de la formulación general de la Constitución.

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Se establece que: “1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. 2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las Leyes. 3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las Leyes”. El Código Civil en su artículo 348 dice: “La propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa, sin más limitaciones que las establecidas en las leyes. El propietario tiene acción contra el tenedor y el poseedor de la cosa para reivindicarla”. Estos límites se interpretan de forma restrictiva y están llamados a desplegar su eficacia para evitar el conflicto con otros intereses o derechos subjetivos igualmente dignos de protección. Se puede afirmar que el derecho de propiedad como derecho real, contiene las máximas posibilidades de actuación o ejercicio por su titular que en cada momento sean posibles. Se configura con elasticidad para justificar que abarca la totalidad de facultades que no estén expresamente limitadas por otros derechos subjetivos, reales u obligacionales.

6. CLASIFICACIÓN DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL Por varias razones imperativas. En primer lugar, el progreso y el bienestar de la humanidad dependen de su capacidad de crear e inventar nuevas obras en las esferas de la tecnología y la cultura. En segundo lugar, la protección jurídica de las nuevas creaciones alienta a destinar recursos adicionales a la innovación. En tercer lugar, la promoción y la protección de la propiedad intelectual estimulan el crecimiento económico, generan nuevos empleos e industrias y enriquecen y mejoran la calidad de vida. Promover un sistema de propiedad intelectual eficaz y equitativo puede contribuir a que todos los países exploten el potencial de la propiedad intelectual como catalizador de desarrollo económico y de bienestar social y cultural. El sistema de propiedad intelectual ayuda a establecer un equilibrio

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entre los intereses de los innovadores y el interés público, creando un entorno en el que la creatividad y la invención puedan florecer en beneficio de todos. Los derechos de propiedad intelectual recompensan la creatividad y el esfuerzo humano, que estimulan el progreso de la humanidad. He aquí algunos ejemplos: 

las multimillonarias industrias del cine, la música, la edición y la informática, que hacen que la vida de millones de personas sea más agradable, no existirían sin la protección del derecho de autor;



sin las recompensas previstas en el sistema de patentes, los investigadores e inventores no tendrían incentivo para seguir creando productos mejores y más eficaces para los consumidores;



los consumidores no comprarían productos o servicios con toda confianza si no existieran mecanismos fiables y de alcance internacional para proteger las marcas y combatir la falsificación y la piratería.

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La propiedad industrial abarca las patentes de invención, las marcas, los diseños industriales y las indicaciones geográficas. 

Las patentes facultan a su titular a decidir si la invención puede ser utilizada por terceros y, en ese caso, de qué forma.



La marca es un signo que permite diferenciar los productos o servicios de una empresa de las demás.



El diseño industrial, dibujo o modelo industrial constituye el aspecto estético u ornamental de un artículo. Puede ser tridimensional o bidimensional.



Las indicaciones geográficas son un signo utilizado para productos que tienen un origen geográfico concreto y cuyas cualidades, reputación o características se deben esencialmente a su lugar de origen.

7. ¿QUÉ ES UN SISTEMA DE PATENTES? Una patente es un derecho exclusivo concedido sobre una invención – el producto o proceso que constituye una nueva manera de hacer algo, o propone una nueva solución técnica a un problema. El titular de una patente goza de protección para su invención; la protección se concede durante un período limitado, que suele ser de 20 años.

7.1. ¿Por qué son necesarias las patentes? Las patentes constituyen un incentivo porque representan un reconocimiento a la creatividad y dan la posibilidad de obtener una recompensa material por las invenciones comercializables. Esos incentivos alientan la innovación que, a su vez, mejora la calidad de la vida.

7.2. ¿Qué tipo de protección ofrece la patente? Una invención protegida por patente no puede ser fabricada, utilizada, distribuida ni vendida con fines comerciales sin el consentimiento del titular de la patente. Por lo general, incumbe a los tribunales imponer las medidas

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necesarias para hacer respetar los derechos que las patentes confieren y sancionar las infracciones a ese respecto. Del mismo modo, un tribunal puede invalidar una patente impugnada por un tercero.

7.3. ¿De qué derechos goza el titular de una patente? El titular de una patente tiene derecho a decidir quién puede –o no– utilizar la invención patentada durante el período en el que está protegida. El titular de la patente puede conceder a terceros una autorización o una licencia para utilizar la invención con sujeción a las condiciones establecidas de común acuerdo. El titular puede asimismo vender el derecho sobre la invención a un tercero, que se convertirá en el nuevo titular de la patente. Cuando expira la patente, la invención pasa a pertenecer al dominio público; ya no está protegida por patente, es decir que el titular deja de tener derechos exclusivos sobre la invención, que estará disponible para su explotación comercial por terceros.

7.4. ¿Qué función desempeñan las patentes en la vida cotidiana? Las invenciones patentadas están presentes en todos los aspectos de la vida humana, desde la luz eléctrica (patentes de Edison y Swan) hasta las máquinas de coser (patentes de Howe y Singer), pasando por los instrumentos para obtener imágenes por resonancia magnética (patentes de Damadian) y el iPhone (patentes de Apple). A cambio de la protección por patente, los titulares tienen la obligación de divulgar la información sobre sus invenciones, a fin de enriquecer el cuerpo total de conocimientos técnicos del mundo. Este creciente volumen de conocimientos públicos estimula la creatividad y la innovación. Así pues, las patentes no sólo dan protección al titular sino que son fuente de información e inspiración valiosa para las futuras generaciones de investigadores e inventores.

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7.5. ¿Cómo se obtiene una patente? El primer paso para obtener una patente consiste en presentar una solicitud. La solicitud de patente contiene, por lo general, el título de la invención, así como una indicación sobre su ámbito técnico. Debe incluir los antecedentes y una descripción de la invención en un lenguaje claro y suficientemente detallado para que una persona que cuente con un nivel medio de conocimientos en la materia pueda utilizar o reproducir la invención. Estas descripciones suelen estar acompañadas por material ilustrativo – dibujos, planos o diagramas en los que se describe con mayor detalle la invención. La solicitud contiene asimismo las “reivindicaciones”, es decir, la información destinada a determinar el alcance de la protección que conferirá la patente.

7.6. ¿Qué invenciones pueden protegerse? Por lo general, la invención debe satisfacer las siguientes condiciones para ser protegida por patente: tener uso práctico; presentar un elemento de novedad, es decir, una característica nueva que no forme parte del cuerpo de conocimientos existente en su ámbito técnico -ese cuerpo de conocimientos se llama “estado de la técnica”; en la invención debe apreciarse una actividad inventiva que no podría ser deducida por una persona con un nivel medio de conocimientos en ese ámbito técnico. Asimismo, la materia de la invención debe considerarse “patentable” de conformidad con la ley. En muchos países, las teorías científicas, los métodos matemáticos, las variedades vegetales o los animales, los descubrimientos de sustancias naturales, los métodos comerciales o métodos de tratamiento médico (en oposición a los productos medicinales), no suelen ser patentables.

7.7. ¿Quién concede las patentes? Las patentes son concedidas por las oficinas nacionales de patentes o por las oficinas regionales que realizan actividades de examen para grupos de países, como la Oficina Europea de Patentes (OEP) o la Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI), por ejemplo. De conformidad con dichos sistemas

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regionales, un solicitante pide protección para una invención en uno o más países y cada país decide si brinda protección a la patente dentro de sus fronteras. En el Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT), administrado por la OMPI, se prevé la presentación de una única solicitud internacional de patente que surte el mismo efecto que las solicitudes nacionales presentadas en los países designados. Un solicitante que desee protección puede presentar una única solicitud y pedir protección en tantos países signatarios como lo desee.

8. ¿Qué es una marca? La marca es un signo distintivo que indica que ciertos productos o servicios han sido elaborados o prestados por determinada persona o empresa. Su origen se remonta a la antigüedad, cuando los artesanos reproducían sus firmas o “marcas” en sus obras artísticas o en los productos de uso corriente. Con los años, las marcas han evolucionado hasta configurar el actual sistema de registro y protección de marcas. Gracias a ese sistema, los consumidores pueden identificar y comprar un producto o un servicio que, por sus características y calidad – indicados por su marca exclusiva – se adecua a sus necesidades.

8.1. ¿Qué derechos confiere la marca? La protección de la marca garantiza a su titular el derecho exclusivo a utilizar la marca para identificar sus productos o servicios, o a autorizar su utilización por terceros a cambio del pago de una suma. El período de protección es variable, pero el registro de la marca puede renovarse indefinidamente previo pago de las tasas correspondientes. Incumbe a los tribunales imponer las medidas legales para hacer respetar la protección de las marcas y, en la mayoría de los sistemas, sancionar toda infracción en ese ámbito. En términos generales, las marcas promueven la iniciativa y el espíritu empresarial en todo el mundo, recompensando a sus titulares con reconocimiento y beneficios financieros. La protección de marcas impide

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también que los competidores desleales, como los falsificadores, utilicen signos distintivos similares para designar productos o servicios de inferior calidad o distintos. El sistema da a las personas con aptitudes e iniciativa la posibilidad de producir y comercializar productos y servicios en las condiciones más justas posibles, facilitando de esa forma el comercio internacional.

8.2. ¿Qué tipo de marcas puede registrarse? Las marcas pueden consistir en una palabra o en una combinación de palabras, letras y cifras. Pueden consistir asimismo en dibujos, símbolos, o signos tridimensionales como la forma y el embalaje de productos. En algunos países, pueden registrarse marcas no tradicionales con características distintivas, por ejemplo, hologramas, marcas animadas, marcas de color y signos no visibles (marcas sonoras, olfativas o gustativas). Además de las que identifican el origen comercial de los productos y servicios, existen otras categorías de marcas. Las marcas colectivas son propiedad de una asociación cuyos miembros las utilizan para identificar productos que tienen un determinado nivel de calidad; con ese fin, convienen en satisfacer los requisitos establecidos por la asociación. Entre los ejemplos de dichas asociaciones están las asociaciones de contables, ingenieros o arquitectos. Por su parte, las marcas de certificación se conceden a un producto que satisface determinadas normas, pero no se restringen a los miembros de organizaciones. Pueden ser concedidas a cualquiera que pueda certificar que los productos en cuestión satisfacen ciertas normas establecidas. Las marcas de calidad “ISO 9000”, internacionalmente aceptadas, son un ejemplo notorio de dicha certificación, al igual que las ecoetiquetas para los productos que tienen una incidencia reducida en el medio ambiente.

8.3. ¿Cómo se registra una marca? En primer lugar, debe presentarse una solicitud de registro en la oficina de marcas nacional o regional correspondiente. La solicitud debe contener una reproducción clara del signo que desea inscribirse, incluidos los colores, las

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formas o las características tridimensionales. Debe contener asimismo una lista de los productos o servicios a los que desea aplicarse el signo. El signo debe satisfacer ciertas condiciones para poder ser protegido como marca de fábrica o de servicio u otro tipo de marca. Debe tener carácter distintivo, de manera que los consumidores puedan distinguirlo de las marcas que identifican a otros productos, además de relacionarlo con un producto en particular. No debe inducir a engaño o defraudar a los consumidores, ni infringir la moralidad o el orden público. Por último, los derechos que se solicitan no pueden ser iguales, o similares, a los derechos que hayan sido concedidos a otro titular de una marca. Esto puede determinarse mediante la búsqueda y el examen que realicen las oficinas nacionales; también se admiten las oposiciones presentadas por terceros que reivindiquen derechos similares o idénticos.

8.4. ¿Qué alcance tiene la protección de la marca? En la mayoría de los países se registran y protegen las marcas. Cada oficina nacional o regional mantiene un Registro de marcas que contiene toda la información relativa a los registros y renovaciones, lo que facilita el examen, la investigación y la eventual oposición por parte de terceros. No obstante, los efectos del registro se limitan al país o los países (en el caso de un registro regional) de que se trate. Para soslayar la necesidad de presentar la solicitud de registro de una marca en cada oficina nacional o regional, la OMPI administra un sistema de registro internacional de marcas. Este sistema se rige por dos tratados, el Arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas y el Protocolo de Madrid. Toda persona que tenga vínculos (por su nacionalidad, domicilio o establecimiento) con un Estado parte en uno o ambos instrumentos internacionales puede, sobre la base de un registro o solicitud en la oficina de marcas de dicho Estado (o región), obtener un registro internacional que surta efecto en todos los países de la Unión de Madrid en los que desee gozar de protección.

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9. INDECOPI El Indecopi es un Organismo Público especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros y goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa. El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad

Intelectual

(Indecopi)

fue

creado

para

propiciar

el

buen

funcionamiento del mercado, en beneficio de los ciudadanos, consumidores y empresarios, mediante la defensa de los consumidores, la prevención y fiscalización de prácticas restrictivas de la libre y leal competencia, la protección de la propiedad intelectual y la promoción y desarrollo de una infraestructura y cultura de la calidad en el Perú.

9.1. FUNCIONES El INDECOPI es el organismo encargado de la aplicación de las normas legales destinadas a proteger: 

El mercado, de las prácticas monopólicas que resulten controlistas y restrictivas de la competencia en la producción y comercialización de bienes y en la prestación de servicios, así como de las prácticas que generan competencia desleal y de aquellas que afectan a los agentes del mercado y a los consumidores.



Los derechos de propiedad intelectual, desde los signos distintivos y los derechos de autor hasta las patentes y la biotecnología.



Las demás funciones que se le asignen.

9.2. ORGANIZACIÓN Consejo directivo Es el órgano máximo de la administración de INDECOPI. Está dirigido por el Presidente, quien además ejerce la representación de este organismo. Su labor consiste en administrar las políticas generales y liderar las labores de imagen, difusión y comunicación. Este órgano cuenta además con el apoyo de un Consejo Consultivo, conformado por profesionales que integran los diversos

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sectores del ámbito público y privado

vinculado

con

las funciones

del INDECOPI.

Administración La función administrativa es desarrollada por las gerencias, cuidando preservar la autonomía de los órganos funcionales: 

Gerencia General



Dirección de la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor



Escuela Nacional de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual



Gerencia de Administración y Finanzas



Gerencia de Estudios Económicos



Gerencia Legal



Gerencia de Oficinas Regionales



Gerencia de Supervisión y Fiscalización



Gerencia de Tecnología de la Información

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Gerencia de Promoción y Difusión



Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales

Órganos funcionales Son los órganos internos que desempeñan la función ejecutiva en el INDECOPI, velando por el correcto desenvolvimiento de los agentes económicos que concurren en el mercado, garantizando el respeto de los derechos de los consumidores, las normas de la honesta competencia y la propiedad intelectual, así como la construcción de una infraestructura de calidad en el país. 

Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC)



Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB)



Comisión de Fiscalización de Dumping y Subsidios (CFD)



Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD)



Comisión de Procedimientos Concursales (CCO)



Comisión de Protección al Consumidor (CPC)



Dirección de Derecho de Autor (DDA)



Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías (DIN)



Dirección de Signos Distintivos (DSD)

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CONCLUSIONES Se puede concluir que la Propiedad Industrial busca proteger los derechos de invención y comercial, como garantía a la patentes y marcas, de índole industrial y comercial. La propiedad industrial es el derecho que tienen los inventores y comerciantes, para resguardar los derechos, producto de su intelecto y producción comercial. Es importante destacar la relevancia que tiene para el Estado la protección de la propiedad industrial, puesto que reconoce y protege la propiedad intelectual sobre obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, innovaciones, patentes, marcas, lemas y denominaciones, de acuerdo con las excepciones y condiciones

que

la

ley

establece,

conjuntamente

con

los

tratados

internacionales firmados por Venezuela con otros países en relación a esta materia. La propiedad industrial trae como consecuencia inmediata el derecho exclusivo sobre la invención; es decir la facultad de poder explotar su patente el titular de la misma, impidiendo de esta forma que terceros no autorizados para ello puedan ejercerlo, y ejercer las acciones a que haya lugar, siempre y cuando se tenga la adquisición por el registro de la respectiva oficina competente. Este requisito es indispensable para efectos tanto de patentes como se señaló anteriormente, como de marcas comerciales, diseños industriales, y también con respecto a la cesión de patentes y marcas.

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BIBLIOGRAFÍA 

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