Procedimientos Descanso Medico 2012 - II

PROCEDIMIENTO DE DESCANSOS MEDICOS 2011 INTRODUCCIÓN Los primeros 20 días de descanso médico registrados al año son asum

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PROCEDIMIENTO DE DESCANSOS MEDICOS 2011 INTRODUCCIÓN Los primeros 20 días de descanso médico registrados al año son asumidos por la empresa, a partir del 21avo día de descanso médico, el trabajador deberá percibir el subsidio por parte de EsSalud. Para ello, deberá canjear su certificado médico particular por el Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo – CITT ante los Centros Asistenciales de EsSalud de acuerdo a la dirección que registra en su DNI y presentarlo al área de Bienestar Social para iniciar la gestión del reembolso a favor de la empresa. I.- Descanso Médico Otorgado en el Campamento Minero (Policlínico Yanacancha y Huarmey - PPL): 1. El médico de turno del Policlínico, comunicará vía correo electrónico al Supervisor inmediato del trabajador y al área de Bienestar Social el descanso médico otorgado al trabajador. 2. El Policlínico entregará en el día de la atención médica, el Descanso Médico original con cargo al trabajador y a su vez una copia del mismo al área de Bienestar Social. 3. El área de Bienestar Social registrará oportunamente el descanso médico en el Sistema para el pago correspondiente. 4. El trabajador deberá conservar el original del descanso médico para su posterior canje por el CITT. II. Descanso Médico del Personal de la Oficina de Lima: 1. El personal que labora en oficinas de Lima deberá escanear al área de Bienestar Social el descanso médico el día en que le otorgan el Certificado Médico a la siguiente dirección: [email protected] 2. El trabajador deberá confirmar inmediatamente vía telefónica la recepción del descanso médico (Teléfono : 2173096 - RPM :# 547660 ) 3. El trabajador que cuente con 3 días a más de descanso médico deberá portar el Informe complementario por descanso médico (ICDM) y entregarlo en las Oficinas de Bienestar Social Lima para ser remitido a la Dirección médica de la empresa. III.- Descansos Médicos Otorgados fuera del Campamento Minero: 1. El trabajador comunicará dentro de las 48 horas, de emitido el descanso médico al supervisor inmediato, el motivo de su inasistencia. 2. El trabajador enviará al área de Bienestar Social Mina, dentro del periodo 48 horas, apenas emitido el descanso médico, la copia de este, de manera escaneda, vía correo electrónico: [email protected] El Certificado Médico deberá contener el nombre completo del paciente, el diagnóstico con código CIE10, fecha de inicio y fin del descanso, firma y sello del médico tratante incluido el número de colegiatura CMP. Es de estricto cumplimiento, para la recepción y registro formal del descanso médico, que el trabajador deba comunicarse para confirmar la recepción del correo electrónico enviado (para justificar su inasistencia) llamando a los teléfonos de Relaciones Industriales - Bienestar Social Mina: 217- 3515 - 2173000 anexo 6979 o a: Magaly Castro #513574 Eduardo Melgarejo *236228 Arlo Infante #711662

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De no realizar la llamada para comunicar y confirmar la recepción del descanso médico (legible) no será considerado como justificación de la inasistencia, por tanto, quedará registrado como falta injustificada. Es obligatorio que el trabajador comunique el número telefónico y la dirección del médico o centro de salud donde se le otorgó el descanso médico, a fin de realizar las auditorías médicas correspondientes. 3. El área de Bienestar Social, mediante un reporte, comunicará a todas las áreas operativas vía correo electrónico, los Descansos Médicos recibidos en el día. 4. Los trabajadores que tengan un descanso médico de tres (03) a más días deberán apersonarse y entregar al Policlínico Yanacancha o Huarmey, el informe complementario por descanso médico, precisando en el alta médica. (Formato que Bienestar Social proporciona y se halla en intranet de igual forma se adjunta a este documento Anexo N°1) Cabe recalcar, que es requisito indispensable presentarlo, previo al inicio de las labores. 5. El Policlínico, luego de la evaluación médica efectuada al trabajador, enviará una comunicación vía correo electrónico al supervisor inmediato y al área de Bienestar Social sobre el estado de salud, indicando el alta médica y otras observaciones de interés. IV.- Procedimiento del canje del CITT ante ESSALUD: CITT (Certificado de Incapacidad Temporal para el trabajo)

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Si los descansos médicos excedieran de los 20 días continuos y/o acumulados (por año), el trabajador deberá canjear el certificado médico particular ante los Centros Asistenciales de Essalud de acuerdo al siguiente procedimiento (la relación de centros asistenciales se encuentra en el área de Bienestar Social o en la pagina web de EsSalud www.essalud.gob.pe). El trabajador deberá verificar con el área de Bienestar Social el récord de sus descansos médicos. Con el récord emitido por Bienestar Social, el trabajador deberá acercarse al Centro Asistencial que le corresponde de acuerdo al domicilio indicado en el DNI, debiendo adjuntar: a. El anexo N° 4 en formato de Essalud, publicado en Intranet o entregado en el mismo centro de atención Essalud. b. Certificado médico en formato de la Clínica o en formato del Colegio Médico del Perú (original y copia) c. Documentación de sustento: Resultados de exámenes de ayuda al diagnóstico, informes médicos, facturas y/o boletas por honorarios profesionales, gastos por medicinas, recetas o indicaciones médicas, entre otros solicitados por Essalud. d. Original de DNI y copia (legible, vigente y holograma de votación) El CITT (Certificado de Incapacidad Temporal para el trabajo) emitido por ESSALUD deberá contener el sello y la firma del Médico de control y/o del Director del Centro Asistencial de ESSALUD. El trabajador deberá efectuar el canje del CITT en Essalud, dentro de las 72 horas de expedido el Descanso Médico particular de acuerdo a la Directiva 006-GG-ESSALUD-2009. Antamina otorga como plazo máximo el término de 30 días calendario desde la fecha final del descanso médico que originó el subsidio (descanso médico mayor de 20 días continuos o no) para presentar el CITT al área de Bienestar Social.

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6. El trabajador deberá presentar el CITT a Bienestar Social inmediatamente realizado el canje de acuerdo al plazo establecido en el párrafo anterior. Además deberá presentar: • Formato 8001 en duplicado con firma del titular igual al DNI (El formato es entregado por Bienestar Social o puede ser ubicado en la Pág. Web de EsSalud www.essalud.gob.pe) • Descansos médicos originales de los primeros 20 días • Copia simple del DNI ( legible, vigente y holograma de votación) 7. Si la contingencia es accidente de tránsito, deberá presentar el parte policial original. NOTAS IMPORTANTES DE ESTRICTO CUMPLIMIENTO: El subsidio es una prestación asistencial de cargo de Essalud y ANTAMINA actúa –por mandato legal- como un agente facilitador al otorgar de manera anticipada dicha prestación económica a favor del trabajador, con cargo al reembolso correspondiente de parte de la citada entidad. Para hacer efectivo dicho reembolso se requiere –también por mandato legal y de manera imprescindible- que el trabajador cumpla con realizar el canje de su(s) certificado(s) médico(s) particular(es) por el/los Certificado(s) de Incapacidad Temporal para el Trabajo (“CITTs”) dentro del plazo de 30 días posteriores a la incapacidad. De no ocurrir ello, ANTAMINA se encuentra imposibilitada de recuperar el subsidio que ha entregado de manera adelantada. Por ello, y en atención a que el subsidio entregado de manera adelantada al trabajador por cuenta del Essalud y por mandato legal no es un beneficio de cargo y cuenta de ANTAMINA ni es producto del trabajo realizado por el trabajador, ANTAMINA procederá a hacerse cobro directo de las remuneraciones del trabajador de la deuda que pueda generarse como consecuencia de la “no devolución” -por parte de Essalud- de los subsidios entregados en adelanto, cuando dicha “no devolución” ocurra por la demora del trabajador en el canje de su(s) certificado(s) médico(s) particular(es) por el/los Certificado(s) de Incapacidad Temporal para el Trabajo (“CITTs”) dentro del plazo de ley. Si el trabajador incumple los puntos detallados en las partes IV. 4 y IV. 5, (relacionados a no presentar los CITT dentro de los 30 días) Antamina procederá al descuento directamente de la remuneración subsidiada a través de la boleta de pago en el mes de la ocurrencia o plazo de vencimiento. Si el trabajador incumple los puntos detallados en las partes III.1 y III.2 (el no comunicar los descansos médicos para justificar sus días de inasistencia por motivos de salud) se procederá al descuento inmediato de dichos días de su remuneración mensual, considerándose dichos días de inasistencia, como falta injustificada. El cumplimiento del procedimiento de descansos médicos es obligatorio para todos los trabajadores de Antamina.

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Anexo N°1 INFORME COMPLEMENTARIO POR DESCANSO MÉDICO El siguiente informe debe ser completado por el médico tratante cuando el descanso médico de un trabajador sea mayor o igual a 3 días, y debe ser entregado al trabajador para que lo presente al servicio médico de la empresa: Fecha de 1ra consulta:..................................................................................................... Código del trabajador en la empresa (Vendor):................................................................ Apellidos y nombres de trabajador:.................................................................................. .......................................................................................................................................... Ocupación del trabajador:........................................Área: ............................................... Motivo de la consulta:....................................................................................................... ............................................................................................................................................. ........................................................................................................................................... Examen clínico:................................................................................................................. ............................................................................................................................................. ........................................................................................................................................... Exámenes auxiliares en caso se haya realizado (tipo de examen y resultado):........................................................................................................................... ............................................................................................................................................. ......................................................................................................................................... Diagnóstico (s): Consignar CIE10 ............................................................................................................................................. ............................................................................................................................................. .......................................................................................................................................... Tratamiento:......................................................................................................................... .......................................................................................................................................... Complicaciones en el tratamiento (si fuera el caso):.................................................................................................................................. ............................................................................................................................................. ............................................................................................................................................. ...... Días de descanso médico (DM) otorgados:.....................Del.................. Al........................... presente al servicio médico de la empresa: INDICACIONES FINALES: Alta médica: SI NO Según el tipo de trabajo que realiza el paciente, puede reincorporarse a sus labores habituales: Sin restricciones Con restricciones Especificar:.................................................................................... Sello y firma del médico tratante: .............................................................................. Datos del médico tratante: Nombres y Apellidos:..........................................Especialidad: ...................................... Teléfono fijo:......................... Celular:.........................E-mail:........................................... Nombre del centro médico, clínica o consultorio: ......................................................................................................................... ................... Dirección del centro médico, clínica o consultorio: ...........................................................

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............................................................................................................................................. .. Teléfono (s) del centro médico, clínica o consultorio:.......................................................

Fecha de emisión del informe: .........................................................................................

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