Procedimiento para el manejo de residuos peligrosos

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Pági

Views 157 Downloads 0 File size 347KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 1 de 19

PROCEDIMIENTO PARA EL MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS

CONTENIDO: 1. OBJETIVO 2. ALCANCE 3. DEFINIONES 4. DOCUMENTOS RELACIONADOS 5. RESPONSABILIDADES 6. DESCRIPCIÓN 7. MEDIDAS DE CONTROL A EXPOSICIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS 8. CRITERIOS DE ACEPTACIÓN 9. ANEXOS 10. ENMIENDAS

Elaborado por:

Revisado por:

Aprobado por:

15/02/2012

Patricia Santander R.

Marcial Guzmán M.

Rodrigo Muñoz F.

1

14/01/2014

Patricia Santander R.

Marcial Guzmán M.

Aldo Muñoz O.

2

05/03/2014

Patricia Santander R.

Marcial Guzmán M.

Aldo Muñoz O.

Rev.:

Fecha:

0

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 2 de 19

1. OBJETIVO. El presente procedimiento tiene por objetivo establecer las directrices generales para realizar un adecuado manejo y control de los residuos peligrosos que puedan generarse en las Obras e Instalaciones de Constructora Internacional S.A.

2. ALCANCE. Este procedimiento será aplicable en todas las Obras e Instalaciones de la Empresa, y a todo el personal que realice labores para Constructora Internacional S.A.

3. DEFINICIONES Residuo: Sustancia, elemento u objeto que el generador elimina, se propone eliminar o está obligado a eliminar.

Residuo

industrial

líquido

(RIL):

Aguas

de

desecho

generadas

en

establecimientos industriales como resultado de un proceso, actividad o servicio.

Residuo Peligroso (RESPEL): Residuo o mezcla de residuos que presentan riesgo para la salud de las personas y/o efectos adversos al medio ambiente, ya sea directamente o debido a su manejo actual o previsto, como consecuencia de presentar

las

características

de

toxicidad,

corrosividad,

reactividad

y/o

inflamabilidad.

Arenas, tierra y/o aserrín contaminado con Hidrocarburo: Provenientes del control de derrames y por la eventualidad de ocurrir algún derrame debido a la manipulación de combustibles, aceites, aditivos.

Material y/o residuos contaminados con Hidrocarburos: Corresponde a los excedentes, utilizados principalmente en la mantención de maquinarias y/o

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 3 de 19

recambio de éstos, como aceites usados, Filtros de aceite, flexibles y/o mangueras, paños contaminados, entre otros materiales, incluyendo todos los residuos que se encuentren contaminados o mezclados con derivados de hidrocarburos.

Derrame: Liberación al ambiente de elementos y/o sustancias de manejo restringido, que puedan

representar un peligro para la población y/o el medio

ambiente.

Contenedor: Recipiente o tambor, metálico o de plástico, en la cual un residuo es almacenado temporalmente y transportado. Su volumen es comúnmente de 200 litros.

Almacenamiento o acumulación: Se refiere a la conservación de residuos en un sitio y por un lapso de tiempo determinado. El tiempo máximo de acumulación de residuos peligrosos no debe exceder los seis meses.

Transporte: Procedimiento realizado generalmente por empresas externas, en donde se transporta los Residuos Peligrosos generados. Dichas empresas deberán contar con la respectiva Autorización Sanitaria. El transportista podrá prescindir de la autorización sanitaria en caso que la cantidad de residuos peligrosos no supere los 6 kilogramos de residuos tóxicos agudos, o las 2 toneladas de cualquier otro tipo de residuos peligrosos (D.S N° 148/2003, artículo 42).

Disposición final: Procedimiento de eliminación de residuos sólidos mediante su depósito definitivo en el suelo. La disposición final de residuos peligrosos deberá ser efectuada por empresas externas que cuenten con la respectiva autorización sanitaria.

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 4 de 19

Documento de Declaración y Seguimiento de los Residuos Peligrosos: Formulario debidamente llenado, que acompaña a los residuos peligrosos, desde su punto de generación hasta su destino final (resolución Nº 499/2006 del MINSAL)

4. DOCUMENTOS RELACIONADOS -

Decreto Supremo 148/2003 del Ministerio de Salud, Reglamento Sanitario Sobre el Manejo de Residuos Peligrosos.

-

RES. EXENTA 359/2005, sobre Declaración de Generación de Residuos Peligrosos

-

RES. EXENTA 499/2006, sobre Declaración de Generación de Residuos Peligrosos – SIDREP

-

Matriz de Identificación y Evaluación de Aspectos Ambientales Significativos y Requisitos Legales, FR-055.

5. RESPONSABILIDADES.

Jefe Residente o Administrador de Obra:

Verificar que el presente Procedimiento sea cumplido por el personal que ejecutará las obras.

-

Coordinar la entrega de recursos necesarios para que los procesos y/o actividades se realicen en forma eficiente.

Unidad de Gestión Integrada o Encargado de Calidad:

Revisar y mantener la documentación vigente, haciendo los ajustes y correcciones necesarias para su correcta aplicación.

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 5 de 19

Exigir que el Procedimiento sea cumplido por todo el personal Encargado de Calidad:

involucrado y recopilar toda la documentación utilizada (registros, listas de chequeo, etc.) para el control, archivo o distribución según corresponda.

Experto en Prevención de Riesgos:

Participar y asesorar en las medidas de prevención de Riesgos asociadas al cumplimiento del presente Procedimiento y Capacitar y entrenar al personal en los temas de Prevención de Riesgos que apliquen. -

Dar aviso oportuno al Coordinador Ambiental sobre la generación de residuos peligrosos.

-

Dar a conocer, Implementar y controlar la correcta ejecución del presente documento, a todo el personal involucrado

-

Ejecutar las acciones correspondientes a las observaciones realizadas por el Coordinador Ambiental en la vistas de Seguimiento Ambiental.

Jefe de Terreno/ Jefe de

-

Obra / Supervisores:

Informar al Coordinador Ambiental del estado de las observaciones entregadas.

-

Difundir el presente procedimiento y las medidas de control, seguimiento y monitoreo descritas.

-

Supervisar y proponer soluciones a los incidentes ambientales relacionados con el manejo de residuos peligrosos.

-

Mantener el control de las cantidades de residuos peligrosos generados, actualizando los registros de almacenamiento y de seguimiento de objetivos corporativos.

-

Difundir el presente procedimiento y las medidas de control, seguimiento y monitoreo descritas.

Coordinador Ambiental o

ambientales relacionados con el manejo de residuos

Encargado de Medio Ambiente:

Supervisar y proponer soluciones a los incidentes

peligrosos. -

Mantener el control de las cantidades de residuos peligrosos generados, actualizando los registros de almacenamiento y de seguimiento de objetivos corporativos.

-

Dar aviso inmediato a la Jefatura de la obra y Unidad de Gestión Integrada sobre la ocurrencia de algún reclamo de la

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 6 de 19

comunidad. -

Cumplir con las disposiciones legales ambientales que involucra a cada uno de los proyectos que ejecute Constructora Internacional S.A.

-

Declarar ante la autoridad sanitaria las bodegas temporales implementadas en obra.

-

Declarar on line, en el sistema SIDREP, los residuos peligrosos generados. Alternativamente, declarar con uso de formularios impresos, ante la autoridad sanitaria.

Trabajadores:

Cumplir con el presente procedimiento, acatando las instrucciones de la supervisión.

6. DESCRIPCIÓN

6.1. Generación de los Residuos Peligrosos. Los Residuos Peligrosos que se generan en Obras, Instalaciones y Oficinas de Constructora Internacional S.A, son los siguientes:

Tipo de Residuos Residuos líquidos y/o derrame de hidrocarburos o Aceites usados Material contaminado con derivados de hidrocarburos Filtros de aceites contaminados con derivados de hidrocarburos Arena, tierra o aserrín Contaminado con hidrocarburos Bidones y/o envases vacíos contaminados con hidrocarburos

Obras

Maquinarias









Oficinas

 







Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

Tipo de Residuos Tarros de pintura / solventes en desuso Material contaminado con pinturas y/o solventes

Obras

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 7 de 19

Maquinarias









Oficinas

Riles provenientes de la cámara separadora de 

aceites y grasas (Patio de lavados)* o Aguas contaminada con hidrocarburos. Toners y cadtridges vacíos







Tubos fluorescentes en desuso













Pilas y baterías en desuso Residuos Computacionales

*Los residuos líquidos industriales (Riles) generados en la cámara separadora de aceites y grasas deberán ser retirados en el momento de realizar la

mantención de ésta, y deberá ser efectuado por empresas con autorización sanitaria para

trasladar y tratar este tipo de residuos. Los puntos que se mencionan a continuación no son aplicables para el tratamiento de este residuo.

6.2.

Almacenamiento temporal de los RESPEL

6.2.1. Contenedores de almacenamiento de Residuos Peligrosos. Cada vez que se genere uno de los residuos indicados en la tabla del punto 5.1 “Generación de los residuos peligrosos”, deberán ser depositados provisoriamente en contenedores que cumplan con las siguientes características:

-

Indistintamente de las características físicas del residuo, ya sea líquido o sólido, deberá ser almacenado provisoriamente en contenedores metálicos o plásticos de una capacidad aproximada de 200 litros.

-

El contenedor deberá llevar en el rotulo la señalización requerida por la Norma Chilena Oficial NCh 2.190 of., indicando la característica de peligrosidad del residuo.

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

-

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 8 de 19

La rotulación de los contenedores deberá mantenerse desde el momento en que se genere el residuo hasta que sea retirado. El acopio de residuos no podrá superar el 75% del volumen total del contenedor, y una vez completada su capacidad, deberá ser trasladado a la Bodega de Residuos Peligrosos.

6.2.2. Bodegas de Almacenamiento Temporal (BAT). La bodega en donde se almacenarán temporalmente los Residuos Peligrosos deberán tener como mínimo las siguientes características:

-

Tener una base continua, impermeable y resistente estructural y químicamente a los residuos.

-

Contar con un cierre perimetral de a lo menos 1,80 metros de altura que impida el libre acceso de personas y animales.

-

Estar techados y protegidos de condiciones ambientales tales como humedad, temperatura y radiación solar.

-

Garantizar que se minimizará la volatilización, el arrastre o la lixiviación y en general cualquier otro mecanismo de contaminación del medio ambiente que pueda afectar a la población.

-

Tener una capacidad de retención de escurrimientos o derrames no inferior volumen del contenedor de mayor capacidad ni al 20% del volumen total de los contenedores almacenados (pretil de contención).

-

La bodega de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos debe tener un acceso restringido, es decir llave y candado, y solo podrá ingresar personal debidamente autorizado.

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

-

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 9 de 19

La bodega de almacenamiento temporal de Residuos Peligrosos se debe encontrar a 15 metros, a lo menos, de los deslindes de una propiedad.

-

Una vez construida la bodega de residuos peligrosos debe ser remitida a la SEREMI de Salud de la Región que corresponda, indicando el tiempo en que va estar emplazada, y la una proyección de los residuos peligrosos que se generarán durante la realización del proyecto.

-

Contar con señalización de acuerdo a la Norma Chilena NCh 2.190 Of 93

-

Además de lo anterior, toda Bodega de residuos peligrosos deberá contar con extintores multipropósitos de polvo químico seco.

Imagen Nº 1: Ejemplo Tipo de Bodega de Almacenamiento Temporal de Residuos Peligrosos

-

Las bodegas de almacenamiento temporal de residuos peligrosos son aplicables a faenas temporales (obras) que realice Constructora Internacional S.A., no son aplicables a los Talleres y Bodegas de Lo Prado, ya que esta instalación es de carácter permanente.

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

-

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 10 de 19

A fin de cuantificar los residuos generados, todo RESPEL que ingrese a la Bodega de residuos peligrosos deberá ser registrado, mediante el formulario “Registro de generación de residuos, FR-584”, adjunto a los Anexos del presente procedimiento.

6.2.3. Almacenamiento Temporal de Otros Residuos Peligrosos Los Residuos peligrosos como:

-

Toners y cadtridges vacíos, provenientes de las actividades de oficina y/o administrativas, de obras e instalaciones dentro de la Región Metropolitana y sus alrededores, deberán ser enviados a Oficina Central, en donde se gestionará la donación a Fundaciones que utilizarán dichos residuos para fines benéficos.

-

Las baterías provenientes de las actividades de mantención de la maquinaria existente, para obras e instalaciones dentro de la Región Metropolitana y sus alrededores, deberán ser enviadas a través del Departamento de Maquinaria de la faena hacia los Talleres y Bodegas de Lo Prado, para ser destinados a lugares autorizados.

-

Para las obras e instalaciones más alejadas, la administración de la obra deberá gestionar la disposición final de estos residuos con las entidades e instituciones de la zona.

6.3.

Retiro de los Residuos Peligrosos.

El retiro de los RESPEL deberá ser coordinado por el Encargado Ambiental de la Obra/Instalación, procurando que sea efectuado por empresas que cuenten con la autorización sanitaria para transportar, tratar y disponer este tipo de residuos.

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 11 de 19

Es importante señalar que no se podrán transportar residuos peligrosos sin que se porte el Documento de Declaración emitido por el Generador, sin las respectivas hojas de seguridad del residuo generado, y sin la Guía de Despacho correspondiente.

6.4.

Declaración de Generación de Residuos Peligrosos.

Para dar cumplimiento al Titulo VII, sobre el Sistema de Declaración de Residuos Peligrosos del D.S 148/2003, y a la Resolución Exenta Nº 359/2005 y N°499/2006 todos cuerpos legales del Ministerio de Salud, previo al retiro de los residuos, el Encargado Ambiental a cargo deberá realizar la declaración de generación de RESPEL, la cual podrá realizarse vía electrónica, o en su defecto, en documento físico:

6.4.1. Vía electrónica. Se puede acceder a través de la página web http://sidrep.minsal.gov.cl/ mediante el número identificador y la clave de acceso proporcionados por la Autoridad Sanitaria.

6.4.2. Vía documento Físico. En lo que respecta a la Declaración de Residuos Peligrosos mediante documento físico o papel, el Generador entregará al transportista, al momento de la carga, el documento original del formulario de Declaración y Seguimiento de

Residuos

Peligrosos y 3 copias del mismo. Posteriormente a la firma del transportista, el Generador deberá remitir la copia Nº 4 a la Autoridad Sanitaria respectiva y retener para sí la copia Nº 5 por un período mínimo de 2 años.

Este último sistema es más laborioso y de mayor costo que el primero. Se sugiere utilizar el sistema electrónico para agilizar trámites de gestión, siendo recomendable mantener al alcance el documento en formato papel para cubrir cualquier tipo de eventualidad que ocurra en el sistema electrónico (vía web).

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 12 de 19

UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

Con el objeto de facilitar el llenado del formulario de Declaración de Generación de Residuos Peligrosos, a continuación se adjunta un recuadro en donde se indica los tipos de residuos peligrosos con su respectiva codificación:

Residuo

Residuos líquidos de hidrocarburos o Aceites usados

Material contaminado con derivados de hidrocarburos

Filtros de aceites contaminados con derivados de hidrocarburos

Arena, tierra o aserrín Contaminado con hidrocarburos

Lista I, II, III

I.8

Lista A

A3020

I.9

A4060

I.9

A4060

I.9

A4060

Bidones o envases vacíos contaminados con hidrocarburos,

III.12

A4130

solventes y/o pinturas.

Tarros de pintura / solventes en desuso

Material contaminado con pinturas y/o solventes

I.12

A4070

I.12

A4070

C. de Peligrosidad

Estado Físico

NCh 2190 Of. 93

Toxico Crónico (TC)

Sólido

Toxico Crónico (TC)

Sólido

Toxico Crónico (TC)

Sólido

Toxico Crónico (TC)

Inflamable (IN)

Sólido

Sólido

Toxico Crónico (TC)

Sólido

Toxico Crónico (TC)

Sólido

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 13 de 19

UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

Residuo

Lista I, II, III

Lista A

C. de Peligrosidad

Estado Físico

NCh 2190 Of. 93

Riles provenientes de la cámara separadora de aceites y grasas (Patio de lavados)* o Aguas

I.9

A4060

Toxico Crónico (TC)

Liquido

contaminada con hidrocarburos.

Toners y cadtridges vacíos

III.3

A1120

Toxico por Lixiviación

Sólido

(TL)

Tubos fluorescentes en desuso

II.11

A2010

Pilas y baterías en desuso

II.13

A1160

6.5. -

Toxico Crónico (TC)

Sólido

Corrosivo (CO)

Sólido

Medidas especiales en la manipulación de los RESPEL. Evitar mezclar residuos peligrosos con cualquier otro tipo de residuos, como residuos domésticos, o de tipo industrial

-

Cada vez que se realice la mantención de una maquinaria y/o vehículo se debe instalar un polietileno con arena debajo de la maquinaria, para evitar que los posibles derrames de sustancias peligrosas contaminen el suelo. De igual manera se actuará cuando se realice la carga de combustible.

-

Cuando se realice la manipulación de sustancias peligrosas, evitar el vertido de éstas, procurando instalar una carpeta de contención que impida el derrame de estas sustancias. El contacto de cualquier sustancia peligrosa con el suelo, con agua o cualquier otro tipo de material, obligará a tratar el residuo generado como peligroso.

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

6.6.

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 14 de 19

Medidas para Control de Derrames

6.6.1. Prevención de derrames -

Estará prohibido disponer tambores para el almacenamiento de aceite lubricantes o combustibles cercanos a los frentes de trabajo sin sus medidas de contención necesarias como bandeja anti derrames con arena. Todo almacenamiento se realizará en bodegas habilitadas en la instalación de faena.

-

Se prohíbe la mantención de equipos o maquinarias en el frente de trabajo. Toda reparación o mantención se realizara en taller mecánico apto y autorizado para estas labores

-

Se prohíbe el uso de bidones o botellas con sustancias peligrosas sin su debida rotulación

6.6.2. Alerta en caso de derrame Todo personal involucrado en caso de algún derrame esta obligado a dar aviso inmediato al Jefe de Terreno y Coordinador Ambiental, sobre la ocurrencia o de un incidente o contingencia

Las acciones a seguir en caso de un derrame son: -

Determinar el origen y posición geográfica del derrame

-

Evaluar la extensión y magnitud del derrame

-

Identificar la cauda del incidente y tipo de hidrocarburo

-

Colocación de barreras absorbentes (arena) para detener la dispersión del derrame

6.6.3. Identificación del Derrame Los derrames se identificaran en dos tipos: -

Derrame de Baja o Mediana Magnitud

-

Derrame de Gran Magnitud

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 15 de 19

En los derrames de baja o mediana magnitud, se realizara el retiro del residuo peligroso generado de acuerdo a lo indicado en el punto 6.6.4 del presente procedimiento. Para los derrames de gran magnitud, se realizara lo indicado en el punto 6.6.4 del presente procedimiento y además se activara la Unidad de Emergencias.

6.6.4. Procedimiento de Control en caso de derrame -

Se deberá detener inmediatamente las actividades que se están realizando y que tengan directa relación con el derrame en lo posible retirar la maquinaria o fuente de derrame

-

Acordonar o restringir el acceso de personas no autorizada en la zona donde se ha producido y confinado el derrame

-

Se procederá a controlar el derrame desde la fuente, realizando la respectiva reaparición de mangueras o filtros dañados, ajustando piezas sueltas y/o cerrando válvulas, según sea el motivo de la contingencia o incidente.

-

Para la limpieza de derrames de hidrocarburos en pavimentos se utilizaran productos biodegradables como jabón de tipo industrial agua y escobillones municipales. Para la absorción del agua con jabón se utilizará arena

-

Para los derrames que se provoquen directamente en el suelo o tierra, se realizara la debida excavación y retiro del material contaminado. La profundidad de la excavación se realizará dependiendo de la magnitud del derrame.

-

Recoger el máximo posible el material impregnado en suelo y limpiar la zona del derrame, el que será tratado como residuo peligroso y almacenado

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 16 de 19

de manera temporal en la BAT hasta su disposición final por una empresa autorizada.

-

Disponer de material absorbente (arena, aserrín u otro) con el fin de minimizar lo mayor posible la extensión de este e infiltración del suelo desprotegido

-

Una vez absorbido el hidrocarburo, se deberá retirar el material absorbente contaminado para ser dispuesto en tambores de residuos peligrosos, lo que serán llevador a la bodega de almacenamiento temporal de RESPEL

-

Para evitar accidentes en los trabajadores, todo trabajador que manipule residuos peligrosos, deberá utilizar los respectivos elementos de protección personal, además de haber recibido una capacitación para poder operar con este tipo de residuos

6.6.5. Flujograma de Comunicación ante Derrames de Hidrocarburos

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 17 de 19

DERRAME

Baja o Mediana Magnitud

Limpiar Área, realizar disposición adecuada del Residuo

Peligrosos

Gran Magnitud

Dar aviso a Ingeniero Residente/ Jefe de Terreno/Coordinador Ambiental/ Experto SSO

Activar Plan de Contingencias PR628

Se Activa Unidad de Emergencia

Según Sea la Magnitud del Derrame se Activaran Los Servicios de Apoyo

Control del Derrame

Protocolo de Comunicación

Comunicación Interna

Comunicación Externa

Bomberos/Cabineros/Autoridad Sanitaria/

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

7.

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 18 de 19

MEDIDAS DE CONTROL A EXPOSICIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS

Para el presente procedimiento de manejo de residuos peligrosos se deberán adoptar las siguientes medidas de seguridad, tendientes a evitar la exposición de los trabajadores a los antes mencionados.

-

Se deberá delimitar el área de manera clara, evitando la circulación de personal hasta después de realizado el control de derrame

-

Se realizara un análisis de riesgos en el trabajo de acuerdo a residuo a intervenir.

-

Los trabajadores que realicen el control del derrame o traslado de residuo peligroso deberán contar con los siguientes EPP:

8.

Casco de seguridad

ii.

Guantes impermeables de nitrilo o similar

iii.

Protección respiratoria (desechafle o según corresponda al residuo)

iv.

Ropa de trabajo que asegure el nulo contacto con el personal

v.

Lentes de seguridad

vi.

Zapatos de seguridad

CRITERIOS DE ACEPTACIÓN -

9.

i.

Normativa de carácter ambiental y de seguridad vigente

ANEXOS

ANEXO 01: Formato de Rotulación de Contenedores de Residuos Peligrosos. ANEXO 02: FR – 584 Registro de Generación de Residuos.

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático

MANEJO Y CONTROL DE RESIDUOS PELIGROSOS

Código: PR - 553 Revisión: 2 Fecha: 05/03/2014 Página 19 de 19

UNIDAD DE GESTIÓN INTEGRADA

10. ENMIENDAS

CAPITULO

NOMBRE

3

Definiciones

DESCRIPCIÓN Se agrega la definición de derrame en el presente procedimiento En la tabla Tipo de Residuos se

6.1

Generación de Residuos Peligrosos

agrega

derrame

en

la

frase

“Residuo Liquido de hidrocarburos o aceite usados”

Medidas especiales en la 6.5

manipulación de los RESPEL

6.6

cambia al 6.5,

Medidas para el Control de Se Derrames Medidas de Control a

7.

Se suprime el numeral 6.2.4, y se

Exposición de Residuos Peligrosos

agregan

medidas

para

el

control de derrames Se agrega Ítem con respecto a las medidas

de

seguridad

en

la

protección de los trabajadores Se cambia normativa vigente por

8

Criterios de Aceptación

“Normativa de carácter ambiental y de seguridad vigente”

Todo documento impreso es No Controlado, a excepción que exhiba timbre: “CONTROLADO” Para verificar revisión vigente consultar Sistema Informático