PRIMER TALLER EVALUATIVO Introduccion a La Farmacia

1. A PARTIR DE LAS SIGLAS QUE SE DAN A CONTINUACIÓN, INDIQUE SU SIGNIFICADO E IMPORTANCIA TANTO EN EL SECTOR INDUSTRIALF

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1. A PARTIR DE LAS SIGLAS QUE SE DAN A CONTINUACIÓN, INDIQUE SU SIGNIFICADO E IMPORTANCIA TANTO EN EL SECTOR INDUSTRIALFARMACÉUTICO Y/O EL SECTOR SALUD. ALGUNAS DE LAS SIGLAS CORESPONDEN A TÉRMINOS EN INGLÉS. TÉRMINOS DE USO INDUSTRIAL- FARMACÉUTICO Y DEL TÉRMINOS SECTOR SALUD MÉDICOS OMS

BPA

ESE

SGSSS

ARV/VIH

OPS

ARC

IPS

DSSA

SIDA

INVIMA

DCI

EPS

METROSALUD

HTA

FDA

ISO

ARL

SISBÉN

EPOC

ICONTEC

SFT

ARS

COFYTE

EDA

SIC

PRM

FOSYGA

CTC

ECV

BPM

RNM

POS

I&D

ORL

BPL

PRUM

PAB

OTC

SNC

BPE

LASA

APS/APS-R

AFIDRO

ORGANIZACIONES/ASOCIACIONES AQUIFAR

ASERFAR

ACCYTEC

ACEQF

ASINFAR

FIP

APHA

OFIL

TÉRMINOS DE USO INDUSTRIAL- FARMACÉUTICO Y DEL SECTOR SALUD OMS: organización mundial de la salud. Es la responsable de desempeñar una función de liderazgo en los asuntos sanitarios mundiales, configurar la agenda de las investigaciones en salud, establecer normas, articular opciones de política basadas en la evidencia, prestar apoyo técnico a los países y vigilar las tendencias sanitarias mundiales BPA: buenas prácticas de almacenamiento Las buenas prácticas de almacenamiento (BPA), constituyen un conjunto de normas mínimas obligatorias de almacenamiento que deben cumplir los almacenamientos de importación, distribución, dispensación y expendio de productos farmacéuticos y afines, respecto a las

instalaciones, equipamientos y procedimientos operativos, destinados a garantizar el mantenimiento de las características y propiedades de los productos. ESE: Empresa social del estado. Institución prestadora de servicios de salud que en el SGSSS tiene la función de prestar los servicios en el respectivo nivel de atención a los afiliados y beneficiarios de los distintos regímenes en los que se divide el sistema SGSSS: Sistema General de Seguridad Social en Salud. El SGSSS está bajo la orientación, regulación, supervisión, vigilancia y control del Gobierno nacional y del ministerio de salud y atenderá las políticas, planes, programas y prioridades del Gobierno en la lucha contra las enfermedades y en el mantenimiento y educación, información y fomento de la salud. OPS: Organización panamericana de la salud Organismo internacional de salud pública, dedicado a mejorar la salud y las condiciones de vida de los pueblos de las Américas. Es parte del Sistema de las Naciones Unidas y Oficina Regional para las Américas de la Organización Mundial de la Salud. La OPS es también la agencia especializada en salud del Sistema Interamericano de la OEA (Organización de Estados Americanos). ARC: Administración de Riesgo a la Calidad IPS: Instituciones prestadoras de servicio. Son los entes que deben ser subcontratados por las EPS para suministrar la atención que demanden sus afiliados cotizantes y beneficiarios en cuanto a afecciones en su salud se refiere. DSSA: Dirección seccional de salud de Antioquia. Órgano de gestión y control de los servicios de salud departamentales INVIMA: Instituto Nacional de vigilancia de medicamentos y alimentos. El INVIMA tiene gran importancia, ya que este instituto cumple las funciones de inspección, vigilancia y control a los establecimientos productores y comercializadores de los productos a que hace referencia el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 y en las demás normas que lo modifiquen o adicionen, sin perjuicio de las que en estas materias deban adelantar las entidades territoriales, durante las actividades asociadas con su producción, importación, exportación y disposición para consumo. DCI: Denominación común internacional. Las denominaciones comunes internacionales (DCI) identifican sustancias farmacéuticas o ingredientes farmacéuticos activos. Cada DCI es un nombre único reconocido en todo el mundo y de dominio público. Las denominaciones comunes también se conocen como nombres genéricos.

EPS: Entidad promotora de salud. Promueven servicios médicos a usuarios en un esquema de aseguramiento. Las personas se afilian a las EPS para luego ser atendidas en clínicas y hospitales, las cuales sí brindan los servicios médicos pero no cobran por estos a los pacientes. METROSALUD: Red pública hospitalaria del Municipio de Medellín. Brinda servicios de salud a la población más vulnerable de la ciudad FDA: Food and Drug Administration: Agencia de Alimentos y Medicamentos ISO: International Normalizacion.

organization

for

standardization:

Organizacion

Internacional

de

Organismo encargado de promover el desarrollo de normas internacionales de fabricación, comercio y comunicación para todas las ramas industriales. ARL: Administradora de Riesgos Laborales. Entidades que tienen como objetivo prevenir, proteger y atender a los trabajadores contra Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales que puedan ocurrir en el trabajo que desarrollan. SISBÉN: Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas sociales. El Sisbén es el sistema de información diseñado por el Gobierno Nacional para identificar a las familias potenciales beneficiarias de programas Sociales. ICONTEC: Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación. Empresa multinacional de servicios que contribuye a la generación de confianza en la sociedad y al desarrollo sostenible de las organizaciones. SFT: Servicio de Seguimiento Farmacoterapéutico ARS: Administradoras de Riesgos de Salud COFYTE: Comité de Farmacia y Terapéutica. Implementa políticas para la selección de medicamentos y dispositivos médicos, su adecuado y la evaluación en su uso terapéutico.

uso

SIC: Superintendencia de Industria y Comercio. La SIC salvaguarda los derechos de los consumidores, protege la libre y sana competencia, actúa como autoridad nacional de la propiedad industrial y defiende los derechos fundamentales relacionados con la correcta administración de datos personales. PRM: Problemas relacionados con medicamentos FOSYGA: Fondo de solidaridad y garantía

Fue creado para garantizar la compensación entre las personas de diferentes ingresos y riesgos, la solidaridad del Sistema General de Seguridad Social en Salud y cubrir los riesgos catastróficos y los accidentes de tránsito. CTC: Comités Técnico Científicos de las entidades Promotoras de Salud y de la Junta Técnico Científica de pares de la Superintendencia Nacional de Salud BPM: Buenas prácticas de manufactura El cumplimiento de las BPM es clave para prevenir efectos en la integridad de los alimentos y mejorar el control a lo largo dela cadena agroalimentaria además las BPM brindan elementos para prevenirla llegada de agentes microbiológicos, físicos y químicos a los alimentos. RNM: Resultados clínicos negativos derivados de la farmacoterapia. POS: Plan obligatorio de salud I&D: Investigación y desarrollo BPL: Buenas prácticas de laboratorio Las normas BPL constituyen, en esencia, una filosofía de trabajo, son un sistema de organización de todo lo que de alguna forma interviene en la realización de un estudio o procedimiento encaminado a la investigación de todo producto químico o biológico que pueda tener impacto sobre la especie humana. Las normas inciden en cómo debe trabajar a lo largo de todo el estudio, desde su diseño hasta el archivo. PRUM: Problemas relacionados con el uso de medicamentos PAB: Plan de atención básica OTC: Over The Counter, El medicamento de venta libre. BPE: Buenas prácticas de elaboración LASA: Latin American studies Association APS/APS-R: Atención primaria de la Salud.

TERMINOS MEDICOS ARV/VIH: Antirretroviral / Virus de Inmunodeficiencia Humana Es una terapia combinada como TARGA, los cuales son medicamentos que tratan al VIH. Los medicamentos ni matan ni curan al virus, pero cuando tomado en combinación, pueden prevenir la reproducción del virus, además este tipo de tratamiento es para mejorar la calidad de vida de los pacientes. En cuanto a su comercialización, el coste directo de estos

medicamentos es muy alto, pero su elevada efectividad reduce la utilización de otros servicios sanitarios y suponer un ahorro neto para el sistema sanitario. SIDA: Síndrome de inmunodeficiencia adquirida El virus ataca el sistema inmunitario. A medida que el sistema inmunitario se debilita, el cuerpo es vulnerable a infecciones y cánceres potencialmente mortales. Una vez que una persona tiene el virus, éste permanece dentro de su cuerpo de por vida. Su tratamiento se basa más que todo en la terapia antirretroviral. HTA: Hipertensión arterial Es el aumento de la presión arterial de forma crónica. Es una enfermedad que no da síntomas durante mucho tiempo y, si no se trata, puede desencadenar complicaciones severas como un infarto de miocardio, una hemorragia o trombosis cerebral, lo que se puede evitar si se controla adecuadamente. La hipertensión no puede curarse en la mayoría de los casos, pero puede controlarse. En general debe seguirse un tratamiento regular de por vida para bajar la presión y mantenerla estable. Las pastillas son sólo parte del tratamiento de la hipertensión, ya que el médico también suele recomendar una dieta para perder peso y medidas como no abusar del consumo de sal, hacer ejercicio con regularidad. EPOC: Enfermedad pulmonar obstructiva crónica Es una enfermedad progresiva que causa dificultad para respirar, puede causar tos con producción de grandes cantidades de mucosidad, sibilancias, falta de aliento, presión en el pecho y otros síntomas. En cuanto a su tratamiento se emplean: Esteroides por vía oral o a través de una vena (por vía intravenosa), Broncodilatadores a través de un nebulizador, Oxigenoterapia, Asistencia durante la respiración desde un máquina (a través de una máscara, BiPAP o sonda endotraqueal). EDA: Enfermedad diarreica aguda La diarrea es una enfermedad intestinal generalmente infecciosa y autolimitada, caracterizada por evacuaciones líquidas o disminuidas de consistencia y frecuentes, casi siempre en número mayor a tres en 24 horas con evolución menor de dos semanas. Las EDA han constituido un problema importante de salud pública en el mundo; dichas enfermedades afectan a todos los grupos de edad, sin embargo los más vulnerables son los menores de 5 años. El tratamiento varía de acuerdo a las condiciones en las que se presente la enfermedad, los más comunes son: Ampicilina 100 mg/kg/día V.O. divididos en cuatro tomas al día durante 5 días, Tinidazol 5º mg/kg/día una vez al día por 3 días V.O., Furazolidona 7.0 mg/kg/día dividido en 4 dosis al día durante 5 días VO. ECV: Enfermedad cerebro vascular / Enfermedad cardiovascular ORL: Otorrinolaringología SNC: Sistema nervioso central

ORGANIZACIONES/ASOCIACIONES AQUIFAR: Asociación de Químicos Farmacéuticos de Antioquia ASERFAR: Asociación de Estudiantes y Tecnólogos Regentes de Farmacia ACCYTEC: Asociación Colombiana de Ciencia y Tecnología Cosmética ACEQF: Asociación Colombiana de Estudiantes de Química Farmacéutica AFIDRO: Asociación de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación y Desarrollo ASINFAR: Asociación de Industrias Farmacéuticas Colombianas FIP: International Pharmaceutical Federation APHA OFIL: America Pharmacists Association

2. CONSULTAR LAS DEFINICIONES DE: MEDICAMENTOS ESENCIALES: La Organización Mundial de la Salud (OMS), define medicamento esencial aquel que cubre las necesidades de atención de salud prioritarias de la población. El comité de expertos de la OMS definió desde 1977 un listado de Medicamentos Esenciales para las necesidades de atención en salud de una población específica que ayuda a cada país a establecer prioridades con respecto a la adquisición y distribución de los medicamentos, reduciendo así los costos para el sistema de salud. MEDICAMENTOS GENÉRICOS (DCI): Nombre empleado para distinguir el principio activo que no está amparado por una marca de fábrica. El nombre genérico corresponde generalmente con la Denominación Común Internacional recomendada por la OMS y es usado comúnmente por los fabricantes y reconocido por la autoridad competente para denominar productos farmacéuticos que tienen el mismo principio activo. MEDICAMENTOS COMERCIALES: Es el medicamento en su descripción común con una marca o signo distintivo comercial definido. Incluye aquellos medicamentos comercializados con su Denominación Común Internacional (DCI), que en su empaque tienen un signo distintivo que los diferencia de otros medicamentos comercializados de la misma manera. MEDICAMENTOS INNOVADORES: Un medicamento innovador u original es aquel que contiene un principio activo nuevo, con el que se ha realizado un proceso de investigación y desarrollo completo, desde su síntesis química hasta su utilización clínica. El laboratorio productor, propietario de los derechos, lo comercializa bajo un nombre de marca registrada.

MEDICAMENTOS HUÉRFANOS: se considera medicamento huérfano aquel destinado a la prevención, diagnóstico o tratamiento de enfermedades raras o de enfermedades graves más comunes pero que difícilmente sería comercializado por falta de perspectivas de venta una vez en el mercado. Este último punto es importante puesto que más del 90 % de los medicamentos comercializados provienen de la industria farmacéutica, la cual antes de invertir en la investigación y desarrollo (I+D) de una nueva terapia, debe calcular si podrán recuperar mediante ventas dicha inversión que puede llegar a ser del orden de unos 200 millones de euros. MEDICAMENTOS BIOSIMILARES: Los medicamentos biológicos (también llamados “biofarmacéuticos”) se componen de proteínas tales como hormonas (hormonas de crecimiento, insulinas, eritropoyetinas), enzimas producidas naturalmente por el cuerpo humano o anticuerpos monoclonales, pero también de productos sanguíneos, medicamentos inmunológicos (como sueros y vacunas), alérgenos y productos tecnológicos avanzados (como productos de terapia génica y celular. Como todos los medicamentos, los biológicos funcionan interactuando con el cuerpo para producir un resultado terapéutico, si bien los mecanismos que utilizan varían en función del producto y de las indicaciones. Los productos biotecnológicos, tanto los innovadores como sus ‘genéricos’, llamados biosimilares, son el resultado de la manipulación tecnológica de organismos vivos, que sirven para tratar enfermedades como el cáncer. Los medicamentos biosimilares se desarrollan sistemáticamente, con la finalidad de que sean altamente similares al producto de referencia en cuanto a calidad, seguridad y eficacia

3. CONSULTAR SOBRE LOS NIVELES DE COMPLEJIDAD, TANTO DE LOS “SERVICIOS ASISTENCIALES (IPS)” COMO DE LOS “SERVICIOS FARMACÉUTICOS”. QUE PAPEL JUEGA EL Q.F Y EL TRF EN ESTOS ÚLTIMOS? (Normas adicionales al decreto 2200 de 2005) NIVEL DE COMPLEJIDAD SERVICIOS ASISTENCIALES: La denominación de Niveles de Complejidad y Niveles de Atención, viene siendo desarrollada desde antes de la Ley 100/93, con un antecedente inicial en la Ley 10 de 1990 y en el Decreto 1760 de 1990. Estas definiciones se ajustan luego del año 1993 y la Resolución 5261 de 1994 hace la precisión sobre los Niveles de Complejidad, estableciendo los siguientes:  NIVEL I: Médico general y/o personal auxiliar y/o paramédico y/o de otros profesionales de la salud no especializados.  NIVEL II: Médico general y/o profesional paramédico con interconsulta, remisión y/o asesoría de personal o recursos especializados.



NIVEL III y IV: Médico especialista con la participación del médico general y/o profesional paramédico. Dentro de estos Niveles de Complejidad se establecen los Niveles de Atención quirúrgica, responsabilizando para los diferentes Niveles de Complejidad diferentes Niveles de Atención, de la siguiente forma:  NIVEL I: GRUPOS QUIRÚRGICOS 01, 02, 03.  NIVEL II: GRUPOS QUIRÚRGICOS 04, 05, 06, 07, 08.  NIVEL III: GRUPOS QUIRÚRGICOS 09 Y SIGUIENTES.  NIVEL IV: Se establece de acuerdo al procedimiento practicado en las patologías catastróficas. SERVICIOS FARMACEUTICOS GRADOS DE COMPLEJIDAD. El servicio farmaceutico sera de baja, mediana y alta complejidad 1. Servicio farmacéutico de baja complejidad. Realizará basicamente los procesos siguientes: a) Selección de medicamentos y dispositivos médicos. b) Adquisicion de medicamentos y dispositivos médicos. c) Recepcion y almacenamiento de medicamentos y dispositivos médicos d) Distribucion de medicamentos y dispositivos médicos e) Dispensacion de medicamentos f) Participacion en grupos interdisciplinarios g) Informacion y educacion al paciente y la comunidad sobre el uso adecuado de medicamentos y dispositivos medicos. h) Destruccion o desnaturalizacion de medicamentos 2. Servicio farmaceutico de mediana y alta complejidad. Ademas de las actividades anteriores y/o procesos del servicio farmaceutico de baja complejidad, realizara los procesos siguientes: a) Atencion farmaceutica b) Preparaciones magistrales c) Mezclas de nutrición parenteral. d) Mezclas y/o adecuacon y ajuste de concentraciones de medicamentos oncologicos. e) Adecuacion y ajuste de concentraciones para cumplir con las dosis prescritas. f) Reempaque y/o reenvase de medicamentos dentro del sistema de Distribucion de Medicamentos en Dosis Unitaria, para pacientes hospitalizados y/o ambulatorios en casos especiales. g) Preparaciones extemporáneas h) Control, dispensación y distribucion de radiofármacos. i) Investigacion clinica

j) Realización o participación en estudios sobre farmacoepidemiologia, uso de antibioticos, farmacia clinica y cualquier tema relacionado de interés para el paciente, el servicio farmaceutico, las autoridades del sector y la comunidad. 4. CONSULTAR ASPECTOS RELACIONADOS PRESCRIPCIÓN” (Decreto 2200 de 2005)

CON

LA

“CALIDAD

DE

LA

CAPITULO IV DE LA PRESCRIPCIÓN DE LOS MEDICAMENTOS Artículo 16. Características de la prescripción. Toda prescripción de medicamentos deberá hacerse por escrito, previa evaluación del paciente y registro de sus condiciones y diagnóstico en la historia clínica, utilizando para ello la Denominación Común Internacional (nombre genérico) y cumpliendo los siguientes requisitos: 1. Solo podrá hacerse por personal de salud debidamente autorizado de acuerdo con su competencia. 2. La prescripción debe ser en letra clara y legible, con las indicaciones necesarias para su administración. 3. Se hará en idioma español, en forma escrita ya sea por copia mecanográfica, medio electromagnético y/o computarizado. 4. No podrá contener enmendaduras o tachaduras, siglas, claves, signos secretos, abreviaturas o símbolos químicos, con la excepción de las abreviaturas aprobadas por el Comité de Farmacia y Terapéutica de la Institución. 5. La prescripción debe permitir la confrontación entre el medicamento prescrito y el medicamento dispensado (en el caso ambulatorio) y administrado (en el caso hospitalario) por parte del profesional a cargo del servicio farmacéutico y del Departamento de Enfermería o la dependencia que haga sus veces. 6. La prescripción debe permitir la correlación de los medicamentos prescritos con el diagnóstico. 7. La dosis de cada medicamento debe expresarse en el sistema métrico decimal y en casos especiales en unidades internacionales cuando se requiera.

8. Cuando se trate de preparaciones magistrales, además de los requisitos de prescripción, se debe especificar claramente cada uno de los componentes con su respectiva cantidad. Artículo 17. Contenido de la prescripción. La prescripción del medicamento deberá realizarse en un formato el cual debe contener, como mínimo, los siguientes datos cuando estos apliquen: 1. Nombre del prestador de servicios de salud o profesional de la salud que prescribe, dirección y número telefónico o dirección electrónica. 2. Lugar y fecha de la prescripción. 3. Nombre del paciente y documento de identificación. 4. Número de la historia clínica. 5. Tipo de usuario (contributivo, subsidiado, particular, otro). 6. Nombre del medicamento expresado en la Denominación Común Internacional (nombre genérico). 7. Concentración y forma farmacéutica. 8. Vía de administración. 9. Dosis y frecuencia de administración. 10. Período de duración del tratamiento. 11. Cantidad total de unidades farmacéuticas requeridas para el tratamiento, en números y letras. 12. Indicaciones que a su juicio considere el prescriptor. 13. Vigencia de la prescripción. 14. Nombre y firma del prescriptor con su respectivo número de registro profesional. 5. CONSULTAR ACERCA DE LA DEFINICIÓN DE LOS TÉRMINOS: a. CERTIFICACIÓN (Ejemplo: Certificación en BPM) b. ACREDITACIÓN (Ejemplo en BPL y en la parte de Educación- Programas Académicos)

c. HABILITACIÓN (Ejemplo de las Entidades de Salud y los Servicios Farmacéuticos) a) CERTIFICACIÓN Como cada ámbito profesional, el mundo de la Calidad y de la Certificación tiene su vocabulario específico y es muy importante aprenderlo. Las definiciones siguientes provienen de las normas ISO 8402, ISO 65 y de la Guía ISO/CEI 2. La certificación es el procedimiento mediante el cual un organismo da una garantía por escrito, de que un producto, un proceso o un servicio están conforme a los requisitos especificados. La certificación es en consecuencia el medio que está dando la garantía de la conformidad del producto a normas y otros documentos normativos. La certificación se materializa en un certificado: El certificado es un documento emitido conforme a las reglas de un sistema de certificación, que indica con un nivel suficiente de confianza, que un producto, proceso o servicio debidamente identificado, está conforme a una norma o a otro documento normativo especificado. Ventajas de la certificación



Identificar y diferenciar el producto; Dar credibilidad al trámite mediante la garantía de un organismo de certificación independiente de los intereses económicos en juego;



Crear valor agregado a todos los niveles de una cadena de producción determinada;



Ser mejor conocido y reconocido;



Ganar y/o conservar la confianza de los consumidores;



Eventualmente, beneficiarse de una promoción colectiva.



b) ACREDITACIÓN En el marco de la certificación de productos, la ACREDITACIÓN es el reconocimiento de la conformidad de un organismo de certificación a los requisitos de la norma ISO 65. La acreditación garantiza el reconocimiento mutuo de los organismos de certificación a nivel internacional. Un Organismo de acreditación es un organismo tercero que procede a la acreditación de un organismo de certificación

La norma de referencia es la ISO 65 (o EN 45011). "Requisitos generales relativos a los organismos que proceden a la certificación de productos". Se trata de una norma cercana a la norma ISO 9001 "Sistema de administración de la calidad". La acreditación se parece en consecuencia a una certificación de empresa de clase ISO 9001. La diferencia está en el hecho de tratarse de un tipo particular de empresa, ya que se trata de un organismo cuya actividad es "proceder a la certificación de productos", la que requiere criterios particulares (independencia, imparcialidad, etc.) que no son los criterios de las normas ISO 9000. Mientras el organismo certificador "certifica" un producto, un proceso o un sistema calidad, un organismo de acreditación "acredita al organismo certificador". Del mismo modo, estos organismos de acreditación deben proceder conforme a una norma, la ISO 61 "Requisitos generales para la evaluación y la acreditación de los organismos de certificación". No existen organismos de acreditación de los organismos que acreditan; su legitimidad se funda en el reconocimiento mutuo y en la participación de las autoridades públicas dentro de sus estructuras. La acreditación es relevante para los organismos de certificación porque:



Declara que los organismos acreditados son competentes e imparciales; Les permite, a nivel internacional, conseguir la aceptación de sus prestaciones y el reconocimiento de sus competencias.



Unifica y simplifica los numerosos trámites de reconocimiento de los operadores;



Evita a las empresas exportadoras los reiterados controles que deben pasar para tener acceso a los mercados internacionales;



Establece y promueve la confianza a nivel nacional e internacional al comprobar la competencia de los operadores en cuestión.



c) HABILITACIÓN Es el conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativa, indispensables para la entrada y permanencia en el Sistema, los cuales buscan dar seguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a la prestación

de servicios y son de obligatorio cumplimiento por parte de los Prestadores de Servicios de Salud y las Empresas Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB). El sistema de habilitación, un facilitador del incentivo legal para la calidad de la atención en salud, es un componente obligatorio y estatal del Sistema de Garantía de Calidad y constituye la herramienta definida para autorizar el ingreso y la permanencia de los prestadores de servicios de salud en el sistema de salud. Su propósito fundamental es proteger a los usuarios de los potenciales riesgos propios de la prestación de servicios de salud. Dentro de las responsabilidades del Estado colombiano está la de proteger la vida, los derechos a la seguridad social y a la salud de todas las personas residentes en Colombia. Así mismo, tiene a su cargo la organización, dirección y reglamentación de los servicios públicos de atención de la salud y saneamiento ambiental y ejercer la vigilancia y control de la prestación de servicios de salud. Es su deber legal el control de calidad de bienes y servicios ofrecidos y prestados a la comunidad, así como la información que debe suministrarse al público en su comercialización El sistema de habilitación contempla tres tipos de condiciones: • Suficiencia patrimonial y financiera • Condiciones técnico-administrativas • Condiciones tecnológicas y científicas

REFERENCIAS (PÁGINAS): www.invima.gov.co www.minproteccionsocial.gov www.tlc.gov.co http://new.paho.org/ http://medline.gov/spanish http://www.fao.org http://www.minsalud.gov.co http://www.cgh.org.co/

BIBLIOGRAFÍA DE REFERENCIA: Ley 100 de 1993 Decreto 2200 de 2005 y Reglamentarios