Preguntas Frecuentas - Concesiones Mineras

PREGUNTAS FRECUENTAS “CONCESIONES MINERAS” 1. ¿QUE ES UNA CONCESION MINERA? La Concesión Minera de acuerdo a lo estipula

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PREGUNTAS FRECUENTAS “CONCESIONES MINERAS” 1. ¿QUE ES UNA CONCESION MINERA? La Concesión Minera de acuerdo a lo estipulado en el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, es un Derecho Real Inmueble consistente en la suma de los atributos reconocidos por la ley a favor del concesionario. Otorga a su titular el derecho de uso y disfrute del recurso natural concedido y por consiguiente la propiedad de los frutos y productos a extraerse. COMENTARIO Por Isabel Medrano: El Estado Peruano le reconoce al Concesionario minero el derecho de la titularidad sobre una superficie debidamente delimitada con la finalidad de explorar o explotar los minerales, la cual ha derivado de un acto administrativo formulado ante el INGEMMET. 2. ¿QUIEN OTORGA EL DOCUMENTO DE TITULARIDAD MINERA? El título de la Concesión Minera es otorgado por el INGEMMET-Ministerio de Energía y Minas. COMENTADO Por Isabel Medrano Previa las evaluaciones respectivas del área legal y técnica por parte de la entidad competente; de las publicaciones respectivas en los diarios oficiales y de cumplir demás requisitos; es decir luego de haberse cumplido con el procedimiento administrativo, el INGEMMET otorga el Título a quien peticionó la Concesión Minera. 3. ¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE CONSENTIMIENTO? Es un Documento que otorga seguridad jurídica, por cuanto, luego de emitida la Resolución que otorga el título minero, éste es publicado en el Diario Oficial y terceros tienen la oportunidad de ejercer un mejor derecho dentro del término de ley; transcurrido este plazo sin que exista oposición, el INGEMMENT otorga el Certificado de Consentimiento, el mismo que de acuerdo a ley una vez emitido no podrá ser impugnado ni por ante poder judicial. COMENTARIO de Isabel Medrano: Una vez obtenido el Título de la Concesión Minera; en el término de ley, el INGEMMET otorga el Certificado de Consentimiento, documento que garantiza los derechos adquiridos. 4. ¿SE INSCRIBE EN LOS REGISTROS PUBLICOS EL DERECHO MINERO? Son inscritos en los Registros Públicos de Minería. COMENTARIO de Isabel Medrano: El título de la Concesión Minera conjuntamente con el Certificado de Consentimiento entre otros requisitos, deberán ser presentados ante los Registros Públicos de Minería, para su inscripción respectiva. 5. ¿PUEDO VENDER, HIPOTECAR, DONAR, HEREDAR UNA CONCESION MINERA?

Siendo un Derecho Real, y siendo Bienes incorporales y registrables la Concesión Minera puede ser objeto de disposición, venderse, hipotecarse, heredarse, donarse, mediante escritura pública realizada ante notario y ser presentada a los Registros Públicos de Minería para la inscripción respectiva. COMENTARIO de Isabel Medrano: Quien tiene el Titulo de la Concesión Minera, puede disponer de ella, pues la ley le faculta para tales acciones, por lo cual podrá: transferirlo, hipotecarlo, donarlo, etc. 6. ¿EL TITULO DEL DERECHO MINERO TIENE VENCIMIENTO? La Concesión Minera no vence; son irrevocables siempre que el titular cumpla con las obligaciones que la ley establece para su vigencia. COMENTARIO de Isabel Medrano: Los Derechos adquiridos mediante el Título otorgado por el INGEMMET son permanentes, salvo que se incumpla con el pago de vigencia por dos años consecutivos que es el principal motivo para que una Concesión sea declarada en Abandono y con ello se pierdan los derechos adquiridos. 7. ¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES QUE UN TITULAR MINERO DEBE CUMPLIR PARA NO PERDER LA TITULARIDAD? La Obligación principal es: Cada año antes del 30 de Junio deberá cancelarse ante una cuenta del Ministerio de Energía y Minas US 100.00 por cada 100 hectáreas (Siempre que tenga previamente calificación de Pequeño Productor Minero). El no pago de 02 años consecutivos da lugar a declarse en abandono y se revierten los derechos otorgados al estado. COMENTARIO de Isabel Medrano: El Pago de Derecho de Vigencia de una Concesión Minera debe efectuarse cada año, constituyendo esto una obligación del titular minero. No pagar este Derecho por dos años consecutivos le significaría estar incurso en causal de abandono y perder los derechos de titularidad. 8. ¿CUÁLES SON LOS DOCUMENTOS QUE ACREDITAN SER TITULAR DE UN DERECHO MINERO?  Resolución de Presidencia  Certificado de Consentimiento  Inscripción en los Registros Públicos de Minería COMENTARIO de Isabel Medrano: Los documentos antes indicados constituyen el producto del acto administrativo ante la autoridad competente y son los que acreditan a una persona natural o jurídica (empresas) la titularidad de una Concesión Minera.