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ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE MANEJO INTEGRAL DE LA CUENCA HIDROGRÁFICA DE LA LAGUNA DE YAHUARCOCHA, PROVINCIA DE IMBABURA

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ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE MANEJO INTEGRAL DE LA CUENCA HIDROGRÁFICA DE LA LAGUNA DE YAHUARCOCHA, PROVINCIA DE IMBABURA

1 INTRODUCCIÓN La realización de la presente actualización del Plan de Manejo Integral se encuentra plenamente justificada b a j o l a Ordenanza que reglamenta el uso y ocupación del suelo en el cantón Ibarra en su CAPITULO VII: CUENCA DE LA LAGUNA DE YAHUARCOCHA; Art 310.- Plan de manejo integral de la laguna de Yahuarcocha.- La Dirección de Desarrollo Económico Local, Gestión Ambiental del GADI, en coordinación con la Dirección de Planificación de Desarrollo Urbano y Rural, serán encargados de actualizar cada dos años el Plan de Manejo de la laguna de Yahuarcocha, en donde se establecerán las políticas para el aprovechamiento turístico y conservación medio ambiental dentro de la cuenca hidrográfica de la laguna. A esto se suma que la laguna de Yahuarcocha y su entorno presentan un gran valor histórico, turístico y ecológico, convirtiéndola en un polo de desarrollo de los imbabureños, por lo que es imprescindible realizar todos los estudios técnicos y la aplicación de estos para garantizar su conservación; pues de no hacerlo este recurso natural seguirá con innumerables problemas sanitarios, sociales y ambientales, existiendo el riesgo de perder un ecosistema único para la ciudad de Ibarra y el Ecuador. Con este antecedente se especifica que el objeto de estudio se encuentra en la provincia de Imbabura que es conocida como la provincia de los lagos, siendo la laguna Yahuarcocha uno de los más importantes ya que forma parte de la cultura de la población Imbabureña, con valor histórico, turístico y ecológico. El Gobierno Autónomo Descentralizado de Ibarra (GAD-Ibarra), a través de la Dirección de Gestión Ambiental con el apoyo de la academia han venido realizando acciones de monitoreo dentro de la cubeta lacustre, pero ante el proceso acelerado de eutrofización consideran la necesidad de actualizar el plan de manejo, el mismo que permitirá recopilar, organizar y analizar los estudios realizados desde 1979 en el interior de la laguna hasta la actualidad, tomando como base la información de la fase I, II, III del proyecto de Manejo Integral de la laguna Yahuarcocha,del plan de manejo del área de estudio del 2012, otros documentos que tuvieron como enfoque mejorar las ordenanzas existentes sobre la normativa de uso del suelo y del proyecto de investigación “Manejo Sostenible de los lagos del Norte del Ecuador bajo las crecientes actividades económicas y el cambio climático” que viene desarrollando en forma conjunta la Universidad Técnica del Norte con la Universidad Ku-Leuven de Bélgica y el apoyo de VLIR-UOS desde el año 2012. A continuación se presenta un detalle de las acciones de forma cronológica que se han realizado en el área de estudio. 1

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Fecha 2001-2005

2005-2007

Instituciones involucradas Municipio de Ibarra con el presupuesto del Fondo de Solidaridad del Gobierno central

Municipio de Ibarra con recursos del Ministerio del Ambiente en coordinación con el Fondo de Salvamento de Patrimonio Cultural del cantón Ibarra (FONSALCI)

Octubre 21, 2009

Municipio de Ibarra

Octubre 23, 2009

Gobierno central

Marzo 25, 2010

Octubre, 2010

Ministerio del Ambiente Gobierno Provincial de Imbabura Municipio de Ibarra EMAPA-I Empresa de economía mixta Yahuarcocha Universidad Técnica del Norte Universidad Católica sede Ibarra Presidentes de barrios de la cuenca Representantes del gobierno central Municipio de Ibarra

Acción realizada Ejecución de la Fase I del proyecto de Manejo Integral Laguna de Yahuarcocha únicamente en la parte baja. Ejecución de la Fase II del proyecto de Manejo Integral Laguna de Yahuarcocha únicamente en la parte baja, en donde se contrató una draga para eliminar la sedimentación de la laguna y arreglar las orillas; también la adecuación del parque gastronómico, instalación de juegos infantiles y un pileta en la laguna que fue retirada. Declaratoria de Emergencia de la laguna de Yahuarcocha Resolución No. 008 – DPM -2009, reconociendo que la cuenca hidrográfica y la laguna tienen un grave peligro de destrucción, también se incluyó la suspensión inmediata de división de terrenos y construcción de edificaciones en la zona de la laguna a excepción de San Miguel de Yahuarcocha y Priorato. Declaración del Estado de Excepción de Yahuarcocha por parte de Rafael Correa según decreto ejecutivo No. 107; en la que se prohíbe totalmente cualquier descarga de aguas en la laguna.

Realización de la Asamblea Ibarra por Yahuarcocha, en la que se desarrollaron 4 mesas de diálogo que establecieron directrices pero no mecanismo de control y comunicación continuo.

Elaboración de la fase III del proyecto de Manejo Integral Laguna de Yahuarcocha, en la que se enmarcó toda la cuenca hidrográfica.

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Diciembre, 2010

Municipio de Ibarra con un presupuesto de ejecución de 1 582.750 del fondo de Solidaridad y el aval técnico y económico del Ministerio del Ambiente

Agosto 6, 2012

Municipio de Ibarra Universidad Técnica del Norte

Agosto 15, 2012

Instituto Nacional Patrimonio Cultural

2012 -2019

Universidad Técnica del Norte Universidad Ku-Leuven

2014-2019

Municipio de Ibarra EMAPA-I

2017-2019

Municipio de Ibarra

de

Inicio de la fase III del proyecto de Manejo Integral Laguna de Yahuarcocha, en la que se impulsó talleres de capacitación técnica en la construcción y mantenimiento de gaviones, manejo turístico seguridad alimentaria, días de campo a las plantaciones de los agricultores, la mayoría de actividades fueron destinadas al tratamiento de aguas residuales PTAR. Actualización del Plan de Manejo Integral de la cuenca hidrográfica de la Laguna de Yahuarcocha, el cuál Presenta un monto total de 5´652.000,00 USD distribuídos en 7 programas con 40 subprogramas, se ha ejecutado de manera no artículada solo acciones de mejoramiento de ornato y de monitoreo en la laguna. Declaratoria de patrimonio Natural para la laguna. Incluye la normativa para el uso del suelo. Proyecto “Manejo Sostenible de los lagos del Norte del Ecuador bajo las crecientes actividades económicas y el cambio climático”. Monitoreo mensual en la laguna de Yahuarcocha Medición de caudales de las entradas a la laguna Yahuarcocha y monitoreo de la PTAR. Proyecto Bulevar y proyecto de ordenamiento de las actividades recreativas, deportivas y de alimentación.

El presente documento, construido a partir de una visión sistémica del abordaje de los problemas y de la construcción de las estrategias de solución, pretende ser un Plan de acción, una guía, un norte, para todas las instituciones públicas y privadas. Desde la actualización de la cartografía que permite sugerir realizar una reforma a la ordenanza en base a los criterios de número de hectáreas que abarca el área de estudio, realizando un cambio de cuenca hidrográfica a microcuenca hidrográfica y refieriendose como tal en la presente actualización. A sí como también; las actividades propuestas se basaron en identificar el problema de eutrofización y establecer objetivos de manejo, evaluar la información disponible existente del cuerpo de agua y de la microcuenca, identificar métodos disponibles y practicables de control de la eutrofización, 3

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analizar todos los costos y beneficios esperados de las alternativas de estrategias de manejo así como su marco de regulaciones administrativas y legales; seleccionar estrategias de control y darlas a conocer a las partes interesadas y utilizar mecanismos institucionales de manera particular con la rectoría de la autoridad ambiental, la experiencia y capacidad de ejecución por parte del GAD-Ibarra, sociedad civil que se encuentran dentro del área de impacto directo y la academia para minimizar futuros problemas de eutrofización y el manejo sustentable de los recursos de la microcuenca.

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2 MARCO LEGAL Este capítulo describe en forma general la legislación ambiental vigente en el Ecuador, el marco legal con respecto a la Constitución y su ordenamiento jerárquico constitucional. Se facilita una recopilación de las normas legales que rigen la gestión ambiental y otras relacionadas con este ámbito; las mismas que han servido de marco legal y soporte normativo del presente estudio. En relación al Plan de Manejo 2012, en esta actualización se complementa e incorporan varias secciones en la Constitución, tratados internacionales, artículos en la COOTAD, el Código orgánico del Ambiente, La ley orgánica de recursos hídricos, usos y aprovechamiento del agua, títulos y capítulos en el texto unificado de legislación secundaria de medio ambiente, ordenanza que regula la gestión ambiental mediante la aplicación del subsistema de evaluación de impacto ambiental en la provincia de Imbabura, ordenanza que reglameta el uso y ocupación del suelo en el cantón Ibarra, con la finalidad de dar cumpliendo con el orden jerárquico de aplicación de las normas en el Art. 425 de la Constitución de la República del Ecuador.

2.1 Orden jerárquico de las normas La Constitución de la República, en su Artículo 425, dice: “El orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La Constitución; los tratados y convenios internacionales; las leyes orgánicas; las leyes ordinarias; las normas regionales y ordenanzas distritales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demás actos y decisiones de los poderes públicos. En caso de conflicto entre normas de distinta jerarquía, la corte constitucional, los jueces, autoridades administrativas y servidoras y servidores públicos, los resolverán mediante la aplicación de la norma jerárquica superior…” En este caso, la institución gubernamental involucradas en la aprobación y supervisión de la Actualización del Plan de Manejo Integral de la cuenca hidrográfica de la Laguna de Yahuarcocha sería el Gobierno Autónomo Descentralizado de San Miguel de Ibarra, a través de su Dirección Ambiental. 2.1.1. Constitución política de la República del Ecuador Aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente y el Referéndum aprobatorio, que se encuentra publicado en el Registro Oficial No. 449 del 20 de octubre del 2008.

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La Constitución Política del Estado, considera como deberes primordiales del Estado el defender el patrimonio natural y cultural del país y proteger al medio ambiente, salvaguardando los derechos civiles de la población permitiéndoles vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, para lo cual establece una serie de disposiciones que se transcriben a continuación: TÍTULO I Capítulo I.- Principios fundamentales Art. 3. Son deberes primordiales del estado Num.7 Proteger el patrimonio natural y cultural del país. Capítulo II.- Derechos del buen vivir Sección segunda.- Ambiente sano Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay. Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados. Sección quinta.- Educación Art. 27.- La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsará la equidad de género, la justicia, la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencias y capacidades para crear y trabajar. La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país soberano, y constituye un eje estratégico para el desarrollo nacional. Capitulo IV.- Derechos de las comunidades pueblos y nacionalidades Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos; Num. 8.- Conservar y promover sus prácticas de manejo de la biodiversidad y de su entorno natural. El Estado establecerá y ejecutará programas, con la participación de la comunidad, para asegurar la conservación y utilización sustentable de la biodiversidad. Capítulo VI.- Derechos de libertad Art. 66.- Se reconoce y garantiza a las personas; Num. 2. El derecho a una vida digna, que asegure la salud, alimentación y nutrición, agua potable, vivienda, saneamiento ambiental, educación, trabajo, empleo, descanso y ocio, cultura física, vestido, seguridad social y otros servicios sociales necesarios. 6

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Num. 15. El derecho a desarrollar actividades económicas, en forma individual o colectiva, conforme a los principios de solidaridad, responsabilidad social y ambiental. Num. 26. El derecho a la propiedad en todas sus formas, con función y responsabilidad social y ambiental. El derecho al acceso a la propiedad se hará efectivo con la adopción de políticas públicas, entre otras medidas. Num. 27. El derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en armonía con la naturaleza. Capítulo VII.- Derechos de la naturaleza Art. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema. Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas. Capítulo IX.- Responsabilidades Art. 83.- Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley: Num. 3. Defender la integridad territorial del Ecuador y sus recursos naturales. Num. 6. Respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos naturales de modo racional, sustentable y sostenible. Num. 7. Promover el bien común y anteponer el interés general al interés particular, conforme al buen vivir. TÍTULO V: Organización territorial del estado Capítulo cuarto “Régimen de competencias” Art. 264.- Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicios de otra que determine la ley; Num. 2.- Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón. Num. 4. Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley. 7

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Num. 5. Crear y modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras. Num. 8. Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del canton y construir los espacios públicos para estos fines. Num. 10. Delimitar, regular y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley. Num. 11. Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las playas de mar, riberas de rio, lagos y lagunas. Num. 14. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias. TÍTULO VI: RÉGIMEN DE DESARROLLO Capítulo sexto “Trabajo y producción” Sección primera: Formas de organización de la producción y su gestión Art. 319.‐ Se reconocen diversas formas de organización de la producción en la economía, entre otras las comunitarias, cooperativas, empresariales públicas o privadas, asociativas, familiares, domésticas, autónomas y mixtas. El Estado promoverá las formas de producción que aseguren el buen vivir de la población y desincentivará aquellas que atenten contra sus derechos o los de la naturaleza; alentará la producción que satisfaga la demanda interna y garantice una activa participación del Ecuador en el contexto internacional. Art. 320.‐ En las diversas formas de organización de los procesos de producción se estimulará una gestión participativa, transparente y eficiente. Sección segunda: Tipos de propiedad Art. 323.- Con el objeto de ejecutar planes de desarrollo social, manejo sustentable del ambiente y de bienestar colectivo, las instituciones del Estado, por razones de utilidad pública o interés social y nacional, podrán declarar la expropiación de bienes, previa justa valoración, indemnización y pago de conformidad con la ley. Se prohíbe toda forma de confiscación. La producción, en cualquiera de sus formas, se sujetará a principios y normas de calidad, sostenibilidad, productividad sistémica, valoración del trabajo y eficiencia económica y social; deberá articularse al Plan Nacional de Desarrollo. TÍTULO VII: RÉGIMEN DEL BUEN VIVIR Capítulo Segundo “Biodiversidad y recursos naturales Sección primera: Naturaleza y ambiente Art. 395.- La Constitución reconoce los siguientes principios ambientales: 1. El Estado garantizará un modelo sustentable de desarrollo, ambientalmente equilibrado y respetuoso de la diversidad cultural, que conserve la biodiversidad y la capacidad de regeneración natural de los ecosistemas, y asegure la satisfacción de las necesidades de las generaciones presentes y futuras. 2. Las políticas de gestión ambiental se aplicarán de manera transversal y serán de obligatorio cumplimiento por parte del Estado en todos sus niveles y por todas las personas naturales o jurídicas en el territorio nacional. 8

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3. El Estado garantizará la participación activa y permanente de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades afectadas, en la planificación, ejecución y control de toda actividad que genere impactos ambientales. 4. En caso de duda sobre el alcance de las disposiciones legales en materia ambiental, éstas se aplicarán en el sentido más favorable a la protección de la naturaleza. Art. 396.- El Estado adoptará las políticas y medidas oportunas que eviten los impactos ambientales negativos, cuando exista certidumbre de daño. En caso de duda sobre el impacto ambiental de alguna acción u omisión, aunque no exista evidencia científica del daño, el Estado adoptará medidas protectoras eficaces y oportunas. La responsabilidad por daños ambientales es objetiva. Todo daño al ambiente, además de las sanciones correspondientes, implicará también la obligación de restaurar integralmente los ecosistemas e indemnizar a las personas y comunidades afectadas. Cada uno de los actores de los procesos de producción, distribución, comercialización y uso de bienes o servicios asumirá la responsabilidad directa de prevenir cualquier impacto ambiental, de mitigar y reparar los daños que ha causado, y de mantener un sistema de control ambiental permanente. Las acciones legales para perseguir y sancionar por daños ambientales serán imprescriptibles. Art. 397.- En caso de daños ambientales el Estado actuará de manera inmediata y subsidiaria para garantizar la salud y la restauración de los ecosistemas. Además de la sanción correspondiente, el Estado repetirá contra el operador de la actividad que produjera el daño las obligaciones que conlleve la reparación integral, en las condiciones y con los procedimientos que la ley establezca. La responsabilidad también recaerá sobre las servidoras o servidores responsables de realizar el control ambiental. Para garantizar el derecho individual y colectivo a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, el Estado se compromete a: 1. Permitir a cualquier persona natural o jurídica, colectividad o grupo humano, ejercer las acciones legales y acudir a los órganos judiciales y administrativos, sin perjuicio de su interés directo, para obtener de ellos la tutela efectiva en materia ambiental, incluyendo la posibilidad de solicitar medidas cautelares que permitan cesar la amenaza o el daño ambiental materia de litigio. La carga de la prueba sobre la inexistencia de daño potencial o real recaerá sobre el gestor de la actividad o el demandado. 2. Establecer mecanismos efectivos de prevención y control de la contaminación ambiental, de recuperación de espacios naturales degradados y de manejo sustentable de los recursos naturales. 3. Regular la producción, importación, distribución, uso y disposición final de materiales tóxicos y peligrosos para las personas o el ambiente. 4. Asegurar la intangibilidad de las áreas naturales protegidas, de tal forma que se garantice la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas de los ecosistemas. El manejo y administración de las áreas naturales protegidas estará a cargo del Estado. 9

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5. Establecer un sistema nacional de prevención, gestión de riesgos y desastres naturales, basado en los principios de inmediatez, eficiencia, precaución, responsabilidad y solidaridad. Sección tercera: Patrimonio natural y ecosistemas Art. 404.- El patrimonio natural del Ecuador único e invaluable comprende, entre otras, las formaciones físicas, biológicas y geológicas cuyo valor desde el punto de vista ambiental, científico, cultural o paisajístico exige su protección, conservación, recuperación y promoción. Su gestión se sujetará a los principios y garantías consagrados en la Constitución y se llevará a cabo de acuerdo al ordenamiento territorial y una zonificación ecológica, de acuerdo con la ley. Sección sexta: Agua Art. 411.- El Estado garantizará la conservación, recuperación y manejo integral de los recursos hídricos, cuencas hidrográficas y caudales ecológicos asociados al ciclo hidrológico. Se regulará toda actividad que pueda afectar la calidad y cantidad de agua, y el equilibrio de los ecosistemas, en especial en las fuentes y zonas de recarga de agua. La sustentabilidad de los ecosistemas y el consumo humano serán prioritarios en el uso y aprovechamiento del agua. Art. 412.- La autoridad a cargo de la gestión del agua será responsable de su planificación, regulación y control. Esta autoridad cooperará y se coordinará con la que tenga a su cargo la gestión ambiental para garantizar el manejo del agua con un enfoque ecosistémico. TITULO VIII: RELACIONES INTERNACIONALES Capítulo tercero: Integración latinoamericana Art. 423.- La integración, en especial con los países de Latinoamérica y el Caribe será un objetivo estratégico del Estado. En todas las instancias y procesos de integración, el Estado ecuatoriano se comprometerá a: Num. 2. Promover estrategias conjuntas de manejo sustentable del patrimonio natural, en especial la regulación de la actividad extractiva; la cooperación y complementación energética sustentable; la conservación de la biodiversidad, los ecosistemas y el agua; la investigación, el desarrollo científico y el intercambio de conocimiento y tecnología; y la implementación de estrategias coordinadas de soberanía alimentaria. 2.1.2. Acuerdo regional sobre el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la justicia en asuntos ambientales en América latina y el Caribe Adoptado en Escazu (Costa Rica), el 4 de marzo de 2018, apertura a la firma en la Sede de las Naciones Unidas en Nueva York, el 27 de septiembre de 2018 Art. 1.- El objetivo del presente acuerdo es garantizar la implementación plena y efectiva en america latina y el caribe de los derechos a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la justicia en asuntos ambientales, así como la creación 10

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y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho a cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un ambiente sano y al desarrollo sostenible. 2.1.3. Código orgánico descentralización

de

organización

territorial,

autonomía

y

TITULO I: PRINCIPIOS GENERALES Art. 1.- Ambito.- Este Código establece la organización político-administrativa del Estado ecuatoriano en el territorio: el régimen de los diferentes niveles de gobiernos autónomos descentralizados y los regímenes especiales, con el fin de garantizar su autonomía política, administrativa y financiera. Además, desarrolla un modelo de descentralización obligatoria y progresiva a través del sistema nacional de competencias, la institucionalidad responsable de su administración, las fuentes de financiamiento y la definición de políticas y mecanismos para compensar los desequilibrios en el desarrollo territorial. Art. 3.- Principios.- El ejercicio de la autoridad y las potestades públicas de los gobiernos autónomos descentralizados se regirán por los siguientes principios: h) Sustentabilidad del desarrollo.- Los gobiernos autónomos descentralizados priorizarán las potencialidades, capacidades y vocaciones de sus circunscripciones territoriales para impulsar el desarrollo y mejorar el bienestar de la población, e impulsarán el desarrollo territorial centrado en sus habitantes, su identidad cultural y valores comunitarios. La aplicación de este principio conlleva asumir una visión integral, asegurando los aspectos sociales, económicos, ambientales, culturales e institucionales, armonizados con el territorio y aportarán al desarrollo justo y equitativo de todo el país. Art. 4.- Fines de los gobiernos autónomos descentralizados.- Dentro de sus respectivas circunscripciones territoriales son fines de los gobiernos autónomos descentralizados: a) El desarrollo equitativo y solidario mediante el fortalecimiento del proceso de autonomías y descentralización; d) La recuperación y conservación de la naturaleza y el mantenimiento de medio ambiente sostenible y sustentable; e) La protección y promoción de la diversidad cultural y el respeto a sus espacios de generación e intercambio; la recuperación, preservación y desarrollo de la memoria social y el patrimonio cultural. TITULO III GOBIERNOS AUTONOMOS DESCENTRALIZADOS Capítulo I: Gobierno Autónomo Descentralizado Regional Sección Primera Naturaleza Jurídica, Sede y Funciones Art. 32.- Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado regional.-

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a) Planificar, con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo regional y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, provincial, cantonal y parroquial en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad; b) Gestionar el ordenamiento de cuencas hidrográficas y propiciar la creación de consejos de cuencas hidrográficas, de acuerdo con la ley; Art. 37.- Atribuciones del gobernador o gobernadora regional.- Le corresponde al gobernador o gobernadora regional: f) Dirigir la elaboración del plan regional de desarrollo y el de ordenamiento territorial en concordancia con el plan nacional de desarrollo y los planes de los distintos gobiernos autónomos descentralizados, en el marco de la plurinacionalidad, interculturalidad y respeto a la diversidad, con la participación ciudadana y de otros actores del sector público y de la sociedad para lo cual impulsará y presidirá las sesiones del consejo regional de planificación y promoverá la conformación de las instancias de participación ciudadana establecidas en la Constitución y la ley; Capítulo II Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial Sección Primera Naturaleza jurídica, sede y funciones Art. 41.- Funciones.- Son funciones del gobierno autónomo descentralizado provincial las siguientes: d) Elaborar y ejecutar el plan provincial de desarrollo, el de ordenamiento territorial y las políticas públicas en el ámbito de sus competencias y en su circunscripción territorial, de manera coordinada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquial, y realizar en forma permanente, el seguimiento y rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las metas establecidas; e) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y. en dicho marco prestar los servicios públicos, construir la obra pública provincial, fomentar las actividades provinciales productivas, así como las de vialidad, gestión ambiental, riego, desarrollo agropecuario y otras que le sean expresamente delegadas o descentralizadas, con criterios de calidad, eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, participación y equidad; f) Fomentar las actividades productivas y agropecuarias provinciales, en coordinación con los demás gobiernos autónomos descentralizados. Art. 42.- Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado provincial.- Los gobiernos autónomos descentralizados provinciales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de otras que se determinen: a) Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo provincial y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, en el ámbito de sus competencias, de manera articulada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquial, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad; 12

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b) Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas; c) Ejecutar, en coordinación con el gobierno regional y los demás gobiernos autónomos descentralizados, obras en cuencas y micro cuencas; d) La gestión ambiental provincial; e) Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego de acuerdo con la Constitución y la ley; f) Fomentar las actividades productivas provinciales, especialmente las agropecuarias; y, m) Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias. n) Determinar las políticas de investigación e innovación del conocimiento, desarrollo y transferencia de tecnologías necesarias para el desarrollo provincial, en el marco de la planificación nacional. Capítulo III Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Sección Primera Naturaleza Jurídica, Sede y Funciones Art. 54.- Funciones.- Son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal las siguientes: a) Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales; b) Diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias constitucionales y legales; c) Establecer el régimen de uso del suelo y urbanístico, para lo cual determinará las condiciones de urbanización, parcelación, lotización, división o cualquier otra forma de fraccionamiento de conformidad con la planificación cantonal, asegurando porcentajes para zonas verdes y áreas comunales; g) Regular, controlar y promover el desarrollo de la actividad turística cantonal en coordinación con los demás gobiernos autónomos descentralizados, promoviendo especialmente la creación y funcionamiento de organizaciones asociativas y empresas comunitarias de turismo; j) Implementar los sistemas de protección integral del cantón que aseguren el ejercicio garantía y exigibilidad de los derechos consagrados en la Constitución y en los instrumentos internacionales, lo cual incluirá la conformación de los consejos cantonales, juntas cantonales y redes de protección de derechos de los grupos de atención prioritaria. Para la atención en las zonas rurales coordinará con los gobiernos autónomos parroquiales y provinciales; k) Regular, prevenir y controlar la contaminación ambiental en el territorio cantonal de manera articulada con las políticas ambientales nacionales; o) Regular y controlar las construcciones en la circunscripción cantonal, con especial atención a las normas de control y prevención de riesgos y desastres;

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Art. 55.- Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado municipal.- Los gobiernos autónomos descentralizados municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley. a) Planificar, junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad, el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural, en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad; b) Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón; c) Planificar, construir y mantener la vialidad urbana; d) Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley; e) Crear, modificar, exonerar o suprimir mediante ordenanzas, tasas, tarifas y contribuciones especiales de mejoras; f) Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal; h) Preservar, mantener y difundir el patrimonio arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines; i) Elaborar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales; j) Delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley; k) Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las playas de mar, riberas de ríos, lagos y lagunas; l) Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos, que se encuentren en los lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras; m) Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y extinción de incendios; y, n) Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias. Capítulo IV: Del Ejercicio de las Competencias Constitucionales Art. 130.- Ejercicio de la competencia de tránsito y transporte.- El ejercicio de la competencia de tránsito y transporte, en el marco del plan de ordenamiento territorial de cada circunscripción, se desarrollará de la siguiente forma: A los gobiernos autónomos descentralizados municipales les corresponde de forma exclusiva planificar, regular y controlar el tránsito, el transporte y la seguridad vial, dentro de su territorio cantonal. La rectoría general del sistema nacional de tránsito, transporte terrestre y seguridad vial corresponderá al Ministerio del ramo, que se ejecuta a través del organismo técnico nacional de la materia. En lo aplicable estas normas tendrán efecto para el transporte fluvial. Art. 131.- Gestión de la cooperación internacional.-Los gobiernos autónomos descentralizados podrán gestionar la obtención de recursos de la cooperación 14

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internacional y asistencia técnica para el cumplimiento de sus competencias propias en el marco de los objetivos nacionales, de sus planes de desarrollo y los principios de equidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, oportunidad y pertinencia. Se mantendrá un registro en el sistema nacional de cooperación internacional. Art. 132.- Ejercicio de la competencia de gestión de cuencas hidrográficas.- La gestión del ordenamiento de cuencas hidrográficas que de acuerdo a la Constitución corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados regionales, comprende la ejecución de políticas, normativa regional, la planificación hídrica con participación de la ciudadanía, especialmente de las juntas de agua potable y de regantes, así como la ejecución subsidiaria y recurrente con los otros gobiernos autónomos descentralizados, de programas y proyectos, en coordinación con la autoridad única del agua en su circunscripción territorial, de conformidad con la planificación, regulaciones técnicas y control que esta autoridad establezca. En el ejercicio de esta competencia le corresponde al gobierno autónomo descentralizado regional, gestionar el ordenamiento de cuencas hidrográficas mediante la articulación efectiva de los planes de ordenamiento territorial de los gobiernos autónomos descentralizados de la cuenca hidrográfica respectiva con las políticas emitidas en materia de manejo sustentable e integrado del recurso hídrico. El gobierno autónomo descentralizado regional propiciará la creación y liderará, una vez constituidos, los consejos de cuenca hidrográfica, en los cuales garantizará la participación de las autoridades de los diferentes niveles de gobierno y de las organizaciones comunitarias involucradas en la gestión y uso de los recursos hídricos. Los gobiernos autónomos descentralizados regionales, en coordinación con todos los niveles de gobierno, implementarán el plan de manejo de cuencas, subcuentas y microcuencas, en sus respectivas circunscripciones territoriales. Los gobiernos autónomos descentralizados provinciales ejecutarán las obras de infraestructura fijadas en el marco de la planificación nacional y territorial correspondiente, y de las políticas y regulaciones emitidas por la autoridad única del agua. Art. 136.- Ejercicio de las competencias de gestión ambiental.- De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, el ejercicio de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza a través de la gestión concurrente y subsidiaria de las competencias de este sector, con sujeción a las políticas, regulaciones técnicas y control de la autoridad ambiental nacional, de conformidad con lo dispuesto en la ley. Corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados provinciales gobernar, dirigir, ordenar, disponer, u organizar la gestión ambiental, la defensoría del ambiente y la naturaleza, en el ámbito de su territorio; estas acciones se realizarán en el marco del sistema nacional descentralizado gestión ambiental y en concordancia con las políticas emitidas por la autoridad. 15

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Para el otorgamiento de licencias ambientales deberán acreditarse obligatoriamente como autoridad ambiental de aplicación responsable en su circunscripción. Para otorgar licencias ambientales, los gobiernos autónomos descentralizados municipales podrán calificarse como autoridades ambientales de aplicación responsable en su cantón. En los cantones en los que el gobierno autónomo descentralizado municipal no se haya calificado, esta facultad le corresponderá al gobierno provincial. Los gobiernos autónomos descentralizados municipales establecerán, en forma progresiva, sistemas de gestión integral de desechos, a fin de eliminar los vertidos contaminantes en ríos, lagos, lagunas, quebradas, esteros o mar, aguas residuales provenientes de redes de alcantarillado, público o privado, así como eliminar el vertido en redes de alcantarillado. En el caso de proyectos de carácter estratégico la emisión de la licencia ambiental será responsabilidad de la autoridad nacional ambiental. Cuando un municipio ejecute por administración directa obras que requieran de licencia ambiental, no podrá ejercer como entidad ambiental de control sobre esa obra; el gobierno autónomo descentralizado provincial correspondiente será, entonces, la entidad ambiental de control y además realizará auditorías sobre las licencias otorgadas a las obras por contrato por los gobiernos municipales. Las obras o proyectos que deberán obtener licencia ambiental son aquellas que causan graves impactos al ambiente, que entrañan riesgo ambiental y/o que atentan contra la salud y el bienestar de los seres humanos de conformidad con la ley. Art. 140.- Ejercicio de la competencia de gestión de riesgos.- La gestión de riesgos que incluye las acciones de prevención, reacción, mitigación, reconstrucción y transferencia, para enfrentar todas las amenazas de origen natural o antrópico que afecten al territorio se gestionarán de manera concurrente y de forma articulada por todos los niveles de gobierno de acuerdo con las políticas y los planes emitidos por el organismo nacional responsable, de acuerdo con la Constitución y la ley. Los gobiernos autónomos descentralizados municipales adoptarán obligatoriamente normas técnicas para la prevención y gestión de riesgos en sus territorios con el propósito de proteger las personas, colectividades y la naturaleza, en sus procesos de ordenamiento territorial. Capítulo VI: Estructura Administrativa de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Sección Cuarta: Reglas Especiales Relativas a los Bienes de Uso Público y Afectados al Servicio Público Art. 430.- Usos de ríos, playas y quebradas.- Los gobiernos autónomos descentralizados metropolitanos y municipales, formularán ordenanzas para delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y lagunas, quebradas, cursos de agua, acequias y sus márgenes de protección, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución y la ley. 16

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TITULO IX DISPOSICIONES ESPECIALES DE LOS GOBIERNOS METROPOLITANOS Y MUNICIPALES Capítulo II Fraccionamiento de Suelos y Reestructuración de Lotes Sección Primera Fraccionamientos Urbanos y Agrícolas Art. 471.- Fraccionamiento agrícola.- Considerase fraccionamiento agrícola el que afecta a terrenos situados en zonas rurales destinados a cultivos o explotación agropecuaria. De ninguna manera se podrá fraccionar bosques, humedales y otras áreas consideradas ecológicamente sensibles de conformidad con la ley. Esta clase de fraccionamientos se sujetarán a este Código, a las leyes agrarias y al plan de ordenamiento territorial cantonal aprobado por el respectivo concejo. 2.1.4. Código orgánico del ambiente El código orgánico ambiental contiene normas, reglamentos y disposiciones técnicas, en el ámbito ambiental, las cuales garantizan y regulan los derechos, deberes de las personas a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado. LIBRO PRIMERO: DEL REGIMEN INSTITUCIONAL TITULO I: SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTION AMBIENTAL CAPITULO II: INSTRUMENTOS DEL SISTEMA NACIONAL DESCENTRALIZADO DE GESTION AMBIENTAL Art. 16.- De la educación ambiental. La educación ambiental promoverá la concienciación, aprendizaje y enseñanza de conocimientos, competencias, valores deberes, derechos y conductas en la población, para la protección y conservación del ambiente y el desarrollo sostenible. Será un eje transversal de las estrategias, programas y planes de los diferentes niveles y modalidades de educación formal y no formal. Art. 20.- De los fondos para la gestión ambiental. La Autoridad Ambiental Nacional emitirá las normas, lineamientos y directrices para el funcionamiento de los fondos públicos, privados o mixtos, en base al Plan Nacional de Desarrollo, la política ambiental nacional y demás prioridades definidas por dicha autoridad. Los fondos serán regulados de conformidad con la ley y se sujetarán a las actividades de control de las entidades competentes. Los Gobiernos Autónomos Descentralizados podrán crear fondos ambientales que contribuyan a la gestión ambiental de sus competencias, bajo los lineamientos de la Autoridad Ambiental Nacional y las disposiciones del presente Código. Los fondos privados contribuirán al financiamiento de la gestión ambiental sobre la base de los principios de internalización de costos y de responsabilidad ambiental, sin perjuicio de otras acciones que puedan emprender en el marco de la responsabilidad social, así como de otras contribuciones a título gratuito.

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Los proyectos ambientales que sean ejecutados con fondos privados serán registrados ante la Autoridad Ambiental Nacional para obtener la autorización correspondiente. Art. 21.- De los Fondo Nacional para la Gestión Ambiental. El Fondo Nacional para la Gestión Ambiental será de carácter público, cuyo objeto será el financiamiento total o parcial de planes, proyectos o actividades orientados a la investigación, protección, conservación y manejo sostenible de la biodiversidad, servicios ambientales, medidas de reparación integral de daños ambientales, mitigación y adaptación al cambio climático y a los incentivos ambientales. Para cumplir con el objeto del Fondo Nacional para la Gestión Ambiental, los recursos se emplearán en base a las prioridades definidas por la Autoridad Ambiental Nacional. Art. 22.- De las fuentes de financiamiento del Fondo Nacional para la Gestión Ambiental. El Fondo Nacional para la Gestión Ambiental se financiará mediante: 1. La asignación presupuestaria destinada exclusivamente al Fondo; 2. Los ingresos provenientes de tasas, convenios o contratos, autorizaciones y concesiones; 3. Los ingresos por los servicios ambientales generados por los ecosistemas; 4. Los ingresos generados por los usos, bienes y otros servicios asignados al Fondo; 5. Los ingresos que se recauden por concepto de multas, decomisos y otros que se generen de la aplicación de este Código y la normativa secundaria; 6. La cooperación y donaciones de organismos nacionales e internacionales destinados para este fin específico; 7. Los créditos nacionales e internacionales que se obtengan para el efecto; y, 8. Las demás que se ajusten a los fines de la gestión ambiental. Art. 431.- De la gestión integral del manejo ambiental.- Los gobiernos autónomos descentralizados de manera concurrente establecerán las normas para la gestión integral del ambiente y de los desechos contaminantes que comprende la prevención, control y sanción de actividades que afecten al mismo. Si se produjeren actividades contaminantes por parte de actores públicos o privados, el gobierno autónomo descentralizado impondrá los correctivos y sanciones a los infractores sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal a que hubiere lugar y pondrán en conocimiento de la autoridad competente el particular, a fin de exigir el derecho de la naturaleza contemplado en la Constitución. Art. 432.- Obras en riberas de ríos y quebradas.- Excepcionalmente y siempre que sea para uso público, se podrá ejecutar, previo informe favorable de la autoridad ambiental correspondiente y de conformidad al plan general de desarrollo territorial, obras de regeneración, de mejoramiento, recreación y deportivas, en las riberas, zonas de remanso y protección, de los ríos y lechos, esteros, playas de mar, quebradas y sus lechos, lagunas, lagos; sin estrechar su cauce o dificultar el curso de las aguas, o causar daño a las propiedades vecinas. 18

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LIBRO SEGUNDO: DEL PATRIMONIO NATURAL TITULO I: DE LA CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD Art. 29.- Regulación de la biodiversidad. El presente título regula la conservación de la biodiversidad, el uso sostenible de sus componentes. Asimismo, regula la identificación, el acceso y la valoración de los bienes y los servicios ambientales. La biodiversidad es un recurso estratégico del Estado, que deberá incluirse en la planificación territorial nacional y de los gobiernos autónomos descentralizados como un elemento esencial para garantizar un desarrollo equitativo, solidario y con responsabilidad intergeneracional en los territorios. Art. 31.- De la conservación de la biodiversidad. La conservación de la biodiversidad se realizará in situ o ex situ, en función de sus características ecológicas, niveles de endemismo, categoría de especies amenazadas de extinción, para salvaguardar el patrimonio biológico de la erosión genética, conforme a la política formulada por la Autoridad Ambiental Nacional. TITULO II DE LA CONSERVACION IN SITU CAPITULO I DE LA CONSERVACION IN SITU Y SUS INSTRUMENTOS Art. 33.- Conservación in situ. La biodiversidad terrestre, insular, marina y dulceacuícola será conservada in situ, mediante los mecanismos y medios regúlatenos establecidos en este Capítulo. Se procurará el uso sostenible de sus componentes de forma tal que no se ocasione su disminución a largo plazo, para mantener su potencial de satisfacer las necesidades de las generaciones presentes y futuras. Art. 34.- Medios regúlatenos. La Autoridad Ambiental Nacional será la responsable de la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad, para lo cual podrá establecer obligaciones y condiciones en los planes de manejo. Art. 35.- De la protección de la especies de vida silvestre. Para la protección de la vida silvestre, se establecen las siguientes condiciones a las personas naturales y jurídicas: 1. Conservar a las especies de vida silvestre en su hábitat natural prohibiendo su extracción, salvo las consideradas para la investigación, repoblación de especies con cualquier tipo de amenaza y las establecidas en este Código; 2. Reconocer el uso tradicional y el aprovechamiento de las especies de vida silvestre por motivos de subsistencia o por prácticas culturales medicinales; 3. Proteger todas las especies nativas de vida silvestre terrestres, marinas y acuáticas con especial preocupación por las especies endémicas, las amenazadas de extinción, las migratorias y las listadas por instrumentos internacionales ratificados por el Estado; 4. Proteger los hábitats, ecosistemas y áreas de importancia biológica, de los que dependen las especies de vida silvestre; 5. Coordinar acciones interinstitucionales para la conservación in situ de especies de vida silvestre que sean afectadas, o que puedan resultar afectadas por actividades antropogénicas; 6. Promover investigaciones sobre vida silvestre para difundir el bioconocimiento dentro del territorio nacional; y, 7. Otras que se determinen para el efecto. 19

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CAPITULO III: AREAS ESPECIALES PARA LA CONSERVACION DE LA BIODIVERSIDAD Art. 55.- De las áreas especiales para la conservación de la biodiversidad. Se podrán incorporar áreas especiales para la conservación de la biodiversidad complementarias al Sistema Nacional de Areas Protegidas con el fin de asegurar la integridad de los ecosistemas, la funcionalidad de los paisajes, la sostenibilidad de las dinámicas del desarrollo territorial, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales o la recuperación de las áreas que han sido degradadas o se encuentran en proceso de degradación, de acuerdo a los criterios que determine la Autoridad Ambiental Nacional. La creación de estas áreas especiales podrá ser impulsada por iniciativa pública, privada o comunitaria y deberá ser registrada tanto en los sistemas de información de los Gobiernos Autónomos Descentralizados como en el Sistema Único de Información Ambiental. Cuando un área especial para la conservación de la biodiversidad haya sido establecida con anterioridad a un área protegida, prevalecerán las reglas para las áreas protegidas. Art. 61.- De las servidumbres ecológicas voluntarias y obligatorias. Las servidumbres ecológicas voluntarias son un gravamen constituido por acto voluntario del propietario de cualquier predio sobre la totalidad o una parte de dicho predio, llamado predio sirviente, a favor de cualquier persona natural o jurídica para los fines de conservación y protección de especies, ecosistemas, recursos naturales, belleza escénica, valores ecológicos esenciales, u otros valores culturales, socioculturales o genéticos. Las servidumbres ecológicas obligatorias son las franjas de protección ribereña de los cuerpos de agua, así como las laderas escarpadas naturales. La cobertura boscosa o vegetación natural de las servidumbres ecológicas solo puede ser objeto de aprovechamiento de productos no maderables de simple recolección y de usos no consuntivos. TITULO III: CONSERVACION EXSITU CAPITULO I: DE LA CONSERVACION EXSITU Art. 64.- Conservación y manejo ex situ. La conservación ex situ procurará la protección, conservación, aprovechamiento sostenible y supervivencia de las especies de la vida silvestre, a fin de potenciar las oportunidades para la educación ambiental, la investigación y desarrollo científico, desarrollo biotecnología) y comercial de los componentes de la biodiversidad y sus productos sintetizados. La conservación ex situ constituye un soporte complementario para la conservación in situ. Además, deberán servir como mecanismos de promoción del conocimiento de la importancia de las especies de vida silvestre. La Autoridad Ambiental Nacional evaluará la sostenibilidad de dichas actividades periódicamente. CAPITULO II: DE LA INTRODUCCION Y CONTROL DE LAS ESPECIES EXOTICAS

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Art. 69.- Prohibición de introducción de especies exóticas en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Se prohíbe la introducción de especies exóticas en el Sistema Nacional de Áreas Protegidas. De manera excepcional se permitirá la introducción de especies exóticas para el control biológico cuando exista la justificación técnica y científica demostrada a través de la evaluación de riesgo y evaluación de impacto ambiental aprobada por la Autoridad Ambiental Nacional. Las herramientas de gestión de cada área protegida establecerán medidas para el control y mitigación de las especies exóticas invasoras previamente introducidas en las mismas y las medidas para evitar la introducción de nuevas especies exóticas. En las actividades de control de las especies exóticas existentes en las áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas no se utilizarán productos químicos nocivos para la salud humana, ambiente y biodiversidad. TITULO IV: RECURSOS GENETICOS Y SUS DERIVADOS, BIOSEGURIDAD, BIOCOMERCIO CAPITULO II: DE LA BIOSEGURIDAD Art. 75.- De la bioseguridad. Las normas de bioseguridad regularán los productos de la biotecnología moderna, con el objeto de contribuir a la conservación y el uso sostenible de la biodiversidad y de garantizar los derechos a la salud humana y al ambiente. La Autoridad Ambiental Nacional, en coordinación con las instituciones competentes, establecerá las normas, las políticas públicas y los planes de bioseguridad para el control de los riesgos de los productos de la biotecnología moderna. TITULO V: SERVICIOS AMBIENTALES Art. 85.- De la regulación de las actividades de conservación, manejo y restauración para la generación de servicios ambientales. Los servicios ambientales no son susceptibles de apropiación. Quienes por su acción u omisión permiten la conservación, manejo sostenible y restauración de los ecosistemas y con ello contribuyan con el mantenimiento de su función ecológica, su resiliencia y por ende el flujo de los servicios ambientales, podrán ser retribuidos, de conformidad con los lineamientos que dicte la Autoridad Ambiental Nacional. En las actividades de conservación, manejo y restauración para la generación de servicios ambientales existirá el prestador y beneficiario. La Autoridad Ambiental Nacional garantizará que todas estas actividades se realicen en términos justos, equitativos y transparentes considerando las formas asociativas de economía popular y solidaria. Se desarrollarán incentivos para promover las iniciativas de investigación, desarrollo e innovación para la conservación, uso y manejo de los servicios ambientales. Art. 86.- Del financiamiento de los servicios ambientales. Para el financiamiento de los mecanismos de retribución de las actividades de conservación, manejo sostenible y recuperación de los ecosistemas y su posterior flujo de servicios ambientales, se promoverán los aportes públicos y privados, así como se 21

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podrán recibir fondos de donaciones, préstamos o aportes internacionales, impuestos o tasas y cualquier otra fuente que se identifique con estos fines. CAPITULO IV: FORMACIONES VEGETALES NATURALES, PARAMOS, MORETALES, MANGLARES Y BOSQUES Art. 99.- Conservación de páramos, moretales y manglares. Será de interés público la conservación, protección y restauración de los páramos, moretales y ecosistema de manglar. Se prohíbe su afectación, tala y cambio de uso de suelo, de conformidad con la ley. Las comunas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos participarán en el cuidado de estos ecosistemas y comunicarán a la autoridad competente, cualquier violación o destrucción de los mismos. Art. 101.- Planes e instrumentos para el ecosistema páramo. La elaboración de los planes e instrumentos de manejo y conservación del ecosistema páramo se realizarán de la siguiente manera: 1.- Si son páramos intervenidos donde existen y se realizan actividades agrarias y con el fin de no afectar otras áreas de páramos aledañas, la Autoridad Nacional de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, realizará el instrumento de manejo bajo los lineamientos emitidos por la Autoridad Ambiental Nacional; 2.- Si son páramos no intervenidos le corresponde a la Autoridad Ambiental Nacional en coordinación con los Gobiernos Autónomos Descentralizados Provinciales Metropolitanos o Municipales proteger y fomentar la conservación del ecosistema; y, 3. Con la participación de los actores sociales públicos y privados, así como con las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades ubicadas en su entorno. Se fortalecerá la organización y asociatividad de las comunas y comunidades. TITULO II: SISTEMA UNICO DE MANEJO AMBIENTAL CAPITULO I: DEL REGIMEN INSTITUCIONAL Art. 162.- Obligatoriedad. Todo proyecto, obra o actividad, así como toda ampliación o modificación de los mismos, que pueda causar riesgo o impacto ambiental, deberá cumplir con las disposiciones y principios que rigen al Sistema Único de Manejo Ambiental, en concordancia con lo establecido en el presente Código. CAPITULO V: CALIDAD DE LOS COMPONENTES ABIOTICOS Y ESTADO DE LOS COMPONENTES BIOTICOS Art. 190.- De la calidad ambiental para el funcionamiento de los ecosistemas. Las actividades que causen riesgos o impactos ambientales en el territorio nacional deberán velar por la protección y conservación de los ecosistemas y sus componentes bióticos y abióticos, de tal manera que estos impactos no afecten a las dinámicas de las poblaciones y la regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos, o que impida su restauración. 22

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Art. 191.- Del monitoreo de la calidad del aire, agua y suelo. La Autoridad Ambiental Nacional o el Gobierno Autónomo Descentralizado competente, en coordinación con las demás autoridades competentes, según corresponda, realizarán el monitoreo y seguimiento de la calidad del aire, agua y suelo, de conformidad con las normas reglamentarias y técnicas que se expidan para el efecto. Se dictarán y actualizarán periódicamente las normas técnicas, de conformidad con las reglas establecidas en este Código. Las instituciones competentes en la materia promoverán y fomentarán la generación de la información, así como la investigación sobre la contaminación atmosférica, a los cuerpos hídricos y al suelo, con el fin de determinar sus causas, efectos y alternativas para su reducción. Art. 196.- Tratamiento de aguas residuales urbanas y rurales. Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales deberán contar con la infraestructura técnica para la instalación de sistemas de alcantarillado y tratamiento de aguas residuales urbanas y rurales, de conformidad con la ley y la normativa técnica expedida para el efecto. Asimismo, deberán fomentar el tratamiento de aguas residuales con fines de reutilización, siempre y cuando estas recuperen los niveles cualitativos y cuantitativos que exija la autoridad competente y no se afecte la salubridad pública. Cuando las aguas residuales no puedan llevarse al sistema de alcantarillado, su tratamiento deberá hacerse de modo que no perjudique las fuentes receptoras, los suelos o la vida silvestre. Las obras deberán ser previamente aprobadas a través de las autorizaciones respectivas emitidas por las autoridades competentes en la materia. Art. 197.- Actividades que afecten la calidad del suelo. Las actividades que afecten la calidad o estabilidad del suelo, o que puedan provocar su erosión, serán reguladas, y en caso de ser necesario, restringidas. Se priorizará la conservación de los ecosistemas ubicados en zonas con altas pendientes y bordes de cuerpos hídricos, entre otros que determine la Autoridad Ambiental Nacional. Art. 198.- Monitoreo y seguimiento de la calidad de sedimentos. La Autoridad Ambiental Nacional o los Gobiernos Autónomos Descentralizados Competentes, según corresponda, realizarán el seguimiento y monitoreo de la calidad ambiental por medio del análisis de sedimentos, de conformidad con las normas técnicas expedidas para el efecto. TITULO V: GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS Y DESECHOS CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES Art. 226.- Principio de jerarquización. La gestión de residuos y desechos deberá cumplir con la siguiente jerarquización en orden de prioridad: 1. Prevención; 2. Minimización de la generación en la fuente; 3. Aprovechamiento o valorización; 4. Eliminación; y, 5. Disposición final. 23

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La disposición final se limitará a aquellos desechos que no se puedan aprovechar, tratar, valorizar o eliminar en condiciones ambientalmente adecuadas y tecnológicamente factibles. La Autoridad Ambiental Nacional, así como los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales o Metropolitanos, promoverán y fomentarán en la ciudadanía, en el marco de sus competencias, la clasificación, reciclaje, y en general la gestión de residuos y desechos bajo este principio. 2.1.5. Ley orgánica de recursos hídricos, usos y aprovechamiento del agua TÍTULO II: RECURSOS HÍDRICOS CAPÍTULO I: DEFINICIÓN, INFRAESTRUCTURA Y CLASIFICACIÓN DE LOS RECURSOS HÍDRICOS Artículo 10.- Dominio hídrico público. El dominio hídrico público está constituido por los siguientes elementos naturales: a) Los ríos, lagos, lagunas, humedales, nevados, glaciares y caídas naturales; b) El agua subterránea; c) Los acuíferos a los efectos de protección y disposición de los recursos hídricos; d) Las fuentes de agua, entendiéndose por tales las nacientes de los ríos y de sus afluentes, manantial o naciente natural en el que brota a la superficie el agua subterránea o aquella que se recoge en su inicio de la escorrentía; e) Los álveos o cauces naturales de una corriente continua o discontinua que son los terrenos cubiertos por las aguas en las máximas crecidas ordinarias; f) Los lechos y subsuelos de los ríos, lagos, lagunas y embalses superficiales en cauces naturales; g) Las riberas que son las fajas naturales de los cauces situadas por encima del nivel de aguas bajas; h) La conformación geomorfológica de las cuencas hidrográficas, y de sus desembocaduras; i) Los humedales marinos costeros y aguas costeras; y, j) Las aguas procedentes de la desalinización de agua de mar. Las obras o infraestructura hidráulica de titularidad pública y sus zonas de protección hidráulica se consideran parte integrante del dominio hídrico público. Artículo 11.- Infraestructura hidráulica. Se consideran obras o infraestructura hidráulica las destinadas a la captación, extracción, almacenamiento, regulación, conducción, control y aprovechamiento de las aguas así como al saneamiento, depuración, tratamiento y reutilización de las aguas aprovechadas y las que tengan como objeto la recarga artificial de acuíferos, la actuación sobre cauces, corrección del régimen de corrientes, protección frente a avenidas o crecientes, tales como presas, embalses, canales, conducciones, depósitos de abastecimiento a poblaciones, alcantarillado, colectores de aguas pluviales y residuales, instalaciones de saneamiento, depuración y tratamiento, estaciones de aforo, piezómetros, redes de control de calidad así como todas 24

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las obras y equipamientos necesarios para la protección del dominio hídrico público. Las obras o infraestructura hidráulica podrán ser de titularidad pública, privada o comunitaria, según quien las haya construido y financiado, aunque su uso es de interés público y se rigen por esta Ley. En caso de estado de excepción o declaratoria de emergencia, en el cual el Estado requiera del agua para garantizar su provisión, a la población afectada, la administración, mantenimiento y uso de toda infraestructura hidráulica podrá ser realizada por el Estado, con independencia de su titularidad. Artículo 13.- Formas de conservación y de protección de fuentes de agua. Constituyen formas de conservación y protección de fuentes de agua: las servidumbres de uso público, zonas de protección hídrica y las zonas de restricción. Los terrenos que lindan con los cauces públicos están sujetos en toda su extensión longitudinal a una zona de servidumbre para uso público, que se regulará de conformidad con el Reglamento y la Ley. Para la protección de las aguas que circulan por los cauces y de los ecosistemas asociados, se establece una zona de protección hídrica. Cualquier aprovechamiento que se pretenda desarrollar a una distancia del cauce, que se definirá reglamentariamente, deberá ser objeto de autorización por la Autoridad Única del Agua, sin perjuicio de otras autorizaciones que procedan. Las mismas servidumbres de uso público y zonas de protección hídrica existirán en los embalses superficiales. En los acuíferos se delimitarán zonas de restricción en las que se condicionarán las actividades que puedan realizarse en ellas en la forma y con los efectos establecidos en el Reglamento a esta Ley. 2.1.6. Texto unificado de legislación secundaria de medio ambiente El presente texto es la base sobre el cual se rige la Gestión Ambiental, en el cual se detallan las políticas, normas, e instrumentos de fomento y control, mimos que servirán de insumo para el desarrollo del marco legal normativo sobre el cual se rige el presente estudio. TÍTULO III DEL SISTEMA ÚNICO DE MANEJO AMBIENTAL CAPÍTULO VIII SECCIÓN III CALIDAD DE COMPONENTES ABIÓTICOS PARÁGRAFO I DEL AGUA Art. 209 De la calidad del agua.- Son las características físicas, químicas y biológicas que establecen la composición del agua y la hacen apta para satisfacer la salud, el bienestar de la población y el equilibrio ecológico. La evaluación y control de la calidad de agua, se la realizará con procedimientos analíticos, muestreos y monitoreos de descargas, vertidos y cuerpos receptores; dichos lineamientos se encuentran detallados en el Anexo I. Art. 210 Prohibición.- De conformidad con la normativa legal vigente: 25

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a)

b)

c)

d)

Se prohíbe la utilización de agua de cualquier fuente, incluida las subterráneas, con el propósito de diluir los efluentes líquidos no tratados; Se prohíbe la descarga y vertido que sobrepase los límites permisibles o criterios de calidad correspondientes establecidos en este Libro, en las normas técnicas o anexos de aplicación; Se prohíbe la descarga y vertidos de aguas servidas o industriales, en quebradas secas o nacimientos de cuerpos hídricos u ojos de agua; y, Se prohíbe la descarga y vertidos de aguas servidas o industriales, sobre cuerpos hídricos, cuyo caudal mínimo anual no esté en capacidad de soportar la descarga; es decir que, sobrepase la capacidad de carga del cuerpo hídrico.

La Autoridad Ambiental Nacional, en coordinación con las autoridades del Agua y agencias de regulación competentes, son quienes establecerán los criterios bajo los cuales se definirá la capacidad de carga de los cuerpos hídricos mencionados. Art. 211 Tratamiento de aguas residuales urbanas y rurales. - La Autoridad Ambiental Competente en coordinación con la Agencia de Regulación y Control del Agua, verificará el cumplimiento de las normas técnicas en las descargas provenientes de los sistemas de tratamiento implementados por los Gobiernos Autónomos Descentralizados. Las actividades productivas, se sujetarán a lo dispuesto en el presente Libro y a la normativa técnica que para el efecto emita la Autoridad Ambiental Nacional. La gestión y el mantenimiento de sistemas de tratamiento de agua deberán ser monitoreados y evaluados por medio de los mecanismos de control y seguimiento establecidos en este Libro. PARÁGRAFO II DEL SUELO Art. 212 Calidad de Suelos.- Para realizar una adecuada caracterización de este componente en los estudios ambientales, así como un adecuado control, se deberán realizar muestreos y monitoreos siguiendo las metodologías establecidas en el Anexo II y demás normativa correspondiente. La Autoridad Ambiental Competente y las entidades del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, en el marco de sus competencias, realizarán el control de la calidad del suelo de conformidad con las normas técnicas expedidas para el efecto. Constituyen normas de calidad del suelo, características físico-químicas y biológicas que establecen la composición del suelo y lo hacen aceptable para garantizar el equilibrio ecológico, la salud y el bienestar de la población. Art. 213 Tratamiento de Suelos Contaminados.- Se lo ejecuta por medio de procedimientos validados por la Autoridad Ambiental Competente y acorde a la norma técnica de suelos, de desechos peligrosos y demás normativa aplicable. Los sitios de disposición temporal de suelos contaminados deberán tener medidas preventivas eficientes para evitar la dispersión de los contaminantes al ambiente. 26

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Art. 214. Restricción.- Se restringe toda actividad que afecte la estabilidad del suelo y pueda provocar su erosión. PARÁGRAFO III DE LOS SEDIMENTOS Art. 215 Calidad de los Sedimentos.- Los sedimentos pueden ser de origen natural, tales como los existentes en el mar, los lechos de lagos y lagunas, ríos, quebradas y demás cuerpos hídricos, ya sean éstos de caudales permanentes o temporales; y los de origen industrial, como aquellos provenientes de plantas de tratamiento, tanques de almacenamiento u otros. Para realizar la evaluación de la calidad ambiental mediante análisis de sedimentos se deberá aplicar muestreos y monitoreos de las áreas directamente influenciadas por la actividad regulada, siguiendo los protocolos que normen la Autoridad Ambiental Nacional y en el caso de no existir, siguiendo protocolos aceptados internacionalmente. Art. 216 Normas técnicas.- La Autoridad Ambiental Nacional o las entidades del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, en el marco de sus competencias, expedirán normas técnicas de calidad de sedimentos, mediante la Figura legal correspondiente. Art. 217 Evaluación, seguimiento y control.- Sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de control establecidos en este Libro, la Autoridad Ambiental Nacional, evaluará y controlará la calidad ambiental por medio del análisis de sedimentos o dispondrá a los Sujetos de Control realicen los estudios pertinentes. Art. 218 Tratamiento de sedimentos contaminados.- Se lo ejecuta por medio de procedimientos aceptados por la Autoridad Ambiental Competente y acorde a lo establecido en la norma técnica de sedimentos y en la normativa de desechos peligrosos, de ser el caso. ACUERDO MINISTERIAL 097-A ANEXO 1 DEL LIBRO VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACION SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE: NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE DESCARGA DE EFLUENTES AL RECURSO AGUA NORMA DE CALIDAD AMBIENTAL Y DE DESCARGA DE EFLUENTES: RECURSO AGUA Dentro de este Acuerdo Ministerial se encuentran detallados los criterios de calidad de aguas para la preservación de la vida acuática y silvestre en aguas dulces, marinas y de estuarios. Los criterios y parámetros para la preservación se encuentran en la Tabla 2 y Tabla 2ª del presente AM; además de los parámetros indicados en esta Tabla se tendrá en cuenta también los siguientes criterios de turbiedad a) Condición natural (Valor de fondo) más 5%, si la turbiedad natural varía entre 0 y 50 UTN (unidad de turbidez nefelométrica) b) Condición natural (Valor de fondo) más 10%, si la turbiedad natural varía entre 50 y 100 UTN. 27

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c) Condición natural (Valor de fondo) más 20%, si la turbiedad natural es mayor que 100 UTN; d) Ausencia de sustancias antropogénicas que produzcan cambios en color, olor y sabor del agua en el cuerpo receptor, de modo que no perjudiquen a la vida acuática y silvestre y que tampoco impidan el aprovechamiento óptimo del cuerpo receptor. Así mismo se considerarán los criterios de calidad para aguas destinadas a fines recreativos mediante contacto secundario presentes en la Tabla 7; y los límites de descarga a un cuerpo de agua dulce descritos en la Tabla 9 de esta Norma.

Tabla 2a. CRITERIOS DE CALIDAD ADMISIBLE DEL AMONIACO TOTAL PARA LA PROTECCIÓN DE LA VIDA ACUATICA (mg/l NH3) Temp (°C) 0

6 231

6,5 73

7 23,1

pH 7,5 7,32

8 2,33

8,5 0,749

9 0,250

10 0,042

5 10 15

153 102 69,7

48,3 32,4 22

15,3 10,3 6,98

4,84 3,26 2,22

1,54 1,04 0,715

0,502 0,343 0,239

0,172 0,121 0,089

0,034 0,029 0,026

20 25 30

48 33,5 23,7

15,2 10,6 7,5

4,82 3,37 2,39

1,54 1,08 0,767

0,499 0,354 0,256

0,171 0,125 0,094

0,067 0,053 0,043

0,024 0,022 0,021

Los criterios de calidad para aguas destinadas a fines recreativos mediante contacto secundario se presentan en la TABLA 7

TABLA 7: CRITERIOS DE CALIDAD DE AGUAS PARA FINES RECREATIVOS MEDIANTE CONTACTO SECUNDARIO PARAMETRO

EXPRESADO COMO

UNIDAD

Parásitos Nematodos intestinales

CRITERIO DE CALIDAD Ausencia

Coliformes totales

NMP

NMP/100ml

4000

Oxigeno Disuelto

OD

% de saturación

>80

pH

6-9

mg/l

0,5

Potencial de Hidrógeno Tensoactivos

Sustancias activas al azul de metileno

Grasas y aceites

Película visible

Ausencia

Material flotante

Visible

Ausencia

Relación Nitrógeno-Fósforo Total

15:1

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TABLA 2: CRITERIOS DE CALIDAD ADMISIBLE PARA LA PRESERVACIÓN DE LA VIDA ACUATICA Y SILVESTRE EN AGUAS DULCES, MARINAS Y DE ESTUARIOS PARÁMETROS Aluminio(1) Amoniaco total(2) Arsénico Bario Berilio Bifenilos Policlorados Boro Cadmio Cianuros Cinc Cloro residual total Clorofenoles(3) Cobalto Cobre Cromo total Estaño Fenoles monohídricos Aceites y grasas Hierro Manganeso Materia flotante de origen antrópico Mercurio Níquel Oxígeno disuelto

Criterios de calidad Agua marina y de Agua dulce estuario 0,1 1,5 0,4 0,05 0,05 1,0 1,0 0,1 1,5

Expresados como

Unidad

Al NH3 As Ba Be

mg/l mg/l mg/l mg/l mg/l

Concentración de PCBs totales

µg/l

1,0

1,0

mg/l mg/l mg/l mg/l mg/l mg/l mg/l mg/l mg/l mg/l mg/l

0,75 0,001 0,01 0,03 0,01 0,05 0,2 0,005 0,032 0,001

5,0 0,005 0,01 0,015 0,01 0,05 0,2 0,005 0,05 2,00 0,001

Sustancias solubles en hexano

mg/l

0,3

0,3

Fe Mn

mg/l mg/l

0,3 0,1

0,3 0,1

visible

mg/l

Ausencia

Ausencia

Hg Ni

mg/l mg/l

0,0002 0,025

0,0001 0,1

B Cd CN Zn Cl2 Co Cu Cr Sn Expresado como fenoles

OD

% de saturación

>80

>60

Concentración de piretroides totales

mg/l

0,05

0,05

Organoclorados totales

µg/l

10,0

10,0

Organofosforados totales

µg/l

10,0

10,0

Plata Plomo

Ag Pb

mg/l mg/l

0,01 0,001

0,005 0,001

Potencial de Hidrógeno

pH

Unidades de pH

6,5-9

6,5-9,5

Piretroides Plaguicidas organoclorados totales Plaguicidas organofosforados totales

Selenio

Se

mg/l

0,001

0,001

Sustancias activas al azul de metileno

mg/l

0,5

0,5

Nitritos Nitratos DQO DBO5

NO2 NO3 DQO DBO5

mg/l mg/l mg/l mg/l

Solidos suspendidos totales

SST

mg/l

0,2 13 40 20 Max incremento de 10 % de la condición natural

Tensoactivos

200 -

-

(1)

Aluminio: si el pH es menor a 6.5 el criterio de calidad será de 0,005mg/l Aplicar la tabla 2a como criterio de calidad para agua dulce (3) Si sobre pasa el criterio de calidad se debe analizar del diclorofenol cuyo criterio de calidad es 0,2ug/l (2)

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TABLA 9, LÍMITES DE DESCARGA A UN CUERPO DE AGUA DULCE Parámetro Aceites y grasas

Expresado como

Unidad

Sust. Solubles en hexano

mg/l

30,0

mg/l

No detectable

Alkil mercurio

Límite máximo permisible

Alumino

Al

mg/l

5,0

Arsénico total

As

mg/l

0,1

Bario

Ba

mg/l

2,0

Boro total

B

mg/l

2,0

Cadmio

Cd

mg/l

0,02

Cianuro total

CN

mg/l

0,1

Cinc

Zn

mg/l

5,0

Cloro activo

Cl

mg/l

0,5

Cloroformo

Ex. carbón cloroformo ECC

mg/l

0,1

2.1.7. Aplicación del subsistema de evaluación de impacto ambiental en la provincia de Imbabura La presente ordenanza emite normas, leyes, reglamentos, aplicados a toda actividad, obra o proyecto público o privado, comunitario o mixto, nacional y extranjero, que pueda generar impactos socio-ambientales dentro de la Provincia de Imbabura. Capitulo II DE LOS PRINCIPIOS Y REGIMEN INSTITUCIONAL Art. 7. Autoridad Ambiental Provincial.- La Autoridad Ambiental Provincial será ejercida por el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Imbabura, a través de la Dirección General del Ambiente, en virtud del ejercicio de la acreditación y de conformidad con lo previsto en la presente ordenanza. Para dicho efecto establecerá los mecanismos de coordinación necesarios con la Autoridad Ambiental Nacional y los Gobiernos Autónomos Descentralizados de la Provincia para realizar el seguimiento y control ambiental de las actividades, obras o proyectos que se desarrollen en la provincia de Imbabura. La Autoridad Ambiental Provincial coordinará el cumplimiento de la legislación ambiental nacional y otras normas aplicables, asi como todo lo establecido en el presente instrumento Para dicho efecto tendrá las siguientes atribuciones: e) Evaluar, observar, aprobar y/o archivar los estudios ambientales de las actividades, obras y proyectos sujetos al control del Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Imbabura en su jurisdicción territorial. Capitulo III DE LOS ESTUDIOS AMBIENTALES Art. 20.- De la Evaluación de Impactos Ambientales.- Para la evaluación de impactos ambientales, el promotor de una actividad, obra o proyecto deberá observar variables ambientales relevantes de los medios, entre estos: 30

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-

Físicos (agua, aire, suelo y clima) Biótico (flora, fauna y sus hábitat) Socio-Cultural (arqueología, organización socio-económica, entre otros)

Art. 24.- Plan de Manejo Ambiental.- El promotor presentará, junto a los estudios ambientales, el Plan de Manejo Ambiental, en el cual se incluirá. a) Plan de Prevención y Mitigación b) Plan de Contingencias c) Plan de Capacitación d) Plan de Seguridad y Salud Ocupacional e) Plan de Manejo de Desechos f) Plan de Relaciones Comunitarias g) Plan de Rehabilitación de Áreas Afectadas h) Plan Abandono y Entrega del Área; y i) Plan de Monitoreo y Seguimiento 2.1.8. Ordenanza que reglamenta el uso y ocupación del suelo en el cantón Ibarra CAPITULO VII: CUENCA DE LA LAGUNA DE YAHUARCOCHA Art. 297.- Condición de patrimonio Natural.- para el efecto se declara e incorpora el territorio que comprende la Cuenca de la Laguna de Yahuarcocha como Patrimonio Natural del Cantón Ibarra, así como se norma el uso y ocupación del suelo, el espejo de agua de la laguna, las edificaciones del sector de Yahuarcocha y Priorato, enmarcado en la protección de los valores culturales, ambiente y escénicos del territorio en mención. En base a las competencias estipuladas en el art. 55 del COOTAD Art. 299.- Franja de protección.- se someterá a lo establecido en el Reglamento de la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamientos del Agua en el art. 64 “zonas de protección hídrica: Extensión y Modificación..- La zona de protección hídrica tendrá una extensión máxima de 100 metros de anchura medidos horizontalmente a partir del cauce o dela máxima extensión ordinaria de la lámina de agua en los embalses superficiales, pudiéndose variar por razones topográficas, hidrográficas u otras que determine la Autoridad Única del Agua en coordinación con la Autoridad Ambiental Nacional (…)”. Art. 300.- Zona de desarrollo sostenible y sustentable “agrícola orgánico, forestal y turístico”: comprende el área interna de la pista de Yahuarcocha hacia la franja de protección, donde se permitirá desarrollar proyectos con fines turísticos acorde a las características ambientales y del suelo respetando a la naturaleza y al ecosistema frágil existente; los propietarios de lotes, deberán realizar integración parcelaria dentro de este espacio, conforme lo determina la ley de ordenamiento territorial y el uso del suelo vigente, con visión de proyectos turísticos. 31

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Art. 302.- Usos.- los usos particulares a permitirse dentro del perímetro que comprende la cuenca de la laguna de Yahuarcocha, se desprenden de los usos generales de la presente Ordenanza a:          

Residencial. Residencial agrícola. Equipamientos públicos. Recursos naturales área de desarrollo sostenible y sustentable (agrícola orgánico, forestal y turístico). Recursos Naturales – Agropecuarios, silvestres y pastoriles. Protección Ambiental y Ecológica – Protección de humedales. Protección Ambiental y Ecológica – Santuario de vida silvestre. Protección Ambiental y Ecológica – Páramo. Riesgos Naturales – deslizamiento en masa. Área Patrimonial – Área Arqueológica.

Art 310.- Plan de manejo integral de la laguna de Yahuarcocha.- La Dirección de Desarrollo Económico Local, Gestión Ambiental del GADI, en coordinación con la Dirección de Planificación de Desarrollo Urbano y Rural, serán encargados de actualizar cada dos años el Plan de Manejo de la Laguna de Yahuarcocha, en donde se establecerán las políticas para el aprovechamiento turístico y conservación medio ambiental dentro de la cuenca hidrográfica de la laguna.

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3 INFORMACIÓN DE REFERENCIA En este capítulo se realiza una listado de la información que sirvió como base para la actuaización de todos los componentes de este estudio.

3.1 Información para la cartografía base y temática Para la generación de la información cartográfica base y temática se utilizó la siguiente información: -

Carta topográfica de la ciudad de Ibarra “ÑII-D4 3995-II” del IGM Escala 1:50.000 en formato shapefile del año 2013. Información secundaria del GAD Municipal de Ibarra Escala 1:50.000 en formato shapefile. Información secundaria del GAD de Imbabura Escala 1:50.000; 1:100000; 1:250000 en formato shapefile. Información del Instituto Geofísico de la Escuela Politécnica Nacional en formato shapefile. Información del Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología INAMHI. Imagen satelital del de la USGS, del sensor Sentinel del año 2017, con una resolución espectral de 10x10m (pixel). Información de trabajo de campo

3.2 Información para la actualización de los componentes socio-económico-cultural, abióticos y bióticos Se utilizó información primaria y secundaria de instituciones públicas y privadas que han realizado estudios en la microcuenca de la laguna de Yahuarcocha, los cuales se datallan a continuación: -

Actualización del Plan de Manejo Integral de la microcuenca hidrográfica de la laguna de Yahuarcocha, 2012. Repositorio digital de tesis de pregrado de la carrera de Recursos Naturales Renovables de la Universidad Téncica del Norte. Repositorio digital de tesis de maestría en Ecoturismo en áreas protegidas de la Universidad Técnica del Norte. Base de datos del proyecto de investigación VLIR-UTN “Manejo Sostenible de los lagos del Norte del Ecuador, bajo las crecientes actividades económicas y el cambio climático”. Repositorio digital de tesis de pregrado de Ingeniería Ambiental de la Pontificia Universidad Católica sede Ibarra.

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-

-

Base de datos de tesis de maestría y doctorado de la Universidad KuLeuven de Bélgica. Base de datos de concesiones para la microcuenca de la laguna de Yahuarcocha proporcionado por la Secretaría del Agua SENAGUA. Base de datos de parámetros físico químicos de la planta de tratamiento PTAR de Yahuarcocha y de la laguna, proporcionado por la empresa de Agua potable y alcantarillado de Ibarra EMAPA-I. Base de datos de caudales de los efluentes de entrada a la laguna de Yahuarcocha, información sobre ordenanzas municipales, proporcionado por el Municipio de Ibarra. Información de artículos científicos y estudios realizados en el área de Limnología dentro del período 1979-2018. Resultados de los análisis de parámetros físico químicos, microbiológicos, metales pesados del recurso agua en el laboratorio acreditado de GRUNTEC SA realizados en esta actualización del Plan de Manejo. Resultados de los análisis de granulometría y metales pesados del sedimento de la laguna de Yahuarcocha en el laboratorio acreditado de GRUNTEC SA. realizados en esta actualización del Plan de Manejo.

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4 PARÁMETROS MORFOMÉTRICOS En este capítulo se hace un análisis de un conjunto de variables lineales, de superficie, de relieve y drenaje; que permitieron conocer las características físicas de la microcuenca, la interpretación de la funcionalidad hidrológica y el soporte para la definición de las estrategias para la formulación de su manejo. En relación al Plan de Manejo 2012: este no detalla los parámetros morfométricos de la microcuenca. La diferencia y actualización es en la fuente de información y el procesamiento de la misma, como es el caso de la actualización 2018, se procedió a obtener el modelo digital de elevación “DEM” del servidor SavGIS, que posteriormente se lo procesó en el software ArcGIS con el paquete de herramientas Arc Hidro Tools, el cual permite identificar un nivel de detalle más apropiado de acuerdo a la escala que se está trabajando; mientras que en el Plan de manejo del 2012 se utilizó información de la fuente SIGAGRO del año 2006.

4.1 Parámetros fisiográficos La microcuenca hidrográfica de la Laguna Yahuarcoha cuenta con: - Un área de 25. 75km2 delimitada por un perímetro de 29.11 km. - El cauce principal tiene una longitud de 8.97km. - La superficie presenta una cota máxima de 3827 msnm, y una mínima de 2210 msnm. - Posee un índice de compacidad de 2.1948; el cual describe que la microcuenca se encuentra en un grado de circularidad en el rango de rectangular-oblonga, se contrasta con el ancho medio de 2.9075km y el factor de forma de 0.3241; que dá la forma ligeramente alargada. Tanto el valor de la relación de elongación de 0.6, el porcentaje de pendiente media de la cuenca de 9.8276% y el porcentaje de pendiente media del río principal 17.7%, determinan que la microcuenca presenta fuertes pendientes superiores al 47% de inclinación del terreno sobre la horizontal. - La densidad de drenajes es de 1.18 km por cada km2 lo que indica que no hay suficientes elementos de drenaje, siendo indicador de una menor tolerancia del sistema a perturbaciones antrópicas y naturales. Este valor sumado a la frecuencia de ríos, el cual fue de 1,57; valor que determinaría que la microcuenca debería estar muy bien drenada y que presenta suceptibilidad a torrencialidades, indica que no existe una relación directa y se analiza que los drenajes no terminan directamente en la desembocadura de la microcuenca; que es la Laguna Yahuarcocha o son de tipo intermitente (Tabla 1). 35

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Tabla 1 Parámetros morfométricos de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

Índice a) Área de la cuenca b) Perímetro c) Cause principal d) Altura máxima y mínima e) Índice de compacidad f) Ancho medio g) Factor de forma h) Relación Elongación i) Pendiente media de la cuenca: j) Pendiente media del río principal: k) Densidad de drenaje l) Frecuencia de ríos m) Extensión media de escurrimientos superficial n) Coeficiente de torrencialidad o) Coeficiente de masividad p) Tiempo de concentración de la cuenca (Témez)

Interpretación 25.75 km2 29.11 km 8.97 km 3827 msnm - 2210 msnm 2.1948 2.9075 km 0.3241 0.6422 9.8276 % 17.7960 % 1.1833 km/km2 2 1.5721 ríos/km 0.2113 km 0.9586 ríos/km2 101.4072 m/km2 0.9063 h

4.2 Curva hipsométrica El cálculo de la curva hipsométrica es un método que permite conocer el estado de conservación de una cuenca o microcuenca hidrográfica, por lo que es necesario partir de un modelo de elevación, que se reclasifica en categorías independientes y de acuerdo a la metodología aplicada se analiza la distribución normal de los datos y la superficie acumulada a cada cota altitudinal. Se analiza el promedio de cotas versus el porcentaje acumulado, obteniendo la Tabla 2. Tabla 2 Descripción de la curva hipsométrica de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha Área % 2 “km ” Min Max Promedio Media Acumulado acumulado 91.27 25.67 21.22 14.16 13.13 11.07 12.81 13.59 15.08 9.34 5.03 3.89 11.64 7.21 2.35

2190.03 2299.20 2408.36 2517.54 2626.68 2735.84 2845.01 2954.21 3063.34 3172.50 3281.65 3390.82 3499.99 3609.14 3718.31

2299.19 2408.35 2517.52 2626.67 2735.84 2845.00 2954.15 3063.32 3172.49 3281.63 3390.80 3499.97 3609.13 3718.30 3827.46

2244.61 2353.78 2462.94 2572.10 2681.26 2790.42 2899.58 3008.77 3117.91 3227.06 3336.22 3445.40 3554.56 3663.72 3772.89

2217.20 2352.13 2459.48 2569.11 2682.01 2789.73 2900.35 3012.92 3116.64 3214.84 3330.52 3449.67 3563.90 3650.16 3755.67

257.45 166.18 140.51 119.29 105.14 92.00 80.93 68.12 54.54 39.46 30.12 25.09 21.20 9.56 2.35

100.00 64.55 54.58 46.34 40.84 35.74 31.44 26.46 21.18 15.33 11.70 9.74 8.24 3.71 0.91

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Según los valores de pendientes la microcuenca se encuentra en un proceso de envejecimiento, lo que presenta mayor erosión a nivel de toda la microcuenca (Figura 1). Curva Hipsométrica Promedio (cotas)

4000,00 3500,00 3000,00

2500,00 2000,00 0,00 20,00 40,00 60,00 80,00 100,00 % acumulado

Figura 1 Curva hipsométrica de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

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5 UBICACIÓN La microcuenca de la laguna Yahuarcocha se encuentra ubicada geográficamente en el norte del país, provincia de Imbabura, cantón San Miguel de Ibarra (capital provincial). Los principales centros poblados ubicados alrededor de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha son: Tambiche, Rumitola, Guaranguisito, El Tablón, El Tejar, Lulunquí, La Campiña, Socapamba Tolas, como las poblaciones más próximas a la microcuenca. En el interior de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha se localizan los poblados de Priorato, Aloburo, Cachipamba, San Francisco Yuracruz, Yuracrucito, Bellaurco, Olivo Alto y San Miguel de Yahuarcocha (Figura 2).

Figura 2 Mapa de ubicación geográfica de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

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Geográficamente la microcuenca se localiza en las coordenadas UTM que se presentan en Tabla 3. Tabla 3 Coordenadas UTM de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha X Y 821958.64

10039428.72

826426.7

10039426.58

828699.08

10033513.15

822739.84

10043297.74

De acuerdo al Centro Interamericano de Desarrollo Integral de Aguas y Suelos citado por Aguirre (2007), clasifica a las cuencas por su tamaño de la siguiente manera:    

Sistema hidrográfico (+ de 300.000 ha) Cuencas (60.000 - 300.000 ha) Subcuencas (10.000 - 60.000 ha) Microcuenca (< 10.000 ha)

Por lo que el área de estudio pertenece a una microcuenca porque tiene una superficie de 25.75 km2 (2574,55 ha) y según la demarcación hidrográfica nacional, el área de estudio forma parte de la cuenca del río Mira (DHMI).

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6 RECURSOS ABIÓTICOS En este capítulo se describe la generación de la cartografía temática con la delimitación actual y su relación con el estado de la microcuenca hidrográfica de la laguna de Yahuarcocha siguiendo la metodología de la Figura 3. Mapa de Ubicación Geográfica shp*;jpg*

- IGM, 2013

Cartografía Base

Mapa Base shp*;jpg*

- IGM, 2013 - GPI-PDOT 2015-2035

Mapa Hidrológico shp*;jpg*

- IGM, 2013 - DEM 10x10 pixel -Reclasificación (6 clases)

Cartografía Temática

Proceso Cartográfico "ArcGIS"

- Herramienta ArcHidro

Mapa de Orden de drenajes shp*;jpg*

INAMHI, 2018

Mapa de Isotermas Medias Anuales shp*;jpg*

- INAMHI, 2018

Mapa de Isoyetas Medias Anuales shp*;jpg*

- MAGAP, 2005

Mapa Geológico shp*;jpg*

- MAGAP

Mapa de Textura del Suelo shp*;jpg*

- MAGAP

Mapa de Taxonomía del Suelo shp*;jpg*

- Imagen Satelital USGS-Sensor Sentinel 2A "20171213"

Mapa de Uso y Cobertura Vegetal shp*;jpg*

- GPI-PDOT 2015-2035

Mapa de Bioclimático shp*;jpg*

R.L. HOLDRIDGE 1993

Mapa de Zonas de Vida shp*;jpg*

-GPSmap Garmín 526s (eco sonda) - Software DrDepht

Cartografía Específica

Mapa de Pendientes shp*;jpg* / curva hipsométrica

Mapa Batimétrico drd*;shp*;jpg*

- Levantamiento en campo, 2018

Mapa de Paisajes "Cuencas Visuales" shp*;jpg*

- Levantamiento en campo, 2018

Mapa de de Monitoreo de Aguas shp*;jpg*

- Procesamiento ArcGIS

- Mapa de Pendientes - Mapa de Uso y Cobertura Vegetal - Mapa de Textura del Suelo

- Procesamiento ArcGIS

Mapa caudal medio shp*;jpg* Mapa de Coeficiente de Escorrentía Superficial shp*;jpg*

Mapa de Zonificación ecológica shp*;jpg*

Figura 3 Productos cartográficos de la microcuenca de la Laguna de Yahuarcocha

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6.1 Pendientes del terreno Una pendiente es un declive del terreno y la inclinación, respecto a la horizontal de una superficie; en el caso de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha se reclasificaron en 6 tipos de pendientes generadas a partir de un modelo de elevación “DEM” con un valor de celda de 10x10 m (pixel) y generación de curvas de nivel cada 5 metros. En la Tabla 4 se presenta la reclasificación. Tabla 4 Tipos de pendientes de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha Inclinación de la 2 Relieve Área m Área en % pendiente 0 - 9% Plana 4450979.43 19.07 9 - 27% Suavemente Inclinada 4690234.8 20.09 27 - 47% Moderadamente Inclinada 4103414.36 17.58 47 - 70% Fuertemente Inclinada 4709035.83 20.18 70 - 100% Montañosa 3771836.28 16.16 > 100% Escarpada 1614863.88 6.92

Fuente: DEM SavGIS

De acuerdo a la Figura 4, la clase de pendiente que predomina en el área de estudio es fuertemente inclinada, que varían del 47% al 70% de inclinación, siendo el 20,18% con respecto al área total y se situan a lo largo de toda la microcuenca, este dato tiene relación con los parámetros fisiográficos; pero es muy importante describir los porcentajes de áreas de la microcuenca, debido a que la pendiente es uno de los factores que ayuda a determinar la vocación y manejo de la microcuenca. De acuerdo al rango de pendientes se han identificado: -

-

-

Planas: Cubren el 19.07% de la superficie total, predominan en la parte baja de la microcuenca, alrededor de la laguna Yahuarcocha; favorecido el incremento de actividades de tipo agrícolas y turísticas; también alrededor de la comunidad de Priorato en donde se está expandiendo conjuntos habitacionales y en un menor porcentaje en las comunidades de Cachipamba, Yuracruz y en la parte alta de la microcuenca. Suavemente inclinadas: Cubren el 20.09% de la superfcie total, predominan en la parte alta de la microcuenca donde se intensifica la actividad agrícola-ganadera y en un menor porcentaje en comunidades como Priorato, San Miguel de Yahuarcocha, Yuracrucito y Yuracruz alto. Moderadamente inclinadas: Cubren el 17.58% de la superficie total; conforman lomas y taludes que se encuentran bordeando los drenajes y las ramificaciones de la cordillera. Montañosa: Cubre el 16.16% de la superficie total; predominan en la parte media de la microcuenca en las áreas de influencia de drenajes y con actividades agrícolas permanentes. Escarpada: Cubre la menor superficie con 6.92% pero predominan en la parte media representadas por escarpes y cuchillas de difícil uso para actividades agrícolas. 41

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Figura 4 Mapa de pendientes de la microcuenca de la laguna de Yahuarcocha

Fuente: DEM SavGIS

6.2 Hidrología (red hídrica) Los procesos de generación de drenajes dependen de la inclinación de la pendiente o del tipo de roca-suelo y la cantidad de precipitación que se aporte en el área; en la microcuenca de la laguna Yahuarcocha existen solo drenajes de tipo intermitente como se muestra en la Tabla 5. La presencia solo de drenajes intermitentes en la microcuenca en época seca cuando deja de fluir el agua, permite la acumulación de hojarasca terrestre, en su mayoría madera y hojas del área adyacente así como la acumulación de basura; también juega un rol importante en la pérdida del espejo de agua de la laguna Yahuarcocha; al no ser los afluentes principales que ingresan con un caudal continuo. 42

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Tabla 5 Tipos de drenaje de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha Tipo de Nombre Longitud en km drenaje Quebrada Añaspamba Intermitente 3.625 Quebrada Chiquita Intermitente 1.964 Quebrada del Girón Intermitente 0.994 Quebrada Polo Golo Intermitente 1.551 Quebrada Manzano Huaycu Intermitente 4.856 Quebrada Pacaycucho Intermitente 1.513 Quebrada San Antonio Intermitente 2.906 Quebrada Santo Domingo Intermitente 3.171 s/n Intermitente 11.869

Fuente: DEM SavGIS

En la Figura 5 se determina que las quebradas Manzano Huaycu (cruza toda la microcuenca con una longitud de 4.856 km), Polo Golo y San Antonio, ingresan a la laguna Yahuarcocha, que por su intermitensia y bajo caudal no son un aportante significativo; la principal y constante entrada de agua a la laguna es la quebrada con un caudal proveniente del Río Tahuando. Las otras quebradas son utilizadas para actividades agrícolas de la microcuenca alta y media.

Figura 5 Mapa de red hídrica de la microcuenca de la laguna de Yahuarcocha

Fuente: DEM SavGIS

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Para conocer las formaciones hidrográficas es necesario comprender el orden de los drenajes (concentración de escorrentía superficial) a menor escala, por lo que se procedió a la generación de los mismos, mediante la ejecución de la herramienta ArcHidro (ArcGIS). En la microcuenca se presentaron drenajes de primer hasta quinto orden (Tabla 6). Tabla 6 Orden y longitud de los drenajes de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha Orden Longitud en km 1 60.253 2 23.981 3 12.952 4 7.643 5 2.381

Fuente: DEM SavGIS

La microcuenca presenta mayor longitud en los drenajes de orden 1 y 2, que son características de tipo interminentes y que tiene relación directa con los parámetros fisiográficos de una microcuenca alargada con gran susceptibilidad a escorrentías (Figura 6).

Figura 6 Mapa de órdenes de drenaje de la microcuenca de la laguna de Yahuarcocha Fuente: DEM SavGIS

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6.3 Isotermas medias anuales Las isotermas son isolíneas que unen puntos en el plano cartográfico que presentan la misma temperatura; las isotermas medias anuales en el área de estudio oscilan desde los 6º C a 18º C, una variable que dá la característica del tipo de vegetación que se desarrolla a lo largo de la microcuenca (Figura 7).

Figura 7 Mapa de isotermas de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha Fuente: GPI, 2015

6.4 Isoyetas medias anuales Las isoyetas son isolíneas que unen puntos en el plano cartográfico que presentan la misma precipitación; las isoyetas medias anuales en el área de estudio oscilan desde los 500 mm a 1250 mm, está es una variable a relacionar con el uso del recurso hidríco, de aprovechamiento para la parte alta y media; y de importancia para el mantenimiento del nivel del espejo de agua de la laguna Yahuarcocha (Figura 8). 45

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Figura 8 Mapa de isoyetas de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha Fuente: GPI, 2015

6.5 Textura del suelo La textura del suelo se define por la granulometría, que es la clasificación según el tamaño de las partículas, según el método USDA (Departamento de Agricultura de los Estados Unidos), se presenta en la Figura 9.

Figura 9 Clasificación del tamaño de partículas del suelo método USDA Fuente: USDA (Departamento de Agricultura de los Estados Unidos)

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El área de estudio se clasifica en 3 tipos de textura; como es de textura fina (limo y arcilla) que ocupa una superficie de 3.91%, textura media (arena media) que cubre la mayor superficie de la microcuenca con el 74.43% y textura moderadamente gruesa (arenas gruesa) con el 7.78% (Tabla 7). Tabla 7 Tipos de textura del suelo y área que ocupa en la microcuenca de la laguna Yahuarcocha 2 Textura Área en km Area en % Fina 1.006 3.91 Media 19.163 74.43 Moderadamente gruesa 2.002 7.78 No aplicable 3.573 13.88 Fuente: Trabajo de gabinete 2018

Los suelos con textura fina están localizados en los alrededores de la laguna de Yahuarcocha, los de textura media están presentes en toda la microcuenca; los de textura moderadamente gruesa; están en el lado noreste de la laguna y la superficie que no aplica están utilizados por infraestructura de vivienda (Figura 10).

Figura 10 Mapa de tipos de textura de suelo en la microcuenca de la laguna Yahuarcocha Fuente: MAGAP, 2005

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6.6 Taxonomía del suelo En el área de estudio se encuentran 3 ordenes taxonómicos como el Entisol, Inceptisol y Mollisol, en el orden Entisol que cubre una superficie de 3.91% se describe al suborden Orthent (E2) que son entisoles formados sobre superficies recientemente erosionadas, tienen poca profundidad, roca consolidada o material no consolidado, como el loess, y tienen una textura franca arenosa o arcillosa en alguna parte del suelo considerando el primer metro de profundidad, mientras que el orden Inceptisol que cubre una superfcie de 10.13% se encuentra el suborden Andept que tienen un horizonte superficial oscuro generalmente, poseen humus y sílice amorfo (alóctono), se encuentran formados en ceniza volcánica, y en el orden Mollisol se encuentra el suborden Ustoll y Udoll, en el primer caso cubre una superficie de 71.57%, presentan un régimen hídrico ústico, con largos periodos del año seco, en su horizonte presentan acumulación de carbonato de calcio en forma de polvo encontrándose en una profundidad de 50 a 100 cm, en el segundo caso cubre una superficie de 0,52%, son mollisoles de régimen hídrico údico, con tonalidades de color marrón, no presentan acumulaciones de carbonato de calcio (Tabla 8). Tabla 8 Descripción de los ordenes taxonómicos del suelo en la microcuenca de la laguna Yahuarcocha 2 Orden Suborden Grangrupo Área en km Área en % Entisol Orthent Ustorthent 1.006 3.91 Inceptisol Andept Dystrandept 2.606 10.13 Mollisol Ustoll Durustoll 16.423 63.79 Mollisol Ustoll Haplustoll 2.002 7.78 Mollisol Udoll Duriudoll 1.334 0.52 No aplicable No aplicable No aplicable 3.573 13.88 Fuente: Trabajo de gabinete 2018

La taxonomía de los suelos tiene una relación directa con la textura, donde el Entisol está localizado en la parte noreste de la laguna Yahuarcocha, donde se pueden observar superficies recientemente erosionadas y que en época lluviosa arrastrán partículas a la cubeta de la laguna Yahuarcocha de tipo limoso-arcillosa; el Inceptisol está localizado en la parte alta de la microcuenca son de textura media y presentan alta productividad; donde su color negro es característico de la zona donde se desarrollan actividades agrícolas y ganaderas; los Mollisol están ubicados en la parte baja y media de la microcuenca con texturas que van de media a moderadamente gruesa, presentan áreas erosionadas donde el color característico del suelo es el marrón, presenta actividades agrícolas intensivas, relieve escarpado y drenajes de orden 1 intermitentes; están utilizadas para uso urbano y turístico, pero cubren un área de 13.88% que es considerable y presentan un impacto directo para la cubeta de la laguna Yahuarcocha (Figura 11).

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Figura 11 Mapa de taxonomía del suelo de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha Fuente: MAGAP, 2005

6.7 Uso y cobertura vegetal El uso de suelo y cobertura vegetal se generó a partir de la imagen satelital del sensor Sentinel A2 (L1C_T17NRA_A012935_20171213T154236, resolución espectral de 10x10 m “valor del pixel”), misma que re reclasificó en 7 categorías (asociaciones) como se muestra en la Tabla 9. Tabla 9 Categorías de uso y cobertura vegetal de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha 2 Uso y Cobertura Área km Área en % Cultivos de ciclo/Erosión 4.85 18.85 Infraestructura/Erosión 3.93 15.26 Lago 2.64 10.27 Pajonal-V. Arbustiva 3.18 12.36 Pajonal-V. Arbustiva,xerofítica 5.00 19.45 Pastos-Cultivos de ciclo 2.67 10.39 Pastos/Erosión 3.44 13.37 Fuente: Trabajo de campo 2018

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Las coberturas más representativas son el Pasto-V. Arbustiva, xerofítica en un 19,45%, cultivos de ciclo y suelos erosionados un 18.85% que se encuentra en la parte media y alta de la microcuenca, mientras que en la parte baja sobresale la cobertura de infraestructura y suelos erosionados con el 15,26% en relación al área total, se evidencia que la microcuenca se encuentra totalmente fragmentada por parches de diferentes tipos de cobertura donde la erosión es el factor base, y ocupando una superficie menor el pajonal-arbustivo que son la barrera de protección natural de los drenajes (Figura 12).

Figura 12 Mapa de uso y cobertura vegetal de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha Fuente: Sentinel A2

6.8 Zonas de vida Para definir las Zonas de Vida o formaciones vegetales propuestas por L.R. Holdridge, se utilizó las variables climáticas de temperatura y precipitación, econtrándose en el área de estudio cuatro formaciones: Bosque Húmedo Montano, Bosque muy Húmedo Montano, Bosque Seco Montano Bajo, Bosque Seco Pre Montano (Tabla 10). 50

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Tabla 10 Zonas de vida de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha Zonas de Vida Simbología Isoyetas Isotermas Bosque Húmedo Montano

bh-M

500-1000

8-12

Bosque muy Húmedo Montano

bmh-M

1000-1250

8-12

Bosque seco Montano Bajo

bs-MB

500-1000

12-16

Bosque Seco Pre Montano

bs-PM Fuente: GPI, 2015

500-750

16-18

Las zonas de vida tienen relación directa con isoyetas e isotermas al encontrarse en la parte media y baja de la microcuenca formaciones vegetales de tipo de Bosque seco con cobertura de Pasto-V. Arbustiva, xerofítica, y en la parte alta Bosques húmedos a muy húmedos con cobertura de pajonalarbustiva y cultivos de ciclo corto con pasto (Figura 13).

Figura 13 Mapa de zonas de vida de la microcuenca de la laguna de Yahuarcocha Fuente: GPI, 2015

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6.9 Geología La información geológica no se describe y no consta en el Informe del Plan de Manejo del 2012, por lo cual fue necesario recurrir a la información existente en los mapas geológicos de: Ibarra Hoja 82 del año 1978 y de Otavalo Hoja 83 de los años 1979 y 1980, Escala 1:100.000 las dos que sirvieron de base para cortar el área de estudio de la laguna Yahuarcocha, en donde se encuentran las siguientes formaciones: -

Terrazas (t).-Las terrazas se encuentran cerca del borde de la laguna Yahuarcocha con pendientes planas y vegetación palustre y pastos; su potencia es de 1 metro de espesor, su edad se lo data como Plioceno (Figura 14).

Figura 14 Contacto de la Terraza con el nivel de agua de la terraza Fuente: Fotografía de Guillermo Beltrán, Laguna Yahuarcocha, 18/08/2018.

-

Depósitos coluviales (t).- Los coluviales se encuentran después de las terrazas, cubriendo algunos sectores de las partes medias de la laguna o al pie de las diferentes estribaciones de Angochagua; su potencia es de hasta 3 metros de espesor, su edad se lo data como Plioceno (Figura 15).

Figura 15 Depósito coluvial al pie de las laderas Fuente: Fotografía de Guillermo Beltrán, Laguna Yahuarcocha, 13/10/2018.

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- Depósitos aluviales (t).- Se presentan en los lechos de las quebradas de San Antonio, Manzano Huaycu y Chiquita o Polo Golo; su potencia es de hasta 2 m de espesor, su edad se lo data como Plioceno (Figura 16).

Figura 16 Depósito aluvial quebrada Manzano Huaycu Fuente: Fotografía de Guillermo Beltrán, Laguna Yahuarcocha, 18/08/2018.

-

Volcánicos Angochahua (PlAn).- Al contorno de la laguna se observan tobas limo arenosas o cangahua de color crema (Figura 17) a amarillento (Figura 18) que van de poco consolidadas a consolidadas alcanzan hasta 4m de potencia observada, bajo estas subyacen brechas compactas de coloración gris rojiza, afloran cerca a Priorato, en la vía que va de Priorato a Yuracruz Alto con una potencia observada de unos 5m (Figura 19), lavas andesíticas, piroxénicas grises masivas, que forman taludes verticales en algunos sectores, además se encuentran fracturadas, con una potencia estimada de 30m (Figura 20).El espesor de esta formación alcanza los 800m. Su edad se lo data como Plioceno.

Figura 17 Cangahua amarillenta, compacta Fuente: Fotografía de Guillermo Beltrán, Laguna Yahuarcocha, 26/10/2018.

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Figura 18 Cangahua color crema poco consolidada Fuente: Fotografía de Guillermo Beltrán, laguna Yahuarcocha, 26/10/2018.

Figura 19 Brecha gris rojiza, compacta Fuente: Fotografía de Guillermo Beltrán, laguna Yahuarcocha, 13/10/2018.

Figura 20 Lavas andesíticas con taludes verticales Fuente: Fotografía de Guillermo Beltrán, laguna Yahuarcocha, 13/10/2018.

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En la Figura 21 se determina la ubicación de cada una de las formaciones geológicas, ocupando las terrazas, depósito coluviales y los depósitos aluviales una superficie de 3.3km2; y situadas en las áreas alrededor de la laguna Yahuarcocha; la formación volcánicos Angochagua cubre una superficie de 18.97 km2 y está a lo largo de toda la microcuenca.

Figura 21 Mapa formaciones geológicas de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha Fuente: GPI, 2015

6.10 Geomorfología Es la ciencia que ayuda análizar la evolución del terreno, explicar y predecir la dinámica fluvial y remoción en masa, para esto es necesario hablar de los diferentes enfoques geomorfológicos, tales como: La morfología que se refiere al análisis cualitativo de las geoformas que presentan los diferentes tipos de rocas, así en el área de estudio se tiene: -

Geoformas volcánicas las rocas extrusivas presentes en la parte alta de la cuenca forman lomas, mesetas y fuertes depresiones. 55

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-

Geoformas fluviales en la parte media y baja de la cuenca se observan las terrazas, las llanuras de inundación y los depósitos coluviales.

La morfometría hace un análisis cuantitativo de las pendientes que se observan en el área de estudio, como son: - Pendiente plana - Pendiente ondulada - Pendiente montañosa - Pendiente escarpada La morfogenética que se refiere a los ambientes de los diferentes tipos de rocas que presentan geoformas: - Ambiente volcánico que forman las lomas, mesetas y las fuertes depresiones. - Ambiente denudativo se refiere a la aceleración de los procesos gravitatorios, debido a la presencia de agua, el material y la pendiente forman los depósitos coluviales, aluviales y las terrazas. En la morfodinámica se considera los procesos formadores de las diferentes geoformas, en la zona de estudio se observa los efectos de la dinámica fluvial, el efecto de las glaciaciones y el vulcanismo.

6.11

Escorrentía superficial

Para el cálculo se toma en cuenta el grado de pendiente, la textura del suelo, el uso y cobertura vegetal (Tabla 11), se determina un rango entre 0 y 1, donde, 0 es el valor que no existe escorrentía, sin embargo en la microcuenca se lo categoriza como agua o almacenamiento (Wn), y el valor 1 es donde existe mayor escorrentía por el tipo de suelo y cobertura vegetal existente. Tabla 11 Valores de Coeficiente de escorrentía CE

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Para una mayor comprensión, se reclasifica al raster del coeficiente de escorrentía, determinando 5 categorías como son muy alta, alta, media, baja y agua (Wn) siendo el límite de la laguna. En la parte alta de la microcuenca se encuentran pendientes planas a suavemente inclinadas en suelos saturados propios de zonas de alta montaña, con presencia de lluvias (neblina) que influyen directamente en la escorrentía, mientras que en la parte media de la cuenca predominan las pendientes moderadamente inclinadas a escarpadas con poca cobertura vegetal, lo que aumenta la escorrentía superficial en la parte baja de la microcuenca (Figura 22).

Figura 22 Mapa de Escorrentía superficial de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha Fuente: Trabajo de campo 2018

6.12 Bioclimas Los bioclimas se encuentran definidos por la temperatura media, la humedad relativa, la cobertura vegetal y el rango altitudinal, para el área de estudio se describen tres bioclimas: 57

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-

Ecuatorial Mesotérmico Seco que cubre una superficie del 17.39%, Ecuatorial Mesotérmico Semi-Húmedo con el 73.28% y el Ecuatorial de Alta Montaña con el 9.33% (Tabla 12). Tabla 12 Tipos de clima y su área en la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

Tipo de clima

Área en m2

Área en %

Ecuatorial Mesotérmico Seco

4477390.04

17.39

Ecuatorial Mesotérmico Semi-Húmedo

18865167.7

73.28

Ecuatorial de Alta Montaña

2402922.93

9.33

Fuente: GPI, 2015; trabajo de gabinete 2018

El Ecuatorial Mesotérmico Seco tiene temperaturas medias anuales que fluctúan entre 12°C y 20°C con muy poca diferencia entre epocas secas y lluviosas. Dos estaciones secas, la una muy marcada entre junio y septiembre, separan dos picos lluviosos cuyo total anual no alcanza 500 mm. La humedad relativa varía entre 50 y 80%, y el cielo esta generalmente poco nublado, siendo la insolación mayor a 1.500 horas anuales. Este tipo de clima se presenta en las hoyas interandinas bien abrigadas. La vegetación natural se compone de plantas espinosas y el riego es indispensable para los cultivos. El bioclima Ecuatorial Mesotérmico Semi-Húmedo, es el más frecuente de la zona interandina exceptuando los valles muy abrigados y las zonas con alturas mayores a 3.000-3.200 msnm. Las lluvias anuales, distribuidas en dos estaciones lluviosas, fluctúan entre 500 y 2.000 mm; las temperaturas medias anuales se sitúan entre 12 y 20°C; la humedad relativa varía entre 50 y 85% y la duración de la insolación está comprendida entre 1.000 y 2.000 horas anuales. En cuanto a las temperaturas extremas, las máximas no rebasan 30°C y las mínimas raras veces se anotan bajo 0°C, la vegetación natural está ampliamente reemplazada por cultivos. Para el bioclima Ecuatorial de Alta Montaña, se ubica sobre los 3.000 msnm, la altitud determina las temperaturas medias que fluctúan alrededor de los 8°C, las temperaturas máximas raras veces pasan los 20°C y las mínimas alcanzan generalmente valores bajo 0°C. Los totales de lluvia anuales son irregulares, comprendidos entre 800 y 2.000 mm según la altura y la exposición de las vertientes. Los aguaceros son generalmente de larga duración, pero con poca intensidad y la humedad relativa es casi siempre mayor al 80%. La vegetación natural del piso más bajo de tipo "matorral", es sustituida en el piso inmediatamente superior por una espesa capa herbácea frecuentemente saturada de agua: el "paramo" (Figura 23). 58

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Figura 23 Mapa bioclimatico de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha Fuente: GPI, 2015

6.13 Paisaje En este componente se realizó correciones a los resultados obtenidos en el Plan de manejo del 2012, los cuales se describen a continuación: -

-

Mala delimitación de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha. Respecto al componente PAISAJE en el Cuadro de Evaluación de la calidad escénica, criterios de ordenación y puntuación no se pone los puntajes para determinar su clase como se adjunta en la Figura XI-16 y en el Cuadro 4.9.Valoración Absoluta del Paisaje (Va). Hay error en el primer valor, que es 33 y no 25. No se determina las cuencas visuales que ayudan a tener una idea para las diferentes aplicaciones.

El componente paisaje es un recurso que encierra todos los componentes descritos y que se analiza a través de las cuencas visuales para obtener o reconocer sitios que pueden tener un alto potencial escénico, tales como vistas 59

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panorámicas de especial belleza, sectores y fragmentos boscosos de importancia escénica y puntos de interés geológico. Con esta premisa, es importante el estudio del paisaje, que es un indicador que da respuesta a la gestión del territorio; además, es importante la valoración del paisaje como recurso para la conservación y protección de áreas naturales, donde el paisaje actúa como un claro protagonista, y en otras ocasiones es necesario considerarlo en combinación con otros factores del medio para planificar los usos del territorio, en el diseño adecuado de las actividades o incluso para restaurar zonas alteradas. 6.13.1. Metodología Para el estudio del Paisaje se empleó mosaicos de cuencas visuales y la evalaución del paisaje con la siguiente metodología: Para los mosaicos de las cuencas visuales tiene diferentes aplicaciones tales como: estudio de cuencas hidrográficas, análisis de cobertura vegetal, análisis de riesgos, ubicación de posibles sitios de miradores, zonificación del área de estudio, remodelación del terreno, restauración de la cobertura vegetal, simulación y otros; se necesita de: -

-

-

Disponer del mapa base. Trabajo de campo en donde se hace una selección de puntos, en los mismos que se toman datos tales como: coordenadas, azimut del punto, toma de fotos de la cuenca, numeración de la cuenca. Análisis de la Cuenca visual: métodos de obtención: Observación directa in situ (Litton, 1973) , Métodos manuales (Clark, 1976) y Métodos automáticos (Universidad de Harvard, Steintz y colaboradores, 1974) Trabajo de oficina: hacer los mosaicos de cada cuenca visual, uso de la herramienta ArcGis para determinar la cuenca visual y calcular las áreas visibles y no visibles y elaboración del mapa de cuencas visuales.

Para la evaluación del paisaje se hace un análisis de los siguientes componentes: -

-

Se toma en cuenta los componentes del paisaje que son: físicos, biológicos y actuaciones humanas. En base a la Guía para la elaboración de estudios del medio físico de la Secretaria de Medio Ambiente de España (2004). Se analiza las características visuales básicas: color, forma, línea, textura, escala y espacio con sus respectivas subdivisiones. Cuadro XI-1: Características de los componentes del paisaje que determinan su caracterización visual en términos de las características visuales básicas: formas del terreno, suelo y roca, agua, vegetación y uso del suelo y actuaciones humanas (puntuales, lineales y extensivas) (Secretaria de Medio Ambiente de España, 2004.Pág. 492). 60

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-

-

Cuadro XI-3: Métodos de valoración directa de la calidad visual del paisaje: Subjetividad aceptada, Subjetividad controlada, Subjetividad compartida y Subjetividad representativa (Secretaria de Medio Ambiente de España, 2004. Pág.518), para nuestro estudio se basó en el Métodos directos de subjetividad controlada, en la misma que la valoración de un paisaje es fruto de un sinnúmero de emociones, curiosidades, sorpresa, veneración, etc, pero sistemática y establecida de forma que los resultados de su aplicación en un área sean comparables a los establecidos en un área distinta. Para ello se utiliza una escala universal de valores de paisaje, válida para todo el planeta cuyas categorías y valores se presentan en la Tabla 13. Tabla 13 Escala Universal de valores de paisaje

CATEGORÍAS

VALORES

Espectacular Soberbio Distinguido Agradable Vulgar Feo

16 a 33 8 a 16 4a8 2a4 1a2 0a1

Fuente: Secretaria de Medio Ambiente de España (2004)

-

-

-

La escala está construida con técnicas propias de los modelos denominados de subjetividad compartida y las valoraciones se realizan a través de fotografías. La valoración se realiza por personal especializado, cuidadosamente instruido para evitar las preferencias personales. Figura XI-16: Inventario/Evaluación de la calidad escénica, criterios de ordenación y puntuación (BLM, 1980) (pág. 529). Los criterios de valoración de la calidad escénica aplicados por BLM, 1980, a zonas previamente divididas en unidades homogéneas, según su fisiografía y vegetación se recogen en la Figura XI-16. En cada unidad se valoran diversos aspectos como: morfología, vegetación, agua, color, fondo escénico, rareza y actuaciones humanas. Además según la suma total de puntos se determinan y cartografían tres clases según su calidad visual: Clase A: Áreas que reúnen características especiales, para cada aspecto considerado (de 19 a 33 puntos). Clase B: Área que reúnen una mezcla de características excepcionales para algunos aspectos y comunes para otros (de 12 a 18 puntos). Clase C: Äreas con características y rasgos comunes en la región fisiográfica considerada (de11 puntos).

6.13.2. Cuencas visuales Se estabalecieron 12 cuencas visuales a lo largo de la microcuenca de la 61

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laguna Yahuarcocha con sus respectivas coordenadas y código (Tabla 14). Tabla 14 Cuadro de puntos para elaboración del mapa de Cuencas visuales de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha PUNTOS COOR X COOR Y OBSERVACION P1 823429 10040300 CV-1 AZ 94° - 302° 10040667 P2 823123 CV_2 AZ 336° - 230° P3 822505 10042368 CV-3 AZ 116° - 278° P4 822493 10038898 CV-4 AZ 350° - 114 P5 824530 10042869 CV-5 AZ 330° - 150 P6 824796 10041572 CV-6 AZ 355° - 114 P7 826198 10040457 CV-7 AZ 342° - 176 P8 827650 10034903 CV-8 AZ 281° - 114 P9 827346 10034099 CV-9 AZ 116° - 278 P10 825606 10037468 CV-10 AZ 115° - 285 P11 824042 10038173 CV-11 AZ 50° - 268 P12 823634 10038534 CV-12 AZ 15° - 257

El mapa de cuencas visuales permitió visualizar la cobertura vegetal, ánálisis de riesgos, información base para la zonificación del área de estudio, análisis de la remodelación del terreno, posibles áres de restauración de la cobertura vegetal a lo largo de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha (Figura 24).

Figura 24 Mapa de cuencas visuales de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha Fuente: Trabajo de campo 2018

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La cuenca visual P1 permitió determinar el tipo cobertura vegetal conformada por pastos y la actividad principal pastura y cultivos; así como vías de ingreso directas a la laguna Yahuarcocha. Punto donde el paisaje de colores, cobertura boscosa no se presentan (Figura 25).

Figura 25 Cuenca visual P1 de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

La cuenca visual P2 permitió determinar el tipo cobertura vegetal conformada por pastos y la actividad principal de actividades de pastura y cultivos y presencia de infraestructura; así como la franja de macrófitas palustres emergentes de la laguna Yahuarcocha y pequeños manchones de rastros donde se seca la totora que es extraída para uso artesanal en muy pequeña escala (Figura 26).

Figura 26 Cuenca visual P2 de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

La cuenca visual P3 permitió determinar cobertura vegetal xerofítica, suelos desnudos, erosión y la presencia de infraestructura de viviendas que repercute en la belleza escénica de la laguna Yahuarcocha en donde se observa su forma pero con un color verde no natural (Figura 27).

Figura 27 Cuenca visual P3 de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

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La cuenca visual P4 permitió determinar un punto utilizado como mirador (El Arcangel) donde la infraestructura y árboles de Eucalipto dificultan contemplar la belleza escénica de la laguna Yahuarcocha en donde se observa su forma pero con un color verde no natural, asi como presencia de una carretera y fuertes pendientes. (Figura 28).

Figura 28 Cuenca visual P4 de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

La cuenca visual P5 en la parte media de la microcuenca permitió visualizar la infraestructura cultivos alrededor de la laguna Yahuarcocha, su forma pero con un color verde no natural, asi como presencia de una carretera y fuertes pendientes, taludes desnudos y poca vegetación (Figura 29).

Figura 29 Cuenca visual P5 de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

La cuenca visual P6 en la parte media de la microcuenca permitió visualizar la infraestructura cultivos alrededor de la laguna Yahuarcocha, su forma pero con un color verde no natural, asi como presencia de una carretera y fuertes pendientes, taludes desnudos y poca vegetación (Figura 30).

Figura 30 Cuenca visual P6 de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

La cuenca visual P7 en la parte media de la microcuenca permitió visualizar todavía al fondo la laguna Yahuarcocha con un color verde no natural, asi como presencia de una carretera; taludes desnudos; poca vegetación; nada de parches boscosos; las actividades antrópicas de agricultura y suelos secos (Figura 31). 64

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Figura 31 Cuenca visual P7 de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

La cuenca visual P8 en la parte alta de la microcuenca permitió visualizar pastos en bastas extensiones de superficie que son utlizados en la actividad ganadera, presencia de una carretera; pendientes planas y poca vegetación natural de páramo; que se encuentran en una menor superficie la cuál protege las pocas fuentes de agua que dan origen a la microcuenca de la laguna Yahuarcocha (Figura 32).

Figura 32 Cuenca visual P8 de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

La cuenca visual P9 en la parte alta de la microcuenca permitió visualizar las actividades antrópicas de arado en áreas que anteriormente estaban cubiertas por pajonal; presencia de una carretera; pendientes planas y una alteración del paisaje natural considerable (Figura 33).

Figura 33 Cuenca visual P9 de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

La cuenca visual P10 en la parte alta-media de la microcuenca; donde se visualiza el paisaje general de tipo fragmentado con el uso y ocupucación del suelo de cultivos en pendientes pronunciadas, pequeños parche de vetación arbustiva como barreras o cercos vivos, vivendas pequeñas y caminos lastrados con el fondo de la laguna; esta es de interés natural, turístico para las personas que realizan deportes (Figura 34). 65

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Figura 34 Cuenca visual P10 de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

La cuenca visual P11 en la parte media de la microcuenca del lado sur-este; es por donde se puede apreciar el paisaje de la microcuenca con el fondo la laguna de Yahuarcocha y en contraste con la poca vegetación xerófitica y arbustiva; estos puntos son utlizados para actividades de turismo y deporte (Figura 35).

Figura 35 Cuenca visual P11 de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

La cuenca visual P12 en la parte alta-media de la microcuenca y un zoom de la cuenca visual 10; para visualizar la fragmentación de la micruenca por el us intensivo de cultivos dejando pocos lugares para la vegetación natural (Figura 36).

Figura 36 Cuenca visual P12 de la microcuenca de la laguna Yahuarcocha

6.13.3.

Evaluación del paisaje

La microcuenca de la laguna Yahuarcocha presenta un valor de 17 que de acuerdo a la escala universal es de tipo Expectacular y también se encuentra dentro de la Clase B, como áreas que reúnen una mezcla de características excepcionales para algunos aspectos y comunes para otros, por las siguientes 66

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excepcionales para algunos aspectos y comunes para otros, por las siguientes poderaciones: -

-

Se evidencia el poder escénico que representa la laguna en relación al entorno de la microcuenca. Los valores altos se establecieron en lo que respecta a agua, a pesar de presentar poca transparencia y claridad, su forma de lámina quieta, su ubicación en la parte baja de la microcuenca, hacen que siga siendo considerado un atractivo expectacular, sus fuertes pendientes y diferencia de altitudes permite encontrar pequeños fragmentos de vegetación que llaman la atención de los turistas. La calificación se presenta en la Tabla 14 y su resultado determina que la laguna es el polo de desarrollo y actividades turísticas de la microcuenca. Los valores medios fueron para los aspectos comunes en la microcuenca como color, morfología, vegetación y fondo escénico. La poderación más baja fue para las actuaciones humanas que han influido directamente en la microcuenca. Sobre las modificaciones intensas y extensas, que reducen o anulan la calidad escénica. Estas actividades se están desarrollando a lo largo de toda la microcuenca y por eso se considera como fragmentada antrópicamente.

Tabla 15 Evaluación del la calidad escénica, criterios de ordenación y puntuación en la microcuenca de la laguna Yahuarcocha MORFOLOGÍA

VEGETACIÓN

AGUA

Relieve muy montañoso, marcado y predominante (acantilados, agujas, grandes formaciones rocosas) O bien, relieve de gran variedad superficial o muy erosionado o sistemas de dunas; o bien presencia de algún rasgo muy singular y dominante (ej: glaciar)

Formas erosivas interesantes o relieve variado en tamaño y forma. Presencia de formas y detalles interesantes pero no dominantes excepcionales

Colinas suaves, fondos de valles planos o ningún detalle singular

5

3

1

Gran variedad de tipos de vegetación , con formas, texturas y distribución interesantes

Alguna variedad en la vegetación, pero solo uno o dos tipos.

Poca o ninguna variedad o contraste en la vegetación

5

3

1

Factor dominante en el paisaje, apariencia limpia y clara, aguas blancas(rápidos y cascadas) o láminas de agua en reposo

Agua en movimiento o en reposo, pero no dominante en el paisaje

Ausente o inapreciable

5

3

0

67

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Combinaciones de color intensas y variadas, o contrastes agradables entre suelo, vegetación, roca, agua y nieve

COLOR

Alguna variedad e intensidad en los colores y contraste del suelo, roca y vegetación, pero no está como elemento dominante 3

Muy poca variación de color o contraste, colores apagados

El paisaje circundante potencia mucho la calidad visual

El paisaje circundante incrementa moderadamente la calidad visual del conjunto

El paisaje adyacente ejerce influencia en la calidad del conjunto

5

3

0

Único o poco corriente o muy raro en la región; posibilidad real de contemplar fauna y vegetación excepcional 5

Característico aunque similar a otros en la región

Bastante común en la región

2

1

Libre de actuaciones estéticamente no deseadas o con modificaciones que inciden favorablemente en la calidad visual

La calidad escénica está afectada por modificaciones poco armoniosas, aunque no en su totalidad, o las actuaciones no anaden calidad visual

Modificacion es intensas y extensas, que reducen o anulan la calidad escénica

5

0

-

5

FONDO ESCÉNICO

RAREZA

ACTUACIONES HUMANAS

1

Fuente: FIGURA XI-16 inventario/evaluación de la calidad escénica. Criterios de ordenación y puntuación (BLM, 1980); Trabajo de campo y gabinete 2018

6.14 Riesgos naturales En el informe del Plan de manjeo de 2012 no se considera riesgos naturales.Todos los sectores de la tierra están expuestos a los diferentes fenómenos naturales potencialmente peligrosos, así se tiene: -

Riesgos atmosféricos y sísmicos son impredecibles y ocurren en cualquier área. Riesgos geológicos son predesibles y se observan pocos deslizamientos muy puntuales especialmente en el área de la autopista (Figura 37).

68

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Figura 37 Deslizamiento en la cangahua crema Fuente: Fotografía de Guillermo Beltrán, laguna Yahuarcocha, 26/10/2018.

-

Riesgos hidrológicos dentro de estos riesgos se presentan en la zona: Erosión especialmente de la cangahua crema que aflora en los lados de la autopista y sedimentación se presenta en la quebrada Manzano Huaycu (Figura 38).

Figura 38 Erosión de la cangahua color crema poco consolidada Fuente: Fotografía de Guillermo Beltrán, laguna Yahuarcocha, 26/10/2018.

-

Sequía se debe al cambio climático y a la pérdida de cobertura vegetal y la deforestación de manera particular en el área de Priorato (Figura 39). 69

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Figura 39 Pérdida de cobertura vegetal cerca a Priorato Fuente: Fotografía de Guillermo Beltrán, laguna Yahuarcocha, 18/08/2018

-

Sedimentación se debe al proceso de los drenajes intermitentes que sirven en epoca seca para la acumulación de sedimento, basura, materia orgánica e incremnto de emisiones de CO2 cuando se presenta la época lluviosa (Figura 40).

Figura 40 Sedimentación en la quebrada Manzano Huaycu Fuente: Fotografía de Guillermo Beltrán, laguna Yahuarcocha, 18/08/2018.

-

Socavación se presenta en la vía cerca a la población de Priorato principalmente junto a la red víal y asociado con botadero de escombros (Figura 41).

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Figura 41 Socavación y botadero de escombros Fuente: Fotografía de Guillermo Beltrán, Laguna Yahuarcocha, 18/08/2018.

6.15

Morfología de la laguna Yahuarcocha

En el informe del Plan de manejo de 2012 no se realiza un estudio de la morfología de la laguna. Para el levantamiento batimétrico se utilizó un GPSmap Garmín 526s conectado a un ecosonda de la misma serie y a una computadora de campo, los equipos funcionan con un suministro de energía de 110 voltios, por lo que se los conectó a una batería de automóvil de 12 voltios mediante un transformador de energía. El montaje de los equipos en el bote se lo hizo en una estructura mixta de metal y madera, para garantizar su firmeza y correcto registro de datos. El recorrido batimétrico se lo realizó en un día, en horas de la mañana, debido a las condiciones climáticas donde la presencia de viento sean casi nulas, cubriendo la totalidad del lago. Los puntos batimétricos obtenidos con el programa DrDepth en formato (.drd), fueron exportados a formato Excel (.xls), para modificar las profundidades positivas a negativas y cargar estos puntos al programa ArcGis 10.4. Con la herramienta Project se cambiaron las coordenadas Geográficas a UTM, con la herramienta Tin se interpolaron los datos de profundidad y se obtuvo un archivo con la profundidad identificada por colores, con la herramienta Tin to Raster se obtuvo un modelo digital de elevación con la profundidad identificada por una escala de color de gris a negro y finalmente con la herramienta Reclassify se obtuvo un archivo con los rangos de profundidad separados e identificados por una escala de colores (Revelo, 2017). Para la caracterización morfométrica del lago, se creó un polígono entre la orilla del lago y los puntos batimétricos usando la herramienta Feature to Polygon (ETAPA, 2010), para calcular el perímetro del lago se utilizó la herramienta 71

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Calculate Geometry, para la obtención del área y volumen del lago se empleó la herramienta Surface Volume que genera un cuadro de texto en la que se detalla estos valores (Revelo, 2017). En cuanto a la longitud máxima y ancho máximo del lago, se realizó una medición entre las orillas norte - sur y oeste este respectivamente, para obtener los puntos más distantes (ETAPA, 2010). Con la herramienta 3D Analyst se obtuvieron gráficas a escala que representan los perfiles longitudinal y transversal del lago (Portilla, 2015). Por último, con el programa ArcScene 10,4 se obtuvo un modelo digital en 3D de la cubeta lacustre del Lago Yahuarcocha (Revelo, 2017). 6.15.1.

Parámetros morfométricos de la laguna Yahuarcocha

Con los resultados de la batimetría se generó el mapa batimétrico de la laguna de Yahuarcocha, en el que se detallan los rangos de profundidad (0 - 6 m) separados por una escala de colores según la variación de la profundidad. La orilla del lago está representada con color turquesa y el área profunda con verde obscuro (Figura 42).

Figura 42 Mapa Batimétrico año 2018 de la Laguna de Yahuarcocha Fuente: Trabajo de campo 2018.

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El análisis multitemporal de los mapas batimétricos del año 2015, 2017 y 2018 (Figura 43), realizadas con metodología y equipos por parte del Proyecto de investigación VLIR-UOS-UTN, permitió visualizar las variaciones existentes en la distribución espacial del agua (Tablas 16 y 17) y la forma de la cubeta lacustre en la laguna.

Figura 43 Mapas batimétricos de la laguna de Yahuarcocha (2015, 2017 y 2018).

Fuente: Trabajo de gabinete.

Con la información batimétrica, se establecieron los parámetros morfométricos de la laguna Yahuarcocha, ver Tabla 16, donde se muestran parámetros como perímetro, área, volumen, longitud máxima, ancho máximo, profundidad máxima y promedio. Mediante la evaluación de los parámetros detallados anteriormente (O’Sullivan, 2005), se concluyó que Yahuarcocha es un lago poco profundo, resultado que corrobora la descripción presentada por Portilla (2015). Tabla 16 Parámetros morfométricos de la laguna Yahuarcocha Parámetro

Unidad

Valor

Perímetro (P) km

km

8,65

m

2

2.798.441,27

Volumen (V)

m

3

14.222.804,75

Longitud máxima (l)

km

2,38

Ancho máximo (b)

km

2,09

Profundidad máxima (Z)

m

6,89

Profundidad promedio (z)

m

4,53

Área (A)

Fuente: Trabajo de gabinete 2018

En la Tabla 17, se realiza un análisis comparativo de los parámetros morfométricos de la laguna Yahuarcocha, en el que se puede observar las distintas variaciones que han ocurrido durante los años 2015, 2017 y 2018, 73

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donde las variaciones más importantes son el aumento del área y volumen y la disminución de la profundidad respecto al año 2015.

Año 2015

Tabla 17 Variación de los parámetros morfométricos de la laguna Yahuarcocha Longitud Ancho Profundidad Perímetro Volumen Produndidad 2 Área (m ) máxima máximo promedio 3 (km) (m ) máxima (m) (km) (km) (m) 7,86 2681770,81 12370000,00 2,38 2,07 6,9 4,59

2017

7,86

2795445,04

13498931,25

No hay registro

No hay registro

6,9

No hay registro

2018

8,65

2798441,27

14222804,75

2,39

2,09

6,89

4,53

Fuente: Trabajo de gabinete 2018

Perímetro Se obtuvo un perímetro de 8,65 km, al comparar los resultados del presente estudio con datos anteriores: Portilla (2015) y Revelo (2017), se observa una similitud en el tamaño del perímetro de la laguna en el período 2015 – 2017 (misma orto fotografía) y un aumento de 0,79 km en el período 2017 – 2018 (diferente orto fotografía). Debido al uso de diferentes imágenes satelitales para la delimitación de la orilla de la laguna, que pueden variar según su resolución espacial y espectral y su fuente de descarga (Muylaert, Mosquera, Van Colen y Vanderstukken, 2016). En la Figura 44, se presenta la orilla desde el espejo de la laguna obtenida de la orto fotografía del año 2015, así como la obtenida en el año 2018, en las que se observa la variación existente entre ellas.

Figura 44 Variación del tamaño de la orilla de la laguna Yahuarcocha Fuente: Trabajo de campo 2018

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El aumento en el tamaño del perímetro permitió cubrir una mayor superficie en el recorrido realizado, que abarca la gran mayoría de la superficie del lago, obviando únicamente las zonas con profundidad menor a 0,5 metros, debido a la conFiguración de alerta del sonar utilizado. En la Figura 45, se observa el recorrido batimétrico y la orilla de la laguna.

Figura 45 Recorrido batimétrico de la laguna Yahuarcoha Fuente: Trabajo de campo 2018

Área Se obtuvo un área de 2.798.441,27 m2, comparando con datos anteriores (Portilla, 2015; Revelo, 2017), se evidencia un incremento de 107.126,48 m 2 en el período 2015 – 2017 y de 2.996,23 m2 en el período 2017 – 2018. Dicho aumento se produjo por el incremento de la cantidad de agua que ingresó a la laguna (Figura 35), sumado al proceso de remoción de sedimentos, y vegetación macrófita propia de lagos poco profundos (O’Sullivan, 2005 y Portilla, 2015) y endorreicos (Cañón y Valdés, 2011), donde una variación significativa en el volumen de agua permite que ésta ocupe una mayor área, debido a la pequeña superficie y perfil del lago, haciendo que el área ocupada por dicho material removido, sea ocupada por el nuevo volumen de agua que ingreso al lago (Xungang, Sharon y Nicholson, 1998; Kevede, Travi, Alemayehu y Marc, 2005; Lamb, Bates, Coombes y Marshall, 2011). Como justificativos del proceso de remoción de sedimentos y vegetación macrófita citaremos a Caicedo (2016). Quien, en su tesis de grado, en el capítulo resultado de la distribución fitoplanctónica, detalla lo siguiente:

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“el mes de Julio 2015 merece un párrafo exclusivo. Tuvo la máxima abundancia total de algas (5741 individuos), con un dominio muy marcado de la diatomea Fragilaria (3755 individuos, correspondiente al 65,41% del total mensual). Un importante hecho fue anotado en las observaciones de la hoja de campo de julio, registrándose actividades de extracción de colla y totora desde las orillas del lago mediante maquinaria pesada. La mencionada actividad provocó efectos colaterales como la re-suspensión de sedimentos y la incorporación de partículas de suelo al agua procedente de las orillas. La erosión de las áreas circundantes del lago (suelo, rocas, biota, etc.), el dragado o la limpieza de plantas acuáticas conlleva la adhesión de fosfatos, carbonatos y silicatos al sistema lacustre además del incremento de la turbidez por las floraciones algales y la suspensión de sedimentos (O’Sullivan citado en O'Sullivan y Reynolds, (2004); Scheffer, (2004); Smith et al. citados en Rissik et al., (2009)). Bellinger y Sigee (2010) detallan los procesos mediante los cuales las diatomeas toman el silicio disuelto en el agua para aumentar su abundancia rápidamente, sobre todo en lagos polimícticos (como Yahuarcocha) donde el mezclado constante permite a las diatomeas realizar la fotosíntesis de manera satisfactoria. Todo parece indicar que la remoción de macrofitas desde la zona litoral afectó negativamente la dinámica del fitoplancton en este mes”. De igual manera se adjunta el histograma de distribución fitoplanctónica, en el que se observa el crecimiento de Diatomeas (Figura 34).

100% 90% 80% 70% 60% 50% 40% 30% 20% 10% 0%

Euglenozoa Dinophyta

Bacillariophyta Cyanobacteria Chlorophyta

Figura 46 Histograma de abundancia relativa de las divisiones de algas de la laguna Yahuarcocha. Fuente: Caicedo (2016)

Finalmente, mediante entrevista telefónica con el señor gerente de la Empresa de Economía Mixta Yahuarcocha (CEMY), se solicitó información sobre algún registro del proceso de remoción de sedimentos y vegetación macrófita, en el que se detalle la periocidad y los volúmenes retirados, el señor gerente, supo manifestar que no se tiene ningún registro de este proceso, que se lo realiza 2 o 3 veces al año, según la disponibilidad de maquinaria pesada para dicho

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proceso, que se lo viene realizando desde el inicio de su gestión en la CEMY y que se lo realiza con fines estéticos. Las cotas profundas (5 - 6 m) ocupan la mayor superficie con 1.891.842,82 m2 que representa el 67,6 %, seguido de las cotas intermedias (3 - 4 m) que ocupan 525.584,76 m2 que representa el 18,78 % y las cotas poco profundas (0 - 2 m) ocupan la menor superficie con 381.013,67 m2 que representa el 13,62 % del área total de la laguna, ver Tabla 18. Tabla 18 Relación área – cota de profundidad de la laguna Yahuarcocha.

Profundidad (m)

Área m2

%

0 -1 -2 -3 -4 -5 -6 TOTAL

70.425,33 138.417,72 172.170,62 173.431,92 352.152,84 814.988,89 1.076.853,93 2.798.441,27

2,52 4,95 6,15 6,20 12,58 29,12 38,48 100,00

Fuente: Trabajo de gabinete 2018

En la Tabla 19, se detalla la variación de la superficie que ocupan las cotas de profundidad, dicha variación en los valores presentados se debe al método utilizado para la obtención de la superficie, el aumento en las cotas poco profundas e intermedias y la disminución de las cotas profundas observado en el período 2017 – 2018 (similar método usado para el cálculo superficial), se debe a la regularidad en el perfil, a la caída rápida de la profundidad en la orilla y a la forma de la cubeta lacustre de la laguna, que permite esta distribución espacial. Tabla 19 Variación área – cota de profundidad de la laguna Yahuarcocha. Profundidad

0-2 2

3-4 2

5-6 2

Año

m

%

m

%

m

%

2015

366324,25

13,66

412208,68

15,37

1.903221,87

70,97

2017 2018

239627,88 381013,67

8,57 348254,28 12,46 13,62 525584,76 18,78 Fuente: Trabajo de gabinete 2018

2.207562,88 1.891842,82

78,97 67,60

Volumen Se obtuvo un volumen de 14.222.804,75 m3, comparando con datos anteriores (Portilla, 2015; Revelo, 2017) se observa un incremento de 1.123.540,44 m 3 en el período 2015 – 2017 y de 723.873,50 m3 en el período 2017 – 2018, ver Tabla 17. Debido a la variación del aporte anual del caudal total (todos las 77

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entradas) llegando a duplicarse en lo que va del año (GAD – I, 2018), ver Figura 47. 2000 1800 1600

l/s

1400 1200 1000 800 600 400 2013

2014

2015

2016

2017

2018

2019

Variación del caudal

Figura 47 Variación del caudal de ingreso a la laguna Yahuarcocha Fuente: Récord de caudales 2014-2017 GAD – I; Trabajo de gabinete 2018

Las entradas principales que que se procesó los datos de caudales se presentan en la Figura 48.

Figura 48 Afluentes de estudio de la laguna Yahuarcocha

78

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La entrada que aporta con más caudal es la del río Tahuando con 1.560.895.344 l/año y la que menos caudal aporta es la de Hacienda Hidrobo con 29.980.224 l/año, en el período febrero 2014 – agosto 2018 (GAD – I, 2018), ver Figura 49. 1,8e+9 1,6e+9 1,4e+9

l/año

1,2e+9 1,0e+9 8,0e+8 6,0e+8 4,0e+8 2,0e+8 0,0 Tahuando Manzano Huayco Polo Golo

Hidrobo

Totoral

Caudal promedio l/año

Figura 49 Caudales promedio de ingreso a la laguna de Yahuarcocha Fuente: Record de caudales GAD – I; Trabajo de gabinete 2018.

En la Figura 50, se observan las variaciones del caudal promedio mensual que ingresó a la laguna en el año 2014, siendo la entrada del río Tahuando la que aporta con mayor caudal (1.947.190.320 l/año), presenta los niveles más altos en los meses de abril, julio y diciembre. 5e+8

4e+8

l/mes

3e+8

2e+8

1e+8

0

Ene

Feb

Mar

Mes Mes Mes Mes Mes Mes Mes

Abr

vs vs vs vs vs vs vs

May

Jun

Jul

Ago

Sep

Oct

Nov

Dic

Tahuando Manzano Huayco Polo Golo Hidrobo 1 Hidrobo 2 Hidrobo 3 Totoral

Figura 50 Caudales promedio mensuales de ingreso a la laguna de Yahuarcocha (Año 2014)

79

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Fuente: Record de caudales GAD – I; Trabajo de gabinete 2018.

En la Figura 51, se observan las variaciones del caudal promedio mensual que ingresó a la laguna en el año 2015, siendo la entrada del río Tahuando la que aporta con mayor caudal (1.172.876.400 l/año), presenta los niveles más altos en los meses de abril, noviembre y diciembre. 3,5e+8 3,0e+8 2,5e+8

l/mes

2,0e+8 1,5e+8 1,0e+8 5,0e+7 0,0

Ene

Feb

Mar

Mes Mes Mes Mes Mes Mes Mes

Abr

vs vs vs vs vs vs vs

May

Jun

Jul

Ago

Sep

Oct

Nov

Dic

Tahuando Manzano Huayco Polo Golo Hidrobo 1 Hidrobo 2 Hidrobo 3 Totoral

Figura 51 Caudales promedio mensuales de ingreso a la laguna de Yahuarcocha (Año 2015)

Fuente: Record de caudales GAD – I; Trabajo de gabinete 2018.

En la Figura 52, se observan las variaciones del caudal promedio mensual que ingresó a la laguna en el año 2016, siendo la entrada del río Tahuando la que aporta con mayor caudal (1.885.852.800 l/año), presenta los niveles más altos en los meses de marzo, julio y diciembre. 4e+8

3e+8

l/mes

2e+8

1e+8

0

Ene Feb Mar

Abr

May Jun

Jul

Ago Sep

Oct

Nov

Dic

Mes vs Tahuando Mes vs Manzano Huayco Mes vs Polo Golo Mes vs Hidrobo 1 Mes vs Hidrobo 2 Mes vs Hidrobo 3 Mes vs Totoral

Figura 52 Caudales promedio mensuales de ingreso a la laguna de Yahuarcocha (Año 2016)

80

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Fuente: Record de caudales GAD – I; Trabajo de gabinete 2018.

Las variaciones del caudal promedio mensual que ingresó a la laguna en el año 2017, siendo la entrada de la quebrada Manzano Huayco la que aporta con mayor caudal (2.120.939.345 l/año), presenta el nivel más alto en el mes de mayo. Ocurre un cambio de dominancia de aportante y se observa un mes en el que no se registra datos de caudal (Figura 53). 1,4e+9 1,2e+9 1,0e+9

l/mes

8,0e+8 6,0e+8 4,0e+8 2,0e+8 0,0

Ene

Feb

Mar

Abr

Mes Mes Mes Mes Mes Mes Mes

vs vs vs vs vs vs vs

May

Jun

Jul

Ago

Sep

Oct

Nov

Dic

Tahuando Manzano Huayco Polo Golo Hidrobo 1 Hidrobo 2 Hidrobo 3 Totoral

Figura 53 Caudales promedio mensuales de ingreso a la laguna de Yahuarcocha (Año 2017) Fuente: Record de caudales GAD – I; Trabajo de gabinete 2018.

Las variaciones del caudal promedio mensual que ingresó a la laguna en el año 2018, siendo la entrada de la quebrada Manzano Huayco la que aporta con mayor caudal (5.017.771.800 l/año), presenta el nivel más alto en el mes de mayo. Se mantiene el cambio de dominancia del aportante hasta el mes de agosto (Figura 54). 1,8e+9 1,6e+9 1,4e+9 1,2e+9

l/mes

1,0e+9 8,0e+8 6,0e+8 4,0e+8 2,0e+8 0,0

Ene

Feb

Mes Mes Mes Mes Mes Mes Mes

Mar

vs vs vs vs vs vs vs

Abr

May

Jun

Jul

Ago

Tahuando Manzano Huayco Polo Golo Hidrobo 1 Hidrobo 2 Hidrobo 3 Totoral

Figura 54 Caudales promedio mensuales de ingreso a la laguna de Yahuarcocha (Año 2018)

81

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Fuente: Record de caudales GAD – I; Trabajo de gabinete 2018.

En la Figura 55, se presenta un análisis multitemporal de las variaciones del caudal promedio anual de ingresó durante el período de estudio, en la que se observa la dominancia del aportante del río Tahuando, dato que coincide con la Figura 49, así como con la Figura 51, en la que se observa que el mayor volumen de agua que ingresó a la laguna fue en el año 2018. 6e+9

5e+9

l/año

4e+9

3e+9

2e+9

1e+9

0 2014

2015

2016

2017

2018

Tahuando Manzano Huayco Polo Golo Hidrobo 1 Hidrobo 2 Hidrobo 3 Totoral

Figura 55 Caudales promedio anuales de ingreso a la laguna de Yahuarcocha Fuente: Record de caudales GAD – I; Trabajo de gabinete 2018.

En la Figura 56 se realiza un resumen de la entrada principal del río Tahuando que es el principal aportante y en el que se debe gestionar una conseción no menor a 400 l/s y también se considera la entrada de la PTAR que varía entre 1.8 l/s a 3 l/s. 6e+9

5e+9 1,8e+9

4e+9

1,6e+9

l/año

1,4e+9

l/año

1,2e+9 1,0e+9

3e+9

2e+9

8,0e+8

1e+9

6,0e+8 4,0e+8

0 2,0e+8

2014

2015

2016

2017

2018

0,0 Tahuando Manzano Huayco Polo Golo

Caudal promedio l/año

Hidrobo

Totoral

Tahuando Manzano Huayco Polo Golo Hidrobo 1 Hidrobo 2 Hidrobo 3 Totoral

82

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Figura 56

Histogramas del afluente del Río Tahuarndo a la laguna de Yahuarcocha

Para el balance hídrico se tomará como referencia los datos de Revelo (2017), en el que se usa la ecuación simplificada del balance hidrológico con variables como: sumatorias mensuales de precipitación, evaporación y los promedios mensuales de caudal de ingreso de agua, para obtener la variación mensual del almacenamiento de agua enla laguna, que muestra la disponibilidad del recurso hídrico, durante el período de estudio comprendido entre julio 2015 y junio 2016. Los resultados determinan que existe un balance hidrológico anual negativo de 249,78 mm, que representa un déficit de agua anual, las entradas de agua como la precipitación y el caudal de ingreso aportan con 559,36 mm y con 783,34 mm respectivamente; la evaporación representa la salida de agua con 1592,46 mm, lo que indica que las entradas de agua hacia el sistema son menores que las salidas, siendo la evaporación la variable más influyente, datos que coinciden con la escala limnimétrica y control de caudales de ingreso del GAD – I (2015 y 2016), en los que se observa un nivel bajo de ingreso de caudal y una reducción en el nivel del espejo de agua de la laguna. Al observar los datos de volumen de ingreso y variación del nivel del espejo de agua para el año 2018, encontramos un aumento en el volumen total de ingreso en los aportantes de agua y por ende un aumento en el nivel de agua, como se observa en el mes de junio con 31 cm (Anexo 7). Al no contar con datos meteorológicos importantes como la evaporación, no se puede establecer un balance hidrológico anual para el año 2018, lo que dificulta proporcionar un dato exacto sobre la disponibilidad o déficit del recurso hídrico para la laguna de Yahuarcocha. Para lo que se utiliza el dato de la cantidad de agua necesaria para aumentar un metro el nivel del espejo de agua de la laguna, siendo este de 2.500.000 m3 , debido a la superficie de la laguna (2.798.441,27 m2 ). Por lo que se recomienda como estrategia para el control del nivel del espejo de agua, aumentar la cantidad de agua que ingresa al lago, principalmente en el canal del río Tahuando, que es el aportante más importante y permanente, el cual tiene una concesión de 42 l/s, lo que significa que aporta con 108.864 m3 / mes, siendo necesarios 22,96 meses para lograr aumentar en un metro el nivel del espejo de agua de la laguna y lo que evidencia la gestión primordial de solicitar la concesión de 400l/s para que la laguna mantenga su nivel y aumentar un metro el nivel del espejo de agua en aproximadamente 2 meses. Caudal medio generado en la microcuenca El valor del caudal medio generado en la microcuenca es de 0,25 m3/s, considerando que la cantidad de agua que ingresa a la microcuenca se genera en caudal luego de que se sature el suelo mediante los procesos de infiltración, que posteriormente se generará en escorrentía superficial aguas abajo por efectos de la gravedad y de la pendiente. 83

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Cotas de profundidad Laguna Yahuarcocha Al establecer las cotas de profundidad (0 - 6 m), las cotas profundas (5 - 6 m) poseen el mayor volumen con 9.615.106,61 m3 que representa el 67,6 %, seguido de las cotas intermedias (3 - 4 m) que poseen 2.671.233,30 m3 que representa el 18,78 % y las cotas poco profundas (0 - 2 m) poseen 1.936.464,80 m3 que representa el 13,62 % del volumen total, ver Tabla 20. Tabla 20 Relación volumen – cota de profundidad de la laguna Yahuarcocha 3

Profundidad (m)

Volumen m

%

0

357.929,87

2,52

-1

703.494,55

4,95

-2

875.040,38

6,15

-3

881.450,82

6,20

-4

1.789.782,48

12,58

-5

4.142.101,53

29,12

-6

5.473.005,08

38,48

TOTAL

14.222.804,75

100,00

Fuente: Trabajo de gabinete 2018

En la Tabla 21, se detalla la variación del volumen que poseen las cotas de profundidad, la variación en los valores presentados se debe al método utilizado para la obtención del volumen, la disminución en las cotas poco profundas e intermedias y el aumento de las cotas profundas observado en el período 2017 – 2018 (similar método usado para el cálculo volumétrico), se debe a la forma de la cubeta lacustre de la laguna. Tabla 21 Variación volumen – cota de profundidad de la laguna Yahuarcocha Profundidad

0-2

3-4

5-6

Año

Volumen

%

Volumen

%

Volumen

%

2015

706179,62

5,71

1442730,42

11,66

10226480,8

82,67

2017

5213580,84

38,63

4675020

34,64

3610330,41

26,75

2018

1936464,8

13,62 2671233,3 18,78 Fuente: Trabajo de gabinete 2018

9615106,61

67,6

Longitud máxima (l) y ancho máximo (b) La longitud máxima es de 2,39 km y el ancho máximo de 2,09 km, comparando con los datos de Portilla (2015), se observa un incremento de 0,01 y 0,02 km en cada uno debido a la variación en el límite u orilla de la laguna, ver Tabla 17, estos datos demuestran que la cota superficial y el perímetro de la laguna se están expandiendo. 84

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Profundidad máxima (Z) y profundidad promedio (z) Se obtuvo un valor de 6,89 m como profundidad máxima y de 4,53 m como profundidad promedio, al comparar con los datos de Portilla (2015), estos presentan una disminución de 0,01 m y 0,06 m respectivamente, ver Tabla 17. Debido al proceso de sedimentación y arrastre de éstos por las corrientes internas de la laguna (Cifuentes, 2016). En la Tabla 22, se presentan las profundidades máximas registradas en diferentes estudios batimétricos realizados en la laguna Yahuarcocha, en el año 1979 se obtuvo un registro de 9 m y de 6,89 m en el año 2018, se observa una disminución de 2,11 m en 39 años, debido al arrastre de sedimentos proveniente de los aportantes de agua que se originan en la microcuenca, aportantes externos, taludes de la vía y materia orgánica sedimentada. Tabla 22 Registro histórico de la profundidad máxima de la laguna Yahuarcocha Año

Profundidad (m)

Steinitz 1979

9

INERHI 1992

8,4

Vilatuña 2001

8,1

Portilla 2015

6,9

Revelo 2017

6,9

Equipo Consultor 2018

6,89

Fuente: Trabajo de gabinete 2018

Perfil longitudinal y transversal En la Figura 57, se observa el corte longitudinal de la laguna Yahuarcocha, la parte izquierda representa el sector de la entrada vehicular al lago y la parte derecha el sector de la entrada del río Tahuando, donde existe una mayor sedimentación, debido al arrastre de sedimentos provenientes de su cuenca.

Figura 57 Perfil Longitudinal año 2018 de la laguna de Yahuarcocha Fuente: Trabajo de campo 2018

85

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En la Figura 58, se observa el corte transversal de la laguna Yahuarcocha, la parte izquierda representa a la zona con mayor profundidad y la parte derecha al sector de la “vuelta de la paloma”, donde existe una mayor acumulación de sedimentos provenientes de los taludes cercanos.

Figura 58 Perfil Transversal año 2018 de la laguna Yahuarcocha Fuente: Trabajo de campo 2018

En la Figura 59, se observan los perfiles longitudinal y transversal presentados por Portilla (2015), en los cuales se observa la misma distribución espacial del sedimento, ya que los cortes fueron realizados en la misma zona y orientación, siendo el río Tahuando y la vuelta de la paloma las zonas que presentan mayor nivel de sedimentación (parte derecha de las Figuras). Debido a las corrientes internas del la laguna que transportan y acumulan el sedimento en dichas zonas, (Vilatuña, 2001, citado por Cifuentes, 2016).

Figura 59 Perfil Transversal y Longitudinal año 2015 de la laguna Yahuarcocha Fuente: Portilla (2015)

Al observar la Figura 60, se pueden identificar las corrientes internas de la laguna (flechas) y la formación de dunas de sedimento (zonas de color tomate,

86

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rojo y marrón), que coinciden con las zonas que presentan mayor sedimentación según los perfiles del laguna aquí presentados.

Figura 60 Corrientes internas y dunas de sedimento del Lago Yahuarcocha Fuente: Vilatuña (2001)

Con los cortes longitudinal y transversal realizados, se puede observar la regularidad del perfil de la laguna, lo que indica que presenta un fondo relativamente plano y una caída rápida de la profundidad de su orilla, perfil que coincide con los datos obtenidos por Portilla (2015) y Revelo (2017) y que puede ser verificado en el mapa 3D con 0 % de amplificación, en el que se observa la forma de la cubeta lacustre de la laguna Yahuarcocha, ver Figura 61.

87

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Figura 61 Mapa batimétrico a escala 1:18.000 con 0 % de amplificación de la laguna Yahuarcocha Fuente: Trabajo de gabinete 2018

6.15.2.

Sedimentos de la laguna Yahuarcocha

En el Plan de Manejo del 2012 no se realiza una caracterización de los sedimentos de la laguna Yahuarcocha. En esta actualización de incorpora información sobre metales pesados, granulometría, materia orgánica, conductividad, pH, nitritos, fosfatos y la relación de la batimetría con el aumento de sedimentos. La toma de la muestra, transporte y análisis se hizo bajo el cumplimiento del TULSMA en su Título II, Capítulo VIII, Sección III; parágrafo III de los sedimentos, Art.215 de la calidad de sedimentos que indica “Para realizar la evaluación de la calidad ambiental mediante análisis de sedimentos se deberá aplicar muestreos y monitoreos de las áreas directamente influenciadas por la actividad regulada, siguiendo los protocolos que normen la Autoridad Ambiental Nacional y en el caso de no existir, siguiendo protocolos aceptados internacionalmente”; seleccionando los protocolos establecidos por el laboratorio acreditado GRUNTEC ENVIRONMENTAL SERVICES CIA Ltd, que analizó las muestras tomadas y que cuenta con el registro en Servicio de Acreditación Ecuatoriana (SAE): OAE LE 2C 05-008, a través de los organismos evaluadores de la conformidad (OEC) acreditados. Se estableció como límites máximos permisibles (LMP) para su comparación el TULSMA (suelos), CEQG y NOAA; ya que una vez revisado la normativa ambiental no existe límites máximos permisibles específicos para sedimentos en el Ecuador para su comparación, es por eso que se compara con los suelos en el TULSMA. Además, en virtud de las acciones actuales de prospección y del interés por el desarrollo de actividades turísticas que implica cotacto primario y secundario con la población, este Plan de Manejo puede brindar valores de referencia sobre los cuales se pueda evaluar el impacto ambiental de tales actividades en la región y también ayudando al cumpliendo con el TULSMA en su Título II, Capítulo VIII, Sección III; parágrafo III de los sedimentos, Art.216 de Normas técnicas que indica “La Autoridad Ambiental Nacional o las entidades del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, en el marco de sus competencias, expedirán normas técnicas de calidad de sedimentos, mediante la Figura legal correspondiente”. Se describe la metodología empleada: primeramente se determinaron 3 puntos de muestreo en la laguna Yahuarcocha (con código de muestra y georeferenciados) durante el mes de octubre del 2018 y se enviaron las muestras colectadas a un laboratorio acreditado (GRUNTEC ENVIRONMENTAL SERVICES CIA Ltd) para que se analicen en cuanto a los contenidos de materia orgánica, granulometría, metales, pH, condcutividad, 88

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fosfatos y nitratos presentes en el sedimento, la información generada sirvió de complemento para entender la dinámica y procesos que ocurren en la laguna en cuanto a los factores antrópico y físico químicos (Tabla 23). Tabla 23 Puntos de muestreo de sedimento en la Laguna Yahuarcocha

Descripción

PTAR

Laguna: cerca de descargas de aguas provenientes de la Planta P4-SED de Tratamiento. Muestreo a 1.9 m de profundidad

823099 10040742

2234

2018-Oct18

Canal del Tahuando

Laguna: 30 m frente a la descarga del canal de aporte del río P5-SED Tahuando. Muestreo a 2.2 m de profundidad

822680 10039698

2234

2018-Oct18

2234

2018-Oct21

Punto profundo

Código Muestra

Coordenadas

Punto de Muestreo

X

Y

Laguna: zona de mayor profundidad. Muestreo a 6.2 m de P10-SED 822279 10040676 profundidad Fuente: Trabajo de campo 2018

Z

Fecha de Muestreo

Para el análisis de metales se usaron los límites máximos permisibles (LMP) mediante el TULSMA (suelos), Guías de Calidad Ambiental Canadiense (CEQG) y National Oceanic and Atmospheric Administration (NOAA), ver Tabla 24. Tabla 24 Límites permisibles para metales en sedimentos establecidos por la norma Ecuatoriana (TULSMA) y canadiense (CEQG), y niveles de fondo de referencia para Estados Unidos (NOAA, 1999). Cadmio

Cobre

Cromo

Mercurio

Plomo

Zinc

mg/kg

mg/kg

mg/kg

mg/kg

mg/kg

mg/kg

0,5

25

54

0,1

19

60

ISQG

0,6

35,7

37,3

0,17

35

123

PEL

3,5

197

90

0,486

91,3

315

0,1-0,3

10-25

7-13

0,004-0,051

4-17

7-38

NORMA

TULSMA

CEQG

NOAA

Fuente: TULSMA: Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio de Ambiente. 2015. CEQG: Guías de Calidad Ambiental Canadiense (por sus siglas en inglés, Canadian Environmental Quality Guidelines) para sedimentos de cuerpos de agua continental. ISQG: Guía Provisional de Calidad del Sedimento (por sus siglas en inglés, Interim Sediment Quality Guideline). PEL: Nivel de Efecto Probable (por sus siglas en inglés, Probable Effect Level). NOAA: Administración Oceanográfica y Atmosférica de los Estados Unidos de América (por sus siglas en inglés, National Oceanic and Atmospheric Administration), niveles de fondo (background levels) de la Tabla de referencia (Screening Quick Reference Table for Inorganics in Freshwater Sediment).

89

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Para el análisis de materia orgánica se usaron como límites máximos permisibles (LMP) mediante el promedio del rango 6 y11 de suelos volcánicos de tipo MEDIO en cuanto al contenido de materia orgánica (Tabla 25). Tabla 25 Límites permisibles para materia orgánica en suelos volcánicos. Suelos CLASE volcánicos Muy bajo

16

Fuente: (Vilatuña, 2001; Maridueña, y otros, 2003; Cifuentes, 2016)

Granulometría del sedimento El análisis granulométrico consiste en determinar los diferentes tamaños de las partículas y los porcentajes en que esos tamaños intervienen en su universo que lo componen. Es un indicativo para determinar ciertas propiedades de los diferentes suelos y/o sedimentos y para proceder a su clasificación se utilizan los datos de la Tabla 26. Tabla 26 Dimensión de las partículas elementales y granulometría 2018 U.S. Dep. de Agricultura

Dimensión de la partícula elemental

Punto Profundo

Canal Tahuando

PTAR

Nombre

Milímetros

Micras

P10-SED

P5-SED

P4-SED

Grava fina

>4

>4000

0

7,48

5,72

Arena muy gruesa

4-2

4000-2000

0

8,99

6,04

Arena gruesa

2-1

2000-1000

0

8,03

6,06

Arena fina

1-0,25

1000-250

0,72

9,35

11,05

Arena muy fina

0,25-0,063

250-63

1,3

12,01

10,13

Limo

0,063-0,002

63-2

80,79

37,83

56,08

Arcilla