PERFIL DEL DOCENTE VENEZOLANO

INTRODUCCIÓN Para poder brindarle un sentido completo al perfil del docente, se debe tomar en consideración que la docen

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INTRODUCCIÓN Para poder brindarle un sentido completo al perfil del docente, se debe tomar en consideración que la docencia es una práctica entendida como una labor educativa integral. Los docentes, ante las demandas del mundo actual y del futuro deben desarrollar un conjunto de habilidades y actitudes para conseguir el aprendizaje significativo. Es considerado como un mediador de los aprendizajes. De éste conjunto de habilidades caben destacar varias, tales como: pensar, crear, diseñar, resolver, interactuar, manejar, usar, producir y comunicar. Todo esto con el fin de trabajar, estudiar y construir visiones en equipo, auto evaluaciones, compromisos y el compartir. Ahora bien, el perfil de un educador es el agrupamiento de aquellos conocimientos, destrezas y habilidades tanto en lo personal, ocupacional, especialista o prospectivo que un educador debe tener u obtener para desarrollar su labor. De manera general, se puede decir que el docente debe demostrar características de liderazgo, en las cuales deberá tener una visión de futuro y saber comunicarla, una visión de la educación innovadora y avanzada, es decir, asumiendo los nuevos paradigmas y sus implicaciones. En la presente investigación se destaca el rol del docente en nuestro país, basado en el Reglamento del Profesional Docente, describiendo los deberes y derechos del mismo, sus características y sus faltas.

* PERFIL DEL DOCENTE El perfil profesional son capacidades y competencias que identifican la formación de una persona para asumir en condiciones óptimas las responsabilidades propias del desarrollo de funciones y tareas de una determinada profesión. Es de allí donde nos damos cuenta de la importancia del amplio y buen perfil que debe poseer el docente ante la formación de los individuos en su condición individual y colectiva. El docente debe facilitar el aprendizaje, en un ejercicio de poder interpersonal en el aula, de liderazgo, es decir, que posea la capacidad de modelaje ante los educandos, así como fomentar la creatividad, es por esto que el docente debe desarrollar un conjunto de habilidades, destrezas y actitudes para conseguir un verdadero aprendizaje significativo, esos conjuntos son: pensar, crear, diseñar, resolver y comunicar, todo esto con la finalidad de trabajar, estudiar y construir visiones en equipos, autoevaluarse, compromiso y el compartir. En Venezuela, según el artículo 2 del reglamento de la profesión docente, se entiende por personal docente, quienes ejerzan cualesquiera de las funciones señaladas en el artículo 77 de la Ley Orgánica de Educación, bien sea en la condición de personal ordinario o de personal interino. Asimismo, se entiende por profesional de la docencia a los que se refiere el aparte de ese artículo. Quienes posean títulos profesionales docentes obtenidos conforme al régimen de la Ley de Educación anterior, conservarán el derecho a ejercer la docencia en la misma forma que les garantizaban las normas derogadas, según lo dispuesto en el artículo 139 de la Ley Orgánica de Educación. El Artículo 3° destaca: “Este Reglamento se aplicará a quienes ejerzan la profesión docente en funciones de enseñanza, orientación, planificación, investigación, experimentación, evaluación, dirección, supervisión y administración, en el campo educativo, con excepción del nivel de educación superior”. * CARACTERÍSTICAS PERSONALES El docente es considerado como un mediador de los aprendizajes, con las siguientes características: Es un experto de los contenidos que planifica, pero que puede ser flexible. Establece metas: hábitos de estudio, perseverancia, autoestima, metacognición pero siempre con la idea de que el estudiante construya las habilidades necesarias para que sea autónomo. Planea, regula y evalúa los aprendizajes, organiza el contexto de forma que el estudiante pueda interaccionar con los materiales y contenidos en un ambiente colaborativo. Procura fomentar los aprendizajes significativos y transferibles. Procura que surja la curiosidad, creatividad y el interés por aprender y conocer más de la realidad. Enseña qué, cómo, por qué y regula los comportamientos. Desarrolla los valores y actitudes positivas

De acuerdo a lo expuesto, las competencias necesarias para aquellas personas que quieren dedicarse a la docencia serían: 1. Conocimiento de la materia actualizado y de cultura general. 2. Competencias pedagógicas, conocimientos de didáctica, mantenimiento de la disciplina, conocimientos sociales y psicológicos de los procesos de aprendizaje. 3. Habilidades instrumentales, es decir conocer diferentes lenguajes, materiales y herramientas que apoyen el proceso de enseñanza-aprendizaje. 4. Características personales como son una buena autoestima, madurez, seguridad, equilibrio personal, capacidad de empatía, imaginación, creatividad. La profesión docente se debe caracterizar por que el profesor debe tener entusiasmo (vivir plenamente lo que hace de forma que lo transmita a los alumnos), optimismo pedagógico (creer en la posibilidad de mejora de los estudiantes); liderazgo (una actitud de guía que lleve a los estudiantes hacia el cumplimiento de los objetivos establecidos y que atienda las necesidades de estos); capacidad de brindar afecto y contención (dar apoyo emocional y brindar orientación a los jóvenes) que genere la seguridad necesaria para que demuestren sus capacidades. Es así que la profesión docente es una de las más complejas y que por tanto requiere de un compromiso personal muy profundo del individuo que quiera llevar consigo el título de MAESTRO. * DEBERES DEL PERSONAL DOCENTE Según el Artículo 6° del reglamento de la profesión docente: Son deberes del personal docente: Observar una conducta ajustada a la ética profesional, a la moral, a las buenas costumbres y a los principios establecidos en la Constitución y leyes de la República. Cumplir las actividades docentes conforme a los planes de estudios y desarrollar la totalidad de los objetivos, contenidos y actividades, establecidos en los programas oficiales, de acuerdo con las previsiones de las autoridades competentes, dentro del calendario escolar y de su horario de trabajo, conforme a las disposiciones legales vigentes. Planificar el trabajo docente y rendir oportunamente la información que le sea requerida. Cumplir con las disposiciones de carácter pedagógico, técnico, administrativo y jurídico que dicten las autoridades educativas. Cumplir con las actividades de evaluación. Cumplir con eficacia las exigencias técnicas relativas a los procesos de planeamiento, programación, dirección de las actividades de aprendizaje, evaluación y demás aspectos de la enseñanza aprendizaje. Asistir a todos los actos académicos y de trabajo en general para los cuales sea formalmente convocado dentro de su horario de trabajo. Orientar y asesorar a la comunidad educativa en la cual ejerce sus actividades docentes. Contribuir a la elevación del nivel ético, científico, humanístico, técnico y cultural de los miembros de la institución en la cual trabaja. Integrar las juntas, comisiones o jurados de concursos, calificación de servicio de docentes y trabajos de ascenso, para los cuales fuera designado por las autoridades competentes.

Dispensar a los superiores jerárquicos, subordinados, alumnos, padres o representantes y demás miembros de la comunidad educativa, el respeto y trato afable, acordes con la investidura docente. Velar por el buen uso y mantenimiento de los ambientes de trabajo y de materiales, y de los equipos utilizados en el cumplimiento de sus labores. Coadyuvar eficazmente en el mantenimiento del orden institucional, la disciplina y el comportamiento de la comunidad educativa. Promover todo tipo de acciones y campañas para la conservación de los recursos naturales y del ambiente. Los demás que se establezcan en normas legales y reglamentarias. * DERECHOS DEL PERSONAL DOCENTE Según el Artículo 7° del reglamento de la profesión docente: Son derechos del personal docente: Desempeñar funciones docentes con carácter de ordinario o interino. Participar en los concursos de méritos para ingresar como docente ordinario. Disfrutar de un ambiente de trabajo acorde con su función docente. Estar informado acerca de todas las actividades educativas, científicas, sociales, culturales y deportivas, planificadas o en ejecución en el ámbito de su comunidad educativa. Percibir puntualmente las remuneraciones correspondientes a los cargos que desempeñen, de acuerdo con el sistema de remuneración establecido. Disfrutar de un sistema de previsión y asistencia social que garantice mejores condiciones de vida para él y sus familiares. Participar efectivamente en la planificación, ejecución y evaluación de las actividades de la comunidad educativa. Justificar las razones por las cuales no pudo asistir a sus labores. A tal efecto, si no pudiere solicitar el permiso respectivo con anticipación, deberá presentar el justificativo correspondiente dentro de los quince 15 días hábiles siguientes a la fecha de inasistencia. Los demás que se establezcan en normas legales y reglamentarias. Según el Artículo 8°: A los profesionales de la docencia, además de los derechos consagrados en el artículo 7, y en la Constitución y leyes de la República, se les garantiza el derecho a: Participar en los concursos de méritos o de méritos y oposición para ingresar como docente ordinario; ser promovido o ascender en jerarquía y categoría, de acuerdo con las normas del presente Reglamento y las que al efecto se dicten. Ser incorporado a un cargo docente en la misma jerarquía y categoría cuando cese en el ejercicio de un cargo de libre nombramiento y remoción o cuando cese la licencia que se le haya otorgado. Percibir puntualmente las remuneraciones correspondientes a la jerarquía y categoría que desempeñen de acuerdo con el sistema de remuneración establecido.

Percibir la diferencia de sueldo cuando desempeñen, en forma temporal, cargos de mayor jerarquía. La participación y realización de cursos de perfeccionamiento, actualización, especialización, maestría y doctorado, programados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes y/o instituciones académicas, científicas y culturales de reconocida acreditación. Participar activamente en actividades de investigación y estudios en el campo pedagógico, cultural, científico y otros relacionados con su profesión. El goce de becas para cursos de mejoramiento, actualización y postgrado, conforme a las previsiones legales sobre la materia. El goce de beneficio de becas para sus hijos. Solicitar y obtener licencias para no concurrir a sus labores, siempre y cuando sean justificadas. Solicitar traslados o cambios mutuos, cuando por necesidades personales o profesionales así lo requiera. Los beneficios del régimen de jubilaciones y pensiones. Recibir honores y condecoraciones de acuerdo con sus méritos profesionales. Asociarse en agrupaciones académicas, gremiales y sindicales para participar en el estudio y solución de los problemas de la educación. Los demás que se establezcan en normas legales y reglamentarias. * FALTAS DEL DOCENTE Según el Artículo 149: A los efectos de aplicación de sanciones disciplinarias las faltas cometidas por el personal docente se clasifican en graves y leves. Y según el Artículo 150: Los miembros del personal docente incurren en falta grave en los siguientes casos: Por aplicación de castigos corporales o afrentosos a los alumnos. Por manifiesta negligencia en el ejercicio del cargo. Por abandono del cargo sin haber obtenido licencia o antes de haber hecho entrega formal del mismo a quien deba reemplazarlo o a la autoridad educativa competente, salvo que medien motivos de fuerza mayor a casos fortuitos. Por la inasistencia y el incumplimiento reiterado de las obligaciones que le corresponden en las funciones de evaluación del rendimiento estudiantil. Por observar conducta contraria a la ética profesional, a la moral, a las buenas costumbres y a los principios que informan nuestra Constitución y las demás leyes de la República. Por violencia de hecho o de palabras contra sus compañeros de trabajo, sus superiores jerárquicos o sus subordinados. Por utilizar medios fraudulentos para beneficiarse de cualesquiera de los derechos que acuerde la Ley Orgánica de Educación y el presente Reglamento. Por coadyuvar a la comisión de faltas graves cometidas por otros miembros de la comunidad educativa. Por reiterado incumplimiento de obligaciones legales reglamentarias o administrativas.

Por inasistencia injustificada durante tres días hábiles o seis turnos de trabajo en el período de un mes. El Artículo 151: También incurren en falta grave los profesionales de la docencia en ejercicio de cargos de dirección o supervisión de la educación, cuando violen o amenacen la estabilidad de los educadores o dieren lugar a la aplicación de medidas legales contra éstos. Artículo 152: Los miembros del personal docente incurren en falta leve en los siguientes casos: Retardo reiterado en el cumplimiento del horario de trabajo. Inasistencia injustificada al trabajo durante dos (2) días hábiles en el término de un mes. Incumplimiento de las normas de atención debida a los miembros de la comunidad educativa. Incumplimiento reiterado de las actividades docentes relativas a la planificación, desarrollo de la enseñanza, y uso y mantenimiento de las ayudas pedagógicas en el aula. Retardo injustificado en la entrega de los recaudos relativos a la administración escolar.

CONCLUSIÓN El perfil del educador es el inicio de un currículo con énfasis en lo afectivo, ético e intelectual de la persona junto con el control del trabajo profesional. De manera general, el rol principal del docente es facilitar y ayudar a los estudiantes a construir y reconstruir sus propios conocimientos. A nuestra manera de ver, el docente del siglo XXI, debe poseer un conjunto de competencias tales como: Ética y Valores, Hermeneuta, Autodidacta, Autocritico, Comunicación, Liderazgo, Trabajo en equipo, Empatía-Sinergia, Aprendizaje, Motivación, Humanista, debe ser Facilitador y no un dificultador de conocimientos, Orientador hacia las transformaciones y Acompañante del estudiante a través de todo el proceso de enseñanza – aprendizaje. Aunado a esto, el docente debe ser racional, crítico y creativo para enfrentar objetiva y científicamente, su propio desarrollo y el del país, resolver situaciones derivadas de los constantes cambios sociales, científicos y tecnológicos relacionados con su función docente y generar cambios de actitudes individuales y sociales. Ahora bien, en conclusión podemos decir que además de educadores necesitamos ser docentes que enseñemos a aprender y aprendamos al enseñar, con suficiente fortaleza ética, cultural, pedagógica y práctica. El ejercicio de la función docente ha adquirido una nueva dimensión y requiere de un educador competente, tanto personal como profesional, obligado a ganar mayores niveles de democracia, autonomía, responsabilidad y control dentro de la sociedad donde desarrolla la práctica escolar.

El mejor maestro es aquel que trata de realizar en sí mismo lo que trata de realizar en los demás. (Demóstenes).