Partida Registral de una SAC

PUBLICIDAD: 6782540 RECIBO N° 2019-58-5959 CERTI.LITERAL-PJ Partida N° 59691566 ZONA REGISTRAL N° II SEDE CAJAMARCA OFI

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PUBLICIDAD: 6782540 RECIBO N° 2019-58-5959 CERTI.LITERAL-PJ Partida N° 59691566

ZONA REGISTRAL N° II SEDE CAJAMARCA OFICINA REGISTRAL CAJAMARCA N° 59691566 INSCRPCIÓN DE SOCIEDAD MERCANTIL SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA EMPRESA "RESAK"

REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS RUBRO: CONSTITUCION B00004

CONSTITUCION DE S.A.C.- Por Escritura Pública del 06/09/2019 otorgada ante el notario Marios en la ciudad de Cajamarca. DENOMINACIÓN.- LA SOCIEDAD SE DENOMINA: “RESAK S.A.C.”. OBETO SOCIAL.- Dedicarse al comercio, distribución y almacenaje, la importación, al por mayor y al por menor, de todas clases de bebidas alcohólicas. DURACIÓN.- La Sociedad Tiene Una Duración Indeterminada DOMICILIO.- El Domicilio Es En Av. Perú 1570, Distrito De Cajamarca, Provincia De Cajamarca Y Departamento De Cajamarca, Pudiendo Establecer Sucursales U Oficinas En Cualquier Lugar Del País O En El Extranjero. CAPITAL SOCIAL.- El Monto Del Capital Social Es De S/. 100,000.00 (Cie Mil Y 00/100 Soles), Representado Por 100,000 Acciones Nominativas De Un Valor Nominal De S/.1.00 Cada Una. El Capital Social Se Encuentra Totalmente Suscrito Y Pagado.

SOCIOS.1. Pedro Alexander Leonardo Barboza Vergara, Suscribe 5,000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios.

2. Maricielo Cuevas Yepez, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 3. Karla Olenka Gonzales Saldaña, Suscribe 5,000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios.

4. Wilder Jhon Saldaña Malaver, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 5. Angel Jhampier Medina Martos, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 6. Anthony Ronald Diaz Torres, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 7. Edwin Orlando Mendoza Malca, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 8. Estrellita Mariana Cubas Bartolo, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 9. Franz Miguel Caseres Cruzado, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 10. Jefferson Romero Rosales, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 11. Juan Julio Quiroz Muñoz, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 12. Marycielo Anis Sanchez Hernandez, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 13. Miguel Stefano Vasquez Torres, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 14. Jefferson Stephano Soto Rios, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 15. Raquel Selene Urteaga Sanchez, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 16. Brayan Caleb Paredes Lozano, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 17. Jimmy Enrique Cuevas Vargas, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 18. Maria Ines Yepez Paredes, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios.

19. Kimberly Alexandra Soto Parrera, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 S Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. 20. Gino Cuevas Yepez, Suscribe 5000 Acciones Nominativas Y Paga S/.5,000.00 (Cinco Mil Y 00/100 Soles) Mediante Aportes En Bienes Dinerarios. TRANSFERENCIA Y ADQUISICIÓN DE ACCIONES: Los otorgantes acuerdan suprimir el derecho de preferencia para la adquisición de acciones, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 237º de la "ley". En caso de fallecimiento del accionista los sucesores declarados adquieren la calidad de socios. En caso de existir copropiedad de acciones como consecuencia de la sucesión hereditaria, los herederos deberán acreditar un representante común que ejerza los derechos del socio ante la sociedad. DE LOS ORGANOS DE LA SOCIEDAD.- La sociedad tendrá como órganos: La junta general de socios y la gerencia. DE LA JUNTA GENERAL.- Es el órgano supremo de gobierno de la sociedad y está constituida por la reunión de socios debidamente convocada, la junta general puede ser obligatoria anual y otras juntas JUNTA GENERAL OBLIGATORIA GENERAL.- Se reúne obligatoriamente una vez al año, dentro de los tres meses siguientes a la conclusión de

ejercicio, económico corresponde a esta junta a tratar los siguientes temas: 1) Pronunciarse sobre la gestión social y resultados económicos de ejercicio anterior expresados en los estados financieros. 2) Resolver sobre la aplicación de utilidades, si las hubiese. 3) Designar o delegar en el gerente general, la designación de los auditores, cuando corresponda. 4) Resolver sobre los demás asuntos que le sean propios, conforme al estatuto y sobre cualquier otro consignado en la convocatoria. OTRAS ATRIBUCIONES DE LA JUNTA.- Puede realizarse en cualquier momento, incluso simultáneamente con la junta general obligatoria anual, compete a esta junta a tratar los siguientes asuntos: a) Remover a los gerentes y designar a sus representantes. b) Modificar los estatutos. c) Aumentar o reducir el capital social. d) Emitir obligaciones. e) Acordar la enajenación en un solo acto, de activos cuyo valor contable exeda el 50 % del capital de la sociedad. f) Disponer investigaciones y auditorias especiales. g) Acordar la transformación, reorganización y disolución de la sociedad , asi como resolver sobre la liquidación h) Resolver en los casos en que la ley o el estatuto dispongan su intervención y en cualquier otro asunto que requiera el interés social. PRESIDENCIA Y SECRETARIA.- Las juntas generales serán presididas por el socio que designe la junta, desempeñándose como secretario el Gerente General. A falta de este por inasistencia o imposibilidad, cualquier socio designado por la misma Junta al instante .CONVOCATORIA.- El Gerente General convocara a la junta general de socios cuando lo ordene la ley, cuando lo establezca el estatuto, cuando sea conveniente

a loa fines sociales o la solicite notarialmente un número de socios que represente al menos de quinta parte del capital suscrito, expresándose en la solicitud los asuntos a tratar en este último caso. La junta debe ser convocada por los quince días siguientes a la recepción de la solicitud. FORMALIDADES.- La junta general deberá ser convocada por el gerente general mediante esquela dirigida a cada uno de los socios con cargo de recepción, conteniendo la indicación del día, la hora, el lugar de la reunión y las materias a tratar, la esquela deberá remitirse con anticipación no menor de 10 días para la celebración de la junta general obligatoria anual y no menor de 03 días tratándose de otras juntas. Podrá hacerse constar en la misma esquela, la fecha en la que si procediera, se reunirá la junta en segunda convocatoria, entre la primera y la segunda reunión deberá mediar no menos de tres ni más de diez después de la primera. La esquela deberá ser dirigida al domicilio que es socio señale al momento de ingresar a la sociedad JUNTA UNIVERSAL .- Se entenderá convocada y quedara válidamente constituida , siempre que estén presentes socios que representen la totalidad del capital suscrito y losa asistentes acepten por unimidad la celebración de la junta y lo asuntos a tratar QUORUM Y MAYORIAS .- Para la celebración de las juntas generales que traten cualquier asunto , se requiere en primera convocatoria la concurrencia de participaciones que representen al menos las dos terceras partes del capital suscrito , en segunda convocatoria , bastara que concurran participaciones que representen los tres quintos del capital suscrito , los acuerdos se adoptaran con el voto favorable de la mayoría , absoluta del capital social suscrito ,se requerirá un quorum y mayoría calificada para adoptar los acuerdos de : Modificación de estatutos , aumento o reducción de capital y enajenación en un solo acto de activos cuyo valor contable exeda el 50% del capital de la empresa , así como resolver sobre su liquidación . La sesión de junta general y los acuerdos adoptados en ella, deben constar en un libro de actas legalizadas conforme a ley, debiéndose observar las formalidades que establece el Art. 135° de la ley general de sociedades. DE LA GERENCIA.- La administración de la sociedad estará a cargo de la gerencia , que podrá estar representada por un gerente general y uno o más gerentes designados por la junta general de socios por plazo indeterminado , pudiendo ser removidos en cualquier momento por la junta general , sus facultades remoción responsabilidades se sujetan a lo dispuesto por los artículos 287° al 289°de la ley general de sociedades y tendrá las

facultades y remuneraciones que señale la junta general de sociedades y tendrá las facultades y remuneraciones que señale la junta general de socios . ATRIBUCIONES DEL GERENTE GENERAL.- El gerente general es el ejecutor de todas las disposiciones de la junta general y tiene la representación jurídica, comercial, administrativa y judicial de la sociedad y tendrá las siguientes facultades: 1) Dirigir las operaciones de la sociedad de conformidad con el estatuto y con las resoluciones de las juntas de participacionistas. 2) Mantener bajo custodia los bienes de la sociedad y cuidar de los libros y documentos. 3) Controlar las operaciones de caja así como que la contabilidad de la empresa se encuentre al día. 4) Contratar y remover en su caso, al personal de la empresa. 5) Presentar a la junta general para su aprobación la memoria anual y los estados financieros de la sociedad. 6) Velar por el cumplimiento oportuno de las obligaciones legales y pago de los tributos.

7) Cobrar las cantidades que se adeuden a la sociedad sea en cheque o en efectivo y exigir la entrega de los bienes muebles o inmuebles que le pertenezcan o cuya posesión corresponda a la sociedad pudiendo otorgar recibos cancelaciones y finiquitos sea por instrumento público o privado. 8) Firmar y autorizar ordenes de compras, pagos y cobranzas. 9) Suscribir la documentación, correspondencia y en general todo tipo de comunicación que requiera despachar o reciba la empresa. 10) Usar los sellos de la sociedad. 11) Celebrar con las limitaciones que dispone este estatuto , todo tipo de contratos tales como : contratos de trabajo , locación e servicios , locación de obra compra vente y arrendamiento de bienes muebles e inmuebles de depósito con sin garantía de seguros de suministros de mandato de comodato de donación de construcción de transporte ,publicidad de mutuo de garantías mobiliarias e hipoteca en forma activa o pasiva así como realizar la cancelación de las mismas de cuenta corriente de depósito a plazos o ahorro pudiendo abrir , operar y cerrar dichas cuentas ; de línea de crédito ya sea en cuenta corriente , advance , accounts y documentario de comisión mercantil de cesión de créditos , derechos y obligaciones en forma activa o pasiva de locación de derechos de arrendamiento financieros de facturación franquicia de fideicomiso de licencia ; afianzar obligaciones y gestionar el otorgamiento de cartas de fianza en forma activa o pasiva a favor de la sociedad o terceros otorgar avales solidarios o mancomunados contrato de consorcio de asociación en general de participación de compra venta , depósito y retiro de valores y celebrar otros contratos no mencionados en la relación que antecede , regulado específicamente o no en el código civil , código de comercio , ley general de sociedades , ley general del sistema financiero y del sistema de seguros , ley del mercado de valores , ley de propiedad industrial y en otras leyes especiales en general suscribir los contratos que requiera el funcionamiento de la empresa , en este marco podrá con sujeción a las limitaciones que el presente estatuto le impone , otorgar , vender , enajenar permutar , transferir o gravar en cualquier otra forma permitida por la ley , valores bienes muebles e inmuebles de la sociedad fijando los términos y condiciones de los respectivos contratos así como adquirir bienes de capital contratar obras o prestación de servicios . 12) Abrir , transferir , cerrar y encargarse del movimiento de todo tipo de cuentas bancarias ; girar y cobrar cheques ante cualquier banco o institución financiera aceptar letras de cambio y suscribir vales y pagares descontar dichos documentos reaceptar , renovar , endosar o realizar cualquier tipo de operaciones con títulos valores arrendar cajas de seguridad abrirlas y cancelarlas obtener y endosar warrants , certificados de depósito y documentos de embarque contratar renovar y endosar pólizas de seguros afectar depósitos de ahorro en cuenta corriente o a plazos sobregirarse en cuenta corriente con garantía o sin ella celebrar contratos de créditos con proveedores clientes o terceros . 13) Representar a la empresa ante las autoridades aduaneras en el Perú o en el extranjero así como para todos los actos que resulten necesarios para la

finalización satisfactoria de las gestiones y procedimientos requeridos en operaciones de comercio internacional , sea de importacion , exportación , admisión temporal . 14) Intervenir a nombre de la empresa en concursos de precios , licitaciones publicas o privadas al igual que presentarse como postor en remates y adjudaciones, asistir a la presentación y apertura de sobres, en general a suscribir los documentos y/o contratos que se deriven de dichas licitaciones y en su caso formular reclamos e interponer recursos impugnatorios que permite la ley. 15) Pedir declaratoria de insolvencias o quiebras y en general representar a la sociedad ante la comisión de salida del mercado del indecopi o su entidad delegada en los procedimientos concursales que establezcan la ley general del sistema concursal . 16) Representar a la sociedad en la constitución de toda clase de personas jurídicas como asociaciones, comités,etc.sociedades comerciales ,asociaciones en participación ,consorcio ,joint ventures y demás contratos asociativos determinando la participación de la sociedad en el capital social ,las condiciones del pacto y estatuto social o los términos del contrato asociativo según corresponda . 17) Ejercer la representación judicial de la sociedad ante el fuero ordinario y fueros privativos con las facultades generales del poder para pleitos y las especiales de prestar confesión , reconer documentos , sustituir el poder para pleitos y reasumirlos cuando lo tenga por conveniente , nombrar apoderados judiciales y removerlos , intervenir en audencias , demandar reconvenir contestar demandas nuevas y reconvenciones desistirse del proceso y de la pretensión , allanarse conciliar , transigir judicial o extrajudicialmente y somete a arbitraje las cuestiones pendientes o por promover y en general las facultades señaladas por los artículos 74 y 75 del código procesal civil . 18) Representar a la sociedad ante las autoridades políticas , administrtivas municipales , tributarias con la facultad de presentar toda la clase de recursos y reclamaciones , desistirse de ellas y cobrar devoluciones . 19) Representar a la sociedad con la mayor amplitud en todos los actos procesales ante las autoridades laborales juzgados y salas de trabajo suscribiendo los recursos a que hubiere lugar , celebrando convenios individuales o colectivos prestar confesión reconocer documentos celebrar conciliaciones y practicar todos los demás actos del procedimiento en general del trabajo . 20) Otorgar poderes.

NOMBRAMIENTO DEL GERENTE Y SUB GERENTE DE LA SOCIEDAD.- Queda Designado Como Gerente General: Wilder Jhon Saldaña Malaver, Identificado Con Documento Nacional De Identidad 71562459, Con Domicilio En: Av. Tupac Amaru 1272, Distrito De Cajamarca, Provincia De Cajamarca, Departamento De Cajamarca. Asi Mismo, Se Designa Como Sub Gerente De La Sociedad A Maricielo Cuelvas Yepez, Identificado Con Documento Nacional De Identidad 75121676 Con Domicilio En Jr.Jose Olaya S/N, Distrito De San Miguel, Provincia De San Miguel, Departamento De Cajamarca. Quien Tendrá Las Siguientes Facultades: Reemplazar Al Gerente En Caso De Ausencia. Intervenir En Forma Conjunta Con El Gerente General, En Los Casos Previstos En Los Incisos C, D, E Y F Del Artículo 8º Del Estatuto.