[Fecha] Normatividad laboral Unidad 1 Actividad 1. Legislación laboral Nombre del estudiante: Oswaldo Reyes García Fol
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Normatividad laboral Unidad 1 Actividad 1. Legislación laboral
Nombre del estudiante: Oswaldo Reyes García Folio escolar: ES1822022942 Docente: JUAN PABLO RESENDIZ REYNOSO
Fecha: 10 de abril,2020.
Derechos de los trabajadores.
Para trabajo igual debe corresponder salario igual; sin tener en cuenta sexo, ni nacionalidad. Tanto los obreros como los empresarios tendrán derecho para coaligarce en defensa de sus respectivos intereses.
Los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de las empresas.
Derechos de los trabajadores
Por cada seis dias de trabajo se debera disfrutar de 1 dia de descanzo cuando menos.
Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social y ella comprenderá seguros de invalidez, enfermedades, accidentes, servicios de guarderia ,etc.
Toda persona puede elegir su profesion, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.
obligaciones del trabajador
Obligaciones de los trabajadores:
Artículo 349. Los trabajadores están obligados a atender con esmero y cortesía a la clientela del establecimiento. Cumplir con las medidas preventivas e higiénicas que acuerden las autoridades para la seguridad y protección personal de los trabajadores.
Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos.
Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo.
Guardar escrupulosamente los secretos técnicos, comerciales y de fabricación de los productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente.
obligaciones de los patrones:
Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos.
Brindar un lugar seguro para guardar los instrumentos y útiles de trabajo pertenecientes al trabajador cuando deban permanecer en el lugar en que prestan los servicios.
Conceder a los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las selecciones populares y para el cumplimiento de los servicios de jurados, electorales y censales.
Tipos de contratos:
Pagar a los trabajadores salarios e indemnizaciones.
Obligaciones de los patrones
Lograr la alfabetización de los trabajadores.
contrato por obra determinada
contrato por tiempo determinado
contrato por tiempo indeterminado
Bibliografías:
Se traduce en el vínculo legal entre patrón y trabajador cuando,atendiendo a la naturaleza del servicio que se presta, sólo existe para desarrollar una obra determinada.
Es aquél que celebran patrón y trabajador excepcionalmente con una duración específica y solamente por las hipótesis que la Ley Federal del Trabajo permite.
Es la forma normal de contratar aplicable por regla general en la que se crea un vínculo legal entre patrón y trabajador por virtud del servicio que, de manera personal y subordinada, prestará el segundo de los mencionados. Puede incorporarse previo a la definitividad una contratación por un periodo de prueba, con el objeto de verificar que el trabajador cumpla con los requisitos para la prestación del servicio.
Ramírez Juárez, Claudia Lizbeth (2012). EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO LABORAL EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. Revista Latinoamericana de Derecho Social, (14), 215-235. [Fecha de consulta 10 de abril de 2020]. ISSN: 1870-4670. Disponible en: https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=4296/429640269008