Normas que regulan la publicidad en Venezuela

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Instituto Universitario de Tecnología «Antonio José de Sucre» Extensión Barquisimeto

NORMAS QUE REGULAN LA PUBLICIDAD En Venezuela

Por Edgar Salero C.I.: 16.002.108

ALGO DE HISTORIA • En Venezuela existen muchas leyes que regulan la publicidad, la mas antigua de todas ellas es la Ley del ejercicio de la farmacia promulgada en 1928 , donde se prohibía toda publicidad de medicinas sin la debida autorización sanitaria con el fin de no engañar a los consumidores.

• Luego en 1941 se prohibía la publicidad de medicamentos para enfermedades venéreas y a su vez iniciaban las restricciones publicitarias en este caso con la radio con el reglamento de radio difusión imponiendo restricción de tiempo y apalabras a los comerciales.

MARCO LEGAL • Según la pirámide de Hans Kelsen debemos comenzar nuestro marco legal con la constitución que es de donde emanan todas las leyes. • La constitución en su articulo 117 estipula que: «todas las personas tendrán derecho a disponer de bienes y servicios de calidad, así como a una información adecuada y no engañosa sobre el contenido y características de los productos y servicios que consumen, a la libertad de elección y a un trato equitativo y digno». • En el país existe un cuerpo legislativo que está incidiendo en la dinámica publicitaria, en el presente cuadro se presentan algunas de las principales leyes vinculantes con el ejercicio publicitario.

• Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (1999). • Ley de Responsabilidad en Radio y Televisión (2011). • Ley para la defensa de las personas en el acceso de los vienes y servicios (2010). • Ley de impuesto sobre alcohol y especies alcohólicas (2007).

• Ley orgánica de salud (1998). • Ley de ejercicio de la farmacia (1928). • Ley general de bancos y otras instituciones financieras (2001). • Ley de costos y precios justos (2011).

• Ley de derecho de autor (1993). • Ley de propiedad industrial (1956) • Ley para promover y proteger el ejercicio de la libre competencia (1992)

• En cuanto a la ética publicitaria, no existe una ley que regule su funcionamiento en su totalidad depende de la normativa de la Asociación Nacional de Anunciantes ANDA y la Federación Venezolana de Anunciantes FEVAP, en el caso venezolano y leyes que hacen mención a algunos aspectos a ser tomados en cuenta para su funcionamiento.

PUBLICIDAD DE CIGARRILLOS • Las publicidad de cigarrillos deben contener que fumar es nocivo para la salud, también se prohíbe la promoción del consumo o que induzca el consumo de cigarrillos. • El periodo presidencial de Luis Herrera Campins es el mas activo en este aspecto donde se promulgaron varios decretos. • Se prohíbe la publicidad que induzca al consumo de cigarrillos

PUBLICIDAD DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS • La ley de transito prohíbe colocar publicidad que induzca al consumo de alcohol. • La ley del deporte prohíbe la promoción de licores en instalaciones deportivas o difusión durante eventos. • Se prohíbe la publicidad por televisión que induzca al consumo de bebidas alcohólicas.

PUBLICIDAD DE ARMAS DE FUEGO • Esta completamente prohibida por cualquier medio de difusión masiva.

PUBLICIDAD ENGAÑOSA O SUBLIMINAL • Es aquella que las características del anuncio son distintas a las del producto en si, esto también abarca los precios y esta prohibida, al igual que se obliga que las pautas sean en idioma castellano y con una duración no mayor a los 15 minutos por cada 70 minutos de transmisión. • La ley de protección al consumidor condena la publicidad subliminal se encuentra prohibida por que afecta de manera negativa al consumidor.

• En síntesis todas estas leyes, normas y decretos buscan como lo reza la constitución un trato equitativo y digno, con el fin de proteger al consumidor en especial a los mas débiles los niños que están expuestos a una serie de publicidad no adecuada para su edad y desarrollo.

Por una publicidad responsable.