Norma Boliviana Nb 69011

NORMA BOLIVIANA Residuos sólidos peligrosos - Manipulación y almacenamiento temporal de residuos peligrosos ICS 13.030.

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NORMA BOLIVIANA

Residuos sólidos peligrosos - Manipulación y almacenamiento temporal de residuos peligrosos ICS 13.030.10 Residuos sólidos SEPTIEMBRE 2005

Instituto Boliviano de Normalización y Calidad

NB 69011

Prefacio La elaboración de la Norma Boliviana NB 69011-05 “Residuos sólidos peligrosos Manipulación y almacenamiento temporal de residuos peligrosos”, ha sido encomendada al Comité Técnico Normalizador N° 6.9 Residuos sólidos, integrado por las siguientes instituciones y personas: INSTITUCIÓN

REPRESENTANTE

Lemus Eddy Cárdenas Jaime Colomo Claudia Esprella Rocío Guzmán M. Franco Maldonado Gonzalo Murillo Gabriela Palacios Carolina Palacios Z. Natalia Romero Christian Salgueiro Virginia Tejeda Zusan Villagra Mario Lima Gonzalo

VISB - Proyecto RSIP (Coordinador) GMLP - SIREMU MDS - Proyecto COP´s MDS - Proyecto COP´s FEBOPI MDS - VRNMA - Proyecto COGO VICE - Proyecto RASIM CNI QUEBRACHO AMBIENTAL S.R.L. CNI - CPTS GMEA - Dirección de Medio Ambiente GECMA Min. Salud y Deportes IBNORCA

Fecha de aprobación por el Comité Técnico 2005-08-18 Fecha de aprobación por el Consejo Rector de Normalización 2005-08-25 Fecha de ratificación por la Directiva de IBNORCA 2005-09-09

IIBNORCA

NORMA BOLIVIANA

NB 69011

Residuos sólidos peligrosos - Manipulación y almacenamiento temporal de residuos peligrosos 1

OBJETO

Esta norma establece los requisitos mínimos que deben cumplir las Unidades generadoras de residuos peligrosos, en cuanto a su manipulación y almacenamiento temporal al interior de sus predios. 2

CAMPO DE APLICACION

La presente norma establece las condiciones para la manipulación y almacenamiento temporal de residuos sólidos peligrosos que toda unidad generadora o empresa de servicio contratada debe cumplir. Asimismo, establece los aspectos para acondicionar los contenedores que serán sometidas a transporte con destino a procesos de reciclaje, tratamiento o al sitio de confinamiento. 3

REFERENCIA

NB 753 NB 754 NB 758

Residuos sólidos – Pruebas de extracción para constituyentes que hacen de un residuo, peligroso por su toxicidad al ambiente Residuos sólidos – Procedimiento para determinar la incompatibilidad entre dos o más residuos sólidos considerados peligrosos Residuos sólidos - Características, listados y definición de residuos peligrosos

NB 69010 Residuos sólidos peligrosos – Características de los Contenedores de Almacenamiento Temporal 4

ASPECTOS GENERALES

Para manipular y almacenar residuos sólidos especiales peligrosos, de manera temporal al interior de los predios de la unidad industrial o a cargo de terceros, debidamente acondicionados y autorizados, se debe contar con suficiente personal capacitado y de manera permanente. 6 CONDICIONES PELIGROSOS

MINIMAS

DE

MANIPULACION

DE

RESIDUOS

SÓLIDOS

Para la manipulación de los residuos sólidos peligrosos se deben tomar en cuenta los siguientes aspectos: 6.1 PERSONAL 6.1.1 El personal encargado de la manipulación de residuos debe estar capacitado para el efecto y someterse a programas de entrenamiento ante contingencias y emergencias. 6.1.2 El personal encargado del manejo de residuos sólidos peligrosos debe contar con la indumentaria y equipo de protección de seguridad e higiene industrial.

1

NB 69011 6.1.3 El personal debe someterse una vez al año a exámenes de salud ocupacional. El diagnóstico debe ser de conocimiento del responsable legal de la unidad industrial, para fines consiguientes. 6.2 EQUIPOS 6.2.1 De acuerdo al volumen, forma y peso de los contenedores, se debe disponer de equipos y herramientas adecuadas. 6.2.2 Los equipos de manejo, como montacargas y otros deben tener mantenimiento adecuado para evitar cualquier contingencia. 6.3 REGISTROS E INVENTARIOS 6.3.1 El Area de Almacenamiento Temporal debe desarrollar y mantener un Registro o inventario de residuos sólidos almacenados indicando la fecha y hora de su ingreso así como su procedencia. 6.3.2 De la misma manera, se debe mantener registro de su salida del Area de Almacenamiento Temporal. 6.3.3 Se debe disponer información técnica actualizada referida a las características de los residuos peligrosos almacenados y que debe ser de conocimiento del personal a cargo del almacenamiento. 6.3.4 Disponer a la entrada, un libro de Registro de Ingreso de personas indicando sus datos personales, motivo del ingreso, día y hora. 7 CONDICIONES MINIMAS DE ALMACENAMIENTO TEMPORAL DE RESIDUOS SÓLIDOS PELIGROSOS En cuanto al almacenamiento de residuos sólidos peligrosos se deben observar los siguientes aspectos: 7.1 CAPACIDAD 7.1.1 Los residuos deben ocupar hasta el noventa por ciento (90 %) de la capacidad de cada contenedor. 7.1.2 Todo contenedor que contiene residuos sólidos debe estar herméticamente cerrado. 7.2 UBICACIÓN DE CONTENEDORES 7.2.1 Los contenedores cerrados herméticamente deben depositarse de manera firme, estable y en forma ordenada, para su fácil ubicación. 7.2.2 Cada contenedor debe ubicarse de manera que facilite la lectura de su etiqueta que describe su contenido y las características de este. 7.2.3 Se debe procurar que las operaciones se desarrollen de manera unidireccional 7.3 AREAS DE COMPATIBILIDAD 7.3.1 Para la disposición de residuos sólidos peligrosos, debe observarse los criterios de incompatibilidad entre residuos peligrosos descritos en la norma NB 754 7.3.2 El almacenaje de los residuos peligrosos se debe efectuar en el contenedor específico 7.3.3 Los contenedores de residuos peligrosos similares y compatibles, se deben depositar en un mismo sector y separados de aquellos con los que existe incompatibilidad. 2

NB 69011 7.4 MANTENIMIENTO DEL AREA DE ALMACENAMIENTO 7.4.1 El mantenimiento preventivo del Área de Almacenamiento Temporal debe estar incluido en el Programa General de Mantenimiento de la Planta Industrial. 7.4.2 Mediante inspecciones periódicas, se debe tener en cuenta la vigencia de los extintores de fuego y verificar la presión y temperatura de contenedores que contienen residuos que generan gases y vapores. 7.4.3 Se debe garantizar la legibilidad del texto de las etiquetas de cada contenedor así como de los letreros informativos. 7.4.4 Verificar el mantenimiento de la señalización adecuada al lugar. 7.4.5 Estará prohibido fumar en el recinto de almacenamiento temporal 8

HOJA DE SEGURIDAD

Para cada contenedor debe existir un registro escrito y autorizado denominado Hoja de Seguridad, con las siguientes características: 8.1 Corresponderá una Hoja de Seguridad para cada contenedor. 8.2 Registrará información referida a las características de residuo sólido peligroso que contiene: tipo de peligrosidad, origen, peso neto, peso bruto, fecha de almacenamiento, fecha de expiración. Su formato se adjunta en el Anexo 1. 8.3 El conjunto de Hojas de Seguridad se ordenarán en un archivo a disposición de los inspectores y autoridades pertinentes. 9

BIBLIOGRAFIA

§ §

Ley 1333 del Medio Ambiente de 27 de abril de 1992 D.S. 26736. Reglamento Ambiental para el Sector Industrial Manufacturero. Julio 2002.

3

NB 69011 Anexo 1 - Formato Hoja de Seguridad

Actividad Industrial _________________________________Hoja Nº_____________ Representante Legal ___________________________________________________ Dirección __________________________________________Teléfono __________ Contenedor Nº ___________________Fecha de envasado_____________________ Descripción del Contenido ______________________________________________ Característica de Peligrosidad ___________________________________________ Peso Bruto del Contenedor ______________ kg

Peso Neto ______________kg

Procedencia _________________________________________________________ Periodo Previsto de Almacenamiento _________ Fecha de extinción ____________ Destino post – almacenamiento temporal ___________________________________

Firma Responsable

Lugar ________________ Fecha _____________________________________

4

NB 69011 2005

IBNORCA: Instituto Boliviano de Normalización y Calidad IBNORCA creado por Decreto Supremo N° 23489 de fecha 1993-04-29 y ratificado como parte componente del Sistema Boliviano de la Calidad (SNMAC) por Decreto Supremo N° 24498 de fecha 1997-02-17, es la Organización Nacional de Normalización responsable del estudio y la elaboración de Normas Bolivianas. Representa a Bolivia ante los organismos Subregionales, Regionales e Internacionales de Normalización, siendo actualmente miembro activo del Comité Andino de Normalización CAN, del Comité Mercosur de Normalización CMN, miembro pleno de la Comisión Panamericana de Normas Técnicas COPANT , miembro de la International Electrotechnical Commission IEC y miembro correspondiente de la International Organization for Standardization ISO. Revisión Esta norma está sujeta a ser revisada permanentemente con el objeto de que responda en todo momento a las necesidades y exigencias actuales. Características de aplicación de Normas Bolivianas Como las normas técnicas se constituyen en instrumentos de ordenamiento tecnológico, orientadas a aplicar criterios de calidad, su utilización es un compromiso conciencial y de responsabilidad del sector productivo y de exigencia del sector consumidor. Información sobre Normas Técnicas IBNORCA, cuenta con un Centro de Información y Documentación que pone a disposición de los interesados Normas Internacionales, Regionales, Nacionales y de otros países. Derecho de Propiedad IBNORCA tiene derecho de propiedad de todas sus publicaciones, en consecuencia la reproducción total o parcial de las Normas Bolivianas está completamente prohibida.

Derecho de Autor Resolución 217/94 Depósito Legal N° 4 - 3 - 493-94

Instituto Boliviano de Normalización y Calidad Av. Busch Nº 1196 - Casilla 5034 - Teléfonos: (591-2) 2223738 - 2223777 - Fax (591-2) 2223410 [email protected] - La Paz - Bolivia Formato Normalizado A4 (210 mm x 297 mm) Conforme a Norma Boliviana NB 723001:2002