Nic 41 Caso Practico

NIC 41 Producción de activo biológico con ganancia El centro piscicultor Pez de Oro, ubicado en Puno, contando con el pe

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NIC 41 Producción de activo biológico con ganancia El centro piscicultor Pez de Oro, ubicado en Puno, contando con el permiso de la autoridad de la región Puno en el año 2017, capturó en el lago Titicaca 2,000 truchas para la crianza y posterior venta en los mercados de la localidad. En ese momento, el valor razonable de cada trucha es de S/ 3.50, dado que aún están en pleno crecimiento. Se incurrió durante el ejercicio económico en desembolsos para la compra de alimentos para los peces por el importe de S/ 2,000. Transcurrido un año, la población de truchas aumentó con la ovulación de 100,000 larvas con un valor razonable de S/ 50 el millar, según mercado activo del citado producto piscícola; en tanto, las anteriores especies alcanzaron su estado maduro, siendo su nuevo valor razonable en el mercado, menos los costos en el punto de venta, de S/ 5.00 cada trucha. ¿Cómo aplicar el valor razonable? Año 2017 a) Reconocimiento inicial de las truchas (2,000 unidades x S/ 3.50 c/u = S/ 7,000)

Comentarios • Los activos biológicos en desarrollo, según la NIC 41 Agricultura, son aquellos que están en crecimiento; es decir, aún no alcanzan su adultez o etapa productiva. Serán registrados en la cuenta 352 Activos biológicos en desarrollo. • Cuando los activos biológicos culminen su desarrollo, de acuerdo a su ciclo evolutivo, los saldos serán reclasificados o transferidos a las respectivas cuentas específicas de la cuenta 351 Activos biológicos en producción.

• Conforme lo estipula la mencionada NIC 41, el activo biológico debe ser medido, al momento de su reconocimiento inicial a su valor razonable proporcionado por un mercado activo, que por lo general es equivalente al costo de adquisición; esto último no es aplicable en el presente caso, se tomará como referencia el valor de mercado de la citada especie hidrobiológica. • El incremento de la utilidad por medición al valor razonable de las truchas adultas por el importe de S/ 8,000, y en las truchas en crecimiento (larvas) de S/ 5,000, generan diferencia temporaria, en correspondencia con la NIC 12 Impuesto a las Ganancias; por lo que será necesario reconocer el impuesto a la renta diferido pasivo (cuenta 491) a la tasa del 29.50 %. Para el presente caso alcanza el monto de S/ 3,835. • El impuesto a la renta diferido será regularizado en el ejercicio gravable respectivo, conforme se efectúe la venta de la especie hidrobiológica en mención.