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“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria” Universidad Nacional De Tumbes Facultad De Ci

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“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria”

Universidad Nacional De Tumbes Facultad De Ciencias Económicas Escuela De Contabilidad

PROGRAMA ESPECIAL DE TITULACIÓN CONTABILIDAD FINANCIERA

DOCENTE: CPC. JULIO RAÚL MENA PRECIADO

ALUMNA: CINTHIA MILAGROS REQUEJO CRUZ

UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS ESCUELA DE CONTABILIDAD

PROGRAMA ESPECIAL DE TITULACIÓN CONTABILIDAD FINANCIERA

TUMBES, AGOSTO DE 2013

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PROGRAMA ESPECIAL DE TITULACIÓN CONTABILIDAD FINANCIERA

INDICE I.

INTRODUCCIÓN

.………………………….…...................................................

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II.

OBJETIVOS

.………………………….…..............................................................

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III. MARCO TEORICO III.1 Reseña histórica …………………………………………………………………… III.2 Cronología …………………………………………………………………… III.3 NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD (NIC)

06 07

NIC 1 - Presentación de Estados Financieros .………………………….….... NIC 2 – Inventarios .………………………………………………….…....... NIC 7 - Estado de flujos de efectivo ………………………………………... NIC 8 - Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores .………………………….…................................................... NIC 10 - Hechos ocurridos después del periodo sobre el que se Informa .………………………….…........................................................ NIC 11 - Contratos de construcción ………………………………………… NIC 12 - Impuesto a las ganancias ………………………………………... NIC 16 - Propiedades, planta y equipo ………………………………………... NIC 17 - Arrendamiento …………………………….……………………….…... NIC 18 - Ingresos de actividades ordinarias ………………..…………………... NIC 19 - Beneficios a los empleados ………………………………………... NIC 20 - Contabilización de subvenciones oficiales e información a revelar sobre ayudas gubernamentales ……………………………….. NIC 21 - Efectos de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera …………………………………………………. NIC 23 - Costos por préstamos …………………………………………………. NIC 24 - Información a revelar sobre partes relacionadas ………………. NIC 26 - Contabilización e información financiera sobre planes de beneficio por retiro …………………………………………………….… NIC 27 - Estados financieros separados .………………………….…................ NIC 28 - Inversiones asociadas y negocios conjuntos .………………………. NIC 29 - Información financiera en economías hiperinflacionarias …….... NIC 31 - Información financiera sobre los intereses en negocios conjuntos … NIC 32 - Instrumentos Financieros: Presentación …..………………………….. NIC 33 - Ganancias por acción .………………………….……………………….. NIC 34 - Información financiera intermedia .………………………….….... NIC 36 - Deterioro del valor de los activos …………………..................... NIC 37 - Provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes ……… NIC 38 - Activos intangibles …………………………………………………. NIC 39 - Instrumentos financieros: reconocimiento y medición ……………....

09 10 11

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12 13 13 14 15 15 16 17 19 19 20 21 21 23 23 24 25 26 28 29 29 31 31 33

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NIC 40 - Propiedades de inversión ………………………………………………. NIC 41- Agricultura …………………………………………………………. III.4 NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) …. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13

Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera …………………………………………………. Pagos basados en acciones ………………………………………………… Combinaciones de negocios ………………………………………………… Contratos de seguro ……………………….. ……………………………….. Activos no correspondientes mantenidos para la venta y Operaciones discontinuas ……………………………………….………... Exploración y evaluación de recursos minerales ……………………….. Instrumentos financieros: Información a revelar ……………………….. Segmentos de operaciones ……………………………………………….... Instrumentos financieros ………………………………………….……… Estados financieros consolidados ………………………………………... Acuerdos conjuntos ……………………………………………………..….. Información a revelar sobre participaciones en otras entidades ……..…… Medición del valor razonable ……………………………………….………...

35 36 37 38 39 39 40 41 42 43 44 45 45 46 47 48

IV. CASO PRACTICO

……………………………………………………………………

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V. CONCLUSIONES

……………………………………………………………………

60

VI. RECOMENDACIONES ……………………………………………………………………

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VII. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS

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………………………………………………….

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INTRODUCCIÓN

Desde el año 1973 cuando se creó el IASC (International Accounting Standards Committee), como una entidad privada e independiente, por acuerdo de Estados Unidos, México y algunos países Europeos, ha sido preocupación la presentación de información financiera suficiente y de calidad que ayude a los partícipes de los mercados financieros mundiales y a otros usuarios en la toma de decisiones económicas. Hoy en día las actividades del IASC, relacionadas con los estándares contables, son conducidas por el IASB (International Accounting Standards Board) compuesto por 14 miembros (12 de tiempo completo y dos de medio tiempo) procedentes de varios países cuya responsabilidad es preparar y emitir estándares internacionales de reporte de información financiera (antes Normas Internacionales de Contabilidad –NIC o IAS en Inglés). El IASB expide los Estándares Internacionales de Reporte de Información Financiera (en inglés IFRS – International Financial Reporting Standards), los cuales hoy en día comprenden 34 Estándares vigentes (emitidos por el IASC) y un IFRS expedido recientemente. Muchos países del Mundo han venido tomando como punto de referencia para hacer sus propias normas contables a las NICs (IFRS) y algunos otros las aceptan como sus propias normas, todo esto y en especial debido a la globalización e internacionalización de la economía que eliminó fronteras y facilitó la realización de negocios desde y hacia cualquier parte de casi todo el Mundo.(1) Por otra parte es conveniente resaltar también el estudio de las Normas Internacionales de Información Financiera que corresponden a un conjunto único de normas legalmente exigibles y globalmente aceptadas, comprensibles y de alta calidad basados en principios claramente articulados que requieren que los estados financieros contengan información comparable, transparente y de alta calidad, que ayude a los inversionistas, y a otros usuarios, a tomar decisiones económicas. Se remplaza el término contabilidad por el de información financiera. Las NIIF son un tema de calidad contable y de transparencia de la información financiera, más que un nuevo marco contable. Para dar un mejor entendimiento de este estudio acerca de las normas internacionales y las normas de información financiera, se dará a conocer su historia, sus objetivos, que significan para este mundo globalizado, definiendo con la mayor precisión cada una de estas normas. Y para terminar, una breve conclusión que nos hablará de lo más rescatable de las normas internacionales de Contabilidad. "El conocimiento es un regalo que se da a todo aquél que lo quiera recibir.

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II. OBJETIVOS:

2.1

Objetivo General:  Conocer y aplicar en nuestra labor diaria las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), así como también la Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), para mostrar información uniforme y entendible universalmente.

2.2

Objetivos Específicos:  Conocer específicamente el contenido y la aplicación de cada Norma Internacional de Contabilidad (NIC).

 Conocer el contenido y aplicación de cada Norma Internacional de Información Financiera (NIIF).

 Aplicar en nuestra labor diaria el uso de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC).

 El objetivo de las NIIF es ayudar a los participantes en los mercados de capitales de todo el mundo, y a otros usuarios, a tomar decisiones económicas.

 Estandarizar de alta calidad contable, donde lo que interesa en la información con propósito financiero y no únicamente los requisitos legales (esencia sobre forma).

 Considerar a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) no como un nuevo marco contable o modelo contable si no como una buena práctica en materia de información financiera.

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III. MARCO TEORICO: 3.1 RESEÑA HISTÓRICA: Todos en el área de contabilidad hemos oído hablar de las diferentes instituciones a nivel internacional y nacional que agrupan nuestra profesión, y nos surge la interrogante ¿Quiénes emiten las NIC?, la respuesta debe ser daba con un poco de historia. Todo empieza en los estados unidos de América, cuando nace el APB-Accounting Principles Board (consejo de principios de contabilidad), este consejo emitió los primeros enunciados que guiaron la forma de presentar la información financiera. Pero fue desplazado porque estaba formado por profesionales que trabajaban en bancos, industrias, compañías públicas y privadas, por lo que su participación en la elaboración de las normas era una forma de beneficiar su entidades donde laboraban.(2.a) Luego surge el fasb - financial accounting Standard Board (Consejo de Normas de Contabilidad Financiera), este comité logro (aun esta en vigencia en EE.UU., donde se fundó) gran incidencia en la profesión contable. Emitió un sinnúmero de normas que transformaron la forma de ver y presentar las informaciones. A sus integrantes se les prohibía trabajan en organizaciones con fines de lucro y si así lo decidían tenía que abandonar el comité FASB. Solo podían laborar en instituciones educativas como maestros. Conjuntamente con los cambios que introdujo el FASB, se crearon varios organismos, comité y publicaciones de difusión de la profesión contable: AAA-American Accounting Association (Asociación Americana de Contabilidad). ARB - Accountingrese Archbulletin (boletín de estudios contable) ASB - Auditing Standard Board (Consejo de Normas de Auditoria). AICPA - American Institute of Certified Public Accountants (Instituto Americano de Contadores Públicos), entre otros.(2.a) Al paso de los años las actividades comerciales se fueron internacionalizando y así mismo la información contable. Es decir un empresario con su negocio en América, estaba haciendo negocios con un colega japonés. Esta situación empezó a repercutir en la forma en que las personas de diferentes países veían los estados financieros, es con esta problemática que surgen las normas internacionales de contabilidad, siendo su principal objetivo: "La uniformidad en la presentación de las informaciones en los estados financieros", sin importar la nacionalidad de quien los estuvieres leyendo interpretando. Es en 1973 cuando nace el IASC - International Accounting Standard Committee (Comité de Normas Internacionales de Contabilidad) por convenio de organismos profesionales de diferentes países: Australia, Canadá, estados unidos, México, Holanda, Japón y otros. Cuyo organismo es el responsable de emitir las NIC. Este comité tiene su sede en Londres, Europa y se aceptación es cada día mayor en todo los países del mundo.

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El éxito de las NIC está dado porque las normas se han adaptado a las necesidades de los países, sin intervenir en las normas internas de cada uno de ellos. Esto así por las normas del FASB respondía a las actividades de su país, Estados Unidos, por lo que era en muchas ocasiones difícil de aplicar en países sub - desarrollados como el nuestro.(2.b) El comité de normas internacionales de contabilidad esta consiente que debe seguir trabajando para que se incorporen los demás países a las NIC. Porque aparte de su aceptación en país más poderoso del mundo, no ha acogido las NIC como sus normas de presentación de la información financiera, sino que sigue utilizando los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptado o PCGA. Esta situación provoca que en muchos países, se utilicen tanto las NIC, como los PCGA. Por la siguiente razón, por ejemplo un país se acogió a las NIC, pero cuenta con un gran número de empresas estadounidenses, por lo tanto deben preparar esos estados financieros de acuerdo a los PCGA y no como NIC. Situación que se espera que termine en los próximos años, ya que como son muchos los países que están bajo las NIC (la Unión Europea se incorporó recientemente) y cada día serán menos los que sigan utilizando los PCGA.

3.2 CRONOLOGÍA: 1973 Acuerdo fundacional del Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (IASC) rubricado por representantes de los organismos profesionales de contabilidad de Australia, Canadá, Francia, Alemania, Japón, México, Países Bajos, Reino Unido / Irlanda, y Estados Unidos. Se designan comités de seguimiento para los tres primeros proyectos del IASC. 1975 Se publican las primeras NIC definitivas: NIC 1 (1975), Revelación de Políticas Contables, y NIC 2 (1975), Valoración y Presentación de Inventarios en el Contexto del Sistema de Costo Histórico. 1982 El Consejo del IASC se amplía a 17 miembros, incluyendo miembros de 13 países designados por el Consejo de la Federación Internacional de Contables (IFAC) y 4 representantes de organizaciones relacionadas con la presentación de información financiera. Todos los miembros del IFAC son a su vez miembros del IASC. IFAC reconoce y considera a IASC como el emisor de normas internacionales de contabilidad. 1989 La Federación Europea de Contabilidad (FEE) apoya la armonización internacional y una mayor participación europea en IASC. IFAC adopta directrices provenientes del sector público para requerir a los órganos de dirección de las empresas públicas el seguimiento de las NIC. 1994 Establecimiento de un Consejo Consultivo del IASC con responsabilidades de supervisión y financiación.

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1995 La Comisión Europea respalda el acuerdo entre el IASC y la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO) para completar las normas fundamentales y determinar que las multinacionales pertenecientes a los países de la Unión Europea deberían adoptar las NIC. 1996 La Comisión Norteamericana del Mercado de Valores (SEC) muestra su apoyo a los objetivos del IASC para desarrollar, a la mayor brevedad, un conjunto de normas contables a utilizar en la preparación de los estados financieros para emisiones internacionales de valores. 1997 Se constituye el Comité de Interpretaciones Permanente (SIC), formado por 12 miembros con derecho a voto. Su misión es crear interpretaciones de las NIC para que el IASC las apruebe definitivamente. Se crea un grupo de trabajo estratégico con objeto de elaborar recomendaciones que permitan mejorar la estructura y el funcionamiento futuros del IASC. 1998 IFAC/IASC amplía su composición a 140 miembros pertenecientes a 101 países. IASC finaliza la elaboración de las normas fundamentales con la aprobación de la NIC 39. 1999 Los Ministros de Finanzas del G7 y el FMI impulsan su apoyo a las Normas Internacionales de Contabilidad con el fin de "Fortalecer la Arquitectura Financiera Internacional". El Consejo del IASC aprueba unánimemente su restructuración en un consejo de 14 miembros (12 a tiempo completo) bajo un consejo de administradores independiente. 2000 La IOSCO recomienda que sus miembros permitan a los emisores multinacionales la utilización de las normas elaboradas por el IASC en las emisiones y colocaciones internacionales de valores. Se constituye un comité de designaciones puntuales, presidido por el Presidente de la SEC Arthur Levitt, para designar a los Administradores que supervisarán la nueva estructura del IASB. Los miembros del IASC aprueban su restructuración y la Constitución de un nuevo IASC.(2.a) El Comité de Designaciones nombra a los primeros administradores. Los administradores nombran a Sir David Tweedie (presidente del Consejo de Normas de Contabilidad de Reino Unido) como el primer Presidente del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad reestructurado. 2001 Se publican los miembros y se anuncia el nuevo nombre del IASB. Se constituye también la Fundación del IASC. El 1 de abril de 2001, el nuevo IASB asume las principales responsabilidades del IASC en relación con la emisión de las normas de contabilidad. Las NIC y SIC existentes son adoptadas por el IASB. El IASB se traslada a su nueva oficina en 30 Canon St., Londres. El IASB mantiene reuniones con los presidentes de los ocho organismos encargados de la emisión de normas contables con los que mantiene una vinculación formal, con objeto de comenzar a coordinar agendas y establecer objetivos para la convergencia normativa.

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2002 El SIC cambia su nombre por el de Comité de Interpretaciones de Información Financiera (IFRIC) con una obligación no sólo de interpretar las NIC y NIIF existentes, sino también de proporcionar una guía de asuntos no tratados en las NIC o NIIF. Europa exige a las empresas cotizadas que apliquen las NIIF a partir de 2005. El IASB y el FASB firman un acuerdo conjunto sobre convergencia. 2003 Se publican la primera norma definitiva NIIF (NIIF 1) y el primer borrador de interpretación del IFRIC. Se realizan proyectos de mejora (revisiones importantes de 14 NICs). 2004 Gran debate sobre la NIC 39 en Europa, que se traduce finalmente en su adopción por la CE con la supresión de dos secciones de la NIC 39. Comienza la emisión a través de la Red de las reuniones del IASB. Primer documento de debate del IASB y primera interpretación definitiva del IFRIC.

3.3 NORMAS INTERNACIONALES DE CONTABILIDAD (NIC) Estas normas han sido producto de grandes estudios y esfuerzos de diferentes entidades educativas, financieras y profesionales del área contable a nivel mundial, para estandarizar la información financiera presentada en los estados financieros. Las NIC, como se le conoce popularmente, son un conjunto de normas o leyes que establecen la información que deben presentarse en los estados financieros y la forma en que esa información debe aparecer, en dichos estados. Las NIC no son leyes físicas o naturales que esperaban su descubrimiento, sino más bien normas que el hombre, de acuerdo sus experiencias comerciales, ha considerado de importancias en la presentación de la información financiera. Son normas de alta calidad, orientadas al inversor, cuyo objetivo es reflejar la esencia económica de las operaciones del negocio, y presentar una imagen fiel de la situación financiera de una empresa. Las NIC son emitidas por el International Accounting Standards Board anterior International Accounting Standards Committee. Hasta la fecha, se han emitido 41 normas, de las que 34 están en vigor en la actualidad, junto con 30 interpretaciones.(1) NIC 1 - PRESENTACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS. Esta NIC establece un marco general para la presentación de estados financieros con fines generales, incluyendo directrices para su estructura y el contenido mínimo. Los principios fundamentales que subyacen a la preparación de estados financieros, incluyendo la hipótesis de las empresas en funcionamiento, la uniformidad de la presentación y clasificación, la hipótesis contable del devengo y la materialidad. Aquí los activos y pasivos, y los ingresos y gastos, no pueden compensarse salvo que la compensación esté permitida o sea exigida por otra NIIF. Cualquier información comparativa correspondiente al ejercicio anterior debe ser presentada en

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los estados financieros mediantes notas dentro de los mismos. Los informes exigidos por esta norma son: balance, una cuenta de resultados, un estado de cambios en el patrimonio neto, un estado de flujos de efectivo, políticas contables y notas explicativas. El estado de cambios en el patrimonio neto debe reflejar:  Todos los cambios habidos en el patrimonio neto; o  Los cambios en el patrimonio neto distintos de los procedentes de operaciones con socios que actúen en calidad de tales. Los estados financieros deben ser objeto de presentación con una periodicidad generalmente anual. Si cambia la fecha de cierre del ejercicio, y los estados financieros se presentan para un período distinto a un año, será necesario informar de este hecho. Es muy importante también la obligatoriedad de la distinción entre activos y pasivos corrientes y no corrientes. La NIC 1 especifica los epígrafes que como mínimo deben presentarse en el balance, la cuenta de resultados, y el estado de cambios en el patrimonio neto, e incluye directrices para identificar epígrafes adicionales. Requerimientos mínimos que deben contener las notas de los estados financieros según NIC 1:  Las políticas contables seguidas.  Los criterios que ha adoptado la Dirección en el proceso de aplicar las políticas contables de la entidad que tengan el efecto más significativo en los importes registrados en los estados financieros.  Las principales hipótesis en relación con el futuro, y otras fuentes principales de incertidumbre en las estimaciones, que impliquen un riesgo significativo de causar un ajuste material en los valores contables de los activos y pasivos en el próximo ejercicio. NIC 2 - INVENTARIOS. Aquí encontramos el tratamiento contable sobre las existencias, incluyendo la determinación del costo y su consiguiente reconocimiento como gasto, si deben ser valoradas al costo o al valor neto realizable, según cuál sea menor. Dentro de los costos se considera el precio de adquisición, el costo de transformación (materiales, mano de obra y gastos generales) y otros costos en los que se haya incurrido para dar a las existencias su condición y ubicación actual, pero no las diferencias de cambio. Para los elementos de existencias que no son intercambiables, se atribuyen costes específicos a los elementos individuales específicos que conforman las existencias.

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Para los elementos intercambiables, el costo se determina usando las fórmulas de primera entrada primera salida (FIFO) o costo promedio ponderado. La fórmula LIFO no está permitida. Cuando se venden las existencias, el valor contable debe reconocerse como gasto en el período en que se registra en ingreso correspondiente. NIC 7 - ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO. Esta NIC persigue como objetivo la exigibilidad a las empresas que suministren información acerca de los movimientos históricos en el efectivo y los equivalentes al efectivo a través de la presentación de un estado de flujos de efectivo, clasificados en el período según que procedan de actividades de explotación, de inversión y de financiación. Los estados de flujos de efectivo deben analizar los cambios en el efectivo y los equivalentes al efectivo durante un período, que incluye inversiones a corto plazo (menos de 3 meses desde la fecha de adquisición), fácilmente convertibles en importes determinados de efectivo, estando sujetos a un riesgo poco significativo de cambios en su valor. Generalmente no incluyen participaciones de capital. Si los flujos de efectivo procedentes de actividades de explotación, inversión y financiación deben presentarse por separado. Los flujos de efectivo de las actividades de explotación se presentan utilizando el método directo o el indirecto, pero, se recomienda el método directo. Los flujos de efectivo procedentes de impuestos sobre beneficios se clasifican como de explotación salvo que puedan identificarse específicamente con actividades de financiación o inversión. El tipo de cambio utilizado para la conversión de operaciones denominadas en una moneda extranjera y los flujos de efectivo de una filial extranjera deberá ser el tipo vigente en la fecha de los flujos de efectivo. Los flujos de efectivo agregados derivados de adquisiciones y enajenaciones de filiales y otros negocios deberán presentarse por separado y clasificarse como actividades de inversión, revelando información adicional específica. Las operaciones de inversión y financiación que no supongan el uso de efectivo deberán excluirse de los estados de flujos de efectivo, pero deberán revelarse por separado.

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NIC 8 - POLITICAS CONTABLES, CONTABLES Y ERRORES:

CAMBIOS

EN

LAS

ESTIMACIONES

El objetivo de esta NIC es prescribir los criterios para seleccionar y cambiar políticas contables, junto con el tratamiento contable y la información a proporcionar en cuanto a cambios en políticas contables, cambios en estimaciones y errores. En esta norma existe una jerarquía para elegir políticas contables:  Normas e interpretaciones del IASB, teniendo en cuenta cualquier directriz de implantación del IASB.  A falta de una norma, buscar los requisitos y las directrices incluidos en las normas e interpretaciones del IASB que se refieren a cuestiones similares y relacionadas; y las definiciones, criterios de reconocimiento y conceptos de valoración de activos, pasivos, ingresos y gastos que se recogen en el Marco Conceptual.  La Dirección también puede tener en cuenta los pronunciamientos más recientes de otros organismos reguladores que utilicen un marco conceptual similar al de las NIIF para crear principios contables, otra literatura contable y prácticas aceptadas del sector.  Aplicar políticas contables atendiendo a criterios de uniformidad con operaciones similares.  Realizar cambios de política contable sólo si lo exige una norma o interpretación o si producen información más relevante y fiable.  Si una norma o interpretación exige un cambio de política contable, seguir los requisitos de transición de dicho pronunciamiento. Si no se especifica ninguno, o si el cambio es voluntario, aplicar la nueva política contable con efecto retrospectivo mediante la reexpresión de períodos anteriores. Si la reexpresión es imposible, incluir el efecto acumulativo del cambio en los resultados. Si no es posible determinar el efecto acumulativo, aplicar la nueva política de forma prospectiva.  Los cambios en las estimaciones contables (por ejemplo, un cambio en la vida útil de un activo) se contabilizan en el ejercicio en curso, o en ejercicios futuros, o en ambos (sin reformulación).  Todos los errores deben corregirse mediante la reformulación de los importes comparativos del ejercicio anterior y, si el error se produjo antes del primer período presentado, mediante la reformulación del balance inicial.  Son obligatorias las revelaciones sobre cambios contables, cambios en las estimaciones y correcciones de errores.

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NIC 10 - HECHOS OCURRIDOS DESPUES DEL PERIODO SOBRE EL QUE SE INFORMA. Los hechos posteriores a la fecha del balance son todos aquellos eventos, ya sean favorables o desfavorables, que se han producido entre la fecha del balance y la fecha de autorización de emisión de los estados financieros. Estos hechos que implican ajustes para reflejar aquellos hechos que suministran evidencia de condiciones que existían en la fecha del balance, como la resolución de un juicio después de la fecha del balance, pero también existen hechos que no amerita que los estados sean ajustados como una reducción en los precios de mercado después del cierre del ejercicio, que no cambie la valoración de inversiones a la fecha del balance. Los dividendos propuestos o declarados con respecto a instrumentos de capital después de la fecha del balance no deberán registrarse como pasivo en la fecha del balance. Es obligatorio revelar información al respecto. Una entidad no deberá preparar sus estados financieros bajo la hipótesis de empresa en funcionamiento si los hechos posteriores a la fecha del balance indican que esta hipótesis no es apropiada. Una entidad deberá revelar la fecha de autorización de emisión de sus estados financieros.

NIC 11 - CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN. Esta NIC está dirigida específicamente a Empresas de Construcción y contratistas, en el cual se perciben los ingresos y costos proveniente de estos contratos, cuyos ingresos deben comprender el importe acordado en el contrato inicial junto con cualquier modificación en el trabajo contratado, así como reclamaciones o incentivos en la medida que sea probable que de los mismos resulte un ingreso y siempre que sean susceptibles de valoración fiable. Los costos del contrato deben comprender los costos que se relacionen directamente con el contrato específico, los costos que se relacionen con la actividad de contratación en general y puedan ser imputados al contrato, y cualquier otro costo que se pueda cargar al cliente, según los términos pactados en el contrato. Cuando el resultado de un contrato de construcción pueda ser estimado con suficiente fiabilidad, los ingresos y los costos deben ser reconocidos en resultados como tales, con referencia al estado de realización de la actividad consecuencia del contrato (método del porcentaje de realización o grado de avance), si el resultado no puede estimarse con suficiente fiabilidad, no deberá registrarse ningún beneficio. Por el contrario, los ingresos del contrato sólo deben reconocerse en la medida en que se

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prevea la recuperación de los costos incurridos por causa del contrato, y los costos del contrato deberán reconocerse en el ejercicio en que se incurran. Ahora si es probable que los costos totales del contrato vayan a exceder de los ingresos totales derivados del contrato, la pérdida esperada deberá reconocerse inmediatamente.

NIC 12 - IMPUESTO A LAS GANANCIAS. El tratamiento contable del impuesto a las ganancias establece los principios y directrices para la contabilización de las consecuencias actuales y futuras, a efecto de los impuestos sobre las ganancias de la recuperación o liquidación en el futuro del importe en los Libros en los activos (pasivos) que se han reconocido en el balance de una empresa y las transacciones del ejercicio en curso han sido objeto de reconocimiento en la cuenta de resultado o directamente en los fondos propios. Los pasivos por impuestos diferidos deben reconocerse por las futuras consecuencias fiscales de todas las diferencias temporarias sujetas a tributación con tres excepciones: 1. Pasivos por impuestos diferidos derivados del reconocimiento inicial del fondo de comercio. 2. Pasivos por impuestos diferidos derivados del reconocimiento inicial de un activo o pasivo no surgido de una combinación de negocios que, en el momento de la operación, no afecte al resultado contable ni a la base imponible; y 3. Pasivos derivados de ganancias no distribuidas procedentes de inversiones cuando la empresa sea capaz de controlar la fecha de la reversión de la diferencia y sea probable que la reversión no se produzca en el futuro previsible. Un activo por impuestos diferidos se debe reconocer por las diferencias temporarias deducibles, las pérdidas fiscales no utilizadas y los créditos fiscales no utilizados en la medida en que sea probable que se disponga de ganancias fiscales con cargo a las cuales puedan utilizarse las diferencias temporarias deducibles, excepto cuando el activo por impuestos diferidos surge del reconocimiento inicial de un activo o pasivo, no derivado de una combinación de negocios que, en el momento de la operación, no afecte al resultado contable ni a su base imponible. Los (activos) pasivos por impuestos diferidos deben calcularse a los tipos impositivos que se espera que se apliquen cuando el pasivo sea liquidado o el activo realizado, sobre la base de tipos impositivos / leyes fiscales que hayan sido aprobados o prácticamente aprobados antes de la fecha del balance. El descuento de los activos y pasivos por impuestos diferidos está prohibido. Los impuestos anticipados y diferidos deben presentarse como partidas no corrientes en el balance.

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NIC 16 - PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPOS. Aquí se establecen los principios de reconocimiento inicial y la contabilización posterior del inmovilizado material, cuyos elementos deben registrarse como activos cuando es probable que la empresa obtenga beneficios económicos derivados del activo, y el costo del activo pueda calcularse con suficiente fiabilidad, entonces, el reconocimiento inicial ha de realizarse atendiendo al costo, que incluye todos los costos necesarios para preparar al activo para el uso al que está destinado. Si el pago se aplaza, deberán registrarse intereses. En la contabilización posterior a la adquisición, la NIC 16 permite elegir el método contable:  Método de costo: El activo se registra al coste de adquisición menos la amortización acumulada y el deterioro del valor.  Método de revalorización: El activo se registra por el importe revalorizado, que es el valor contable en la fecha de revalorización menos la amortización posterior. Según el método de revalorización, deben efectuarse revalorizaciones regularmente. Todos los elementos de una determinada clase deben ser revalorizados (por ejemplo, todos los edificios). Los incrementos debidos a una revalorización se abonan al patrimonio neto. Las disminuciones por revalorización se registran primero con cargo a la reserva de revalorización en el patrimonio neto, y cualquier exceso con cargo a resultados. Cuando el activo revalorizado es enajenado, la reserva de revalorización en el patrimonio neto permanece en el patrimonio neto y no se lleva a resultados. Si se utiliza el método de costo, los componentes de un activo con distintos patrones de obtención de beneficios deben amortizarse por separado.

NIC 17 – ARRENDAMIENTO. El objetivo de esta NIC es establecer políticas contables de arrendamiento apropiadas, tanto pata el arrendador como para el arrendatario, en que se debe reflejar la relación con los arrendamientos operativos y financieros. El Arrendamiento Financiero es cuando se transfiere en la totalidad de los riesgos y ventajas derivadas de la propiedad, como por ejemplo cuando el arrendamiento cubre la totalidad de la vida del activo; o cuando el valor actual de los pagos de arrendamiento es prácticamente igual al valor razonable del activo. Todos los demás arrendamientos se clasifican como arrendamientos operativos. Un arrendamiento de terrenos y edificios deberá dividirse en elementos de terrenos y edificios. El elemento terreno es generalmente un arrendamiento operativo. El elemento edificio es un arrendamiento operativo o financiero en función de los criterios de la NIC 17. Sin embargo, el cálculo separado de los elementos terreno y

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edificio no es obligatorio si los intereses del arrendatario en el terreno y los edificios se clasifican como "propiedades de inversión" de acuerdo con la NIC 40 y se adopta el modelo del valor razonable. Arrendamientos financieros - Contabilización del arrendatario: • Registrar un activo y un pasivo al valor actual de los pagos mínimos del arrendamiento o bien al valor razonable del bien arrendado, si éste fuera menor. • Política de amortización: la misma que para los activos que se posean. • Pago del arrendamiento financiero: distribuido entre intereses y una reducción en el pasivo. Arrendamientos financieros - Contabilización del arrendador: ♦ Reconocer como una partida a cobrar por un importe equivalente a la inversión neta en el arrendamiento. ♦ Reconocer los ingresos financieros basándose en una pauta que refleje un tipo de rendimiento constante sobre la inversión neta del arrendador. Arrendamientos operativos - Contabilización del arrendatario: ♦ Reconocer los pagos de arrendamientos operativos como gasto en la cuenta de resultados, de forma lineal a lo largo del plazo de arrendamiento, salvo que resulte más representativa otra base de reparto. Arrendamientos operativos - Contabilización del arrendador: ♦ Los arrendadores deben presentar, en el balance, los activos dedicados a arrendamientos operativos de acuerdo con la naturaleza de tales bienes. ♦ Los arrendamientos operativos deben ser reconocidos de forma lineal a lo largo del plazo de arrendamiento, salvo que resulte más representativa otra base sistemática de reparto. ♦ Los arrendadores deben distribuir los costos directos iniciales a lo largo del período de arrendamiento (está prohibido llevarlos a gastos inmediatamente). La contabilización de operaciones de venta y posterior arrendamiento (leaseback) depende básicamente de que se trate de arrendamientos financieros u operativos.

NIC 18 – INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS. Esta norma nos indica que los ingresos son definidos, en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Estados Financieros, como incrementos en los beneficios económicos, producidos a lo largo del periodo contable, en forma de entradas o incrementos de valor de los activos, o bien como disminuciones de los pasivos, que dan como resultado aumentos del patrimonio y no están relacionados con las aportaciones de los propietarios de la entidad.

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El concepto de ingreso comprende tanto los ingresos de actividades ordinarias como las ganancias. Los ingresos de actividades ordinarias propiamente dichos surgen en el curso de las actividades ordinarias de la entidad y adoptan una gran variedad de nombres, tales como ventas, comisiones, intereses, dividendos y regalías. El objetivo de esta Norma es establecer el tratamiento contable de los ingresos de actividades ordinarias que surgen de ciertos tipos de transacciones y otros eventos. La principal preocupación en la contabilización de ingresos de actividades ordinarias es determinar cuándo deben ser reconocidos. El ingreso de actividades ordinarias es reconocido cuando es probable que los beneficios económicos futuros fluyan a la entidad y estos beneficios puedan ser medidos con fiabilidad. Esta Norma identifica las circunstancias en las cuales se cumplen estos criterios para que los ingresos de actividades ordinarias sean reconocidos. También suministra una guía práctica sobre la aplicación de tales criterios. Normalmente, el criterio usado para el reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias en esta Norma se aplicará por separado a cada transacción. No obstante, en determinadas circunstancias, es necesario aplicar tal criterio de reconocimiento, por separado, a los componentes identificables de una única transacción, con el fin de reflejar la sustancia de la operación. Por ejemplo, cuando el precio de venta de un producto incluye una cantidad identificable a cambio de algún servicio futuro, tal importe se diferirá y reconocerá como ingreso de actividades ordinarias en el intervalo de tiempo durante el que tal servicio será ejecutado. A la inversa, el criterio de reconocimiento será de aplicación a dos o más transacciones, conjuntamente, cuando las mismas están ligadas de manera que el efecto comercial no puede ser entendido sin referencia al conjunto completo de transacciones. Por ejemplo, una entidad puede vender bienes y, al mismo tiempo, hacer un contrato para recomprar esos bienes más tarde, con lo que se niega el efecto sustantivo de la operación, en cuyo caso las dos transacciones han de ser contabilizadas de forma conjunta.

NIC 19 - BENIFICIOS A LOS EMPLEADOS. El tratamiento contable y la información a proporcionar respecto de las retribuciones a los empleados, incluyendo retribuciones a corto plazo (salarios, vacaciones anuales, permisos remunerados por enfermedad, participación en ganancias anuales, incentivos y retribuciones no monetarias); pensiones, seguros de vida y asistencia médica post-empleo; y otras prestaciones a largo plazo (permisos remunerados después de largos periodos de servicio, incapacidad, compensación diferida y participación en ganancias e incentivos a largo plazo).

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Según el principio subyacente, el costo de proporcionar retribuciones a los empleados debe reconocerse en el período en el cual el empleado recibe la retribución, no en el momento en que es pagada o pagadera. Las retribuciones a los empleados a corto plazo (pagaderas en 12 meses) deben reconocerse como gasto en el período en el cual el empleado presta el servicio. Los pagos de participación en ganancias y de incentivos sólo se reconocerán cuando la entidad tenga una obligación implícita de pagarlos y los costos puedan estimarse con suficiente fiabilidad. Los planes de prestaciones post-empleo (como pensiones y asistencia sanitaria) se clasifican o bien como planes de aportaciones definidas o como planes de prestaciones definidas. De acuerdo con los planes de aportaciones definidas, los gastos se reconocen en el período en que es pagadera la aportación. De acuerdo con los planes de prestaciones definidas, se reconoce un pasivo en el balance equivalente al importe neto de:  El valor actual de las obligaciones por prestaciones definidas (el valor actual de los pagos futuros esperados que son necesarios para cumplir con las obligaciones derivadas de los servicios prestados por los empleados en el ejercicio en curso y en los anteriores).  Las pérdidas y ganancias actuariales diferidas y el costo diferido de los servicios pasados; y  El valor razonable de cualquier activo afecto al plan en la fecha del balance. Los activos afectos al plan incluyen activos poseídos por un fondo de prestaciones a empleados a largo plazo y pólizas de seguros aptas. Las prestaciones a empleados a largo plazo deben reconocerse y calcularse del mismo modo que las prestaciones post-empleo de acuerdo con un plan de prestaciones definidas. No obstante, a diferencia de los planes de prestaciones definidas, está prohibido diferir las pérdidas o ganancias actuariales y los costes derivados de servicios pasados. Las indemnizaciones por cese deben reconocerse cuando la entidad se encuentre comprometida de forma demostrable a rescindir el vínculo que la une a un empleado o grupo de empleados antes de la fecha normal de retiro, o bien a pagar indemnizaciones por cese como resultado de una oferta realizada para incentivar la rescisión voluntaria por parte de los empleados. Los planes de retribuciones en forma de instrumentos de capital están cubiertos por la NIIF 2, no por la NIC 19.

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NIC 20 - CONTABILIZACIÓN DE SUBVENCIONES DEL GOBIERNO INFORMACIÓN A REVELAR SOBRE AYUDAS GUBERNAMENTALES.

E

Reconocer las subvenciones oficiales sólo cuando exista la garantía razonable de que la entidad cumplirá las condiciones asociadas a las subvenciones, y que éstas serán recibidas. Las subvenciones no monetarias se reconocen normalmente al valor razonable, aunque está permitido el Reconocimiento al valor nominal. Aplicar el método de la renta sistemáticamente (reconocer los ingresos a lo largo de los ejercicios necesarios para compensarlos con los costos correspondientes), y no el método del capital (contabilizarlos directamente en el patrimonio neto). Las subvenciones relacionadas con ingresos pueden presentarse como abono en la cuenta de resultados o como deducción en la presentación del gasto correspondiente. Las subvenciones relacionadas con activos pueden presentarse o bien como ingresos diferidos en el balance, o deducirse en el cálculo del valor contable del activo. El rembolso de una subvención oficial debe tratarse contablemente como revisión de una estimación contable con un tratamiento distinto para las subvenciones relacionadas con ingresos y con activos.

NIC 21 - EFECTOS DE LAS VARIACIONES EN LAS TASAS DE CAMBIO DE LA MONEDA EXTRANJERA. En primer lugar, determinar la moneda funcional de la entidad informante. Convertir todas las partidas en moneda extranjera en la moneda funcional: • En la fecha de la transacción, registrar utilizando el tipo de cambio vigente en la fecha de la transacción para su reconocimiento y valoración iníciales. • En fechas de balances posteriores: - Utilizar el tipo de cierre para las partidas monetarias; utilizar tipos de cambio vigentes en la fecha de la transacción para partidas no monetarias registradas al costo histórico; y utilizar tipos de cambio vigentes en la fecha de valoración para partidas no monetarias registradas al valor razonable. - Las diferencias de cambio surgidas en la liquidación de partidas monetarias y en la conversión de partidas monetarias a un tipo distinto al vigente cuando se reconocieron inicialmente, se incluyen en los resultados netos, con una excepción: Las diferencias de cambio derivadas de partidas monetarias que forman parte de la inversión neta realizada por la empresa en una entidad extranjera se clasifican en los estados financieros consolidados que incluyen la entidad extranjera en un

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componente distinto del patrimonio neto; serán registradas como ingreso o gasto en la fecha de enajenación de la inversión neta. Los resultados y la situación financiera de cualquier entidad cuya moneda funcional no sea la moneda de una economía hiperinflacionaria se convierten a una moneda de presentación distinta utilizando los siguientes procedimientos: Los activos y pasivos correspondientes a cada balance presentado (incluyendo los comparativos) se convierten al tipo de cierre en la fecha de dicho balance; • Los ingresos y gastos correspondientes a cada cuenta de resultados (incluyendo las comparativas) se convierten a tipos de cambio vigentes en las fechas de las transacciones; y • Todas las diferencias de cambio resultantes se reconocen como un componente distinto del patrimonio neto. Normas especiales para convertir en una moneda de presentación los resultados y la situación financiera de una entidad cuya moneda funcional sea hiperinflacionaria.

NIC 23 - COSTOS POR PRÉSTAMOS. Los costos por préstamos incluyen intereses, amortización de descuentos o primas correspondientes a préstamos, y amortización de gastos de formalización de contratos de préstamo. Se permiten dos tratamientos contables:  Tratamiento de gasto: Todos los costos por préstamos se reconocen como gastos en el ejercicio en que se incurren.  Tratamiento de capitalización: Capitalizar los costos por préstamos directamente atribuibles a la adquisición o construcción de un activo cualificado, pero sólo cuando sea probable que dichos costos generen beneficios económicos en el futuro para la entidad, y los costos puedan medirse con suficiente fiabilidad. Todos los demás costos por intereses que no cumplan las condiciones para la capitalización se reconocerán como gastos en el ejercicio en que se incurran. Un activo cualificado es aquel que requiere de un periodo de tiempo sustancial antes de estar listo para su uso o para la venta. Algunos ejemplos incluyen plantas de fabricación, propiedades de inversión y determinadas existencias. Si los fondos proceden de préstamos y se utilizan para obtener el activo cualificado, aplicar un tipo de capitalización (media ponderada de costes por intereses aplicables a los préstamos específicos y no específicos pendientes durante el período) a la inversión efectuada durante el período, para determinar el importe de los costes por intereses aptos para la capitalización.

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La revelación de información incluye la política contable adoptada en relación con los costos por préstamos.

NIC 24 - INFORMACIÓN A REVELAR SOBRE PARTES RELACIONADAS. Asegurarse de que en los estados financieros se ha tenido en cuenta la posibilidad de que la situación financiera y los resultados de las operaciones puedan verse afectados por la existencia de partes vinculadas. Las partes vinculadas son partes que controlan o tienen una influencia significativa sobre la empresa informante, entre las que se incluyen las empresas dominantes, las filiales, los negocios conjuntos, los propietarios y sus familias, los principales directivos clave y los planes de prestaciones relacionadas con la jubilación. Información exigida a revelar:  Relaciones con partes vinculadas cuando exista control, aun cuando no se hayan producido operaciones con las mismas.  Operaciones con partes vinculadas.  Retribución de directivos. Ejemplos de operaciones entre partes vinculadas que deben desglosarse: • Compras o ventas de bienes. • Compras o ventas de activos. • Prestación o recepción de servicios. • Arrendamientos. • Transmisiones de investigación y desarrollo. • Transmisiones mediante acuerdos de licencia. • Transmisiones mediante acuerdos de financiación (incluidos préstamos y aportaciones de capital). • Provisión de garantías o avales. • Liquidación de pasivos en nombre de la entidad o por parte de la entidad en nombre de otra parte.

NIC 26 – CONTABILIZACIÓN E INFORMACIÓN FINANCIERA SOBRE PLANES DE BENEFICIO POR RETIRO. Esta Norma se aplica a los estados financieros de planes de beneficio por retiro, cuando éstos se preparan. Los planes de beneficio por retiro son conocidos, en

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ocasiones, con otros nombres, tales como “planes de pensiones”, “sistemas complementarios de prestaciones por jubilación” o “planes de beneficios por retiro”. Los planes de beneficio por retiro se consideran, en la Norma, como entidades diferentes de los empleadores y de las personas que participan en dicho planes. El resto de las Normas son aplicables a las informaciones procedentes de los planes de beneficio por retiro, en la medida en que no queden derogadas por la presente Norma. Esta Norma trata de la contabilidad y la información a presentar, por parte del plan, a todos los participantes como grupo. No se ocupa, por el contrario de las informaciones a los individuos participantes acerca de sus derechos adquiridos sobre el plan. La NIC 19 Beneficios a los Empleados, se refiere a la determinación del costo de los beneficios por retiro, en los estados financieros de los empleadores que tienen establecido un plan. Por tanto, esta Norma complementa la citada NIC 19. Los planes de beneficio por retiro pueden ser de aportaciones definidas o de beneficios definidos. Muchos de ellos exigen la creación de fondos separados, que pueden o no tener personalidad jurídica independiente, así como pueden o no tener fideicomisarios que reciben las aportaciones y pagan los beneficios por retiro. La presente Norma es de aplicación con independencia de la creación del fondo separado o de la existencia de fideicomisarios. Los planes de beneficio por retiro cuyos activos han sido invertidos en una compañía de seguros, están sometidos a las mismas obligaciones de contabilidad y capitalización que aquéllos donde las inversiones se administran privadamente. Por consiguiente, estos planes quedan dentro del alcance de esta Norma, a menos que el contrato con la compañía de seguros se haya hecho en nombre de un participante específico o de un grupo de participantes, y la obligación sobre los beneficios por retiro recaiga exclusivamente sobre la citada compañía. La presente Norma no se ocupa de otros tipos de ventajas sociales de los empleados tales como las indemnizaciones por despido, los acuerdos de remuneración diferida, las gratificaciones por ausencia prolongada, los planes de retiro anticipado o de reestructuración de plantilla, los programas de seguros de enfermedad y de previsión colectiva o los sistemas de bonos a los trabajadores. También se excluyen del alcance de la Norma los programas de seguridad social del gobierno. En la información procedente de un plan de beneficio por retiro, ya sea de aportaciones o de beneficios definidos, deben incluirse también los siguientes extremos:  Un estado de cambios en los activos netos para atender beneficios.  Un resumen de las políticas contables significativas; y

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 Una descripción del plan y del efecto de cualesquiera cambios habidos en el plan durante el periodo.

NIC 27 - ESTADOS FINANCIEROS SEPARADOS. El objetivo es establecer los requisitos para la preparación y presentación de los estados financieros consolidados de un grupo de empresas bajo el control de una dominante y establecer los requisitos para el tratamiento contable de las inversiones en entidades dependientes, entidades bajo control conjunto y empresas asociadas en los estados financieros individuales de la dominante. Una dependiente es una empresa controlada por otra entidad, conocida como matriz o dominante. El control es la facultad de determinar las políticas financieras y de las operaciones. Los estados financieros consolidados son los estados financieros de un grupo de empresas (dominante y dependientes) presentados como si fueran los de una sola entidad contable. Los estados financieros consolidados deben incluir a todas las dependientes. No existen exenciones por "control temporal" o porque la "dependiente opere bajo severas restricciones para la transferencia de fondos a largo plazo". Todas las empresas del grupo deben utilizar las mismas políticas contables. Las fechas de referencia de los estados financieros de las dependientes no pueden tener una diferencia mayor de tres meses con respecto a la fecha de referencia de los estados financieros del grupo. Los intereses minoritarios se presentan dentro del patrimonio neto consolidado en el balance de situación y no se deducen en el cálculo del resultado consolidado. No obstante, el resultado consolidado se distribuye entre los accionistas minoritarios y los de la sociedad dominante en la cuenta de resultados. En los estados financieros individuales (separados) de la dominante se contabilizan todas sus inversiones en dependientes al coste o como inversión de acuerdo con la NIC 39.

NIC 28 - INVERSIONES ASOCIADAS Y NEGOCIOS CONJUNTOS. Se aplica a todas las inversiones en las que el inversor tenga influencia significativa a menos que el inversor sea una empresa de capital riesgo, un fondo de inversión o un fondo de inversión mobiliaria, en cuyo caso debe aplicarse la NIC 39.

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El inversor debe utilizar el método de puesta en equivalencia para todas las inversiones en empresas asociadas en las que tenga una influencia significativa. Existe la presunción rebatible de que existe influencia significativa si se posee una participación, directa o indirecta, de más del 20% en la asociada. De conformidad con el método de puesta en equivalencia, la inversión se registra al coste en el momento de la adquisición, ajustándose posteriormente en función del cambio en la participación del inversor en los activos netos de la participada. En la cuenta de resultados del inversor se recogerá la participación que le corresponda en los resultados de la adquirida. Las políticas contables de las asociadas, consideradas a efectos de la aplicación del método de la puesta en equivalencia, deben ser las mismas que las del inversor. Se exige la contabilización por el método de puesta en equivalencia en los estados financieros del inversor cuando no sea obligatorio presentar las cuentas consolidadas, por ejemplo, porque el inversor carezca de filiales. No obstante, el inversor no aplica el método de puesta en equivalencia cuando presenta sus estados financieros individuales (separados) de conformidad con la NIC 27. En tal caso, el inversor contabiliza la inversión o bien al costo o como inversión de conformidad con la NIC 39. Se requiere la realización de pruebas en relación con la posible pérdida de valor de los activos de conformidad con la NIC 36, Deterioro del valor de los activos. Serán de aplicación los indicadores de deterioro de valor establecidos en la NIC 39.

NIC 29 - INFORMACIÓN FINANCIERA EN ECONOMÍAS HIPERINFLACIONARIAS. Esta establece principios específicos para la elaboración y presentación de la información financiera de una empresa en la moneda correspondiente a una economía hiperinflacionaria, con el fin de evitar proporcionar información confusa. Los estados financieros de una entidad que presente información financiera en la moneda de una economía hiperinflacionaria deben presentarse en la unidad de valoración corriente en la fecha del balance. Las cifras comparativas de períodos anteriores deben reformularse en la misma unidad de valoración corriente del período actual. Por lo general, una economía es hiperinflacionaria cuando su tasa de inflación en 3 años es del 100% o superior. La presente Norma será de aplicación a los estados financieros incluyendo a los estados financieros consolidados, de una entidad cuya moneda funcional es la moneda correspondiente a una economía hiperinflacionaria. En una economía

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hiperinflacionaria, la información sobre los resultados de las operaciones y la situación financiera en la moneda local sin reexpresar no es útil. Pérdidas del poder de compra de la moneda a tal ritmo que resulta equívoca cualquier comparación entre las cifras procedentes de transacciones y otros acontecimientos ocurridos en diferentes momentos del tiempo, incluso dentro de un mismo periodo contable. Esta Norma no establece una tasa absoluta para considerar que, al sobrepasarla, surge el estado de hiperinflación. Es, por el contrario, un problema de criterio juzgar cuándo se hace necesario reexpresar los estados financieros de acuerdo con la presente Norma. El estado de hiperinflación viene indicado por las características del entorno económico del país, entre las cuales se incluyen, de forma no exhaustiva, las siguientes:  La población en general prefiere conservar su riqueza en forma de activos no monetarios, o bien en una moneda extranjera relativamente estable; Las cantidades de moneda local obtenidas son invertidas inmediatamente para mantener la capacidad adquisitiva de la misma.  La población en general no toma en consideración las cantidades monetarias en términos de moneda local, sino que las ve en términos de otra moneda extranjera relativamente estable; Los precios pueden establecerse en esta otra moneda.  Las ventas y compras a crédito tienen lugar a precios que compensan la pérdida de poder adquisitivo esperada durante el aplazamiento, incluso cuando el periodo es corto.  Las tasas de interés, salarios y precios se ligan a la evolución de un índice de precios; y  La tasa acumulada de inflación en tres años se aproxima o sobrepasa el 100%. Es preferible que todas las entidades que presentan información en la moneda de la misma economía hiperinflacionaria apliquen esta Norma desde la misma fecha. No obstante, la norma es aplicable a los estados financieros de cualquier entidad, desde el comienzo del periodo contable en el que se identifique la existencia de hiperinflación en el país en cuya moneda presenta la información.

NIC 31 - INFORMACIÓN FINANCIERA SOBRE LOS INTERESES EN NEGOCIOS CONJUNTOS. Esta norma regula el tratamiento contable de las inversiones en negocios conjuntos ("jointventures"), con independencia de la estructura o forma legal bajo la cual tienen lugar las actividades de la entidad. Esta norma se aplica a todas las inversiones en las que el inversor tenga el control conjunto, a menos que el inversor sea una empresa de capital riesgo, un fondo de

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inversión o un fondo de inversión mobiliaria, en cuyo caso debe observarse la norma NIC 39. La característica principal de un negocio conjunto es un acuerdo contractual para compartir el control. Los negocios conjuntos pueden clasificarse como operaciones controladas conjuntamente, activos controlados conjuntamente o entidades controladas conjuntamente. Existen principios de reconocimiento diferentes para los distintos tipos de negocio conjunto: Operaciones controladas conjuntamente: El partícipe reconoce los activos que están bajo su control, los gastos y pasivos en los que incurre, así como su parte en los ingresos obtenidos, tanto en sus estados financieros individuales como consolidados. Activos controlados conjuntamente: El partícipe reconoce su parte de los activos controlados conjuntamente, cualquier pasivo en el que haya incurrido directamente y su parte de los pasivos en los que haya incurrido conjuntamente con otros partícipes, cualquier ingreso resultante de la venta o uso de su parte de la producción del negocio conjunto, cualquier gasto incurrido en relación con el negocio conjunto y cualquier gasto que haya incurrido directamente en relación con su participación en el negocio conjunto. Entidades controladas conjuntamente: Existe la opción de elegir entre dos políticas contables:  Consolidación proporcional. De acuerdo con este método el balance del partícipe incluye su participación en los activos bajo control conjunto y su participación en los pasivos de los que es responsable conjuntamente. Su cuenta de resultados incluye su participación en los ingresos y gastos de la entidad controlada conjuntamente.  Puesta en equivalencia según se describe en la NIC 28. En los estados financieros (separados) individuales del partícipe, las participaciones en negocios conjuntos deben contabilizarse o bien al coste o bien como inversiones de conformidad con la NIC 39.

NIC 32 - INSTRUMENTOS FINANCIEROS: PRESENTACIÓN. Facilitar a los usuarios de los estados financieros la comprensión de los instrumentos financieros reconocidos dentro y fuera del balance así como su efecto sobre la posición financiera, resultados y flujos de efectivo de la entidad. La clasificación de un instrumento por parte del emisor como pasivo o instrumento de capital:  Se basará en el fondo y no en la forma del mismo.  Tendrá lugar en el momento de emisión y no se modificará posteriormente.

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 Un instrumento es un pasivo financiero si el emisor puede estar obligado a entregar efectivo u otro activo financiero o si el titular tiene derecho a exigir efectivo u otro activo financiero. Un ejemplo son las acciones preferentes cuyo rescate es obligatorio.  Un instrumento que no da lugar a dicha obligación contractual es un instrumento de capital.  Los intereses, dividendos, pérdidas y ganancias relacionados con un instrumento clasificado como pasivo deben presentarse como ingresos o gastos según corresponda.  En el momento de la emisión, el emisor debe clasificar por separado los componentes de pasivo y de capital de un mismo instrumento compuesto como puede ser una deuda convertible y una deuda emitida con derechos separables o warrants. Un activo y un pasivo financiero pueden ser compensados y presentados por su importe neto únicamente cuando la entidad tiene un derecho legalmente reconocido a compensar los importes de ambos instrumentos y tiene la intención bien de liquidar por el importe neto o realizar el activo y pagar el pasivo de forma simultánea. El costo de las acciones propias se deduce del patrimonio y las reventas de acciones propias tienen la consideración de operaciones de capital. Los costos de emisión o readquisición de instrumentos de capital (distintos de los derivados de una combinación de negocios) se contabilizan como deducción del patrimonio neto, una vez considerada cualquier ventaja fiscal a efectos del impuesto sobre beneficios. Los requisitos de información incluyen: • Políticas de cobertura y gestión de riesgos. • Políticas y prácticas de contabilización de coberturas, y pérdidas y ganancias derivadas de las coberturas. • Condiciones y políticas contables relacionadas con los instrumentos financieros. • Información sobre exposición al riesgo de interés. • Información sobre exposición al riesgo de crédito. • Valores razonables de todos los activos y pasivos financieros, a excepción de aquellos para los que no exista una medida fiable del valor razonable. • Información sobre bajas, avales, deterioros de valor, moras e incumplimientos, y reclasificaciones.

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NIC 33 - GANANCIAS POR ACCIÓN. Esta norma cumple con la función de establecer principios para la determinación y presentación de los beneficios por acción (BPA), con objeto de mejorar la comparabilidad de la rentabilidad entre diferentes sociedades en un mismo ejercicio y entre diferentes ejercicios para la misma sociedad. La NIC 33 se centra en el denominador del cálculo del BPA. Esta es aplicable a las sociedades cotizadas, sociedades en proceso de emitir acciones que coticen en mercados públicos, así como aquellas otras que opten por presentar voluntariamente esta información. Requiere la presentación, al mismo nivel de importancia, de los beneficios básico y diluido como parte de la cuenta de resultados para:  Cada clase de acciones ordinarias.  Para todos los períodos presentados. En los estados financieros consolidados, los beneficios por acción reflejan los beneficios atribuibles a los accionistas de la dominante. La dilución es una reducción de los beneficios por acción o un aumento de las pérdidas por acción como resultado de la conversión de los instrumentos convertibles, del ejercicio de las opciones o warrants, o de la emisión de acciones ordinarias cuando se reúnen ciertas condiciones específicas. Cálculo de los beneficios por acción básicos:  Numerador: Resultado del período, una vez deducidos todos los gastos, incluidos impuestos, partidas extraordinarias, intereses de socios externos, así como dividendos de acciones preferentes  Denominador: Número medio ponderado de acciones ordinarias en circulación durante el período. Cálculo de los beneficios por acción diluidos:  Numerador: Resultado neto del período atribuible a las acciones ordinarias ajustado tanto por el importe, neto de efecto impositivo, de los dividendos e intereses reconocidos en el período, atribuibles a las acciones ordinarias potenciales con efecto dilutivo (por ejemplo, opciones, warrants, obligaciones convertibles, contratos de seguro contingente), así como por cualquier otro cambio en los ingresos o gastos del período que pudiesen resultar de la conversión de las acciones ordinarias potenciales con efecto dilutivo.  Denominador: debe ajustarse por el número de acciones a emitir en el supuesto de la conversión en acciones ordinarias de todas las acciones con efecto potencial dilutivo. Las acciones ordinarias potenciales que no se vean afectadas por la dilución deben ser excluidas del cálculo.

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NIC 34 - INFORMACIÓN FINANCIERA INTERMEDIA. Regular el contenido mínimo de la información financiera intermedia y los criterios de reconocimiento y valoración a aplicar en la información financiera intermedia. Esta norma se aplica sólo cuando la entidad tiene la obligación o toma la decisión de emitir información financiera intermedia de conformidad con las NIIF. Los organismos reguladores locales de cada país (y no la NIC 34) establecen:  Qué sociedades deberían presentar estados financieros intermedios.  Su frecuencia; y  El plazo para presentar dicha información tras la finalización de dicho período intermedio. La información financiera intermedia es un juego completo o condensado de estados financieros correspondientes a un período de tiempo inferior al ejercicio anual completo de la entidad. El contenido mínimo de la información financiera intermedia es un balance condensado, una cuenta de resultados, el estado de cambios en el patrimonio neto, el estado de flujo de efectivo y una selección de notas explicativas. Establece los períodos comparativos sobre los que se requiere la presentación de información financiera intermedia. La importancia relativa se basa en los datos financieros del periodo intermedio y no en los de la proyección anual. Las notas explicativas de la información financiera intermedia deben proporcionar información sobre las transacciones y hechos más significativos para entender los cambios acontecidos desde la emisión de los últimos estados financieros anuales. Las políticas contables han de ser las utilizadas en la preparación de los estados financieros anuales. Los ingresos y gastos deben reconocerse en el período en el que se devengan, no deben anticiparse o diferirse. Los cambios en políticas contables conllevan la modificación de la información incluida en los anteriores estados financieros intermedios presentados.

NIC 36 - DETERIORO DEL VALOR DE LOS ACTIVOS. Esta se encarga de asegurar que los activos no están registrados a un importe superior a su importe recuperable y definir cómo se calcula el mismo. La NIC 36 es aplicable a todos los activos excepto existencias (NIC 2 Existencias), activos surgidos de los contratos de construcción (NIC 11 Contratos de construcción),

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activos por impuestos diferidos (NIC 12 Impuestos a las ganancias), activos relacionados con retribuciones a empleados (NIC 19 Beneficios a los empleados), activos financieros (NIC 39 Instrumentos financieros: reconocimiento y medición), propiedades inmobiliarias de inversión valoradas a valor razonable (NIC 40 Propiedades de inversión) y activos biológicos relacionados con la actividad agrícola valorados a valor razonable minorado por los costos en el punto de venta (NIC 41 Agricultura). La pérdida por deterioro en el valor de los activos debe reconocerse cuando su valor neto contable excede de su importe recuperable. En el caso de los activos registrados al costo, el reconocimiento de la pérdida por deterioro de valor se registra en la cuenta de resultados. En el caso de los activos revalorizados, se considera como disminución de la reserva de revalorización. El importe recuperable de un activo es el mayor entre el precio neto de venta y su valor de uso. El valor de uso es el valor actual de la estimación de flujos de efectivo futuros derivados del uso continuado del activo y de su enajenación al final de su vida útil. El tipo de descuento es el tipo antes de impuestos que refleja la valoración actual del mercado en función del valor temporal del dinero y los riesgos específicos del activo. El tipo de descuento no debería reflejar riesgos futuros que ya estuvieran considerados en la estimación de los flujos de efectivo futuros y debería coincidir con el rendimiento que un tercero exigiría a una inversión que generase unos flujos de efectivo equivalentes a los previstos para dicho activo. En cada fecha de balance, se debe revisar la situación de los activos para detectar indicios de deterioro en su valor. Si existen indicios de deterioro, habrá que calcular el importe recuperable. El fondo de comercio y otros activos intangibles con vida útil indefinida deben ser sometidos a pruebas de deterioro de valor al menos una vez al año y a un cálculo de su importe recuperable. Si no es posible determinar el importe recuperable de un activo, habrá que determinar el importe recuperable correspondiente a la unidad generadora de efectivo que incluye a ese activo. Las pruebas de deterioro de valor del fondo de comercio deben realizarse en el grupo de unidades generadoras de efectivo más pequeño al que pueda asignarse fondo de comercio de forma razonable y coherente. Se permite la reversión de pérdidas por deterioro de valor reconocidas en años anteriores en determinadas circunstancias (está prohibida en el caso del fondo de comercio).

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Se deben desglosar las pérdidas por deterioro de valor por clase de activos y por segmento (si fuese aplicable la NIC 14 Información financiera por segmentos). También se requiere desglosar las reversiones de pérdidas por deterioro en el valor de un activo previamente registradas.

NIC 37 - PORVISIONES, PASIVOS CONTINGENTES Y ACTIVOS CONTINGENTES Esta norma se asegura que se utilizan bases apropiadas para el reconocimiento y la valoración de provisiones, activos y pasivos contingentes, así como que se revela información suficiente en las notas a los estados financieros para permitir a los usuarios comprender su naturaleza, importe y calendario de vencimiento. El objetivo de esta norma es asegurarse de que sólo las obligaciones reales son las que se registran en los estados financieros. No se incluirán los gastos futuros previstos, aun cuando estén autorizados por el Consejo de Administración u órgano de gobierno equivalente, ni las provisiones para cubrir pérdidas propias aseguradas, incertidumbres generales y otros hechos todavía no acontecidos.

NIC 38 - ACTIVOS INTANGIBLES. Tiene como objeto Establecer el tratamiento contable para el reconocimiento, valoración y desglose de todos los elementos de inmovilizado inmaterial que no están contemplados específicamente en otra NIC. Esta exige el reconocimiento de un activo inmaterial, ya sea adquirido o desarrollado internamente, si: • Es probable que dicho activo genere beneficios económicos futuros para la sociedad, y • El costo del activo puede ser determinado de forma fiable. Existen criterios adicionales para el reconocimiento de activos inmateriales desarrollados internamente. Todos los gastos de investigación han de cargarse a la cuenta de resultados en el momento en el que se incurren. Los gastos de desarrollo se capitalizan sólo cuando se ha podido establecer la viabilidad técnica y comercial del producto o servicio en cuestión. Los activos inmateriales, incluidas las actividades de I+D en curso, adquiridos en una combinación de negocios deben reconocerse por separado del fondo de comercio si surgen como resultado de derechos contractuales o legales o pueden separarse del negocio.

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Los fondos de comercio, las marcas comerciales, las cabeceras de periódicos o revistas, los sellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes, los gastos de puesta en marcha, los costes de formación, los costes de publicidad y los costes de reubicación, generados internamente, no deben registrarse como activos. Si un elemento inmaterial no cumple con la definición y los criterios de reconocimiento aplicables a activos inmateriales, los gastos relacionados con dicho elemento deben llevarse a la cuenta de resultados en el momento en que se incurren, salvo cuando el coste incurrido forme parte de una combinación de negocios tratada como adquisición, en cuyo caso debería pasar a formar parte del importe asignado al fondo de comercio en la fecha de adquisición. A efectos de la contabilización posterior a la adquisición inicial, los activos inmateriales atienden a la siguiente clasificación: • Vida indefinida: No existe un límite previsible para el período en el que se espera que el activo genere beneficios económicos para la sociedad. "Indefinida" no significa "infinita". • Vida definida: Existe un período limitado de generación de beneficios para la sociedad. Los activos inmateriales con vida útil indefinida no se amortizan sino que deben ser sometidos a pruebas de deterioro de valor en cada fecha de cierre. Si el importe recuperable es inferior al importe en libros, se reconoce una pérdida por deterioro de valor. La evaluación también debe considerar si el activo inmaterial sigue teniendo una vida indefinida. Por lo general, el costo (el valor residual suele ser cero) de un activo inmaterial con vida útil definida se amortiza a lo largo de dicho período. Si el activo inmaterial tiene un precio de cotización en un mercado activo, se permite elegir una política contable basada en un modelo de revalorización. Siguiendo el modelo de revalorización, el activo se registra a su importe revalorizado, que es el valor razonable en la fecha de revalorización menos la amortización acumulada practicada con posterioridad. Por lo general, los gastos ocasionados por un activo inmaterial después de su adquisición o finalización se registran como gasto. Sólo en raras ocasiones se cumplen los criterios de reconocimiento como activo. CASO PRÁCTICO: VALORIZACION INICIAL DE UN ACTIVO INTANGIBLE DQUIRIDO Una empresa adquiere una marca de conocidos calzados deportivos para comercializar sus productos en nuestro país en la una de S/. 300,000.00 adicionalmente de acuerdo con las estimaciones de la gerencia financiera esta marca

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generara ingresos futuros por un periodo de 5 años a razón de S/. 500,000.00 anuales. Se pide identificar el activo y realizar su valorización. SOLUCIÓN:  Fluirán beneficios económicos.  El costo del activo puede ser medido confiablemente.

NIC 39 - INSTRUMENTOS FINANCIEROS: RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN. Esta se encarga de establecer los criterios para el reconocimiento, cancelación y valoración de activos y pasivos financieros. Todos los activos y pasivos financieros, incluyendo los derivados financieros y ciertos instrumentos financieros implícitos, deben ser reconocidos en el balance de situación. Los instrumentos financieros han de valorarse inicialmente al valor razonable en la fecha de adquisición o emisión. Por lo general, este valor coincide con el coste, aunque en algunos casos se precisa un ajuste. Una entidad tiene la opción de reconocer la compra o venta ordinaria de activos financieros en el mercado atendiendo a la fecha de negociación o a la fecha de liquidación. Si se utiliza a efectos contables la fecha de liquidación, la NIC 39 requiere el reconocimiento de los cambios de valor producidos entre la fecha de negociación y la de liquidación. Al objeto de valorar los activos financieros en fechas posteriores a su reconocimiento inicial, la NIC 39 clasifica los mismos en cuatro categorías: 1. Préstamos y cuentas a cobrar no disponibles para negociación. 2. Inversiones a ser mantenidas hasta el vencimiento, tales como títulos de renta fija y acciones preferentes amortizables, que la empresa tiene la intención y los recursos financieros necesarios para mantener hasta su vencimiento. Si una empresa vende de forma anticipada cualquier inversión a vencimiento (salvo en circunstancias excepcionales), se vería obligada a reclasificar el resto de inversiones incluidas en esta categoría a la categoría de disponible para la venta (ver categoría 4 más abajo) tanto para el ejercicio en curso como para los dos siguientes. 3. Activos financieros valorados a valor razonable a través de la cuenta de resultados, que incluye los mantenidos para negociación (cuyo propósito es obtener un beneficio a corto plazo) y cualquier otro activo financieros que designe la empresa (la "opción del valor razonable"). Los derivados financieros activos siempre se consideran instrumentos negociables, salvo que se hayan designado como instrumentos de cobertura.

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4. Activos financieros disponibles para la venta. Se incluyen en esta categoría el resto de activos financieros no incluidos en las anteriores. Esto incluiría todas las inversiones en instrumentos de capital que no se valoren al valor razonable en la cuenta de resultados. Además, una empresa podrá dar consideración de activo financiero disponible para la venta a cualquier préstamo y cuenta a cobrar. Tras el reconocimiento inicial: • Todos los activos financieros de las categorías 1 y 2 anteriores se registran al costo amortizado y se someten a una prueba de deterioro de valor. • Todos los activos financieros de la categoría 3 anterior se registran al valor razonable, reconociéndose los cambios de valor en la cuenta de resultados. • Todos los activos financieros de la categoría 4 anterior se valoran al valor razonable en el balance, reconociéndose los cambios de valor en el patrimonio neto, con sujeción a una prueba de deterioro de valor. Si el valor razonable de un activo disponible para la venta no puede medirse de forma fiable, se contabilizará al costo. Tras la adquisición, la mayoría de los pasivos financieros se valoran al importe originalmente registrado menos rembolsos de principal y amortización. Hay tres categorías de pasivos que se registran a valor razonable ajustándose los cambios en su valor en la cuenta de resultados: • Pasivos derivados. • Pasivos mantenidos para negociación (ventas de valores en descubierto); y • Cualquier pasivo que designe la empresa, en el momento de su emisión, que va a registrarse a través de la cuenta de resultados (la "opción del valor razonable"). El valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo o liquidado un pasivo, entre partes interesadas, debidamente informadas, en una operación realizada en condiciones de independencia mutua. La jerarquía establecida por la NIC 39 para el valor razonable es la siguiente: - En primer lugar, el precio de cotización en un mercado activo. - En segundo lugar, utilizar una técnica de valoración que haga máximo uso de la información del mercado y que incluya operaciones de mercado recientes realizadas en condiciones de libre concurrencia, referencias al valor razonable actual de otro instrumento que sea sustancialmente similar, análisis de flujos de efectivo descontados y modelos de valoración de opciones. La NIC 39 establece las condiciones para determinar cuándo se ha transferido el control sobre un activo o pasivo financiero a otra parte, por lo que debe ser dado de baja del balance (cancelado). La cancelación queda prohibida en la medida en que el transmitente siga estando involucrado en un activo o en una parte del mismo que haya trasmitido.

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La contabilización de coberturas (reconocimiento de los efectos compensatorios de los cambios del valor razonable tanto del instrumento de cobertura como del elemento cubierto en la cuenta de resultados del mismo período) se permite en determinadas circunstancias, siempre que la relación de cobertura esté claramente definida, sea medible y realmente efectiva. La NIC 39 establece tres tipos de coberturas: • Cobertura de valor razonable: Si una entidad cubre un cambio en el valor razonable de un activo, pasivo o compromiso en firme reconocido, el cambio en el valor razonable tanto del instrumento de cobertura como del elemento cubierto se reconoce en la cuenta de resultados cuando se produce. • Cobertura de flujos de efectivo: Si una entidad cubre los cambios en los flujos de efectivo futuros relacionados con un activo o pasivo reconocido o una operación considerada probable, el cambio en el valor razonable del instrumento de cobertura se reconoce directamente en el patrimonio neto hasta que tengan lugar dichos flujos de efectivo futuros. Una cobertura del riesgo de cambio en un compromiso firme podrá registrarse como cobertura del valor razonable o como cobertura de flujos de efectivo. La cobertura de una inversión neta en una entidad extranjera recibe el tratamiento de cobertura de flujo de efectivo. Las modificaciones realizadas en 2003 a la NIC 39 trasladaron todos los desgloses que se contemplaban en la NIC 39 a la NIC 32. NIC 40 - PROPIEDADES DE INVERSION. La NIC 40 regula el tratamiento contable de los inmuebles de inversión y los desgloses correspondientes. Los inmuebles de inversión son terrenos y edificios (en propiedad o bajo arrendamiento financiero) destinados al alquiler o a la obtención de plusvalías o a ambos. Esta Norma no se aplica a terrenos o edificios utilizados por el propietario o que se encuentren en fase de construcción o desarrollo para su uso futuro como inversión, o que se encuentren a la venta como consecuencia de la actividad normal de la sociedad. Permite a las empresas elegir entre el modelo de costo y el de valor razonable. • Modelo de valor razonable: El inmueble de inversión se registra a su valor razonable y los cambios en éste se contabilizan directamente en la cuenta de resultados. • Modelo de costo: El inmueble de inversión se registra a su valor neto contable corregido por las pérdidas por deterioro de su valor. Adicionalmente, es necesario revelar el valor razonable.

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El modelo elegido ha de aplicarse a todos los inmuebles de inversión de la sociedad. Si una entidad utiliza el modelo del valor razonable pero, en el momento de comprar un inmueble determinado, existen claros indicios de que la entidad no podrá determinar su valor razonable de forma continuada, se aplicará el modelo del coste al activo hasta su enajenación. Se permite cambiar de un modelo a otro cuando así se logre una presentación de información más adecuada (no obstante, es improbable que se justifique un cambio del modelo del valor razonable al modelo del costo). Un inmueble, que cumple con la definición general de inmueble de inversión, que lo mantenga un arrendatario bajo arrendamiento operativo, podrá ser considerado contablemente inmueble de inversión, siempre que el arrendatario utilice el modelo del valor razonable establecido en la NIC 40. En este caso, el arrendatario contabilizará el arrendamiento como si se tratara de un arrendamiento financiero. La información a revelar incluirá: • El método de determinación del valor razonable. • El alcance de la participación de un valorador independiente en la determinación del valor razonable. • Los criterios utilizados para clasificar el bien como inmueble de inversión o no. • Los importes registrados en la cuenta de resultados.

NIC 41 – AGRICULTURA. Establecer los criterios para la contabilización solamente de la actividad agrícola – que comprende la gestión de la transformación de activos biológicos (plantas y animales) en productos agrícolas. Valoración de todos los activos biológicos a valor razonable menos los costes estimados hasta el punto de venta a la fecha de balance, salvo que el valor razonable no pueda ser determinado de forma fiable. Valoración de los productos agrícolas a valor razonable en el lugar de su cosecha menos los costos estimados hasta el punto de venta. Dado que los productos agrícolas cosechados son mercancías comercializables no hay excepciones para la determinación del valor razonable. Las variaciones en el valor razonable de un activo biológico en un período se registran en la cuenta de resultados. Excepción a la determinación del valor razonable de un activo biológico:

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♦ Cuando en el momento del reconocimiento inicial en los estados financieros no hay un mercado activo y no es determinable por otro método de valoración fiable, el activo biológico específico se valorará de acuerdo con el modelo del costo. Los activos biológicos deben ser contabilizados a su valor neto contable corregido por las pérdidas por deterioro de valor. ♦ El precio de mercado cotizado en un mercado activo constituye generalmente la mejor estimación de valor razonable para un activo biológico o un producto agrícola. Si no existe mercado activo, la NIC 41 proporciona pautas para seleccionar otros criterios de valoración. La valoración a valor razonable se aplica hasta el momento de la cosecha. La NIC 2, Existencias, sería de aplicación a partir del momento de la cosecha. La información a revelar incluye:  Descripción de los activos biológicos de la sociedad, clasificados por categorías.  Valor neto contable de cada categoría.  Variaciones en el valor razonable durante el período.  Conciliación de cambios en el valor contable de los activos biológicos durante el período, indicando de forma separada los cambios en la valoración, adquisiciones, ventas y cosechas.  Criterios para la determinación del valor razonable.

3.4 NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIIF) Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) son un conjunto de normas contables de carácter mundial de alta calidad, comprensibles y de obligatorio cumplimiento, que exijan información transparente y de alta calidad en la información financiera. El objetivo de las NIIF es ayudar a los participantes en los mercados de capitales de todo el mundo, y a otros usuarios, a tomar decisiones económicas. Ese es el entorno en el cual giran las NIIF, y en el paradigma de la utilidad de la información financiera para la toma de decisiones económicas es en el cual debe ubicarse el elaborador de información financiera. Cada vez que escuchemos hablar de NIIF, debemos comprender que estamos hablando de cuatro conjunto de normas, que entre todas conforman lo que se conoce como Normas Internacionales de Información Financiera, y entre ellas tenemos:

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• •

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Normas Internacionales de Información financiera (NIIF), International Financial Reporting Standards (IFRS), las cuales comprenden desde la No 1, hasta la No 13. Normas Internacionales de Contabilidad (NIC), International Accounting Standards (IAS), las cuales comprenden desde la No 1, hasta la No 41; existiendo algunas que han sido eliminadas de forma posterior.



Comité de Interpretaciones de NIIF (CINIIF), International Financial Reporting Interpretation Committee (IFRIC), las cuales comprenden desde la No 1, hasta la No 20. (algunas han sido eliminadas).



Standing Interpretations Committee (SIC), Comité de Interpretaciones de las NIC, las cuales solo se encuentra vigentes la No 7, 10, 15, 25, 27, 29, 31 y 32.

Este conjunto de normas en su totalidad comprenden lo que se conoce como NIIF, y cuando se escuche la palabra NIIF esta comprende las cuatro anteriores categorías descritas.(2.f) 1

ADOPCIÓN POR PRIMERA VEZ DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA El objetivo de esta NIIF es asegurar que los primeros estados financieros conforme a las NIIF de una entidad, así como sus informes financieros intermedios, relativos a una parte del periodo cubierto por tales estados financieros, contienen información de alta calidad que:  Sea transparente para los usuarios y comparable para todos los periodos en que se presenten;  Suministre un punto de partida adecuado para la contabilización según las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF); y  Pueda ser obtenida a un costo que no exceda a sus beneficios. Esta NIIF no contiene exenciones a los requerimientos de presentación e información a revelar de otras NIIF. Información comparativa para cumplir con la NIC 1, los primeros estados financieros conforme a las NIIF de una entidad incluirán al menos tres estados de situación financiera, dos estados del resultado integral, dos estados de resultados separados (si se presentan), dos estados de flujos de efectivo y dos estados de cambios en el patrimonio y las notas correspondientes, incluyendo información comparativa. Información comparativa no preparada conforme a las NIIF y resúmenes de datos históricos. Algunas entidades presentan resúmenes históricos de datos seleccionados, para periodos anteriores a aquél en el cual presentan información comparativa completa

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según las NIIF. Esta NIIF no requiere que estos resúmenes cumplan con los requisitos de reconocimiento y medición de las NIIF. Además, algunas entidades presentan información comparativa conforme a los PCGA anteriores, así como la información comparativa requerida por la NIC 1. En los estados financieros que contengan un resumen de datos históricos o información comparativa conforme a los PCGA anteriores, la entidad:  Identificará de forma destacada la información elaborada según PCGA anteriores como no preparada conforme a las NIIF.  Revelará la naturaleza de los principales ajustes que habría que practicar para cumplir con las NIIF. La entidad no necesitará cuantificar dichos ajustes.

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PAGOS BASADOS EN ACCIONES. El objetivo de esta NIIF consiste en especificar la información financiera que ha de incluir una entidad cuando lleve a cabo una transacción con pagos basados en acciones. En concreto, requiere que la entidad refleje en el resultado del periodo y en su posición financiera, los efectos de las transacciones con pagos basados en acciones, incluyendo los gastos asociados a las transacciones en las que se conceden opciones sobre acciones a los empleados. Una entidad aplicará esta NIIF en la contabilización de todas las transacciones con pagos basados en acciones, pueda o no identificar específicamente algunos o todos los bienes o servicios recibidos, incluyendo:  Transacciones con pagos basados en acciones liquidadas mediante instrumentos de patrimonio.  Transacciones con pagos basados en acciones liquidadas en efectivo, y  Transacciones en las que la entidad reciba o adquiera bienes o servicios, y la condiciones del acuerdo proporcionen ya sea a la entidad o al proveedor de dichos bienes o servicios, la opción de si la entidad liquida la transacción en efectivo (o con otros activos) o mediante la emisión de instrumentos de patrimonio.

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COMBINACIÓN DE NEGOCIOS.

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El objetivo de esta NIIF es mejorar la relevancia, la fiabilidad y la comparabilidad de la información sobre combinaciones de negocios y sus efectos, que una entidad que informa proporciona a través de su estado financiero. Para lograrlo, esta NIIF establece principios y requerimientos sobre la forma en que la entidad adquirente:  Reconocerá y medirá en sus estados financieros los activos identificables adquiridos, los pasivos asumidos y cualquier participación no controladora en la entidad adquirida.  Reconocerá y medirá la plusvalía adquirida en la combinación de negocios o una ganancia procedente de una compra en condiciones muy ventajosas.  Determinará qué información revelará para permitir que los usuarios de los estados financieros evalúen la naturaleza y los efectos financieros de la combinación de negocios. Esta NIIF se aplicará a una transacción u otro suceso que cumpla la definición de una combinación de negocios. Esta NIIF no se aplicará a:  La formación de un negocio conjunto.  La adquisición de un activo o de un grupo de activos que no constituya un negocio. En estos casos, la entidad adquirente identificará y reconocerá los activos identificables individuales que se adquirieron (incluyendo los que cumplan con la definición y los criterios de reconocimiento de los activos intangibles incluidos en la NIC 38 Activos Intangibles) y los pasivos asumidos. El costo del grupo deberá distribuirse entre los activos individualmente identificables y los pasivos sobre la base de sus valores razonables relativos en la fecha de la compra. Esta transacción o suceso no dará lugar a una plusvalía.  Una combinación de entidades o negocios bajo control, identificación de una combinación de negocios. Una entidad determinará si una transacción u otro suceso es una combinación de negocios mediante la aplicación de la definición de esta NIIF, que requiere que los activos adquiridos y los pasivos asumidos constituyan un negocio. Cuando los activos adquiridos no sean un negocio, la entidad que informa contabilizará la transacción o el otro suceso como la adquisición de un activo.

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CONTRATOS DE SEGURO. Esta NIIF nos habla de cómo ofrecer, sobre los contratos de seguro, la entidad emisora de dichos contratos (que en esta NIIF se denomina aseguradora), hasta que l Consejo complete la segunda fase de su proyecto sobre contratos de seguro. En particular, esta NIIF requiere:  Realizar un conjunto de mejoras limitadas en la contabilización de los contratos de seguro por parte de las aseguradoras.

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Revelar información que identifique y explique los importes de los contratos de seguro en los estados financieros de la aseguradora, y que ayude a los usuarios de dichos estados a comprender el importe, calendario e incertidumbre de los flujos de efectivo futuros procedentes de dichos contratos.

Una entidad aplicará esta NIIF a los: Contratos de seguro (incluyendo también los contratos de reaseguro) que emita y a los contratos de reaseguro de los que sea tenedora. Instrumentos financieros que emita con un componente de participación discrecional. La NIIF 7 Instrumentos Financieros: Información a Revelar requiere la revelación de información sobre los instrumentos financieros, incluyendo los instrumentos que contengan esta característica.

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ACTIVOS NO CORRIENTES MANTENIDOS PARA LA VENTAY OPERACIONES DISCONTINUADAS. El objetivo de esta NIIF es especificar el tratamiento contable de los activos mantenidos para la venta, así como la presentación e información a revelar sobre las operaciones discontinuadas. En particular, la NIIF requiere que:  Los activos que cumplan los criterios para ser clasificados como mantenidos para la venta, sean valorados al menor valor entre su importe en libros y su valor razonable menos los costos de venta, así como que cese la depreciación de dichos activos; y  Los activos que cumplan los criterios para ser clasificados como mantenidos para la venta, se presenten de forma separada en el estado de situación financiera, y que los resultados de las operaciones discontinuadas se presenten por separado en el estado del resultado integral. Los requerimientos de clasificación y presentación de esta NIIF se aplicarán a todos los activos no corrientes reconocidos, y a todos los grupos de activos para su disposición que tiene la entidad. Los requerimientos de medición de esta NIIF se aplicarán a todos los activos no corrientes reconocidos y a los grupos de activos para su disposición, excepto a aquellos activos enumerados en el párrafo 5, que continuarán midiéndose de acuerdo con la Norma que se indica en el mismo. Los activos clasificados como no corrientes de acuerdo con la NIC 1 Presentación de Estados Financieros no se reclasificarán como activos corrientes hasta que cumplan los criterios para ser clasificados como mantenidos para la venta de acuerdo con esta

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NIIF. Los activos de una clase que una entidad consideraría normalmente como no corriente que se adquieran exclusivamente con intención de reventa no se reclasificarán como corrientes a menos que cumplan los criterios para ser clasificados como mantenidos para la venta de acuerdo con esta NIIF. En ocasiones, una entidad dispone de un grupo de activos, posiblemente con algunos pasivos directamente asociados, de forma conjunta y en una sola transacción. Un grupo de activos para su disposición puede ser un grupo de unidades generadoras de efectivo, una única unidad generadora de efectivo, o parte de una unidad generadora de efectivo. El grupo puede incluir cualesquiera activos y pasivos de la entidad, incluyendo activos corrientes, pasivos corrientes y activos excluidos por el párrafo 5 de los requerimientos de medición de esta NIIF. Si un activo no corriente, dentro de alcance de los requisitos de medición de esta NIIF, formase parte de un grupo de activos para su disposición, los requerimientos de medición de esta NIIF se aplicarán al grupo como un todo, de tal forma que dicho grupo se medirá por el menor valor entre su importe en libros y su valor razonable menos los costos de venta. Los requerimientos de medición de activos y pasivos individuales, dentro del grupo de activos para su disposición, se establecen en los párrafos 18, 19 y 23. Los criterios de medición de esta NIIF no son aplicables a los siguientes activos, que quedan cubiertos por las Normas indicadas en cada caso, independientemente de que sean activos individuales o que formen parte de un grupo de activos para su disposición.

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EXPLORACIÓN Y EVALUACIÓN DE RECURSOS MINERALES. El objetivo de esta NIIF es especificar la información financiera relativa a la exploración y evaluación de recursos minerales. En particular, la NIIF requiere que:  Mejoras limitadas en las prácticas contables existentes para los desembolsos por exploración y evaluación.  Que las entidades que reconozcan activos para exploración y evaluación realicen una comprobación de su deterioro del valor de acuerdo con esta NIIF, y midan cualquier deterioro de acuerdo con la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos.  Revelar información que identifique y explique los importes que en los estados financieros de la entidad surjan de la exploración y evaluación de recursos minerales, que ayude a los usuarios de esos estados financieros a comprender el importe, calendario y certidumbre de los flujos de efectivo futuros de los activos para exploración y evaluación que se hayan reconocido. Una entidad aplicará esta NIIF a los desembolsos por exploración y evaluación en los que incurra.

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La NIIF no aborda otros aspectos relativos a la contabilización de las entidades dedicadas a la exploración y evaluación de recursos minerales. Una entidad no aplicará la NIIF a los desembolsos en que haya incurrido:  Antes de la exploración y evaluación de los recursos minerales, tales como desembolsos incurridos antes de obtener el derecho legal de explorar un área determinada.  Después de que sean demostrables la factibilidad técnica y la viabilidad comercial de la extracción de un recurso mineral.

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INSTRUMENTOS FINANCIEROS: INFORMACIÓN A REVELAR. El objetivo de esta NIIF es requerir a las entidades que, en sus estados financieros, revelen información que permita a los usuarios evaluar:  La relevancia de los instrumentos financieros en la situación financiera y en el rendimiento de la entidad.  La naturaleza y alcance de los riesgos procedentes de los instrumentos financieros a los que la entidad se haya expuesto durante el periodo y lo esté al final del periodo sobre el que se informa, así como la forma de gestionar dichos riesgos. Los principios contenidos en esta NIIF complementan a los de reconocimiento, medición y presentación de los activos financieros y los pasivos financieros de la NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentación y de la NIIF 9 Instrumentos Financieros. Esta NIIF se aplicará por todas las entidades, a todo tipo de instrumentos financieros, excepto a:  Aquellas participaciones en subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos, que se contabilicen de acuerdo con la NIC 27 Estados Financieros Consolidados y Separados, NIC 28 Inversiones en Asociadas, o NIC 31 Participaciones en Negocios Conjuntos. No obstante, en algunos casos la NIC 27, la NIC 28 o la NIC 31 permiten que una entidad contabilice las participaciones en una subsidiaria, asociada o negocio conjunto aplicando la NIIF 9; en esos casos, las entidades aplicarán los requerimientos de esta NIIF. Las entidades aplicarán también está NIIF a todos los derivados vinculados a las participaciones en subsidiarias, asociadas o negocios conjuntos, a menos que el derivado cumpla la definición de un instrumento de patrimonio de la NIC 32.  Los derechos y obligaciones de los empleadores surgidos por los planes de retribuciones a los empleados a los que se les aplique la NIC 19 Beneficios a los Empleados.  Los contratos de seguro, según se definen en la NIIF 4 Contratos de Seguro.

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No obstante, esta NIIF se aplicará a los derivados implícitos en contratos de seguro, siempre que la NIIF 9 requiera que la entidad los contabilice por separado. Además, un emisor aplicará esta NIIF a los contratos de garantía financiera si aplica la NIIF 9 en el reconocimiento y medición de esos contratos, pero aplicará la NIIF 4 si decidiese, de acuerdo con el apartado. Los instrumentos financieros, contratos y obligaciones que surjan de transacciones con pagos basados en acciones a los que se aplique la NIIF 2 Pagos Basados en Acciones, excepto que esta NIIF se aplique a contratos dentro del alcance de la NIIF 9. Esta NIIF se aplicará tanto a los instrumentos financieros que se reconozcan contablemente como a los que no se reconozcan. Los instrumentos financieros reconocidos comprenden activos financieros y pasivos financieros que estén dentro del alcance de la NIIF 9. Los instrumentos financieros no reconocidos comprenden algunos instrumentos financieros que, aunque están fuera del alcance de la NIIF 9, entran dentro del alcance de esta NIIF (como algunos compromisos de préstamo). Esta NIIF se aplicará a los contratos de compra o venta de una partida no financiera que esté dentro del alcance de la NIIF9.

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SEGMENTOS DE OPERACIÓN. Una entidad revelará información que permita que los usuarios de sus estados financieros evalúen la naturaleza y los efectos financieros de las actividades de negocio que desarrolla y los entornos económicos en los que opera. Esta NIIF se aplicará a:  Los estados financieros separados o individuales de una entidad: • Cuyos instrumentos de deuda o de patrimonio se negocien en un mercado público (ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado no organizado, incluyendo los mercados locales y regionales). • Que registre, o esté en proceso de registrar, sus estados financieros en una comisión de valores u otra organización reguladora, con el fin de emitir algún tipo de instrumento en un mercado público.  Los estados financieros consolidados de un grupo con una controladora: • Cuyos instrumentos de deuda o de patrimonio se negocien en un mercado público (ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado no organizado, incluyendo los mercados locales y regionales). • Que registre, o esté en proceso de registrar, los estados financieros consolidados en una comisión de valores u otra organización reguladora, con el fin de emitir algún tipo de instrumento en un mercado público.

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Cuando una entidad que no esté obligada a aplicar esta NIIF opte por revelar información sobre segmentos que no cumpla con ella, no describirá esa información como información por segmentos. Si un informe financiero de una entidad controladora que se encuentre dentro del alcance de por esta NIIF incluyese tanto sus estados financieros consolidados como sus estados financieros separados, sólo se requerirá información por segmentos en los estados financieros consolidados Segmentos de Operación: Un segmento de operación es un componente de una entidad:  Que desarrolla actividades de negocio de las que puede obtener ingresos de las actividades ordinarias e incurrir en gastos (incluidos los ingresos de las actividades ordinarias y los gastos por transacciones con otros componentes de la misma entidad).  Cuyos resultados de operación son revisados de forma regular por la máxima autoridad en la toma de decisiones de operación de la entidad, para decidir sobre los recursos que deben asignarse al segmento y evaluar su rendimiento sobre el cual se dispone la información financiera diferenciada.

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INSTRUMENTOS FINANCIEROS. El objetivo de esta NIIF es establecer los principios para la información financiera sobre activos financieros y pasivo financieros de forma que presente información útil y relevante para los usuarios de los estados financieros para la evaluación de los importes, calendario e incertidumbre de los flujos de efectivo futuros de la entidad. Una entidad aplicará esta NIIF a todas las partidas dentro del alcance de la NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición.

10 ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS. El objetivo de esta NIIF es establecer los principios para la presentación y preparación de estados financieros consolidados cuando una entidad controla una o más entidades distintas. Para el cumplimiento del objetivo esta NIIF:  Requiere que una entidad (la controladora) que controla una o más entidades distintas (subsidiarias) presente estados financieros consolidados.

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 Define el principio de control, y establece el control como la base de la consolidación.  Establece la forma en que se aplica el principio de control para identificar si un inversor controla una entidad participada y por ello debe consolidar dicha entidad.  Establece los requerimientos contables para la preparación de los estados financieros consolidados. Esta Norma no trata los requerimientos para contabilizar las combinaciones de negocios ni sus efectos sobre la consolidación, incluyendo la plusvalía que surge de una combinación de negocios (véase la NIIF 3 Combinación de Negocios). Una entidad que es una controladora presentará estados financieros consolidados. Esta NIIF se aplica a todas las entidades excepto a las siguientes:  Una controladora no necesita presentar estados financieros consolidados si cumple todas las condiciones siguientes: • Es una subsidiaria total o parcialmente participada por otra entidad y todos sus otros propietarios, incluyendo los titulares de acciones sin derecho a voto, han sido informados de que la controladora no presentará estados financieros consolidados y no han manifestado objeciones a ello. • Sus instrumentos de deuda o de patrimonio no se negocian en un mercado público (ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado no organizado, incluyendo mercados locales o regionales). • No registra, ni está en proceso de hacerlo, sus estados financieros en una comisión de valores u otra organización reguladora, con el propósito de emitir algún tipo de instrumentos en un mercado público. • Su controladora última, o alguna de las controladoras intermedias elabora estados financieros consolidados que se encuentran disponibles para uso público y cumplen con las NIIF.  Los planes de beneficios post-empleo u otros planes de beneficios a largo plazo a los empleados a los que se aplica la NIC 19 Beneficios a los Empleados.

11 ACUERDOS CONJUNTOS. El objetivo de esta NIIF es establecer los principios para la presentación de información financiera por entidades que tengan una participación en acuerdos que son controlados conjuntamente (es decir acuerdos conjuntos). Para cumplir el objetivo esta NIIF define control conjunto y requiere que una entidad que es una parte de un acuerdo conjunto determine el tipo de acuerdo conjunto en el que se encuentra involucrada mediante la evaluación de sus derechos y obligaciones

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y contabilice dichos derechos y obligaciones de acuerdo con el tipo de acuerdo conjunto. Esta NIIF se aplicará por todas la entidades que sean una parte de un acuerdo conjunto. Acuerdos conjuntos: Un acuerdo conjunto es un acuerdo mediante el cual dos o más partes mantienen control conjunto. Un acuerdo conjunto tiene las siguientes características:  Las partes está obligadas por un acuerdo contractual.  El acuerdo contractual otorga a dos o más de esas partes control conjunto sobre el acuerdo.  Un acuerdo conjunto es una operación conjunta o un negocio conjunto.

12 INFORMACIÓN ENTIDADES.

A

REVELAR

SOBRE

PARTICIPACIONES

EN

OTRAS

El objetivo de esta NIIF es requerir que una entidad revele información que permita a los usuarios de sus estados financieros evaluar:  La naturaleza de sus participaciones en otras entidades y los riesgo asociados con éstas.  Los efectos de esas participaciones en su situación financiera, rendimiento financiero y flujos de efectivo. Para cumplir el objetivo una entidad revelará:  Los juicios y supuestos significativos que ha realizado para determinar la naturaleza de su participación en otra entidad o acuerdo, y el tipo de acuerdo conjunto en el que tiene una participación.  Información sobre su participación en: • Subsidiarias. • Acuerdos conjuntos y asociadas. • Entidades estructuradas que no están controladas por la entidad (entidades estructuradas no consolidadas). Si la información a revelar requerida por esta NIIF, junto con la requerida por otras NIIF, no cumple el objetivo una entidad revelará cualquier otra información adicional que sea necesaria para cumplir con ese objetivo. Una entidad considerará el nivel de detalle necesario para satisfacer el objetivo de información a revelar y cuánto énfasis poner en cada uno de los requerimientos de esta NIIF.

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Agregará o desagregará información a revelar de forma que la utilidad de la información no se obstaculice por la inclusión de un gran volumen de detalles insignificantes o la acumulación de partidas que tengan diferentes características. Esta NIIF se aplicará por una entidad que tiene una participación en las siguientes entidades: 1. Subsidiarias. 2. Acuerdos conjuntos (es decir, operaciones conjuntas o negocios conjuntos) 3. Asociadas. 4. Entidades estructuradas no consolidadas. Esta NIIF no se aplicará a: 1. Los planes de beneficios post-empleo u otros planes de beneficios a largo plazo a los empleados a los que se aplica la NIC 19 Beneficios a los Empleados. 2. Los estados financieros separados de una entidad a la que se aplica la NIC 27 Estados Financieros Separados. Sin embargo, si una entidad tiene participaciones en entidades estructuradas no consolidadas y elabora estados financieros separados como sus únicos estados financieros, al preparar esos estados financieros separados. 3. Una participación mantenida por una entidad que participa en un acuerdo conjunto pero no tiene control conjunto de éste a menos que esa participación dé lugar a una influencia significativa sobre el acuerdo o sea una participación en una entidad estructurada. 4. Una participación en otra entidad que se contabilice de acuerdo con la NIIF 9 Instrumentos Financieros. Sin embargo, una entidad aplicará esta NIIF: • Cuando esa participación lo sea en una asociada o un negocio conjunto que, de acuerdo con la NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos, se mida al valor razonable con cambios en resultados. • Cuando esa participación sea en una entidad estructurada no consolidada.

13 MEDICIÓN DEL VALOR RAZONABLE. Esta NIIF define valor razonable; establece en una sola NIIF un marco para la medición del valor razonable; y requiere información a revelar sobre las mediciones del valor razonable. El valor razonable es una medición basada en el mercado, no una medición específica de la entidad. Para algunos activos y pasivos, pueden estar disponibles transacciones de mercado observables o información de mercado. Para otros activos y pasivos, pueden no estar disponibles transacciones de mercado observables e información de mercado. Sin embargo, el objetivo de una medición del valor razonable en ambos casos es el mismo -estimar el precio al que tendría lugar una transacción ordenada para vender el activo o transferir el pasivo entre participantes

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de mercado en la fecha de la medición en condiciones de mercado presentes (es decir, un precio de salida en la fecha de la medición desde la perspectiva de un participante de mercado que mantiene el activo o debe el pasivo. Cuando un precio para un activo o pasivo idéntico es no observable, una entidad medirá el valor razonable utilizando otra técnica de valoración que maximice el uso de variables observables relevantes y minimice el uso de variables no observables. Puesto que el valor razonable es una medición basada en el mercado, se mide utilizando los supuestos que los participantes de mercado utilizarían al fijar el precio del activo o pasivo, incluyendo los supuestos sobre riesgo. En consecuencia, la intención de una entidad de mantener un activo o liquidar o satisfacer de otra forma un pasivo no es relevante al medir el valor razonable. La definición de valor razonable se centra en los activos y pasivos porque son un objeto principal de la medición en contabilidad. Además, esta NIIF se aplicará a instrumentos de patrimonio propios de una entidad medida a valor razonable. Esta NIIF se aplicará cuando otra NIIF requiera o permita mediciones a valor razonable o información a revelar sobre mediciones a valor razonable (y mediciones, tales como valor razonable menos costos de venta, basados en el valor razonable o información a revelar sobre esas mediciones). Los requerimientos sobre medición e información a revelar de esta NIIF no se aplicarán a los elementos siguientes:  Transacciones con pagos basados en acciones que queden dentro del alcance de la NIIF 2. Pagos basados en Acciones.  Transacciones de arrendamiento que queden dentro del alcance de la NIC 17 Arrendamientos.  Mediciones que tengan alguna similitud con el valor razonable pero que no sean valor razonable, tales como el valor neto realizable de la NIC 2 Inventarios o valor en uso de la NIC 36 Deterioro del valor de los Activos. La información a revelar requerida por esta NIIF no se requiere para los siguientes elementos: a. Activos del plan medidos a valor razonable de acuerdo con la NIC 19 Beneficios a los Empleados. b. Inversiones en un plan de beneficios por retiro medidos a valor razonable de acuerdo con la NIC 26 Contabilización e Información Financiera sobre Planes de beneficio por Retiro. c. Activos para los que el importe recuperable es el valor razonable menos los costos de disposición de acuerdo con la NIC 36.

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Si el valor razonable se requiere o permite por otras NIIF, el marco de medición del valor razonable descrito en esta NIIF se aplicará a la medición inicial y posterior.

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IV. CASO PRÁCTICO:

EMPRESA NACIONAL DEL CARABAYÓN S.A.C. Y FILIAL Estados financieros consolidados 31 de diciembre de 2012 En Miles de Nuevos Soles

R.U.C. Nº 20585523914 Dirección: Av. El Ejercito Nº 483 – San Isidro - Lima

CONTENIDO  Estado de situación financiera Estado de resultados por función.  Estado de resultados integrales.  Estado flujos de efectivo.  Estado de cambios en el patrimonio.  Notas a los estados financieros

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EMPRESA NACIONAL DEL CARABAYÓN S.A.C. Y FILIAL Estados de situación financiera consolidados Al 31 de diciembre de 2012 y 2011 En Miles de Nuevos Soles

ACTIVOS Activos corrientes Efectivo y equivalente al efectivo Deudores comerciales y otras ctas. por cobrar, neto Otros activos no financieros Total de activos corrientes distintos a los activos clasificados como mantenidos para la venta Activos no corrientes clasificados como mantenidos para la venta Total de activos corrientes

31/12/2012 S/.

31/12/2011 S/.

2 799,245.00 53,517.00 100.00

2 207,338.00 804.00 100.00

2 852,862.00

2 208,242.00

-

.

2 852,862.00 ____________

578,760.00 2 787,002.00 ___________

Activos no corrientes Propiedad, planta y equipo neto Propiedades de inversión Derechos por cobros no corrientes

1,637.00 18,716.00 2,560.00

Total de activos no corrientes

22,913.00 __________ 2 875,775.00 ____________

Total de activos

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1,616.00 50,292.00 3,572.00 55,480.00 ___________ 2 842,482.00 ___________

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EMPRESA NACIONAL DEL CARABAYÓN S.A.C. Y FILIAL Estados de situación financiera consolidados Al 31 de diciembre de 2012 y 2011 En Miles de Nuevos Soles PASIVOS Pasivos corrientes

31/12/2012 S/.

31/12/2011 S/.

10,247.00

12,064.00

887,381.00

3 965,392.00

897,628.00

3 977,456.00

- . 2 852,862.00 ____________

578,760.00 2 787,002.00 ___________

Cuentas por pagar a entidades relacionadas Provisiones no corrientes por beneficios a los empleados Otros pasivos no financieros

5 425,395.00

1 109,229.00

33,380.00

301,902.00 19,803.00

Total de pasivos no corrientes

22,913.00 __________ 5 458,775.00

55,480.00 ___________ 1 430,934.00

Capital emitido Otras reservas Pérdidas acumuladas

324 072,198.00 6 705,129.00 (334 257,972.00)

324 072,198.00 6 705,129.00 (333 343,025.00)

Patrimonio atribuible a los propietarios de la controladora Participaciones no controladas

( 3 480,645.00) 17.00

( 2 565,698.00) 210.00

________________________

________________________

( 3 480,628.00)

( 2 565,908.00)

Cuentas por pagar comerciales y otras cuentas por pagar Provisiones corrientes por beneficios a los empleados Total de activos corrientes Activos no corrientes clasificados como mantenidos para la venta Total de activos corrientes Pasivos no corrientes

Total de activos PATRIMONIO

Total de patrimonio Total de pasivos y patrimonio neto

2 875,775.00 __________________________

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2 842,482.0 _________________________

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EMPRESA NACIONAL DEL CARABAYÓN S.A.C. Y FILIAL Estados de situación financiera consolidados Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2012 y 2011 En Miles de Nuevos Soles Estado de resultados por función

01/01/2012 31/12/2012 S/.

Ganancia (pérdida) Ingresos de actividades ordinarias Costo de venta Margen bruto

01/01/2011 31/12/2011 S/.

-

.

68,323.00 (31,106.00)

-

.

31,217.00

Gasto de administración (613,674.00) Otras ganancias 92,503.00 Otra pérdidas (454,608.00) Resultado por unidades de reajuste 60,759.00 Ganancias (pérdidas) antes de impuestos (915,020.00) Gastos por impuestos a las ganancias - . Ganancia (pérdida) procedente de operaciones continuadas (915,020.00) Ganancias (pérdidas) procedentes de operaciones discontinuadas - . Ganancia (pérdida) (915,020.00)

(672,103.00) 717,882.00 (993,193.00) 103,899.00 (812,298.00) . (812,298.00) . (812,298.00)

Ganancia (pérdida), atribuible a los tenedores de instrumentos de participación en el patrimonio neto de la empresa y participación minoritaria Ganancia (pérdida) atribuible a los propietarios; de la empresa Ganancia (pérdida) atribuible a participaciones particulares Ganancia (pérdida) Ganancia (pérdida) por acción Acciones comunes Ganancia (pérdida) por acción

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( 914,947.00)

(812,223.00)

( 73.00) (915,020.00)

( 75.00) (812,298.00)

S/. (0,0008057)

S/. (0,0007152)

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EMPRESA NACIONAL DEL CARABAYÓN S.A.C. Y FILIAL Estados de resultados integrales consolidados Por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2012 y 2011 En Miles de Nuevos Soles Estado de resultados integrales

01/01/2012 01/12/2012 S/.

01/01/2011 01/12/2011 S/.

Total de otros ingresos o gastos con cargo o abono en el patrimonio neto

-

Resultado de ingresos y gastos integrales

.

-

.

(915,020.00)

(812,298.00)

(914,947.00)

(812,223.00)

a accionistas minoritarios

(

(

Resultado de ingresos y gastos integrales

(915,020.00)

Resultado de ingresos y gastos integrales atribuibles a: Resultado de ingresos y gastos integrales atribuibles a accionistas mayoritarios Resultado de ingresos y gastos integrales atribuibles

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73.00)

75.00)

(812,298.00)

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Estados de situación financiera consolidados Al 31 de diciembre de 2012 y 2011 En Miles de Nuevos Soles Capital emitido

Pérdidas Patrimonio neto Participaciones Patrimonio neto acumuladas atribuible a no empresariales tenedores de instrumentos de patrimonio neto de la empresa S/. S/. S/. S/.

Otras reservas Acciones Ordinarias S/. Saldo inicial periodo al 01/01/2012 Resultado de ingresos y gastos integrales Otros (decrementos) incrementos en patrimonio 300.00 Cambios en el patrimonio Saldo final periodo al 31/12/2012

S/.

324 072,198.00 6 705,129.00 (333 343,025.00) -

-

(914,947.00) -

324 072,198.00

(2 565,698.00)

-

(914,947.00)

6 705,129.00 (334 257,972.00)

(3 480,645.00)

(210.00)

(2 565,908.00)

(914,947.00)

( 73.00)

-

-

(914,947.00) (17.00)

(227.00)

(915,020.00) 300.00 (914,720.00)

(3 480,628.00)

Saldo inicial periodo al 01/01/2011 322 905,127.00 6 705,129.00 (332 530,802.00) (2 920,546.00) (3,683.00) (2 924,229.00) Resultado de ingresos y gastos integrales (812,223.00) (812,223.00) ( 75.00) (812,298.00) aumento de capital 1 167,071.00 1 167,071.00 1 167,071.00 Otros (decrementos) incrementos en patrimonio 3,548.00 Cambios en el patrimonio Saldo final periodo al 31/12/2011

1 167,071.00 324 072,198.00

-

(812,223.00)

(354,848.00)

6 705,129.00 (333 343,025.00)

(2 565,698.00)

(3,473.00)

(358,321.00)

(210.00)

(2 565,908.00)

3,548.00

EMPRESA NACIONAL DEL CARABAYÓN S.A.C. Y FILIAL Estados de flujos de efectivo consolidados Por el ejercicio terminado al 31 de diciembre de 2012 y 2011 En Miles de Nuevos Soles Flujos de efectivo procedentes de ser utilizados en actividades de operación Clases de cobros por actividades de operación Cobros procedentes de las ventas de bienes y prestación de servicio Cobros procedentes de regalías, cuotas, comisiones y otros ingresos de actividades ordinarias Otros cobros por actividades de operación Clases de pagos Pagos a proveedores por el suministro de bienes y servicios Pagos por cuenta de los empleados Otros pagos por actividades de operación ( 9,148.00)

Flujos de efectivo neto utilizados en actividades de operación (2 036,000.00)

01/01/2012 31/12/2012 S/.

01/01/2011 31/12/2011 S/.

31,867.00

209,444.00

87,915.00

54,831.00 47,297.00

(1 025,563.00) (3 275,669.00) ( 7,692.00)

(316,937.00) (2 021,487.00)

(4 189,142.00) ___________________________

____________________

Flujos de efectivo procedentes de ser utilizados en actividades de inversión Importe de la venta de propiedades, planta y equipo Otras salidas de efectivo Flujos de efectivo netos procedentes de actividades de inversión

537,682.00 ( 72,799.00)

450,373.00 ( 90,692.00)

464,883.00

359,681.00

Flujos de efectivo procedentes de ser utilizados en actividades de financiación Colocación de acciones de pago Préstamo de entidades relacionadas Flujos de efectivo netos procedentes de actividades de financiación

166.00 4 316,000.00

2 276,300.00

4 316,166.00

2 276,300.00

Incremento neto en efectivo y equivalentes de efectivo, antes del efecto de variaciones en la tasa de cambio 519,907.00 Efectos de la variación en la tasa de cambio sobre el efectivo y equivalentes al efectivo . . Incremento neto del efectivo y equivalentes al efectivo 519,907.00 Efectivo y equivalentes al efectivo al principio del ejercicio 2 207,338.00

599,981.00 . 599,981.00 1 607,357.00

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Efectivo y equivalentes al efectivo al final del ejercicio

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2 799,245.00

2 207,338.00

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EMPRESA NACIONAL DEL CARABAYÓN S.A.C. Y FILIAL Notas a los estados financieros consolidados 31 de diciembre de 2012 y 2011 NOTA 1 - BASES CONSOLIDADOS

DE

PRESENTACIÓN

DE

LOS

ESTADOS

FINANCIEROS

Declaración de cumplimiento NIIF Los presentes estados financieros, han sido preparados de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera emitidas por el “International Accounting Standards Board” (IASB), y representan la adopción integral, explícita y sin reservas de las referidas normas internacionales. a)

Bases de preparación y presentación Los presentes estados financieros, han sido preparados de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Las cifras incluidas en los estados financieros adjuntos están expresadas en miles de pesos chilenos, debido a que el peso chileno es la moneda funcional de la Sociedad. Los estados financieros consolidados cubren los siguientes ejercicios: • Estados de Situación Financiera, al 31 de diciembre de 2012 y 2011. • • • •

Estado de resultados por función, por los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2012 y 2011. Estado de resultados integrales por los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2012 y 2011. Estado de cambios en el patrimonio, por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2012 y 2011. Estado de flujos de efectivo, por los ejercicios terminados al 31 de diciembre de 2012 y 2011.

La fecha de transición a IFRS de Empresa es el 1 de enero de 2009, para lo cual ha preparado su balance de apertura bajo NIIF 1 a dicha fecha. La fecha de adopción de las NIIF es el 1 de enero de 2010 de acuerdo a lo dispuesto por la SVS. De acuerdo a NIIF 1 para elaborar los estados financieros consolidados, se han aplicado todas las excepciones obligatorias y algunas de las exenciones optativas a la aplicación retroactiva de las NIIF. La preparación de estos estados financieros consolidados conforme a las NIIF requiere el uso de ciertas estimaciones contables críticas y también exige a la Administración que ejerza su juicio profesional en el proceso de aplicación de las políticas contables en la Sociedad.

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b)

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Bases de consolidación: Los estados financieros de Empresa Nacional del Carbón S.A. y su filial incluyen activos y pasivos al 31 de diciembre de 2012 y 2011, resultados, patrimonio y flujo. Los saldos de la Empresa relacionada, ingresos, gastos, y utilidades y pérdidas no realizadas han sido eliminados y la participación de inversionistas minoritarios ha sido reconocida bajo el rubro “Participaciones no controladoras”. Los estados financieros consolidados de la Sociedad matriz y filial cubren los ejercicios terminados en la misma fecha de los estados financieros individuales de la matriz Empresa Nacional del Carbón S.A. y han sido preparados aplicando políticas contables homogéneas. Todas las transacciones y saldos intercompañías han sido eliminados en la consolidación. Los estados financieros consolidados incluyen la siguiente empresa filial:

RUT

20542365191

c)

Sociedad

CARVILE S.A.

al 31 de diciembre

País

Perú

2012

99,99

de 2012 y 2011

Porcentaje de participación 2011 %

99,99

%

.

Nuevas normas e interpretaciones Las siguientes normas, interpretaciones y enmiendas son obligatorias por primera vez para los ejercicios financieros iniciados el 1 de enero de 2012: Enmiendas y mejoras iniciados a partir de

Obligatoria para ejercicios

NIC 12 “Impuesto a las Ganancias” IFRS 1 “Adopción por Primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera” IFRS 7 “Instrumentos Financieros: Revelaciones”

01/01/2012 01/07/2011 01/07/2011

La adopción de las normas, enmiendas e interpretaciones antes descritas, no tienen un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad. Las nuevas normas, interpretaciones y enmiendas emitidas, no vigentes para el ejercicio 2012, para las cuales no se ha efectuado adopción anticipada de las mismas.

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NOTA 2 - INFORMACIÓN FINANCIERA POR SEGMENTOS Información financiera por segmentos operativos, la NIIF 8 exige que las entidades adopten "el enfoque de la Administración" al revelar información sobre el resultado de sus segmentos operativos. En general, esta es la información que la Administración utiliza internamente para evaluar el rendimiento de los segmentos y decidir cómo asignar los recursos a los mismos. Empresa presenta la información por segmentos en función de la información financiera puesta a disposición de los tomadores de decisión, en relación a materias tales como medición de rentabilidad y asignación de inversiones y en función de la diferenciación de productos, de acuerdo a lo indicado en NIIF 8 - Información Financiera por Segmentos. Dada la disminución de las actividades operacionales determinaron segmentos operativos.

de la Sociedad no se

NOTA 3 - SITUACIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA DE LA SOCIEDAD Como se desprende de la lectura de los estados financieros consolidados al 31 de diciembre 2012 y 31 de diciembre de 2011, la Sociedad Matriz y su Filial presentan una complicada situación de pérdida y liquidez financiera. La situación económica y financiera de la Sociedad está afectada principalmente por los pasivos originados por la provisión producto de los Protocolos de Acuerdo establecidos entre el Gobierno, Empresa y ex trabajadores en el año 1997 y 2006 y 2008 (CARVILE S.A.), y además provisiones en activo fijo y del personal vigente, acotado a la nueva estructura de administración de beneficios, producto del cierre definitivo de la actividad extractiva y productiva de la mina Trongol y La Fortuna. Es una empresa cuyo principal accionista es la Corporación de Fomento de la Producción (CORFO), razón por la cual, recibe anualmente aportes fiscales aprobados en la Ley de Presupuestos, los que son necesarios tanto para hacer frente a los acuerdos emanados entre el Gobierno, Empresa y ex trabajadores como también al déficit de operación de su filial CARVILE S.A. A la luz de estos antecedentes, la Sociedad mantiene sus planes estratégicos orientados a dar cumplimiento a los compromisos establecidos en relación con los Protocolos de Acuerdo firmados por el Gobierno, Empresa y Sindicatos de Trabajadores.

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V. CONCLUSIÓNES:  Todas las normas tienen una base económica detrás, siendo la contabilidad un sistema de información para la toma de decisiones, es imprescindible contar con una normativa que se aplique a todos los países dada la globalización económica que hoy en día se vive, el "Tzunami Contable" que se nos avecina sobre la forma y el fondo de los estados financieros, que parte de una heterogeneidad de normas va dirigida a la armonización entre el estado y proceso para conseguir la uniformidad y comparabilidad de estados financieros, para la obtención de reflejar una imagen fiel del patrimonio y la situación financiera de las empresas emisoras de los informes.  "Un funcionamiento eficaz de los mercados de capitales es esencial para nuestro bienestar económico. En mi opinión, una sólida infraestructura de presentación de información financiera debe construirse sobre cuatro pilares: 1. Normas de contabilidad que sean uniformes, globales, y que estén basadas en principios claros para permitir que los informes financieros reflejen la realidad económica subyacente. 2. Prácticas eficaces de gobierno corporativo, incluyendo una obligación de establecer fuertes controles internos que implanten las normas de contabilidad. 3. Prácticas de auditoría que den al mundo exterior la seguridad de que una entidad está reflejando fielmente sus resultados económicos y su situación financiera. 4. Un mecanismo de aplicación o supervisión que garantice que se están cumpliendo los principios establecidos por las normas contables y de auditoría."  Es fundamental entonces el uso de un único método contable para poder establecer el verdadero sentido de un mundo globalizado y completamente integrado, el reto es inmenso, está solo en nosotros hacer arrancar el motor que nos conducirá a un mundo globalizado y más unido.  Las NIIF son un tema de profesionalismo por parte del área financiera de la entidad, los contadores como profesionales estamos obligados a dominar las NIIF (no solo limitarse a estudiarlas).

 Recordemos siempre que las NIIF es un tema de calidad y transparencia de la información financiera, no es un tema de requisitos legales o imposiciones extranjeras.

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V. RECOMENDACIÓNES:  En primer lugar se recomienda que la normalización contable en consideración al cuerpo normativo del IASB, aceptando sus principios generales e iniciando un proceso gradual y continuo de reforma del Derecho contable.  Las recomendaciones relativas a las normas de elaboración de las cuentas anuales, tanto individuales como consolidadas No obstante, dado que la normativa se va a adaptar a dichos criterios, se considera que podría también conseguirse que se cumplieran los criterios NIC/NIIF a través de la normativa peruana, lo que supondría una renuncia a que todos los grupos, con independencia de que coticen o no sus sociedades, fueran contablemente hablando tratados de forma equivalente, pero evitaría discrepancias en estos grupos no cotizados entre las cuentas anuales individuales y consolidadas y podría ser conveniente desde un punto de vista de comparabilidad de la información contable entre dichos grupos dado que la normativa internacional contempla un número importante de opciones, en algunos casos con criterios antagónicos.

 Se recomienda que todas las empresas peruanas, cotizadas o no y con independencia de su tamaño, apliquen exclusivamente la normativa contable en la elaboración de las cuentas individuales, que debería contener criterios de valoración y presentación compatibles con las NIC/NIIF y su Marco Conceptual. A este respecto, y aun cuando se considera que sería deseable que las normas contables aplicables a los distintos sujetos contables españoles fuesen las mismas, los inconvenientes detectados que se derivarían de una aplicación directa de las NIC/NIIF impiden recomendar esta posición.  En la adaptación de la normativa contable nacional a la emitida por el IASB, el órgano regulador debería elegir siempre la opción que considere que refleja mejor la imagen fiel de entre las permitidas por las NIC/NIIF, limitando siempre que fuera posible las alternativas abiertas a las empresas respecto a la valoración y presentación de la información. Asimismo, se recomienda que respecto a los tratamientos contables más complejos recogidos en las NIC/NIIF, se analizara la conveniencia de incluir criterios más simplificados, siempre que su impacto en los estados financieros fuese razonablemente similar.

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS ESCUELA DE CONTABILIDAD

PROGRAMA ESPECIAL DE TITULACIÓN CONTABILIDAD FINANCIERA

VI. BIBLIOGRAFÍA 1. CONTADORES Y EMPRESAS – sistema integral de información “NIC Y NIIF” 2. PAGINAS WEB: a. http://leonardotorresh.blogspot.com-Conferencia de Normas Internacionales Contabilidad. b. http://iasplus.deloitte.es c. http://www.iasb.org d. http://www.contach.cl e. http://www.monografias.com/marco-conceptual-normas-informacion- financiera f. http://www.consultorcontable.com

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