Modelo - Contrato de Locacion de Inmueble - Argentina

MODELOS DE CONTRATO DE ALQUILER BUENOS AIRES - ARGENTINA Entre los Sr. ……………………….; con domicilio legal en ……………………………..

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MODELOS DE CONTRATO DE ALQUILER BUENOS AIRES - ARGENTINA

Entre los Sr. ……………………….; con domicilio legal en ……………………………..en adelantete denominado el LOCADOR, por una parte y el Sr. ………………………………, con domicilio legal en …………………………………, en adelante denominado el LOCATARIO por la otra parte, ambos mayores de edad y hábiles para contratar, han convenido en celebrar el presente contrato de locación de acuerdo a los normas del art. 1187 y sstes. Del Código Civil, que se regirá por las cláusulas que a continuación se detallan: PRIMERA: El LOCADOR da en locación al LOCATARIO, el departamento de su propiedad compuesto por cocina, comedor diario, living-comedor; baño; dormitorio y cochera; ubicado en calle …………………………. de esta Ciudad ……………………………. SEGUNDA: El lapso de la presente locación es por el término de veinticuatro (24) meses, a partir del día ….. del mes de …….. de 20…, hasta el día …. del mes de ………… de 20…. inclusive, fecha ésta última en que el LOCATARIO entregará al LOCADOR el citado inmueble totalmente desocupado.--------------------------------------TERCERA: El LOCATARIO abonará en concepto de alquiler una suma total de PESOS ……………………………………….($ 000.000), que serán abonados de la siguiente manera: los primeros seis (6) meses, meses 1° al 6° inclusive, la suma de PESOS……………………………..($ 00.000) mensuales; los segundos seis meses, meses 7º al 12º inclusive, la suma de PESOS …………… ($ 00.000) mensuales; el tercer semestre, meses 13° al 18º inclusive, la suma de PESOS ……………………… ($ 00.000) mensuales; cuarto semestre, meses 19º al 24º inclusive, la suma de PESOS ……………….. ($ 00.000) mensuales pagaderos en efectivo o mediante depósito bancario entre el día …. y ….. de cada mes por adelantado y por períodos completos, no siendo susceptibles de fraccionarse, cualquiera sea el tiempo de utilización, sin necesidad de requerimiento alguno.------------------------------------------------------------CUARTA: El LOCATARIO, declara recibir el citado bien inmueble motivo del presente contrato, en perfecto estado de aseo y conservación, con todos los artefactos de baño y cocina en perfecto estado, así como todos sus pisos, vidrios, herrajes y demás accesorios que se obliga a conservar y devolver en las mismas condiciones, salvo los deterioros causados por la acción del tiempo, o por uso pacífico y natural siendo por cuenta del LOCATARIO, la conservación y limpieza de los artefactos existentes así como la reposición de todos los accesorios que se rompieren o se extraviaren, obligándose a pagar los daños y perjuicios ocasionados a la propiedad.-------------------QUINTA: El LOCATARIO ocupara el inmueble exclusivamente como vivienda familiar quedando prohibido ocuparlo en otra forma como, sub-arrendar o transferir la presente locación en todo o parte o modificar su destino, salvo expresa notificación y conformidad del Locador EN EL ULTIMO SUPUESTO.------------------------------------

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SEXTA: El LOCATARIO se compromete a conservar y respetar las leyes y decretos, ordenanzas y reglamentaciones en vigencia, normas morales, buenas costumbres y muy especialmente observar y cumplir con respeto la convivencia que requiere la vida en un ámbito de consorcio.----------------------------------------------------------------------------SEPTIMA: Queda expresamente vedado al LOCATARIO, realizar cualquier tipo de modificaciones o construcciones en el inmueble, sin el expreso consentimiento por escrito por parte del LOCADOR, todas las mejoras y/o modificaciones introducidas quedaran para beneficio del LOCADOR al finalizar la relación locativa sin cargo alguno.-----------------------------------------------------------------------------------------------OCTAVA: El LOCADOR, no se obliga a hacer reparaciones durante el curso de la locación y no será responsable por los daños y perjuicios que pudieran surgir o ser originados por causas fortuitas o de fuerza mayor, ocasionados al LOCATARIO, terceros o sus bienes. Tampoco el LOCADOR se responsabiliza por cualquier deficiencia en los servicios de la casa; el LOCATARIO, dará aviso inmediato al LOCADOR, de cualquier desperfecto del inmueble originado en la unidad sin importar su origen y además deberá permitir la ejecución de todos los trabajos que fueren necesarios para la conservación, mejora, o edificación de linderos o del propio inmueble, sin derecho a cobrar indemnización alguna.----------------------------------------NOVENA: Queda facultado el LOCADOR, o las personas que este designe a ingresar en el inmueble a fines de inspeccionar desperfectos o anomalías, debiendo el LOCATARIO permitir el ingreso.----------------------------------------------------------------DECIMA: Estarán a cargo del LOCATARIO, el pago de las facturas de los servicios de gas, electricidad, teléfono y agua (AYSA), que afecten la unidad locada. Asimismo estarán a cargo del LOCATARIO las expensas comunes ordinarias mensuales y el pago del Impuesto Inmobiliario y ABL (alumbrado, barrido y limpieza y conservación de sumideros) y/o cualquier otro impuesto que en el futuro grave a la propiedad.-----------UNDECIMA: La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones del LOCATARIO autoriza al LOCADOR, a pedir el desalojo inmediato, ello implicará la rescisión del contrato por culpa del LOCATARIO, quedando el LOCADOR, facultado para arrendar el citado inmueble, por precio, plazo y condiciones que estime convenientes.---------------------------------------------------------------------------------------DÉCIMO SEGUNDA: ACCION DE DESALOJO: La falta de pago de dos meses de alquiler consecutivos o de cualquier servicio que grave la propiedad dentro del plazo convenido, dará derecho al LOCADOR a, previos los trámites establecidos por la ley, considerar irrevocablemente rescindido el presente contrato de locación y convenio, pudiendo pedir el desalojo del bien y con derecho a reclamar las pérdidas e intereses que ocasionen el incumplimiento.---------------------------------------------------------------DÉCIMO TERCERA: COBRO POR VIA EJECUTIVA: Queda establecido entre las partes y de acuerdo al Código Civil y Comercial, sus concordantes y correlativos, la vía ejecutiva para el cobro de los alquileres atrasados, en los casos de mora, y para cualquier concepto como tasas, servicios pendientes, etc--------------------------------------

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DECIMO CUARTA: DEVOLUCION DE LLAVES: Si al entregar las llaves y desocupar el inmueble locado se comprobare la existencia de desperfectos, averías y/u obstrucciones imputables al LOCATARIO, éste quedará obligado a satisfacer el importe del alquiler mensual más lo establecido por la cláusula vigésimo segunda por todo el tiempo necesario que transcurra, hasta que los desperfectos o deterioros sean reparados. La recepción por parte del LOCADOR del inmueble arrendado, aún sin reserva alguna de su parte, no importará conformidad con el estado del inmueble, por lo que el locatario deberá requerir comprobante de recepción en el que conste expresamente dicha circunstancia para su liberación.----------------------------------------------------------DÉCIMO QUINTA: Cláusula penal: Se estipula como cláusula penal, que ante el supuesto de que el LOCATARIO no restituya el inmueble en tiempo y las formas convenidas, otorga derecho al LOCADOR a exigir un valor mensual, por la ocupación indebida, equivalente a la triplicación del alquiler último vigente hasta la recuperación por el LOCADOR de la disponibilidad material y jurídica del inmueble, no implicando ello tácita reconducción ni prórroga alguna, sin perjuicio del ejercicio de las facultades del artículo siguiente, pudiendo proseguir el cobro por la vía ejecutiva.--------------------DÉCIMO SEXTA: Pacto comisorio: Cualquier incumplimiento por parte del LOCATARIO a las estipulaciones de este contrato, en especial la falta de pago de dos cánones locativos y/o cualquiera de las prohibiciones o deberes por convención establecidas por la ley, faculta al LOCADOR a declarar resuelto de pleno derecho el contrato de alquiler, exigir el desalojo inmediato y en su consecuencia promover todas las acciones que le competa en su favor, extrajudiciales, o judiciales, sea de desalojo, cobro de deuda, daños y perjuicios, etc., pactándose que en el supuesto de cobro lo sea por la vía ejecutiva.---------------------------------------------------------------------------------DÉCIMO SEPTIMA: En caso de mora en el pago del alquiler, el LOCATARIO, deberá pagar un interés cuya tasa será igual a una vez y media a la vigente a esa fecha en el Banco de la Nación Argentina, para sus operaciones de descubierto el cual se aplicará desde la fecha de pago acordada y el día de su efectivo pago. El LOCADOR podrá rechazar la cobranza del alquiler atrasado, si su pago no se efectuara conjuntamente con dicha multa.------------------------------------------------------------------DÉCIMO OCTAVA: Para el caso en el que el LOCATARIO dejara o dejare el inmueble abandonado o depositaré la llaves judicialmente se compromete a pagar el monto del alquiler hasta el día que el LOCADOR entre en posesión del mismo quedando a salvo los derechos del LOCADOR para exigir el cumplimiento del contrato.- La entrega de la llave de la propiedad deberá justificarla el LOCATARIO con documento escrito emanado del LOCADOR, o su representante legal, no admitiéndose otro medio de prueba.------------------------------------------------------------------------------DÉCIMO NOVENA: El LOCATARIO, deberá entregar al LOCADOR, las facturas pagas puntualmente de los servicios de Luz, Gas, AYSA e Impuesto Inmobiliario y ABL una vez efectuados los mismos, la falta de entrega de los citados comprobantes constituirán causal de desalojo de acuerdo a lo expresado a la cláusula undécima del presente contrato.-------------------------------------------------------------------------------------

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VIGÉSIMO: RESOLUCION ANTICIPADA- El LOCATARIO podrá, transcurridos los seis (06) primeros meses de vigencia de la relación locativa, resolver la contratación, debiendo notificar con un (1) mes de notificación de forma fehaciente su decisión al LOCADOR.-----------------------------------------------------------------------------------------VIGÉSIMO PRIMERA: Queda aclarado por el LOCADOR, que los alquileres serán abonados mediante depósito en Cuenta de..………… del banco..……. Nº ………….., CBU …………………….., o donde se designe con posterioridad; dichos pagos serán efectuados entre el día ….. y el día …….. de cada mes.------------------------------------VIGESIMO SEGUNDA: El presente contrato se celebra sobre la base de principios de buena fe entre las partes y las pautas del artículo 1198 párrafo 1º del Código Civil, en orden a lo que las partes verosímilmente entienden o deben entender obrando con cuidado y previsión.- En tal sentido y atentas las circunstancias políticas y económicas que vive la Argentina, a la firma del presente contrato y a las prohibiciones vigentes actualmente de implementación de cláusulas de ajuste y/o indexación y/o actualización monetaria, acuerdan las partes que en el caso de alterarse sustancialmente el equilibrio de las prestaciones y como mínimo cada año, ambas partes renegociarán los términos del contrato en un plazo de treinta (30) días al solicitado por cualquiera de las partes, a los efectos de compartir en su caso, la desproporción que eventualmente se genere.- Si se dictaré con posterioridad a la firma del presente, legislación en la materia que estableciere cláusulas compensatorias, las mimas se aplicarán en este contrato, si no hubiere acuerdo ambas partes quedarán en libertad de rescindir el contrato sin imputación de culpas ni obligaciones indemnizatorias para ninguna de las partes, lo que deberá efectuase dentro de los treinta (30) días de la notificación correspondiente.----VIGESIMO TERCERA: Para todos los efectos derivados de la interpretación, aplicación y ejecución del presente contrato, las partes se someten a los tribunales ordinarios de la ciudad de …………., con renuncia expresa al derecho de recusar sin causa alguna, al juzgado o cualquier otro fuero o jurisdicción, aunque le correspondiere. En todo lo demás que surge durante el plazo de la presente locación y que haga al uso de la misma, se estará a las normas de la LOCACION DE INMUEBLES insertas en el Código Civil y Comercial a las que se remitirán las partes en caso de ser necesario.-----En un todo de acuerdo se firman dos (02) ejemplares de un solo tenor y a un solo efecto en la ciudad de …………… a los.……..días del mes de ……….………..del año 20…..

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