MODELO CONTRATO DE EXCLUSIVIDAD E INTERMEDIACION INMOBILIARIA.docx

CONTRATO EXCLUSIVO DE INTERMEDIACIÓN INMOBILIARIA: Conste por el presente documento denominado CONTRATO EXCLUSIVO DE IN

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CONTRATO EXCLUSIVO DE INTERMEDIACIÓN INMOBILIARIA:

Conste por el presente documento denominado CONTRATO EXCLUSIVO DE INTERMEDIACIÓN INMOBILIARIA, que suscriben de una parte la Empresa ////////////////////////////// con RUC Nº 2/////////////////////////, con domicilio en el Distrito de Chimbote, Provincia del Santa Ancash, representado por du Gerente General Señor///////////////////////////, con Documento de Identidad Nacional Nº 32973478, según poderes inscritos en el Registro de Personas Jurídicas, Libro de Sociedades Anónimas en la Partida Nº //////// de la Zona registral Nº VII Sede Huaraz, Oficina Registral de Chimbote a quien para efectos del presente contrato se le denomina LA EMPRESA y de la otra parte la ///////////////////////////., con RUC Nº 20532064334, representado por su Gerente General Señor ///////////////////////, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 32908376, domiciliado en Urb. San Rafael Mz. F4 Lte. 19, Distrito de Chimbote, Provincia del Santa, Departamento de Ancash, según Poderes inscritos en Registro de Personas Jurídicas Libro de Sociedades Anónimas, en la Partida Nº /////////////////e la Zona Registral Nº VII Sede Huaraz Oficina Registral de Chimbote; y la otra //////////////////////////, con RUN Nº 20539952171, con domicilio legal en Calle Los Cerezos Nº 268Urb. La Arboleda, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, representado por su Gerente General Señor //////////////////////, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 18180436, según poderes inscritos en la Partida Electrónica Nº 1/////// del registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Trujillo, a quienes en adelante se les denominará LOS AGENTES, en los siguientes términos: PRIMERO: LA EMPRESA, requiere vender un terreno denominado Lote DB-IV del Sub Sector Pampa del Toro, Sector CH-1 del Proyecto Especial Chinecas, denominado FUNDO SANTA MARÍA, ubicado en el Distrito de Nuevo Chimbote, Provincia del Santa, Departamento y Región Ancash, cuyas características obran en la Partida Electrónica Nº ///////////////// del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chimbote Zona Registral de Chimbote, Zona Registral VII-Sede Huaraz, al cual se le denominará EL INMUEBLE. SEGUNDO: LOS AGENTES se dedican a realizar diferentes actividades relacionados al Rubro Inmobiliario dentro del marco de la Ley 29080 (Agente Inmobiliario), inscritos en el Registro del Agente Inmobiliario del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, facultados para realizar operaciones inmobiliarias a cambio de una contraprestación económica en el territorio nacional. TERCERA: Por medio del presente LA EMPRESA autoriza a LOS AGENTES, a realizar las diferentes actividades y operaciones Inmobiliarias para la Promoción, Presentación, Calificación y Cierre de Compra Venta, así como el asesoramiento en el proceso de Venta de EL INMUEBLE. CUARTA: El precio de venta de EL INMUEBLE, queda establecido en DIEZ MIL DÓLARES AMERICANOS (US $. 10,000.00) por Hectárea, pudiendo LOS AGENTES, vender en mayor suma. QUINTA: la contraprestación económica (COMISIÓN) que percibirán LOS AGENTES será el monto del sobre precio íntegro sobre el precio pactado en la cláusula anterior, y será compartido de la siguiente manera: EMPRESA CRECIMIENTO TOTAL SAC., el 80 % del sobre precio. GOLDEN GATE REAL ESTATE SAC., el 20 % del sobre precio.

Sumado ambos equivalente al 100 % del sobre precio integro. Asimismo, el Impuesto a la Renta de la COMISIÓN será asumido por LOS AGENTES. En caso el inmueble se venda por un valor de US $. 10,000.00 o menos, la comisión ascenderá al 3% del valor de la venta y será compartido por LOS AGENTES en los mismos porcentajes descritos anteriormente. SEXTA: Queda establecido que por intervención de los agentes, éstos han presentado a la empresa INVERSIONISTA SAC a LA EMPRESA, quien ha mostrado interés directo en la adquisición del inmueble. Asimismo, los agentes vienen gestionando la adquisición de un adicional de hasta 300 Has., caso en el cual se pactará una comisión especial por dicha gestión, siendo que LA EMPRESA procederá a titular dichos terrenos a nombre propio o de un tercero vinculado. Asimismo, queda convenido que la comisión pactada se respetará incluso hasta 6 meses posteriores a la vigencia del contrato, cualquiera fuera la razón que no permita concluir la venta o arrendamiento en el plazo pactado en este contrato. SÉPTIMA: La comisión se pagará por parte de LA EMPRESA dentro de las 24 horas de producido la venta o cualquier compromiso que implique desembolso a favor de LA EMPRESA por parte del cliente que han presentado. A estos efectos, los agentes emitirán sus Comprobantes respectivos para el abono en cuenta o emisión de cheque de gerencia a su favor OCTAVA: En lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas partes pactan que en el caso de que surjan controversias entre las mismas sobre asuntos materia del presente contrato, incluidas las referidas a su nulidad o invalidez, las partes se someten a arbitraje de conciencia del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Trujillo, mediante árbitro único, el que será nombrado por el mismo centro y sometiéndose a las reglas de procedimiento a las reglas de procedimiento del centro de arbitraje nombrado. NOVENA: El tiempo de duración del presente contrato será de 180 días contados a partir de la fecha de suscripción. En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de Trujillo a los 2 días del mes de Febrero del 2018.

---------------------------------------EL AGENTE

-----------------------------------------EL AGENTE -----------------------------------------LA EMPRESA