Memorial Juzgado de Transito

SEÑOR DEL JUZGADO SEGUNDO DE TRANSITO EN C.E.N.M.A ________, de veinticuatro años de edad, soltero, estudiante, guatemal

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SEÑOR DEL JUZGADO SEGUNDO DE TRANSITO EN C.E.N.M.A ________, de veinticuatro años de edad, soltero, estudiante, guatemalteco, de este domicilio, identificándome con el Documento Personal de Identificación – DPI- con Código Único de Identificación –CUI- número _____ (), extendido por el Registro Nacional de las Personas –RENAP-, de la República de Guatemala; señalando como lugar para recibir notificaciones la _______ de la ciudad de Guatemala, de la forma más atenta y respetuosa comparezco ante usted y,

E

X

P

O

N

G

O:

I. Que soy el legítimo tenedor del vehículo marca Toyota, modelo Corolla, año ___, con número de placas _____, el cual se encuentra a nombre de mi _________, chasis, vin, color y demás datos que constan en la tarjeta de circulación, la cual este juzgado tiene en custodia.

II.

Que con fecha

___ de noviembre de dos mil dieciséis,

siendo

aproximadamente las ___ horas de la noche, me dirigía sobre la décima avenida de la zona 11 por la Colonia Roosevelt, cuando un auto marca Toyota, modelo Corolla de año reciente con placas P______, conducido por el menor de edad _____ , se conducía sobre la 12 calle , 10 avenida de la zona 11, colonia Roosevelt, calle la cual tiene un letrero de alto, sin embargo en ningún momento respeto la señal de tránsito y se pasó la avenida sobre la cual yo iba conduciendo, por lo cual colisionamos de tal forma que no tuve tiempo de frenar ni de timonear a efecto de evitar el accidente, debido a su imprudencia y falta de cuidado.

III.

Cabe mencionar que el menor de edad_____, apenas ha empezado a

manejar, por lo cual su imprudencia e impericia, provoco que no tuviera el alcance y experiencia para actuar con precaución.

IV.

Luego de la colisión, una patrulla de la Policía Nacional Civil que se

encontraba cerca del área, llego a verificar los hechos, y a tomar nos datos, asimismo también buscaron ubicar los vehículos en un área que no obstaculizara el tránsito, inmediatamente se apersonaron los papas del menor_____,

los

señores

________

quienes

llegaron

apoyar

su

hijo,

posteriormente se presentó al lugar de los hechos una patrulla de la Policía Municipal de Transito, quien llego a poner orden y e identificar a las partes, pidiendo detalles del hecho

asimismo se le entregaron las licencias de

conducir y las tarjetas de circulación de los vehículos, pidiendo que por favor nos pusiéramos de acuerdo de forma conciliatoria para evitar que el enviara los documentos ante el Jugado competente y se resolviera en dicha instancia. Los padres del menor aceptaron apoyar y responsabilizarse de su hijo sin embargo iniciaron con ofrecerme Q.1,000.00 por los daños ocasionados sin embargo señor Juez, dicha cantidad no alcanza ni siquiera para enderezar ni pintar las piezas dañadas sin contar las piezas o fallas que pudieran ocurrir en el motor como resultado de la colisión, su falta de apertura al dialogo y su indisposición a negociar evito que pudiéramos llegar a un acuerdo consiente, justo sin el ánimo de perjudicarlos ni mucho menos buscar aprovecharnos de la situación, inclusive consientes de los rayones, reparaciones que el carro presentaba antes de la colisión.

V.

Debido a lo anterior, es la razón por la cual nos vemos en esta instancia

y comparezco ante usted Señor Juez, a presentar una serie de fotos y

cotizaciones como soporte del presente escrito, con el afán de darle una versión clara y objetiva de los hechos, y con el ánimo que se dicte una resolución favorable a mi persona, debido a que tengo que arreglar mi vehículo y las reparaciones oscilan de Q.3,500.00 a Q.5,000.00 por lo cual los Q.1,000.00 que ofrecieron los señores ______es sumamente injusto e incomprensible de su parte aun cuando se trató la manera de llevarlo de forma conciliatoria prefiriendo que dicho asunto se ventilara ante este juzgado, y quienes firmaron la boleta de la Policía Municipal de Transito, lo cual demuestra que es un hecho que responderán por las acciones de su hijo, sin embargo me ha causado un gran perjuicio debido que mi vehículo es mi único

móvil para dirigirme a mi trabajo y realizar las diligencias que del

mismo derivan, los hechos anteriores lo fundamento con presunciones humanas, fotografías, y los siguientes fundamentos.

FUNDAMENTO 1.

Artículo 28. Constitución Política de la Republica. Derecho de petición. Los habitantes de la República de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual o colectivamente, peticiones a la autoridad, la que está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas conforme a la ley. En materia administrativa el término para resolver las peticiones y notificar las resoluciones no podrá exceder de treinta días. En materia fiscal, para impugnar resoluciones administrativas en los expedientes que se originen en reparos o ajustes por cualquier tributo, no se exigirá al contribuyente el pago previo del impuesto o garantía alguna.

2.

Artículo 30. Ley de Tránsito. Infracciones de tránsito. Constituye infracciones en materia de transito la inobservancia, incumplimiento y violación de las normas establecidas en esta ley y sus reglamentos, salvo el caso de acciones u omisiones tipificadas como faltas o delitos. Cuando la infracción no este específicamente contemplada se sancionara con amonestación o multa, conforme lo norma esta ley; y se impondrán sanciones tantas veces como se cometan infracciones, aun cuando se trate de la misma persona o vehículo.

3.

Artículo 43. Ley de Tránsito. Faltas y delitos. La autoridad de transito retendrá la licencia de conducir en los casos siguientes:

Literal d) Cuando se hayan producido lesiones a personas o daños a vehículos, con ocasión del transito 4.

Artículo 122. Reglamento de La Ley de Tránsito. Prioridad De Intersecciones. En las intersecciones, la preferencia de paso se verificará siempre atendiéndose a la señalización que lo regule y la que sea prevalente, según este Reglamento.

Literal c) En las vías públicas locales, tendrá la vía la avenida sobre la calle.

5.

Artículo 81. Reglamento Ley de Tránsito. Obediencia de las señales. Todos los usuarios de la vía pública están obligados a obedecer las señales de circulación que establezcan una obligación o una prohibición y a adaptar su comportamiento al resto de las señales que se encuentren en las vías por las que circulan. Los usuarios deben obedecer las indicaciones de los semáforos y señales

verticales situadas inmediatamente a su derecha, encima de la calzada o encima de su carril, de acuerdo con lo que corresponda. En las vías de dos sentidos de circulación divididas por medianas o camellones, en las vías de un solo sentido de circulación o cuando se van a efectuar movimientos a la izquierda, también deberán cumplir con los semáforos y señales verticales a su izquierda. Artículo 81.- Obediencia de las señales. Todos los usuarios de la vía pública están obligados a obedecer las señales de circulación que establezcan una obligación o una prohibición y a adaptar su comportamiento al resto de las señales que se encuentren en las vías por las que circulan. Los usuarios deben obedecer las indicaciones

de

los semáforos

y señales verticales situadas

inmediatamente a su derecha, encima de la calzada o encima de su carril, de acuerdo con lo que corresponda. En las vías de dos sentidos de circulación divididas por medianas o camellones, en las vías de un solo sentido de circulación o cuando se van a efectuar movimientos a la izquierda, también deberán cumplir con los semáforos y señales verticales a su izquierda. 6.

Presunciones humanas y materiales.

Razón por la cual señor Juez,

S O L I C I T

I.

O:

Que se admita para su trámite el presente memorial, y documentos adjuntos consistentes en: A. Copia de mi Documento

Personal de Identificación; B. Imágenes de los Hechos, C. Cotizaciones que detallan el costo de los daños materiales.

II.

Que se reconozca la personería con que actúo;

III.

Que se tenga como lugar para recibir notificaciones el señalado;

IV.

Que se valore lo anteriormente expuesto, en base las imágenes., y cotizaciones presentadas.

V.

Que en caso de ser necesario se nombre un perito para que vea la forma de los golpes y pueda sacar e inferir sus propias conclusiones.

VI.

Que se me resuelva favorablemente haciendo responsables a los señores _____ por los daños causados a mi vehículo por la imprudencia e impericia de su hijo menor de edad ______, al no tener cuidado al manejar, pagándome en efectivo en base al promedio de las cotizaciones o pague la factura que resulte de las reparaciones,

VII.

Que en su oportunidad se dicte la resolución que en derecho corresponde, en base a las pretensiones anteriores.

Guatemala, ___ de noviembre del año dos mil dieciséis.

_______________________________________ _________