Manual Del Postulante-1

Postulante Familia ‘ ÍNDICE: 1. Introducción 2. Trabajo Redactores 3. Demandas Interpuestas en San Bernardo 4. Demanda

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Postulante Familia



ÍNDICE: 1. Introducción 2. Trabajo Redactores 3. Demandas Interpuestas en San Bernardo 4. Demandas para enviar a Región 5. Trabajo Tramitadores 6. Asistencia a audiencia

Postulante Familia INTRODUCCIÓN: Cuando se ingresa a realizar la práctica profesional en la Corporación de Asistencia Judicial San Bernardo, lo primero es una entrevista con el Abogado Jefe quien explicará en términos generales cómo funciona la Corporación. Señalará que los postulantes se dividen en dos ramas, Civil y Familia, y que dentro del área Familia éstos se vuelven a subdividir en Redactores y Tramitadores, lo que implicará diferentes tareas. Antes de entrar de lleno en las responsabilidades específicas de los Redactores y Tramitadores, hay aspectos importantes que deben saber: -Credencial: Se entrega en la charla de inducción o llega directamente a la Corporación, será necesaria para acreditar la situación de postulante, lo más probable es que el Tribunal la solicite una o dos veces y luego, cuando el ministro de fe reconozca al postulante, deje de pedirla. rla. Libro de Asistencia: Por lo general este libro se puede encontrar en la oficina de la secretaria, y en él se debe anotar fecha, hora de ingreso y de salida de la Corporación los días de permanencia. -SAJ : ( S i s t e m a d e A s i s t e n c i a J u d i c i a l ) Se da a conocer en la charla de inducción a la práctica. Para abrir su propia cuenta el postulante debe seguir los pasos señalados en dicha charla y cambiar la clave que le han asignado. La página es saj.cajmetro.cl. El SAJ es muy importante ya que en el constan todas las causas asignadas y se deberán consignar todas las gestiones que realice el postulante en cada causa, todo lo cual será parte del informe final de práctica. Cuando se entra por primera vez al SAJ de uno de los patrocinados agregando su RUT (hay una ficha SAJ por cada patrocinado), se debe de inmediato modificar los datos que salen al inicio de la página(esto en el caso de los redactores, pues reciben la causa para redactar la demanda y por tanto no existe RIT y excepcionalmente los tramitadores cuando se le asignen contestaciones y no consten estos datos, por regla general los tramitadores ingresan al SAJ con el Rit de la causa): -

RIT Jurisdicción (San Miguel), Tribunal (Juzgado de Familia de San Bernardo) Prim. Presentación Judicial Fecha Presentación Estado Procesal

Luego que se haya modificado o agregado la información señalada, se debe clickear en “grabar” para fijar la información, esa opción sale al final de la página. Sin perjuicio de ello, si no tienen todos los datos requeridos se debe esperar a tenerlos para cambiar la información que allí aparece, es decir, sólo se agregan cuando se cuenta con todos ellos.

Postulante Familia Todas las gestiones que se hagan relativas a las causas se deben ir agregando en la parte de seguimientos –debajo de “medios probatorios”- Ej.: Redacto patrocinio y poder, Redacto Demanda, Redacto Contestación, Delega poder, Redacto Minuta audiencia, Asisto Audiencia, Informo a patrocinados de las audiencias, Presento Escrito, etc. Es recomendable ir actualizando el SAJ lo más rápido posible para no olvidar todo lo que se hace por causa, se debe recordar que las gestiones que se realicen por patrocinado serán el informe final. Además de tener al día el SAJ, es recomendable tener un cuaderno en el que se asigne una hoja por patrocinado, y en el que se vayan escribiendo todos los datos de la causa y todas las gestiones que se han hecho relativas a ella. A su vez, será útil tener un Excel con el Nombre del Patrocinado, Materia, RIT y Estado de la causa, de todos los patrocinados porque se necesitará para el informe final.

Ya sea redactor o tramitador, se deberán redactar escritos de diversos tipos, y para todos ellos por regla general hay un formato que se respeta, con el logo de la CAJ. Lo recomendable es que de los computadores que se encuentran en la Corporación se saquen todos los modelos de escritos que se pueda para luego guardarlos en el propio computador o pendrive del postulante (hay de demandas, contestaciones, delega poder, solicitud que indica, cumple lo ordenado, etc…) estos servirán de guía para sus propios escritos. V)

Pase escolar:

Para validar el pase escolar para el periodo de práctica, se necesita llevar a la JUNAEB ubicada en Santa Isabel n° 054 / Fono: 600 248 1600: - Certificado de práctica dado por el abogado jefe. - Fotocopia de la credencial de práctica - Comprobante de depósito por $3.600 (confirmar monto para el periodo correspondiente) a la cuenta de la JUNAEB:9000097 A) TRABAJO REDACTORES: Los redactores se preocupan de redactar las demandas que luego serán traspasadas a los tramitadores una vez que se tenga resolución del Tribunal que cita a las partes a audiencia preparatoria. La redacción en sí puede tener distintas complejidades dependiendo si es que la demanda será interpuesta dentro de la Región Metropolitana o si debe ser enviada a región.



Para ser presentadas en el Juzgado de Familia de San Bernardo:

Postulante Familia El postulante el o los días en que tenga permanencia debe pasar por oficina de abogado jefe, a retirar las causas asignadas, cuya instrucción a seguir por el postulante se consigna en SAJ. El postulante tiene prohibición de solicitar documentos extras, salvo cuando en saj se consigne que usuario llevará un documento el día de firma de demanda. También es prohibido al postulante cambiar el día y hora en que usuario queda citado a firmar una demanda, salvo fuerza mayor o situación en particular, previa autorización de abogado jefe o tutor. Se debe respetar todos y cada uno de los hechos consignados en SAJ para la redacción de la demanda y es prohibido agregar otros que no consten en el mismo. Las demandas deben venir listas para firmar(previa revisión abogado tutor). Se prohíbe redactar demandas el mismo día que usuario está citado a firmar, salvo alguna eventualidad especial y previa autorización también de abogado. Es recomendable imprimir la ficha SAJ personal del patrocinado, para eso se debe ingresar al SAJ del usuario e ir al final de la página al costado derecho, ahí saldrá la opción “imprimir”. Esa ficha con los datos del patrocinado se debe agregar en la carpeta ya que es necesaria para los tramitadores que luego recibirán la demanda. Si no se hace en ese momento se debe hacer antes de traspasar la carpeta. La carpeta para ser entregada a abogado tutor para el respectivo traspaso al tramitador, se ordena de la siguiente manera: -Se debe perforar por ambos costados.  En el lado izquierdo de la carpeta van los documentos aportados por el patrocinado y que se han acompañado a la demanda. Ej.: Certificado de residencia, Certificado de matrimonio, Certificado de nacimiento, etc.  En el lado derecho va la ficha SAJ personal del usuario, los escritos y resoluciones de la causa. Todos estos documentos se agregan con acoclip. -

Redacción:

Con los documentos recibidos más la información que aparezca en el SAJ se deberá redactar la demanda.  En las causas de Alimentos(cese, aumento, rebaja), Cuidado Personal y Relación Directa y Regular, siempre se debe acompañar un acta de mediación frustrada.  En las demandas de Divorcio Mutuo Acuerdo en que se acompañe mediación sobre Cuidado Personal y/o Alimentos y/o Relación Directa y Regular (importante para el Acuerdo Regulatorio) se debe agregar la resolución que tuvo por aprobada esa mediación,

o el RIT de esa causa y elPostulante tribunal que loFamilia aprobó.  Los certificados que se acompañen a la demanda deben ser recientes, que no superen un mes, muchos “Previo a Proveer” son relativos a actualizar los documentos acompañados. Cuando los certificados superan el mes de emisión el postulante debe actualizarlos entrando a la página del Servicio registro e identificación, certificados gratuitos, y en el caso de los de nacimiento se debe marcar la opción para asignación familiar.  Cuando se redacten demandas de Divorcio Unilateral, en los hechos siempre se debe señalar: 1-régimen patrimonial y tratándose de sociedad conyugal indicar si existen o no bienes y deudas que liquidar.2-si existen o no alimentos regulados judicialmente entre cónyuges, en caso afirmativo Rol o Rit de la causa y tribunal.3demanda o renuncia de compensación económica en su caso.4-año en que cesó la convivencia.5-existencia de hijos y edades de los mismos, en caso de existir menores de 18 años, se deberá indicar si las materias de cuidado personal, patria potestad, alimentos y relación directa y regular se encuentran o no reguladas judicialmente, y en la afirmativa Rol o Rit de la causa y tribunal. Tratándose de divorcios de común acuerdo, todas las materias relativas a los cónyuges(alimentos, régimen patrimonial y compensación económica) y a los hijos (cuidado personal, patria potestad alimentos y régimen comunicacional) deben ir exclusivamente en el acuerdo regulatorio que se acompaña a la demanda, esto para evitar información sobreabundante en los hechos de la demanda. Las demandas que vienen desde Región para ser interpuestas en Juzgado de Familia de San Bernardo, deben ser adaptadas a nuestro formato institucional y es firmada por el abogado a nombre de quien viene el Mandato. -

Revisión del escrito:

Luego de que se haya redactado la demanda, se enviar por mail a la abogada tutora para que la revise y haga las correcciones necesarias, así estará lista para el día de la firma. -

Firma de la demanda:

El día en que usuario concurre a firmar la demanda, se debe fotocopiar su carnet de identidad por ambos lados -. Esta fotocopia del carnet debe ser firmada por él, lo más parecido posible a la firma que tiene en el carnet , e s t a e s u n a e x i g e n c i a d e l ministro de fe del tribunal. Esto servirá para autorizar poder, con el ministro de fe en el Juzgado de Familia cuando se va a presentar la demanda. Si no se realiza este trámite NO se podrá presentar la demanda, y en el caso de que se haya presentado sin autorizar poder el tribunal emitirá un previo a proveer solicitando la autorización.

Una vez que se cuenta Postulante con la fotocopiaFamilia firmada de la cédula de identidad, se entrega la demanda al patrocinado para que la lea y revise los datos escritos (RUT, domicilio, hechos, etc.) para ver si están correctos –muchas veces el postulante tendrá que leerle el escrito porque el patrocinado no sabe o le cuesta leer-. Estando conforme el patrocinado con el escrito, deberá firmarlo al final de la página y agregar su RUT al lado de la firma (se aconseja firmar dos copias). El postulante deberá sacar copia a la demanda para quedarse con una al momento de la presentación de ésta (siempre se debe quedar con una copia de todo escrito y los documentos que se presenten al tribunal).  Si la demanda es interpuesta por más de una persona, respecto de todos ellos se debe autorizar poder y por ende se deben tener sus cédulas de identidad fotocopiadas y firmadas. -

Presentación de demanda:

Para presentar la demanda al Tribunal se debe contar con: a. Fotocopia de la cédula de identidad del patrocinado firmada. b. Dos copias de la demanda firmada por el patrocinado y la abogada tutora. c. Documentos originales que se presentarán al tribunal junto con la demanda firmada por el patrocinado y la abogada. d. Copia de todos los documentos que se presentarán y que deberán quedar en la carpeta. Teniendo todo esto en la carpeta se acude donde el ministro de fe para autorizar poder. Al ministro de fe se le debe exhibir: (a) la demanda original con las firmas y (b) la fotocopia del carnet de identidad del patrocinado para que compare los nombres y firmas. Habiéndose autorizado el escrito, se debe presentar junto con su copia en el mesón del primer piso, en ambas demandas agregarán un cargo (timbre con la fecha de presentación), y el tribunal se quedará con el original y los documentos, y el postulante se quedará con la copia de la demanda que debe agregar en el lado derecho de su carpeta. *****La Corporación tiene un acuerdo con el Tribunal en virtud del cual sólo se pueden presentar Demandas hasta las 13.00 horas y un máximo de cinco demandas por día.Los demás escritos no tienen límite de horario (hasta las 14.00 horas)***** -

Espera de la resolución:

Presentada la demanda, se debe revisar a diario la página del poder judicial ingresando con el usuario y clave de las abogadas de la corporación – SITFA-, para ver si se ha

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subido al sistema alguna resolución del Tribunal relativa a la demanda. Frente a esto las situaciones que pueden ocurrir son por regla general dos: a. Resolución que cita a audiencia: Si la demanda no tuvo errores el tribunal dictará una resolución que cita a las partes a una audiencia preparatoria. Tal escrito se debe imprimir y agregar a la carpeta (lado derecho), luego de ello se podrá entregar la carpeta a abogado tutor para traspasar la causa al tramitador.***En las demandas de divorcio de común acuerdo el Tribunal fija audiencia próxima de manera que se debe estar muy atento al proveído para entregar en el más breve plazo(puede fijar de una semana para otra) En el resto de las demandas por lo general se fija audiencia para uno o dos meses desde la fecha de presentación. *****Cuando se ha obtenido resolución que cita a audiencia, se debe llamar al usuario para informarle la dirección del Tribunal (San José n° 545) y el día y hora de la audiencia y tratándose de divorcios de común acuerdo, señalar además que deben concurrir con dos testigos, mayores de 18 años y que tengan conocimiento fidedigno de los hechos a probar(tiempo del cese de la convivencia y no reanudación de la misma, estado civil de las partes, existencia de hijos matrimoniales y no matrimoniales, etc, es frecuente la pregunta de si pueden ser familiares y la respuesta es si) todos deben asistir con cédula de identidad y estar media hora antes de la hora de audiencia en el tribunal. El tramitador que recibirá la causa sólo deberá recordar el día y hora de la audiencia que debe haber sido previamente informada por el postulante Redactor. b. Previo a proveer: Si la demanda tuvo algunos errores, el tribunal resolverá “Previo a Proveer” que por regla general dará tres días para presentar un escrito de “Cumple lo Ordenado” para que se corrija, agregue, cambie, o se haga lo necesario para que se provea derechamente la demanda. El cumple lo ordenado deberá ser firmado por la abogada patrocinante y es presentado directamente en el mesón y/o excepcionalmente mediante correo electrónico previa autorización de abogado tutor, si ello no se hace en el plazo señalado la causa se concluirá por el tribunal, lo que influirá en la calificación del postulante, si el no cumplimiento de lo ordenado le es imputable. Ejemplos de errores son:  Haber acompañado documentos desactualizados.  Haber acompañado copia de los documentos y no los originales o haber ofrecido documentos y no acompañarlos materialmente. Falta de acta de mediación respecto de las materias para las cuales es obligatoria, o que esta no esté dirigida en contra de todos los demandados o la materia es errónea.  No coincidir la suma con el cuerpo del escrito, no individualizar en forma completa y/o correcta a las partes, etc.

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Ej.: Si se tiene una suma que señala: “En lo principal: Contesta demanda; Primer otrosí: Acompaña documentos; Segundo Otrosí: Forma especial de notificación; Tercer Otrosí: Beneficio de asistencia jurídica; Cuarto Otrosí: Patrocinio y poder”, y luego en el cuerpo del escrito, el Segundo Otrosí se refieres al Patrocinio y Poder.  faltar en la demanda alguno de los requisitos del 254 del CPC.  e tc.. Cumplido lo ordenado, subsanando los errores señalados en el previo a proveer, el tribunal citará a audiencia y luego de ello el postulante Redactor debe entregar la carpeta al abogado tutor para traspasar la causa a un postulante Tramitador. Los previos a proveer pueden ser más de uno, así es que siempre hay que revisar si se aceptó lo que se presentó como Cumple lo Ordenado y si es que no se dictó otro Previo a Proveer. - Grabar gestiones SAJ: Luego de que se han terminado todas las gestiones que se deben realizar en una determinada causa, y antes de traspasar la carpeta a un postulante Tramitador, el postulante Redactor debe grabar y guardar en una carpeta o pendrive las gestiones realizadas, procedimiento que se debe realizar con todas las causas que tenga asignadas, ya que al final de la práctica se grabarán todas esas gestiones en un CD, ello será parte del informe final de práctica. Para grabar y guardar las gestiones de una determinada causa, se debe ingresar al SAJ del patrocinado, ir a la parte de “seguimiento” y hacer click en “imprimir” (Ojo, NO el imprimir que se encuentra al final de la página en su costado derecho con el que se imprime la ficha SAJ del usuario), luego se vuelve a hacer click en “imprimir” y se abrirá una ficha con todas las gestiones que se anotaron relativas a esa causa (ej.: Redacto Demanda, Presento Demanda, Entrego Carpeta), tal ficha se debe “grabar”, y guardar en una carpeta que se debe crear para tal efecto, ya que todo ello aparecerá a nombre del postulante Redactor a cargo de esa causa, luego de que se traspase la carpeta a un postulante Tramitador para que vaya a audiencia, la página SAJ de ese patrocinado pasará al nombre de ese tramitador. Tal operación se debe hacer con cada una las causas, de esta forma cuando se haga el informe final, sólo se deberá grabar en un CD la carpeta que ya se creó con la grabación de las gestiones de cada una de las causas. RECORDAR MUY IMPORTANTE: EL REDACTOR AL ENTREGAR LA CARPETA, ADEMÁS DE CONSIGNAR SUS GESTIONES, DEBE SIEMPRE COMPLETAR EL PRIMER CUADRO RELATIVO A RIT DE LA CAUSA, JURISDICCIÓN, PRESENTACIÓN,ESTADO PROCESAL, TRIBUNAL Y FECHA DE PRESENTACIÓN Y EL CUADRO RELATIVO A LA FECHA, HORA Y TIPO DE AUDIENCIA. - Traspaso de carpeta: Luego de que se ha agregado a la carpeta la resolución que cita a audiencia y habiéndose grabado todas las gestiones que se realizaron relativas a esa causa, se deberá traspasar la

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carpeta, y para ello se deberá ir donde la abogada tutora para que en el SAJ de ese usuario cambie el nombre del postulante a cargo de la causa a un postulante Tramitador. Tratándose de causas de común acuerdo el redactor debe entregar dos carpetas exactamente iguales que deben contener la demanda, documentos y resolución del tribunal, una a nombre de cada usuario y en el mismo orden que ya se ha indicado, la carpeta del solicitante número dos o del demandado de este tipo de divorcio va con una fotocopia de la carátula de las carpetas originales, esto porque hay escasez de carpetas en la Institución. En estas demandas hay dos fichas SAJ una a nombre de cada usuario, y por tanto son dos las fichas que se deberán llenar con todas las gestiones y datos.

**** IMPORTANTE: Tratándose de divorcios celebrados con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 19.947 (18 noviembre de 2004) en que no se acompaña prueba relativa al cese de la convivencia (acta cese notificada, causas alimentos y/o régimen comunicacional entre las partes, etc) se deberá en la

parte del derecho citar jurisprudencia relativa a la libertad de prueba (hablar con tutor, para envío de jurisprudencia) **** Cuando la demanda que se interpuso es relativa a alimentos(aumentos, ceses o rebajas) o relación directa y regular y Cuidado personal, es probable que en la resolución se fijen alimentos, cese, rebaja o aumento provisorio o régimen comunicacional, o cuidado personal provisorio, el cual aparecerá en la primera resolución luego de presentado el escrito de la demanda y que es la misma resolución que cita a audiencia. En estos casos fundamental informarle al usuario tal situación, puesto que: 

Si se trata de alimentos provisorios, el usuario deberá concurrir al tribunal a retirar un oficio para bancoestado que ordena la apertura de una cuenta para el depósito de los alimentos y luego usuario debe acompañar una copia de esta libreta al tribunal, para poner en conocimiento del demandado el número de cuenta en que debe depositar los alimentos. Esto es de vital importancia, pues hay jueces que entienden que los alimentos se deben desde la apertura de la cuenta y otros desde la notificación de la demanda y no siempre son coincidentes estos eventos. ***De vital importancia también es la rebaja o cese provisorio de alimentos, pues en este caso se debe informar de inmediato a usuario para que deje de pagar o pague la menor cantidad que se decrete en caso de depósito directo en libreta, o para que retire oficio al empleador o entidad pagadora y lo tramite por mano en caso de retención judicial para que apliquen la rebaja o cese. En caso de no accederse a la rebaja, cese o aumento provisorio existiendo antecedentes que si lo justifiquen, se deberá presentar dentro de tercero día de dictada la resolución, recurso de reposición con apelación en subsidio.  Si se trata de régimen comunicacional provisorio y el demandado no va a visitar al menor según el régimen provisorio establecido, el tribunal puede que al momento de fallar considere este desconocimiento como incumplimiento del usuario.

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Usuario debe retirar copia de la resolución en el tribunal debidamente timbrada y firmada para hacer valer su derecho. En el caso de cuidado personal provisorio, también se debe informar a usuario para que retire resolución que concede el cuidado provisorio, debidamente timbrada y firmada.

******Es muy importante ser lo más ordenado posible y entregarle a los tramitadores carpetas completas********.

 Demandas para ser presentadas en un Tribunal fuera de la Región Metropolitana: Existe un postulante dedicado exclusivamente a redacción de Mandatos Judiciales y demandas que deberán ser tramitadas en otra región en razón de la competencia del Tribunal. Este postulante se define en la primera entrevista con abogado jefe. En este caso se deberá enviar todos los documentos y escritos listos a la Corporación de Asistencia Judicial de la Región que deberá tramitar la causa. Deben hacerse varios trámites: -

Recepción carpeta:

Al igual que en las otras demandas, el postulante recibirá una carpeta con los documentos de la demanda y en el SAJ debe buscar la demás información necesaria para redactar la demanda y Mandato Judicial. -

Obtención datos abogado Corporación de Región:

Para poder redactar la demanda y el mandato judicial que se deberá hacer en este caso, lo primero será averiguar los datos del abogado y de la Corporación que recibirá la causa. Para ello se debe buscar en internet el número y mail de la Corporación a la que se le enviará la carpeta. Si en la página de la Corporación aparece un mail, se manda un correo señalando que se necesita enviar una causa a esa Corporación y que para ello se requieren los siguientes datos del abogado a cargo de recibir causas de familia:  Nombre del abogado de familia que recibirá la causa  Rut del abogado que recibirá la causa  Domicilio de la corporación que recibirá la causa Si no se obtiene respuesta del mail, o si no se encuentra el mail de esa Corporación, se deberá pedir a la secretaria (sra. Cristina Moscoso) que llame a la Corporación encargada de recibir la causa para solicitar los datos antes señalados, y además solicitar el mail de esa Corporación ya que se les deberá enviar un correo con la demanda redactada, copia

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del Mandato judicial escaneado, de todos los documentos y del oficio con que se deriva la causa. - Redacción mandato y demanda: Con los datos antes mencionados se redacta un Mandato judicial (formatos de mandatos se pueden encontrar en los computadores de la Corporación o solicitar modelo a abogado tutor) y una demanda. -

Beneficio de asistencia jurídica gratuita:

Se debe solicitar al abogado jefe o si no está este, a la abogada de Familia Lorena Macias, un Beneficio de Asistencia Jurídica Gratuita (antes llamado Privilegio de Pobreza), el cual permitirá que el usuario concurra a la notaría de turno para firmar el mandato sin tener que pagar. El Beneficio se debe fotocopiar para dejar una copia en la carpeta y se debe acudir con el original a la notaría. Para saber cuál es la notaría de turno se puede llamar a cualquier notaría de San Bernardo y preguntar cuál es la de turno, o se puede ingresar a la página www.notariosyconservadores.cl donde aparece la lista de notarías de turno. En San Bernardo las notarías son tres:   

Claudio Alfonso Ortiz Cerda: Dirección: O´Higgins n° 460 Fono: 28560412 Tercera Notaría

  

Lylian Jacques Parraquez: Dirección: Victoria n° 416 Fono: 28592301/28592442 Segunda Notaría

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Carlos Ruiz Bahamondes Dirección: Victoria n° 485 Fono: 23600042 Primera Notaría

Teniendo claridad cual es la notaría de turno se debe acudir a esta con el Beneficio de Asistencia Jurídica Gratuita y entregarle este documento al funcionario encargado de recibir los mandatos. El funcionario antes señalado dará un mail al que se debe enviar el mandato y señalará un día para que se cite al patrocinado a firmar el mandato a la notaría (será al día siguiente o subsiguiente por regla general). En ese mismo momento, o al momento de enviar el mail con el mandato, es aconsejable pedirle al funcionario a

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cargo que informe cuando el mandato esté listo para ir a retirarlo, sino se deberá llamar a la notaria a los dos o tres días siguientes después de firmado, para saber si está listo. - Redacción oficio: Luego de redactada la demanda y retirado de la Notaria el Mandato y copia del mismo, se deberá redactar un oficio. Este oficio será un escrito en el que la abogada tutora o el abogado jefe informan al abogado que recibirá la causa en la región de destino, que se deriva al usuario para ser patrocinado, y además le señalan cuáles son los documentos que se adjuntan. Tal oficio debe ser firmado por el abogado tutor o jefe, y entregado a Secretaria de la CAJ, junto con los demás antecedentes. -

Ficha de derivación:

Teniendo todo lo anterior listo, se le debe solicitar al abogado jefe que haga una ficha de derivación para ser enviada a la Corporación que recibirá la causa. -

Envío de la causa por correo:

Contando con todos los documentos antes señalados, y con copia de todos ellos para dejarlos en la carpeta (incluido el mandato), se deberá entregar los originales a la secretaria de la Corporación que será la encargada de enviar los documentos a la otra Corporación que asumirá la causa, mediante correos de Chile. Excepcionalmente y cuando el plazo para enviar antecedentes de una demanda o contestación a región sea perentorio se le solicita al usuario que pueda costear el envío urgente a través de Chile Express. Junto con lo anterior, se deberá enviar un mail por abogado jefe a la Corporación que recibirá la causa con todos los documentos escaneados, incluyendo demanda, mandato y oficio, para informarle del envío y para solicitarles que confirmen la recepción y señalarles que si necesitan la demandan redactada en Word para modificarla, deberán solicitarlo. El envío de este mail, la demanda, mandato y documentos de respaldo debe ser enviado por abogado jefe desde su correo Institucional. Además, se deberá informar al usuario de la causa, que se han enviado los documentos y a n t e c e d e n t e s para darle el número de teléfono de la Corporación que ahora estará a cargo de la causa por si tiene alguna duda poder contactarlos a ellos. IMPORTANTE: *Toda duda, pregunta, inquietud, etc , debe ser consultada directamente a los abogados tutores y no a otros postulantes. *Los redactores no deben enviar aviso postal a usuarios para que asistan a firmar, pues estos quedan citados con día y hora para cumplir el trámite, si ha pasado más de un mes y no se firmó una demanda se dará por terminada la causa por abogado tutor y usuario debe iniciar la gestión nuevamente solicitando hora en secretaría.

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*Redactores y Tramitadores, existe un acuerdo con el Tribunal de familia en que no se fija audiencia a la CAJ en día viernes cuando somos demandantes, si ello ocurre se debe presentar un escrito que facilitará el abogado tutor para pedir el cambio de día. *Tramitador debe verificar, o completar en caso que falte, la información relativa a tribunal, jusrisdición, rit, año, estado procesal, fecha de presentación, en las causas que se le asignan, cuando esta información no está lo que ocurre usualmente en las contestaciones que se asignan. *Todas las carpetas deben estar con los antecedentes ordenados y archivados. *Se recomienda no dar teléfonos personales a los usuarios, solo los de la CAJ, o algún mail destinado a este solo efecto. *Se recuerda a los redactores que los acuerdos regulatorios relativos a los hijos son solo para menores de 18 años. *Existe un whatsApp, que debe el postulante solicitar a abogada ser agregado, pues es un canal útil de comunicación entre las abogadas y postulantes. *Queda prohibido a los postulantes presentar escritos a su nombre, salvo expresa autorización de abogado. *el envío de escritos por correo electrónico y con firma digital también es excepcional y previa autorización de abogado tutor. *Los tramitadores tienen revisión trimestral de carpetas vigentes, debiendo agendar un día y hora con abogado tutor cuando cumplan 3 meses de práctica profesional. *Reiterar una vez más que todo lo que hagan o manifiesten los usuarios debe quedar consignado en SAJ.

B) TRABAJO TRAMITADORES: -

Recepción de documentos:

Los tramitadores reciben una carpeta (o fotocopia de la misma en caso de escasez de las mismas o ser el solicitante N° 2 en los divorcios mutuo acuerdo) con la demanda, la resolución que cita a audiencia preparatoria y los documentos acompañados a la demanda. -

Gestión a realizar:

Recibida la carpeta y documentos antes mencionados, el tramitador debe ingresar al SAJ del patrocinado y ver que instrucciones tiene respecto de esa causa, las instrucciones son diversas y variadas pero en general se encontrará con: a) Verificar notificación demanda, asistir a audiencia, redactar minuta

Postulante Familia b) Redactar contestación, minuta, agendar audiencia , etc. -

Corroborar que se haya notificado la demanda:

El primer problema que se puede presentar al tramitador que recibe una causa es el apercibimiento por falta de domicilio, en este caso se debe requerir al usuario que aporte un nuevo domicilio, esto siempre será así en los divorcios pues el tribunal no da lugar a oficios tratándose de esta materia, usuario debe aportar un nuevo domicilio en la comuna de San Bernardo, pues si aporta uno en otra comuna, lo que procede es terminar la causa y si usuario vive en San Bernardo deberá pedir hora con abogada de familia para ser derivado a la CAJ de la comuna del demandado para tramitar la demanda y debe acompañar nuevamente los documentos porque siempre deben ser actualizados para poder derivar a otra CAJ. Si el usuario había sido derivado desde otra comuna, simplemente se le indica que debe dirigirse a la CAJ de su domicilio para ser derivado a la CAJ de la comuna del demandado, según nuevo domicilio aportado. Tratándose de todas las otras materias, lo primero es consultar a usuario si tiene otro domicilio que aportar, en caso de no tener, se solicitan oficios a Instituciones, generalmente PDI o a la AFP del demandado(en el caso de alimentos) para que informe el domicilio de la contraparte. Aquí se debe tener especial cuidado con la competencia del Tribunal al momento de aportar nuevo domicilio, por lo que antes de acompañar el nuevo domicilio informar a abogado tutor para que indique si corresponde o no a la jurisdicción de nuestro Tribunal según la materia. ***Se debe revisar con atención lo que informa el funcionario notificador, pues muchas veces hay un error en el número o en la calle, error que comete el tribunal al ordenar la notificación y en este caso basta con pedir la rectificación del domicilio y no acompañar uno nuevo. Muchas veces también se informa por el Centro de Notificaciones que el domicilio no existe, por lo que se acompaña un mapa, foto, cuenta de servicios básicos, demostrando que si existe, para que se reitere la notificación. Muy común también es el caso de que la persona efectivamente vive en el domicilio pero es negada, en este caso no se puede insistir con el mismo domicilio y se le recomienda al usuario que converse con la contraria para que se notifique personalmente en el tribunal, o bien la posibilidad de un Receptor particular. -

Redacción contestación:

Cuando el tramitador deba redactar una contestación, debe hacerlo con la información de la causa que obtenga en el SAJ y, con los documentos adjuntos en la carpeta. Es muy importante respetar las instrucciones del SAJ, en cuanto al contenido de los hechos y plazo de presentación. Es prohibido al postulante, salvo casos excepcionales, autorizados por abogado tutor, citarlos en días y horarios diversos al día y hora de permanencia del postulante y requerir otros documentos.

-

Revisión escrito: Postulante Familia

Redactada la contestación, se debe enviar a revisión a abogada tutora para que corrija, de esta forma se tendrá lista para el día de la firma. Excepcionalmente cuando usuario acude en forma tardía a la CAJ, el postulante debe redactar durante su permanencia la contestación, y se debe coordinar con abogado tutor la revisión de la misma. -

Firma de la contestación:

Al igual que en el caso de las demandas, se debe sacar fotocopia al carnet de identidad de usuario por ambos lados y solicitarle que firme esa hoja lo más parecido posible a la firma que tienen en el carnet de identidad. Usuario debe leer el escrito para que lo revise y corrobore los datos y hechos, o leérselo si es que no puede hacerlo. Estando de acuerdo el usuario con el escrito, debe firmar al final de la página y agregar su RUT(en caso de que usuario no firme, siempre debe estampar su huella digital ante ministro d efe del tribunal). Este mismo documento debe tener la firma de ambas abogadas de familia. Si el postulante se delegó poder en el otrosí del Patrocinio y Poder, éste también debe firmar la contestación. -

Presentación de la contestación:

Para presentar la contestación se debe contar con: a) Fotocopia del carnet de identidad del patrocinado firmado por éste. b) Dos copias de la contestación, una al menos firmada por el patrocinado y las abogadas patrocinantes, y el postulante en el caso que se haya delegado poder. c) Copia de todos los documentos que se acompañarán. Al igual que con la demanda se requiere antes de presentar la contestación autorizar poder con el ministro de fe (tercer piso del Tribunal), lo cual se realiza exhibiéndole el escrito original con las firmas y la fotocopia del carnet de identidad firmado por usuario. El ministro de fe corroborará que se trate de la misma persona y firma. Luego de autorizado el poder, se acude al mesón y se presenta la contestación original (con las firmas) y los documentos, más la copia, ambos escritos se timbran con la fecha del día de la presentación y el tribunal se queda con el original y los documentos, y el tramitador se queda con la copia del escrito que debe ser agregada en la carpeta (lado derecho). IMPORTANTE  Las contestaciones deben ser presentadas, a lo menos cinco días hábiles anteriores a la audiencia, si no se tendrán por extemporáneas. Nuestro Tribunal en la práctica exige la presentación SEIS días hábiles antes de la audiencia pues entiende que el quinto día es completo(Ej.: Si la audiencia es un miércoles, debe presentarse el escrito a más tardar el miércoles de la semana anterior si es que no hay feriados de por medio)

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- Espera de la resolución: Luego de presentada la contestación se debe revisar la página del poder judicial diariamente para ver si se subió al sistema alguna resolución relativa al escrito. Frente a esta situación las resoluciones que pueden aparecer por regla general son dos: A) Se provee derechamente la contestación: En este caso la contestación ha sido aceptada y sólo queda esperar para asistir a audiencia. B) Previo a proveer: Al igual que en el caso de las demandas, la contestación puede haber tenido ciertos errores para los cuales el Tribunal da un plazo que por regla general es de 3 días para resolverlos mediante la presentación de un “Cumple lo Ordenado” que se presenta directamente al mesón, y que debe ir con la firma de la abogada patrocinante. En este último caso también se debe esperar a que se resuelva correctamente a la presentación de la contestación, o bien a veces el plazo que se da para cumplir lo ordenado coincide con la audiencia, en tal caso se puede subsanar el error en la misma audiencia. C) Puede existir una tercera situación, por regla general el Tribunal no demora más de tres días en subir y proveer un escrito, si ha pasado más de este tiempo y no aparece el escrito o resolución se debe concurrir con la copia del escrito ante Ministro de fe (tercer piso)para ver cual es el problema, es muy usual el error que el postulante se equivoque en el RIT DE LA CAUSA, O EN EL AÑO DE LA MISMA, por lo que se debe ser muy cuidadoso al individualizar la causa. - Estudio de la carpeta: Los tramitadores, deben estudiar las causas asignadas previo a la audiencia, para informar a abogado tutor los nuevos antecedentes y preguntas que se les formulen al respecto.

- Asistir a audiencia: Los tramitadores tienen la obligación de asistir a audiencia. Por regla general entrarán con las abogadas patrocinantes a todas las audiencias y para ello necesitarán presentar un “Delega Poder” de la abogada patrocinante que debe estar con su firma y que también debe ser autorizado por el ministro de fe y luego presentado en el mesón. El Delega Poder debe ser siempre presentado con anterioridad a la audiencia, a medida que reciben las causas y como máximo el día anterior. Excepcionalmente y por motivos calificados, previa autorización del abogado tutor, podrán presentar el delega poder el mismo día de la audiencia, pero siempre con a lo menos media hora de anticipación a la audiencia, en este caso se autoriza con ministro de fe y luego se le entrega directamente al funcionario encargado del acta de la sala cuando haga el llamado a la audiencia. ****En las causas en que el abogado tutor es Curador Ad-litem, no puede delegar poder al postulante o a otro abogado, pues es una designación personal, el postulante asiste en calidad de oyente a la audiencia.

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En caso de ausencia del abogado tutor a una causa en que es curador ad litem , por licencia médica o feriado legal u otra circunstancia calificada, el tramitador debe presentar previamente un escrito de excusa para asistir a audiencia.(solicitar modelo a abogado tutor) En las audiencias el tramitador deberá individualizarse luego del abogado, una forma fácil de hacerlo es utilizando el siguiente formato: “Buenos días/tardes magistrado, mi nombre es _, postulante de la Corporación de Asistencia Judicial de San Bernardo, que comparece en virtud de un delega poder ingresado con fecha “. Si ese delega poder no se tiene presente porque por ejemplo se presentó ese mismo día, a la estrofa antes mencionada debes agregar al final “que solicito se tenga presente.” Agenda de audiencias: Todos los jueves antes de las 19.00 horas, se deberá enviar la agenda de la semana siguiente en formato que se debe solicitar a abogado tutor, esto significa que se deberán agregar todas las audiencias que tengan agendadas para semana próxima. Este registro permitirá a las abogadas organizar la asistencia a las audiencias. Previo al envío de la agenda, el postulante debe verificar en SITFA que la audiencia siga vigente pues MUCHAS VECES SON REAGENDADAS POR EL TRIBUNAL POR DIVERSOS MOTIVOS y en caso de reprogramación se debe avisar de inmediato al usuario. El no envío oportuno de la agenda, tiene como sanción una amonestación al postulante por abogado tutor con copia a abogado jefe, lo que además repercutirá en su calificación final. - Redactar minuta: Para cada audiencia (preparatoria y juicio) se debe completar los datos de cada minuta cuyos formatos se pueden encontrar en computadores de la CAJ. Las abogadas revisarán la minuta para realizar la audiencia, es por eso que es muy importante que esté completa, y contengan la prueba mínima en cada materia, que en términos generales consiste en lo siguiente: -Divorcios unilaterales sin compensación económica: prueba documental que se acompaña a la demanda (certificado matrimonio, nacimiento hijos matrimoniales y no matrimoniales, de residencia, documento que acredite cese, tales como demandas de alimentos y/o régimen comunicacional y la resolución de las mismas, o RIT de esas causas y tribunal para solicitar tenerlas a la vista si es necesario)3 testigos con nombre completo, profesión u oficio, RUT y domicilio. Tratándose de divorcios posteriores a la entrada en vigencia de la Ley 19.947(18 noviembre de 2004) además de los documentos y testigos ya señalados, se debe contar o con Acta de cese convivencia notificada, o causas entre las partes que regulen materias tales como alimentos y/o régimen comunicacional, cuidado personal, de más de tres años a la fecha de audiencia de juicio, para lo anterior se debe

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revisar con el RUT de usuarios el SITFA para ver si existen causas asociadas, ya que muchas veces las partes desconocen si han regulado o no judicialmente esas materias. En defecto de lo anterior(criterio del tribunal no es uniforme al respecto) se debe acompañar jurisprudencia respecto a libertad de prueba tratándose de matrimonios celebrados con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley de matrimonio civil.(solicitar a abogada tutor) -Divorcios común acuerdo: Es la misma prueba que para el Divorcio Unilateral, pero que sirva para acreditar un año de cese de convivencia y los testigos concurren el mismo día de audiencia preparatoria pues se hace una audiencia concentrada y se celebra de inmediato audiencia de juicio.(testigos mayores d e18 años, que conozcan a las partes hace más de un año y que tengan conocimiento cierto de los hechos, deben asistir con C.I., puede ser familiar, amigo, vecino, etc. Divorcios unilaterales con compensación económica por via principal o reconvencional(cuando somos demandados): - Respecto del Divorcio: Los mismos documentos ý testigos ya indicados anteriormente. -Respecto de la demanda de compensación económica: (además de certificado matrimonio y nacimiento hijos matrimoniales) 1-Certificados médicos que acrediten la situación de salud del demandante. –3-Certificado de título profesional-3-Cualquier otro documento que acredite situación patrimonial de las partes, tales como propiedades o vehículos a nombre de la parte contraria, si no se cuenta con estos documentos se solicita oficio al CBR respectivo y al SRCEI, sección de vehículos motorizados para que informen. Etc. 4Declaración de parte (art.50, 52 ley 19.968) 5-Testigos: en este caso se debe indicar a los usuarios que los mejores testigos para esta materia son los hijos en común. 6-Oficio a la Superintendencia de Bancos e Instituciones financieras , si hay algún antecedente que el demandado posee dineros o valores en bancos e Instituciones financieras. 7- se debe indicar cuál es la AFP de cada una de las partes, para ello se debe ingresar a: www.superintendenciaafp.cl, clickear en “Consulta de Afiliación”, y luego anotar los datos que solicitan (RUT, apellido paterno, copiar clave). Para solicitar en audiencia, oficio a la AFP de las partes, a fin de que remitan cartola histórica de cotizaciones previsionales. 8-Si la parte demandada trabaja, solicitar oficio al empleador para que remita 6 últimas liquidaciones de sueldo..-Divorcios en que hay oposición al mismo por deuda de alimentos (Art 55, inciso 3°Ley 19.947): se debe consignar RIT de la Causa en que se fijaron alimentos, para que se tenga a la vista monto de los alimentos, alimentarios y última liquidación de deuda. -Divorcio culposo: Sentencia condenatoria respecto de los delitos o hechos señalados en el art 54 de la LMC, certificado que acredite alcoholismo o drogadicción, en su caso, testigos que tengan conocimiento cierto de los hechos. -Alimentos Menores: Documentos acompañados a la demanda(certificado nacimiento del menor, documentos que acrediten gastos, ejemplos de salud si representa algún problema

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que demande gastos, de educación, etc.) Oficios a SII y AFP del demandado, para requerir información de su situación tributaria y previsional, declaración de parte. -Alimentos mayores descendientes: los documentos acompañados a la demanda (certificado nacimiento demandante, certificado alumno regular y relativos a gastos de educación. Si existe discapacidad, credencial de discapacidad y gastos de salud) Oficio SII. AFP del demandado, declaración de parte. Si es la madre la que representa al hijo mayor de 18 años en virtud de lo dispuesto en el inciso final del artículo 19 de la ley 19.968, se debe ofrecer certificado de residencia de la madre y el hijo. -Alimentos cónyuge, ascendientes, hermanos (documentos acompañados a la demanda, certificado matrimonio (cónyuge) de nacimiento del demandado (ascendiente ) de nacimiento del demandante y demandado (hermanos) documentos relativos a enfermedades y gastos, mismos oficios ya señalados respecto de los demandados(SII, AFP) y declaración de parte. -Aumento y rebaja de alimentos: los documentos acompañados a la demanda(certificado nacimiento del demandante, y los documentos relativos al cambio de circunstancias: nuevos gastos en el aumento, ejemplo de educación, enfermedad, etc, más declaración de parte, mismos oficios de los alimentos (SII, AFP) y SE TENGA A LA VISTA LA CAUSA EN LA QUE SE FIJARON LOS ALIMENTOS VIGENTES (RIT, TRIBUNAL) Rebaja: los documentos acompañados a la demanda y los documentos que justifican la rebaja tales como, certificados nacimiento nuevas cargas de familia, finiquito de trabajo , liquidaciones de sueldo y SE TENGA A LA VISTA LA CAUSA EN LA QUE SE FIJARON LOS ALIMENTOS (RIT; TRIBUNAL). Y declaración de parte. -Cese de alimentos: cese respecto de los hijos: certificados nacimiento alimentarios, oficio a la AFP DE LOS DEMANDADOS, certificado de afiliación de los demandados(se obtiene gratuito de la superintendencia de AFP y SE TENGA A LA VISTA LA CAUSA EN LA QUE SE FIJARON LOS ALIMENTOS(RIT; TRIBUNAL)declaración de parte. Cese respecto del cónyuge: certificado de matrimonio con subinscripción de divorcio y SE TENGA A LA VISTA LA CAUSA EN LA QUE SE FIJARON LOS ALIMENTOS. Si se solicita el cese no por divorcio, sino por cambio de circunstancias, certificado matrimonio y los documentos relativos al cambio de circunstancias, más declaración de parte y oficios si procede. -Relación directa y regular: certificado nacimiento del o los menores. Oficio Dam San Bernardo o al de la comuna de los menores para que practique informe psicológico del o los menores y los padres al tenor de los puntos de prueba que se fijen en audiencia preparatoria y sobre la conveniencia de establecer un régimen y peridiocidad del mismo. -CUIDADO PERSONAL: Documentos acompañados a la demanda: certificado de nacimientos del o los menores, certificados de estudios, informes de personalidad, etc. Si existen causas de Protección asociadas, solicitar se tenga a la vista la causa respectiva en cuanto al requerimiento , informes practicados tanto a los menores como a los padres y sentencia (RIT y TRIBUNAL).Como prueba pericial se debe solicitar oficio al DAM de la comuna del menor para que practique informe psicológico del menor y psicosocial de los progenitores o del tercero que solicita el cuidado peronal, con énfasis en habilidades parentales. Si hay sospecha de consumo drogas o alcohol del o los demandados, oficio al Servicio Médico Legal, para que practique exámen toxicológico.

Postulantecertificado Familia de nacimiento del menor o persona que FILIACIÓN, reclamación, impugnación: reclama la filiación si es mayor de edad y oficio al Servicio Médico Legal para que practique peritaje biológico de ADN a las partes, bajo apercibimiento del artículo 199 del Código Civil. FILIACIÓN POR POSESIÓN NOTORIA: certificado de nacimiento del demandante, documentos que den cuenta del trato y fama y 3 testigos que acrediten lo anterior. DECLARACIÓN DE BIEN FAMILIAR:certificado matrimonio, nacimiento de los hijos matrimoniales, de residencia de la demandante e hijos, certificado dominio vigente de la propiedad, inventario simple de bienes muebles que componen el mobiliario del hogar, y dos testigos. Declaración de parte. -VIF: Documentos que acrediten los vínculos exigidos por la ley 20.066 (matrimonio, nacimiento) oficio a Cosam (o Servicio Médico Legal, cuando alguna de las partes tenga Isapre), para que practique peritaje psicológico a las partes a fin de determinar la existencia de hechos de VIF al tenor de los puntos de prueba que se fijen en audiencia preparatoria. -Medidas de protección en que abogada es curadora, será la abogada quien indicará la prueba. - Llamar patrocinado: Con anticipación a las audiencias, el tramitador debe contactar al usuario para recordarle día y hora de audiencia a la que debe asistir con su carnet de identidad y con los testigos en su caso. Existe teléfono institucional en poder de abogado jefe para efectuar llamados. Es muy importante revisar si existe Mandato Judicial en la causa de usuario a los abogados del Centro, esto ocurre cuando ellos viven en otra ciudad, en tal caso no deben asistir a la audiencia, solo se les informa y luego para la audiencia de juicio solo deben enviar a sus testigos.  Si la audiencia es de Divorcio Mutuo Acuerdo debe asistir con dos testigos(familiar, amigo, vecino, etc) siempre y cuando lo conozca hace más de un año, mayores de edad y con carnet de identidad.  Si la audiencia es de Divorcio Unilateral, sólo si no significa un inconveniente se le pide a la parte asistir con los testigos(2) a la audiencia preparatoria ya que éstos pueden o no declarar, lo que va a depender de si la parte demandada asiste a la audiencia, se allana a la demanda y del criterio del juez, en tal caso se realiza audiencia de juicio en forma inmediata. -

Asistir a audiencia:

El tramitador debe asistir a audiencia, y para ello siempre debe verificar que tenga un delega poder presentado en la causa. En la mayoría de los casos las audiencias son dos, Audiencia Preparatoria y Audiencia de Juicio, sin embargo en ciertas ocasiones se hacen las dos audiencias concentradas en virtud del artículo 61 n° 10 de la Ley que crea los tribunales de familia n° 19.680. Tal norma se salta la citación a audiencia de juicio permitiendo que ésta se inicie de inmediato.

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Respecto a la asistencia a las audiencias, hay que tener presente que muchas veces estás son reprogramadas por el tribunal, pudiendo posponerse o también adelantarse, es por eso que es muy importante revisar permanentemente las causas en la página del poder judicial, especialmente los días viernes y sábados, para ver si se sigue manteniendo el mismo día agendado en principio para la audiencia. A las audiencias se debe asistir con la minuta antes mencionada, la cual debe estar completa, y con la carpeta actualizada, es decir, con toda resolución que se pueda haber dictado y subido al sistema del poder judicial. Cuando se trate de audiencias de juicio, el po stu lante debe organizar la prueba documental en el mismo orden que fue ofrecida según el acta de Audiencia Preparatoria y cheque a r que e sté tod a (muchas ve ce s usu ario se co mpr omet e a acompañ ar la pru eba of re cid a en audien cia p rep arato ria, e l d ía de la aud ien cia de ju icio ). Antes de ingresar a audiencia es muy importante realizar dos cosas:  Preparación de testigos y partes: Los tramitadores deben señalarle a los testigos en qué consistirá la declaración, guiarlos en cuanto a las preguntas que se realizarán y explicarles cuál es el objetivo dentro de la audiencia, es decir, qué es lo que quieren probar a través de ellos para que así tengan más claro qué responder. Advertir que deben mantener una actitud acorde, respondiendo solo lo que se les pregunta de manera clara, señalando no saber o no recordar si es el caso y en ningún momento preguntar a las partes alguna información, lo mismo que las partes, no pueden hablar a los testigos y deben mantener una actitud seria y acorde, respetuosa con magistrado, abogado y contrapartes y evitar hablar en la audiencia, salvo cuando se les conceda la palabra. Interrogación tipo de un testigo en materia de divorcio para orientarlos previo a la audiencia es: 1. ¿Conoce a la/ las partes del juicio? 2. ¿podría indicar su/ sus nombres? 3. ¿Qué relación tiene con el/ ellos? 4. ¿Conoce su estado civil?  se debe indicar que el estado civil es “Casados” , porque muchas veces responden, solteros o separados. 5. ¿Viven juntos en la actualidad? 6. ¿Nacieron hijos del matrimonio?  Cuántos, edades, nombres, etc. 7. ¿En el tiempo de separación, han vuelto a vivir juntos?

Familia 8. ¿Rehicieron su Postulante vida sentimental?  c o n q u i e n , Cuánto tiempo llevan, conviven, hijos no matrimoniales, etc. 9. ¿Cómo le consta todo lo que me está diciendo?  Es muy importante que esta última pregunta quede muy clara, y explicarles que la pregunta está referida a como tomaron conocimiento de los hechos, como lo saben, etc.  Informar sobre la renuncia a los plazos y recursos legales: Los tramitadores deberán informarle a los usuarios, previo a la audiencia, en qué consiste la renuncia a los plazos y recursos legales. Para esto deberán señalarle que si están conforme con la sentencia, porque se acoge la acción, renunciarán a poder impugnar esa resolución con los recursos (hay que recordar que todo debe ser explicado de la manera más sencilla posible para que lo entiendan). Lo anterior porque por regla general los abogados no tienen facultades amplias, por tanto la renuncia a plazos y recursos legales debe ser efectuada por el usuario en audiencia. **** Es necesario consignar en SAJ, en la pestaña correspondiente a las audiencias si el postulante comparece a la misma con abogado (cualquiera de las abogadas de familia), porque es uno de los items del informe final. En los Divorcios mutuo acuerdo, basta con que comparezca un solo abogado para consignar que se entra con abogado. -

Asistencia a audiencia de juicio:*

En las audiencias de juicio hay que llevar obligatoriamente el acta de la audiencia preparatoria o citación a audiencia de juicio. En este documento hay que revisar:  Que se cuente con todos los medios de prueba ofrecidos en la audiencia preparatoria.  Los testigos deben ser aquellos que aparecen en el acta de audiencia preparatoria.  Corroborar que los oficios que se solicitaron, por ejemplo al DAM, AFP, SII, etc, consten en el sistema del poder judicial, los cuales de todas formas se deben imprimir e incorporar a la carpeta. Respecto de los oficios solicitados en la Audiencia Preparatoria, hay que saber: i. Estos deben ser tramitados por la parte que los solicita debiendo el día siguiente a la audiencia acercarse al mesón del tribunal y solicitar copia del Acta de la Audiencia Preparatoria., para tramitar el oficio respectivo.Se deben solicitar tantas copias timbradas y firmadas como oficios hayan sido solicitados. Se debe indicar a usuario que a cada Institución a la que deba llevar el oficio debe dejar una copia del mismo, con el timbre de que fue recepcionado.

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 Si en audiencia preparatoria se solicitó declaración de parte, se debe acompañar un Pliego de Posiciones, el cual debe ser presentado a lo menos tres días hábiles anteriores a la audiencia de juicio, el que debe ser enviado a corrección a abogado tutor, con a lo menos una semana de anticipación a la audiencia de juicio y acompañarlo en sobre cerrado, con la individualización de la causa y un escrito de acompaña pliego de posiciones, ambos firmados por abogado tutor. Las preguntas del pliego deben ser redactadas en forma asertiva, al tenor de los hechos fijados como puntos de prueba. Se debe dejar copia del escrito y del pliego en la carpeta. - Nuevo día y hora: Si alguna de las audiencias no se realiza porque:    

No asisten las partes, Se solicita de común acuerdo con la parte contraria (art.20 ley 19.968) No llegaron los oficios solicitados, Etc.

Se debe solicitar nuevo día y hora, lo q u e s e p u e d e h a c e r e n au d ie n ci a o t o r g á n d o s e n u e v o d í a y h o ra e n f o rm a i n m e id t a , o p o r escrito que debe ser firmado por la abogada patrocinante, dentro de los 5 días hábiles siguientes a que el tribunal aperciba en tal sentido. El Tribunal puede suspender de oficio una audiencia por falta de prueba relevante en virtud del artículo 11 de la Ley 19.968, lo que hace el mismo día de la audiencia o bien con antelación, reprogramando la audiencia. -

Completar datos del resultado de la audiencia:

Luego de haber asistido a audiencia, se debe completar en SAJ los datos que faltaban relativos a la sala en la que se realizó la audiencia, hora de inicio, término, resultado de la

Postulante Familia audiencia, si asiste abogado, etc. -

Renuncia a patrocino y poder:

Inmediatamente de haber realizado las dos audiencias correspondientes, o en caso de conciliación, y luego de que se haya subido al sistema la sentencia de la audiencia con el certificado de que la sentencia se encuentra firme y ejecutoriada(salvo en la conciliación, que basta la resolución que la aprueba que señala que tiene el mérito de sentencia firme y ejecutoriada), se debe presentar al tribunal la renuncia a patrocinio y poder conferido por el patrocinado. Es importante hacerlo a medida que van terminando las causas y no al término de la práctica profesional. Si en la audiencia no se renunció a los plazos y recursos legales – renuncia que debe ser normalmente de común acuerdo-, debe esperarse 15 días hábiles para presentar un escrito en el cual se solicita que se certifique ejecutoriedad de la sentencia. Luego de presentar este escrito debe esperarse que se provea que la sentencia se encuentra ejecutoriada para renunciar al patrocinio y poder. ***IMPORTANTE, NO SE DEBE RENUCNIAR AL PATROCINIO Y PODER HASTA QUE SE AGOTEN TODOS LOS TRÁMITES PENDIENTES, ES DECIR SOLICITUD DE EJECUTORIEDAD, SE OFICIE A ALGÚN EMPLEADOR, EN EL CASO DE RETNCIONES JUDICIALES, SE OFICIE A LA AFP PARA TRASPASOS DE FONDOS EN MATERIA DE COMPENSACIÓN ECONÓMICA O AL REGISTRO CIVIL EN CASO DE FILIIACIÓN, ETC. El escrito de renuncia a patrocinio y poder cuenta de dos partes: a) Hoja de citación: En una hoja de aviso postal(solicitar en secretaría) se debe agregar el nombre del patrocinado y su dirección, tachar la parte del medio de esa hoja relativa a “Citación”, y completar la parte final relativa a “Motivo de la Citación” agregando: “Renuncia a patrocinio y poder por término de gestión. No es necesario que asista a la corporación”. IMPORTANTE:  Se deben sacar dos fotocopias de este aviso. La abogada patrocinante debe firmar la hoja de citación original y una de las copias. A la secretaria se le deja la hoja de aviso postal original con la firma de la abogada, para ser enviado por correo al usuario. b) Escrito de renuncia: Se debe redactar un escrito de renuncia a patrocinio y poder, para ello también existe formato en computadores del Centro. Se debe sacar una copia de este escrito.

Postulante Familia La abogada patrocinante debe firmar uno de estos escritos. El documento que se presenta al tribunal se compone del escrito de renuncia a patrocinio y poder y la fotocopia del aviso(En lo principal, Renuncia patrocinio y poder. Otrosí: Acompaña documento). El tribunal se deja el documento que tienen ambos escritos firmados por la abogada, y el tramitador se guardas para su carpeta el otro documento con el cargo. -

Resolución que tienen presente la renuncia:

Una vez renunciado al poder, el tribunal resuelve que se tiene presente la renuncia al patrocinio y poder. -

Levantamiento:

El levantamiento se realiza una vez al mes por abogado jefe del Centro previo aviso del día y hora y consiste en llevar todas las carpetas terminadas, esto es con la certificación de ejecutoriedad en los divorcios, las causas terminadas por conciliación y las que ha transcurrido el plazo para deducir recursos en materias que no sean divorcios, sin perjuicio de que con posterioridad deba renunciarse al patrocinio y poder. -

Grabar gestiones SAJ:

Luego de que se han terminado todas las gestiones que se deben realizar en una determinada causa, el tramitador debe grabarlas y guardarlas en una carpeta que luego deberá grabar en un CD que será parte de su informe final. Se debe ingresar al SAJ del patrocinado, ir a la parte “seguimiento” y hacer click en “imprimir” (NO el imprimir que se encuentra al final de la página con el que se imprime la ficha SAJ del usuario para agregarla a la carpeta). Habiendo clickeado en la parte imprimir se abrirá otro recuadro en el cual se debe volver a hacer click en la parte de imprimir, luego de ello se abrirá una ficha con todas las gestiones que se anotaron relativas a esa causa, tales gestiones se deben grabar y guardarse en una carpeta que se debe crear para tal efecto. Tal actuación se debe hacer con cada una de las causas, y luego cuando se realice el informe final, se deberá grabar en un CD la carpeta que ya se creó con la grabación de las gestiones de cada una de las causas.

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Mantención de carpetas:

La regla general es que cada postulante debe mantener las carpetas vigentes y terminadas en la Corporación, en los casilleros destinados al efecto, excepcionalmente para actualizar carpetas, preparar minutas y confeccionar agenda de audiencias, redactar contestaciones o demandas puede llevarlas a su casa y luego traerlas. Las carpetas terminadas deben ser entregadas al término de la práctica a la secretaria de la CAJ, Cristina Moscoso. IMPORTANTE: *Toda duda, pregunta, inquietud, etc , debe ser consultada directamente a los abogados tutores y no a otros postulantes. *Los redactores no deben enviar aviso postal a usuarios para que asistan a firmar, pues estos quedan citados con día y hora para cumplir el trámite, si ha pasado más de un mes y no se firmó una demanda se dará por terminada la causa por abogado tutor y usuario debe iniciar la gestión nuevamente solicitando hora en secretaría. *Redactores y Tramitadores, existe un acuerdo con el Tribunal de familia en que no se fija audiencia a la CAJ en día viernes cuando somos demandantes, si ello ocurre se debe presentar un escrito que facilitará el abogado tutor para pedir el cambio de día. *Tramitador debe verificar, o completar en caso que falte, la información relativa a tribunal, jusrisdición, rit, año, estado procesal, fecha de presentación, en las causas que se le asignan, cuando esta información no está lo que ocurre usualmente en las contestaciones que se asignan. *Todas las carpetas deben estar con los antecedentes ordenados y archivados. *Se recomienda no dar teléfonos personales a los usuarios, solo los de la CAJ, o algún mail destinado a este solo efecto. *Se recuerda a los redactores que los acuerdos regulatorios relativos a los hijos son solo para menores de 18 años. *Existe un whatsApp, que debe el postulante solicitar a abogada ser agregado, pues es un canal útil de comunicación entre las abogadas y postulantes. *Queda prohibido a los postulantes presentar escritos a su nombre, salvo expresa autorización de abogado. *el envío de escritos por correo electrónico y con firma digital también es excepcional y previa autorización de abogado tutor. *Los tramitadores tienen revisión trimestral de carpetas vigentes, debiendo agendar un día y hora con abogado tutor cuando cumplan 3 meses de práctica profesional. *Reiterar una vez más que todo lo que hagan o manifiesten los usuarios debe quedar consignado en SAJ.