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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho

Universidad Abierta y a Distancia de México. DIRECCIÓN DE CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS LICENCIATURA EN DERECHO Módulo VII Procedimiento Administrativo. UNIDAD 3 Sistema Nacional Anticorrupción SESIÓN 5 Falta administrativas de los servidores públicos y actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves Docente David Alberto Gamboa Tello. Alumno Javier de Jesús Gordillo Ramírez Matricula ES1821005964 CD Nezahualcóyotl, Edo de México, 24 de Febrero 2020. M7_U3_S5_JAGR

I N T R O D U C C I Ó N. 1

Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho Al analizar el sistema nacional anticorrupción en México, partiendo de su andamiaje legal tanto por sus preceptos sustantivos como adjetivos, descubrimos aun de manera indirecta un sistema de disuasión de conductas ilícitas previendo, lo que con anterioridad pudo llamarse una laguna legal, en donde las personas conocedoras de los preceptos jurídicos podían realizar conductas poco definidas que les generarían beneficios económicos y daños severos a la administración publica con la tranquilidad de no recibir sanción alguna o en caso de ser sancionados esta no pudiera ser severa. Conozcamos ahora en esta unidad cuales fueron las normas y sus supuestos taxativos que resuelven la ecuación.

S5 Actividad 1. Competencia en las autoridades del Sistema Nacional Anticorrupción El Sistema Nacional Anticorrupción establece las bases y principios de coordinación entre las autoridades competentes en la materia, tanto para la federación, las entidades federativas y los municipios. Como parte de sus acciones, ha llevado a cabo la promulgación de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Con el propósito de analizar la materialización de los fines de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en las funciones de las autoridades competentes, realiza la siguiente actividad. 1. Lee el texto de apoyo. 2. Identifica los propósitos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, así como las autoridades encargadas de aplicarla. 3. En un documento de texto, completa el siguiente cuadro:

R

E

S

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A:__________________________________________

Propósitos de la LGRA

Autoridades competentes

Funciones concretas de las autoridades señaladas 2

Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho I. Establecer los principios y obligaciones que rigen la actuación de los Servidores Públicos.

I. Las Secretarías.

Artículo 10. Las Secretarías y los Órganos internos de control, y sus homólogas en las entidades federativas tendrán a su cargo, en el ámbito de su competencia, la investigación, substanciación y calificación de las Faltas administrativas. Tratándose de actos u omisiones que hayan sido calificados como Faltas administrativas no graves, las Secretarías y los Órganos internos de control serán competentes para iniciar, substanciar y resolver los procedimientos de responsabilidad administrativa (LGRA, última reforma 2019).

II. Establecer las II. Los Órganos Faltas internos de administrativas control. graves y no graves de los Servidores Públicos, las sanciones aplicables a las mismas, así como los procedimientos para su aplicación y las facultades de las autoridades competentes para tal efecto.

III. Establecer las sanciones por la comisión de Faltas de particulares, así como los procedimientos para su aplicación y las facultades de las autoridades competentes para tal efecto.

III. La Auditoría Superior de la Federación y las Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas.

Además de las atribuciones señaladas con anterioridad, los Órganos internos de control serán competentes para: I. Implementar los mecanismos internos que prevengan actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas, en los términos establecidos por el Sistema Nacional Anticorrupción. II. Revisar el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de recursos públicos federales y participaciones federales, así como de recursos públicos locales, según corresponda en el ámbito de su competencia. III. Presentar denuncias por hechos que las leyes señalen como delitos ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción o en su caso ante sus homólogos en el ámbito local (LGRA, última reforma 2019). Artículo 11. La Auditoría Superior y las Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas serán competentes para investigar y substanciar el procedimiento por las faltas administrativas graves. En caso de que la Auditoría Superior y las Entidades de fiscalización superior de las entidades federativas detecten posibles faltas administrativas no graves darán cuenta de ello a los Órganos internos de control, según corresponda, para que continúen la investigación respectiva y promuevan las acciones que procedan. En los casos en que, derivado de sus investigaciones, acontezca la presunta comisión de delitos, presentarán las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público competente (LGRA, última reforma 2019).

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho IV. Los Tribunales;

IV. Determinar los mecanismos para la prevención, corrección e investigación de responsabilidade s administrativas.

Artículo 12. Los Tribunales, además de las facultades y atribuciones conferidas en su legislación orgánica y demás normatividad aplicable, estarán facultados para resolver la imposición de sanciones por la comisión de Faltas administrativas graves y de Faltas de particulares, conforme a los procedimientos previstos en esta Ley (LGRA, última reforma

2019). V. Tratándose de las responsabilidade s administrativas de los Servidores Públicos de los poderes judiciales.

Serán competentes para investigar e imponer las sanciones que correspondan, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y el Consejo de la Judicatura Federal, conforme al régimen establecido en los artículos 94 y 109 de la Constitución y en su reglamentación interna correspondiente. Los poderes judiciales de los estados y el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, así como sus consejos de la judicatura respectivos, de acuerdo a lo previsto en los artículos 116 y 122 de la Constitución, así como sus constituciones locales y reglamentaciones orgánicas correspondientes.

V. Crear las bases para que todo Ente público establezca políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público.

Lo anterior, sin perjuicio de las atribuciones de la Auditoría Superior y de las Entidades de fiscalización de las entidades fiscalización sobre el manejo, la custodia y aplicación de recursos públicos (LGRA, última reforma

2019). VI. Las unidades de responsabilidade s de las empresas productivas del Estado.

Para tal efecto, contarán exclusivamente con las siguientes atribuciones: a) Las que esta Ley prevé para las autoridades investigadoras y substanciadoras. b) Las necesarias para imponer sanciones por Faltas administrativas no graves. c) Las relacionadas con la Plataforma digital nacional, en los términos previstos en esta Ley

(LGRA, última reforma 2019).

S5 Actividad 2. Faltas en la administración pública 4

Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho La autoridad (representada por un servidor público) debe respetar el “principio de seguridad jurídica” y, por tal motivo, el incumplimiento de este principio tiene como consecuencia la violación a un derecho fundamental y universal, es por ello que el todo servidor público está obligado promover, respetar, proteger y garantizar dicho derecho, mandato constitucional establecido en el artículo 1 de la CPEUM. Asimismo, también cabe mencionar la existencia de supuestos en donde se involucran a particulares en faltas graves dentro de la administración pública. Con el propósito de ejemplificar en qué consisten las faltas contempladas en la administración pública, realiza la siguiente actividad. 1. En el mismo documento de texto de la actividad anterior, presenta cinco ejemplos de cada una de las siguientes faltas: 

Faltas graves de servidores públicos.



Faltas no graves de servidores públicos.



Faltas de particulares vinculados a faltas administrativas graves.



Faltas de particulares en situaciones especiales.

Señalará las sanciones que les correspondan.

R

E

S

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U

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A:__________________________________________ Sanciones que se pueden imponer por faltas administrativas graves, de acuerdo con la ley general de responsabilidades administrativas. Las sanciones administrativas que imponga el Tribunal a los Servidores Públicos, derivado de los procedimientos por la comisión de faltas administrativas graves, consistirán en: I. Suspensión del empleo, cargo o comisión. El tribunal podrá imponer de 30 a 90 días naturales. II. Destitución del empleo, cargo o comisión. III. Sanción económica. Económica, en el caso de que la falta administrativa grave le genere beneficios económicos a él o a cualquiera de las personas a quienes se refiere el art.-52, de la ley de responsabilidades administrativas, que podrá ser de hasta dos tantos de los beneficios obtenidos.

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho indemnización, el tribunal la determinara cuando la falta administrativa grave provocará daños y perjuicios a la hacienda pública federal, local o municipal, o al patrimonio de los entes públicos, estando el servidor público obligado a reparar la totalidad de los daños y perjuicios causados y las personas que, en su caso, también hayan obtenido un beneficio indebido, será solidariamente responsables. IV. Inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público y para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas. Podrán ser impuestas al infractor una o más de las sanciones señaladas, siempre y cuando sean compatibles entre ellas y de acuerdo a la gravedad de la Falta administrativa grave. V. Inhabilitación, que podrá ser de 10 años si el monto de la afectación de la falta administrativa grave, no excede de 200 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización, si esta afectación rebasa él limite, la sanción será de 10 a 20 años (LGRA,

última reforma 2019).

Tipo de Faltas

Faltas graves de servidore s públicos.

Ejemplos

Sanciones

I. El servidor público, Cleóbulo de Lindos, Incurrió en cohecho a finales del mes de noviembre pasado, puesto que entonces con el cambio de administración, en el cheque de caja, que se le entrega como pago quincenal, recibió el equivalente al pago de su director y no realizo comentario alguno al respecto, hasta que se realizó la auditoria.

Las sanciones impuestas por el tribunal fueron.

II. El servidor Público, Solón de Atenas, cometió peculado, al autorizar a su compadre, Bías de Priene, contara con dos guaruras de la secretaria de seguridad pública que el tramito, por que deseaban apantallar a la novia del compadre, la seguridad no justificada tuvo una duración de 30 días naturales.

Las sanciones impuestas por el tribunal fueron.

I.- Suspensión del empleo por 60 días naturales. II.-Pago del doble del total que la pagaduría, expidió en demasía en la segunda quincena del mes de noviembre.

I.-Destitución del cargo. II.-Inhabilitación por 12 años para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público. III.-Pago del doble total, del

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho pago de los dos agentes de seguridad publica destinados a la vigilancia de personas sin la adecuada justificación. III. El servidor público, Tales de Mileto, cometió desvió de recursos públicos, puesto que autorizo 12 pagos a cuatro de sus vecinos de su calle que fueron pagados como asesores por cuatro años, sin haber tenido ninguna función u obligan en la oficina en la que estaban inscritos, ni existiera registro alguno de su trabajo para la dependencia.

Las sanciones impuestas por el tribunal fueron. I.-Destitución del cargo. II.-Inhabilitación por 15 años para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público. III.-Pago del doble total de los recursos desviados al pago que se realizó por supuestas asesorías, que no se pudieron fundamentar ni existieran registros de funciones u obligaciones cumplidas por estas personas.

IV. El servidor público, Pítaco de Mitilene, incurrió en utilización indebida de información, al comprar un terreno para su esposa sobre la avenida 8 y la calle 5 ya que conoció los planos del proyecto para la nueva línea del metro al ser responsable del resguardo de los mismos y conocía que ese terreno sería necesario para construir la estación terminal.

Las sanciones impuestas por el tribunal fueron. I.-Destitución del cargo. II.-Inhabilitación por 20 años para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público. III.- El pago del doblo, obtenido Por el excedente que cobro al encarecer el valor comercial del terreno en cuestión que requirió el estado para realizar la obra de transporte que proyectara.

V. El servidor público, Periandro de Corinto, Incurrió en abuso de funciones, pues este es supervisor de seguridad del municipio de cd, Nezahualcóyotl, y como una de sus funciones es revisar las instalaciones de gas en los mercados del municipios del estado de México, su santa madre le pide que mueva sus influencias, pues quiere ampliar el puesto de fayuca que tiene en el mercado el porvenir, por ello se apersona en dicho mercado y encuentra 4596 fallas al reglamento y muy molesto le comenta a la administración del mercado, ayúdeme

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Las sanciones impuestas por el tribunal fueron. I.-Destitución del cargo. II.-Inhabilitación por 12 años para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público. III.-La indemnización por los daños y perjuicios en sanción por los pagos de las multas que no percibió por no ser reportadas en tiempo y forma

Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho para que los ayude, de seguro, si se como era la obligación del puede ampliar dicho puesto y se funcionario perderán las 4596 fallas al reglamento de seguridad, así todos vivieron felices para siempre.

Sanciones que se pueden imponer por faltas administrativas no graves, de acuerdo con la ley general de responsabilidades administrativas. I. Amolestacion, publica o privada. II. Suspensión, podrá ser de 1 a 30 días naturales. III. Destitución del empleo, cargo o comisión. IV. Inhabilitación temporal en el servicio público para desempeñar empleos, cargo o comisiones, esta sanción no será menor de 3 meses ni excederá de un año (LGRA,

última reforma 2019). Tipo de Faltas

Faltas no graves de servidores públicos.

Ejemplos

Sanciones

I. Cuando un servidor público subordinado a otro le faltare al respeto poniendo en duda la jerarquía de aquel, cuando su superior llamara su atención, por indisciplinas en el cumplimiento de sus funciones.

Las Secretarías o los Órgano interno de control impuso la siguiente sanción:

II. Por guardar silencio respecto a actos u omisiones que en ejercicio de sus funciones llegare a advertir, que puedan constituir Faltas administrativas.

Las Secretarías o los Órgano interno de control impuso la siguiente sanción:

I. Amolestacion, privada. II.- Suspensión por 3 días.

I. Amolestacion, publica. II. Suspensión, por 30 días naturales.

III. Cuando desobedezca las instrucciones de su superior jerárquico emitidas con todos los requisitos de forma y de fondo para su validez.

Las Secretarías o los Órgano interno de control impuso la siguiente sanción: I. Amolestacion, publica. II. Destitución del cargo o comisión.

IV. Cuando por causa no atribuibles a la plataforma no cumpla con las declaraciones de situación patrimonial y de

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empleo,

Las Secretarías o los Órgano interno de control impuso la siguiente sanción:

Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho intereses, en los términos y formatos solicitados.

I. Amolestacion, publica. II. Suspensión, por 15 días naturales.

V. Por tener deterioro y desorden en los registros que por cargo empleo o comisión, tenga bajo su responsabilidad.

Las Secretarías o los Órgano interno de control impuso la siguiente sanción: I. Amolestacion, publica. II. Suspensión, por 10 días naturales.

Sanciones que se pueden imponer por faltas de particulares vinculados a faltas administrativas graves, de acuerdo con la ley general de responsabilidades administrativas. Las sanciones administrativas que deban imponerse por Faltas de particulares por comisión de alguna de las conductas previstas en los Capítulos III y IV del Título Tercero de la Ley general de responsabilidades administrativas, consistirán en: I. Tratándose de personas físicas: a) Sanción económica que podrá alcanzar hasta dos tantos de los beneficios obtenidos o, en caso de no haberlos obtenido, por el equivalente a la cantidad de cien hasta ciento cincuenta mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; b) Inhabilitación temporal para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, según corresponda, por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de ocho años; c) Indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a la Hacienda Pública Federal, local o municipal, o al patrimonio de los entes públicos. II. Tratándose de personas morales: a) Sanción económica que podrá alcanzar hasta dos tantos de los beneficios obtenidos, en caso de no haberlos obtenido, por el equivalente a la cantidad de mil hasta un millón quinientas mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; b) Inhabilitación temporal para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de diez años;

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho c) La suspensión de actividades, por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de tres años, la cual consistirá en detener, diferir o privar temporalmente a los particulares de sus actividades comerciales, económicas, contractuales o de negocios por estar vinculados a faltas administrativas graves previstas en esta Ley; d) Disolución de la sociedad respectiva, la cual consistirá en la pérdida de la capacidad legal de una persona moral, para el cumplimiento del fin por el que fue creada por orden jurisdiccional y como consecuencia de la comisión, vinculación, participación y relación con una Falta administrativa grave prevista en esta Ley; e) Indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a la Hacienda Pública Federal, local o municipal, o al patrimonio de los entes públicos. A juicio del Tribunal, podrán ser impuestas al infractor una o más de las sanciones señaladas, siempre que sean compatibles entre ellas y de acuerdo a la gravedad de las Faltas de particulares (LGRA, última reforma 2019).

Tipo de Faltas

Ejemplos

Sanciones

I.-El sr. Antonio Castro, incurrió en soborno al entregar la cantidad de Faltas de $500 pesos al señor, Alberto particulares Vásquez titular de la farmacia de la vinculados a clínica 25 de IMSS, esto para que el faltas auxiliar medico mencionado le administrativa entregara antes que a nadie los s graves. medicamentos que se le recetaran en esta clínica.

La autoridad competente determino imponer la siguiente sanción:

II.-El sr. Vicente Lombardo, incurrió en participación ilícita en procedimientos administrativo, en el mes de enero de este año puesto que participio en la convocatoria para arrendamientos que la administración pública, cuando por una sanción previa firme, le estaba prohibida cualquier participación de este tipo por 2 años y el sr. Vicente Lombardo, se postuló cuando aún le faltaban 3 meses para cumplir su

La autoridad competente determino imponer la siguiente sanción:

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I.-El pago de los medicamentos que obtuvo, de esta manera a pesar, de tenerlos prescritos y de serles entregados de manera gratuita.

I.- La inhabilitación por 5 años, para participar en procedimientos administrativos.

Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho sanción. III.-El sr. Teófilo Olea y Leyva, incurrió en tráfico de influencias al inducir al titular de la jefatura de espacios públicos, a instalar un parque comunitario cerca de la fábrica de su propiedad cuando no estaba dentro de la planeación del ayuntamiento del municipio de cd, Nezahualcóyotl.

La autoridad competente determino imponer las siguientes sanciones: I.-El pago del doble del valor por la construcción II.-Inhabilitación por 8 años para participar junto con el estado en alguna actividad económica. II.-indemnización por los daños y perjuicios ocasionados al erario público por la distracción de recursos que pudieron tener otro uso.

IV.-El sr. Alfonso Caso, incurrió en colusión junto con sus 5 compadres, puesto que decidieron presentarse todos a un proceso de contratación donde previamente convinieron en declarar mayores costos para las obras que la administración pública pretende realizar.

La autoridad competente determino imponer las siguientes sanciones: I.-El pago de lo que el estado gasto por la convocatoria bloqueada por ellos. II.-Inhabilitación por 8 años para participar junto con el estado en alguna actividad económica.

V.-El sr. Manuel Gómez Morín, incurrió en el uso indebido de recursos públicos, ya que teniendo el contrato con el municipio de cd, Nezahualcóyotl, para proporcionar apoyo con su equipo de sonido se contrataron sus servicios y se le entregaron los equipos de audio con los que ya se contaba para que entre estos y los que pertenecen al señor Morir se pudiera cubrir los espectáculos de sonido que el ayuntamiento tenía necesidad de realizar, pero el sr. Morin en peso por arrendar todo el equipo de audio en general para fiestas privadas sin avisar de esto a la autoridad responsable de administración pública.

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La autoridad competente determino imponer las siguientes sanciones: I.-El pago, por uso del equipo arrendado para las fiestas privadas que pertenece al estado al doble de su valor. II.-Inhabilitación por 8 años para participar junto con el estado en alguna actividad económica.

Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho

Sanciones que se pueden imponer por faltas de particulares en situaciones especiales, de acuerdo con la ley general de responsabilidades administrativas. Las sanciones administrativas que deban imponerse por Faltas de particulares por comisión de alguna de las conductas previstas en los Capítulos III y IV del Título Tercero de la Ley general de responsabilidades administrativas, consistirán en: I. Tratándose de personas físicas: a) Sanción económica que podrá alcanzar hasta dos tantos de los beneficios obtenidos o, en caso de no haberlos obtenido, por el equivalente a la cantidad de cien hasta ciento cincuenta mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; b) Inhabilitación temporal para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, según corresponda, por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de ocho años; c) Indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a la Hacienda Pública Federal, local o municipal, o al patrimonio de los entes públicos. II. Tratándose de personas morales: a) Sanción económica que podrá alcanzar hasta dos tantos de los beneficios obtenidos, en caso de no haberlos obtenido, por el equivalente a la cantidad de mil hasta un millón quinientas mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; b) Inhabilitación temporal para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de diez años; c) La suspensión de actividades, por un periodo que no será menor de tres meses ni mayor de tres años, la cual consistirá en detener, diferir o privar temporalmente a los particulares de sus actividades comerciales, económicas, contractuales o de negocios por estar vinculados a faltas administrativas graves previstas en esta Ley; d) Disolución de la sociedad respectiva, la cual consistirá en la pérdida de la capacidad legal de una persona moral, para el cumplimiento del fin por el que fue creada por orden jurisdiccional y como consecuencia de la comisión, vinculación, participación y relación con una Falta administrativa grave prevista en esta Ley;

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho e) Indemnización por los daños y perjuicios ocasionados a la Hacienda Pública Federal, local o municipal, o al patrimonio de los entes públicos. A juicio del Tribunal, podrán ser impuestas al infractor una o más de las sanciones señaladas, siempre que sean compatibles entre ellas y de acuerdo a la gravedad de las Faltas de particulares (LGRA, última reforma 2019).

Tipo de Faltas

Faltas de particulares en situaciones especiales.

Ejemplos

Sanciones

I.-El candidato del partido Redes sociales progresistas, solicita dinero para la campaña a los trabajadores del ayuntamiento de cd, Nezahualcóyotl prometiéndoles trabajo en cuanto resulte electo, para el cargo de presidente municipal, recibiendo $8 000 pesos de ellos.

La autoridad competente determino imponer la siguiente sanción:

II.-El candidato del partido Encuentro solidario exige a la secretaria de seguridad pública del ayuntamiento del municipio de cd, Nezahualcóyotl, seguridad las 24 horas para todo su equipo de campaña y sus familiares a pesar de que no exista prueba de justificación aun así logra esta vigilancia.

La autoridad competente determino imponer la siguiente sanción:

III.-El candidato del partido Fundación alternativa, acepta del sindicato único de trabajadores de limpia un bono de $80 000 pesos para gastos de representación, puesto que le prometió mejoras sustanciales al edificio del sindicato referido, y la contratación de familiares directos de los

La autoridad competente determino imponer la siguiente sanción:

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I.- Pagar $16 000 pesos

I.-el pago del doble de los sueldos, de los oficiales destinados para este fin.

I.- el pago de $16 000 pesos.

Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho dirigentes del sindicato en la nueva administración. VI.-El candidato del partido Libertad y responsabilidad democrática, exige a la oficina de comunicación social del H Ayuntamiento de cd Nezahualcóyotl, le facilite la impresión de 50000 volantes que desea repartir en el municipio para promocionarse, como es candidato único al cargo de presidente municipal la oficina los imprime.

La autoridad competente determino imponer la siguiente sanción:

V.-El candidato del partido Futuro 21. Acepta como regalo una moto de lujo por parte de una comisión de representantes de los burócratas que laboran en el palacio municipal de cd Nezahualcóyotl, acompañada de sus mejores deseos puesto que ofreció mejoras salariales si se unían a su partido todos los burócratas.

La autoridad competente determino imponer la siguiente sanción:

I.-El pago del doble del valor de impresión de los volantes un equivalente de $5 000 pesos.

I.- El pago del valor de la moto al doble de su valor comercial.

S5 Actividad Integradora. Los particulares relacionados con faltas en la administración pública. Ahora que has identificado y analizado los tipos de faltas en las que tanto servidores públicos como particulares podrían cometer en el ejercicio de sus funciones dentro de la administración pública, así como señalado las respectivas sanciones que les podrían corresponder, es momento de analizar un estudio de caso. Para ello, realiza lo siguiente. Indicaciones 1. Espera el caso proporcionado por tu docente en línea entorno a faltas administrativas vinculadas a particulares. CASO:

Gigante de lodo

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho Odebrecht y su historia de corrupción en México Por Raúl Olmos Septiembre 7, 2018 El escándalo de corrupción Lava Jato, y su derivación del caso Odebrecht, ha manchado a políticos del más alto nivel en América Latina. Los sobornos, camuflados de donativos, fluyeron durante las campañas electorales como una estrategia para garantizar el pago de favores con contratos de obra pública. En la mayoría de estos países, las investigaciones han llevado a la destitución o detención de los implicados. En México, sin embargo, ha pasado poco. Éstos son algunos apartes del libro Gigante de lodo (Grijalbo, 2018) que será publicado en septiembre. 

En un documento señalará: Gravedad de la falta y tipo, autoridades competentes a intervenir, sanción o sanciones correspondientes.

R E S P U E S T A_________________________________________ La información que nos proporción el extracto del libro, parece muy documentada y con detalles al máximo, la descripción del mismo juez, Sergio Moro, es muy imponente y definitivamente se antoja comprar el libro, un buen trabajo periodístico, pero un reportaje no es una denuncia ante el ministerio público, además que los hechos narrados se supone que acontecieron o al menos en la primera referencia en el extracto, se señala el día domingo 20 de mayo de 2012, fecha que marca como el inicio de una serie de acontecimientos que fueron marcando diversas consumaciones de delitos en distintos lugares por distintas vías y con multiplicidad de personas, cuando dentro de los supuestos del irretroactividad no se podría aplicar la ley general del sistema nacional anticorrupción, publicada por el mismo presidente Enrique Peña Nieto el 18 de julio de 2016, o la ley general de responsabilidades administrativas ambas publicadas en el diario oficial de la federación el mismo día. Así tendríamos que determinar las responsabilidades por los medios tradicionales que la administración publica contempla originalmente. Responsabilidad política de los servidores públicos. Responsabilidad civil de los servidores públicos. Responsabilidad patrimonial del estado.

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho Guardando el mayor cuidado al derecho de legalidad estipulados en la constitución política de los estados unidos mexicanos en sus artículos 14 y 17, así como al derecho humano al debido proceso. Después de las anteriores consideraciones y valorando que el tema de la unidad es, Faltas administrativas de los servidores públicos y actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves. Realizamos la actividad integradora. 

Gravedad de la Falta.

Si bien hasta el día de hoy Sábado 22/02/2020 y conforme a los datos obtenidos por el que escribe estas líneas: La única persona detenida por casos relacionados con Obedrecht, ha sido el exdirector de petróleos mexicanos el sr. Emilio Ricardo Lozoya Austin, al cual se le ha fincado responsabilidad por posible corrupción en contratos con Obedrescht y asociación delictuosa aun y cuando se estipulo que los cargos podrían llegar a ser; lavado de dinero, cohecho y crimen organizado. De acuerdo con el sistema nacional anticorrupción y en estricto apego al extracto puesto como caso práctico: El Sr. Enrique Peña Nieto, el domingo 20 de mayo de 2012 se comprometió a realizar una obra de gran tamaño en tula hidalgo, suponiendo sin conceder, que efectivamente la narración de los hechos sea cierta, y como particular en situación especial de acuerdo al artículo. - 73 de la ley general de responsabilidades administrativas, la falta cometida seria de particular en situación especial y de acuerdo con el artículo. -70, incurrió en colusión. dentro del capítulo III, como actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves. Al recibir una cantidad probable aproximada a $ 1 490000 (un millón cuatrocientos noventa mil) dólares, al comprometerse con Obedrecht a la asignación directa de la obra pública sin licitación. Existen mas datos y referencias y una multitud de nombres, así como hechos probados en investigaciones periodísticas, pero ninguna seguida en forma de juicio ante autoridad competente, por esto, formularemos todas las respuestas, en base a este primer hecho de

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho consumación en el supuesto, que de haber sido sancionado con forme a derecho, los demás no se realizarían.



Tipo de Falta.

De acuerdo con la historia, el entonces coordinador de vinculación internacional de la campaña del candidato a la presidencia, fue el sr. Emilio Ricardo Lozoya Austin, quien en coordinación con el sector de relaciones estratégicas de la empresa Obedrecht, acordaron recibir determinada cantidad a cambio del ofrecimiento de ventajas futuras en la asignación de contratación de obras públicas, en caso de obtener el cargo público, dinero que se expresa fue a parar dentro de los gastos de la campaña presidencial, incurriendo en una Falta de particulares en situación especial. Cumpliendo los supuestos contenidos en el artículo. -70 de la ley general de responsabilidades administrativas que define a la colusión.



Autoridades Competentes a Intervenir.

De conformidad con el artículo.-70, cuarto párrafo la autoridad competente

en estos

supuestos será la Secretaría de la Función Pública para realizar las investigaciones que correspondan y podrá solicitar a las autoridades competentes la opinión técnica necesaria, y aplicable respecto de las transacciones comerciales internacionales, así como a un estado extranjero la información que requiera para la investigación y substanciación de los procedimientos a que se refiere esta Ley, en los términos previstos en los instrumentos internacionales de los que ambos estados sean parte y demás ordenamientos aplicables.



Sanción o Sanciones Correspondientes.

Sr, Enrique Peña Nieto y el sr. Emilio Ricardo Lozoya Austin, Ciudadanos en situación especial de acuerdo con la ley general de responsabilidades administrativas en su capítulo IV, articulo. -73 y en relación a las sanciones que pueden imponerse descritas en el artículo. -81 considerando los elementos contenidos en el artículo. -82, por incurrir en la comisión de colusión de conformidad con el artículo. - 73 todos de la ley en cometo. Sanciones a particulares: A los ciudadanos, Sr, Enrique Peña Nieto y el sr. Emilio Ricardo Lozoya Austin. Sanción económica, que podrá alcanzar dos tantos de los beneficios económicos obtenidos, cerca de $3 000 000 millones de dólares.

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho Indemnización por daños y perjuicios ocasionados a la hacienda pública federal que será designada por el tribunal competente. A la empresa Obedrecht: Después de realizada la investigación pertinente por la autoridad competente, en nuestro territorio, y de ser resuelto por órgano jurisdiccional, escapando a cualquier compromiso internacional, no acordado por ninguna autoridad competente, para ello no se guardo ninguna reserva o cuidado, a la delación premiada firmada en Brasil, así el órgano competente sentencio. Al titular del sector de relaciones estratégicas de la empresa Obedrecht, que actuó en representación y en beneficio de esta, y con forme a la ley general de responsabilidades administrativas en su artículo. - 24 a la constructora brasileña con denominación social, Obedrecht Ingeniería y Construcción Internacional, con representación en nuestro país. Al señor titular de la oficina de relaciones estratégicas de la empresa obedrecht de conformidad con el artículo. - 83 segundo párrafo de la ley general de responsabilidades administrativas. Sanciones: Económica, por dos tantos de los beneficios económicos obtenidos, cantidad que será determinada por el tribunal de conformidad con los datos contenidos en el expediente. Indemnización, por daños y perjuicios causados, al erario publico federa, sanción que será determinada por el tribunal de acuerdo a constancias y consideraciones contenidas en el expediente. A la Persona Moral: Obedrecht Ingeniería y Construcción Internacional. Sanciones: Económica, de hasta dos tantos de los beneficios obtenidos, que será impuesta por el tribunal de acuerdo a las constancias y consideraciones contenidas en el expediente. Disolución, de la sociedad por orden del tribunal de acuerdo a las constancias y resoluciones contenidas en el expediente. Indemnización, por daños y perjuicios ocasionados a la hacienda publica federal, la cual será determinada por el órgano jurisdiccional de conformidad con las actuaciones y determinaciones contenidas ene le expediente.

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Universidad Abierta y a Distancia de México Licenciatura en Derecho

C O N C L U C I O N E S. La funciones de las autoridades responsables de la aplicación de las normas secundarias, en coordinación, nos demuestra la eficiencia de la administración pública, actual que busca proveer en cada uno de sus ordenes de gobierno la correcta aplicación de su mandato, así las constantes acusaciones de corrupción que tanto aquejan a nuestro país podrán disminuir con el principio de enfrentamiento, a esta con los ordenamientos jurídicos correctos al igual que la independencia y eficacia de sus autoridades.

Fuentes de Consulta_____________________________________ D o c u m e n t a l. 

Bejar, L. y otro. (2014). Régimen de la función pública y régimen de responsabilidades administrativas de los servidores públicos. México: Universidad Panamericana.



Serra, A. (1977). Derecho Administrativo. México: Porrúa.

R e f e r e n c i a s. 

(LGRA, última reforma 2019).

L e g i s la c i o n. 

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM).



Ley General de Responsabilidades Administrativas (LGRA).



Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción (LGSNA).

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