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Instituto de Administración Tributaria y Aduanera LINEAMIENTOS ACADÉMICOS DEL I CURSO DE ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN TRIBU

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LINEAMIENTOS ACADÉMICOS DEL I CURSO DE ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (CAAT) TÍTULO I FINALIDAD Artículo 1°.- Los presentes Lineamientos Académicos regulan las relaciones entre el Instituto de Administración Tributaria y Aduanera – IATA y los participantes del I Curso de Aduanas y Administración Tributaria ( I CAAT). Artículo 2°.- Las personas que han aprobado el proceso de selección para ser admitidos en el curso son considerados participantes o alumnos. Artículo 3°.- El I CAAT, está compuesto de seis (06) Módulos. Para aprobar el curso es requisito obtener nota aprobatoria en cada uno de ellos. Los módulos I al IV son de carácter cancelatorio, motivo por el cual, el participante que desapruebe cualesquiera de ellos, quedará automáticamente separado del I CAAT. La nota final del I CAAT se obtendrá del promedio simple de los seis módulos que lo componen. Es decir, cada uno de ellos, por separado, está sujeto a evaluaciones y nota final. La comunicación de la separación del I CAAT, será efectuada por escrito y por medios electrónicos por el IATA, surtiendo efecto automáticamente. TÍTULO II ACTIVIDADES ACADÉMICAS CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 4°.- El Sílabo es el documento que establece los objetivos y competencias que se persiguen alcanzar, los contenidos, metodología y sistema de evaluación, entre otras características del curso. Constituye el documento referencial común para el IATA, los participantes y docentes, sobre la base del cual deberán resolverse las dudas o controversias de carácter académico que se generen durante el proceso de ejecución del curso. Artículo 5°.- El responsable de la administración del curso es el Coordinador General, ante quien deberán dirigirse los participantes para tratar cualquier asunto relacionado al mismo, y su solicitud se evaluará con la Jefatura de la División de Ejecución Académica del IATA. Artículo 6°.- Los docentes son especialistas en los diferentes temas del curso y actuarán como facilitadores en la orientación del aprendizaje. Artículo 7°.- Es el participante el primer encargado de su aprendizaje, por lo que será responsable de: o

o

Leer el Sílabo del curso, las Normas de Conducta y Convivencia del IATA, los Lineamientos Académicos y cumplir con las disposiciones contenidas en dichos documentos. Realizar el estudio del material académico electrónico vinculado al tema tratado en cada clase, sin esperar indicación expresa por parte del docente o coordinador responsable.

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o o o o o

Desarrollar los casos dirigidos, calificados o actividades propuestas por el docente y ejecutar las tareas indicadas en clase. Mostrar participación activa en las clases, casos dirigidos y actividades académicas de acuerdo a lo establecido en el Sílabo del curso. Presentar oportunamente las actividades académicas, sean o no calificadas. Colaborar con sus compañeros de aula en la realización de los casos dirigidos grupales. Rendir las evaluaciones en las fechas y formas previstas por el IATA.

Artículo 8°.- Los participantes deberán dirigirse ante el docente del tema para tratar cualquier asunto vinculado a la materia estudiada, sobre el cual persistiera alguna duda y ante el Coordinador General del curso o Coordinador de turno, para tratar los asuntos administrativos, tales como control de asistencia, justificación de inasistencias, entre otros. Artículo 9°.- Se pondrá a disposición de los participantes el material de enseñanza, el que se encontrará colocado en la plataforma Web SUNAT, prohibiéndose el uso comercial del mismo así como su empleo para fines no institucionales, de acuerdo a las normas internas. Artículo 10°.- Durante las actividades presenciales los participantes harán uso de las instalaciones donde se desarrolla el evento, teniendo en cuenta las disposiciones de uso y acceso que le sean comunicadas por su respectivo Coordinador, considerando en todo momento lo establecido en las Normas de Conducta y Convivencia del IATA. CAPÍTULO II DE LA ASISTENCIA A CLASES PRESENCIALES Y PARTICIPACIÓN Artículo 11°.- Las clases presenciales se realizarán en el horario de 08:30 a 16:30 horas los días sábado y de 08:30 a 12:30 horas los días domingo. Artículo 12°.- Los participantes firmarán la lista de asistencia, tanto al inicio como al término de las clases. El participante que no firme ambas listas de asistencia se considerará inasistente. El participante tendrá una tolerancia máxima de 10 minutos para el ingreso a la primera hora del día de clases, período luego del cual no podrá registrar su asistencia. En caso de iniciarse la jornada con evaluación, práctica o actividad calificada, se regulará conforme se indica en el Capítulo III de estos Lineamientos Académicos. Artículo 13°.- En caso el participante registrara tres o más tardanzas, consecutivas o no, dentro de un módulo de clases, estas se computarán equivalentes a ocho (08) horas de inasistencia. El Coordinador General del curso comunicará del hecho al Comité de Garantía del IATA para el registro y evaluación de los hechos y, de ser el caso, para la formulación de las recomendaciones y sanciones correspondientes. Artículo 14°.- Los participantes, en todo momento, deberán portar de manera visible el fotocheck institucional, debiendo guardar el comportamiento apropiado a un centro académico de estudios y de acuerdo a lo establecido en las Normas de Conducta y Convivencia del IATA. Artículo 15°.- Con la finalidad de evitar interrupciones y en atención al respeto debido al docente y a los demás participantes, durante el desarrollo de las clases y evaluaciones se deberán mantener apagados los teléfonos celulares, reproductores de música o aparatos similares que originen ruidos o distraigan de algún modo la atención de los presentes. Artículo 16°.- Conforme se establece en la Ley N° 25357, se encue ntra prohibido fumar en lugares públicos, por ende en el aula de clases y en el recinto del edificio donde se efectúe la

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capacitación. Igualmente, se encuentra prohibido el consumo de alimentos o bebidas en el interior de las aulas. Artículo 17°.- En caso que un participante no pueda asistir a alguna(s) fecha(s) del curso, deberá justificar su inasistencia mediante carta simple dirigida al Coordinador General del curso, en el plazo máximo de 48 horas de ocurrido el suceso, adjuntando la documentación sustentatoria. La justificación solamente podrá aceptarse, cuando haya sido causada por enfermedad o accidente del propio alumno o por enfermedad, accidente o fallecimiento de un familiar directo. No se considerará como justificación de una inasistencia cualquier situación no vinculada a dichas causas, incluyendo vacaciones, cumpleaños o cualquier otra que pudiera haber sido prevista por el participante. En caso de enfermedad o urgencia médica, deberá presentarse el correspondiente Certificado de Atención o Descanso Médico y documentos de pago de la atención u otros que acrediten el mismo. Artículo 18°.- Cada participante es responsable de asegurar el 90% de asistencia mínima a las clases presenciales, para un adecuado aprovechamiento de la capacitación y para asegurar su aprendizaje. El máximo de inasistencias injustificadas permitido es el equivalente al 10% de las horas presenciales de clases que comprende cada módulo. Los participantes que superen este límite en cualquiera de los módulos serán retirados del curso. La distribución de horas comprendidas en cada módulo del curso es como sigue:

MÓDULO I II III IV

Marco Institucional Integrador Legislación Tributaria Legislación y Marco Conceptual Aduanero Procedimientos y Macro Procesos de Negocio

10% límite Hs. equivalente Presenciales en horas 29 3 122 12 186 19 140 14

CAPÍTULO III EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO Artículo 19°.- Las evaluaciones y controles de lectura indicados en el Sílabo, se rendirán en la forma, fecha y hora previstas por el IATA, con calificación vigesimal. Las actividades de autoevaluación se regulan conforme se establece en el artículo 25° del Lineamiento Académico. Artículo 20°.- Los exámenes y controles de lectura se iniciarán puntualmente a las 08:30 a.m. (hora exacta) de la fecha prevista por el IATA. La tolerancia en el ingreso a dichas actividades será de diez (10) minutos. Aquellos participantes que ingresen a dichas actividades con posterioridad a este lapso, podrán rendir sus exámenes o controles por el tiempo programado restante y bajo una nota máxima de quince (15). Artículo 21.- La precisión en el marcado de las respuestas de las evaluaciones es de exclusiva responsabilidad de los participantes. Cuando exista duda respecto a cuál es la respuesta dada por el alumno (por ejemplo, haber marcado dos o más alternativas de respuesta cuando no se encuentre indicado en el enunciado de la pregunta), el alumno perderá

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el puntaje asignado a la pregunta correspondiente. No habrá puntos en contra por las respuestas erradas. Artículo 22°.- Es responsabilidad del participante rendir las evaluaciones en las fechas programadas, caso contrario le corresponderá la nota cero, salvo que el participante lo justifique conforme lo establecido en el artículo 17° del Lineamiento Académico. El examen para participantes rezagados se rendirá en la fecha y forma que disponga el IATA. Artículo 23°.- Las notas se expresarán y promediarán en escala vigesimal hasta las centésimas, según las ponderaciones establecidas en el Sílabo. La nota mínima aprobatoria es trece (13,00). Artículo 24°.- Luego de calificada la evaluación escrita, la nota obtenida será comunicada vía electrónica al participante, quien podrá solicitar su revisión al Coordinador General, conforme lo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 022-2009-SUNAT. Artículo 25°.- Las actividades de autoevaluación desarrolladas en el marco de las actividades académicas, deberán ser colgadas en la plataforma Web SUNAT en los plazos establecidos en cada caso. La no presentación oportuna de cada una de estas actividades, equivaldrá a ocho (08) horas de inasistencia, tomándose en cuenta para el cálculo de los límites de inasistencia descritos en el Art. 18°. Artículo 26 °.- Se entregará el Certificado del I CAAT solamente a los participantes que lo hubieran aprobado, de acuerdo a lo estipulado en al artículo 23° del Lineamiento Académico. TÍTULO III FALTAS Y SANCIONES Artículo 27°.- El plagio en una evaluación o actividad de autoevaluación es considerado un acto de deshonestidad académica y será sancionado. De ser cometido en actividad calificada le corresponderá nota cero (0). Estos hechos serán puestos en conocimiento del Comité de Garantías del IATA para las acciones correspondientes, de acuerdo a lo establecido en las Normas de Convivencia del IATA. La reiteración de la falta acarreará la separación inmediata y definitiva del curso. Artículo 28°.- El incumplimiento de lo dispuesto en los Lineamientos Académicos del IATA, las Normas de Convivencia del IATA o en el Sílabo del curso, será resuelto conforme las recomendaciones que sobre el particular, una vez conocido el caso, emita el Comité de Garantías del IATA; pudiendo, según la gravedad de la falta cometida por el participante, determinarse amonestación escrita o separación definitiva del curso, sanción inapelable que surtirá efecto conforme se indica en el Artículo 3° de los presentes Lineamientos Académicos. TÍTULO IV DISPOSICIÓN FINAL Única.- Cualquier situación no prevista en estos Lineamientos Académicos será evaluada por la Jefatura del IATA, en atención a los objetivos del curso y las disposiciones vigentes.

Chucuito, Noviembre de 2012.

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