Ley de la profesionalizaion del contador publico-Ley 28951

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ANÁLISIS CRÍTICO SOBRE LOS ALCANCES DE LA LEY DE PROFECIONALIZACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO Para tener en cuenta que el 11 de septiembre de 1959 se promulgó la Ley N° 13253 llamada Ley de Profesionalización de los Contadores, la cual reivindica el ejercicio profesional de la contabilidad en nuestro país, pues hasta antes de esta Ley la contabilidad no era considerada una profesión sino una técnica. Esta Ley también da origen a la creación oficial de los Colegios de Contadores, institución que promueve la competencia profesional, conducta ética, acceso al conocimiento y desarrollo integral de sus miembros, disponiendo la Colegiación obligatoria para poder ejercer la Profesión. El 15 de enero del 2007, luego de meses de presión a nivel nacional por parte de los diversos gremios contables, se logró actualizar la Ley de Profesionalización del Contador de acuerdo a los avances e innovaciones de la Ciencia Contable, promulgándose la Ley N° 28951 llamada Ley de Actualización de la Ley N° 13253. Esta nueva Ley establece como competencias del Contador Público: evaluar, asesorar y realizar consultoría en sistemas de contabilidad computarizada y de control; y ejercer la investigación científica sobre materias relacionadas a la contabilidad y a su ejercicio profesional, entre otras funciones. Además, indica que los Colegios de Contadores Públicos tienen la facultad de emitir opinión en la formulación de los planes curriculares universitarios para la formación académico profesional del Contador Público. Finalmente, vale la pena destacar que la Ley N’ 28951 también reconoce el día 11 de septiembre de todos los años como el Día del Contador Público. Teniendo presente esta pequeña introducción, vamos a centrarnos en el siguiente artículo:



Artículo 3: dentro del este presente artículo vamos a encontrar las responsabilidades y competencias del contador, las cuales están descritas en 9 incisos. A continuación explicaremos el contenido de los incisos “d” y “e”.



“d) efectuar el peritaje contable en los procesos judiciales, administrativos y extrajudiciales”

El contador como profesional capacitado y especializado, tiene también la capacidad y responsanilidad de desempeñarse como perito contable, tanto en materia civil, administrativa, penal y judicial; donde ejecutara una serie de técnicas y procedimientos para elaborando su informe pericial, del cual el juez se apoyara para emitir el fallo.



“e) certificar el registro literal de la documentación contable incluyendo las partidas o asientos contables de los libros o registros contables de las personas naturales y jurídicas”

El contador en su amplia gama de funciones, realiza el registro, análisis y reportes de la información contable, los cuales deben encontrarse plasmado en los libros contables correspondientes, como por ejemplo: el libro diario, libro mayor, etc. actualizados y de manera oportuna, respetando los plazos y lo establecidos por el código tributario.