LAS SIETE LEYES CONSTITUCIONALES

LAS SIETE LEYES CONSTITUCIONALES O CONSTITUCIÓN DE RÉGIMEN CENTRALISTA DE 1836 Las Siete Leyes Constitucionales o Consti

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LAS SIETE LEYES CONSTITUCIONALES O CONSTITUCIÓN DE RÉGIMEN CENTRALISTA DE 1836 Las Siete Leyes Constitucionales o Constitución de Régimen Centralista de 1836 es un conjunto de leyes de rango constitucional, promulgadas el 30 de diciembre de 1836 por el presidente interino de México, José Justo Corro. Las leyes le dieron forma a un régimen centralista, contrario al régimen federal establecido en la Constitución de 1824. El protagonismo en la promulgación de las Siete Leyes recae en el presidente interino José Justo Corro, aunque se considera que el artífice de las mismas fue Antonio López de Santa Anna. Antecedentes Los Estados Unidos Mexicanos promulgaron en 1824 una primera Constitución que recogía lo que para el momento se consideraban principios fundamentales de una república federal: democracia representativa, división de poderes y soberanía estatal. Esta constitución se mantuvo vigente durante los períodos presidenciales de Guadalupe Victoria y siguientes, que se caracterizaron por una patente inestabilidad. En 1835, estando el presidente Antonio López de Santa Anna de licencia por enfermedad, el vicepresidente Valentín Gómez Farías promulgó una reforma a la Constitución que molestó a diversos sectores de la vida política, militar y religiosa. Santa Anna destituyó a Gómez Farías, dejando sin efecto la reforma. Una vez suprimida la vicepresidencia, surgió entre los sectores más conservadores la necesidad de un articulado legal que garantizara que los privilegios de militares y el clero no se vieran afectados. La reforma de Gómez Farías contemplaba que esos privilegios fueran suprimidos, privilegiaba la educación pública y laica, y permitía perseguir a los asesinos de Vicente Guerrero, asesinato ocurrido en 1831. Así, en 1835, se instala el Congreso, atribuyéndose facultades constituyentes, disponiéndose a redactar un nuevo texto constitucional, que no sólo cambiara la estructura legal del país, sino que estuviese blindado contra cambios. Desarrollo de los acontecimientos El texto fue aprobándose en tres etapas: diciembre de 1835, abril de 1836, y por último, diciembre de 1836, momento en que fueron promulgadas.



La primera ley establecía quienes podían ser considerados ciudadanos y tener derecho a voto. Se debía saber leer y escribir, y un ingreso mínimo. Quedaban excluidos los empleados domésticos.



La segunda ley facultaba al presidente para cerrar el Congreso y la Corte Suprema, suprimiendo la división de poderes al privilegiar al Ejecutivo. Además, creaba un Cuarto Poder, llamado Supremo Poder Conservador, en el que cinco miembros tenían plenos poderes sobre los demás. El poder conservador se atribuía capacidades superiores.



La tercera ley establecía la conformación y las facultades del Congreso.



La cuarta ley establecía el mecanismo de elección presidencial: indirecto a través del Senado, la Corte y una junta de ministros.



La quinta ley regulaba el modo de elección de los miembros de la Suprema Corte de Justicia.



La sexta ley, introducía el cambio más radical: alteraba la división territorial, pasando México de ser una república federal, a ser una república de régimen centralista. Los estados desaparecían y pasaban a ser departamentos controlados desde el poder central, y con gobernadores designados por el presidente de la República.



La séptima ley era en esencia una prohibición de alterar o cuestionar el articulado anterior por un lapso de seis años a partir de su promulgación.

Acontecimientos posteriores El nuevo texto constitucional provocó airadas protestas en diferentes regiones del país, siendo las más notables las que provocaron la separación temporal de Yucatán, y la de Texas, volviéndose esta última definitiva. La declaración de independencia texana encendió la mecha de una carrera separatista que se extendió por el norte de México, derivando en la anexión de los territorios del norte por parte de los Estados Unidos. Yucatán, sin embargo, se reintegró a México como estado federado en el marco de la Guerra de Castas. Las Siete Leyes terminaron siendo derogadas durante la época de la Intervención Estadounidense, en 1847.