La Crisis Del Antiguo Regimen Josep Fontana

La crisis del antiguo régimen. Josep Fontana Fines XVIII y principios del XIX  crisis del Antiguo Régimen. Imposibilida

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La crisis del antiguo régimen. Josep Fontana Fines XVIII y principios del XIX  crisis del Antiguo Régimen. Imposibilidad de reproducirse. ○ [1808- 1814] 1808  Situación de inestabilidad de marzo a mayo.  Godoy ministros de Carlos IV  por la crisis feudal lleva adelante una desamortización de los bienes eclesiástico y subordina a España de la política napoleónica. Se pone en contra al clero y a la nobleza. Marzo: Motín de Aranjuez [Fue un levantamiento ocurrido el 17-18 de marzo de 1808 por las calles de esta localidad madrileña. Se desencadenó debido a varias causas, entre ellas las consecuencias de la derrota de Trafalgar, que recayó fundamentalmente en las clases humildes. A ello hay que sumarle el descontento de la nobleza, la impaciencia del Príncipe de Asturias (el futuro Fernando VII) por reinar, la acción de los agentes de Napoleón, las intrigas de la Corte - núcleo opositor formado por aristócratas recelosos del poder de Manuel Godoy-, así como el temor del clero a las medidas desamortizadoras. El 17 de marzo de 1808, tras correr por las calles de Aranjuez el rumor del viaje de los reyes, una pequeña multitud dirigida por miembros del partido fernandino -nobles cercanos al Príncipe de Asturias-, se agolpa frente al Palacio Real y asalta el palacio de Godoy. Godoy es encontrado escondido y trasladado en medio de una lluvia de golpes. Ante esta situación y el temor de un linchamiento, interviene el príncipe Fernando, verdadero dueño de la situación, en el que abdica su padre al mediodía de ese mismo día, convirtiéndolo en Fernando VII. Fuente: Wiki] //Marcha de Napoleón, va por tod. + Carlos IV abdica, asume Fernando VII Mayo: Abdicaciones de Bayona – Carlos IV le dispone la corona española a Napoleón. Junio: Surgimiento de las Juntas (locales primero y provinciales después)  “Embrión de un poder revolucionario que substituiría gradualmente al viejo orden”. Que las juntas tuvieran su origen en el mandato del pueblo no significa que fuesen populares, ni por su composición –son integradas por miembros de la CD- ni por sus planteamientos. 1809: José I. La Junta central se encontraba en la imposibilidad de llevar con éxito la dirección de la guerra ante la superioridad de las tropas francesas. 1810: La Junta Central cedió su poder ante una regencia, tras haber puesto en marcha la convocatoria a unas Cortes Generales que abrieron sus sesiones en septiembre de 1810. “A menudo se piensa en las cortes como un intento de transformación revolucionaria, pero no. Se descubre en textos legales una realidad más modesta: una abolición del régimen señorial que dejaba en pie el diezmo y favorecía a los señores; que pudieron convertir sus derechos feudales en títulos de propiedad plena de la tierra, despojando a los campesinos; una libertad de imprenta que no tocaba la esfera de los religioso; una constitución que confirmaba que el catolicismo era la religión oficial del país, una pretendida abolición de la Inquisición que permitía que subsistiesen tribunales eclesiásticos ante los cuales se podía denunciar a cualquier ciudadano por herejía.” La constitución de 1812 (la de Cádiz) da testimonio de la ambigüedad y moderación de esta política reformista.

Los reaccionarios acusaban a esta constitución por ser inspirada en la Revolución francesa, pero Fontana dice que no, que la primera diferencia está en que la Rev francesa fue una revolución social que abolió “realmente” el feudalismo. 17 de marzo de 1813: José I dejó definitivamente la capital. Retroceso de Francia. En Cádiz, se disolvían las sesiones de las cortes extraordinarias y se preparaba la apertura de las ordinarias en Madrid… Mayo de 1814: el golpe de Fernando VII. “Los pilló desprevenidos […] no habían querido hacer una revolución social, y omitieron aquel género de reformas más profundas que hubieran podido poner de su lado a las masas campesinas para quienes había poco interés en los 384 artículos de la constitución…” ○ La inviabilidad del absolutismo [1814- 1820] 1814: Primera restauración del absolutismo. Suele narrase este periodo de liberales vs. Absolutistas. 1816/1817 nombramiento de Martin de Garay en Hacienda  Pieza central en este gobierno era la figura, pues debía encargarse de racionalizar la Hacienda. Sus reformas intentan ponerse en marcha con el consenso de la nobleza: supresión de las rentas provinciales, equivalentes y algunos tributos menores, que serían reemplazados por una contribución general, proporcional a los ingresos de cada contribuyente, pero su aplicación fue confusa. La revolución de 1820 los sorprendió sin haber avanzado en ello… 1918 a 1820: etapa de inestabilidad. 1820: Pronunciamiento militar [sublevación militar dirigida por el Teniente Coronel Rafael del Riego que obligó a reinstaurar la constitución de 1812 transformando nuevamente el reinado de Fernando VII en un reino constitucional y liberal. Fuente: Wiki] “La explicación no debe buscarse en los caprichos del rey ni en sus camarillas, la razón fundamental reside en que todos estos hombres se han mostrado incapaces de llevar a cabo la tarea que se les había confiado, y el rey se desembaraza de estos cuando ve que han fracasado. De ahí la fragilidad de los ministros de Hacienda* a quienes toca la parte más difícil de la tarea, en el caso de Garay no logró imponer una reforma tributaria que ayude a aumentar los ingresos del Estado… y la razón: lo que se les encomendaba era una tarea imposible: mantener en funcionamiento un sistema político inviable.  Desde el reinado de Carlos III la monarquía española se estaba endeudando grosso, la explicación de que Godoy se viese obligado a entrar por una vía reformista (desamortización de bienes eclesiásticos)… Teniendo en cuenta que la subida al trono de Fernando elevado por una revolución antigodoyista implicaba la anulación de la política reformista anterior, no cabe duda de que el nuevo monarca se hubiera encontrado muy pronto en graves dificultades. + La invasión francesa impidió la clara percepción del problema estructural, haciendo creer que las dificultades se debían a la guerra y que podían aliviarse con el tiempo.” * Hubo dos ministros de Hacienda a los cuales Fer sacó, Fontana los describe pero el más importante es Garay.

“El gobierno de la monarquía absoluta se rindió sin que la revolución necesitase emplear mucha fuerza para derribarlo.” ○ Una revolución frustrada (1820-1823) 1820/1823  “Trienio constitucional” porque fue en ella cuando por primera vez se pusieron en práctica las reformas de Cádiz (1810/1814), y en consecuencia, salieron a la luz todas las limitaciones de la revolución liberal española  “la misma ilusión reformista que hemos visto en Cádiz, el mismo deseo de conciliarse a las clases dominantes del viejo sistema y el mismo miedo a una revolución social como la francesa.” Piensan en: Modelo de desarrollo capitalista a la inglesa, que respetando los derechos de las viejas clases dominantes, convirtiera a los latifundistas feudales en grandes empresarios agrarios capitalistas.  Pensar en estimular el crecimiento y aumentar la producción para resolver el estrangulamiento de la Hacienda fue un fracaso. Marzo a julio de 1820. Fase de parcial restablecimiento de la legalidad constitucional.  De la apertura de las cortes en 1820 hasta la caída del primer gobierno constitucional en 1821 medidas de desamortización, supresión de los mayorazgos… pero al propio tiempo se debaten entre una mayoría reformista moderada que trata de frenar cualquier avance del movimiento popular.

“inmovilismo y opresión de la época”

Debilitamiento del régimen + ataque de la contrarrevolución + sequía y malas cosechas “El régimen se cae más por sus contradicciones internas que por la llegada de las tropas francesas…” “Si comparamos el proceso revolucionario español con el francés habremos de concluir que no pasó de los límites de los más moderados planteamientos iniciales del reformismo burgués de Francia. No hubo en España un 4 de agosto, una revuelta campesina, ni radicalización urbana. Los robespierres locales jamás llegaron al poder, que estuvo siempre en manos de los moderados.” Del reformismo absolutista a la revolución burguesa (1823-1833) 1823: Restauración del absolutismo. Fernando reestablece las instituciones del Antiguo Régimen. 1825: conspiraciones “ultras” + 1827: insurrección de Cataluña + 1830: Revolución en Francia (power contra los liberales de España. Violencia generalizada) 1833: Muerte de Fernando VII. “Fracasó el reformismo absolutista, demostraban que los simples cambios administrativos no bastaban para asegurar el viejo edificio y la oligarquía comenzó a alarmarse al advertir que las fuerzas populares eran más revolucionarias y peligrosas… así se puso operar un tránsito pacífico y pactado de la sociedad feudal al nuevo orden burgués. Desgastada la monarquía absoluta se la substituyó por una monarquía parlamentaria con sufragio censitario que era la forma más adecuada para la defensa de los intereses de la nueva propiedad: de los intereses de los viejos propietarios feudales, metarmofoseados en terratenientes burgueses, más de los comerciantes, industriales y rentistas, la revolución burguesa vino a salvar así, la riqueza de la vieja oligarquía y a confirmar e despojo de los campesinos. La muerte de Fernando VII, en el 33, se produce en el transcurso de esta transición, la facilita y acelera….”