instrucciones notariales

CARTA DE INSTRUCCIONES NOTARIALES. Instrucciones notariales del contrato de compraventa celebrado entre inmobiliaria Los

Views 74 Downloads 3 File size 27KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

CARTA DE INSTRUCCIONES NOTARIALES. Instrucciones notariales del contrato de compraventa celebrado entre inmobiliaria Los Cipreses S.A. como el vendedor, y don Daniel Rocha Olivares como el comprador. En Concepción a 01 de octubre de 2019, comparecen Inmobiliaria Los Cipreses Sociedad Anónima de giro inmobiliario, rol único tributario número 76883240-4, representada según se acreditará, por don Cristhian Hernán Aqueveque Torres de nacionalidad chilena, casado, ingeniero civil, cedula nacional de identidad número 12.192.837-k; y don Andrés Cristian Sanhueza Maass, chileno, casado, ingeniero comercial, cedula nacional de identidad número 12.181.162-6. Todos con domicilio legal en Avenida Presidente Riesco 5335, piso 11, las Condes, Santiago, en adelante también nombrada indistintamente como ´´LA PARTE VENDEDORA´´ o ´´VENDEDOR´´; por una parte, y por la otra don Daniel Rocha Oliveros, chileno, soltero, empleado, cedula de identidad número 18.467.673-k denominado como ´´LA PARTE COMPRADORA´´ o ´´EL COMPRADOR´´, y conjuntamente con el vendedor ´´LAS PARTES´´. Respecto del inmueble denominado Departamento número veintitrés (23), Unidad número ciento veintisiete (127), del Edificio número dieciséis (16) del Conjunto Habitacional Condominio Los Cipreses de Bellavista Lote C3-B, Avenida Campos de Bellavista número doscientos sesenta (260).

PRIMERO: el comprador hace entrega al señor … de un vale vista número… del Banco Estado de Chile por el monto de $46.767.550,00000.- a nombre de la inmobiliaria Los Cipreses S.A.

SEGUNDO: las partes instruyen y facultan al notario o a quien lo subrogue o reemplace para entregarlo a un representante de Inmobiliaria Los Cipreses S.A., una vez que se acredite mediante la presentación de una copia de certificado de inscripción de dominio y de certificado de hipotecas, gravámenes, interdicciones y prohibiciones, que el inmueble objeto de la compraventa se encuentra inscrito a nombre del comprador don Daniel

Rocha Olivares libre de todo gravamen, prohibición o embargo, a excepción del reglamento de copropiedad y servidumbres correspondientes.

TERCERO: si dentro del plazo de 120 días desde la fecha de escritura pública de compraventa, no se acredite al señor notario lo señalado precedentemente, podrá devolver el vale vista a la compradora previa suscripción de una escritura de resciliación entre las partes y presentando copia de la inscripción de dominio del inmueble y certificado de gravámenes y prohibiciones emitidos con posterioridad a los 120 días trascurridos, en que conste que el inmueble continua en dominio de la vendedora, por haber fallado la condición suspensiva.

CUARTO: es responsabilidad de la inmobiliaria los certificados para retirar el documento en custodia del notario. Estas instrucciones están otorgadas para el beneficio mutuo de las partes contratantes.

COMPRADOR VENDEDOR