Informe de Temperaturas Extremas

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INFORME TECNICO EVALUACION DE EXPOSICION OCUPACIONAL A TEMPERATURAS EXTREMAS Minera Wayne Contenido: Evaluación de Exposición Ocupacional a Ruido Solicitado por: José Luis Moncada

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Redactado por: Kevin Baez, Lucio Fehring

Fecha:19/05/2016

Sección:002-D

Douc UC – Sede Maipú Escuela de Construcción Carrera de Ingeniería en Prevención de Riesgos Técnicas de Higienes Industrial

Índice Tabla de contenido Índice............................................................................................................. 1 Resumen........................................................................................................ 2 Antecedentes................................................................................................. 2 Mediciones, Tomas de muestras, Observaciones, Inspecciones.....................2 Evaluación...................................................................................................... 3 Conclusiones.................................................................................................. 3 Recomendaciones.......................................................................................... 3 Anexos............................................................................................................ 4 Formulario Nº1 croquis de área...................................................................4 Formulario Nº 2 medición de ruido dB(A)....................................................4 Formulario Nº 3 ficha de observación en terreno........................................5 Anexo 4 ficha técnica.................................................................................. 6 Memoria de cálculo........................................................................................ 7 Calculo de dosis y magnitud de riesgo........................................................7 Evaluación de Método de Banda de Octava................................................8 Mediciones de Puestos de Trabajos..........................................................8 Aplicación de Banda de Octava para Protectores Auditivos.....................8 Exposición con protección auditiva...........................................................10

INFORME TECNICO

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Resumen

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A continuación se presentara un breve resumen de lo realizado dentro de la empresa Minera Wayne S.A lo cual consistió en la realización de medición de temperatura ambiente, esta se efectuó dentro del área de molienda y chancado. La medición se les realizo a 3 trabajadores que están expuestos a altas temperaturas en sus respectivas áreas, por una jornada de trabajo de 11 horas durante 5 días a la semana con la finalidad de realizar mediciones y observaciones en estas áreas para identificar posteriormente la magnitud del riesgo a la que están expuesto los trabajadores del proceso de molienda y chancado, para crear las debidas recomendaciones.

Antecedentes Se realizó una visita a las instalaciones que la Empresa minera Wayne específicamente en el área de chancado y molienda, a solicitud de Bruce banner, con fecha 09, 05, 2016, durante horas de la mañana, con la finalidad de realizar mediciones, inspecciones, observaciones en el lugar, para evaluar la magnitud del riesgo al que se encuentran sometidos los trabajadores, derivado de la exposición a altas temperaturas. La empresa se encuentra ubicada a 2500 m.s.n.m. El horario laboral de los trabajadores expuestos es de 5x2, 11 horas diarias, siendo 55 horas semanales laborales, aunque para el caso solo 8 horas de las 11 diarias los trabajadores realizan trabajo continuo. Las mediciones se realizaron a petición de clark kent de acuerdo con programas de Higiene Industrial de la empresa. El agente de temperatura bajo estudio es generado por la exposición directa a altas temperaturas y a radiación UV (aunque en este último cuentan con la debida protección correspondiente). La cantidad de trabajadores expuestos es de 3. Anexo nº1 .

Mediciones, Tomas de muestras, Observaciones, Inspecciones Las mediciones observaciones, inspecciones se realizaron el día 30/01/2016, a las 08:00 de la mañana hasta las 19:00 de la tarde. Para la medición se utilizó un monitor de temperatura ambiental TGBH, QUESTemp° 36 y 36-3 Data Loggers, Mide las tres temperaturas bulbo húmedo, seco y temperatura de globo, y además calcula directamente el índice TGBH interior y exterior. Específicamente se realizó la medición a 3 alturas el cual son cabeza, abdomen y tobillo, en 3 sectores diferentes donde los operadores desempeñan sus labores, posteriormente los resultados de dichas mediciones se ponderan dando un valor único. El tiempo promedio de exposición del trabajador ante el riesgo es de 8 horas diarias (jornada laboral completa es de 11 pero después de las 6 de la tarde el sol se esconde casi en su totalidad quedando libres de exposición).

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Las 3 labores que realiza el trabajador son de tipo continuo y la carga de trabajo es liviana según la tabla del Art. N° 96 de Decreto Supremo N°594. No existen medios de control del riesgo sobre el ambiente.

Evaluación Analizando los antecedentes mencionados anteriormente se concluye que los trabajadores evaluados no utilizan los elementos de protección personal adecuados y no existe ninguna medida de control de temperaturas extremas implementada en la empresa, por lo tanto todos los puestos de trabajo son de riesgo, pudiéndose clasificar cada uno de ellos con un valor de TGBH superior al valor máximo permitido según la tabla del Art. N°96 de Decreto Supremo N°594. (Anexo), lo que hace exigible la adopción de medidas de prevención inmediatas para el control del Calor y no se produzca una enfermedad profesional.

Conclusiones De los resultados de la evaluación (formulario N°2) se permite determinar que según la tabla de valores límites permisibles del índice TGBH en °C, estipulada en el Artículo N° 96 del Decreto supremo N° 594, el personal expuesto trabaja en condiciones que hacen evidente el alto riesgo de contraer una enfermedad profesional por la sobre exposición a calor, pudiendo provocar estés térmico, agotamiento, calambres y dermatitis por exceso de sudoración. Es importante señalar que las condiciones de trabajo se ven agravadas por la falta de medios para el control del riesgo sobre el medio ambiente de trabajo y la falta de protección personal sobre los trabajadores, Por lo que deberán adoptarse medidas de control inmediatas para disminuir la exposición. Logrando esto se dara cumplimiento a las normativas legales vigentes como la ley 16.744,art.68, Decreto supremo nº40, art. 21 y 22, D.S 594 art.3, y art.96.(ANEXO)

Recomendaciones 1. Sobre el Medio Ambiente de Trabajo   



Instalar una sala de control climatizada para los operador de chancado y molienda para mantener una temperatura adecuada con un sistema de distribución de agua dentro. Supervisión adecuada con el fin de vigilar que en todo momento se usen los sistemas de control y se sigan los procedimientos de trabajo seguro. Se deberán modificar los horarios de trabajo de manera de disminuir el tiempo de exposición o realizar pausas en un lugar de descanso con sombra. 2. Sobre el trabajador expuesto al riesgo Informar a los trabajadores y supervisores sobre los peligros a los que están expuestos. INFORME TECNICO

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   

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Capacitar a trabajadores y supervisores en el reconocimiento de los primeros síntomas de las enfermedades producidas por el calor y en primeros auxilios. Definir exámenes ocupacionales para chequear el estado de los trabajadores después de la exposición. Proporcionar abundante agua fresca a los trabajadores. Disponer de sitios de descanso frescos, ventilados, cubiertos o a la sombra.

Anexos Formulario Nº1 croquis de área Trabajadores del are de chancado y molienda expuestos a calor

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Formulario Nº 2 TRABAJADORES Y SUS VALORES MEDIDOS Los trabajadores al estar expuestos directamente al sol, se utiliza la formula con carga solar: 

Al aire libre con carga solar: TGBH = 0,7 TBH + 0,2 TG + 0,1 TBS

Luego para determinar el TGBH promedio alturas °C se utiliza la siguiente fórmula:

TGBH promedio=

TGBH cabeza +2TGBH abdomen+TGBHtobillos 4

En el puesto de los 3 operadores del área evaluada permanece con una vestimenta camisa y jeans, cubierto con pechera reflectante de geologo, y polainas mas el casco de seguridad, Con estos datos se puede deducir que el trabajador utiliza Doble capa de vestuario; ropa que reduce e impide la evaporación del sudor y permeabilidad del aire. Debido a que los LMP del D.S N° 594 están definidos para individuos vestidos con ropa liviana se deberá aplicar una corrección según lo señalado en la siguiente tabla: TIPO DE ROPA Camisa manda larga y pantalones Overol Doble capa de vestuario Overol de polipropileno (SMSS) Overol de poliolefinas Ropa impermeable al vapor de agua

SUMAR A TGBH°C 0 0 3 0,5 1 11

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REQUISITOS LEGALES Ley 16.744, Artículo 68°.- Las empresas o entidades deberán implantar todas las medidas de higiene y seguridad en el trabajo que les prescriban directamente el Servicio Nacional de Salud o, en su caso, el respectivo organismo administrador a que se encuentren afectas, el que deberá indicarlas de acuerdo con las normas y reglamentaciones vigentes. El incumplimiento de tales obligaciones será sancionado por el Servicio Nacional de Salud de acuerdo con el procedimiento de multas y sanciones previsto en el Código Sanitario, y en las demás disposiciones legales, sin perjuicio de que el organismo administrador respectivo aplique, además, un recargo en la cotización adicional, en conformidad a lo dispuesto en la presente ley. Asimismo, las empresas deberán proporcionar a sus trabajadores, los equipos e implementos de protección necesarios, no pudiendo en caso alguno cobrarles su valor. Si no dieren cumplimiento a esta obligación serán sancionados en la forma que preceptúa el inciso anterior. El Servicio Nacional de Salud queda facultado para clausurar las fábricas, talleres, minas o cualquier sitio de trabajo que signifique un riesgo inminente para la salud de los trabajadores o de la comunidad. Decreto Supremo N°40, Artículo 21°.-Los empleadores tienen la obligación de informar oportuna y convenientemente a todos sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas y de los métodos de trabajo correctos. Los riesgos son los inherentes a la actividad de cada empresa. Especialmente deben informar a los trabajadores acerca de los elementos, productos y sustancias que deban utilizar en los procesos de producción o en su trabajo, sobre la identificación de los mismos (fórmula, sinónimos, aspecto y olor), sobre los límites de exposición permisibles de esos productos, acerca de los peligros para la salud y sobre las medidas de control y de prevención que deben adoptar para evitar tales riesgos. Decreto Supremo N°40, Artículo 22°. Los empleadores deberán mantener los equipos y dispositivos técnicamente necesarios para reducir a niveles mínimos los riesgos que puedan presentarse en los sitios de trabajo. Decreto Supremo N°594, Artículo 3º.- La empresa está obligada a mantener en los lugares de trabajo las condiciones sanitarias y ambientales necesarias para proteger la vida y la salud de los trabajadores que en ella se desempeñan, sean éstos dependientes directos suyos o lo sean de terceros contratistas que realizan actividades para ella.

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Tabla de Valores límites permisibles del índice TGBH en °C:

Articulo N° 96 Decreto Supremo N° 594 Para los efectos del presente reglamento, se entenderá por carga calórica ambiental el efecto de cualquier combinación de temperatura, humedad y velocidad del aire y calor radiante, que determine el Índice de Temperatura de Globo y Bulbo Húmedo (TGBH). La carga calórica ambiental a que los trabajadores podrán exponerse en forma repetida, sin causar efectos adversos a su salud, será la que se indica en la tabla de Valores de Límites Permisibles del Índice TGBH, los que se aplicarán a trabajadores aclimatados, completamente vestidos y con provisión adecuada de agua y sal, con el objeto de que su temperatura corporal profunda no exceda los 38°C. El Índice de Temperatura de Globo y Bulbo Húmedo se determinará considerando las siguientes situaciones: a.- Al aire libre con carga solar: TGBH = 0,7 TBH + 0,2 TG + 0,1 TBS b.- Al aire libre sin carga solar, o bajo techo: TGBH = 0,7 TBH + 0,3 TG Correspondiendo: INFORME TECNICO

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TBH = Temperatura de bulbo húmedo natural, en °C TG= Temperatura de globo, en °C TBS = Temperatura de bulbo seco, en °C

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Las temperaturas obtenidas se considerarán una vez alcanzada una lectura estable en termómetro de globo (entre 20 a 30 minutos).

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