IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES

IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN COLOMBIA DOCENTE XXXXXXXXXXXXX PRESENTADO POR: DIEGO LEONARDO SANABRIA JANETH MARIA C

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IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN COLOMBIA

DOCENTE XXXXXXXXXXXXX

PRESENTADO POR: DIEGO LEONARDO SANABRIA JANETH MARIA CUELLAR TRILLOS JOSE LUIS FERRO

MINISTERIO DE DEFENSA POLICIA NACIONAL ESCUELA DE CADETES DE POLICIA GENERAL FRANCISCO DE PAULA SANTANDER ECONOMIA BOGOTÁ D.C. 2011

INTRODUCCION

En esta etapa del desarrollo económico colombiano, destaca en la última década la aceleración y la tenacidad con que las administraciones gubernamentales, hacen gala de sus más importantes competencias, para sacar adelante el tema de la economía, y en el ejercicio de buscar y abrir nuevos mercados para nuestros productos y servicios. Comenzaremos por recordar que las exportaciones representan el transporte de mercancías hacia el exterior del país y las importaciones registran el ingreso de artículos. Estas dos operaciones integran la balanza comercial de un Estado. La diferencia en el flujo comercial de entrada y salida, en un determinado período de tiempo, definirá si la balanza es superavitaria o deficitaria. El primer caso se da cuando las exportaciones son mayores a las importaciones, el segundo caso se genera cuando sucede lo contrario. Desde el año pasado, Colombia ha enfrentado una crisis política con sus vecinos, lo que ha afectado el flujo comercial. Ante esta coyuntura, se optó por conseguir nuevos socios comerciales. El resultado de este gran trabajo, son los diferentes tratados de libre comercio, unos mas adelantados que otros, y se esta trabajando arduamente, para que el de Estados Unidos sea aprobado, sino en este semestre, si a comienzos del 2012.

OBJETIVOS

Son los objetivos de este trabajo, profundizar los conocimientos acerca de las importaciones y exportaciones en Colombia, de nuestros bienes y servicios, informar los mas destacados temas sobre este ejercicio económico, dar a conocer la famosa balanza, en otrora tiempo llamado el plan Vallejo; discernir los diferentes tópicos, que se manejan actualmente en este campo del comercio exterior.

LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN COLOMBIA 1 La importación En economía, la importación es el transporte legítimo de bienes y servicios nacionales exportados por un país, pretendidos para el uso o consumo interno de otro país. Las importaciones pueden ser cualquier producto o servicio recibido dentro de la frontera de un Estado con propósitos comerciales. Las importaciones son generalmente llevadas a cabo bajo condiciones específicas. Las importaciones permiten a los ciudadanos adquirir productos que en su país no se producen, o más baratos o de mayor calidad, beneficiándolos como consumidores. Al realizarse importaciones de productos más económicos, automáticamente se está librando dinero para que los ciudadanos ahorren, inviertan o gasten en nuevos productos, aumentando las herramientas para la producción y la riqueza de la población. Pero por otro lado, también esto pone en competencia a la industria local, con industrias extranjeras que podrían tener mejores condiciones de producción (Como una población laboral altamente calificada, mayor desarrollo tecnológico y mejor infraestructura) o costos menores(Por el pago de bajos salarios), según algunos economistas, perjudicando la economía interna en su mercado laboral. 1.1 Financiamiento de las importaciones Existen tres formas de financiar las importaciones: a. Con un saldo comercial favorable; es decir, exportando más de lo que se importa. b. Con ingreso de capitales al país (turismo, inversión extranjera, étc.). c. Con endeudamiento público.

Los economistas liberales sostienen que si un país importa sin recurrir al endeudamiento ni a un tipo de cambio fijo, la economía no se ve afectada, cosa que sí ocurre cuando el Estado interviene tomando deuda o fijando tipos de cambio que no reflejan las preferencias. 1.2 Importaciones y Balanza Comercial La balanza comercial se define como el valor monetario de los bienes exportados menos los bienes importados, y por tanto se considera positiva cuando las exportaciones superan a las importaciones, y negativa cuando se importa más de los que se exporta. Existe una relación estrecha entre el ahorro nacional, la inversión nacional y la balanza comercial. Teniendo en cuenta los componentes agregados del PIB

Donde PIBpm es el producto interior bruto contabilizado en precios de mercado, C es valor total del los bienes consumidos, I la formación bruta de capital (inversión), G el gasto de gobierno o consumo público, X el valor de las exportaciones y M el valor de las importaciones. A partir de la identidad anterior es trivial derivar la identidad fundamental de la contabilidad nacional:

1.3 Modalidades de Importación A continuación encontrará la definición de las diferentes modalidades de importación que contempla el Decreto 1909 de 1.992 y sus modificaciones.

1.3.1 IMPORTACION ORDINARIA: Es la introducción de mercancía procedente del extranjero o de zona franca colombiana, al territorio nacional para permanecer en él indefinidamente y en libre disposición, cancelando previamente los tributos aduaneros del caso, y cumpliendo con el procedimiento legal previsto para el efecto.

1.3.2 IMPORTACION CON FRANQUICIA: Es aquella importación que, en virtud de tratado, convenio o ley, goza de exención total o parcial de tributos aduaneros y con base en la cual la disposición de la mercancía estará restringida, salvo lo dispuesto en la norma que consagra el beneficio. 1.3.3 REIMPORTACION POR PERFECCIONAMIENTO PASIVO: Se define como la importación de mercancía exportada temporalmente para elaboración, reparación o transformación. Causará tributos aduaneros sobre el valor agregado en el exterior, incluidos los gastos complementarios a dichas operaciones, para lo cual se aplicarán las tarifas correspondientes a la subpartida arancelaria del producto terminado que se importa. La mercancía así importada quedará en libre disposición. 1.3.4 REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO: Es la importación sin el pago de los tributos aduaneros de la mercancía exportada temporal o definitivamente cuando se encontraba en libre disposición, siempre que no haya sufrido modificación en el extranjero y se establezca plenamente que la mercancía que se reimporta es la misma que se exportó y que se reintegraron los tributos y beneficios obtenidos con la exportación. La mercancía así importada quedará en libre disposición. 1.3.5 IMPORTACION EN CUMPLIMIENTO DE GARANTIA: Es la importación sin el pago de los tributos aduaneros de la mercancía que en cumplimiento de una garantía del fabricante o proveedor, se haya reparado en el exterior o reemplace otra que haya resultado averiada, defectuosa o impropia para el fin que fue importada. La mercancía así importada quedará en libre disposición. 1.3.6 IMPORTACION TEMPORAL PARA REEXPORTACION EN EL MISMO ESTADO: La importación temporal se define como la importación con suspensión de tributos aduaneros, de determinadas mercancías destinadas a la reexportación en un plazo señalado, sin haber experimentado modificación alguna, con excepción de la depreciación normal originada en el uso que de ellas se haga, y con base en la cual su disposición quedará restringida. Estas pueden ser de dos clases: DE CORTO PLAZO. Cuando la mercancía se importa para atender una necesidad específica que determine su corta permanencia en el país. El plazo máximo de la importación será de 6 mese, prorrogables hasta por 3 meses más. DE LARGO PLAZO. Cuando se trata de la importación de bienes de capital, sus accesorios, partes y repuestos siempre que vengan en el

mismo embarque. El plazo máximo de esta importación es de 5 años. 1.3.7. IMPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO : Es aquella importación temporal que permite recibir dentro del territorio aduanero colombiano, con suspensión total o parcial de derechos de importación, mercancías destinadas a ser reexportadas parcial o totalmente en un plazo determinado, después de haber sufrido transformación, elaboración o reparación, así como los insumos necesarios para estas operaciones. Bajo este régimen podrán importarse también las maquinarias, equipos, repuestos, y las partes o piezas para fabricarlos en el país, que vayan a ser utilizados en la producción y comercialización, en forma total o parcial, de bienes y servicios destinados a la exportación. 1.3.8 . IMPORTACION PARA TRANSFORMACION O ENSAMBLE : Es la modalidad bajo la cual se importan mercancías que van a ser sometidas a procesos de transformación o ensamble, por parte de industrias reconocidas como tales por la autoridad competente, y autorizadas para el efecto por la Dirección de Aduanas Nacionales, y con base en la cual su disposición quedará restringida. 1.3.9 TRAFICO POSTAL Y ENVIOS URGENTES POR AVION : Es la modalidad por medio de la cual podrán ser objeto de importación por tráfico postal los envíos de correspondencia, los paquetes postales y los envíos urgentes por avión, siempre que su valor no exceda de quinientos ( 500 ) dólares de los Estados Unidos de Norte América y requieran ágil entrega a su destinatario, que no constituyan expediciones comerciales y cuyo peso no exceda veinte (20) kilos, su medida no supere1,50 metros en cualquiera de sus dimensiones, ni 3 metros la suma de la longitud y el mayor contorno 1.3.10. ENTREGAS URGENTES : Por medio de esta modalidad, la Dirección de Aduanas Nacionales, podrá autorizar sin trámite previo alguno, la entrega directa al usuario, de determinadas mercancías que así lo requieran, bien sea porque ingresen como auxilio para damnificados de catástrofes o siniestros, por su especial naturaleza o porque respondan a la satisfacción de una necesidad apremiante. DIAGRAMA EXPLICATIVO DE LOS PASOS DE UNA IMPORTACION Ordinaria 1. Estudio de mercado y de la factibilidad económica de la importación del producto

Productos que no requieren registro Productos que requieren registro sanitario, sanitario, autorización expresa o inscripción autorización expresa o inscripción ante ante alguna entidad alguna entidad

2. Trámite ante la entidad correspondiente del registro sanitario, la autorización o la inscripción

3. Trámite del Registro o Licencia de Importación 3.1 Radicación en ventanilla del INCOMEX de la fotocopia de la C.C. o del NIT. 3.2 Compra en el BANCO DEL ESTADO y diligenciamiento por parte del usuario del formulario de registro o de licencia de importación.

Productos que no requieren visto bueno de Productos que o requieren visto bueno de alguna entidad alguna entidad 3.3 Solicitud de Visto Bueno ante la entidad correspondiente.

3.4 Radicación en ventanilla del INCOMEX del formulario de registro o de licencia de importación. 3.5 Aprobación del registro o licencia de importación por parte del INCOMEX. 4. Pago de la importación: Solicitud de apertura de carta de crédito o de giro al INTERMEDIARIO FINANCIERO. Para ello: 4.1 Se diligencia la Declaración de Cambio y se presenta ante el intermediario financiero. 4.2 El Intermediario efectúa el giro de las divisas anticipado o dentro del plazo estipulado. 4.3 Se constituye Depósito, cuando el plazo para el pago de la importación sea superior a 6 meses contados a partir de la fecha del documento de transporte, excepto, si se trata de bienes de capital y si la financiación de la importación tiene un valor inferior a US$5.000. 4.4 Cuando la financiación sea superior a seis (6) meses contados a partir de la fecha del documento de transporte, se informa al Banco de la República a través del intermediario financiero, diligenciando el formulario No. 16 " Información de Préstamos

en Moneda Extranjera Otorgados a Residentes"

5. Se contrata una Sociedad Certificadora que se encarga de la inspección de la mercancía en el país de despacho, la cual se encargará de expedir el "Certificado de Inspección" ( se requiere para los "productos sensibles". Decreto 567 de 1996 ). 6. El exportador despacha la mercancía hacia puerto colombiano ( una vez se haya producido la inspección previa por parte de la Sociedad Certificadora, en caso que se trate de "productos sensibles") 7. Una vez llegue al país, la transportadora elabora Manifiesto de carga para su verificación por parte de la Administración de Aduanas y entrega la mercancía a un depósito

8. Trámite de Nacionalización de la Mercancía. 8.1 Se compran los formularios " DECLARACION ANDINA DEL VALOR EN ADUANA" y "DECLARACION DE IMPORTACION". 8.2 Se diligencia la Declaración Andina del Valor en Aduana ( Si el valor FOB de la importación es igual o superior a US$5.000 ). 8.3 Se diligencia la Declaración de Importación. Para obtener la base gravable y liquidar los tributos aduaneros, se utiliza la tasa de cambio representativa del mercado que informe la Superintendencia Bancaria, para el último día hábil de la semana anterior a la fecha de su presentación en bancos. 8.4 Se presenta la Declaración de Importación en los bancos autorizados y se cancelan los tributos aduaneros, en forma anticipada (máximo dentro de los 15 días previos a la llegada de la mercancía) o una vez llegue la mercancía. 8.5 Se presenta la Declaración de Importación en el depósito en que se encuentre la mercancía. Los siguientes documentos podrán ser requeridos por el inspector de la DIAN: Registro o Licencia de Importación, Factura Comercial, Documento de Transporte, Certificado de Origen, Certificado de Inspección, Registro o permiso sanitario o de otra índole, Lista de empaque, poder o mandato y Declaración Andina de Valor en Aduana 8.6 El empleado del depósito o el funcionario de la Aduana que recibe la declaración captura la información en el Sistema Informático de la DIAN.

El sistema informático de la DIAN determina que no se hará inspección

El sistema informático de la DIAN indica que requiere inspección.

1.4 ESTUDIO DE MERCADO Y DE LA FACTIBILIDAD ECONOMICA DE UNA IMPORTACION Una vez establecida la necesidad de un producto en el mercado nacional, por factores tales como la escasez o inexistencia, el precio elevado, por un requerimiento específico de calidad, por que se desea introducir algún bien, o por cualquier otro factor, el proceso de importación se inicia con un estudio sobre LA FACTIBILIDAD ECONOMICA DE LA IMPORTACION, que nos permita determinar la viabilidad del proyecto. En este estudio deberemos considerar los siguientes costos: Precio externo del producto: Este precio podrá obtenerse por medio de solicitud de cotización al proveedor. Si el precio suministrado es FOB, deberemos considerar también los costos de los fletes externos y del seguro. Si el precio informado es CIF, incluirá estos costos. Igualmente, en la cotización encontraremos la forma y el plazo de pago, elementos de gran importancia para determinar la viabilidad de la importación.

Costos de nacionalización: Su determinación se hace con base en la clasificación arancelaria del producto. Por tanto, de una correcta clasificación de la mercancía depende que los tributos aduaneros (gravamen arancelario e impuesto a las ventas -IVA), sean valorados con exactitud. Costos administrativos de la importación: Se incurre en ellos cuando para el trámite de la importación se contrata una Sociedad de Intermediación Aduanera .SIA, así mismo, hacen relación a los costos de mantenimiento de la infraestructura necesaria para adelantar el trámite que requiere una importación. Preferencias Arancelarias: Se debe establecer si el producto por ser originario de un país con el cual Colombia tenga Acuerdo comercial, obtiene preferencia arancelaria. Los países con los cuales se tiene acuerdo comercial vigente son:

PRODUCTOS ORIGINARIOS DE LOS SIGUIENTES MERCADOS OBTIENEN EXENCIONES O PREFERENCIAS ARANCELARIAS

COMUNIDAD ANDINA

ALADI

PROGRAMA DE LIBRE COMERCIO

ASOCIACION LATINOAMERICANA DE INTEGRACION

CON: - VENEZUELA - ECUADOR - BOLIVIA -PERU*

1. Acuerdos de Alcance Parcial con: Brasil- Costa Rica Cuba - Guatemala - Honduras - El Salvador - Nicaragua Panamá - Paraguay - Uruguay 2. Acuerdos de Complementación Económica con: Argentina y Chile 3. Acuerdo de Alcance Regional con: Argentina - Brasil Chile - México - Paraguay - Perú - Uruguay 4. Tratado de Libre Comercio G - 3 entre: Colombia México y Venezuela 5. Acuerdo sobre Comercio y Cooperación Económica y Técnica con los países del CARICOM *

* Se incorpora al área de libre comercio de la Comunidad Andina mediante programa de desgravación hasta el año 2003. Decisión 414/97 ** CARICOM: Mercado Común del Caribe. Son miembros: Antigua y Barbuda, Bahamas ( al cual no se aplica el acuerdo ), Barbados, Belice, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, Monserrat, San Vicente y Las Granadinas, Santa Lucia y Trinidad y Tobago. - Costos financieros: Pueden hacer relación a dos clases: A las comisiones bancarias por concepto de la apertura de la carta de crédito o de los giros y a los costos de la financiación cuando no se cuenta con recursos propios. En el estudio de los costos financieros deberá contarse además, con la investigación acerca del valor de las divisas en el mercado cambiario. - Costos de manejo portuario de la mercancía, bodegaje y de los fletes internos. Una vez determinada la Factilidad económica de la importación, bien sea con presupuesto propio o contando con la financiación de algún intermediario financiero, y establecidos los términos de la negociación con el vendedor; se inicia con los pasos que se describen a continuación:

1.5 TRAMITE DEL REGISTRO SANITARIO, AUTORIZACION EXPRESA O INSCRIPCION ANTE ALGUNA ENTIDAD La importación de ciertos productos requerirá la inscripción del importador ante alguna entidad o la expedición de permisos o autorizaciones expresas de alguna entidad, es el caso de: Los productos de origen vegetal requieren el cumplimiento de una serie de requisitos, que el importador debe tener especial cuidado de cumplir en el momento de la introducción de los bienes y que están estipulados en el MANUAL DE INSTRUCCIONES del ICA. Por tanto, aunque para el trámite del registro no se requiera permiso del ICA para algunos productos, el importador deberá informarse debidamente para dar cumplimiento a esos requisitos cuando le despachen productos de origen vegetal. Los números de las Tarjetas de Inscripción, Ficha Técnica de homologación, Registros Sanitarios, Permisos del ICA, Certificados de Conformidad con la Norma Técnica Colombiana y similares, y sus fechas de expedición y expiración deben

indicarse en la casilla 17 del formulario de registro de importación, a continuación de la descripción de la mercancía. 1.6 REGISTRO DE LA IMPORTACION ANTE INCOMEX Con el cumplimiento de este paso el importador obtiene la autorización para efectuar la importación de los bienes que descritos en el formulario. De acuerdo a la resolución 001 de 1.995 del Consejo Superior de Comercio Exterior ( CSCE ): "En una misma solicitud de registro o licencia de importación podrán incluirse únicamente artículos que correspondan al mismo régimen de importación" y se diligenciará por el valor FOB o FCA. En caso que la negociación sea CFI, CFR, CIP O CPT, se diligenciará desglosando los costos del seguro y de los fletes correspondientes. Teniendo en cuenta las consideraciones dadas con anterioridad, el importador podrá proceder a : 1.7 Radicación de la c.c. o del Nit ante el INCOMEX Se diligencia un formato para radicación del NIT (se entrega en forma gratuita en el INCOMEX), se le adjunta fotocopia de la cédula de ciudadanía o del NIT, y se radica en la ventanilla de la Oficina Regional o Seccional del INCOMEX. Para darle claridad al desarrollo de la actividad comercial, es conveniente recordar que el Código de Comercio establece, para toda persona ( natural o jurídica ) que desarrolle actividades mercantiles de forma permanente, la obligación de matricularse en el registro mercantil que se lleva en las Cámaras de Comercio y contar con el NIT asignado por el Ministerio de Hacienda. 1.8 Compra y diligenciamiento del formulario "REGISTRO DE IMPORTACION Hoja Principal, código 100" En el evento en que el espacio de la casilla 17 del formulario, sea insuficiente para la descripción de la mercancía o para la inclusión de determinada cantidad de productos, se podrá adquirir el formulario REGISTRO DE IMPORTACION - Hoja principal adicional, código 105. En el caso de que se agrupen productos de idéntica posición arancelaria y unidad comercial en la Hoja principal, y se indique en la casilla "Valor Unitario" la palabra varios, se requerirá el formulario "REGISTRO DE IMPORTACION - Hoja Descriptiva, código 110", para que en éste se desagregue y se amplíe la descripción de las mercancías indicando para cada producto su precio unitario. Así

mismo, cuando se trate de productos de la misma posición arancelaria y naturaleza similar, pero con elementos diferentes (modelo, referencias u otras características) podrá utilizarse la Hoja Descriptiva para indicarlos, bien tengan precios diferentes o iguales.

1.9 MODIFICACIONES A LOS REGISTROS Y LICENCIAS DE IMPORTACION En términos generales, cualquier concepto declarado en un registro o licencia de importación es susceptible de ser modificado. Para ello, se diligencia un formulario denominado MODIFICACION DEL REGISTRO DE IMPORTACION que expende el INCOMEX. Importaciones: $36,26 miles de millones (2010.) $32,49 miles de millones (2009) Año Importaciones Posición Cambio Porcentual Fecha de la Información 200 $12.500.000.000 3

53

200 $13.060.000.000 4

53

4,48 %

2003 .

200 $15.340.000.000 5

57

17,46 %

2004t.

200 $18.000.000.000 6

61

17,34 %

2005 .

200 $24.330.000.000 7

56

35,17 %

2006 .

200 $31.170.000.000 8

53

28,11 %

2007 .

200 $37.560.000.000 9

58

20,50 %

2008 .

201 $31.480.000.000 0

53

-16,19 %

2009 .

201 $36.260.000.000 1

52

15,18 %

2010

2002

2 EXPORTACIONES En economía, una exportación es cualquier bien o servicio enviado a otra parte del mundo, con propósitos comerciales. La exportación es el tráfico legítimo de bienes y/o servicios nacionales de un país pretendidos para su uso o consumo en el extranjero. Las exportaciones pueden ser cualquier producto enviado fuera de la frontera de un Estado. Las exportaciones son generalmente llevadas a cabo bajo condiciones específicas. La complejidad de las diversas legislaciones y las condiciones especiales de estas operaciones pueden dar lugar, además, a toda una serie de fenómenos fiscales. La ley Marco de Comercio Exterior, LEY 07 DE ENERO 16 DE 1.991, estableció los criterios generales de política de comercio exterior, algunos de sus objetivos son: - Impulsar la internacionalización de la economía colombiana para lograr un ritmo creciente y sostenido de desarrollo. - Impulsar la modernización y la eficiencia de la producción local, para mejorar su competitividad internacional y satisfacer adecuadamente las necesidades del consumidor. - Apoyar y facilitar la iniciativa privada y la gestión de distintos agentes económicos en las operaciones de comercio exterior. - Coordinar las políticas en materia de comercio exterior con las políticas arancelaria, cambiaria y fiscal. Para el logro de tales objetivos, la Ley Marco creó el Consejo Superior de Comercio exterior, el Ministerio de Comercio Exterior, el Banco de Comercio Exterior y PROEXPORT. Las entidades del sector se reorganizaron, entre ellas el INSTITUTO COLOMBIANO DE COMERCIO EXTERIOR - INCOMEX.

Igualmente, se ha profundizado en el proceso de integración económica, ejemplos de ello los Acuerdos de Complementación Económica con Chile y Argentina; los países miembros de la Comunidad Andina han adelantado la armonización del Arancel Externo Común acercándose en la configuración de una Unión Aduanera; el Tratado de Libre Comercio entre Colombia, Venezuela y México (G-3); el Acuerdo sobre Comercio y Cooperación Económica y Técnica con los países del CARICOM ( Mercado Común del Caribe ), los Acuerdos de Alcance Parcial con Panamá y Cuba, además, los avances obtenidos en las negociaciones de un Acuerdo de Libre Comercio entre Colombia, Venezuela y el Mercado Común Centroamericano y el Acuerdo de Complementación Económica que se adelanta entre la Comunidad Andina y el Mercosur , Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay. Siendo consciente del papel fundamental que cumplen las exportaciones en el desarrollo de los objetivos planteados en la Ley Marco de Comercio Exterior, el Gobierno Nacional ha venido desarrollando medidas que facilitan y simplifican los trámites que los exportadores deben realizar ante las diferentes entidades oficiales. Para simplificar trámites: El registro de las exportaciones ante INCOMEX, actualmente es posterior y en su trámite no participa el exportador. Se unificó en el Documento de Exportación "DEX", el Registro de Exportación, la Modificación al Registro de Exportación y el Manifiesto de Exportación. Por lo tanto, en dicho documento quedan consignadas las operaciones de: Embarque, registro y sus modificaciones. El INCOMEX unificó los Formularios utilizados para el Registro de Productor Nacional y de Determinación de Origen. Igualmente, se actualizaron y simplificaron los procedimientos relacionados con Los Sistemas Especiales de Importación y Exportación, creándose los programas de repuestos. Para facilitar operaciones cambiarias: Se facultó a los intermediarios Financieros para realizar operaciones cambiarias (Pueden, por tanto, transferir o negociar las divisas sujetas a control, es el caso de las divisas generadas por las exportaciones). Se han desarrollado una serie de medidas tendientes a estimular la inversión extranjera. Igualmente, se confirmaron los Sistemas Especiales de Importación - Exportación y el CERT, como instrumentos de primera importancia para la promoción de las exportaciones. En este mismo sentido, se privatizaron las Zonas Francas.

INCENTIVOS A LAS EXPORTACIONES Por la importancia que las exportaciones tienen para la actividad económica del país, se ha venido trabajando especialmente a partir de 1967, en la consolidación de mecanismos que las estimulen, con el propósito de fortalecer y modernizar el aparato productivo, incrementando y diversificando las exportaciones y sus mercados de destino, para con ello aumentar el ingreso de divisas y lograr un desarrollo equilibrado. Los incentivos que mencionaremos brevemente a continuación, en combinación con las preferencias o exenciones arancelarias que conceden en el exterior a nuestros productos, son elementos que los exportadores deben aprovechar para promover la ampliación del mercado para sus productos.

2.1 INCENTIVOS FISCALES 2.2 Certificado de Reembolso Tributario ( CERT ) Creado por la Ley 48 de 1983, como un instrumento de apoyo a las exportaciones y sus niveles los fija el Gobierno Nacional, de acuerdo con los productos y las condiciones de los mercados a los que se exporten. El CERT es un título intangible, libremente negociable por el beneficiario en el mercado secundario o utilizable para el pago de impuestos sobre la Renta y Complementarios, Gravámenes Arancelarios, Impuestos sobre las Ventas (IVA) y otros impuestos, dentro de los dos años siguientes a su expedición. El CERT se liquida sobre el valor FOB de las exportaciones ordinarias y sobre el valor del agregado nacional de las exportaciones realizadas bajo los regímenes de Sistemas Especiales de Importación - Exportación y de Zonas Francas. 2.3 Impuestos Indirectos La exportación está exenta del impuesto sobre las ventas (I.V.A.) y de cualquier gravamen municipal o departamental. 2.4. INCENTIVOS ARANCELARIOS 2.5 Gravámenes a la Exportación Las exportaciones no tradicionales están exentas de gravámenes arancelarios a la exportación.

2.6 Sistemas Especiales de Importación - Exportación Los Sistemas Especiales, permiten la introducción al país por parte de personas que tengan el carácter de empresarios; productores, exportadores o comercializadores, bajo un régimen especial, con exención total o parcial de gravamen arancelario y de IVA: materias primas, insumos, bienes de capital y repuestos, para ser utilizados en la producción de bienes prioritariamente destinados a su venta en el exterior. 2.7 Zonas Francas Industriales y Comerciales Las zonas francas actualmente son de carácter privado y se definen como áreas extraterritoriales localizadas dentro del país con un régimen aduanero, cambiario y tributario especial, y se constituyen con el objeto de promover e incrementar las exportaciones, generar empleo, fomentar la inversión extranjera, estimular la transferencia de tecnología y en términos generales, el desarrollo económico y social de la región donde se establezcan. El régimen especial para las zonas francas prevé principalmente: - Exención del exportaciones.

impuesto

sobre

la

renta,

proveniente

de

- Exención del impuesto sobre la remesa de utilidades al exterior. - Los materiales y equipos de construcción, las materias primas e insumos, así como la maquinaria para plantas manufactureras se pueden importar libres de aranceles. - Total libertad cambiaria y para la inversión extranjera. - Procedimientos aduaneros simplificados. 2.8. INCENTIVOS FINANCIEROS El gobierno busca aportar recursos de inversión para financiar programas de reconversión industrial y de promoción tecnológica, así como facilitar procesos de colocación de nuestros productos en el exterior, a través de líneas de crédito que ofrecen las siguientes entidades: 2.9 Banco de Comercio Exterior - BANCOLDEX El Banco de Comercio Exterior tiene como objeto fundamental la promoción de las exportaciones a través de la financiación de las operaciones productivas y comerciales que conducen a la venta de un producto nacional al exterior. Las líneas de crédito que ofrece el Banco, en dólares o en pesos, cubren entre otros:

proyectos de asistencia técnica; operaciones de preembarque y postembarque de las exportaciones. 3. Banco de la República e Instituto de Fomento Industrial El Banco de la República otorga créditos al sector privado a través de los intermediarios financieros, con base en líneas externas contratadas con organismos multilaterales. Estas líneas de crédito pueden ser en pesos o en dólares, con o sin seguro de riesgo cambiario y están dirigidas a promover el desarrollo de proyectos de modernización de la industria. 3.1. Leasing Internacional El leasing se define como un servicio financiero, que busca suplir las necesidades de maquinaria y equipo de las empresas, por medio del arrendamiento de las mismas. Facilita sus procesos productivos, puesto que permite a las empresas que tengan problemas de liquidez o que no quieran afectar su potencial de crédito, contratar en arrendamiento, con o sin opción de compra, la maquinaria y el equipo que requieran. 3.2. INCENTIVOS CAMBIARIOS El nuevo régimen cambiario establece mecanismos que facilitan las transacciones con el exterior. De igual manera, se establece en el estatuto de inversiones extranjeras un tratamiento igualitario en relación a la inversión de nacionales residentes. 3.3. SOCIEDADES DE COMERCIALIZACION INTERNACIONAL Su objeto principal es la promoción y comercialización de productos de exportación y disponen de los siguientes beneficios. - Están facultadas tanto para fabricar o producir mercancías destinadas al mercado externo, como para comprarlas al productor nacional para posteriormente ser exportadas, dentro de los seis meses siguientes. - Las exportaciones por ellas realizadas tiene derecho al CERT, acordando con el productor su distribución. - Se pueden beneficiar de los créditos de Fomento de Bancoldex.

- Pueden comprar bienes en el mercado nacional sin el pago de IVA, siempre y cuando sean exportados dentro de los seis (6) meses siguientes a la expedición del Certificado de Compra al productor. - Pueden utilizar los Sistemas Especiales de Importación - Exportación para desarrollar su actividad exportadora. - Pueden realizar actividades de exportación con las zonas francas. 3.4. SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y PROMOCIÓN DE LAS EXPORTACIONES Por la importancia para el desarrollo social y económico que tienen las exportaciones, se vienen implementando a través de las entidades del sector del comercio exterior: Ministerio de Comercio Exterior, Instituto Colombiano de Comercio Exterior y Proexport Colombia, canales de información y capacitación a los usuarios exportadores o con potencial de exportación., dirigida principalmente a los siguientes temas: Trámites de exportación, estudios de mercado, Oportunidades comerciales, Oferta Exportable de bienes y servicios, Demanda potencial de los productos exportables, Acuerdos Comerciales, y Preferencias Arancelarias. Además, Proexport Colombia ofrece servicios fundamentales para la comercialización de los productos colombianos, como son orientación, asesoría y financiación de la participación en ferias internacionales y misiones comerciales. También el exportador puede encontrar información en las Cámaras de Comercio Nacionales y Binacionales.

3.5 REGIMENES ADUANEROS DE EXPORTACION EXPORTACION: Operación que supone la salida legal de mercancías de un territorio aduanero hacia una Zona Franca Industrial o a otro país, y que produce como contrapartida un ingreso de divisas . En Colombia se consideran cuatro Regímenes aduaneros: la exportación definitiva, la exportación temporal para el perfeccionamiento pasivo, la exportación temporal para reimportación en el mismo estado y el reembarque. EXPORTACION DEFINITIVA: Es el régimen aduanero aplicable a las mercancías nacionales o de libre disposición que salen legalmente del territorio aduanero colombiano a una zona franca industrial o a otro país, para su uso o consumo

definitivo. Las exportaciones definitivas presentan dos modalidades: con o sin reintegro. EXPORTACION TEMPORAL PARA EL PERFECCIONAMIENTO PASIVO: Es el régimen aduanero que permite exportar temporalmente mercancía de libre circulación en el territorio aduanero colombiano con el propósito de que sean sometidas a transformación, elaboración o reparación, para importarlas dentro del plazo que se autorice. EXPORTACION TEMPORAL PARA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO: Es el régimen que permite la salida transitoria del país de mercancías nacionales con fines diferentes a transformación, elaboración o reparación, para ser reimportadas dentro del plazo que se autorice. REEMBARQUE: Es el régimen que permite el embarque de mercancías importadas antes de la presentación de la declaración o antes de la expiración del término legal de abandono, siempre y cuando se reúnan los requisitos exigidos para el régimen aduanero a que iba destinada la mercancía Está prohibida la exportación de bienes que formen parte del patrimonio artístico, histórico y arqueológico de la Nación. Igualmente está prohibida la exportación de drogas o narcóticos y ejemplares de la fauna y la flora silvestre en vías de extinción. 3.6 REGISTRO NACIONAL DE EXPORTADORES Por medio del Artículo 69 de la Ley 6 del 30 de junio de 1.992, se adicionó el Artículo 507 del ESTATUTO TRIBUTARIO, con el objeto de crear un REGISTRO ESPECIAL PARA LOS EXPORTADORES: "Artículo 1º : A partir del 1o. de enero de 1.993, constituirá requisito indispensable para los exportadores, solicitantes de devoluciones o compensaciones por los saldos del impuesto sobre las ventas generados por operaciones efectuadas desde tal fecha, la inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE EXPORTADORES previo a la realización de las operaciones que dan derecho a devolución". Por medio de la Resolución 437 del 1o. de abril de 1.993 del INCOMEX se estableció el siguiente procedimiento para la inscripción: - Solicitud del formulario de inscripción Se solicita en las Oficinas Seccionales o Regionales del INCOMEX el formulario denominado "REGISTRO NACIONAL DE EXPORTADORES".

- Inscripción en el Registro Nacional de Exportadores Ante la Oficinas mencionadas, se presenta el formulario diligenciado en todas sus partes, adjuntando: - Fotocopia autenticada del NIT O C.C, y - Original del Certificado de Existencia y Representación Legal o Registro Mercantil, expedido por la Cámara de Comercio del lugar donde se encuentra domiciliada la sede principal de actividades de la sociedad o persona natural, con fecha de expedición no mayor a tres meses a la fecha en que se presente el formulario. El INCOMEX procede a efectuar la inscripción de conformidad con los requisitos exigidos, devolviendo al usuario dos copias del registro, una para su archivo y la otra para remitirla a la Administración de Impuestos antes de efectuar la exportación, con el objeto de solicitar luego de la exportación la devolución del impuesto sobre las ventas. De acuerdo al Artículo 3o. de la Resolución 437 de 1993, el registro tiene validez por un año contado a partir de la fecha de su inscripción. El Artículo 43o. del Decreto 2076 del 23 de diciembre de 1992 establece que "la renovación del registro será anual y deberá efectuarse en las fechas que para el efecto señale el Gobierno Nacional". 3.7 PASOS PARA EFECTUAR UNA EXPORTACION Los trámites que se mencionan a continuación se siguen en toda exportación con la excepción de: - Las exportaciones sin reintegro - Las exportaciones temporales, y - La mercancía que fuera importada en forma temporal o definitiva y que sea reexportada. Por cuanto estas exportaciones requieren la autorización previa del INCOMEX, que se da con base en el cumplimiento de unos requisitos adicionales. 1. Estudio de Mercado y de la Demanda Potencial

La exportación supone inicialmente un estudio del mercado internacional, tanto para la determinación del precio adecuado, como para el conocimiento de la demanda de nuestros productos. En este estudio le colaboran al exportador el BANCO DE COMERCIO EXTERIOR - BANCOLDEX Y PROEXPORT, pues brindan información sobre la demanda internacional, la mejor manera de posicionar nuestros productos en el exterior y asesoría sobre las posibilidades de financiación de nuestras exportaciones. Solo un adecuado estudio de mercado brindará un conocimiento al exportador sobre las oportunidades que ofrecen los mercados del exterior. Para un buen estudio de mercado se deberá: - Determinar el alcance y los objetivos del estudio. - Tener una idea general sobre el comercio internacional del producto, tanto cuantitativa, como cualitativamente. Para ello deberá realizar una recolección de datos sobre la oferta y demanda internacional del producto y valorar la producción, la exportación y las importaciones del mismo. - Identificar y evaluar los posibles demandantes del producto. Así mismo, investigar los usos alternativos del producto y los requerimientos de producción. - Identificar los posibles canales de distribución y los eventos feriales a través de los cuales puede acceder al mercado. - Estudiar las características específicas de cada mercado, los hábitos y preferencias de los consumidores, los requisitos comerciales y documentarios exigidos. - Conocer las normas e impuestos arancelarios y no arancelarios de las importaciones y el comercio en cada mercado. En este sentido, es importante identificar los acuerdos comerciales que establecen preferencias o exenciones en la importación al mercado en estudio. - Comprender los elementos y mecanismos de fijación de los precios internacionales. Es indispensable para los exportadores conocer exactamente los requisitos sanitarios, normas técnicas, de marcado, de empaque y embalaje y demás que puedan exigir la autoridades del país de destino para la introducción de sus productos, lo que le evitará innumerables problemas y costos una vez despachados los productos.

La reducción de los costos y la optimización de la calidad, son los elementos fundamentales de la determinación de la competitividad internacional del producto. Por ello el exportador deberá evaluar los costos y gastos que mencionaremos a continuación, para ofrecer sus productos a precios realmente competitivos y teniendo en cuenta los términos de cotización internacional (INCOTERMS). 3.8. PRESENTACIÓN DEL DOCUMENTO DE EXPORTACIÓN (DEX) Y AFORO DE LA MERCANCÍA: Una vez presentado el DEX con sus anexos respectivos, si se encuentra bien diligenciado y reúne los requisitos exigidos, la Aduana acepta la solicitud de autorización de embarque o la declaración definitiva, según el caso, procediendo al aforo de la mercancía y autorizando su embarque. El DEX se presenta junto con los siguientes documentos: - Documento de Identidad del exportador o documento que acredite su autorización a la Sociedad de Intermediación Aduanera, - Documento de transporte (guía aérea, conocimiento de embarque o carta de porte), - Factura comercial, - Registros sanitarios, autorizaciones expresas y demás requisitos exigidos para la exportación del producto. 3.9. PAGO DE LA EXPORTACIÓN: La exportación genera la obligación de reintegrar las divisas percibidas. Los exportadores, de acuerdo a lo establecido en el régimen cambiario (Resolución 21/93 de la Junta Directiva del Banco de la República) deberán efectuar la venta de las divisas a través de los intermediarios financieros autorizados por el Banco de la República (bancos comerciales y entidades financieras), dentro de los plazos consignados en la declaración de exportación, para ello el exportador deberá previamente diligenciar la declaración de cambio correspondiente. El exportador tiene libertad para establecer los plazos que va a conceder al comprador del exterior, sin embargo, si éste plazo es superior a 12 meses contados a partir de la fecha de la declaración de exportación, deberá en este mismo periodo, informar del hecho al Banco de la República, con excepción de aquellas cuyo valor sea inferior a US$ 10.000.

Así mismo, el exportador puede establecer negociaciones condicionadas a pagos anticipados por futuras exportaciones, pero teniendo en cuenta que, dentro de los cuatro (4 ) meses contados a partir de la fecha de canalización de las divisas a través del intermediario financiero, deberá realizar la exportación de los bienes. 3.10 SOLICITUD DEL CERTIFICADO DE REEMBOLSO TRIBUTARIO (CERT). Si el producto exportado se encuentra beneficiado con el CERT, conforme al Decreto 955 de 1.996 y sus modificaciones, el exportador autorizará al intermediario financiero su trámite ante INCOMEX. El exportador da poder al intermediario para que éste solicite al INCOMEX el reconocimiento y liquidación del CERT. El Certificado se liquida a la tasa de cambio vigente a la fecha en que se produzca el embarque de los bienes a exportar (Artículo 2o. del Decreto 402 de 1.994). 4. TRATADOS DE LIBRE COMERCIO 4.1 TLC Colombia - EFTA Colombia, conjuntamente con Perú, inició negociaciones encaminadas a la firma de un tratado de libre comercio con los países de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC/EFTA por sus siglas en inglés): Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein. Estos países ocupan un lugar destacado en el intercambio comercial con el mundo, tanto en bienes como en servicios, y se constituyen en uno de los mercados más grandes en materia de flujos de inversión. La importancia de este Tratado para Colombia se puede resumir en los siguientes puntos: Ampliación de mercados: Para el gobierno colombiano es prioritario fortalecer el acceso de nuestras exportaciones con mayor valor agregado a mercados, como el de los países de la AELC, que se caracterizan por su alto poder adquisitivo. Expansión y diversificación de inversiones: De otro lado, es de gran interés para nuestro país potenciar la expansión y la diversificación de las inversiones de los países miembros de la AELC en Colombia. Fortalecimiento y ampliación de lazos de integración con países de Europa: Colombia y los Estados miembros de la AELC comparten un decidido interés en fortalecer los lazos económicos, de inversión y de cooperación. Este es un primer

paso, con miras a que en el futuro se concreten avances en iniciativas similares con otros países del continente europeo. 4.2 TLC Colombia - Canadá Colombia en conjunto con Perú, iniciaron negociaciones con Canadá para la firma de un tratado de libre comercio. La importancia de este Tratado para Colombia radica en que Canadá ocupa un lugar destacado en el intercambio comercial con el mundo, tanto en bienes como en servicios, y se constituye en uno de los mercados más grandes en materia de flujos de inversión. 4.3 TLC Colombia - El Salvador, Guatemala y Honduras Colombia y los países del Triángulo Norte de Centroamérica (El Salvador, Guatemala y Honduras) iniciaron negociaciones para la firma de un tratado de libre comercio que les permita a los cuatro países mejorar las condiciones de acceso a sus respectivos mercados, aprovechar las complementariedades de sus economías, así como promover las inversiones mutuas, con miras a lograr mayores niveles de desarrollo que beneficien a la población. Las relaciones comerciales de Colombia con Guatemala, El Salvador y Honduras han estado enmarcadas en Acuerdos de Alcance Parcial suscritos en 1984 en el marco de la ALADI. Dichos Acuerdos cubren un grupo reducido de productos mediante preferencias arancelarias fijas. Con el fin de fortalecer la integración económica regional como instrumento esencial para el avance del desarrollo socioeconómico de los países latinoamericanos, Colombia, Guatemala, El Salvador y Honduras, iniciaron en junio de 2006 negociaciones para un Tratado de Libre Comercio. Las negociaciones del TLC-TN se realizaron entre mayo de 2006 y marzo de 2007 e incluyeron asuntos como: Trato Nacional y Acceso de Mercancías al Mercado, Inversión, Servicios, Comercio Transfronterizo de Servicios, Comercio Electrónico, Cooperación, Solución de Diferencias, Contratación Pública, Facilitación del Comercio, Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, Normas Técnicas, Normas de Origen y Medidas de Defensa Comercial. El Acuerdo fue firmado el 9 de agosto de 2007 en Medellín Colombia, radicado en el Congreso colombiano en febrero 20 de 2008 quien lo ratifico el 3 de junio. Obtuvo sanción presidencial el 30 de julio de 2008 con Ley 1241. Fue declarado exequible por la Corte Constitucional, el 8 de julio con Sentencia C-446 de 2009 , que se notificó el 23 de septiembre de 2009. Colombia y Guatemala el TLC entró en vigor el 12 de noviembre de 2009. Colombia y El Salvador el 1 de febrero de 201 0. Colombia y Honduras el 27 de marzo de 2010.

4.4 TRATADO DE LIBRE COMERCIO CON CHILE El propósito de crear alianzas estratégicas en Latinoamérica, para alcanzar más grados de desarrollo económico mediante el fortalecimiento de los lazos de amistad, solidaridad y cooperación, es lo que podría explicar que se haya firmado un Tratado de Libre Comercio entre Colombia y Chile en 2006. Siendo Chile uno de los más grandes y efectivos exponentes de integración y apertura económica en la región, representa una de las oportunidades de expansión más ambiciosas para Colombia. Un mercado tan atractivo como el chileno, con 16,2 millones de habitantes, un Producto Interno Bruto (PIB) de 115.294 millones de dólares, un PIB per cápita de 7.063 dólares (el más alto de América Latina) y un crecimiento de 6,3 por ciento, es necesario tenerlo en cuenta a la hora de abrir mercados. La ratificación de este tratado que entrará en vigencia dentro de los próximos meses es la razón por la cual el Consultorio de Comercio Exterior de la Universidad Icesi (Incomex) quiere aprovechar esta oportunidad para ampliar la información acerca de los beneficios de este acuerdo comercial. 4.5 EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO, (TLC), ENTRE COLOMBIA Y ESTADOS UNIDOS Es una propuesta para impulsar el comercio binacional, en el marco de los Tratados de libre comercio en América Latina y el Caribe. El tratado no está en funcionamiento, se encuentra aprobado por el Congreso de Colombia, pero no así por el Congreso de los Estados Unidos, donde su decisión ha sido aplazada. El tratado abarca cuestiones políticas, económicas, institucionales, laborales, ambientales, de propiedad intelectual, entre otras. El diario El Tiempo asegura que se deben llevar a cabo serias reformas para que este tratado sea aceptado por el Congreso de Estados Unidos.1 En diciembre de 2007 las compañías más importantes de Estados Unidos (entre ellas Microsoft, Coca Cola, General Motors y Wal-Mart) enviaron cartas al Congreso de ese país pidiendo la aprobación del presente tratado.2 Su nombre oficial en español es Acuerdo de Promoción Comercial entre Estados Unidos y Colombia, y en inglés Colombia Trade Promotion Agreement (TPA). Desde abril de 2008 la votación para su aprobación quedó aplazada después de que el presidente George Bush enviara el tratado de manera intempestiva para su aprobación, lo que fue considerado como una presión indebida por parte del Partido Demócrata en cabeza de la presidenta de la Cámara Nancy Pelosi.

Durante la campaña presidencial del 2008 en Estados Unidos el tema del tratado salió a relucir en algunas ocasiones. El entonces candidato por el Partido Republicano de los Estados Unidos John McCain manifestó en un debate televisado su respaldo, mientras el entonces candidato por el Partido Demócrata de los Estados Unidos el Presidente Barack Obama manifestó que no le parece conveniente mientras en Colombia persistan las violaciones a los derechos humanos de los sindicalistas. Sin embargo, es factible que la opinión demócrata refleje una posición política de oposición a la iniciativa por considerarse de origen republicano, más que un sentimiento real de inconveniencia del tratado. [cita requerida] El 21 de octubre de 2008, el Asesor para Asuntos Hemisféricos de la campaña demócrata, Dan Restrepo, manifestó que Obama comprende la importancia de Colombia para Estados Unidos y que eventualmente podría reevaluar la conveniencia del tratado.

CONCLUSIONES Con gran gusto observamos, el avance en cuestión económica y mas en lo que tiene que ver con las relaciones comerciales, con los demás países, vecinos y no vecinos; la forma en que el presidente Santos ha volteado la torta comercial con Venezuela, en comparación a la era Uribe, ha devuelto un aire de tranquilidad a estas relaciones comerciales, vemos como insistimos con los Estados Unidos por la aprobación del TLC, así como apuntamos a nuevos mercados llenos de retos como el de China, este modelo de economía en Colombia, esta pasando de una torpe pasividad , a una dinámica y ejemplar economía que de seguir así, repuntaremos en la lista de países exportadores, con la balanza a nuestro favor de una manera muy generosa.