Gobierno de Juan Bosch

INTRODUCCIÓN A los dominicanos nos acusan de no tener buena memoria. La acusación en cuestión no anda lejos de la verdad

Views 169 Downloads 20 File size 164KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

INTRODUCCIÓN A los dominicanos nos acusan de no tener buena memoria. La acusación en cuestión no anda lejos de la verdad. Nuestra historia ha sido una historia de tropiezos, de pocos pasos hacia adelante y muchos pasos hacia atrás. Si nuestro pueblo no tiene memoria histórica es porque los hechos, importantes o no, dejan poco sedimento social y cultural, no son asimilados, de ahí que a lo largo de su historia es frecuente encontrar los mismos errores en diferentes momentos. El presidente Juan Bosch fue el primer presidente de la República en ser elegido de manera democrática después de la caída de la dictadura de Rafael Leónidas Trujillo. El gobierno que se instaló el miércoles 27 de febrero de 1963 fue el resultado de unas elecciones convocadas el 25 de septiembre de 1962. Al año, justo al año, el 25 de septiembre de 1963, fue derrocado. En términos concretos, históricos, la gran víctima del derrocamiento fue el pueblo dominicano. El significado real del golpe de Estado de septiembre de 1963 fue el de atrasar el desarrollo económico y social. Para hablar del proceso de Reforma del Estado Dominicano, es necesario tomar como referente histórico la caída de la tiranía de Rafael Leónidas Trujillo en 1961, porque este hecho generó acontecimientos que dieron origen al gobierno Democrático del Profesor Juan Bosch en el año 1963, con el surgen las primeras ideas de transformación del Estado Dominicano en un Estado Moderno, pero este esfuerzo queda truncado con el golpe del 25 de Septiembre de 1963, que produce el derrocamiento del gobierno y la abolición de la avanzada constitución, que a través de la Constituyente de 1963 se había dada el pueblo Dominicano, posponiendo así no sólo el proceso de reforma y transformación sino también las

posibilidades de desarrollo bajo un régimen verdaderamente democrático, y de derecho constitucional. Es el objetivo de este documento investigativo resaltar los cambios estructurales

creados

por

el

gobierno

dominicano

del

año

1963.

Pretendemos hacer un análisis generalizado de la Constitución creada por ese gobierno, resaltando el comportamiento de las instituciones jurídicas y políticas creadas o modificadas por la misma. Además, es nuestra intención abundar un poco en las políticas de gobierno implantadas por el Profesor Juan Bosch, las cuales, por su trascendencia, nos provocó hacer mención de las mismas en este trabajo de quinta.

OBJETIVOS Objetivo general Identificar

las

instituciones

políticas

y

jurídicas

del

Gobierno

Constitucional del Profesor Juan Bosch en la Republica Dominicana.

Objetivos específicos 1. Mencionar las reformas institucionales establecidas en la Republica Dominicana en el año 1963. 2. Analizar la Constitución del año 1963. 3. Establecer las nuevas medidas constitucionales políticas del Estado Dominicano por el Gobierno del 1963. 4. Categorizar la organización de la Republica en el año 1963. 5. Mencionar las principales medidas de gobierno establecidas por el gobierno del Profesor Juan Bosch.

MÉTODO DE INVESTIGACIÓN De acuerdo a la naturaleza del tema, objeto de nuestra investigación, los métodos y técnicas a utilizados fueron los siguientes: análisis, síntesis, inducción

y

investigación;

deducción; Basando

dando la

así

una

información

perspectiva secundaria

en

general los

de

la

métodos

bibliográficos, documentales que nos sirvieron para la realización de la síntesis de los mismos, lo que permitió obtener información sobre el comportamiento de las instituciones jurídicas y políticas durante el gobierno del Profesor Juan Bosch en el año 1963, así como los resultados de la investigación que fueron recogidos de la realidad partiendo de lo general hasta llegar a lo particular; haciendo uso de técnicas de observación de las fuentes bibliográficas.

MARCO TEÓRICO-CONCEPTUAL A. Antecedentes Después de 31 años de dictadura, impuesta por el tirano Rafael Leónidas Trujillo Molina, un día como hoy, pero en 1962, fueron celebradas en República Dominicana las primeras elecciones democráticas El 20 de diciembre de 1962 se efectuaron los comicios en que Bosch derrotó a la Unión Cívica Nacional (UCN) y su candidato el doctor Viriato Fiallo, siendo elegido presidente constitucional de la Republica Dominicana. El ya elegido presidente obtuvo el triunfo electoral con casi un 60 por ciento del favor de los electores y popularizó el “Borrón y cuenta nueva”. Este gran dominicano nació el 30 de junio de 1909. Fue historiador, cuentista, novelista, ensayista y político. A comienzos de la dictadura de Trujillo se marcha al exilio y en 1939 fundó el Partido Revolucionario Dominicano (PRD), el cual pudo traer al país después de la caída del régimen y participar en las elecciones de 1962. Con la toma de posesión del gobierno elegido libremente por el pueblo, debieron los dominicanos iniciar el camino de la democracia representativa, la solidificación de sus instituciones y el logro de sus aspiraciones de justicia social y económica. Había mucha buena voluntad y deseo de colaboración de los países amigos y de los organismos internacionales, pues se quería mostrar a la Republica Dominicana como un ejemplo de progreso y libertad luego de años de dictadura. En lo interno, se requería armonía y solidaridad entre los grupos sociales y económicos y la colaboración de los partidos políticos con el nuevo gobierno. Pero esto no lo hubo y pues las luchas ideológicas venideras hicieron que este gobierno con buenas intenciones, fracasara.

El Profesor Juan Bosch desde el gobierno se proponía poner en marcha su proyecto democrático. Todavía creía que se podía hacer una revolución democrática en el marco de la “mentada democracia representativa” y hacer los cambios estructurales que la hicieran viable. Frente a cuestionamiento de grupos y sectores políticos, económicos, sociales y la alta jerarquía de la Iglesia católica que le adversaban en su proyecto democrático y del proceso de cambios sociales, económicos y políticos vía la nueva y progresista constitución de 1963, Bosch hizo un llamado a esos sectores “Crear la democracia es un deber de todos los dominicanos y por tanto cada uno debe cargar con su parte de responsabilidad. Un hombre solo puede organizar y dirigir una tiranía, pero un hombre solo no puede construir y mantener un régimen democrático” 1.

B. Base Conceptual  Constitución política. - es la máxima ley, la ley fundamental y la de mayor jerarquía. En ella se establecen los derechos y obligaciones de los ciudadanos, la estructura y organización del Estado y bajo sus lineamientos se aprueban las demás normas que rigen la vida del país.  Organismo gubernamental. - institución estatal cuya administración está a cargo del gobierno de turno. Su finalidad es brindar un servicio público que resulta necesario para la ciudadanía.  Institución jurídica. - Las normas jurídicas regulan las distintas relaciones sociales, de ahí que se llamen relaciones jurídicas a todas las que son reguladas por aquellas. Cuando las normas jurídicas se agrupan con respecto a una determinada relación, aparece el concepto de institución jurídica, que es el conjunto de normas jurídicas que regulan un tipo de relación jurídica  Políticas gubernamentales. - son las acciones que un gobierno emprende para resolver las necesidades de la población, se les denomina también como Políticas Publicas. 1 Profesor Juan Bosch. 1963.

CAPITULO I. EL GOBIERNO BOSCH.

CONSTITUCIONAL

DEL

PROFESOR

JUAN

1.1 Reformas Institucionales. Durante su corto mandato, el gobierno del Profesor Juan Bosch no tuvo tiempo para llevar a cabo las necesarias reformas institucionales que el país requería. De las leyes que se dictaron en su gobierno, muy pocas fueron de importancia. La ley que creo el Control de Precios de los artículos de primera necesidad, No. 13, fue quizás la única de impacto y ella misma fue duramente criticada por los grupos empresariales. En materia internacional el gobierno de Bosch tuvo un serio incidente con el de Haití, cuando militares de la dictadura de Duvalier asaltaron la Embajada Dominicana de Puerto Príncipe para sacar a unos asilados. Las dos naciones se vieron casi en pie de guerra, hasta que la mediación de la Organización de Estados Americanos resolvió el conflicto. Lo que sí tuvo enorme importancia, y fue fuente de grandes debates y una de las razones del derrocamiento del gobierno, fue la Constitución de 29 de abril de 1963. Puede decirse que ha sido la más radical de todas las que el país ha tenido y de seguro donde más énfasis se puso en los derechos humanos y sociales.

1.2 La Constitución de 1963 Los diputados electos en los comicios de 1962 tuvieron la tarea, como asamblea constituyente, de redactar una nueva constitución. Con la mayoría absoluta que tenía el Partido Revolucionario Dominicano en la Cámara de Diputados, pudo imponer su proyecto sin grandes dificultades. Aunque esa Constitución solo rigió por cuatro meses, su importancia estriba en las

novedades que incorpora a la constitucionalidad dominicana, que la hizo la favorita de los grupos liberales y de izquierda, del país por muchos años. La constitución de 1963 fue novedosa hasta en su forma. En vez de seguir los formatos tradicionales, este nuevo texto empezaba con unos “principios fundamentales” con capítulos titulados “Relaciones Económicas y Ético-Sociales”, “El Trabajo”, “De la Propiedad”, “De la Economía Social”, “De la Educación y la Cultura”, “De la Familia”, “De la Salud” y “De los Derechos Humanos”. 1.3.1 El trabajo enmarcado dentro de la constitución del ’63. En base al principio establecido en el Art. 2 de la Constitución del 1963 que establecía que: “La existencia de la nación dominicana se fundamenta principalmente en el trabajo”. Quedo autorizado a que bajo legislación adecuada el Estado pudiera establecer normas sobre salarios, asistencia social, participación laboral en los beneficios de las empresas, y regular las huelgas y los paros. Otorgó a los obreros el derecho a participar en los beneficios de las empresas donde trabajaban. También la libertad y la dignidad humana del ciudadano y la ciudadana. 1.3.2 Derecho de propiedad En lo tocante a derecho de la propiedad, se dispuso que la ley podía limitar la extensión de las propiedades, prohibiéndose el latifundio. Igualmente se dispuso que las personas morales no podían ser propietarias de tierra salvo algunas excepciones y se prohibió que los extranjeros fuesen propietarios de terrenos, salvo en las zonas urbanas. Se estableció como norma que era obligación del Estado proveer tierras adecuadas para todas las familias campesinas. Se sanciono la corrupción y el peculado con bienes del Estado y quedaron prohibidas las maniobras de acaparamiento de artículos de primera necesidad, así como la plusvalía en la tierra, resultante de la acción del Estado.

1.3.2 Derechos humanos Esta nueva constitución se sentó el principio de la resistencia de las ordenes ilegales de las autoridades, se condenó la tortura y la coacción. La creación

de

asociaciones

organizadas

en

base

a

privilegios

y

discriminaciones de clase, raza o posición social quedo prohibida. La Constitución del 63 prohibió terminantemente la violencia, tortura o coacción de cualquier especie a las personas obligadas a declarar. 2 Prohibió la incomunicación de los presos y la publicidad vejatoria de los mismos. 1.3.3 Principios de igualdad sin precedentes El Artículo 49 de la Constitución de 1963 prohibía la diferencia entre hijos legítimos, ilegítimos o naturales, igualándoles, en cualquier caso. Luego, en la reforma de 1966, este artículo fue suprimido, con lo cual el concepto de igualdad jurídica entre hijos e hijas, independientemente de la forma de unión existente entre el padre y la madre, desapareció para retornar al injusto criterio que perjudica la prole concebida fuera del matrimonio. No fue hasta 1994, cuando se promulgó el Código del Menor, que se logró desterrar esa figura excluyente de las leyes dominicanas. Otro aspecto novedoso fue el establecido por los artículos 46 y 47, que daban absoluta igualdad de derechos civiles a la mujer casada, aspecto que también revirtió la reforma de 1966. Esto produjo un gran activismo dentro de los grupos de mujeres organizados en la sociedad civil, y no fue hasta 1978, cuando otra reforma constitucional introdujo de nuevo el concepto que 25 años antes, es decir, en 1963, reconocía la igualdad de las mujeres como ciudadanas de pleno derecho. Estableció la responsabilidad de guardianes y aprehensores de personas que se hallaran presas, eliminando la posibilidad de que se alegaran "órdenes superiores", al declarar como un derecho del subordinado 2 Art. 79 de la Constitucion dominicana promulgada en el anno 1963.

negarse a órdenes que violaran los derechos fundamentales de personas detenidas. (Artículo 76) 1.3.4 La ética en la administración de los bienes públicos. Después de una larga dictadura en la que el control estuvo basado en el monopolio de los medios de producción a partir del saqueo de los bienes del pueblo, la nueva constitución, trajo el proceso de democratización estableciendo como principio en uno de sus primeros artículos, el número 5, que "sustraer fondos públicos es un delito contra el pueblo", así como "obtener ventajas económicas ilícitas prevaleciéndose de posiciones dentro del Estado", ya sea para sí mismo o "para familiares, allegados, amigos o relacionados." Para estos delitos la Carta Magna de 1963 establecía la pena de Degradación Cívica y exigía la restitución de lo ilícitamente apropiado.

CAPITULO II. ORGANIZACIÓN DE LA REPUBLICA EN EL AÑO 1963 2.1 Organización de Poderes Según la constitución de 1963 la republica dominicana queda dividida formalmente en: Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial. Establecía claramente en uno de sus primeros artículos que estos eran poderes independientes en el ejercicio de sus respectivas funciones. Sus encargados tenían que ser personas responsables y no podían delegar sus atribuciones, las cuales son únicamente las determinadas por la constitución y las leyes. 2.1.1 El Poder legislativo Todos los poderes legislativos fueron confiados al Congreso de la República integrado por el Senado y una Cámara de Diputados. Esta constitución le confirió , entre otros más, los siguientes poderes al Senado de la Republica: crear las leyes dominicanas, elegir los jueces de la Suprema Corte de Justicia de las Cortes de Apelación, de los Tribunales Electorales del Tribunal de Tierras, de los Juzgados de Primera Instancia, de los Jueces de Instrucción, de los Jueces de Paz y sus Suplentes v los Jueces de cualesquiera otros tribuna les del Orden Judicial creados por la ley, así como los miembros de la Cámara de Cuentas, de las ternas seleccionada; por la Cámara de Diputados. La constitución nombra a el Presidente de la República como la suprema autoridad de la Administración Pública y de todas las Fuerzas Armadas de la Nación, así como de los cuerpos policiales y de seguridad.

2.1.2 El poder ejecutivo Además de las funciones de dirigir el poder ejecutivo al presidente de la republica también se le confirió los poderes de nombrar los Ministros y Viceministros

y

los

demás

funcionarios

y

empleados

públicos

cuyo

nombramiento no se atribuya a ningún poder u organismo autónomo reconocido y consagrado por la Constitución o las leyes, aceptarles sus renuncias y removerlos. 2.1.2.1 Organización ministerial del estado dominicano En el lapso de tiempo comprendido entre 1844 y el 1907, los Departamentos

de

la

Administración

Pública

se

denominaron,

indistintamente, Ministerios o Secretarías de Estado, durante el gobierno constitucional del profesor Juan Bosch las Secretarias de Estado se denominaron Ministerios, como son llamados actualmente. Los Ministerios de República Dominicana o Ministerios de Estado de acuerdo a la Constitución de la República Dominicana del año 1963 fueron los encargados del despacho de los asuntos de gobierno. Cada ministerio estaba a cargo de un ministro y varios viceministros. 2.1.2.2 Ministerios de la Republica Dominicana En 1956 el Congreso Nacional conoce una Ley Orgánica de Secretarías de Estado, la que luego fue promulgada con el Número 4378 del 18 de febrero del 1956. En la misma se disponía la creación de la Secretaría de Estado de las Fuerzas Armadas, la Secretaría de Estado de lo Interior y la Secretaría de Estado de la Presidencia, según lo disponía el Artículo No. 60 y el Artículo No. 58 de la Constitución del 1955. Las demás Secretarías de Estado se crearían por Leyes especiales. Esta Ley Orgánica no establecía funciones especiales a cada Secretaría de Estado, las cuales fueron dejadas a disposiciones subsiguientes.

La Ley No. 69 del 1963 crea la Dirección General de Bellas Artes y la hace dependiente de al Ministerio de la Presidencia; por igual con la Dirección General de Deportes según la Ley No. 18 del 1963 y con la Caja Dominicana de Seguros Sociales y el Departamento de Accidentes del Trabajo según la Ley No. 3025 del 1951. Durante el gobierno del Prof. Juan Bosch las Secretarias de Estado formaron parte de los organismos que integran el Sector Público Dominicano y dentro de sus funciones básicas estaban la realización de trabajos normativos de apoyo que requerían, las distintas actividades y acciones del poder ejecutivo. Este trabajo abarcaba los elementos de las Secretarias, Organigramas y Leyes Orgánicas que las crearon y sus funciones básicas. 2.1.3 El poder judicial El ejercicio del Poder Judicial quedo designado a la Suprema corte de Justicia y a los demás tribunales del Orden Judicial. 2.1.3.1 La Suprema Corte de Justicia El Congreso Nacional creo una ley orgánica del Poder Judicial en la que quedo establecida la carrera judicial, a fin de que los Jueces y Magistrados ingresen en la misma mediante oposición, y sus ascensos y promociones sean obtenidos por escalafón de antigüedad o concurso de méritos, en adición a las condiciones establecidas en la presente Constitución. Bajo la directriz de la nueva constitución del 1963, La Suprema Corte de Justicia quedo conformada por un mínimo de nueve jueces; pero su quorum era determinado por la ley. El

Ministerio

Público

ante

la

Suprema

Corte

de

Justicia

era

representado por el Procurador General República, personalmente o por medio de los sustitutos; Las funciones principales de la Suprema Corte de Justicia era la de conocer los recursos de casación de las sentencias dictadas por los

tribunales o cortes de justicia ordinarios o de excepción, conocer en única instancia de las causas seguidas al Presidente v al Vicepresidente de la República, a los Senadores, Diputados, Ministros, Viceministros, Jueces de la Suprema Corte de Justicia. Procurador General de la República, Jueces y Procuradores Generales de las Cortes de Apelación, Abogado del Estado ante el Tribunal de Tierras, y a los miembros del Cuerpo Diplomático. 2.1.3.2 Cortes de apelación La constitución del 1963 creo un mínimo de tres Cortes de Apelación para toda la República; 2.1.3.3 El tribunal de tierras Se crearon los Tribunales de Tierras para lidiar con todos los litigios asociados a la propiedad inmobiliaria. 2.1.3.4 Juzgados de Primera Instancia Se crearon un Juzgado de primera Instancia por cada Distrito Judicial, y sus funciones quedaron dispuestas por la ley. 2.1.3.5 Juzgados de Paz También se establecieron los juzgados de Paz para cada municipio y para el Distrito Nacional. 2.1.3.6 Tribunal Superior Electoral Este tribunal se crea para asumir la dirección y el mando de la fuerza pública para verificar las votaciones electorales del país.

2.2 Organización Política y Territorial 2.2.1 Del distrito nacional y los municipios En el Gobierno del Profesor Juan Bosch se reglamentó los gobiernos municipales y del Distrito Nacional, proveyendo en la constitución la

existencia de ayuntamientos, regidores y alcaldes, con poderes autónomos. Además de que estos debían ser escogidos por elección popular local. 3 2.2.2 Régimen de las provincias Crea la figura del gobernador civil, designado este, por el Poder Ejecutivo, para cada provincia de la Republica.

2.3 Las Fuerzas Armadas Este gobierno constitucional le dio reglamento a las Fuerzas Armadas, apostillo en la constitución que las Fuerzas Armadas debían ser obedientes, apolíticas y no deliberantes. Debían defender la independencia y la integridad de la Republica, además de mantener el orden público, la Constitución y las leyes.4

2.4 Junta monetaria La regulación del sistema monetario y bancario de la Nación quedo bajo la responsabilidad de la entidad emisora, cuyo órgano superior era la Junta Monetaria.

3 Art. 151, Constitución dominicana del 1963. 4 Art. 161, Constitución dominicana del 1963.

CAPITULO III. PRINCIPALES MEDIDAS ADOPTADAS POR EL GOBIERNO DEL PRESIDENTE JUAN BOSCH 1.1 Principales medidas económicas de Bosch Bosch inicio un nuevo estilo de gobierno, se aplicaron medidas que buscaban controlar las finanzas y la corrupción. Además, una vez que se aprobó la constitución se tomaron decisiones para poner en práctica los principios enarbolados por esta, como el respeto a las libertades públicas y la política de vivencia.

1.2 Plan de austeridad del gobierno. Bosch hizo una práctica común de las emisiones radiales en las que explicaba la situación económica y las medidas tomadas por su gobierno. Su primera decisión fue aplicar el plan de austeridad debida a la situación de quiebra en que se encontraba el gobierno, se tomaron medidas como:

1.3 Rebaja de los sueldos más altos, como los del presidente y los ministros. 

Eliminación de los cargos públicos considerados innecesarios. El consejo de estado había realizado en un año más de 25 mil

 

nombramientos. Restricciones a los gastos superfluos de las instituciones publicas El gobierno suspendió la ejecución de un plan de emergencia aplicado por el consejo de estado que significaba el gasta de 15 millones de pesos.

1.4 La Reforma agraria La necesidad de disminuir las desigualdades sociales y redistribuir las riquezas hacía de la reforma agraria una demanda imperiosa para el sector campesino. Desde el primer día proyecto.

Se creó el

instituto

Bosch dedico gran intereses a este agrario

dominicano

como

la

entidad

responsable de la reforma. Aun así, el gobierno logro crear un movimiento de apoyo favorable a la reforma agraria que se tradujo en las donaciones de empresas y personas de tierra, dinero y maquinaria.

1.5 comercio Una visión económica cuya prioridad era el bienestar de la mayoría. La Constitución de 1963 prohibió el monopolio y las utilidades excesivas en prejuicio del interés social y colectivo, con lo cual ponía límites al enriquecimiento en la medida en que este fuera contrario al bienestar de la mayoría, protegiendo a s más débiles y desposeídos. El articulo 3 declaraba libre la iniciativa económica privada "sin embargo, la misma no podrá ser ejercida en perjuicio de la seguridad, la libertad o la dignidad humana". El Artículo 4 declaraba que como norma general

“La

propiedad

debe

servir

al

progreso

y

bienestar

del

conglomerado". El Artículo 30 establecía específicamente que quienes acapararan artículos de consumo de primera necesidad con el propósito de causar el alza de sus precios, serían perseguidos y sancionados conforme a la ley.

CONCLUSIÓN El Profesor Juan Bosch inicio un nuevo estilo de gobierno, se aplicaron medidas que buscaban controlar las finanzas y la corrupción. Además, una vez que se aprobó la constitución se tomaron decisiones para poner en práctica los principios enarbolados por esta, como el respeto a las libertades públicas y la política de vivencia. La constitución del 1963 introdujo estos cambios: la elección de todos los jueces la haría el Senado, de ternas sometidas por la Cámara de Diputados; se estableció la cerrera judicial. Tanto los Senadores como los Diputados tendrían suplentes, elegidos junto con ellos cada cuatro años. Quedo prohibida la relección presidencial para el periodo siguiente. En cuanto a los municipios se crearon los suplentes de regidores, elegidos, junto con estos, por periodos de dos años. Se cambió el nombre de Secretarios y Subsecretarios de Estado por los de Ministros y Viceministros. Se prohibió al Estado el otorgamiento de condecoraciones, salvo en casos de guerra o de reciprocidad y previa autorización del Congreso. Los políticos conservadores dominicanos, criticaron acerbamente, los rasgos socializantes de la nueva constitución, y acusaron el gobierno de ser débil con los grupos comunistas y simpatizantes del gobierno revolucionario que había en Cuba desde 1959. Esos grupos conspiraron abiertamente con militares y empresarios.

Sobre

la

fiscalización

de

la

administración

pública,

establecía

claramente el papel del Poder Legislativo al otorgarle a la Cámara de Diputados la facultad de presentar ternas para la elección de la Cámara de Cuentas que sería electa por el Senado de la República.

BIBLIOGRAFIA  Congreso Nacional. “Constitución de la Republica Dominicana”. Distrito Nacional, R.D. 1963. Página internet: http://pld.org.do/portal/juanbosch/constitucion-de-la-republica-dominicana-proclamada-el-29-de-abrilde-1963/  Eliafel Vargas Veras. “Juan Bosch y su gobierno”. 2016. Página internet: http://juanboschysugobierno.blogspot.com/2011/11/modificacion-de-la constitucion.html  Francisco R. Suazo. “Cinco Propuestas de Reforma del Estado Dominicano”. 2003. Página internet: http://www.ilustrados.com/tema/12795/Cincopropuestas-reformas-estado-dominicano.html  Frank Rodríguez. “Juan Bosch y la Reforma Agraria”. 2009. Página internet: http://hoy.com.do/%C2%93juan-bosch-y-la-reforma-agraria%C2%94/  Ricardo Cabrera. “El Gobierno de Juan Bosch”. 2013. Página internet: https://prezi.com/tsjt1gupk2dw/el-gobierno-de-juan-bosch/  Rubén Moreta. “Juan Bosch y su Refulgente Obra Política”. 2015. Página Internet: http://www.lascalientesdelsur.net/juan-bosch-y-su-refulgente-obra-politica/

INDICE Introducción1 Objetivos..........................................................................................................3 Objetivo general...........................................................................................3 Objetivos específicos....................................................................................3 Método de Investigación..................................................................................3 Marco teórico-conceptual................................................................................4 A. Antecedentes..........................................................................................4 B. Base Conceptual.....................................................................................5 Capitulo I..........................................................................................................6 El Gobierno Constitucional del Profesor Juan Bosch.........................................6 1.1 Reformas Institucionales.........................................................................6 1.2 La Constitución de 1963.........................................................................6 1.3.1 El trabajo enmarcado dentro de la constitución del ’63...................7 1.3.2 Derecho de propiedad......................................................................7 1.3.2 Derechos humanos...........................................................................7

1.3.3 Principios de igualdad sin precedentes............................................8 1.3.4 La ética en la administración de los bienes públicos........................9 Capitulo II.......................................................................................................10 Organización de la Republica en el año 1963................................................10 2.1 Organización de Poderes......................................................................10 2.1.1 El Poder legislativo.........................................................................10 2.1.2 El poder ejecutivo..............................................................................10 2.1.3 El poder judicial..............................................................................12 2.2 Organización Política y Territorial..........................................................13 2.2.1 Del distrito nacional y los municipios.............................................13 2.2.2 Régimen de las provincias..............................................................14 2.3 Las Fuerzas Armadas............................................................................14 2.4 Junta monetaria....................................................................................14 Capitulo III......................................................................................................15 Principales medidas adoptadas por el Gobierno del Presidente Juan Bosch. .15 1.1 Principales medidas económicas de Bosch...........................................15 1.2 Plan de austeridad del gobierno...........................................................15 1.3 Rebaja de los sueldos más altos, como los del presidente y los ministros.....................................................................................................15 1.4 La Reforma agraria...............................................................................15 1.5 comercio...............................................................................................16 Conclusión.....................................................................................................17 bibliografia.....................................................................................................18