Glosario de Terminos relativos al Derecho Mercantil.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSIDAD DE FALCÓN FACULTA

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSIDAD DE FALCÓN FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS CÁTEDRA: DERECHO MERCANTIL SECCIÓN: 05

GLOSARIO DE TERMINOS MERCANTIL

ABOGADO: Marcos Leidens INTEGRANTES: Ávila, Félix C.I: 25126271

Punto Fijo, Octubre del 2015



Acciones con dividendo preferencial sin derecho a voto: Este tipo de acción es conocida como esa donde el socio no tiene derecho a voto, pero si, de igual manera a obtener un dividendo mínimo, el cual es necesario que este establecido en el reglamento de suscripción, el que debe ser pagado de preferencia al socio que en su poder tiene acciones ordinarias.



Acciones Ordinarias: Estas a diferencia de la anterior, es que estas no son preferenciales y no tienen un dividendo predeterminado.



Acciones Privilegiadas: Estas acciones además que le confieren a los socios derechos de las acciones ordinarias, estos accionistas reciben derechos especiales que son estrictamente en uso económico.



Accionistas: Es el nombre que recibe una persona poseedora de por lo menos una acción en una sociedad especifica.



Actividades Económicas: Se le conoce como actividad económica a todo proceso, donde se obtengan o adquieran productos, bienes y servicios, las cuales son recibidas para cubrir necesidades o para generar beneficios económicos.



Administrador: Es aquella persona que en su poder administra, custodia, y tiene en su manejo intereses de otra persona.



Asociación: Es la unión de personas, entidades o grupos para un fin en especifico, en este caso para obtener un fin lucrativo.



Autonomía: Es la capacidad que tiene una persona o entidad por su derecho de obrar según su criterio personal.



Capital: capital es la cantidad de recursos, bienes y valores disponibles para satisfacer una necesidad o llevar a cabo una actividad definida y generar un beneficio económico o ganancia particular.



Capital social: Es el capital que es aportado por los accionistas, el cual es el que constituye el patrimonio social que son otorgados por sus derechos sociales. Cesión de acciones: Es cuando el dueño de una acción, por su derecho entrega sus acciones en posesión a un tercero.





Comercio: Se refiere como la actividad de comprar o vender un producto, en pocas palabras un intercambio.



Cuotas: Parte o porción fija, la cual es proporcional de un todo, y su fin es para el pago de un servicio o para pertenecer en un grupo o sociedad..



Denominación social: Es el nombre en el cual se identifica una persona jurídica en la actividad mercantil, para así diferenciarse de otras organizaciones.



Domicilio: Lugar donde esta establecido una persona jurídica de manera legar, para el cumplimiento de sus obligaciones y la realización de sus derechos.



Empresa: Entidad en la que intervienen directamente el capital y el trabajo como factores de producción de actividades mercantiles.



Junta general de accionistas: Es lo que se conoce como el órgano de administración y fiscalización dentro de la sociedad anónima, donde se toman las decisiones puntuales para que una empresa o sociedad pueda ir en una marcha correcta y así se pueda dar un funcionamiento correcto.



Portador: Persona que tiene en su poder un valor económico que por el simple hecho de tenerlo, genera derechos en una sociedad.



Propiedad: es el poder directo e inmediato sobre un objeto o bien, por la que se atribuye a su titular la capacidad de disponer del mismo, sin más limitaciones que las que imponga la ley.



Quiebras: Cese de las actividades comerciales al no poder realizar sus obligaciones de pago y por no poder cubrir el activo. Este también se le conoce como bancarrota.



Razón social: Denominación que designa el nombre adoptado por las empresas mercantiles para distinguirlas de las empresas de la competencia.



Reintegro: Restitución o devolución de dinero que se debe.



Responsabilidad de los Socios: Es la responsabilidad que tienen los socios por las obligaciones que contraen, ya por actos que impliquen un riesgo económico.



Revocación de los Administradores: En este caso, cuando se de la revocación, estos cumplen con dos reglas al momento de darse, las cuales son: Si fueren varios los Administradores y solo se revocaren los nombramientos de algunos de ellos, los restantes desempeñaran la administración, si reúnen el quórum estatutario, y cuando se revoque el nombramiento del Administrador único, o cuando habiendo varios Administradores se revoque el nombramiento de todos o de un número tal que los restantes no reúnan el quórum estatutario, los Comisarios designarán con carácter provisional a los Administradores faltantes.



sociedad anónima: Es lo que conocemos como la sociedad mercantil el cual con personalidad jurídica y con e el capital, dividido en acciones, está integrado por las aportaciones de los socios que no responden personalmente de las deudas sociales.



sociedad colectiva: Sociedad mercantil de carácter personalista en la que todos los socios, en nombre colectivo y bajo una razón social, se comprometen a participar, en la proporción que establezcan, de los mismos derechos y obligaciones, respondiendo subsidiaria, personal y solidariamente de las deudas sociales.



sociedad comanditaria: Sociedad de tipo personalista que se caracteriza por la coexistencia de socios colectivos, que responden ilimitadamente de las deudas sociales y participan en la gestión de la sociedad, y socios comanditarios que no participan en la gestión y cuya responsabilidad se limita al capital comprometido con la comandita



sociedad de responsabilidad limitada: Es una sociedad mercantil donde la responsabilidad esta limitada por el capital aportado, y por tal razón, en el caso de que se contraigan deudas, no deberán ser pagadas por el patrimonio personal de los socios.



Socios: Es esa persona que participa o integra una sociedad con otra persona o grupo.



Tesorería: es el área de una empresa en la que se gestionan las acciones relacionadas con las operaciones de flujos monetarios