Esquemas del Capítulo VIII.c Contrato de gestión de servicios públicos Curso de Experto Universitario en Contratación de
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Esquemas del Capítulo VIII.c Contrato de gestión de servicios públicos Curso de Experto Universitario en Contratación del Sector Público
Concepto • Artículo 8. Contrato de gestión de servicios públicos. • El contrato de gestión de servicios públicos es aquél en cuya virtud una Administración Pública encomienda a una persona, natural o jurídica, la gestión de un servicio cuya prestación ha sido asumida como propia de su competencia por la Administración encomendante.
Especificidad • Tan sólo caben contratos administrativos. • Único contrato tipificado que no está sujeto a regulación armonizada (no se aplica Directiva 2004/18/CE).
Preparación del contrato • Resulta necesaria la previa aprobación del régimen jurídico del servicio público. • El Pliego determinará las condiciones de prestación que concreten las condiciones de prestación del servicio público. En concreto: – – – –
Tarifas a abonar. Canon a abonar por la Administración.. Canon a satisfacer por el contratista. Obras, ETC.
Adjudicación • Cabe el procedimiento negociado: – En los servicios en que no sea posible promover la competencia. – Contratos con gastos de primer establecimiento inferior a 500.000 euros y duración inferior a 5 años. – Casos especiales de asistencia sanitaria
Duración • Duración máxima – 50 años si hay ejecución de obra. – 25 años para servicios no sanitarios – 10 años para servicios sanitarios.
Ejecución • • •
La Admon conserva poderes de policia para asegurar cumplimiento de fin público. Hay que determinar el ámbito de gestión. Obligaciones particulares: – – –
• •
Continuidad, no discriminación en al prestación del servicio. Cuidar del buen orden del servicio Indemnización a terceros por el contratista.
Limitación de la subcontratación. Posibilidad de intervención del servicio.
Modificación •
Cabe la modificación en cualquier momento por razones de interés público, incluyendo las tarifas a abonar: compensación al contratista.
•
Hay que restablecer el equilibrio económico-financiero si en el desarrollo del contrato se rompe (al alza o a la baja)
Finalización • •
Al finalizar se produce la reversión a la Administración. Causas de resolución anticipada: – – – –
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Demora de +6 meses por la Admon en la entrega de contraprestación o medios auxiliares. Rescate del servicio por razones de interés público. Supresión del servicio por razones de interés público. Imposibilidad de prestación del servicio por acuerdos posteriores del servicio:
Indemnización al contratista, incluidos los beneficios futuros.