FORMATO 7,8 y 9

FORMATO 7 OBJETIVO Facilitar el entendimiento en la determinación de la materialidad, error tolerable y el importe nomin

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FORMATO 7 OBJETIVO Facilitar el entendimiento en la determinación de la materialidad, error tolerable y el importe nominal apropiado para acumular aseveraciones equivocas materiales en el resumen de diferencias de auditoria, así como las bases de medición apropiadas y los rangos a utilizar. SUSTENTO LEGAL La Norma Internacional de Auditoría (NIA) 320, “Importancia relativa o materialidad en la planificación y ejecución de la auditoría”, debe interpretarse conjuntamente con la NIA 200, “Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría”. Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de la responsabilidad que tiene el auditor de aplicar el concepto de importancia relativa en la planificación y ejecución de una auditoría de estados financieros. La NIA 450 explica el modo de aplicar la importancia relativa para evaluar el efecto de las incorrecciones identificadas sobre la auditoría y, en su caso, de las incorrecciones no corregidas sobre los estados financieros. OPINION La materialidad para los estados financieros se determina por el auditor con el propósito de determinar la naturaleza y el alcance de los procedimientos de evaluación de riesgos, a fin de identificar y evaluar los riesgos de errores materiales, determinar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoría. Por ello determinar la materialidad, el ET (error tolerable) y el importe nominal para el RDA (resumen de diferencias de auditoria), el auditor debe considerar la información presupuestaria disponible que le permita efectuar la proyección, con estos importes preliminares deberá efectuarse la auditoria hasta que estas sean corroboradas con los estados presupuestarios finales. El auditor toma en cuenta la relación inversa entre importancia relativa y riesgo de auditoría cuando determina la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de auditoria.

FORMATO 8 OBJETIVO Orientar a los auditores respecto a la metodología para la identificación y evaluación del riesgo combinado en las partidas y cuentas significativas de los estados presupuestarios y financieros respectivamente. SUSTENTO LEGAL La Norma Internacional de Auditoría (NIA 310), establece normas y proporciona lineamientos sobre lo que significa un conocimiento del negocio, por qué es importante para el auditor y los miembros del personal de una auditoría que desempeñan un trabajo, por qué es relevante para todas las fases de una auditoría, y cómo obtiene y usa el auditor dicho conocimiento NIA 320, “Importancia relativa o materialidad en la planificación y ejecución de la auditoría”, es aplicar el concepto de importancia relativa en la planificación y ejecución de una auditoría de estados financieros. NIA 315, “Identificación y valoración de los riesgos de incorrección significativa mediante el conocimiento de la entidad y de su entorno”; esta (NIA) trata de la responsabilidad que tiene el auditor de identificar y valorar los riesgos de incorrección material en los estados financieros, mediante el conocimiento de la entidad y de su entorno, incluido el control interno de la entidad. La NIA 400, “Evaluaciones de Riesgo y Control”, establece normas y proporciona lineamientos para obtener una comprensión de los sistemas de contabilidad y de control interno y sobre el riesgo de auditoría y sus componentes: riesgo inherente, riesgo de control y riesgo de detección.

OPINION El monto máximo de errores posibles incluye todo tipo de errores, irregularidades y fraudes que pueden afectar los estados financieros, independientemente de su naturaleza o de su causa; lo cual incluiría errores “graves”, errores “leves”, fraudes e incumplimientos. Los errores en los estados financieros obedecen a inobservancia de los principios de contabilidad e incluyen desviaciones de la realidad, la determinación inadecuada de las estimaciones contables, fallas en los procedimientos de control interno, incumplimientos de convenios, contratos, leyes y otras regulaciones aplicables y la omisión de información necesaria, que tengan un efecto directo y significativo en la determinación de las cifras de los estados financieros. Todo riesgo combinado se clasifica en: mínimo, bajo, moderado y alto, y en base a la evaluación efectuada de riesgo inherente y de control de partida y

de cuenta significativa se determina el alcance de los procedimientos de auditoria en dichas partidas y cuentas significativas.

FORMATO 9 OBJETIVO

SUSTENTO LEGAL

OPINION