Firma Personal de Una Bodega

CIUDADANA REGISTRADORA MERCANTIL SEGUNDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.SU DESPACHO.Yo, OLFA ELIZABET

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CIUDADANA REGISTRADORA MERCANTIL SEGUNDA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.SU DESPACHO.Yo, OLFA ELIZABETH SANCHEZ PINTO, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, y Titular de la Cédula de Identidad No V-13.060.566, de este domicilio, ante usted con el debido respeto y acatamiento y como mejor procede en el derecho, ocurro y expongo: Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el ordinal 8 del artículo 19 del Código de comercio manifiesto a usted, que tengo establecido en la Carrera 1, S/N, Parroquia Guarataro, Municipio Sucre, Edo. Bolívar, donde se halla el asiento principal de mis negocios e Intereses, un fondo de comercio que girará bajo mi sola firma y responsabilidad, cuya denominación comerciales BODEGA EL CORAZON II DE SANCHEZ, F.P., el Capital con el que realizo mis operaciones mercantiles es de Dos Mil Bolívares Exactos (Bs. 2.000,00), íntegramente aportados por mi y los cuales se encuentran representados en bienes muebles e inmuebles, siendo mi persona la única responsable de sus operaciones mercantiles; ya que no tengo socios ni participantes de ninguna índole; el objeto de esta firma personal lo constituye el funcionamiento de una COMPRA Y VENTA, AL MAYOR Y AL DETAL DE VIVERES, PRODUCTOS Y BEBIDAS LACTEAS, JUGOS ENLATADOS, BEBIDAS ENERGETICAS,

GASEOSAS,

MALTAS,

TODAS

LAS

ANTERIORES

EN

CUALQUIERA DE SUS PRESENTACIONES Y TAMAÑO, AGUAS ENVASADA, EN TODAS

SU

PERECEDEROS,

PRESENTACIONES, ALIMENTOS

EMBUTIDOS,

CRUDOS

(CARNES

ALIMENTOS DE

RES,

NO

PORCINA,

AVICOLA, CAPRINA, PESCADOS, ENTRE OTRAS), LUBRICANTES, FRUTAS, VERDURAS Y LEGUMBRES, PAPELERIA Y ARTICULOS DE OFICINA EN GENERAL, QUINCALLERÍA Y ARTICULO DE PRIMERA NECESIDAD Y ASI COMO DE LA CESTA BASICA, así como cualquier otra actividad de licito comercio que relaciones directa e indirectamente con el objeto principal. La duración del negocio y por ende de mi Firma Mercantil será por tiempo indefinido y seré yo la única dueña del activo y responsable del pasivo. Así mismo me reservo el derecho de abrir agencias sucursales o depósitos en cualquier otro lugar de la República Bolivariana de Venezuela, previo el cumplimiento de las formalidades pertinentes, en virtud de lo antes expresado, ruégole se digne ordenar los conducente para que esta manifestación sea asentada en el Registro de Comercio llevado por ese Despacho a su digno cargo, así como la fijación y publicación de la Ley correspondiente. Finalmente pido a usted, tenga a bien ordenar se me expida copia certificada del asiento respectivo. En Ciudad Bolívar, a la fecha de su presentación.