ESCRITO COLABORADOR EFICAZ.docx

CARP. FISCAL FISCAL IMPUTADO AGRAVIADO DELITO SUMILLA : 85-2017. : ROLLY B. FARROMEQUE F. : DINO JAMANCA HENOSTROZA : E

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CARP. FISCAL FISCAL IMPUTADO AGRAVIADO DELITO SUMILLA

: 85-2017. : ROLLY B. FARROMEQUE F. : DINO JAMANCA HENOSTROZA : EL ESTADO. : COLUSION AGRAVADA. : SOLICITO ACOGERME AL PROCESO DE COLABORACIÓN EFICAZ.----------------------------------------

SEÑOR FISCAL PROVINCIAL (P) DEL TERCER DESPACHO DE LA FISCALIA PROVINCIAL CORPORATIVA ESPECIALIZADA EN DELITOS DE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE ANCASH. S.F ROLANDO LEIVA VALENCIA, Abogado Defensor, con Registro del Ilustre Colegio de Abogados de Ancash N° 3454, con casilla electrónica 106528, numero de contacto 935681262, en el proceso seguido contra Dino JAMANCA HENOSTROZA, con DNI N°80107885, domiciliado en el Psje. Globalización N°136 – Urb. Nueva Esperanza, Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz y domicilio procesal en el Jr. José de Sucre N°816 – Tercer Piso (Ofc.302) - Huaraz, en la denuncia que se le sigue por la presunta comisión de Colusión Agravada, en agravio del Estado – Municipalidad Distrital de Masin Huari, tipificado en el segundo párrafo del art.384 del Código Penal; ante usted con el debido respeto me presento y digo: Que, recurro a su despacho, ofreciendo medios probatorios que ser merituados y solicitarle formalmente ACOGERME AL PROCESO DE COLABORACIÓN EFICAZ, de conformidad a lo dispuesto por los Artículos 472 del Código Procesal Penal y Acuerdo Plenario N°02-2017-SPN, a fin de que se resuelva en el menor tiempo posible, la situación del investigado DINO JAMANCA HENOSTROZA, para cuyo efecto se sirva fijar día y hora para concurrir a su despacho y sostener reuniones preparativas y así llegar a un acuerdo sobre los beneficios y colaboración eficaz. Cesar SAN MARTIN CASTRO, señala que la “Colaboración eficaz en los procesos judiciales es una herramienta importante en la búsqueda de la verdad, pero si se permiten filtraciones de información o manipulación de declaraciones con fines de

persecución a enemigos, entonces su poder incriminatorio y revelador se desnaturaliza y se manipula” Además, indicó que la colaboración eficaz, como institución procesal, es recomendada por Naciones Unidas en varios tratados internacionales sobre procesos contra el crimen organizado y la corrupción. PRIMER OTROSI DIGO: Es necesario indicar que en el presente requerimiento se debe tener en cuenta las declaración del denunciante JUAN PENADILLO ZORRILLA, y demás declaraciones testimoniales de las personas de Giancarlo André ECHEVARRIA RODRIGUEZ, Francisco Pepe ESPINOZA BLAS, Marcelo LIZARDO OLIVARES, las mismas que se encuentran anexas al expediente, las mismas que guardan relación con los hechos que he narrado. SEGUNDO OTROSI DIGO: Además, de la Declaración Jurada Notarial del 12 de diciembre del 2016, de la persona de Giancarlo André ECHEVARRIA, representante del Legal del “Consorcio Masin”, documento mediante el cual se advierte que la persona de Noima Gumercinda SALAS NUÑEZ, Alcalde del Distrito de Masin, fue la dueña de la obra, además de administrar el dinero, pago de planillas al personal y proveedores (…), la misma que ha sido valorada con elemento de convicción. POR TANTO: A usted señor Fiscal, solicito se sirva tener por presente lo expuesto y disponer conforme a lo peticionado. Huaraz, 29 de noviembre del 2019.

I.

PETITORIO: Que, estando facultado a ejercer la iniciativa acogerme al beneficio de

colaborador eficaz al amparo de lo dispuesto por el artículo 472° del Código Procesal Penal, solicito a su Despacho se sirva disponer la realización Acta de Acuerdo de beneficios y colaboración eficaz cuya copia certificada obra a fojas 10-12 del cuadernillo que acompaña la presente, bajo las consideraciones siguientes: II.

FUNDAMENTOS DE HECHO:

PRIMERO: Que, en mi condición de imputado, acepte ser el responsable de los cargos que se me imputan el cual se puede corroborar con mi declaración obrante a fojas 05 al 11 , así como el Acta de Acuerdo de beneficios y colaboración eficaz obrante a fojas 12-13. III. FUNDAMENTOS DE DERECHO: 1. Que, conforme a lo

estipulado en el art. 472 Acuerdo de beneficios. El

Ministerio Público podrá celebrar un acuerdo de beneficios y colaboración con quien, se encuentre o no sometido a un proceso penal, así como con quien ha sido sentenciado, en virtud de la colaboración que presten a las autoridades para la eficacia de la justicia penal. 2. Para estos efectos, el colaborador debe: a) Haber abandonado voluntariamente sus actividades delictivas; b) Admitir o no contradecir, libre y expresamente, los hechos en que ha intervenido o se le imputen. Aquellos hechos que no acepte no formarán parte del proceso por colaboración eficaz, y se estará a lo que se decida en el proceso penal correspondiente; y, c) Presentarse al Fiscal mostrando su disposición de proporcionar información eficaz. 3. El acuerdo está sujeto a la aprobación judicial. 2. Que, asimismo según lo prevé Artículo 481 Mérito de la información y de lo obtenido cuando se rechaza el Acuerdo.- 1. Si el acuerdo de colaboración y beneficios es denegado por el Fiscal o desaprobado por el Juez, las diversas declaraciones formuladas por el colaborador se tendrán como inexistentes y no podrán ser utilizadas en su contra. 2. En ese mismo supuesto las declaraciones prestadas por otras personas durante la etapa de corroboración así como la

prueba documental, los informes o dictámenes periciales y las diligencias objetivas e irreproducibles, mantendrán su validez y podrán ser valoradas en otros procesos conforme a su propio mérito y a lo dispuesto en el artículo 158. Rige, en todo caso, lo establecido en el artículo 159. IV. MEDIOS PROBATORIOS: 1.A. Que, sin perjuicio de lo expuesto en el principal, adjunto al presente un acuerdo provisional sobre la pena, la reparación civil y demás consecuencias accesorias del presente proceso, al que se ha llegado con el representante del Ministerio Público, el mismo que solicito se tenga presente para los fines pertinentes. POR TANTO: Al Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria, solicito se sirva tener por presente lo expuesto y disponer conforme a lo peticionado. Huancavelica, 06 de febrero de 2015