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CARTILLA VINCULAR A LAS PERSONAS SELECCIONADAS DE LA EMPRESA LABORATORIO “EL RESTAURANTE LA 39” DE ACUERDO CON LA LEGISLACIÓN LABORAL COLOMBIANA

Patricia Lemus, Johan Giraldo, Ana patricia Guzmán, Luisa Gutiérrez.

Instructor: Felipe García

Centro nacional de aprendizaje (SENA) Centro de comercio – Medellín

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TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................................. 3 PROCEDIMIENTO DE VINCULACIÓN ................................................................................................... 4 REQUERIMIENTO DE CONTRATACIÓN........................................................................................... 5 DOCUMENTOS DE CONTRATACIÓN ................................................................................................ 6 EXÁMENES OCUPACIONALES .................................................................................................................... 7 APERTURA DE CUENTA BANCARIA ...................................................................................................... 8 SEGURIDAD SOCIAL .................................................................................................................................... 9 CONTRATO LABORAL ................................................................................................................................. 20 CONTRATO INDEFINIDO .......................................................................................................................... 21 CONTRATO FIJO INFERIOR A 1 AÑO .................................................................................................. 25 CONTRATO FIJO DE 1 A 3 AÑOS ....................................................................................................... 29 CONTRATO POR OBRA O LABOR DETERMINADA ..................................................................... 30 CONTRA POR PRESTACION DE SERVICIOS ..................................................................................... 34 OBLIGACIONES ............................................................................................................................................. 37 PROHIBICIONES ............................................................................................................................................ 38 SALARIO EN ESPECIE .................................................................................................................................. 41 ANEXOS ............................................................................................................................................................ 43

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INTRODUCCIÓN Siendo el trabajo una actividad de vital importancia para el ser humano puesto que a través de él se obtiene condiciones dignas de vida, es importante resaltar que el tipo de vinculación laboral y las prestaciones que se derivan de un contrato de trabajo son fundamentales para la motivación y el buen desarrollo de las funciones del nuevo trabajador. Se pretende con la siguiente cartilla estructurar el procedimiento de vinculación del personal seleccionado de manera que el proceso de vinculación se realice de una manera organizada y diligente, cada vez que ingrese un nuevo trabajador a la empresa. En el presente trabajo se explican los diferentes tipos de contratos, como lo son los laborales y los no laborales, características y ejemplos de cada uno de estos para una mejor comprensión. Adicional hay formatos como soporte para que el lector conozca cómo se diligencia los diferentes documentos para el proceso de vinculación de un nuevo trabajador.

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PROCEDIMIENTO DE VINCULACIÓN

Requerimiento

Solicitud de documentos

de

Afiliación a riesgos laborales

Afiliación a Caja de

Firma de contrato

Compensación

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REQUERIMIENTO DE CONTRATACIÓN Objetivo La requisición de personal es la solicitud que realiza un área de la Empresa para cubrir alguna vacante disponible y que considera los requerimientos personales, escolares, laborales y de experiencia del candidato, así como las características del puesto.

Características        

Datos personales del candidato Nombre del cargo Área o departamento Tipo de contrato Fecha de inicio y fin Sueldo Jornada o turno Firma del autorizante

Ver Anexo 1

Formato de Requerimiento de Contratación

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DOCUMENTOS DE CONTRATACIÓN

Objetivo Solicitar al nuevo empleado los documentos

necesarios para la

legalización del contrato.

Características:              

Fotocopia de cc 150 % Fotos 3x4 Fotocopia libreta militar Acta y /o diploma Referencia laboral Referencia personal Certificados antecedentes judiciales Certificados antecedentes disciplinarios Certificados afiliación a salud, pensión, fondo de cesantías Certificación de apertura a cuenta bancaria Documentos de los beneficiarios hijos: registro civil, T.I, NIUT Fotocopia de documento de conyugue Registro civil de matrimonio Extra juicio de los padres

Ver Anexo 2

Formato de Documentos de Contratación Formato de Verificación de Documentos

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EXÁMENES OCUPACIONALES

Objetivo Acto médico mediante el cual se interroga y examina a un trabajador, con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo y determinar la existencia de consecuencias en la persona por dicha exposición. Características: Examen Médico Ingreso: Son aquellas que se realizan para determinar las condiciones de salud física, mental y social del trabajador antes de su contratación, en función de las condiciones de trabajo a las que estaría expuesto, acorde con los requerimientos de la tarea y perfil del cargo. Examen Médico Periódico: Se realizan con el fin de monitorear la exposición a factores de riesgo e identificar en forma precoz, posibles alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud del trabajador, ocasionadas por la labor o por la exposición al medio ambiente de trabajo. Examen Médico de egreso: Aquellas que se deben realizar al trabajador cuando se termina la relación laboral. Su objetivo es valorar y registrar las condiciones de salud en las que el trabajador se retira de las tareas o funciones asignadas.

Ver Anexo 3 Formato de Realización de Exámenes Ocupacionales 7

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APERTURA DE CUENTA BANCARIA

Objetivo Agilizar los pagos a los trabajadores y que estos tengan comodidad y seguridad a la hora de usar su dinero.

Características Cuenta de ahorros: el banco paga un interés por tener el dinero guardado.  4x1000: por cada mil pesos de transacción que se haga en un banco, se le debitara 4 pesos.  Cuota de manejo  Tarjeta débito Cuenta corriente: se puede hacer sobregiros. También puede usar cheques.

Ver Anexo 4

Formato de Apertura de Cuenta Bancaria

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SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL

- Salud

Objetivo El Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) tiene como objetivo regular el servicio público esencial de salud y crear condiciones de acceso para toda la población residente del país, en todos los niveles de atención. Características: Régimen contributivo: El régimen contributivo es el conjunto de normas que orienta y rige la afiliación de la población con capacidad de pago al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Se encuentran afiliadas a este régimen las personas con capacidad de pago y sus respectivos núcleos familiares. Se considera que las personas tienen capacidad de pago si son: patronos, empleados, trabajadores independientes o pensionados. Los afiliados a éste régimen se clasifican en cotizantes y beneficiarios. Régimen Subsidiado: El régimen subsidiado es el conjunto de normas que orienta y rige la afiliación de la población sin capacidad de pago al Sistema General de Seguridad Social en Salud. Se encuentran afiliadas a

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éste régimen los núcleos familiares sin capacidad de pago, quienes han sido Invulnerable. La cotización de estas personas es pagada, parcial o totalmente, por el Estado a una Administradora del Régimen Subsidiado (ARS). EPS: Se encarga de promover la afiliación al sistema de seguridad social. Aquí no hay servicio médico, solo administrativo y comercial. “Cuando se hace la afiliación, la persona tiene derecho a urgencias durante las cuatro primeras semanas, es decir, el primer mes. A partir del segundo mes, ya tiene derecho a pedir las citas médicas” IPS: Son las Instituciones Prestadoras de Servicios. Es decir, todos los centros, clínicas y hospitales donde se prestan los servicios médicos, bien sea de urgencia o de consulta. Aportes a salud

Trabajadores dependientes Salud: 12,5%= el empleador paga el 8,5% y el trabajador el 4% Trabajadores independientes El aporte es el 12.5% del 40% del IBC Trabajadores pensionados El aporte es el 12.5%

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Beneficiarios a salud Son todas las personas que quedan cubiertas por la cotización realizada por el miembro de la familia con capacidad de pago. Dentro de éstas se incluyen él (la) cónyuge o él (la) compañero(a) permanente del cotizante, cuya unión sea superior a dos años; los hijos menores de 18 años de cualquiera de los cónyuges que hagan parte del núcleo familiar y dependan económicamente del cotizante, los hijos mayores de 18 años con discapacidad permanente o aquellos que tengan menos de 25 años y sean estudiantes con dedicación exclusiva y dependan económicamente del afiliado. A falta de cónyuge, compañero(a) permanente e hijos con derecho, la cobertura familiar podrá extenderse a los padres del cotizante no pensionados que dependan económicamente de éste. En los casos en que el cotizante ya tenga como beneficiarios a los miembros del núcleo familiar inmediato, puede pagar un valor adicional por la afiliación de otros miembros de la familia (padres, padres del (la) cónyuge, sobrinos, tíos, hijos mayores de 25 años, etc.). Estos últimos se denominan beneficiarios adicionales.

Ver Anexo 5 Formato de Afiliación a Salud

Ejemplos:

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R/ $56.471.56 IBC = $1.500.000 – $88.211= $1.411.789 AUXILIO DE TRANSPORTE= $88.211 SALARIO= $1.411.789 X4%= $56.471.56 APORTE A SALUD= $56.471.56 -

Calcule el aporte a salud por un trabajador dependiente que devenga un salario de $8.000.000

R/ $320.000 EMPLEADOR= $8.000.000 X8.5%= $680.000 DEPENDIENTE= $8.000.000 X4%= $320.000 APORTE A SALUD= $320.000 -

Calcule el aporte a salud de un cotizante independiente con ingresos de $2.000.000 R/ $100.000 IBC =$2.000.000 X40%= $800.000 APORTE A SALUD= $800.000 X 12.5%= $100.000

- Pensión

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Objetivo Garantizar a la población, el amparo contra las contingencias derivadas de la vejez, invalidez o muerte, mediante el reconocimiento de una pensión y prestaciones determinadas en la Ley. Características: Pensión por vejez: la pensión de vejez es el beneficio que construyes durante tu vida laboral y es importante que te hagas cargo de fortalecerlo para que cuando decidas jubilar sea un monto sólido que permita sustentar una pensión acorde a tu estilo de vida. Si eres hombre puedes jubilar desde los 65 años, si eres mujer desde los 60. Pensión de Invalidez: es un beneficio que te da derecho a recibir un ingreso mensual al ser declarado inválido total o parcial por una comisión médica dependiente de la Superintendencia de Pensiones. Pensión de Sobrevivencia: la pensión de sobrevivencia es un beneficio al cual tienen derecho los integrantes del grupo familiar del afiliado fallecido, que al momento del siniestro, cumplan con los requisitos establecidos por ley. La causa de muerte debe ser distinta de accidente o enfermedad laboral. Dependiendo de quienes sean los beneficiarios se reparte el total en porcentajes distintos en relación a la pensión de referencia. Si al momento del fallecimiento el afiliado se encontraba cubierto por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia se calculará la pensión de referencia, es decir el 70% del ingreso base para así cubrir el capital necesario para financiar la pensión.

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Régimen de prima media  Los aportes de los afiliados van a un fondo común que luego se distribuye para pagar la pensión de todos.  La pensión que se recibe está sujeta al número de semanas y el salario de los últimos 10 años que se cotizaron ( a cargo de Col pensiones)  El pago de estas pensiones está conformado por las cotizaciones que los afiliados realizan al fondo común más las transferencias mensuales que el Gobierno nacional debe hacer.  Si el pensionado fallece y no existen beneficiarios por ley, no habría herencia. Régimen de ahorro individual  Los aportes son a nombre de cada afiliado, cuenta individual.  La pensión está sujeta al capital que se ha acumulado durante la vida laboral, su frecuencia, el tamaño de los aportes y la rentabilidad.  Estas pensiones están financiadas con los ahorros individuales de cada afiliado, y están incluidos mecanismos solidarios como el Fondo de Garantía de Pensión Mínima.  El capital pertenece al pensionado y se puede heredar, esto quiere decir que, si se diera el caso de no existir beneficiarios por ley, pasaría a la masa sucesora y puede ser heredado. AFP: el sistema de AFP o de capitalización individual está vigente desde noviembre de 1980 y considera como principales beneficios las pensiones de vejez, de invalidez y de sobrevivencia. Su objetivo fundamental es asegurar un ingreso estable a los trabajadores que han concluido su vida laboral, procurando que dicho ingreso guarde una relación próxima con aquél percibido durante su vida activa.

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Aportes Trabajadores dependientes 16%: 12% el empleador; 4% el trabajador Fondo de Solidaridad: lo pagan los asalariados que ganen más de 4 salarios mínimos, equivale al 1% del Ingreso Base de Cotización, sin subsidio de transporte. Trabajadores independientes Aporta el 16% del 40% de su IBC (de sus honorarios)

Ver Anexo 6

Formato de Afiliación a Pensión

Ejemplos:

R/ $48.471.56 INGRESOS= $1.300.000 - $88.211= $1.211.789 DEPENDIENTE= $1.211.789 X4%= $48.471.56 EMPLEADOR= $1.211.789 X12%= $145.414.68

APORTE A PENSIÓN= $48.471.56+$145.414.68= $193.885

DEPENDIENTE= $9.000.000 X4%= $360.000 EMPLEADOR= $9.000.000X12%= $1.080.000 APORTE A PENSIÓN= $360.000+$1.080.000= $1.440.000

$2.000.000 INDEPENDIENTE= IBC= $2.000.000X40%= $800.000

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Riesgos laborales

Objetivos  Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo que pueden afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo, incluyendo los riesgos físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, psicosociales, de saneamiento y de seguridad.  Fijar las prestaciones de atención de la salud de los trabajadores y las prestaciones económicas por la incapacidad temporal a que haya lugar frente a las contingencias del accidente de trabajo y la enfermedad laborales.  Reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones económicas por incapacidad permanente parcial o invalidez, que se deriven de las contingencias del accidente de trabajo o enfermedad laboral y la muerte de origen laboral.  Fortalecer las actividades tendientes a establecer el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales y el control de los agentes de riesgos ocupacionales (Art. 2 - Decreto Ley 1295/94 y 1° de la Ley 776 de 2002).

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Características: Accidente de trabajo: es todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo. Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador. Enfermedad laboral: la enfermedad laboral contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará en forma periódica las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que la enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacionales, será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las formas legales vigentes. ARL: el Sistema General de Riesgos Laborales es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que pueden ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan.

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Aportes Trabajadores dependientes En los trabajadores dependientes, es el empleador o Empresa el que se responsabiliza de los aportes a la ARL según el IBC, basándoseen la siguiente tabla:

CLASE DE TARIFA ACTIVIDADES RIESGO I 0.522% Financieras, trabajos de oficina, administrativos, centros educativos, restaurantes. II 1.044% Algunos procesos manufactureros como fabricación de tapetes, tejidos, confecciones y flores artificiales, almacén por departamentos, algunas labores agrícolas. III 2.436% Algunos procesos manufactureros como la fabricación de agujas, alcoholes y artículos de cuero. IV 4.350% Procesos manufactureros como fabricación de aceites, cervezas, vidrios, procesos de galvanización, transportes y servicios de vigilancia privada. V 6.960% Areneras, manejo de asbesto, bomberos, manejo de explosivos, construcción y explotación petrolera.

Trabajadores independientes Para el caso de los contratos por prestación de servicios, el contratista debe ser el que se responsabiliza por sus aportes a la ARL, siempre y cuando no sea nivel IV o V, para estos dos niveles ya es el contratista que hace los aportes respectivos. Para determinar el aporte se basa a partir del 40% del IBC y también se tiene en cuenta la tabla anterior.

Ver Anexo 7 Formato de Afiliación a riesgos

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Ejemplos: Calcule el aporte a riesgos laborales de un trabajador con sueldo de $2.000.000 (riesgo I) R/ $10.440 aporte por parte de la empresa DEPENDIENTE= El trabajador no paga riesgos laborales, los paga la empresa EMPLEADOR= $2.000.000 x0.522% = $10.440 APORTE A RIESGOS LABORALES= $10.440 Calcule el aporte a riesgos laborales de un trabajador con sueldo de $7.900.000 (riesgo V) R/ $549.840 aporte por parte de la empresa DEPENDIENTE= El trabajador no paga riesgos laborales, los paga la empresa EMPLEADOR= $7.900.000 x6.960%= $549.840 APORTE A RIESGOS LABORALES= $549.840 Calcule el aporte a riesgos de un cotizante independiente con ingresos de $2.500.000 (riesgo IV) R/ aporte por parte de la empresa INDEPENDIENTE= No paga riesgos laborales, cuando es riesgo IV y V lo paga la empresa contratista Calcule el aporte a riesgos de un cotizante independiente con ingresos de $3.500.000 (riesgo II) R/ 14.616 INDEPENDIENTE= IBC= $3.500.000 X40%= $1.400.000 X1.044%= $14.616 APORTE A RIESGOS LABORALES= $14.616

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CONTRATO LABORAL Acuerdo, generalmente escrito, por el que dos o más partes se comprometen recíprocamente a respetar y cumplir una serie de condiciones. Este documento debe quedar firmado por ambas partes a más tardar dentro de los primeros quince días de incorporado el trabajador. Sin embargo, muchas veces algunas empresas dejan transcurrir un mes o dos sin firmar el contrato, lo cual puede ser denunciado

ante

el

ministerio

de

trabajo,

o

las

entidades

correspondientes en cada país. En Colombia el CST (código sustantivo del trabajo) es el que regula las relaciones laborales. Para que exista un contrato laboral deben aparecer tres elementos:  Subordinación  Remuneración  Prestación personal del servicio En un contrato de trabajo coexisten, una persona que se le denomina empleador que puede ser persona jurídica y natural y otra que se le denomina trabajador o colaborador. Tipos de contratos laborales:  Contrato verbal (indefinido)  Contrato escrito (fijos, obra labor, indefinidos) No laborales:  Contrato de aprendizaje  Prestación de servicios

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CONTRATO INDEFINIDO Es aquel que se acuerda sin establecer límites en cuanto a su duración y permanece vigente en el tiempo hasta que empresa o trabajador lo rompen. Verbal Características:  Se considera indefinido al no haber un contrato por escrito.  No aplica periodo de prueba.  Cuenta con los mismos derechos que un contrato escrito (prestaciones sociales, seguridad social y parafiscal).  En caso de despido injustificado el trabajador deberá ser indemnizado, es decir, que el empleador o la empresa le deberá pagar al trabajador el tiempo que le quedaba faltando.

Escrito Características:  El periodo de prueba será máximo 60 días.  No aplica preavisos.  En caso de despido injustificado el trabajador deberá ser indemnizado, es decir, que el empleador o la empresa le deberá pagar al trabajador el tiempo que le quedaba faltando según las siguientes leyes:

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Indemnización

Ley 50 del 1990 (aplica para los trabajadores que firmaron contratos antes del 31-12-1993). Por 1er año trabajado

Ley 789 del 2002 (aplica a todos los trabajadores que firmaron contrato desde 01-01-1994). Trabajadores que devenguen menos de 10 SMLVM:

 45 días de salario.  1er año trabajado: 30 días.  2do año trabajado en adelante: 20 días + fracción. Trabajadores que devenguen más de 10 SMLVM:

Por 2do año trabajado en adelante  40 días de salario más fracción días incompletos.

Ver Anexo 8

 1er año trabajado: 20 días.  2do año trabajado en adelante: 15 días + fracción.

Formato de Contrato Indefinido

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Ejemplos: Carlos Mario Aguilar firmó un contrato a término indefinido desde el 5 de junio de 2017 con un salario mensual de $800.000, el 22 de diciembre de 2017 es despedido sin justa causa. Determine: a) Días de liquidación b) Días de indemnización c) Si su período de prueba finalizaba el 1 de julio de 2017 ¿por cuantos días más se puede prorrogar el período de prueba? D M A a) DESPIDO 22/12/2017 INICIO 5/06/2017 17/06 0

6X30=180 17+180+1= 198 Días laborados Prestaciones sociales= Prima, cesantías, intereses a las cesantías= 198 días Vacaciones= 8 días 360 15 198 x

198x15

=8

360

b) 30 días de indemnización, debido a la ley 789 del 2002 así el trabajador no haya laborado el año completo tiene derecho a 30 días por el primer año cuando su salario es inferior a diez S.M.M.L.V c) Su período de prueba se puede prorrogar por 27 días más D M FINALIZACIÓN INICIO

A

1/07/2017

5/06/2017 26/ 0

0

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CARTILLA VINCULAR A LAS PERSONAS SELECCIONADAS DE LA EMPRESA LABORATORIO “EL RESTAURANTE LA 39” DE ACUERDO CON LA LEGISLACIÓN LABORAL COLOMBIANA  26+1= 27 Desde el 14 de febrero de 2017 Camila Álzate firmo un contrato a término indefinido con sueldo de $9.500.000 con el período de prueba máximo, el 14 de marzo de 2018 el empleado es despedido sin justa causa. Determine: a) ¿a cuántos días de liquidación tiene derecho la trabajadora? b) ¿a cuántos días de indemnización tiene derecho la trabajadora?

a) Tiene derecho a 74 días de liquidación D M A DESPIDO 14/03/2018 INICIO

14/02/2017 0

1X30= 30

1/

1

360X1=360

30+360+1= 391 Días laborados D M A DESPIDO 14/03/2018 INICIO 1/01/2018 13/ 2

0

2X30=60 13+60+1= 74 Prestaciones sociales= Primas, cesantías, intereses a las cesantías= 74 Días Vacaciones= 16 días 360 15

391x15

391

360

= 16

b) 20 días de indemnización por el primer año, 1.29 días por el segundo año debido a la ley 789 del 2002 cuando su salario es mayor a diez S.M.M.L.V Total de indemnización= 21.2 días 360 15

31x15

= 1.29

31 x 360

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CONTRATO FIJO INFERIOR A 1 AÑO Características  Tiene fecha de inicio y fecha de terminación desde el inicio del contrato y debe estar por escrito.  El tiempo de duración es de 1 día como mínimo o 360 días o 2 meses como máximo.  El preaviso deberá ser faltando como mínimo 30 días para la terminación del contrato. De no ser así se entiende legalmente que el contrato se renueva automáticamente por el mismo periodo anterior. Para los contratos inferiores a 1 mes no tendría preaviso.  Se podrá prorrogar por un periodo igual o inferior al anterior hasta por 3 veces. La 4ta prorroga o el 5to contrato deberá ser por lo menos de 1 año, y se podrá renovar indefinidamente sin que éste se convierta en indefinido.  El periodo de prueba es máximo la 5ta parte de la duración del contrato, sin que este supere los 60 días.

Ver Anexo 9

Formato de Contrato Fijo Inferior a 1 año

Ejemplos:

Martina Castro firmó un contrato a término fijo de tres meses a partir del 22 de marzo de 2017, con un período de prueba inicial de 10 días, la empresa ha venido renovándole el contrato por un período igual al inicial. El 24 de febrero del 2018 la trabajadora es despedida sin justa causa. Determine: a) Días de liquidación b) ¿Por cuántos días más se podría prorrogar su período de prueba? c) ¿Cuál es la duración del presente y del próximo contrato? d) ¿A cuántos días de indemnización tiene derecho la trabajadora?

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a) Despedida24/02/2018

22/03/2017

22/06/2017 D M

22/09/2017

22/12/2017 22/03/2018 -> 1 año

A

DESPIDO 24/02/2018 INICIO

1 /01/2018 23/ 1 0

1X30=30 23+30+1= 54 Prestaciones sociales= Prima, cesantías, intereses a las cesantías= 54 Días Vacaciones= 14 Días D M

A

DESPIDO 24/02/2018 INICIO

22/03/2017 2/ 11

0

11X30= 330 2+330+1= 333 360 15

333x15 = 14

333 x

360 b) Su período de prueba se puede prorrogar por 8 días más Período de prueba máximo= 90

= 18

5 Período de prueba= 18-10= 8 c) El presente contrato va desde el: 22/12/2017 hasta el 21/03/2018 (3 meses)

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CARTILLA VINCULAR A LAS PERSONAS SELECCIONADAS DE LA EMPRESA LABORATORIO “EL RESTAURANTE LA 39” DE ACUERDO CON LA LEGISLACIÓN LABORAL COLOMBIANA  El nuevo contrato iría desde el: 22/03/2018 hasta el 21/03/2019 (1 año) d) Tiene derecho a 27 días de indemnización D M A

FINALIZACIÓN 21/03/2018 DESPIDO

25/02/2018 26 0

0

26+1= 27 D M

A

DESPIDO 24/02/2018 INICIO

22/12/2017 2/ 2

0

2X30= 60 2+60+1=63 90-63=27 Lina Caballero firmó un contrato a término fijo por 6 meses desde el 10 de febrero de 2018 con el período de prueba máximo según su contrato, hoy 21 de marzo de 2018, la trabajadora es despedida sin justificación alguna. Determine: a) ¿a cuántos días de liquidación tiene derecho la trabajadora? b) ¿a cuántos días de indemnización tiene derecho la trabajadora? a) Tiene derecho a 36 días de liquidación

DESPIDO 21/03/2018

10/02/2018

10/08/2018

6x30= 180

Período de prueba máximo= 180 =36 5

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b) No tiene derecho a indemnización, ya que cuando la trabajadora fue despedida cuando llevaba 35 días laborando, esto quiere decir que aún se encontraba en el período de prueba.

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CONTRATO FIJO DE 1 A 3 AÑOS Características:     

Tiene características similares al de un contrato inferior a 1 año. El preaviso es igual que el contrato inferior a 1 año. El periodo de prueba es máximo 60 días. No aplica la 5ta parte. Se podrá prorrogar indefinidamente por al menos 1 año. El tiempo de duración máximo de un contrato en Colombia es de 3 años.  En caso de indemnización será igual como el anterior.

Ver Anexo 10

Formato de Contrato Fijo de 1 a 3 años

Ejemplos: Estefanía Salazar firmó un contrato a término fijo por un año, el cual va desde el 5 de enero de 2017 al 4 de enero de 2018. El 27 de diciembre la empresa le hizo llegar el preaviso de terminación de contrato. Explique si hay alguna inconsistencia en este caso, justifique si la empresa está cumpliendo o no con lo establecido por la ley.

R/ Si hay una inconsistencia en este caso ya que el preaviso de terminación de contrato la empresa debería mandarlo con 30 días de anticipación, entonces podemos afirmar que la empresa no está cumpliendo con lo establecido por la ley y por ende debe renovarle el contrato por un período igual al anterior. Sebastián Arboleda firmó un contrato a término fijo por dos años como auxiliar administrativo, durante año y medio el trabajador desarrollo esta función. En la actualidad Sebastián realiza las funciones de asistente contable cuando aún faltan seis meses para la terminación de su contrato. Justifique si la empresa está actuando correctamente o que falencias se observan en el caso.

R/ En este caso no se está actuando correctamente, ya que la empresa debe realizarle un nuevo contrato por cambio de funciones, manteniéndole el 29

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mismo tipo de contrato al trabajador.

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CONTRATO POR OBRA O LABOR DETERMINADA Características:  Tiene condiciones similares a la de los contratos a término fijos, con la diferencia que la fecha de terminación dependerá de la fecha de finalización de la obra o de la labor.  No aplica carta de preaviso, debido a que no se conoce con exactitud la terminación del contrato.  Aplica periodo de prueba máximo 60 días.  No se podrá prorrogarse, deberá firmar 1 contrato por cada obra o labor que se tenga.  En caso de indemnización se deberá calcular si al momento del despido del trabajador, la obra por el cual fue contratado llevaba menos del 80% ejecutada, en ese caso se deberá indemnizar el tiempo restante para la terminación de la obra. En ningún caso podrá ser inferior a 15 días.

Ver Anexo 11 Determinada

Formato de Contrato por Obra o Labor

Ejemplos:

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Steven Gómez inicio a trabajar desde el 26 de diciembre de 2016 con un contrato por obra o labor determinada para realizar la construcción de un edificio. El 23 de noviembre de 2017 lo despiden sin justa causa. La obra es terminada el 8 de marzo de 2018. Determine si el trabajador tendría derecho a indemnización y por cuantos días sería. R/ El trabajador es indemnizado por 105 días ya que al momento del despido la ejecución de la obra es inferior al 80% DMA FIN OBRA 8/03/2018 INICIO OBRA 26/12/2016 12/ 2/ 1 2X30=60 360X1=360 12+60+360+1= 433 Días de obra D M A DESPIDO 23/11/2017 INICIO 26/12/2016 27/10

0

10X30= 300 27+300+1= 328 Días laborados 433

100%

328

x

328x100 = 75% 433

INDEMNIZACIÓN= 433-328= 105 Días Samuel Vanegas firmo un contrato por obra o labor para construir un puente, el proyecto inicio el 25 de junio de 2015 y finalizará el 6 de julio de 2018, el 20 de noviembre de 2017 la empresa le termina el contrato. Determine: a) ¿A cuántos días de liquidación tiene derecho el trabajador? b) ¿A cuántos días de indemnización tiene derecho el trabajador? a) El trabajador tiene derecho a 320 días de liquidación y a 36 días de vacaciones, ya que en el tiempo que estuvo en la obra no había tenido los días vacacionales constituidos por ley.

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DM A DESPIDO 20/11/2017 INICIO

1/01/2017 19/ 10

0

10X30=300 19+300+1= 320 Prestaciones sociales= Prima, cesantías, intereses a las cesantías= 320 días Vacaciones= 36 D M A DESPIDO 20/11/2017 INICIO 25/06/2015 25/ 4/ 2 4X30= 120

360X2=720

25+120+720+1= 866 360 15 866 X

866X15

= 36

360

b) El trabajador tiene derecho a indemnización por 226 días que es el tiempo que falta para que finalice la obra. DMA FIN OBRA

6/07/2018

INICIO OBRA 25/06/2015 11 0

3

3X360= 1.080 11+1080+1= 1.092 Días de obra

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DM A DESPIDO 20/11/2017

4X30= 120

1.092 100% 866

866x100 =79.3% 1.092

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CONTRATO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS Características:  Es un contrato no laboral, por lo tanto no lo rige el CST. Lo rige el código comercial.  No hay una relación laboral porque no cuenta con los 3 elementos de un contrato laboral.  No debe existir subordinación. Sino independencia técnica.  No se dice trabajador o colaborador, sino contratista.  No se dice empleador, sino contratante.  Se dice honorarios en vez de sueldo.  El pago de la Seguridad Social corre por cuenta del contratista, sobre el 40% de los ingresos, excepto la ARL si es riesgo IV o V, que lo asume el contratante.  No hay Prestaciones Sociales. En caso de que el contratista quiera afiliarse a la Caja de Compensación, este lo podrá hacer pero el costo corre por su cuenta.  No aplica periodo de prueba.  El IBC no podrá ser inferior al SMLVM, en caso de que al calcularlo sea inferior al SMLVM, se ajustará.  Si en el contrato de servicios de forma expresa se pactó en una cláusula algún tipo de indemnización o sanción económica por el incumplimiento de las obligaciones asumidas, habrá lugar al pago de lo acordado por parte de quien incumpla sus obligaciones. Basta con demostrar el incumplimiento de la contraparte para exigir el pago acordado, el cual depende enteramente de la voluntad de la 35

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partes plasmada en el respectivo contrato.

Ver Anexo 12: Formato de Contrato por Prestación de Servicios

Ejemplos:

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Manuela Londoño cuenta con dos ofertas laborales, la primera es para trabajar como auxiliar de ventas en una importante compañía, con un contrato a término fijo por un año y sueldo básico de $1.500.000 la otra oferta es como asesora telefónica en una compañía que le ofrece un contrato por prestación de servicios por 12 meses con honorarios mensuales de $2.000.000. Calcule en cual compañía ganaría más dinero, afirmando que trabajo la duración respectiva del contrato. R/ La trabajadora ganaría más dinero si acepta la oferta como asesora telefónica con un contrato por prestación de servicios, ya que tendría un ingreso anual de $21.213.888 y una ganancia de $723.888 más comparada con el contrato a término fijo. CONTRATO LABORAL A TÉRMINO FIJO

CONTRATO POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Básico= $1.500.000x12= $18.000.000

Honorarios= $2.000.000x12= $24.000.000

Prestaciones sociales Prima= $1.500.000 (750.000+750.000)

Seguridad social= $2.786.112

Cesantías= $1.500.000

IBC= $2.000.000x40%= $800.000

Intereses a las cesantías= $1.500.000x12%=$180.000

Salud=$800.000x12.5%=$100.000

Vacaciones= $750.000

Pensión=$800.000x16%=$128.000

Total devengado= $21.930.000

Riesgo=$800.000x0.522%=$4.176

Deducciones=

$100.000+$128.000+$4.176=

Seguridad social= $1.440.000

$232.176x12= $2.786.112

Salud= $1.500.000x4%= $60.000

NETO ANUAL=

Pensión= $1.500.000x4%= $60.000

$24.000.000 - $2.786.112=

$60.000+$60.000= $120.000x12= $1.440.000

$ 21.213.888

NETO ANUAL= $21.930.000 - $1.440.000= $20.490.000 37

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Camilo Bustamante tiene un contrato con una empresa de electrodomésticos por prestación de servicios a término de 6 meses, sus honorarios son de $4.000.000 mensuales, Calcule cual sería el monto total que Camilo recibirá al finalizar el semestre.

R/ Al finalizar el semestre Camilo obtendrá un monto total de $ 21.163.776 HONORARIOS= $4.000.000X6= $ 24.000.000 Seguridad social= IBC= $ 4.000.000X40%= $1.600.000 Salud= $ 1.600.000 x12.5%= $ 200.000 Pensión= $1.600.000x16%= $ 256.000 Riesgos= $1.600.000x1,044%= $ 16.704 $200.000+$256.000+$16.704= $ 472.704 x 6= $ 2.836.224 NETO SEMESTRAL= $24.000.000 - $2.836.224 = $ 21.163.776

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OBLIGACIONES El empleador tiene la obligación de:  Cumplir la legislación vigente y los acuerdos en vigor.  Tratar al trabajador de forma igualitaria, con independencia del origen, las creencias, el género, la edad o la adscripción política de éste.  Velar por la seguridad y la salud laboral del trabajador.  Facilitarle al trabajador información escrita sobre los condicionantes fundamentales del trabajo.  Favorecer una buena atmósfera de trabajo y el logro de los cometidos del trabajador, así como su desarrollo profesional.

El trabajador tiene la obligación de:  Cumplir las obligaciones concretas del puesto de trabajo conforme a los principios de la buena fe y diligencia.  Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten.  Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio de su función directiva.  No realizar la misma actividad que la empresa en competencia con ella.  Contribuir a mejorar la productividad.  Los demás que se establezcan en el contrato de trabajo.

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PROHIBICIONES Se prohíbe a los empleadores: 1. Deducir, retener o compensar suma alguna del monto de los salarios y prestaciones en dinero que corresponda a los trabajadores, sin autorización previa escrita de éstos, con excepción de los siguientes:  Respeto de salarios, pueden hacerse deducciones, retenciones o compensaciones en los casos autorizados por los artículos 113, 150, 151, 152 y 400.  Las cooperativas pueden ordenar retenciones hasta de un 50% de salarios y prestaciones, para cubrir sus créditos. 2. Obligar en cualquier forma a los trabajadores a comprar mercancías o víveres en almacenes o proveedurías que establezca el empleador. 3. Exigir o aceptar dinero del trabajador como gratificación para que se le admita en el trabajo o por otro motivo cualquiera que se refiera a las condiciones de éste.

4. Limitar o presionar en cualquier forma a los trabajadores en el ejercicio de su derecho de asociación. 5. Imponer a los trabajadores obligaciones de carácter religioso o político, o dificultarles o impedirles el ejercicio del derecho del sufragio. 6. Hacer, autorizar, o tolerar propaganda política en los sitios de trabajo.

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7. Hacer o permitir todo género de rifas, colectas o suscripciones en los mismos sitios.

8. Ejecutar o autorizar cualquier acto que vulnere o restrinja los derechos de los trabajadores o que ofenda su dignidad. Se prohíbe a los trabajadores: 1. Sustraer de la fábrica, taller o establecimiento, los útiles de trabajo y las materias primas o productos elaborados. Sin permiso del empleador. 2. Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes. 3. Conservar armas de cualquier clase en el sitio del trabajo, a excepción de las que con autorización legal puedan llevar los celadores (D.2478/48). 4. Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso del empleador, excepto en los casos de huelga, en los cuales deben abandonar el lugar del trabajo. 5. Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores, promover suspensiones intempestivas del trabajo o excitar a su declaración o mantenimiento, sea que participe o no en ellas. 6. Hacer colectas, rifas y suscripciones o cualquier clase de propaganda en los lugares de trabajo. 7. Coartar la libertad para trabajar o no trabajar, o para afiliarse o no a un sindicato o permanecer en él o retirarse.

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SALARIO EN ESPECIE Definición: Es una forma de pago a la que puede acceder un trabajador. Se debe hacer de forma escrita como un acuerdo de ambas partes en y se puede hacer parte del pago en alimentación, vivienda o transporte. Limitaciones: Se podrá pagar en especia hasta el 50% del salario del trabajador, pero garantizándole en todos los casos el 70% del SMLVM en dinero, es por esta razón que un trabajador que devenga el SMLVM, solo se le puede pagar el 30% en especie.

Ver Anexo 13 Formato de Contrato de Salario en Especie Ejemplos

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CARTILLA VINCULAR A LAS PERSONAS SELECCIONADAS DE LA EMPRESA LABORATORIO “EL RESTAURANTE LA 39” DE ACUERDO CON LA LEGISLACIÓN LABORAL COLOMBIANA  Calcule cual es el monto máximo que se le puede pagar en especie a un trabajador que devenga un sueldo mensual de $1.200.000 R/ El monto máximo que se le puede pagar al trabajador en especie es de $600.000 el cual corresponde a la mitad de su salario. Este valor es aplicable, ya que el empleador le respeta al trabajador el 70% SMMLV ($546.869.4) que debe darle en dinero por ley. DINERO $600.000 (50%) $1.200.000 ESPECIE $600.000 (50%) Carla Mesa trabaja como vendedora de un almacén de ropa devengando un salario mensual de $800.000, la empleada recibe como parte de su salario una cuota mensual de alimentos por un valor de $300.000. Determine si la empresa está cumpliendo a cabalidad con las normas establecidas por ley, justifique su respuesta. R/ La empresa no está cumpliendo con lo establecido por la ley, ya que cuando un trabajador tiene salario en especie, el empleador debe garantizarle en dinero $546.869.4, monto que equivale al 70% del SMMLV; y la empresa solo le reconocía el 62.5% del SMMLV ($500.000). Se puede concluir que la empresa no estaba respetando los derechos auténticos de la colaboradora. DINERO $ 500.000 (62.5%) $800.000 ESPECIE $ 300.000 (37.5%) $800.000 100% $500.000x100 = 62.5% $500.000

x

$800.000

$800.000 100% $300.000x100 = 37.5% $300.000

x

$800.000

DEBERIA SER: DINERO $ 546.869 (70%) $800.000 ESPECIE $ 253.131 (31.6%) $800.000 100% $253.131x100 = 31.6 % $253.131

X

$800.000

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ANEXOS Anexo 1

Formato de Requerimiento de Contratación

Anexo 2

Formato de Documentos de Contratación

Anexo 3

Formato de Realización de Exámenes Ocupacionales

Anexo 4

Formato de Apertura de Cuenta Bancaria

Anexo 5

Formato de Afiliación a Salud

Anexo 6

Formato de Afiliación a Pensión

Anexo 7

Formato de Afiliación a ARL

Anexo 8

Formato de Contrato Indefinido

Anexo 9

Formato de Contrato Fijo Inferior a 1 año

Anexo 10 Formato de Contrato Fijo de 1 a 3 años Anexo 11 Formato de Contrato por Obra o Labor Determinada Anexo 12 Formato de Contrato por Prestación de Servicios Anexo 13 Formato de Contrato de Salario en Especie

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CIBERGRAFÍA

 http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0100_1993.html  http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo_sustantivo_t rabaj o.html  http://www.degerencia.com/enlaces.php?linkid=12790

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