Ensayo (La moral y la ley natural)

UNIVERSIDAD QUETZALCOATL IRAPUATO Maestría: Derecho corporativo Teoría de la Norma Jurídica Lic. Salvador Juárez Jos

Views 95 Downloads 0 File size 187KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

UNIVERSIDAD QUETZALCOATL IRAPUATO

Maestría: Derecho corporativo

Teoría de la Norma Jurídica

Lic. Salvador Juárez

José Manuel Medina Pérez

“La Moral y la Ley Natural”

La Moral La moral es un conjunto de normas y valores que existen dentro de una sociedad, establecidas por la costumbre popular o religiosa, encaminadas a la regulación de los actos y comportamiento de los miembros de una comunidad o sociedad determinada, encaminadas hacia la rectitud de hábitos y hechos.

Cada sociedad necesita normas y reglas que regulen la convivencia. El orden social y la justicia no surgen espontáneamente. La carencia de normas crea el caos y fomenta la arbitrariedad. En otras palabras, la sociedad necesita leyes. Característica de los estados modernos es la creación de un sistema jurídico claro y completo que garantice y tutele la libertad y los derechos de todos, señale normas para regular los distintos órdenes de actividad social, delimite las competencias, componga los intereses, reprima los delitos y abusos de la libertad mal empleada. La existencia de un sistema legal completo es garantía para la libertad y óbvice para la arbitrariedad. La democracia parte del reconocimiento del valor de la dignidad y libertad de la persona humana y de la admisión de derechos personales anteriores a todo ordenamiento de la sociedad y que nadie puede conculcar. Por eso, vamos a distinguir dos órdenes de leyes: leyes naturales y leyes positivas, se desprenden de determinados valores éticos que emergen desde el interior de la sociedad, y aunque estos no siempre son iguales, tienden a comprenderse desde cierto enfoque ligado a los conceptos de equidad y justicia: un pilar que sostiene muchas de las normas morales es aquel principio de que se debe tratar al prójimo de la misma manera en que uno quisiera ser tratado por los demás. Muchos filósofos consideraron cuestiones acerca de esta conducta del ser humano y de la moral, destacándose Aristóteles e Immanuel Kant, ya que según ellos en ciertas partes del mundo se considera que la moral debe estar sujeta a los designios de Dios, y por lo tanto, no se debe considerar únicamente la ofensa a otras personas, sino también las ofensas hacia Dios.

De allí nacen ciertas limitaciones morales adicionales, que podrían interpretarse como intromisiones en las libertades individuales. Es por esto que de ningún modo la ley puede dejar de tomar en cuenta las normas morales a la hora de considerar sus decisiones y sus veredictos. La ausencia de penalidades concretas para quienes transgreden normas morales no significa de modo alguno que la transgresión carezca de consecuencias en lo social.

LEY NATURAL Leyes naturales: son las que provienen de la misma naturaleza humana. Existe en el hombre y en los grupos humanos derechos, deberes, normas de conducta que no son originados por un mandato o concesión de la autoridad humana, sino que provienen de su misma naturaleza, por ejemplo, el respeto que los hijos deben a sus padres, la obligación de cumplir lo prometido, el derecho a la vida digna, a expresar opiniones, a defender legítimos intereses, etc. Las leyes naturales tienen el carácter de principios morales. Como tales son obligatorias. A ellas están sujetos gobernantes y gobernados. El concepto de ley natural es un concepto filosófico, del que se han ocupado ampliamente las más variadas orientaciones del pensamiento ético a lo largo de la historia. Es verdad que también está presente en las principales religiones del mundo, y en la religión católica tiene una gran importancia. Pero eso no hace de la ley natural un tema confesional, sea porque la noción es originariamente filosófica, sea porque la religión católica lo ve como un instrumento de diálogo con todos los hombres, que debería permitir la convergencia en torno a unos valores comunes que la actual dimensión global de los problemas éticos hace particularmente necesaria: los problemas comunes exigen soluciones universalmente compartidas. Estas leyes tienen validez universal porque todos los hombres poseen la misma naturaleza.

Los principios morales son permanentes, aunque su aplicación varía en cada época y en cada pueblo. Por ejemplo, el principio de que los hijos deben respetar y obedecer a sus padres es permanente y universal. Las formas y modos en que este respeto y obediencia se manifiestan varían en cada época y en cada pueblo La ley es una fuerza que garantiza el cumplimiento de una regla. También podemos definirla diciendo que es un mandato o prohibición cuyo incumplimiento lleva aparejada la posibilidad de una sanción.

Por lo tanto una ley es Coercitiva ya que es impuesta, Obligatoria porque debe cumplirse sin que interese si se está de acuerdo o no con ella y Sancionable, pues el incumplimiento de una ley trae como consecuencia una sanción que, como veremos más adelante, puede ser moral o de otro tipo. A mi juicio es importante entender bien el significado de la razón práctica en la constitución de la ley natural. La ley natural no es una especie de código civil universal. En realidad no es otra cosa que el hecho, incontestable, que el hombre es un ser moral y que la inteligencia humana es, de suyo, también una inteligencia práctica, una razón moral, capaz de ordenar nuestra conducta en vista del bien humano. Con otras palabras, ley moral natural significa que la instancia moral nace inmediata y espontáneamente del interior del hombre, y encuentra en él una estructura que la alimenta y sostiene, sin la cual las exigencias éticas serían opresivas e incluso completamente ininteligible

CONCLUSION Existe una ley natural cuyo primer principio es que se debe "obrar el bien y evitar el mal"; existen además otros principios que en general, deben seguirse siempre. Esa ley natural es igual para todos los hombres, en todas las circunstancias. Es inmutable. Y no puede ser borrada del corazón de los hombres en los primeros principios. En consecuencia, toda ley humana debe respetar la ley natural, en particular, lo que refiere a los primeros principios. Ello implica que ni las mayorías parlamentarias, ni el pueblo mediante plebiscitos, podrá alterar con una ley humana la ley natural, aunque el consenso sea unánime. La ley natural – fundamento de los Derecho Humanos- no puede ser cambiada ni modificada por leyes humanas: sólo puede ser reconocida por estas. En cuanto a la moral

BLIBLIOGRAFIA Cfr. Summa Theologiae, I-II, q. 91, a. 2. [2] Santo Tomás de Aquino, In duo praecepta caritatis et in decem legis praecepta. Prologus: Opuscula Theologica II, Marietti, Turín 1954, n. 1129. [3] Sobre la idea de la ley natural en el voluntarismo y en el racionalismo, véase: Commissione Teologica Internazionale, Alla ricerca di un’etica universale: nuovo sguardo sulla legge naturale, Libreria Editrice Vaticana, Città del Vaticano 2009, nn. 29-33.