Ensayo de Ramas de Derecho Financiero

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FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y ADMINISTRATIVAS ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

DERECHO FINANCIERO

RAMAS DEL DERECHO FINANCIERO

AUTOR: - CASTILLO SALVADOR ENITH SOLEDAD

HUARAZ – PERU

2015

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DEDICATORIA

Este trabajo lo dedico a mi mama, a mi abuela y a mis tíos, por darme el inmenso apoyo para seguir adelante sobre todo por darme la vida, gracias a Dios por todo.

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INDICE GENERAL

INTRODUCCIÓN…………………………………….…………………………….…3 RAMAS DEL DERECHO FINANCIERO…………………………………………….4 1. El Derecho Financiero Patrimonial……………………………………………..4 2. El derecho Financiero de créditos………………………………………………6 3. El derecho Financiero Tributario……………………………………………….7 CONCLUSIONES --------------------------------------------------------------------------------9

BIBLIOGRAFICAS -----------------------------------------------------------------------------10

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INTRODUCCION

En tal sentido, el Derecho Financiero, rama del derecho que abarca dentro de su quehacer científico, la de organizar orgánicamente en un conjunto de normas el quehacer de las finanzas públicas, cobra vital importancia en la actualidad, porque señala los lineamientos por las que ha discurrir el Estado en la búsqueda de una eficiente captación y distribución de los recursos económicos de la nación.

Las ramas del derecho financiero son las funciones principales de la actividad financiera como podemos diferenciar el gasto e ingreso, Para comprender mejor el contenido de esta disciplina jurídica se hace necesario conocer las ramas que lo conforman y el objeto de estudio de cada una de ellas de manera tal que podamos tener una idea completa del campo de acción de esta rama del derecho. ¿Es necesario conocer ampliamente las ramas de derecho financiero?

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¿CUALES SON LAS RAMAS DEL DERECHO FINANCIERO?

El derecho financiero en su función de regulador del ingreso público se encuentra dividido en tres grandes ramas que son:

1. El Derecho Financiero Patrimonial. 2. El derecho Financiero de créditos. 3. El derecho Financiero Tributario.

También podemos mencionar que el Derecho Financiero de los gastos públicos está conformado por el derecho presupuestario.

A. EL DERECHO FINANCIERO PATRIMONIAL.

Se a las normas relativas a la gestión y administración del patrimonio permanente del Estado, tanto en el sector centralizado como en el que se denomina paraestatal. Este derecho tiene como función regular los ingresos públicos que obtiene el Estado por el patrimonio que tiene que no provengan de créditos ni tributos. Esta rama también es conocida como Derecho del Patrimonio Público, pero tal vez lo podemos clasificar como Derecho del Activo Patrimonial del estado.

Cuando aludimos a bienes nos estamos refiriendo a un objeto corporal o incorporal con un valor económico, tenemos en nuestro país a los bienes muebles y a los bienes inmuebles, por ejemplo tenemos los bienes muebles son los vehículos de la propiedad de la Municipalidad, los equipos de informática o los muebles de oficina, un avión del Ministerio de defensa; y por ejemplo los bienes inmuebles son las casas, edificios y las oficinas de la propiedad del congreso. 4

Los bienes desde la perspectiva del Derecho Financiero Patrimonial se clasifican en:

1. Los bienes de dominio público. 1.1.

Los destinados al uso público.

En ello se encuentran los caminos, los canales, los ríos, los torrentes, los puertos construidos por el Estado, los puentes, las riveras y playas

1.2.

Los que pertenecen privativamente al estado.

Están destinados a algún servicio público o al fomento de la riqueza nacional como tenemos las murallas, las fortalezas y las demás obras de defensa del territorio, también en las minas mientras no se otorguen en concesión.

2. Los bienes de patrimonio del estado.

Los principales ingresos patrimoniales son:

1. Los derivados de la actividad industrial, comercial y de servicios del Estado en los cuales se usaban bienes que pertenecen al estado. 2. Los obtenidos por la venta de las acciones (bienes muebles) de propiedad del Estado en las empresas estatales o mixtas lo que se conoce como privatizaciones.

Ejemplo de las privatizaciones en el país de dio en el desarrollo del gobierno de Alberto Fujimori (1990-2001), en la cual se hizo muchas privatizaciones de empresas públicas, permitiendo así al Estado obtener ingresos públicos y a la vez dejar de incrementar las pérdidas que varias de estas empresas originaban al Estado.

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B. EL DERECHO FINANCIERO DE CREDITOS.

Es el conjunto de normas que regulan la elaboración, aprobación, ejecución y control del presupuesto que regula los ingresos obtenidos por el Estado, mediante créditos otorgados a nivel nacional por entidades crediticias y a nivel internacional por otros estados. Para obtener el crédito público se realizan una serie de operaciones por parte del solicitante o interesado de obtenerlo conocidas como operaciones de crédito.

El crédito público es la obtención de una suma de dinero o una autorización para el uso de una suma de dinero, que es concedida por el prestamista a un Estado o nivel del Estado como lo es un gobierno regional o gobierno local y que luego este está en la obligación de restituir salvo se exceptúe de hacerlo, debiendo abonar los intereses respectivos, siendo facultativa la intervención de un garante que garantice o respalde el cumplimiento del Estado que de no producirse le obliga a él como garante a hacerlo.

1. Una Deuda pública general con una pluralidad indeterminada de posibles suscriptores, en la cual los montos individuales de obligación ofrecidos son de menor cantidad a los que se dan en la siguiente modalidad, pero existe la posibilidad de que exista una mayor cantidad de acreedores.

2. Una Deuda pública singular destinada a determinados suscriptores, con los cuales se ofrece asumir obligaciones por una cantidad específica considerable, siendo generalmente los destinatarios de la oferta por parte del Estado, las entidades o personas que gozan de gran solvencia económica como por ejemplo las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) o grupos empresariales poderosos como el grupo Romero.

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C. EL DERECHO FINANCIERO TRIBUTARIO.

Esta rama del derecho tiene por finalidad el estudio de las normas legales, reglas y principios que regulan las imposiciones tributarias, a su vez se divide en tres grandes ramas:

1. Derecho Tributario Material.

Se encarga del estudio de las normas que regulan la relación jurídica tributaria y los resultados de esta como es el caso de la obligación tributaria, el domicilio fiscal, el hecho imponible, las exenciones tributarias, Etc. y de algunas instituciones relacionadas con la actividad crear y percibir los tributos, estas últimas tienen potestad tributaria desconcentrada con capacidad para crear tributos diferentes del impuesto como son las contribuciones y tasas toda vez que estas no buscan el financiamiento del Estado sino el reembolso de un servicio individualizado en el contribuyente, que si bien es cierto participa del presupuesto público no está orientado a conseguir ingresos para el Estado.

2. Derecho Tributario Formal

Se le conoce también como derecho tributario administrativo porque tiene como materia de estudio a las normas que regulan la actuación de la administración tributaria para identificar a la persona responsable del pago de un tributo y precisar su monto. Pero además se refiere a las facultades de la Administración Tributaria en su tarea de acotar y liquidar el tributo, así como la actividad fiscalizadora de las actividades gravables y sancionadoras de la Administración Tributaria, tanto como la que se refiere a los derechos de los administrados.

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3. Derecho Tributario Procesal

Es la rama encargada de regular el procedimiento tributario en sus diversas instancias derivadas de la controversia que surge entre el Estado como acreedor tributario y el contribuyente con motivo de la acotación y la liquidación de la deuda tributaria, comprendiendo como tal al tributo, los interés del tributo, la multa y los intereses de la multa.

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CONCLUSIONES



El Derecho Financiero consecuentemente, es una rama del derecho que tiene como fundamento el estudio de la actividad financiera del Estado, en tal sentido, se afirma que la actividad financiera del Estado genera un conjunto de relaciones jurídicas entre los distintos órganos públicos. Esta actividad financiera del Estado genera relaciones jurídicas entre el estado y los particulares, y se da en dos situaciones: la primera en que el Estado asume un papel activo, por ejemplo al cobrar tributos, y un papel pasivo cuando se convierte en deudor en caso de un préstamo.



Es nuestro país en la actualidad, podríamos afirmar que es un Estado eficiente al momento de distribuir los dineros del Estado, o es que todavía el Perú no encuentra el camino adecuado para el uso de las finanzas públicas.

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BIBLIOGRAFIA

 DERECHO FINANCIERO Y TRIBUTARIO del Dr. Luis María Cazorla Prieto – editorial Arazandi – navarra España 2000.  DERECHO FINANCIERO UNA VISION ACTUAL EN EL PERU – Charles Alexander Sablich Huamani (Alas Peruanas).

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