Empresa Pesquera

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EMPRESA PESQUERA I. Marco Teórico 1. Empresa pesquera 1.1. Historia de la pesca La pesca es, sin lugar a dudas, una de las primeras actividades del hombre encaminada a satisfacer sus necesidades alimenticias. “Podemos remontarnos a los inicios de la pesca marina bajo su forma más simple, tal como se practicó en las costas europeas durante la Edad de Piedra. En un principio la pesca se limitaba a una simple recolección, principal actividad del hombre prehistórico, que durante la bajamar recolectaba cangrejos, pequeños peces y bivalvos que encontraba al descubierto. También se utilizaron los ingenios habituales de caza, tales como la lanza, el arco y las flechas, tanto en las aguas continentales como en el mar. De esta manera la pesca se asimiló a la caza, de cuyo hecho nació una interesante ocupación para los hombres, mientras que la fastidiosa tarea de la recolección se dejaba para las mujeres y los niños. Asimismo, se han encontrado grabados en piedra representando peces, como el Halibut encontrado en Stavanger, Noruega. Los primeros anzuelos fueron agujas puntiagudas por ambos extremos, en forma de huso, como las que

todavía utilizan ciertos pueblos primitivos. A pesar de que el anzuelo en su forma típica fue inventado más tarde que la flecha y el arpón, era conocido también en la Edad de Piedra. Se tallaban anzuelos en piedra, cuerno, hueso y madera, pero hay que tener en cuenta que no fue inventado simultáneamente en todas partes. En Australia y gran parte de África el anzuelo fue introducido por los árabes y los europeos. El anzuelotenía ya en la Edad del Bronce y al comienzo de la del Hierro la forma ideal con que hoy lo conocemos. ”1 “ Asimismo, pronto empezaron a tejerse nasas utilizando ramitas de sauce con una técnica que ha perdurado hasta nuestros días (nasas para anguilas y bogavantes). En los ríos y ensenadas se construían diques que encaminaban los peces hacia el interior de trampas astutamente dispuestas. En las tierras del interior las redes eran utilizadas en las luchas y para capturar aves, pero bien pronto aprendieron los hombres a utilizarlas también para capturar peces construyendo cercos y redes de fondo. Los peces atrapados eran cortados, secados al sol o ahumados para así poderlos conservar. Durante la Edad del Bronce y los comienzos de la del Hierro, la construcción naval hizo progresos enormes. Pronto se abandonaron las balsas y las piraguas (hechas con pieles de

animales o vaciando troncos de árboles) para construir embarcaciones impulsadas a remo o a vela.

La pesca sirvió, en un principio, para subvenir a las necesidades individuales, pero enseguida el incremento de la producción a causa de esta actividad hizo nacer un comercio floreciente. Poco a poco se fueron aprendiendo las propiedades conservantes de la sal. Hace ahora 3000 años que el comercio del pescado salado y seco era uno de los más florecientes del área mediterránea. Los fenicios, en especial, llevaban a cabo con este producto un comercio activísimo, según atestiguan los nombres de muchas ciudades: por ejemplo, Sidón, significa "pueblo de pescadores". Todavía tuvo que transcurrir un milenio antes de que los conocimientos sobre la conservación del pescado por medio de la sal llegasen a los pueblos del Norte de Europa. En la Edad Media, en la Europa medieval era imposible transportar el pescado fresco a distancias considerables. Sólo en los propios lugares de pesca o en otros muy próximos era posible encontrar pescado fresco de procedencia marina. En el interior tan sólo cabía la posibilidad de obtenerlo de las aguas dulces, que desempeñaban en aquel entonces un papel mucho más importante a este respecto que hoy. Los peces comerciales de mayor importancia en el Norte de Europa eran, al igual que hoy, el arenque y el bacalao. La sal se

convirtió en una materia prima de gran importancia. El agua de mar era llevada a salinas, donde, bajo la acción del sol y del viento, se evaporaba cristalizando la sal. En los países del Norte de Europa, poco soleados, la evaporación se efectuaba calentando el agua del mar, con fuego de leña o carbón, dentro de grandes recipientes especiales. Los bosques de Inglaterra, Holanda y Dinamarca fueron las víctimas de esta explotación devastadora.

A finales de la Edad Media la sal fue gravada con un pesado impuesto, como lo son en nuestros días el tabaco y el café; ello dio lugar a un comercio clandestino contra el cual se dictaron medidas de control y leyes. La técnica de la pesca a lo largo de la historia, se ha ido perfeccionando hasta alcanzar los sofisticados métodos actuales. Utensilios y aparejos han ido adaptando los niveles de evolución humanos, llegando desde los primitivos anzuelos de madera o hueso a los actuales de materiales. El anzuelo, uno de los útiles que hace más tiempo fabrica el hombre, se utiliza todavía hoy en el mundo entero, habiéndose ideado de él unos 4000 tipos diferentes. En la Europa Occidental y Septentrional la demanda de anzuelos es satisfecha sobre todo por firmas inglesas y noruegas. Se forjan en acero, raramente en latón y con gran frecuencia son galvanizados para que no se oxiden. 1.2. Pesca

La pesca es la captura y extracción de los peces u otras especies acuáticas de su medio natural como invertebrados, crustáceos y moluscos, además de mamíferos en el caso de culturas orientales. 1.2.1. Tipos de pesca: 1.2.1.1. Pesca de captura: La pesca de captura cosecha la población silvestre. Los pescadores de captura operan en las aguas marinas, dulces y salobres e incluyen empresas comerciales muy grandes, y pescadores artesanales en pequeña escaña. La pesca marina incluye las operaciones de costa afuera y de la orilla. Los métodos principales son: a. capturar, activamente, el pez o crustáceo en una red (barredera, jábega) o trampa. b. atraparlo en un red (vertical, rastrera y trasmallo); o, c. pescarlos con un anzuelo y cordel (caña de pescar, cordel largo). 1.2.1.2. Pesca de cultivo: La pesca de cultivo (de agua marina, salobre y dulce, y maricultura, etc.) contempla el manejo de los recursos de tal modo que se aumente la producción de pescado más allá de lo que normalmente se pueda obtener de la población silvestre. La piscicultura emplea concentraciones de peces o crustáceos, más amplias, criándolos en piscinas; conteniéndolos en las

áreas que son productivas, naturalmente, utilizando jaulas, corrales o redes; proporcionado las estructuras para que puedan sujetarse los animales no móviles (p.ej., ostras); introduciendo los peces o crustáceos a los hábitats naturales (sembrando los arrecifes, estableciendo áreas de crianzas de almejas). 1.2.2. Pesca Comercial Pesca comercial, término aplicado a las actividades relacionadas con la captura de peces o mariscos, con una finalidad económica.” Actualmente se han industrializado los sistemas de pesca, aunque en algunos países se siguen usando artes de pesca tradicionales o artesanales, para la obtención de recursos hidrobiológicos. 1.2.2.1. De menor escala o artesanal: la realizada con el empleo de embarcaciones menores o sin ellas, con predominio del trabajo manual. 1.2.2.2. De mayor escala: la realizada con embarcaciones mayores de pesca. Principalmente, habría que dividir esta actividad en dos grandes grupos: uno sería el de la pesca que se practica en aguas continentales (ríos, lagos, etc.) y otro el de la que la actividad se desarrolla en la masa de agua oceánica. Esta distinción suele realizarse también a nivel legislativo, ya que esta actividad está regulada por los diferentes estados del

mundo, correspondiendo las competencias en la materia a diferentes estados o administraciones.

1.2.3. Pesca según fines económicos Tenemos: 1.2.3.1. Pesca artesanal: “La pesca artesanal es un tipo de actividad pesquera que utiliza técnicas tradicionales con poco desarrollo tecnológico. La practican pequeños barcos en zonas costeras a no más de 12 millas de distancia, dentro de lo que se llama mar territorial. Se mantiene en regiones poco desarrolladas donde la producción es escasa y sirve básicamente para el autoconsumo; solo una pequeña parte se destina al mercado. Para este tipo de pesca se utilizan botes, chalanas y embarcaciones tradicionales que extraen gran cantidad de especies de peces, mariscos, moluscos y crustáceos.” 1.2.3.2. Pesca industrial: Es la actividad comercial de pescar y producir pescado y otros productos marinos para consumo humano o como materia prima de otros procesos industriales. Según estadísticas de la Organización para la Alimentación y la Agricultura(FAO), la producción pesquera mundial en 2010 fue de 130,2 millones de toneladas. Además de las capturas comerciales, 37,9 millones de toneladas fueron producidas en plantas acuícolas.

1.3. Empresa Pesquera 1.3.1. Definición: La actividad pesquera constituye un área económica fundamental dentro del proceso productivo general, en los países que cuentan con litoral a aguas continentales. La actividad pesquera se entiende como un conjunto de elementos interactuantes en un sistema que permite la obtención de los beneficios que derivan de la explotación nacional de los recursos hidrobiológicos. La actividad pesquera no se refiere únicamente al acto mismo de pescar, sino que abarca otros conceptos que enriquecen su acepción tradicional, comprendiendo a la investigación y capacitación pesquera, la extracción, el procesamiento, la comercialización, y los servicios. 1.3.2. Clasificación de las empresas pesqueras: 1.3.2.1. Empresa pesquera dedicada a la extracción: Es el ente económico que tiene por objeto capturar, cazar, sesgar, o colectar, los recursos hidrobiológicos destinados al consumo humano directo o venta para su posterior procesamiento. Estas actividades se pueden realizar empleando embarcaciones menores o ninguna denominada de menor escala o artesanal y cuando se realiza con embarcaciones mayores de pesca denominadas de mayor escala.

1.3.2.2. Empresa pesquera dedicada a la producción: Es el ente económico cuyo giro radica en la utilización de recursos hidrobiológicos con la finalidad de obtener productos elaborados y/o preservados, cumpliendo las normas de sanidad higiene y seguridad industrial, calidad y preservación del medio ambiente. Pueden ser: Artesanal: empleo de instalaciones simples de trabajo manual. Industrial: empleo de técnicas procesos y operaciones con maquinarias y equipo. 1.3.2.3. Empresa pesquera dedicada a la extracción y producción: Es el ente económico cuyo objeto es la captura y caza de recursos hidrobiológicos para su procesamiento, teniendo como fin la venta de dichos productos hidrobiológicos. 1.3.3. Principales productos de empresas pesqueras: Entre los principales productos de empresas pesqueras tenemos: 1.3.3.1. Materia prima ( pescado) El término pescado se aplica a los peces que han sido extraídos de su medio natural, para su utilización como alimento.

1.3.3.2. Harina de pescado a) Concepto: La harina de pescado es un polvo marrón obtenido después de la cocción, al pulsar el secado y molienda de pescado crudo fresco y / o recortes de pescado para consumo humano. La harina de pescado es la mejor fuente de energía concentrada para la alimentación de animales. Sus principales productores en el mundo son Chile y Perú. Con un 70% a 80% del producto en forma de proteína y grasa digerible, su contenido de energía es notablemente mayor que muchas otras proteínas animales o vegetales ya que proporciona una fuente concentrada de proteína de alta calidad y una grasa rica en ácidos grasos omega-3, DHA y EPA indispensables para el rápido crecimiento de los animales. b) Uso: Como alimento para aves, aves ponedoras, cerdos, rumiantes, vacas lecheras, ganado vacuno, ovino, camarón y el desarrollo de la piscicultura, disminuyendo notablemente los costos de producción industrial de estos animales por su rápido crecimiento, su mejor nutrición, la mejora de la fertilidad y la notoria disminución de posibilidades de enfermedades. c) Requerimientos: De acuerdo a estudios realizados por la International Fishing and fish Oil Organization (FFO), se estima que para el año 2013 los requerimientos de harina de pescado se elevarían en 4 millones de toneladas métricas debido a la variedad de aplicaciones de este producto industrial marino. Su uso puede estar limitado por la disponibilidad o el costo.

d) Principales mercados: Los principales mercados de consumo son la República Popular China y la Unión Europea aunque las exportaciones se realizan a más de cincuenta países por los dos productores mundiales más importantes, aportando éstos, el setenta por ciento de la oferta de harina de pescado a nivel global.

1.3.3.3. El aceite de pescado a) Concepto: El aceite de pescado es normalmente de color marrón/amarillento oscuro. Se obtiene al final del tratamiento del líquido procedente de la prensa, después de haber sido sometido a operaciones de separación y centrifugación y pasado por una pulidora antes de ser almacenado en nuestros tanques. b) Usos: El aceite de pescado se utiliza principalmente en alimento para peces de criadero pero también se utiliza para elaborar cápsulas que contienen los ácidos grasos omega-3, como suplemento para la salud humana. 1.3.3.4. Conserva de pescado a) Concepto: Es el resultado del proceso de manipulación del pescado de tal forma que sea posible preservarlos en las mejores condiciones posibles durante un largo periodo de tiempo; el objetivo final de la conserva es mantener los

alimentos preservados de la acción de microorganismos capaces de modificar las condiciones sanitarias y de sabor delos alimentos. El periodo de tiempo que se mantienen los alimentos en conserva es muy superior al que tendrían si la conserva no existiese. Las conservas de pescado, alimento especialmente nutritivo por su alto contenido proteico y de Omega 3, que ayudan a un buen desarrollo y crecimiento del tejido cerebral y de la vista en los niños, a regular la presión sanguínea y a eliminar la grasa saturada. 1.4. LEY GENERAL DE LA PESCA (Nº 25977) Los aspectos más importantes de esta ley consideramos que son los siguientes: TITULO III DE LA ACTIVIDAD PESQUERA CAPITULO II DE LA EXTRACCIÓN Artículo 19.- La extracción es la fase de la actividad pesquera que tiene por objeto la captura de los recursos hidrobiológicos mediante la pesca, la caza acuática o la recolección. Artículo 20.- La extracción se clasifica en: a) Comercial, que puede ser: 1. De menor escala o artesanal: la realizada con el empleo de embarcaciones menores o sin ellas, con predominio del trabajo manual.

2. De mayor escala: la realizada con embarcaciones mayores de pesca. El Reglamento de la presente Ley, fijará el tamaño, el tonelaje de las embarcaciones pesqueras artesanales, así como los demás requisitos y condiciones que deban cumplirse para viabilizar la extracción. De conformidad con el Artículo 1 del Decreto Supremo N° 0032007-PRODUCE, publicado el 02 febrero 2007, se establece para la autorización de zarpe de embarcaciones de pesca de mayor escala a que se refiere la presente Ley y el artículo 30 de su Reglamento, cuya capacidad de bodega sea mayor de 32.6 m³ o medida equivalente, la obligación del armador pesquero de presentar ante la Autoridad Competente que otorgue la referida autorización, la Constancia de No Adeudo que deberá expedir la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador, sin la cual la referida autoridad no otorgará la correspondiente autorización de zarpe. Dichas Constancias requeridas por los armadores pesqueros, deberán ser expedidas por la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador dentro de un plazo no mayor de tres días útiles de presentada la respectiva solicitud. Las Constancias tendrán una validez de treinta (30) días calendario, lo cual se hará constar en el mismo documento. b) No comercial, que puede ser: 1. De investigación científica: la realizada con fines de incrementar el conocimiento delos recursos hidrobiológicos y sus ecosistemas. CONCORDANCIA: R.D. N° 283-2004PRODUCE-DNEPP

2. Deportiva: la realizada con fines de recreación. 3. De subsistencia: la realizada con fines de consumo doméstico o trueque, sin fines de lucro. Artículo 21.- El desarrollo de las actividades extractivas se sujeta a las disposiciones de esta Ley y a las normas reglamentarias específicas para cada tipo de pesquería. El Estado promueve, preferentemente, las actividades extractivas de recursos hidrobiológicos destinados al consumo humano directo. Artículo 22.- El Ministerio de Pesquería establecerá periódicamente las medidas de ordenamiento de los recursos hidrobiológicos, en función de las evidencias científicas provenientes del Instituto del Mar del Perú y de otras entidades de investigación, así como de factores socio económicos. Artículo 23.- El Ministerio de Pesquería autoriza y supervisa el uso adecuado de artes y aparejos de pesca, que garanticen la racional y eficiente explotación de los recursos hidrobiológicos. Artículo 24.-La construcción y adquisición de embarcaciones pesqueras deberá contar con autorización previa de incremento de flota otorgada por el Ministerio de Pesquería, en función de la disponibilidad, preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos. Las autorizaciones de incremento de flota para embarcaciones pesqueras para consumo humano indirecto, sólo se otorgarán

siempre que se sustituya igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente. Las nuevas autorizaciones de incremento de flota sin perjuicio de la sustitución a quese refiere el párrafo anterior, sólo se otorgarán a aquellos armadores cuyas embarcaciones posean sistemas de preservación a bordo, adecuados artes y aparejos de pesca, y su operación se oriente a la extracción de recursos hidrobiológicos sub-explotados e inexplotados. “Las autorizaciones de incremento de flota para las embarcaciones pesqueras de mayor escala que se dediquen a la extracción de especies plenamente explotadas, se otorgarán siempre que se sustituya como mínimo igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente que cuente con el correspondiente derecho de sustitución. Estas autorizaciones sólo podrán otorgar acceso a los mismos recursos hidrobiológicos que consten en los permisos de pesca de las embarcaciones aportadas para el incremento. En los casos de autorizaciones de incremento de flota de embarcaciones pesqueras para la extracción de los recursos sardina, jurel y/o caballa, se otorgarán previo cumplimiento de la sustitución que corresponda y siempre que posean sistemas de preservación o conservación a bordo, así como artes y aparejos de pesca adecuados. Artículo 25.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo precedente, sólo se podrán adquirir embarcaciones pesqueras que dispongan de sistemas de preservación a bordo y tecnología moderna.

Tratándose de embarcaciones usadas, deberán contar con clasificación otorgada por una entidad clasificadora internacionalmente reconocida. Artículo 26.- Lo dispuesto en el artículo anterior, se aplica también a las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera, mediante la modalidad de arrendamiento financiero, en cuyo caso deberán contar con autorización de incremento de flota y cumplir con los demás requisitos y condiciones que exija el Reglamento Especial aplicable a dicha modalidad. CAPITULO III DEL PROCESAMIENTO Artículo 27.- El procesamiento es la fase de la actividad pesquera destinada a utilizar recursos hidrobiológicos, con la finalidad de obtener productos elaborados y/o preservados. Artículo 28.-El procesamiento se clasifica en: 1. Artesanal, cuando se realiza empleando instalaciones y técnicas simples con predominio del trabajo manual; e, 2. Industrial, cuando se realiza empleando técnicas, procesos y operaciones que requieran de maquinarias y equipos, cualquiera que sea el tipo de tecnología empleada. El Reglamento de la presente Ley establecerá los requisitos y condiciones exigibles para cada caso, teniendo en cuenta la capacidad instalada y la tecnología a emplearse.

Artículo 29.-La actividad de procesamiento será ejercida cumpliendo las normas desanidad, higiene y seguridad industrial, calidad y preservación del medio ambiente, con sujeción a las normas legales y reglamentarias pertinentes. CONCORDANCIA: D.S. N° 012-2006-PRODUCE (Establecen régimen especial para que propietarios, poseedores y operadores de plantas de procesamiento pesquero inicien o continúen trámite de adecuación para obtener sus licencias de operación) CAPITULO IV DE LA COMERCIALIZACION Y DE LOS SERVICIOS . Artículo 30.-La comercialización interna y externa de los productos pesqueros es libre de acuerdo a Ley. Artículo modificado por la Quinta Disposición Final y Complementaria de la Ley Nº 27460, publicada el 26-052001, cuyo texto es el siguiente: Artículo 30.-La comercialización interna y externa de los productos es libre de acuerdo a ley. Se exceptúa de esta disposición la exportación de semillas y reproductores silvestres con fines de acuicultura. Artículo 31.- Los servicios de control y certificación de calidad comercial de los productos pesqueros, pueden ser prestados por cualquier empresa nacional o extranjera,

debidamente autorizada por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. TITULO VI DE LAS CONCESIONES, AUTORIZACIONES PERMISOS Y LICENCIAS Artículo 43.- Para el desarrollo de las actividades pesqueras conforme lo disponga el Reglamento de la presente Ley, las personas naturales y jurídicas requerirán de lo siguiente: a) Concesión: 1. Para la administración y usufructo de la infraestructura pesquera del Estado, conforme a ley; y, 2. Para la acuicultura que se realice en terrenos públicos, fondos o aguas marinas o continentales. b) Autorización: 1. Para el desarrollo de la acuicultura en predios de propiedad privada; 2. Para realizar actividades de investigación; 3. Para el incremento de flota; y, 4. Para la instalación de establecimientos industriales pesqueros. c) Permiso de Pesca: 1. Para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera nacional; y,

2. Para la operación de embarcaciones pesqueras de bandera extranjera. d) Licencia: Para la operación de plantas de procesamiento de productos pesqueros. Artículo 44.- Las concesiones, autorizaciones y permisos, son derechos específicos que el Ministerio de Pesquería otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras, conforme a lo dispuesto en la presente Ley y en las condiciones que determina su Reglamento. Artículo 45.-Las concesiones, autorizaciones, permisos y licencias se otorgarán previo pago de los correspondientes derechos, cuyo monto, forma de pago y destino, serán fijados mediante resolución ministerial. Los ingresos que genere el pago de tales derechos, constituyen recursos propios del Ministerio de Pesquería. Quedan exceptuadas del pago de estos derechos, las personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades de investigación y las dedicadas a la actividad pesquera artesanal y de subsistencia. Artículo 46.- Las concesiones, autorizaciones, permisos y licencias, serán otorgados, a nivel nacional, por el Ministerio de Pesquería. TITULO XI

DE LAS PROHIBICIONES, INFRACCIONES Y SANCIONES CAPITULO IDE LAS PROHIBICIONES Artículo 76.- Es prohibido: 1. Realizar actividades pesqueras sin la concesión, autorización, permiso o licencia correspondiente, o contraviniendo las disposiciones que las regulan. 2. Extraer, procesar o comercializar recursos hidrobiológicos no autorizados, o hacerlo en zonas diferentes a las señales en la concesión, autorización, permiso o licencia, o en áreas reservadas o prohibidas. 3. Extraer, procesar o comercializar recursos hidrobiológicos declarados en vedas o de talla o peso menores a los establecidos. 4. Utilizar implementos, procedimientos o artes y aparejos de pesca no autorizados, así como llevar a bordo o emplear aparejos o sistemas de pesca diferentes a los permitidos. 5. Extraer especies hidrobiológicas con métodos ilícitos, como el uso de explosivos, materiales tóxicos, sustancias contaminantes y otros elementos cuya naturaleza ponga en peligro la vida humana o los propios recursos hidrobiológicos; así como llevar a bordo tales materiales. 6. Abandonar en las playas y riberas o arrojar al agua desperdicios, materiales tóxicos, sustancias contaminantes u otros elementos u objetos que constituyan peligro para la navegación o la vida, o que deterioren el medioambiente,

alteren el equilibrio del ecosistema o causen otros perjuicios a las poblaciones costeras. 7. Destruir o dañar manglares y estuarios. 8. Transbordar el producto de la pesca o disponer de él sin previa autorización antes de llegar a puerto. 9. Contravenir o incumplir las normas de sanidad, higiene y seguridad industrial calidad y preservación del medio ambiente en el procesamiento y comercialización de productos pesqueros. 10. Suministrar informaciones incorrectas o incompletas a las autoridades nacionales o negarles acceso a los documentos relacionados con la actividad pesquera cuya presentación se exija. 11. Incurrir en las demás prohibiciones que señale el Reglamento de esta Ley yotras disposiciones legales complementarias. CAPITULO II DE LAS INFRACCIONES Artículo 77.- Constituye infracción toda acción u omisión que contravenga o incumpla alguna de las normas contenidas en la presente Ley, su Reglamento o demás disposiciones sobre la materia. CAPITULO III DE LAS SANCIONES

Artículo 78.- Las personas naturales o jurídicas que infrinjan las disposiciones establecidas en la presente Ley, y en todas las disposiciones reglamentarias sobre la materia, se harán acreedoras, según la gravedad de la falta a una o más de las sanciones siguientes: a. Multa. b. Suspensión de la concesión, autorización, permiso o licencia. c. Decomiso. d. Cancelación definitiva de la concesión, autorización, permiso o licencia. Artículo 79.- Toda infracción será sancionada administrativamente, sin perjuicio de las acciones civiles o penales a que hubiere lugar. Artículo 80.- En los casos de decomiso, el Ministerio de Pesquería entregará los productos de comisados a las Municipalidades de la jurisdicción, a las instituciones de beneficencia u otras de carácter social debidamente reconocidas. Artículo 81.-Las sanciones contempladas en la presente Ley serán impuestas porresolución del Ministerio de Pesquería o de la autoridad delegada. Artículo 82.- El monto de las multas a que se refiere el inciso a) del Artículo 78., será abonado de conformidad con lo que al respecto establecen las normas legales vigentes.

Artículo 83.- Los responsables de la extracción y/o procesamiento de ejemplares en tallas menores o en porcentajes mayores a los establecidos; de la extracción efectuada en época de veda o en zonas protegidas; y, de la sobrepesca, que pongan en peligro la sostenibilidad de los recursos, en particular, de aquellos sometidos a explotación intensa, serán sancionadas con suspensión de las concesiones, autorizaciones, permisos o licencias respectivas, por un período de ciento ochenta (180) días naturales, sin perjuicio de la aplicación de las demás sanciones a que hubiere lugar. Los patrones de pesca que contravengan lo dispuesto por el presente artículo, serán sancionados por la Dirección General de Capitanías y Guardacostas con suspensión de sus actividades de pesca por un período de seis (06) meses.

1.5. ASPECTO TRIBUTARIO 1.5.1. Enfoque general del marco tributario de la actividad pesquera. Las empresas pesqueras no tienen un tratamiento diferencial o especial entorno al régimen tributario, esto se puede corroborar con la Ley General de Pesca y sus reglamentos inscritos en ella, que norma la actividad pesquera, expedido con el objeto de promover su desarrollo sostenido y que no consideró ninguna disposición para optimizar los beneficios económicos de esta actividad.”

Respecto a la extracción, la ley establece limitaciones mediante un sistemade vedas para preservar el recurso pesquero. 1.5.2. Impuesto a la Renta El desarrollo de esta la actividad pesquera genera rentas de tercera categoría, tanto para las empresas como para las personas naturales que en forma individual se dediquen a esta actividad. 1.5.3. Depreciación de redes y embarcaciones pesqueras. Los bienes en el sector pesquero se deprecian con forme al art. 22 del reglamento de la LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA. De especial interés resulta las redes de pesca; estas se deprecian a razón de un 25% anual y tratándose de las embarcaciones pesqueras, al ser otros bienes del activo fijo, se deprecian a razón de un máximo del 10% anual.

BIENES

PORCENTAJE ANUAL DE DEPRECIACIÓN HASTA UN MAXIMO DE: 1. Ganado de trabajo y 25% reproducción; redes de pesca.

2. Vehículos de transporte terrestre (excepto ferrocarriles); hornos en general. 3. Maquinaria y equipo utilizados por las actividades minera, petrolera y de construcción; excepto muebles, enseres y equipos de oficina 4. Equipos de procesamiento de datos. 5. Maquinaria y equipo adquirido

20%

20%

25% 10%

1.5.4. Impuesto general a las ventas De la conformidad a lo establecido por la ley del impuesto general a las ventas y selectivo al consumo, se encuentran gravada con este impuesto toda venta de bienes muebles en el país. Operaciones exoneradas del impuesto general a las ventas Ventas en el país o importaciones de los bienes siguientes:

PARTIDAS ARANCELARIAS 0301.10.00.00/ 0307.99.90.90

PRODUCTOS Pescados, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos,

excepto pescados destinados al procesamiento de harina de pescado y aceite de pescado.

1.5.4.1. Detracciones Sistema De Pago De Obligaciones Tributarias (Spot) Con El Gobierno Central – Sector Pesca “ Los sujetos que se designe mediante resolución de superintendencia, deberán detraer del precio de venta de bienes, gravada con le IGV, un porcentaje cuyo monto mínimo será fijado mediante decreto supremo refrendado por el ministerio de economía y fianzas, del impuesto correspondiente y depositarlo en las cuentas corrientes que, para tal efecto, el banco de la nación habilitara a nombre de cada uno de los proveedores de dichas operaciones.

La detracción del sector pesca se aplicara a la venta de recursos hidrobiológicos gravada con el IGV. De conformidad a los porcentajes de detracción aplicables a la venta de bienes sujetos al sistema es lo siguiente:

a) 9% del precio de venta : cuando el proveedor y las embarcaciones pesqueras con las que se realiza la extracción y descarga figuren en la lista de proveedores sujetas al SPOT con el porcentaje de 9% que publique SUNAT virtual dicha lista se publicará el décimo quinto día anterior a la publicación de la siguiente lista. Si el

día señalado para la publicación fuese inhábil, este se publicara el día hábil siguiente. Para la para la elaboración de la referida lista se tendrá en cuenta los sujetos comprendidos en la relación de embarcaciones con permiso de pesca vigente que publica el ministerio de producción. De acuerdo con el reglamento de la ley general de pesca. Con excepción de aquellos que: - No cuenten con numero de RUC - Tengan la condición de domicilio fiscal no habido. - La SUNAT les hubiera comunicado o notificado la baja de su inscripción en el RUC. - Hubieran suspendido temporalmente sus actividades DEFINICIÓN DESCRIPCIÓN

PORCENTAJ E Recursos Pescados destinados al 9% Hidrobiológico procesamiento de harinay s aceite de pescado comprendido en las subpartidas nacionales 0302.11.00.00/0305.69.00.0 0 y huevas, lechas y desperdicios de pescado y demás contemplados en las sub-partidas nacionales 0511.91.10.00/0511.91.90.0 0. Se incluyen en esta definición los peces vivos, pescados no destinados al procesamiento de harina y

aceite de pescado, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos comprendidos en las sub-partidas nacionales 0301.10.00.00/0307.99.90.9 0, cuando el proveedor hubiera renunciado a la exoneración contenida en el inciso A) del Apéndice de la Ley del IGV Aceite de Bienes comprendidos en las 9% Pescado sub-partidas nacionales 1504.10.21.00/1504.20.90.0 0 Harina, polvo Bienes comprendidos en las 9% y “pellets” de sub-partidas nacionales pescado, 2301.20.10.10/2301.20.90.0 crustáceos, 0. moluscos y demás invertebrados acuáticos Embarcaciones Bienes comprendidos en las 9% Pesqueras sub-partidas nacionales 8902.00.10.00 y 8902.00.20.00. Se incluye en esta definición la venta o cesión definitiva del permiso de pesca a que se refiere el artículo 34° del

Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo N° 0122001-PE y normas modificatorias, correspondiente a los bienes incluidos en las mencionadas partidas

1.5.4.2. Del Crédito Fiscal ARTÍCULO 18º.- REQUISITOS SUSTANCIALES “El crédito fiscal está constituido por el Impuesto General a las Ventas consignado separadamente en el comprobante de pago, que respalde la adquisición de bienes, servicios y contratos de construcción, o el pagado en la importación del bien o con motivo de la utilización en el país de servicios prestados por no domiciliados. Sólo otorgan derecho a crédito fiscal las adquisiciones de bienes, las prestaciones o utilizaciones de servicios, contratos de construcción o importaciones que reúnan los requisitos siguientes: a. Que sean permitidos como gasto o costo de la empresa, de acuerdo a la legislación del Impuesto a la Renta, aún cuando el contribuyente no esté afecto a este último impuesto. Tratándose de gastos de representación, el crédito fiscal mensual se calculará de acuerdo al procedimiento que para tal efecto establezca el Reglamento.

b. Que se destinen a operaciones por las que se deba pagar el Impuesto. 1.5.4.3. Devoluciones Los exportadores tienen derecho a solicitar la devolución del IGV que haya grabado la adquisición de bienes o servicios empleados como insumos de los bienes exportados. COMUNICACIÓN DE LA COMPENSACION DEL SALDO A FAVOR POR EXPORTACION. Presentar en medios magnéticos la siguiente información: A) Relación detallada de los comprobantes de pago que respaldan las adquisiciones efectuadas, así como las notas de débito y crédito respectivas y de las declaraciones de importación correspondiente al periodo por el que se comunica la compensación. B) En el caso de exportadores de bienes, relación detallada de las declaraciones de exportación y de las notas de débito y crédito que sustentan las exportaciones realizadas en el periodo por el que se comunica la compensación. Asimismo, se detallarán las facturas que dan origen tanto a las declaraciones de exportación y de las notas de débito y crédito. En el caso de exportadores de servicios, relación detallada de los comprobantes de pago y de las notas de débito y crédito que sustentan las exportaciones realizadas en el periodo en el que se comunica la compensación. 1.5.5. Canon pesquero

TÍTULO VIII DEL CANON PESQUERO Artículo 13. Canon pesquero Créase el canon a la explotación de los recursos hidrobiológicos. El canon pesquero se compone del 50% (cincuenta por ciento) del total de los Ingresos y Rentas que percibe el Estado de las empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca de mayor escala, de recursos naturales hidrobiológicos de aguas marítimas, y continentales lacustres y fluviales. 1.5.6. Contribuciones Sociales 1.5.6.1. ESSALUD La ley Nº 27056 creó el seguro Social de Salud (ESSALUD) como un organismo público descentralizado con personería jurídica de derecho público interno, cuya finalidad es brindar cobertura a los asegurados y derechohabientes a través de diversas prestaciones que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud(RCSS).

Esta contribución está a cargo de la empresa manufacturera siempre que tenga: Trabajadores que laboran bajo relación de dependencia o en calidad de socios de cooperativas de trabajadores, cualquiera sea el régimen laboral o modalidad a la cual se encuentren sujetos.

Trabajadores que laboran y profesionales independientes que deseen voluntariamente afiliarse a este régimen. El cálculo de dicha contribución se hace sobre la remuneración mensual, entendiéndose a este como todos los ingresos que reciba el trabajador en el mes. La tasa a aplicar es del 9% y el plazo para su declaración y pago es según el cronograma aprobado para el pago de las obligaciones tributarias, cuya recaudación está a cargo de la SUNAT. Entidades prestadoras de salud: so entidades públicas o privadas distintas a ESSALUD, cuya única finalidad es la prestación de servicios de atención para la salud a través de su propia infraestructura ola de terceros. Es decir, la empresa puede simultáneamente contribuir tanto a ESSALUD como a las EPS. Aportes Entidades Empleadoras: Pagan el 9% de las Remuneraciones 1.5.6.2. Sistema Nacional De Pensiones Creada con la finalidad de brindar una protección más amplia y adecuada a los trabajadores, posibilitándose con ello la incorporación al sistema de los trabajadores independientes. Esta contribución es a cuenta de los trabajadores que prestan servicios bajo el régimen de la actividad privada o pública. Cualquiera quesea la duración del contrato de trabajo y siempre que no estén afiliados al Sistema Privada de Pensiones.

Para el cálculo de dicha aportación se considera un porcentaje equivalente al 13% de las remuneraciones asegurable, entendiéndose a ésta como el total de los ingresos percibidos durante el mes. 1.5.6.3. Sistema Privado De Pensiones El Sistema Privado de Pensiones (SPP) es un régimen de capitalización individual administrado por entidades privadas denominadas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), donde los aportes que realiza el trabajador se registran en una Cuenta Personal denominada Cuenta Individual de Capitalización (CIC). El Sistema Privado de Pensiones se creó como alternativa a los regímenes de pensiones administrados por el Estado y concentrados en el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) 1.6. PESCA EN EL PERÚ El Perú está considerado como uno de los países a escala mundial que más pesca realiza; sin embargo, en la estadística de las Naciones Unidas aparece ubicado en el grupo de los países que menos proteínas consumen. 1.6.1. Consumo per cápita nacional de pescado “ Pongamos a la vista ahora las cifras reconocidas por las autoridades oficiales de la información referida al consumo de pescado por la población peruana.

- En 1970 cuando se establece el Ministerio de Pesquería el consumo de pescado en el Perú era de aproximadamente 6.5 kilogramos por persona al año. - Durante Ia primera mitad de la década del 70, el consumo se elevó hasta más o menos 10 Kg. per cápita. - En el periodo 1985-1990, durante el gobierno del c. Alan García Pérez, el consumo se elevó hasta los 13 Kg. per cápita - Pero, al final del siglo XX que coincide con la culminación del gobierno de la década del 90 (1990-2000), el consumo de pescado se retrae y baja a una cifra muy cercana a los 7 Kg. per capita. De esto podernos deducir, entre otras, las siguientes consideraciones: -Luego de 30 años de funcionamiento del Ministerio de Pesquería en el Perú se retorna a una cifra de consumo muy similar a la del inicio de la década de los 70. -Todos los esfuerzos realizados por los gobiernos de los primeros veinte años del periodo, los que también fueron acompañados por la oferta delas empresas privadas que permitió duplicar el consumo de pescado, fueron depreciados. -Ello sólo pudo suceder como consecuencia del descuido del gobierno dela última década, que mostró no solo incapacidad e ineficiencia sino que fue insensible ante la demanda de la población, para obtener alimentos con alto valor nutritivo y con precio al alcance de las mayorías; por supuesto que estos últimos administradores no tuvieron el menor deseo de

promover, ni menos incentivar a la empresa privada nacional, para dedicar su mejor esfuerzo a la producción de alimentos para consumo humano directo. 1.6.2. Eficiencia de la industria nacional La Empresa estatal PESCA-PERÚ es creada en el año 1973 asumiendo un pasivo inicial mayor a los 30 millones de dólares americanos, resultado del adeudo a los propietarios de las empresas expropiadas. Y. ya en el año 2001, la industria pesquera totalmente en manos privadas muestra un panorama más que dramático solicitó apoyo al gobierno para superar su deuda de por lo menos 1.400 millones de dólares americanos. 1.6.3. Vocación de la industria pesquera nacional La pesquería peruana, mayormente está dedicada a la producción de harina y aceite de pescado, por lo que es conocida como industria para el consumo humano indirecto (CHI).

El esfuerzo de pesca varía de año en año, y depende mayormente del sistema ambiental del planeta. Podemos asumir sin temor a equivocamos, que el promedio de pesca total anual en el Perú no es menor a los siete millones de toneladas métricas, habiendo sucedido que en los últimos diez año algunos periodos anuales excedió los ocho millones de toneladas de pesca total.

La pesca total, incluye además de la pesca para la producción de harina y aceite de pescado, el desembarque para el consumo humano directo (CHD), que es la materia prima para la industria conservera para la el consumo al estado de fresco y para los productos curados (salpreso. seco y salado, ahumados, precocidos, etc.) La pesca peruana procede mayormente del mar que contiene más de setecientas especies conocidas, pero de las cuales apenas se emplea alrededor del 20% de ellas. También existe abundante pesca en los ríos de la Amazonía en esta región existen más de mil especies; pero, la menor cantidad de especies proceden de las piscigranjas, lagunas y cursos de agua naturales. Sólo la industria para la producción de harina y aceite de pescado ha consumido más de siete millones de toneladas anuales en los años en los que el volumen de exportación alcanzó o sobre pasó el millón de toneladas de producto final porque la relación entre la materia prima y el producto terminado. En el mejor de los casos, es igual a 5. Por ello, la industria para CHI ha consumido seis millones de toneladas de pescado (las estadísticas mencionan siete millones detoneladas). Cuando la exportación llegó a un millón doscientas mil toneladas de harina de pescado. 1.6.4. Valor de la materia prima El valor de una tonelada de harina de pescado en el mercado internacional

- La harina de pescado es un componente sustituto de la harina de soya, para elaborar los alimentos empleados en las granjas avícolas, porcinas, ganaderas y piscícolas; pero éstas últimas con harinas especiales: por lo tanto, el precio de la harina de pescado que no lo señala el productor; es indirectamente proporcional al volumen de soya puesto en el mercado internacional. - En consecuencia, el precio de la harina de pescado en el mercado internacional ha variado entre 300 y 500 dólares americanos por tonelada métrica. En el mercado de consumo del Perú no existe especie de pescado a SI. 0.35 el kilogramo. Pues el valor mínimo está por los US $ 0.30 I Kg. Que equivale más o menos a SI. 1,00 / Kg. Porque, es mejor negocio orientar la actividad pesquera al Consumo Humano Directo. Con lo que se lograría: -

Más productos para satisfacer el mercado interno Bajar el precio de los alimentos en el mercado interno Mejor alimentación para el pueblo Mayores ingresos para la industria pesquera nacional Mayor número de oportunidades de trabajo y Mejor nivel de vida de los trabajadores Mejor calificación del trabajador pesquero Aplicación de nuevas tecnologías para el procesamiento Apoyo a la investigación científica y tecnológica Mayor ingreso de divisas por mejor precio en el mercado internacional

- Mejor administración de la materia prima - Conservación de las especies - Mejor administración del Medio Ambiente

1.6.5. Proyecto de Ejecución inmediata para la Alimentación Popular “ Si tan solo se empleara una parte de la pesca de aquella que se considera dentro del volumen de la merma, en apenas el 2% de la captura que realiza cada embarcación. Y la aplicáramos al consumo humano: entonces, podríamos entregar alrededor de 200 mil toneladas métricas más para incrementar la oferta en el mercado nacional para el consumo humano directo. Y, como obtener ese 2% de la merma - El proyecto considera un Acuerdo entre los "Administradores" del mismo y los Empresarios de la industria pesquera, estableciendo la adquisición de la materia prima, principalmente aquella que hoy está dirigida a la producción de harina y aceite de pescado. Este comprendería entre otros los aspectos que a continuación se señalan. - Antes de descargar la materia prima, se permitirá el desnate de la lancha, esto es, retirar la materia prima

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que se haya en la superficie de la bodega de cada embarcación. Un grupo compuesto por personal entrenado y especialmente equipado, realizará la operación del “desnatado". La materia prima así obtenida, será pagada al mismo precio abonado por los empresarios de las plantas harineras, US $ 0.07 / Kg. de pescado, o su equivalente en moneda nacional, SI. 0.35 / Kg. La materia prima será conducida a lugares especialmente habilitados, donde se realizará el proceso de limpieza, selección y empaque, para luego trasladar a los mercados o lugares de expendio. Las 200 mil toneladas al año, significan 200 millones de kilogramos más de especies para el consumo humano. Si este volumen fuera consumido en el mercado nacional, entonces el consumo per capita se podría incrementar en 8 kilogramos más. De esta manera si es posible duplicar el consumo per capita, en un mercado habido de consumo de alimentos de alto valor nutritivo y precio al alcance de las familias de menores recursos.

1.6.6. Un Proyecto de Alimentación Popular Rentable - El precio de venta en el mercado nacional, será directamente proporcional al segmento del "mercado objetivo" y porque no, también al tipo de especie a comercializar. - Esto permitiría tener un abanico de precios, el cual podría empezar en S/.1.00 por kilogramo, tratándose de

la alimentación popular, sin tener que recurrir a ningún tipo de subsidio. - Pero eso sí, las especies de mayor valor serían vendidas en el mercado tradicional. a un mayor valor e incluso a menor precio que el actual.

1.6.7. El Proyecto de Alimentación Popular como Fuente de Trabajo - Definitivamente el Proyecto ofrecerá muchos nuevos centros de empleo, distribuidos a lo largo del litoral peruano, ofreciendo mayores oportunidades a los profesionales y técnicos de la actividad pesquera: también por supuesto para aquellas personas que aún no se han incorporado a ésta actividad.

1.6.8. Importancia Económica peruana “ La pesca, como actividad extractiva, tiene gran importancia económica en el Perú: - Es fuente proveedora de alimentos para la población. El pescado es el alimento más nutritivo que se conoce, pues contiene 20% de proteínas, mientras que las carnes de vaca y aves tienen sólo 18%. - Además, es el alimento económico de que se dispone en el Perú, pues suministra a la población de abundante de proteínas. - Es fuente proveedora de materias primas, para la Industria de harina y aceite de pescado y para las

conservas de pescado. En harina y aceite de pescado somos uno de los mayores productores del Mundo. - La exportación de los productos derivados de la pesca, genera divisasen beneficio del Perú. Estas divisas, que representan el 13% del total, se utilizan para comprar en el extranjero lo que no producimos en el país. - Da ocupación a grandes sectores de la población. Unos trabajan como pescadores artesanales, en sus pequeñas embarcaciones; otros como tripulantes de las bolicheras, que pescan anchovetas y sardinas para la industria; y muchos más como personal de las fábricas que procesan los productos pesqueros. - La pesca en los ríos, lagos y lagunas del Perú contribuye a mejorar la dieta alimenticia de la población andina y Selvática. En efecto, la población de estas regiones consume pescado fresco ó pescado seco y salado

1.6.9. Instituto del Mar del Perú El Instituto del Mar del Perú (IMARPE) es un Organismo Técnico Especializado del Sector Producción, Subsector Pesquería, orientado a la investigación científica, así como al estudio y conocimiento del Mar Peruano y sus recursos, para asesorar al Estado en la toma de decisiones con respecto al uso racional de los recursos pesqueros y la conservación del ambiente marino, contribuyendo activamente con el desarrollo del país.

La investigación del IMARPE, abarca el conocimiento del mar y su dinámica, mediante el estudio de los procesos oceanográfico físicos, químicos y biológicos conun criterio ecosistémico. Para lograr estos fines el IMARPE investiga la relación entre los recursos pesqueros, el ambiente y la actividad pesquera, brindando asesoramiento en el manejo de los recursos y el medio marino, respetando y promoviendo los conceptos de desarrollo sustentable, conservación de la biodiversidad marina, protección del medio ambiente y pesca responsable. En este contexto y dentro de la política del actual gobierno, la investigación científica que realiza el IMARPE constituye la clave para el desarrollo de la Pesca Artesanal y la Acuicultura Sustentable, así como su contribución para la Sostenibilidad de la Pesca Industrial, rubro en el cual el Perú ocupa una importante posición a nivel mundial. De esta forma la actividad pesquera contribuye a combatir la pobreza, generar empleo, elevar la oferta de alimentos de alto valor nutricional y económico, incrementando el aporte de divisas para el país como resultado de su exportación. La presencia del IMARPE a lo largo de la Costa Peruana y su contribución al proceso de desarrollo regional y descentralización, se potenciará con la transformación de los actuales Laboratorios Costeros en Centros de Investigación Regional (CIR).

Asimismo, para la investigación orientada a nuevas pesquerías se realizan estudios sobre el aprovechamiento sostenible de especies transzonales y altamente migratorias como el atún y el jurel. En el Perú el Sector Pesquero es considerado como uno de los pilares en la economía nacional lo que le permite ser uno de los países más destacados mundialmente en la actividad pesquera. 1.7. Potenciales Impactos Ambientales Desde la Segunda Guerra Mundial, la demanda grande y creciente de pescado para el consumo humano, y como alimento para el ganado, ha fomentado una presión creciente sobre los recursos de la pesca. Las innovaciones tecnológicas han permitido aumentar la pesca: - de 20 millones de toneladas en 1950, - a más de 90 millones de toneladas en 1990, Utilizando buques pesqueros de largo alcance, y explotando nuevas poblacionesmarítimas y las especies pelágicos de poca profundidad. Sin embargo, la tasa de aumento de la pesca mundial total ha disminuido desdelos años 60, y se estima que el potencial biológico actual de la producción de pescado es aproximadamente 100 millones de toneladas. Se puede esperar aumentos solo limitados en la pesca marina, que constituye el 80% de la producción total de

pescado, porque la mayoría de las poblaciones comerciales parecen estar completas, o excesivamente, explotadas. La producción dela pesca de agua dulce, que constituye el 10% de la producción total, tiene poca probabilidad de expandirse, porque ésta, también, ha llegado a su límite biológico en muchas áreas. La piscicultura tienen el mayor potencial para aumentar la producción, pero existen muchos problemas ambientales. Como la demanda está acercándose a los límites de la producción, muchos recursos pesqueros están sufriendo deterioro. La pesca excesiva está agotando ciertas poblaciones, y las otras actividades humanas influyen en la productividad de la pesca en los sistemas de agua dulce, salobre y salada. Estos impactos atentan contralas operaciones de pesca tradicional y comercial, así como la actividad recreativa y el turismo. La contaminación procedente de las áreas industriales, urbanas y agrícolas, el uso de la tierra en las cuencas hidrográficas y el manejo de las aguas, que estos factores están ejerciendo impactos negativos en la pesca. Este artículo analiza los efectos directos para el medio ambiente, de las operaciones de captura y así como los impactos ambientales externos que están afectando a los recursos pesqueros.