DISERTACION OSSANDON

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INSTITUTO PROFESIONAL AIEP DE LA UNIVERSIDAD ANDRÉS BELLO

“TALLER AUDITORÍA TRIBUTARIA” CASO OSSANDON LARRAÍN

ESTUDIANTES: Cofré Cofré Bastián Alfonso Miño González Nelson Raimundo Faundez Vergara Luis Mauricio Monsalve Salas Carlos Alberto León Martínez María José Palacios Parra Cecilia Alejandra Quezada Quezada Karina del Pilar MARZO 2018

BREVE DESCRIPCIÓN DEL CASO “OSSANDÓN LARRAÍN”

99% DM

19,27% LOMAS I

11,76% LA CARPA

11,76% SAN FCO.

18,83% FORESTAL

12,60% OGF

19,27% LOS OLMOS

PATRIMONIO MANUEL OSSANDÓN 2004

4.200.000 UF

PODER ADMINISTRACIÓN BERNARDO OSSANDÓN 18.02.2004

99% DM

19,27% LOMAS I

11,76% SAN FCO.

19,27% LOS OLMOS

12,60% OGF

11,76% LA CARPA

18,83% FORESTAL

PATRIMONIO MANUEL OSSANDÓN 2004

4.200.000 UF

PODER ADMINISTRACIÓN BERNARDO OSSANDÓN 18.02.2004

17.07.2004

17.08.2004

23.08.2004

09.10.2008

10.09.2009

15.10.2008

CREACIÓN

Venta $100.000.16,667% PARTICIPACIÓN

LAS LOMAS II

99% DM

19,27% LOMAS I

19,27% LOS OLMOS

11,76% SAN FCO.

11,76% LA CARPA

REAL STATE GOLDEN INVESTMENTS INC. ISLAS VÍRGENES

PARTICIPACIÓN 99,96%

INVERSIONES CORDILLERA

Cede el crédito 3.676.051,6413 UF $69.924.419.758.Venta a 30 años

Repactación a 60 años

12,60% OGF INV.

477.276 UF $10.044.183.104.Venta a 60 años

FUNDACIÓN BLV PANAMÁ

18,83% FORESTAL

$1.879.395.418.Venta a 60 años

DELITOS TRIBUTARIOS

EVASIÓN IMPUESTO ADICIONAL

DERECHO DE HERENCIA

FALSIFICACIÓN

USO MALICIOSO PODERES

El impuesto a la herencia, grava la herencia con un impuesto del 25%, si ésta supera las 1200 UTA.

DERECHO DE HERENCIA PATRIMONIO MANUEL OSSANDÓN 4.200.000 UF

Bernardo Larraín Cotapos

Ma. Teresa

Juan Edo.

Bernardo Larraín Vial

Luz

María Soledad Larraín

Bernardo

Gabriel

Hijo 5

Gabriel Ossandón Valdés

Manuel

Ma. Soledad

Ma. Teresa

Muchas familias chilenas de alto patrimonio: no ejecutan la herencia para eludir el impuesto correspondiente; en cambio, traspasan los bienes en vida a través de donaciones informales o de ventas de derechos sociales que nunca se pagan o de mecanismos que no pagan impuestos a las donaciones y herencias.

FALSIFICACIÓN En 2009, los familiares de Bernardo Larraín Vial idearon con un grupo de abogados una “reorganización tributaria” para evitar el millonario pago de impuestos al fisco. ¿Qué es reorganización tributaria?

Es un reordenamiento del capital y patrimonio de la empresa, mediante el cambio de naturaleza societaria, separación o fusión de sociedades. Permite mejorar su productividad, como también distribuir la carga tributaria.

Bernardo Larraín Vial debía firmar un mandato de puño y letra, pero su rúbrica fue falsificada por Gabriel Ossandón Valdés, su yerno, padre de Bernardo y Manuel Ossandón Larraín.

El Artículo 339 del Código Penal castiga con penas de reclusión a quienes falsifiquen documentos públicos, sean éstos escrituras de comercio, de bancos contratos, prenda, etc.

El Artículo 97 del C.T. castiga con multas y hasta penas de reclusión

la

presentación

de

documentos

falseados

y

procedimientos dolosos encaminados a ocultar o desfigurar el verdadero monto de las operaciones realizadas o a burlar el impuesto. En este caso, se falsificó la firma que dio origen a la Fundación BLV y a los poderes otorgados a sus representantes.

En este caso, se falsificó la firma que dio origen a la Fundación

BLV y a los poderes otorgados a sus representantes.

USO MALICIOSO DE PODERES DE ADMINISTRACIÓN

Con los poderes falsificados, sus representantes, lograron vender los derechos sociales de las diversas sociedades y quedaron bajo la administración de Real State y ésta bajo la Fundación BLV; ambas donde Bernardo Ossandón Larraín es

el administrador estatutario.

ACTUACIONES DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS La venta de los activos de las diferentes sociedades a “Las Lomas II” se hizo mediante “Cuentas por Cobrar” a un plazo de 60 años sin intereses y sin cuota fija; y cedidos estos créditos a la empresa extranjera “Real State”.

RECEPCIÓN ANTECEDENTES APORTADOS POR MANUEL OSSANDÓN

NOTIFICACIÓN

SII avisa que revisará los antecedentes y solicita la documentación necesaria

“Real State” al comprar créditos con tanto descuento y, al mismo tiempo, no pagar nada por esos créditos, tuvo un importante incremento patrimonial, calculado en UF 18.970.240 (equivalente a $ 428.646.421.075.)

ANOMALÍAS IMPOSITIVAS

CITACIÓN

Citar a declarar a Bernardo Ossandón Larraín

Aquí hubo traspaso de “títulos de crédito”, y según el Artículo 20 N° 5 de la LIR, con el solo hacer la operación, se reconoce que se produjo un incremento de capital, afecta a impuesto. Que debió declarar y pagar en abril de 2009. Es decir hay una enorme evasión tributaria.

ACTUACIONES DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

¿A qué impuesto nos referimos? Artículo 58.-

Se aplicará, cobrará y pagará un impuesto adicional a la renta, con tasa del 35%, en los siguientes casos: Las personas naturales que no tengan residencia ni domicilio en Chile y las sociedades o personas jurídicas constituidas fuera del país, incluso las que se constituyan con arreglo a las leyes chilenas y fijen su domicilio en Chile, que tengan en Chile cualquiera clase de establecimientos permanentes, tales como sucursales, oficinas, agentes o representantes, pagarán este impuesto por el total de las rentas atribuibles a estos que remesen al exterior o sean retiradas, con excepción de los intereses a que se refiere el Nº 1 del artículo 59. Para estos efectos, el impuesto contemplado en este número se considerará formando parte de la base imponible representada por los retiros o remesas brutos.

20% 15%

4%

ACTUACIONES DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS La venta de los activos de las diferentes sociedades a “Las Lomas II” se hizo mediante “Cuentas por Cobrar” a un plazo de 60 años sin intereses y sin cuota fija; y cedidos estos créditos a la empresa extranjera “Real State”.

RECEPCIÓN ANTECEDENTES APORTADOS POR MANUEL OSSANDÓN

NOTIFICACIÓN

SII avisa que revisará los antecedentes y solicita la documentación necesaria

“Real State” al comprar créditos con tanto descuento y, al mismo tiempo, no pagar nada por esos créditos, tuvo un importante incremento patrimonial, calculado en UF 18.970.240 (equivalente a $ 428.646.421.075.)

ANOMALÍAS IMPOSITIVAS

CITACIÓN

LIQUIDACIÓN

Citar a declarar a Bernardo Ossandón Larraín

Aquí hubo traspaso de “títulos de crédito”, y según el Artículo 20 N° 5 de la LIR, con el solo hacer la operación, se reconoce que se produjo un incremento de capital, afecta a impuesto. Que debió declarar y pagar en abril de 2009. Es decir hay una enorme evasión tributaria.

51.000.000.000.3.970.000.000.33.000.000.000.16.000.000.000.105.510.016.214.-

Impuesto no pagado Reajuste Intereses Multas Liquidación Total

ACTUACIONES DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS • El SII, contaba con los antecedentes desde el 2012, • Ordenó la liquidación de algunas empresas pertenecientes a Bernardo

Ossandón en 2013. • Pero el SII optó por no perseguir judicialmente a la familia Ossandón Larraín. • En 2014 decidió estudiar los antecedentes y presentar una acción legal que permitió reabrir la causa, esta vez se querelló hasta diciembre

2014, tan solo una semana antes que el caso prescribiera.

ACTUACIONES DEL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS

• El SII estaba convencido que existía evasión tributaria. • El Ministerio Público estimó que los antecedentes no eran suficientes para un juicio oral; sin embargo, el juez Opazo determinó que no se podía comprobar la existencia de un delito; y que a esa fecha los delitos igualmente quedarían prescritos. • “La legislación chilena no sanciona la planificación para cometer delitos, sino los ejecutados”, por lo que “no cabe privilegiar el interés del Estado por sobre un particular”.

CARACTERÍSTICAS DEL CASO

“Reestructuración patrimonial” Red de sociedades que, por separado son lícitas y correctas, pero que en su conjunto producen un montaje para eludir impuestos, con la simulación de venta de derechos sociales de las distintas sociedades.

Paraísos Fiscales “Real State” y “Fundación BLV” se constituyeron en otros países, evitando la alta carga fiscal chilena y aprovechando la baja tributación y cobijo legal del país en que se crea la empresa.

CARACTERÍSTICAS DEL CASO

“Global Complementario”

La familia Ossandón Larraín, omitía esta información en su Formulario 22, y según el propio SII, Bernardo Ossandón declaró como base de su global complementario, montos que fluctúan entre los 10 y los 35 millones de pesos al año; lo que se contradice con los activos que maneja a través de todas estas sociedades; cometiendo en forma personal, una elusión de impuestos.