Desarrollo del tema

Desarrollo del tema Para determinar las causas del porque se derrumbó el edificio, la Fiscalía encargó, con un costo de

Views 39 Downloads 0 File size 47KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

Desarrollo del tema Para determinar las causas del porque se derrumbó el edificio, la Fiscalía encargó, con un costo de $150 millones, al Instituto de Investigaciones y Ensayos de Materiales (Idiem) de la Universidad de Chile un estudio técnico para determinar las causas de la caída del edificio. En base a estas conclusiones, el fiscal Nelson Vigueras presentó cargos por cuasidelito de homicidio y lesiones graves: contra los representantes de la constructora Socovil y la inmobiliaria Huequén, Juan Ignacio Ortigosa, Felipe Parra y Ricardo Baeza; contra los ingenieros Pedro Ortigosa de Pablo, a cargo de la mecánica de suelos, y René Pettinelli, calculista del proyecto; contra el director de obra, Mario Valeria, y contra los jefes de obra, José Paredes y Héctor Torres. El estudio del Idiem será el principal medio de prueba de la Fiscalía. El abogado de la defensa Alejandro Espinoza no entrega cifras del costo de estos peritajes, pero sí un contexto: “Si logramos poner los recursos —como los ha puesto esta empresa— para saber qué pasó, se va a poder evitar que ante un nuevo sismo se produzca una tragedia similar”. Los abogados Enrique Hernández y Renato Fuentealba, del estudio de abogados de Fernando Saenger, representarán a los dueños y arrendatarios del edificio en calidad de querellantes. Al juicio llevarán como medios de prueba documentos, testigos y testimonios. En el informe del Idiem el primer elemento que apunta hacia una negligencia en la construcción de Alto Río es la clasificación sísmica del suelo. Según la norma 433, antes de su modificación en febrero de 2011, existían cuatro tipos de suelo: I, roca; II, firme; III, blando o arenoso, y IV pantanoso, no apto para construir. La importancia de clasificar correctamente es que determina cómo se debe realizar una construcción; por ejemplo, se fijan parámetros para el espesor que deben tener los muros o los fierros de las armaduras y para la cantidad de acero, y también el número de vigas y pilares. El subsuelo en la “Zona Cero”, donde estaba el edificio, clasifica — según el Idiem— como suelo blando o arenoso (tipo III). Pero el

cálculo estructural que realizó el ingeniero Pedro Ortigosa de Pablo lo clasifica como suelo firme (tipo II). Según la Fiscalía, existe un informe previo, que realizó el ingeniero Horacio Calvo D’Ottone en junio de 2006 y que ya decía que la empresa optó por el más riesgoso, porque eso le significaba construir con un menor estándar o menor exigencia técnica”, dice el fiscal Nelson Vigueras. El error de Ortigosa de Pablo, según el Idiem, es que basó la clasificación de suelos en un ensayo sobre resistencia del terreno —que era lo que exigía la norma pero no hizo un segundo informe sobre la velocidad de propagación de ondas de corte. Frank Sanhueza, director de la carrera de Ingeniería Civil en la Universidad Andrés Bello, explica que en la época en que construyó Alto Río la norma 433 no obligaba a las empresas a realizar los dos ensayos. Agrega que si la constructora Socovil hubiese hecho ambos se podría haber calificado correctamente el suelo: “Hay diferencias económicas. Es mucho más caro construir en terreno arenoso, porque hay que reforzar más la construcción. Tal vez eso influyó en la decisión”. Uno de los factores que también influyeron en el derrumbe fueron que este proyecto fue realizado por personas sin experiencia en construcciones de altura, lo cual los edificios o construcciones en altura requieren de ser construidos por personas de mucha experiencia en obras de edificios ya que, la base del edificio donde se construirá es uno de los factores más importantes ya que las cargas están sometidas a una sola fundación. El director de obras fue Mauricio Valeria Leal, un ingeniero mecánico. De acuerdo a la ley general de urbanismo y construcciones la ingeniería mecánica no es una profesión para levantar un edificio en altura. Y junto a Mauricio Valeria Leal cumplieron con esta labor los jefes de obra, Héctor Torres y José Paredes que tampoco tenían experiencia suficiente. Como en los planos faltaban detalles y en la dimensión que debía tener el edificio, ellos ejecutaron una obra muy negligente. De acuerdo a la ley general de urbanismo y construcciones no

está permitido levantar una edificación sin antes tener todos los planos de estructura, detalles, dimensiones etc. Esto desencadeno que el edificio se fracturara en el piso 1 y 2. Era una obra mal estructurada en el papel y con falencias en la práctica.

Conclusión Con esta investigación se aprendió que la construcción de alto rio es un ejemplo para muchos empresas constructoras que aplican la ética del buen construir, y para las empresas que no aplican esta ética tomar conciencia y darle importancia ya que son vidas las que se exponen al riesgo.