Derechos de La Naturaleza

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Contenido Introducción....................................................................................................... iii Objetivos............................................................................................................ iv Justificación........................................................................................................ iv Capítulo I............................................................................................................. 5 Antecedentes...................................................................................................... 5 EFECTIVIZACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA...............................5 RECONOCIMIENTO DE LA NATURALEZA EN LA CONSTITUCIÓN........................6 Las propuestas que guían el programa del gobierno de la Unidad Plurinacional son:.......................................................................................... 6 EL DERECHO A LA NATURALEZA A TRAVÉS DE LA HISTORIA............................8 LA CONFERENCIA DE ESTOCOLMO Y SU RELACIÓN CON LA CONSTITUCIÓN ACTUAL.......................................................................................................... 10 Capítulo 2.......................................................................................................... 12 (Ponle un título acorde porfa)............................................................................12 Medio Ambiente y la calificación del PUNTO VERDE...................................14 Capítulo 3.......................................................................................................... 15 Derechos de la Naturaleza según la Constitución del Ecuador.........................15 Derechos de la naturaleza............................................................................. 15 Conclusiones..................................................................................................... 16

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Introducción Los Derechos de la Naturaleza son una responsabilidad no sólo del Ecuador sino del mundo, para el presente y el futuro de todas las generaciones, las mismas que demandan un compromiso activo y en equilibrio con la naturaleza y la humanidad. En la presente investigación se presentan las Iniciativas Mundiales que se han tomado en la conservación, defensa y protección de los Derechos de la Naturaleza como son: Protocolo de Kioto, Hacia un nuevo Derecho Ambiental, Ecuador versus el Mundo (Propuesta de los Derechos de la Naturaleza), Organización de las Naciones Unidas O.N.U., Informe Brundtland, Unión Europea, Integración Sudamericana, Yasuní IIT y el Mundo.

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Objetivos Conocer los derechos con los cuenta la naturaleza y entenderlos de manera que podamos valernos de ellos para poder defender lo que nos queda de ella en el país y el mundo. Tener en cuenta los derechos con los que cuenta la naturaleza y hacerlos efectivos cada que podamos

Justificación (Invéntate una)

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Capítulo I Antecedentes EFECTIVIZACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA. Hace algunos años, se creía que sólo tenían derechos quienes tenían poder político, es decir, quienes gobernaban y podían imponerse mediante la fuerza. Actualmente a esos derechos los llamamos privilegios que muy pocos gozaban de ellos, porque la gran mayoría de personas no los tenían. Períodos más tarde, reclamaron los derechos quienes tenían riquezas a quienes solo tenían la fuerza. Se juntaron, pues, los poderosos políticos y económicos, el resto seguía sin derechos. Tuvieron que pasar muchos años para reconocer los derechos a quienes no tenían poder político ni económico y en determinadas ocasiones ni se cumplían lo pactado. Hay dos formas en las que los anteriormente poderosos se relacionaron con las personas que no tenían derechos que son: el esclavismo y la servidumbre. El Derecho que se les aplicaba era el de los bienes y el de los contratos. Las personas podían ser vendidas, compradas, regaladas, prestadas, igual que cualquier otro bien. Sus dueños disponían de la persona en función de sus necesidades o caprichos. Tuvo que pasar mucho tiempo para que la conciencia de la humanidad reconozca que los indígenas como seres humanos, que merecen igual respeto que las personas que tienen poder y gobiernan. La naturaleza en el mundo (no solo en Ecuador), jurídicamente hablando, al igual que las personas indígenas hace mucho tiempo, eran consideradas como un bien, disponible por parte de los dueños que la han parcelado, y a la que hay que extraerla hasta la última gota de vida, de tierra fértil, de agua, de minerales, de seres vivos que abriga para enriquecerse sin medida. La expedición de la nueva Constitución de la República del Ecuador en octubre de 2008, planteó nuevos paradigmas en el ordenamiento jurídico nacional, desarrollando con mayor dedicación la vigencia y aplicación directa de los derechos fundamentales, lo que involucra la obligación esencial de los administradores públicos a respetar y ejecutar este principio. Correlativamente la proclamación del Ecuador como un Estado de Derechos y Justicia presupone 5

que la finalidad última y fundamento de la existencia del propio Estado radica en la garantía de los derechos fundamentales. Desde esta perspectiva, los cimientos que sustentan la visión formalista y clásica del Estado de Derecho como una organización objetiva, regida por un ordenamiento jurídico ante el cual deben subordinarse todas las instituciones, ciudadanos y ciudadanas de tal organización jurídico- política, y de todo el obrar de quienes ejercen el poder público.

RECONOCIMIENTO DE LA NATURALEZA EN LA CONSTITUCIÓN El reconocimiento del derecho a la naturaleza en la Constitución de Ecuador es único porque ningún país en Latinoamérica lo ha considerado a ese nivel, nuestra Constitución, que rompe con los principios de generación de derechos, porque no tienen dividida la Constitución sino que se habla de un Buen Vivir, en el cual se integran todas las generaciones; que tienen una participación ambiental; y, reconocen los derechos de la naturaleza, está súper avanzada en estos aspectos que no tienen otras constituciones en el Continente ni en el mundo. Ecuador ha sido la parte angular en el tema de reconocimiento de los derechos de la naturaleza en la Constitución. Ecuador está en el mundo a la vanguardia de impulsar que se reconozcan y se cumplan estos derechos de la naturaleza, de la madre tierra. Si hay concreción con la realidad, con los derechos de la naturaleza que se encuentran en la constitución, ya que no solamente están en la constitución, sino que hay un gran compromiso del Gobierno, que debe ser cumplido al igual que toda la norma constitucional y a partir de ese reconocimiento por primera vez en la historia de los Derechos de la Naturaleza en la Constitución, de transformarlo en política exterior y presentar a la comunidad internacional la necesidad de un pacto global con una Declaración Universal por los Derechos de la Naturaleza. Los Derechos de la Naturaleza son el reconocimiento y dignificación que esta merece, es el reconocimiento que se les ha dado a nuestros ecosistemas, incluyendo árboles, océanos, animales, montañas; teniendo derechos al igual que los seres humanos. Los Derechos de la Naturaleza tienen el propósito de equilibrar lo que es bueno para los seres humanos frente a lo que es bueno para las otras especies, lo que es bueno para el planeta como un todo. Es el reconocimiento holístico de que toda la vida, todos los ecosistemas de nuestro planeta se hallan profundamente entrelazados y que no es solo el reconocimiento del ecosistema basta sino que se está jugando con nuestra vida y el futuro del planeta, es decir la destrucción masiva y progresivamente de la vida. 6

En lugar de tratar a la naturaleza como una propiedad sujeta a la ley, los derechos de la naturaleza reconocen que está en todas sus formas de vida tiene el derecho de existir, persistir, mantener y regenerar sus ciclos vitales. Las propuestas que guían el programa del gobierno de la Unidad Plurinacional son:  Hacer de los Derechos de la Naturaleza, establecidos en la Constitución de Montecristi, la base para la realización del Sumak Kawsay o buen vivir, que se sustenta en relaciones armónicas entre los seres humanos y de estos con la Naturaleza.  Promover la restauración de los ecosistemas, de los suelos empobrecidos, de las aguas contaminadas, de tal manera que el Sumak Kawsay sea posible tanto a nivel rural como urbano.  Exigir la reparación integral y la restauración de la Naturaleza a las empresas nacionales y extranjeras, que se han enriquecido a costa de la destrucción de la Naturaleza; impidiendo la repetición de hechos similares.  Desarrollar programas para asistir a los pequeños productores, artesanos y trabajadores del campo y la ciudad para que tengan condiciones de vida y trabajo saludables para sí mismos y para la Naturaleza.  Promover los emprendimientos públicos y privados que permitan desarrollar tecnologías limpias, la inventiva y la creatividad, para mejorar las condiciones de vida en armonía con la Naturaleza.  Favorecer los proyectos e infraestructuras descentralizados, de pequeña escala, de bajo impacto, de carácter comunitario, participativos que permitan la generación de bienestar desde los niveles locales restableciendo las relaciones armónicas con la Naturaleza.  Promover el respeto a la Naturaleza y a sus derechos, resaltando el hecho de que los principales beneficiarios de los mismos, son los y las jóvenes, los niños, las niñas y las futuras generaciones.  Respetar la Constitución de Montecristi que señala diversas prohibiciones y restricciones para garantizar los derechos de la Naturaleza, entre ellas, la prohibición de introducir transgénicos y contaminantes orgánicos persistentes, de desechos tóxicos, así como las actividades extractivas en áreas protegidas.  Auditar todos los contratos mineros y mega proyectos que no han sido previamente consultados con las comunidades afectadas, tal y como manda nuestra Constitución, revirtiéndose todos aquellos que se consideren improcedentes en dicha auditoría.  Promover una amnistía mundial a todos ciudadanos y ciudadanas que han sido criminalizados por la defensa de la Naturaleza, y abrir espacios de diálogo y participación para discutir y resolver los conflictos ambientales desatados en todo el país, en un ambiente de paz y no de confrontación.

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Impulsar decididamente, como parte de nuestra política internacional, la Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza y un Tribunal Internacional Ambiental para sancionar los delitos ambientales, considerando que el Ecuador es el primer país que ha constitucionalizado dichos derechos.

En consecuencia propugnan, activa y coherentemente la universalidad de los Derechos de la Naturaleza. En la Constitución aprobada por el pueblo ecuatoriano en el 2008 y fundamentada en la teoría del neoconstitucionalismo, se destaca el hecho de que no es necesario contar con legislación que desarrolle los preceptos constitucionales, sino que estos son directa e inmediatamente aplicables, por lo tanto, a pesar de que en la actualidad no exista normativa que regule los derechos de la naturaleza, a través de algunas jurisprudencias se han ido desarrollando y materializando estos derechos en relación al ambiente y a la naturaleza en la actualidad. Además, se introduce este concepto novedoso; que trata de los derechos de la naturaleza, e inspirado en la filosofía del Buen Vivir, que promueve la convivencia en armonía con la naturaleza o Pacha Mama, mediante el cuidado de la biodiversidad, de los recursos naturales, de la biósfera y del patrimonio natural. Pero el texto constitucional va un paso más allá y consagra uno de sus capítulos a otorgar a la naturaleza derechos exigibles jurídicamente.

EL DERECHO A LA NATURALEZA A TRAVÉS DE LA HISTORIA. La concreción del Derecho de la Naturaleza se ve reflejada en la historia y en el ámbito internacional así como en todas las acciones que se ha venido desarrollando a través de proyectos factibles y tangibles en pro del ambiente, pero en el Ecuador uno de las mayores concreciones se refleja en la Constitución de Montecristi, lo que demuestra la iniciativa y la acción que toma el Estado por medio de la Constitución en garantizar la protección del Medio Ambiente. Es así que la Constitución concuerda con el Código Penal que enfatiza los efectos y consecuencias de no cumplir los principios ambientales tipificados en la Constitución . Para tener una idea más clara en qué lineamientos, conceptos, ideologías, tendencias la Constitución se basó en materia ambiental, es necesario tener en claro ciertos conceptos y conocer la procedencia; es así que, según Tripelli nos indica que: "El Derecho Internacional regula actualmente la protección del ambiente a través de una de sus ramas más recientes, el Derecho Internacional Ambiental, al cual se lo define como el conjunto de normas internacionales que regulan el desarrollo de la actividad humana y 8

la explotación de los recursos naturales del planeta mediante el respecto del medio humano y la preservación del equilibrio ecológico." El Derecho Ambiental Internacional ha pasado por varios periodos históricos que han marcado grandes cambios en las tendencias, ideologías y políticas internacionales, las cuales resaltan eventos específicos que iniciaron el cambio. El Derecho Ambiental tiene su espacio asegurado en la Constitución Ecuatoriana, donde la misma expresa textualmente los derechos que la naturaleza ha tenido desde la antigüedad y ha estado inmersa de por sí, y lo que ahora se encuentran debidamente articulados desde el 71, 72, 73 y 74 de la Constitución de la República del Ecuador. El Derecho Ambiental ha estado impregnado en las sociedades antiguas desde su surgimiento, donde este derecho que se le entregó a la naturaleza desde su creación era respetado por las sociedades de diferente manera, ver cómo estas sociedades unas adoraba al sol, a la luna, al trueno, a la tierra y otras de forma espiritual con la divinidad. Se dice que el Derecho Ambiental nace con la primera prohibición que el ser humano primitivo hizo de usar de ciertas plantas o animales por೥r sagrados, nace con la elevación al rango de dioses de los fenómenos naturales y de la naturaleza en su conjunto. Según Jaquenod nos dice que Platón hace unos 2,300 años, recomendaba la necesidad de reforestar las colinas en Grecia, a fin de regular las aguas y evitar la erosión y señalaba cómo dichas colinas ya se veían como esqueletos blancos. En el Código de Hammurabi se establece, entre otras cosas, que "si un señor, sin el consentimiento del propietario de un huerto ha cortado un árbol en el huerto de otro señor pesará para indemnizarle media mina de plata." o por ejemplo como, de alguna manera respetaban ciertos procesos de la naturaleza cuando establecía que "si en una majada el golpe de un dios se ha manifestado o un león ha matado animales, el pastor se justificará delante del dios y sobre la pérdida en la majada será el propietario de la majada quien hará frente." ̡ misma Biblia establece un orden lógico en que la creación fue concluida. En un principio era la oscuridad y el Todo poderoso exclamó "fiat lux" hágase la luz, luego creo la tierra y las aguas, las plantas, luego vinieron los animales y solo al final llegó el ser humano. Hoy sabemos que con pequeños ajustes ese es el orden preciso en que la vida floreció en el planeta y que la preexistencia de cada elemento es condición indispensable para el surgimiento del siguiente.

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El concepto jurídico de contaminación nace en el año 533 en el Digesto y es confirmado por la Constitución Tanta de 533 en la cual se dispone que haya una violación a las buenas costumbres cuando alguien ensucia las aguas o cañerías contaminándolas con cieno, lodo o estiércol. En la prehistoria del Derecho Ambiental Internacional, o período pre-ambiental, es decir hasta por lo menos principios de los 70 se trataba más bien de Derecho Internacional con incidencia en temas ambientales y según Tripelli "el enfoque que el Derecho Internacional dio a la protección del ambiente fue sectorizado (flora, fauna, espacios físicos protegidos, lucha contra la contaminación), no contando con un patrón de análisis común que comunicara sus normas y les diera la coherencia necesaria de un verdadero corpus jurídico”. En América los Incas imponían severas penas a las personas que dañaran a las aves productoras de guano, establecían cuotas de uso de agua a los agricultores. Nuestros antepasados Mayas, por su parte, imponían ciclos de uso y descanso de la tierra, respetaban lo que ésta producía y rogaban perdón por el daño causado. Los mayas como otras tribus eran muy inteligentes, es así que bíblicamente dispone que los suelos deben descansar o acaso no se recuerda la hambruna que paso la humanidad durante siete años de las vacas flacas y el único granero se encontraba el Egipto su administrador un hombre de DIOS. La naturaleza tiene sus siclos y buscara los medios que están decretados desde los tiempos inmemoriales para que la dejen descansar y pueda remediar sus heridas por el exceso de explotación a la que es sometida en la actualidad, sabemos muy bien que los fenómenos naturales, como tifones, huracanes, sequías, inundaciones, se han hecho presentes en varias partes del planeta y con graves consecuencias. En 1885, se firmó la Convención Internacional para proteger al salmón del río Rin, a pesar de lo cual los salmones nunca volvieron a poblar el río. Claro cómo iba ver repoblación si interrumpieron sus ciclos naturales de lo cual todavía hay muchos que todavía no lo entienden que todas las criaturas tienen que cumplir un trabajo, aunque a nosotros nos parezcan insignificantes. El 19 de marzo de 1902 se celebró la Convención de París para la Protección de los Pájaros Útiles a la Agricultura. El 8 de noviembre de 1933 se celebró la Convención de Londres Sobre la Convención de la Fauna y la Flora Natural. El 12 de octubre de 1940 se celebró en Washington la Conferencia para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas naturales del continente.

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Requiere precisar que la problemática ambiental no es un fenómeno nuevo, pues la sociedad humana desde su surgimiento ha gravitado sobre el medio ambiente siendo en si misma medio ambiente y se ha preocupado por lo que pudiéramos denominar interacción hombre-naturaleza, empleando el término hombre en el sentido de las actividades económicas sociales que, con una u otra implicación ambiental, a lo largo de la historia de la humanidad ha desarrollado. Constituyen precisamente estas regulaciones muestras de la proyección del pensamiento humano en función de conservar el entorno natural y la vida misma. En la década de los sesenta, la disciplina ambiental se afianzó en el pensamiento universal, las amas de casa, los líderes religiosos, los integrantes de los movimientos civiles y los políticos comenzaron a entender que era necesario pensar en un cambio en las relaciones con los elementos de la tierra. Se comenzó a entender que se debe armonizar la conservación con desarrollo. Además, de algunas catástrofes ambientales de carácter universal fueron alertando acerca de la necesidad de crear sistemas internacionales que permitieran resolver cuestiones que excedieran los límites de los Estados.

LA CONFERENCIA DE ESTOCOLMO Y SU RELACIÓN CON LA CONSTITUCIÓN ACTUAL. Con lo que se logró en Estocolmo dio el inicio del despertar pro ambiente de las sociedades del mundo, es así como lo vemos reflejado en la Constitución del Ecuador que nos habla del Derecho de la población a vivir en un ambiente sano, equilibrado, ecológico pero sobre todo que garantice la sostenibilidad y el bien vivir. Por lo que los antecedentes inmediatos de la conferencia sobre el Medio Humano se celebró en dos reuniones científico-políticas celebradas en el año de l968, la de la Biosfera, convocada en París y la de Aspectos Ecológicos para el Desarrollo Internacional, realizada en Washington. En 1969, la Asamblea General de las Naciones Unidas convocó a la Conferencia sobre el Medio Humano que debía realizarse en Estocolmo en junio de l972, se celebraron dos sesiones preparatorias la primera, en Nueva York, del 10 al 20 de marzo de 1971 y la segunda en Ginebra del 8 al 19 de febrero de 1972. La primera conferencia de los países ricos se alineó señalando la urgencia de atajar los problemas ambientales frenando prácticas de desarrollo depredadoras. Los países pobres, por su lado, no compartían que el problema ambiental fuera el mayor reto que afrontaba el planeta y, por supuesto, tampoco aceptaron frenar prácticas de desarrollo depredadoras que en el pasado propiciaron el 11

bienestar de los países hoy ricos pues eso significaba, según ellos, una condena al subdesarrollo en nombre del ambiente. El impase se resolvió a favor de una fórmula de compromiso en la cual el desarrollo económico no era necesariamente incompatible con la protección ambiental y tal tipo de desarrollo se podría dar evitando daños al ambiente. También se acordó exhortar (una especie de rogativa)೥los países ricos a reducir la brecha de desarrollo existente entre ellos y los países subdesarrollados. Los principales instrumentos derivados de la conferencia fueron: Declaración de la conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano: Aprobada el 16 de junio de 1972, esta declaración constituye la Carta Magna del Derecho Ambiental. Plan de acción para el medio ambiente: Se encuentra integrado por 109 declaraciones referentes a los diversos sectores de acción, elaboradas en relación con tres aspectos principales: Evaluación de los problemas, medidas de gestión y medidas de apoyo. Programa de las Naciones Unidas sobre el medio ambiente (PNUMA): Tiene como misión especial proveer orientación ejecutiva y actuar como instrumento catalizador para el desarrollo de los programas de cooperación internacional en materia ambiental. A partir de la conferencia de Estocolmo se produjo un desarrollo espectacular del Derecho Ambiental Internacional, que se materializa en: Instrumentos de naturaleza declarativa (jurídicamente no vinculantes) a) Carta de derecho y deberes económicos de los Estados, diciembre de 1974. b) Principio de conducta en el ámbito de medio ambiente en materia de conservación armoniosa de los recursos naturales compartidos por dos o más Estados. c) La Carta Mundial de la naturaleza, adoptada por Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 28 de octubre de 1982. Con posterioridad a la Declaración de Estocolmo se divulgan decenas de convenios internacionales globales, regionales, bilaterales, cuya regulación ha cubierto los distintos sectores del medio ambiente necesitados de protección (Capa de ozono, contaminación de los mares y océanos, conservación de la naturaleza de los desechos, aguas dulces y otros) Como producto de la Conferencia de Estocolmo y la organización inicial del Derecho Ambiental Internacional Sand dice que: "para finales de los 80, por fin, el derecho internacional ambiental emergió como una disciplina académica 12

distinguible. De hecho el enverdecimiento del Derecho Internacional, la política y las instituciones se convirtieron algo así como un objetivo misionero y una meta narrativa para una generación de activistas ambientales comprometidos”.

Capítulo 2 (Ponle un título acorde porfa) La Constitución ecuatoriana, establece que el Estado promoverá en el sector público y privado el uso de tecnologías con responsabilidad social y ambiental. Las centrales hidroeléctricas deben asegurar el mantenimiento de un caudal de agua o caudal ecológico, que asegure la conservación y mantenimiento de los ecosistemas y la biodiversidad. Coordinación estratégica, con varias instituciones públicas, como Medio Ambiente, Secretaria Nacional del Agua, coordinación con el sector estratégico, Gobiernos autónomos descentralizados (Municipios). El Gobierno Nacional está dando todos los pasos para cambiar la matriz energética que es altanamente contaminadora ya que proviene del Petróleo y el otro porcentaje se la utiliza en el sector del transporte o vehicular. Patrimonio Hídrico 2013. La Constitución de la República del Ecuador establece que el agua es un elemento estratégico del Estado. Fue creada por el Gobierno en el año 2008, la Secretaría del Agua, con la misión de aplicar las políticas públicas para evitar las inequidades por indebidas concesiones a particulares ya que es abundante este recurso hídrico y proteger este bien de todos los ecuatorianos y ecuatorianas. El secretario del Agua, Walter Soliz, dio a conocer que se encontraron reservorios particulares que eran más grandes de los que existen para dar agua a la península de Santa Elena. Bajo los lineamientos del Estado la preservación y manejo del agua con criterios de equidad, sobre todo apoyar la gestión comunitaria responsable, a las organizaciones campesinas e indígenas en los territorios para garantizar los procesos de conservación. Implementarse programas de control para el control del agua destinada al consumo humano. En la Constitución se reconoce al agua como un derecho fundamental e irrenunciable como patrimonio nacional estratégico de uso público, por lo que se prohíbe toda forma 13

de privatización de dicho elemento vital y es así que dicha responsabilidad reposa en una institución estatal SENAGUA (Sistema Nacional del Agua) que promueve estándares internacionales de derechos humanos en proyectos estratégicos para asegurar la plena vigencia del agua. La Secretaría del Agua en otro proyecto emblemático es el multipropósito Chone que mitigará las inundaciones que padece la ciudad manabita y dará riego a más de 2 200 hectáreas. Este plan que terminará en unos cuatro años. El Plan Nacional del Buen Vivir este instrumento de aplicación se sustenta en políticas públicas, programas, proyectos de inversión y asignación de recursos públicos que toma en cuenta las necesidades de los gobiernos autónomos descentralizados (municipios), entre sus objetivos la igualdad, integración social y territorial, calidad de vida, derechos de la naturaleza, ambiente sano, soberanía etc. Cambio de energía sólida por ecológica, Ecuador ha dependido mucho de los combustibles fósiles, esto quiere decir que tenía que comprar o adquirir en otras naciones para suplir el mercado nacional. Dos puntos clave se han podido determinar la dependencia de combustibles sólidos esto crea la vulneralidad del país, se había invertido muy poco en diversas fuentes de generación energética, ahora se ve grandes proyectos hidroeléctricos, eólicos, paneles solares, geotérmica, mareomotriz, que disminuirán la contaminación ambiental. Además con esta propuesta que se está realizando en varios sectores del país en pocotiempo se comenzará a vender energía limpia a los países vecinos. Las termoeléctricas que utilizan bunker, diesel y gas natural, que afecten al medio ambiente debe irse desechando poco a poco. Ha habido grandes desperdicios del gas por parte de las grandes petroleras que han dejado un sabor amargo a las comunidades que viven en la Amazonía , ahora se está instalando grandes tuberías para el gasoducto, que en vez de quemar va a ser distribuido a través de este sistema que le permitirá reducir gastos de divisas. Tres grandes ciudades Guayaquil, Quito, y Cuenca a través de sus municipios (organismos descentralizados) llevan un control de la contaminación industrial y recolección de basura y tratamiento de desechos y tratamiento de aguas negras. Turismo sustentable, a través de la promoción de igualdad y buen vivir, que están presentes en todas las políticas respeto a las comunidades, pueblos, nacionalidades se promueve la participación ciudadana en asuntos de interés público, siembra de árboles nativos, control de productos ajenos al 14

ambiente, y que sean ellos los que sirvan como guías para los turistas nacionales y extranjeros y que recreen con la naturaleza en un momento de recreación y sano esparcimiento para las familias. Está sentando las bases un nuevo paradigma de la protección ambiental, que establece un nuevo enfoque de un desarrollo sustentable, ya que las actividades del hombre sean económicamente viables, equitativas y sustentables, respetado los ciclos vitales de la naturaleza. Puerto López (Manabí) ballenas y otros atractivos. Se posesiona como un gran destino turístico para observar a las ballenas jorobadas que se aparean en las costas ecuatorianas sobre todo en el mes de agosto, la propuesta es limpiar el estero contaminado, ciclovías, arborización, como medio sustentable. Lo mismo se hará con otras ciudades como San Lorenzo límite fronterizo con Colombia, Provincia de Esmeraldas; Río Verde, en Tungurahua; Huaquillas, frontera sur con Perú, provincia de el Oro. Las mismas que se les dotaran todos los servicios para seguir impulsando el buen vivir y mejorar su entorno con la naturaleza. El Ministerio del Ambiente con el objetivo de incentivar al sector público y privado, a emplear nuevas y mejores prácticas productivas y de servicios, desarrolló PUNTO VERDE como una herramienta para fomentar la competitividad del sector industrial y de servicios, comprometidos con el medio ambiente. Medio Ambiente y la calificación del PUNTO VERDE. La Certificación es un incentivo a empresas de producción o servicios que demuestren haber implementado uno o más casos de Producción Limpia. . Las Empresas son evaluadas por el Ministerio previa solicitud, la finalidad es que tiene reducir los productos que afectan el ambiente, tal como lo está haciendo la Planta Ingenio San Carlos, ubicada en el cantón Marcelino Maridueña de la provincia del Guayas, La reducción del 72,20% del consumo del búnker por cogeneración eléctrica a partir de biomasa o bagazo de caña, obteniendo simultáneamente energía eléctrica y energía térmica útil; la optimización del uso del 4,3% de agua a través de un sistema de lavadores de gases en calderos, torres de enfriamiento y filtración de jugo; la reducción del consumo de 11,08 galones por hectárea año de diesel, a partir de la aplicación del proyecto agricultura de precisión (consiste en analizar el requerimiento específico de cada parcela de suelo, para labrar solo si es necesario); y finalmente por la recuperación del 12,73% de aceite usado, que es purificado para mezclarlo con aceite virgen y destinarlos a la maquinaria agrícola. Fuente: Ministerio del medio Ambiente Las empresas que hasta el momento han obtenido "Punto Verde" por producción limpia son: 15

1.- Sociedad Industrial Agrícola San Carlos 2 Novacero S.A. "Planta Lasso" 3.-Italimentos 4.-Marbelize

6.- Holcim – "Planta Latacunga" 7.-Seafman 8.- Intercia 9.-Equisplast (Primera empresa certificada)

5.- Codana

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Estas empresas son un ejemplo, ya que se han empoderado con esta política pública que lidera el Ministerio del Ambiente.

Capítulo 3 Derechos de la Naturaleza según la Constitución del Ecuador Derechos de la naturaleza 

Art. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos. Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observaran los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema.

(Pon lo que piensas de este derecho) 

Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de Indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas.

Lo que piensas 

Art. 73.- EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional.

Lo que piensas



Art. 74.- Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir. Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado.

Lo que piensas

Conclusiones 

La Constitución presenta por primera vez en América Latina, los derechos de la Naturaleza y derecho a su restauración, por lo tanto genera una nueva articulación, además se generan las nuevas políticas de gestión ambiental basado en la buena vida (sumak kawsay), creando una nueva estrategia de desarrollo.



Se impulsa con mucha fuerza la ecología y ética ambiental, por lo que se han abierto nuevas formas de valoración ambiental y la asimilación de todos los saberes indígenas.



La O.N.U. ve con agrado y satisfacción la propuesta del Ecuador de que se elabore la Primera Declaración de los Derechos de la Naturaleza que tiene como objetivo principal conservar, defender, y proteger los derechos de la naturaleza a nivel del mundo, siendo este organismo el más idóneo para establecerla.



Ecuador sentó un precedente al mundo al colocar en forma pionera y acertada a la naturaleza en un rango constitucional otorgándole derechos como ente supra para el desarrollo de la vida y de las futuras generaciones de este planeta.