Demanda de Consignacion de Alimentos

SEÑOR JUEZ DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA.- Señor juez de la familia, mu

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SEÑOR JUEZ DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA.-

Señor juez de la familia, mujer, niñez y adolescencia de la corte provincial de justicia, a usted

muy

respetuosamente

comparezco,

digo

y

solicito.

Walter Guerra Quiñonez, ecuatoriano de 22 años, soltero, domiciliado en la ciudad de Guayaquil. Paola Zambrano Suarez, ecuatoriana, soltera, de 22 años, ama de casa, domiciliada en la ciudad de Guayaquil Que de la relación de convivencia mantenida con la señora Paola Zambrano Suarez hemos procreado a un menor quien responde a los nombres de: Ricardo Guerra Zambrano de 5 años de edad, conforme obra de la partida de nacimiento que en original adjunto.

Que desde hace aproximadamente 1 año me encuentro separado de la madre de mi hijo, pero siempre he atendido mis obligaciones de padre ya que he entregado dinero en efectivo directamente a la madre de mi hijo para que satisfaga las necesidades del menor, siempre acorde a mi capacidad económica. La presente demanda está debidamente fundamentada en el artículo innumerado 5 y siguientes de la Ley Reformatoria al Título V, Libro II del Código de la Niñez y Adolescencia. En atención a lo que dispone en el artículo innumerado 5 y siguientes de la Ley Reformatoria al Título V, Libro II del Código de la Niñez y Adolescencia, demando en el presente expediente de Consignación Voluntaria a fin de que se ordene que mediante Pagaduría se me reciba la cantidad de USA $200,00 (DOS CIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA), más los beneficios de ley señalados en el artículo innumerado 16 del referido cuerpo legal.

La cuantía de la presente demanda es de USA $ 100,00 (CIEN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). El trámite que debe dársele a la presente demanda se sustanciará conforme al Procedimiento establecido en la CITADA ley Reformatoria.

A la señora Paola Zambrano Suarez se la citará en su domicilio, ubicado en las calles Francisco Segura y José Mascote 315 en la ciudad de Guayaquil, para que tenga conocimiento de la consignación voluntaria que me encuentro realizando a favor de mi hijo el menor Ricardo Guerra Zambrano. Autorizo al abogado Cristian Suriaga Sanabria profesional en derecho, a quien faculto para que con su sólo firma, en mi nombre y representación, presente cuantos escritos considere pertinentes para la consecución de los derechos constitucionales que me asisten, fijo como mi domicilio legal la casilla judicial No 8012,

así como del correo

electrónico cristian24_11ive.com, para la recepción de futuras notificaciones actuariales que me correspondan derivadas de éste proceso.

Firmo con mi abogado defensor.

Ab. Cristian Suriaga Sanabria