Defensa Nacional

La seguridad nacional se refiere a la noción de relativa estabilidad, calma o predictibilidad que se supone beneficiosa

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La seguridad nacional se refiere a la noción de relativa estabilidad, calma o predictibilidad que se supone beneficiosa para el desarrollo de un país; así como a los recursos y estrategias para conseguirla (principalmente a través de la defensa nacional). Mientras que los objetivos clásicos de la seguridad nacional consistían en prevenir o rechazar amenazas militares de estados (la guerraclásica), en la actualidad las amenazas a la seguridad nacional son más difusas, e incluyen el terrorismo, los riesgos medioambientales y fenómenos sociales de escala global como las migraciones masivas. Según el plan estratégico antiterrorista del Reino Unido, su objetivo es que la gente pueda llevar adelante su vida diaria con libertad y confianza.1 Un concepto de aparición reciente (1994) es el de seguridad humana; mientras que un concepto limitado al orden público interior suele definirse como seguridad ciudadana. La seguridad nacional es un objetivo a cumplir, y consiste en que la sociedad, como conjunto, tenga las condiciones de tranquilidad y colaboración necesarias para poder vivir y prosperar en paz. Seguridad nacional y paz están vinculadas como ausencia de presiones sobre la sociedad, para que esta sea un ambiente dentro del cual las personas puedan desarrollarse de manera plena. Está vinculada con la prosperidad, porque una sociedad segura tiene mejores condiciones para progresar. A su vez, el progreso de la sociedad permite mayores condiciones de seguridad. La seguridad nacional puede ser amenazada de diversas maneras: bien por el peligro de conflicto interno, como por ejemplo una sublevación que amenace el orden institucional del Estado. Como las amenazas siempre están latentes, para alcanzar una mayor seguridad nacional cada sociedad debe elaborar una política de defensa nacional. La defensa nacional consiste en el conjunto de precauciones y medidas preventivas necesarias para evitar que las amenazas se vuelvan serias y graves, tratando de controlarlas, y de ser posible, extinguirlas, como preparación para un eventual conflicto en el que haya que defenderse de hecho contra un agresor, externo o interno.

Defensa nacional Defensa nacional son las actividades políticas que desarrollan los estados-nación modernos, para evitar o rechazar los ataques militares que eventualmente pudieran realizar otros estados-nación. Las actividades más habitualmente relacionadas con la defensa nacional son las que están referidas a las fuerzas armadas y la guerra; sin embargo otras actividades y políticas están íntimamente relacionadas con la defensa nacional, como la investigación y desarrollo de tecnologías de punta, la provisión de materias primas estratégicas y alimentos, la industria básica y la ocupación del territorio.

Si bien el término alude expresamente a la idea de "respuesta ante un ataque externo", rechazando la noción misma de "ataque", muchas veces las actividades de defensa nacional son utilizadas por los países para realizar actos de agresión contra otros países, con la excusa de que los mismos fueron ejecutados para prevenir un ataque exterior planeado con anterioridad. El organismo estatal encargado de ladefensa nacional suele denominarse Ministerio o Secretaría de Defensa, que históricamente reemplaza al antiguo Ministerio de Guerra.

Contenido [ocultar]



1 La guerra y la paz: defensa y diplomacia



2 Las fronteras



3 Fuerzas armadas: seguridad exterior e interior



4 Equilibrio militar e hipótesis de guerra



5 La inteligencia externa



6 Relaciones internacionales y geopolítica



7 Pactos internacionales de defensa



8 «Terrorismo» y narcotráfico: dilemas de la defensa moderna



9 Bibliografía



10 Véase también



11 Enlaces externos

[editar]La

guerra y la paz: defensa y diplomacia

La dinámica entre guerra y paz se encuentra en el centro de la actividad de los estados desde sus mismos orígenes. Todos los estados existentes en la historia de la humanidad se han organizado como estados integrados por determinados grupos étnicos, enfrentados a su vez con otros grupos étnicos organizados estatalmente con los suelen entran en guerra o acordar alianzas defensivasofensivas. La guerra, como actividad estrictamente humana, está integrada por dos fases: el ataque y la defensa. Históricamente, el ataque fue la forma dominante, bajo la forma de guerras de conquista, sobre todo en el proceso de expansión europea (1492-1914). En los últimos siglos comenzaron a surgir normas internacionales que limitaron progresivamente el derecho de las naciones a atacar militarmente a otras naciones, hasta llevarlo a su mínima expresión con la fundación de las Naciones Unidas que prohíbe resolver un conflicto internacional recurriendo a la fuerza, desarrollando el concepto de la guerra misma como crimen. Es entonces que aparece en todo el mundo el concepto de «defensa nacional», con el fin de excluir el ataque, la invasión y la conquista de la acción militar legítima.

Las actividades orientadas a la guerra y la defensa, están a su vez relacionadas estrechamente con la diplomacia, a cargo de losministerios de relaciones exteriores. Se ha dicho que la diplomacia es un puente entre la guerra y la paz.

[editar]Las

fronteras

Artículo principal: Frontera. La defensa tiene uno de sus epicentros en las políticas y actividades de frontera. Las fronteras nacionales están emparentadas con la función eminentemente defensiva que tenían las murallas de las antiguas ciudades. Las fronteras suelen ser accidentes geográficos con características naturalmente defensivas: montañas, ríos, mares, desiertos, lagos. La naturaleza terrestre, área, marítima, fluvial o lacustre de una frontera, determina a su vez el tipo de medidas defensivas a adoptar: radares, aviones, fortalezas, embarcaciones, etc. La localización de las bases militares suele estar muy relacionada con la situación de las fronteras.

[editar]Fuerzas

armadas: seguridad exterior e interior

Artículo principal: Fuerzas armadas. Las fuerzas armadas son la base de la defensa nacional. Sin embargo en muchas ocasiones, las fuerzas armadas han sido utilizadas como factor de poder interno, para enfrentar a la ciudadanía y asumir el gobierno. Por esa razón en las naciones democráticas se prohíbe legalmente a las fuerzas armadas intervenir en asuntos internos. Las fuerzas armadas se organizan clásicamente de acuerdo al medio en el que tienen que actuar: tierra (ejército), agua (armada) y aire (fuerza aérea).JHJJ

[editar]Equilibrio

militar e hipótesis de guerra

La defensa de un país se organiza a partir de las hipótesis de guerra, es decir de las probabilidades de mantener un conflicto armado con determinados países. En general, las hipótesis de guerra para la mayoría de los países están relacionadas con los países vecinos. Muchas veces los conflictos entre países vecinos provienen de cuestiones pendientes sobre las fronteras comunes. Los grupos de países vecinos forman regiones en las cuales se han ido estableciendo complejos equilibrios (tamaño de los países, alianzas, etc.) capaces de garantizar la seguridad mútua. Dentro de estos equilibrios los países observan atentamente el nivel dearmamentismo de sus vecinos de modo tal de evitar que alguno posea una capacidad militar de ataque que no pueda ser repelida por los demás. El equilibrio armamentístico y los eventuales desequilibrios que se producen normalmente, pueden llevar al peligroso fenómeno de laescalada armamentística.

[editar]La

inteligencia externa

Artículo principal: Inteligencia militar. La inteligencia es una actividad esencial de la defensa. Cada país precisa saber que están haciendo los demás países para organizar su defensa. La inteligencia se asocia habitualmente de manera casi exclusiva con el espionaje, actividad que constituye un delito pero que sin embargo realizan todos los países del mundo. Sin embargo la inteligencia va mucho más allá del espionaje, porque implica obtener y procesar los datos sobre otros países, necesarios para conocer cual es su capacidad de ataque. Por lo tanto, no solo está referido a conocimientos sobre instalaciones militares y armamentos, sino también a cuestiones políticas, demográficas, económicas, geográficas y culturales que resultan de importancia en situaciones de guerra.

[editar]Relaciones

internacionales y geopolítica

Artículo principal: Relaciones internacionales. Artículo principal: Geopolítica. El estudio de las relaciones internacionales y la geopolítica tiene gran importancia para los diseños y acciones de defensa. Las relaciones internacionales como disciplina, permite comprender los intereses y movimientos estratégicos de las naciones, así como las alianzas que forman entre ellas, para establecer la situación de cada país en ese cuadro y los riesgos potenciales a los que se encuentra sometido. La geopolítica, abandonada como disciplina luego de la Segunda Guerra Mundial pero resurgida en la globalización, establece las implicancias políticas y militares de ciertas áreas geográficas, y por lo tanto las necesidades de defensa que se derivan de ello.

[editar]Pactos

internacionales de defensa

Los estados-nación establecen alianzas entre ellos por diversas razones comerciales, culturales, políticas, geográficas, etc. Muchas veces esas alianzas incluyen acuerdos de defensa mutua. El más conocido en el mundo es la OTAN, un acuerdo de defensa mútua realizado entre los países europeos y Estados Unidos, Canadá y Turquía, pensado originalmente durante la Guerra Fría (1945-1991) para oponerse militarmente al bloque comunista organizado en una alianza defensiva similar llamado Pacto de Varsovia. Otra alianza defensiva es elTratado Interamericano de Asistencia Recíproca (TIAR), muy afectado después de su ineficacia en la Guerra de las Malvinas (1982).

[editar]«Terrorismo»

y narcotráfico: dilemas de la defensa

moderna El «terrorismo internacional» y el narcotráfico se han presentado como problemas frente a los criterios tradicionales en materia de defensa. En ambos casos se trata de actividades llevadas adelante por organizaciones que no son estados y por lo tanto rompen el esquema clásico interiorexterior.

Desde la primera mitad del siglo XX, algunos estados han comenzado a sostener que el «terrorismo» debía ser enfrentado con criterios particulares de defensa. En particular la Alemania Nazi, desarrollaron una serie de criterios sobre guerra sucia para enfrentar esta amenaza, que en cierta medida también han sido tomados por Estados Unidos a partir de los ataques del 11 de septiembre de 2001. Por su parte el narcotráfico ha organizado estructuras internacionales ilegales y armadas que en reiteradas oportunidades han llevado a la intervención militar. Esto ha provocado un amplio debate sobre la conveniencia o no de involucrar a las fuerzas armadas en la represión del narcotráfico.

[editar]Bibliografía 

Autores Varios. (1994). Seguridad y Defensa en la Posguerra Fría. Buenos Aires: Círculo Militar



Balza, Martín Antonio, "La seguridad entre los países del Mercosur", en SER en el 2000, Nº 8, octubre de 1995, pp.25-27 (ver en línea)



Balza, Martín Antonio, "La seguridad regional", en La Nación, La Nación, 17 de agosto de 1993 (ver en línea)



Bruneteau, Bernard (2006). El siglo de los genocidios, Alianza



Davis Hanson, Victor (2004). Matanza y cultura, TURNER FCE



Dew, Andrea J; Shultz, Richard H. Jr. (2006). Insurgents, terrorists and militias: the warriors of contemporary combat, Columbia University



Ferro, Marc (2005). El libro negro del colonialismo. Siglos XVI al XXI: del exterminio al arrepentimiento, La Esfera de los Libros ISBN 84-9734-380-8



Hobsbawn, Eric (2007). Guerra y paz en el siglo XXI, Memoria Crítica, ISBN 84-8432-875-9



Pérez, Jesús (2010). Guerras Posmodernas, ElCobre Ediciones

[editar]Véase

también

Por desarrollo se refiere expandir, darle extensión a aquello que se encuentra arrollado o comprimido y acrecentarlo, maximizar aquello que es susceptible de crecer. Los seres vivos, las ideas, las culturas, los espacios, los países, entre otros, son plausibles de desarrollo. En tanto, el Desarrollo Nacional resulta ser la capacidad que ostenta un país, una comunidad, para mejorar el bienestar social de su pueblo, por ejemplo y entre otras cuestiones, ofreciéndoles excelente condiciones laborales, oportunidades de empleo concretas, acceso a la educación, a una vivienda digna, a la salud y la distribución equitativa de la riqueza nacional. Tal estado de cosas solamente será posible mediante la implementación de un conjunto

de políticas que facilitarán el crecimiento económico de manera equilibrada y equitativa para cada uno de los componentes. Y otra cuestión insoslayable en el desarrollo es que la cultura y la tradición que ostente la comunidad deberán ser absolutamente respetada.

Constitución Política del Perú 1993 TITULO IV DE LA ESTRUCTURA DEL ESTADO CAPITULO XII DE LA SEGURIDAD Y DE LA DEFENSA NACIONAL

Articulo 163º.El Estado garantiza la seguridad de la Nacion mediante el Sistema de Defensa Nacional. La Defensa Nacional es integral y permanente. Se desarrolla en los ambitos interno y externo. Toda persona, natural o juridica, esta obligada a participar en la Defensa Nacional, de conformidad con la ley. Articulo 164º.La direccion, la preparacion y el ejercicio de la Defensa Nacional se realizan a traves de un sistema cuya organizacion y cuyas funciones determina la ley. El Presidente de la Republica dirige el Sistema de Defensa Nacional. La ley determina los alcances y procedimientos de la movilizacion para los efectos de la defensa nacional. Articulo 165º.Las Fuerzas Armadas estan constituidas por el Ejercito, la Marina de Guerra y la Fuerza Aerea. Tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberania y la integridad territorial de la Republica. Asumen el control del orden interno de conformidad con el articulo 137º de la Constitucion. Articulo 166º.La Policia Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. Presta proteccion y ayuda a las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio publico y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras. Articulo 167º.El Presidente de la Republica es el Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional.

Articulo 168º.Las leyes y los reglamentos respectivos determinan la organizacion, las funciones, las especialidades, la preparacion y el empleo; y norman la disciplina de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional. Las Fuerzas Armadas organizan sus reservas y disponen de ellas segun las necesidades de la Defensa Nacional, de acuerdo a ley. Articulo 169º.Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional no son deliberantes. Estan subordinadas al poder constitucional. Articulo 170º.La ley asigna los fondos destinados a satisfacer los requerimientos logisticos de las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional. Tales fondos deben ser dedicados exclusivamente a fines institucionales, bajo el control de la autoridad señalada por la ley. Articulo 171º.Las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional participan en el desarrollo economico y social del pais, y en la defensa civil de acuerdo a ley. Articulo 172º.El numero de efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional se fija anualmente por el Poder Ejecutivo. Los recursos correspondientes son aprobados en la Ley de Presupuesto. Los ascensos se confieren de conformidad con la ley. El Presidente de la Republica otorga los ascensos de los generales y almirantes de las Fuerzas Armadas y de los generales de la Policia Nacional, segun propuesta del instituto correspondiente. Articulo 173º.En caso de delito de funcion, los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional estan sometidos al fuero respectivo y al Codigo de Justicia Militar. Las disposiciones de este no son aplicables a los civiles, salvo en el caso de los delitos de traicion a la patria y de terrorismo que la ley determina. La casacion a que se refiere el articulo 141º solo es aplicable cuando se imponga la pena de muerte. Quienes infringen las normas del Servicio Militar Obligatorio estan asimismo sometidos al Codigo de Justicia Militar. Articulo 174º.Los grados y honores, las remuneraciones y las pensiones inherentes a la jerarquia de oficiales de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional son equivalentes. La ley establece las equivalencias correspondientes al personal militar o policial de carrera que no tiene grado o jerarquia de oficial. En ambos casos, los derechos indicados solo pueden retirarse a sus titulares por sentencia judicial.

Articulo 175º.Solo las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional pueden poseer y usar armas de guerra. Todas las que existen, asi como las que se fabriquen o se introduzcan en el pais pasan a ser propiedad del Estado sin proceso ni indemnizacion. Se exceptua la fabricacion de armas de guerra por la industria privada en los casos que la ley señale. La ley reglamenta la fabricacion, el comercio, la posesion y el uso, por los particulares, de armas distintas de las de guerra.

Título: Perú. Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional Fecha: 23/03/2005 Idioma: español

LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL LEY Nº 28.478 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA: Ha dado la Ley siguiente: LEY DEL SISTEMA DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL TÍTULO I Capítulo Único Objeto y Ámbito de Aplicación ARTÍCULO 1.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene como objeto regular la naturaleza,finalidad, funciones y estructura del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional. ARTÍCULO 2.- Ámbito de aplicación El Sistema de Seguridad y Defensa Nacional comprende, además de sus orgános componentes, todos los organismos públicos, personas naturales y jurídicas de nacionalidad peruana. las personas naturales y jurícicas extranjeras domiciliadas en el país deberán cumplir con las

disposiciones que de ella deriven. TÍTULO II CapítuloI Finalidad y Composición del Sistema ARTÍCULO 3.- Naturaleza y finalidad del Sistema El Sistema de Seguridad y Defensa Nacional es el comjunto interrelacionado de elementos del Estado cuyas funcines están orientadas a garantizar seguridad nacional mediante la concepción, planeamiento, dirección, preparación, ejecución y supervisión de la defensa nacional. ARTÍCULO 4.- Componentes del Sistema El Sistema de Seguridad y Defensa Nacional es presidido por el Presidente de la República e integrado por: a) El Consejo de seguridad Nacional; b) El Sistema de Inteligencia Nacional; c) El Sistema Nacional de Defensa Civil; d) Los Ministerios, Organismos Públicos y Gobiernos Regioanles. Capítulo II Del Consejo de Seguridad Nacional ARTÍCULO 5.- Consejo de Seguridad Nacional El Consejo de Seguridad Nacional es el órgano rector del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional. ARTÍCULO 6.- Composición El Consejo de Seguridad está conformado por: a. El Presidente de la República, quien lo preside;

b. El Presidente del Consejo de Ministros;

c. El Ministro de Relaciones Exteriores;

d. El Ministro del Interior;

e. El Ministro de Defensa;

f. El Ministro de Economía y Finanzas;

g. El Ministro de Justicia

h. El Jefe del centro Conjunto de las Fuerzas Armadas;

i.

El presidente del Consejo nacional de Inteligencia.

El presidente de la República en su calidad de Presidente del Consejo de Seguridad nacional, de acurdo a la naturaleza de sus asuntos a tratar y/o a petición de cualquiera de sus miembros, dispone la participación de cualquier otro funcionario del Estado, el cual tiene derecho a la voz pero sin voto. Los miembros que conforman el Consejo de Seguridad Nacional no podrán delegar representación. ARTÍCULO 7.- Funciones Corresponde al Consejo de Seguridad aprobar: j.

La Política de Seguridad y Defensa Nacional;

k. Los requerimentos presupuestarios originados como consecuencia del planiamiento Estratégico para la Seguridad y Defensa Nacional;

l.

Las adquisiciones de equipamiento militar de carácter estratégico destinado a la Defensa nacional procurando dentro de la función asignada a cada castrense la estandarización del equipamento;

m. Las directivas sobre Seguridad Nacional;

n. Los demás aspectos relacionados con la Seguridad Nacional.

ARTÍCULO 8.- Atribuciones de los miembros del Consejo Los miembros del Consejo de Seguridad Nacional actúan a las facultades conferidas por la Constitución Política, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, sus leyes organizativas y reglamentos.

ARTÍCULO 9.- Sesiones El Consejo de Seguridad Nacional se reunirá de manera ordinaria una vez cada tres meses y de manera extraordinaria cuando sea convocado por el Presidente de la República. ARTÍCULO 10.- Quorúm El quorúm para las sesiones del Consejo es la mitad más uno del número legal de sus miembros, incluyendo al Presidente del Consejo, sin cuya presencia no se da inicio a la misma. ARTÍCULO 11.- Acuerdos Los acuerdos del Consejo se adaptan por la mitad más uno del número legal de miembros del Consejo. El Presidente de la República tiene voto dirimente y ejerce la facultad de veto. ARTÍCULO 12.- Secretario El Director General de Política y Estrategia del Ministerio de Defensa es el Secretario del Consejo de Seguridad Nacional y como tal asiste a todas las reuniones del Consejo con derecho a voz pero no a voto. ARTÍCULO 13.- Acceso a la informacion Los acuerdos, actas, grabaciones y transcripciones que contienen las deliberaciones sostenidas en las sesiones del Consejo de Seguridad Nacional, dependiendo de su naturaleza, son de carácter secreto, reservado o confidencial, de acurdo a la clasificación que le otorgue el propio Consejo, en concordancia con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Capítulo III Del Sistema de Inteligencia Nacional ARTÍCULO 14.- Naturaleza y Finalidad El Sistema de Inteligencia Nacional forma parte del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional y se estructura para producir inteligencia y realizar actividades de contrainteligencia necesarias para la Seguridad nacional. Se rige por su propia ley y reglamento. Capítulo IV Del Sistema Nacional de Defensa Civil ARTÍCULO 15.- Naturaleza y Finalidad El Sistema Nacional de Defensa Civil forma parte del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional. Tiene por finalidad proteger a la población, previniendo daños, proporcionando ayuda oportuna y adecuada, asegurando su rehabilitación en casos de desastres, calamidades o conflictos. Se rige por su propia ley y reglamento. Capítulo V De los Ministerios, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y sus Oficinas de Defensa Nacional

ARTÍCULO 16.- Naturaleza y Finalidad Los Ministerios, Organismos Públicos y Gobiernos Regionales son los elementos de ejecución del Sistema de seguridad y Defensa Nacional, encargados de plantear, programar, ejecutar y supervisar las acciones de defensa nacional, en las áreas especificas de responsabilidad. Para el cumplimiento de estas funciones cuentan con Oficinas de Defensa Nacional, que dependen de las más altas autoridades de su función. ARTÍCULO 17.- Oficinas de Defensa Nacional Las Oficinas de Defensa Nacional asesoran al Ministro, Jefe del Organismo o al Presidente del Gobierno Regional en el planeamiento, programación, ejecución y supervisión de las acciones de seguridad y defensa nacional. Las Oficinas de defensa Nacional mantienen relación técnica con la Dirección General de Política Y Estrategia del Ministerio de Defensa. ARTÍCULO 18.- Del órganismo principal de ejecución El Ministerio de Defensa, como todo órgano principal de ejecución del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, es el encargado de formular, coordinar,implementar, ejecutar y supervisar la política de defensa nacional en el campo militar, de acuerdo a las leyes vigentes. DISPOSICIONES FINALES PRIMERA.- Educación en Seguridad y Defensa La educación en materia de seguridad y defensa nacional es obligatoria en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo de Perú. SEGUNDA.- Reglamento La siguiente Ley será reglamentada en el palzo de noventa (90) días calendario, a partir de la fecha de entrada en vigencia, mediante decreto supremo refrendado por los Ministros que integran el Consejo de Seguridad Nacional. TERCERA.- Compilación de legislación El Ministerio de Defensa elaborará y editará un texto único sobre legales referentes al Sistema de Seguridad y Defensa Nacional CUARTA.- Norma derogatoria y modificación del nombre del Decreto Legislativo Nº 743 Derógase todos los artículos del Decreto Legislativo Nº 743, salvo sus artículos 25 al 27, 29 al 45, y la Primera Disposición Final. Modifícase la denominación del Decreto Legislativo Nº 743, denomináse en adelante Ley que modifica los Decretos Legislativos Núms.437,438 y 439. QUINTA.- Obligatoriedad de proporcionar información y guardar reserva Los funcionarios y las autoridades públicas nacionales, regionales o municipales, deben proporcionar la información que les sea requerida por el Ministerio de Defensa y sea pertinente para los fines de la Seguridad y Defensa Nacional. Toda persona que por razón de su cargo o función, tome conociemiento de información clasificada relacionada con la Seguridad y Defensa Nacional, está obligada a guardar la reserva

correspondiente;así como, toda persona que tenga información de algún hecho atentatorio contra la Seguridad Nacional, está obligada a ponerlo en conocimiento de la autoridad competente. POR LO TANTO: Habiendo sida reconocida la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aporbado en sesión de la Comisión Permanente realizada el día quince de julio de dos mil cuatro, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Contitución Política del Estado, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los veintitrés días del mes de marzo de dos mil ciinco. ÁNTERO FLORES-ARAOZ,E. Presidente del Congreso de la República NATALE AMPRIMO PLÁ Primer Vicepresidente del Congreso de la República Fuente: Ministerio de Defensa de la República del Perú