Declarar Iva

¿Cómo se hace para..? DECLARAR IVA, PPM Y RETENCIONES Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos

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¿Cómo se hace para..? DECLARAR IVA, PPM Y RETENCIONES Importante: esta información que entrega el Servicio de Impuestos Internos, es sólo una guía de apoyo para los contribuyentes. Es deber de todo contribuyente leer la normativa vigente del SII. Actualización: 17 de enero 2008. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10.

Descripción del trámite paso a paso ¿A qué se refiere este trámite? ¿Quiénes deben realizar este trámite? ¿Cuándo se hace este trámite? ¿Dónde se hace este trámite? Requisitos para efectuar el trámite Observaciones Normativa relacionada al trámite Preguntas frecuentes del trámite Formularios relacionados al trámite

1. Descripción paso a paso 1) Para acceder a la descripción del trámite paso a paso para declarar y/o pagar del Formulario 29 vía Internet mediante formulario electrónico. (ver página 6) 2) Para acceder a la descripción del trámite paso a paso para declarar y pagar el Formulario 29 por papel. (ver página 7). 3) Descripción del trámite paso a paso para declarar el Formulario 29 sin pago por teléfono - Con movimiento, (ver página 8-10). y Sin movimiento, (ver página 11-12)

2. ¿A qué se refiere este trámite? Este trámite se refiere a la declaración y pago de los impuestos mensuales al Valor Agregado (IVA), Débito Fiscal (Ventas), Crédito Fiscal (Compras), Ventas Exentas y de Exportaciones y otros impuestos tales como: Retenciones de Segunda Categoría (Honorarios), Impuesto Único a los Trabajadores, Pagos Provisionales Mensuales (PPM) Obligatorios, Cotización Adicional de Salud, Créditos y Remanentes de Empresas Constructoras. La normativa que regula estos trámites se encuentra principalmente en el Decreto Ley Nº 825, sobre impuesto a las Ventas y Servicios, en ésta se establecen los conceptos principales relativos a la declaración de los impuestos a las ventas y servicios, los tipos de contribuyentes afectos o exentos obligados a declarar y pagar los impuestos, además de otras disposiciones relacionadas con los Impuestos a las Ventas y Servicios. Para cumplir con este trámite se debe utilizar el Formulario 29 de Declaración y Pago Simultáneo Mensual, el que puede ser presentado por Internet, a través de un Formulario Electrónico, por teléfono, o en cualquier Institución Financiera autorizada para recibir la declaración y pago, a través del Formulario 29 en papel.

Página 1 de 12 Este instructivo ha sido confeccionado de acuerdo con la normativa e instrucciones vigente; las modificaciones posteriores deberán ser consideradas para la aplicación de la información contenida en este documento

Cómo se hace para..? 3. ¿Quiénes deben realizar este trámite? Deben realizar este trámite los contribuyentes afectos a los Impuestos a las Ventas y Servicios, entre ellos las personas naturales, jurídicas y otros entes sin personalidad jurídica, que realicen ventas, presten servicios o efectúen alguna operación afecta con dichos impuestos, entendiéndose por operación afecta o gravada aquellas situaciones que de acuerdo a la ley dan origen a la aplicación y/o obligación de pagar impuesto. Además otros contribuyentes obligados a declarar impuestos de retención y/o pagos provisionales mensuales. Ejemplo de esos contribuyentes: • •

• •

Empresas que desarrollan actividades económicas de Primera Categoría (Industria, comercio, agricultura, minería, etc. ). Empresas que prestan de servicios de segunda categoría, entre ellos los profesionales y toda persona que desarrolle una ocupación lucrativa en forma independiente, los que deben emplear el formulario 29 para declarar sus ingresos y sus PPM asociados como anticipo a los futuros impuestos anuales a la Renta que le podrían afectar. Exportadores e Importadores. Otras actividades comprendidas en Códigos de Actividad Económica.

4. ¿Cuándo se hace este trámite? El plazo legal normal para presentar este formulario, es hasta el día 12 del mes siguiente al período tributario que se va a declarar y pagar, y en el caso que el plazo de declaración y pago venza en día feriado o en día sábado, este se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente. Para facilitar la presentación de declaraciones por Internet, se ha extendido el plazo hasta el día 28 del mes siguiente para aquellos contribuyentes que declaran sin pago y sin movimiento. Además, se ha incorporado una nueva opción que permite realizar las declaraciones sin movimiento y sin pago a través del teléfono hasta el día 28 de cada mes. Las declaraciones sin pago - con o sin movimiento- no se pueden presentar en las Instituciones Financieras, se deben presentar por Internet, por teléfono o en las Unidades del SII. Además, se contempla el beneficio de declarar y pagar el F29 el día 20 de cada mes para quienes declaren y paguen el Formulario 29 por Internet a través del sitio web del SII (www.sii.cl), y que además se encuentren en alguna de las siguientes situaciones: •

Que se encuentren operando en el Sistema de Factura Electrónica del Portal Tributario MIPYME, dispuesto en el sitio web del SII o estén autorizados como emisores de Factura Electrónica. • Que emitan sólo Boletas de Honorarios Electrónicas en el sitio web del SII (www.sii.cl). • Que sean contribuyentes que, en razón de las actividades que desarrollan, no estén obligados a emitir documentos tributarios (por ejemplo: talleres artesanales, empresas de transporte de pasajeros y kioscos, entre otros). Para mayor información de plazos de presentación del Formulario 29 puede consultar el Calendario del IVA. Si el plazo para presentar declaraciones ha vencido, Ud. puede declarar por Internet y pagar en línea los impuestos y los recargos correspondientes, o bien, concurrir a la unidad y declarar fuera de plazo, en cuyo caso se le emitirá un giro con los impuestos y recargos, el que deberá ser cancelado para tenerla por presentada y no quedar con alguna anotación en las bases del Servicio. La obligatoriedad de presentar el formulario 29 para los contribuyentes del IVA, es desde el mes en que efectúo su inicio de actividades, aun cuando no tuviere operaciones de compra o ventas, ya que se entiende que el contribuyente inicia actividad, cuando se efectúe cualquier acto u operación que constituya elemento necesario para la determinación de los impuestos periódicos que afecten a la actividad que se desarrollará, o que generen los referidos impuestos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68°, inciso 3°, del Código Tributario D.L.N° 830. Los contribuyentes que presten servicios en forma independiente clasificados en la Segunda Categoría, solo deben presentar el formulario 29 cuando hayan emitido boletas de honorarios por los cuales deban declarar y pagar, en carácter de pago provisional obligatorio, el 10% de los ingresos percibidos, según lo dispuesto en el artículo 84°, letra b), de la Ley sobre impuesto a la Renta , en concordancia con el artículo 89° de ese mismo texto legal. Página 2 de 12

Cómo se hace para..? 5. ¿Dónde y Cómo se hace este trámite? Este trámite se puede realizar desde cualquier lugar que disponga de un computador con acceso a Internet o en las Instituciones Financieras autorizadas para recibir esta declaración de impuestos con pago, por Teléfono y en la Unidad del SII cuando declare fuera de plazo: Cómo declarar por Internet Para declarar vía Internet, existen dos medios; Aplicación Electrónica o Software comercial. Para ambos necesita tener clave de acceso y en caso de no contar con ésta puede ser obtenida en Obtención de Clave Secreta: Declarar por Aplicación Electrónica • • • • • • • • •

Existe actualmente una aplicación disponible para todos los contribuyentes en el Menú de IVA, donde puede acceder a Ingreso y Pago de Declaraciones de Impuestos en Formularios 29 y 50 En ésta se debe ingresar con clave y Rut Ya identificado, ingresará a una pantalla que le mostrará todas las opciones disponibles para el formulario 29 y 50. Seleccione la opción, Formulario en pantalla Una vez que ha ingresado, Seleccione el Formulario 29, el período a declarar y el tipo de declaración. Complete el Formulario 29 con los datos a declarar. En esta misma opción podrá validar formulario y enviar, Guardar datos y limpiar Formulario Si la declaración tiene un pago asociado, éstos deberán ser pagados en línea con los medios disponibles para ello. En la actualidad éstos son Pago en Línea con cuenta corriente o tarjeta de crédito y PEC (pago con convenio) Formulario enviado y Certificado Solemne Verifique Estado de la Declaración

Software Comerciales autorizados por el SII, •

disponible en el sitio web del SII, sección Impuestos Mensuales(IVA-F29, F50) opción Casa de software certificadas

Cómo declarar por formulario en Instituciones Financieras 1. Adquirir el Formulario 29 en los kioscos de diarios del país suscritos para venderlos o solicitarlo en las unidades del Servicio de Impuestos Internos presentando su Cédula de Identidad o RUT. 2. Completar el Formulario 29, idealmente a máquina o con letra imprenta. 3. Presentarlo en cualquiera de las Instituciones Financieras autorizadas con el Rut del contribuyente que se está declarando. Las Instituciones Financieras sólo reciben declaraciones con pago. 4. Si tiene pago deberá realizarlo simultáneamente con la entrega de la declaración, lo que puede realizar al contado o con documento (cheque). 5. Puede concurrir personalmente o un mandatario, el que deberá estar debidamente autorizado mediante poder notarial simple.

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Cómo se hace para..? Cómo declarar por teléfono 1. Llame al 188-600-0744744. 2. Ingrese su Rut y número de Folio de alguna de sus últimas declaraciones de F29. El Folio ingresado debe corresponder al de alguna declaración vigente de F29 de los últimos 6 meses y que haya sido generada hace más de un mes. Por ejemplo: Para el mes de Enero de 2007 no puede ingresar el folio de una declaración de Diciembre de 2006. 3. Confirme su declaración sin pago o sin movimiento. 4. Anote el Folio de su declaración. Nota: El costo de la llamada es de $/seg más SLM, según tarifado proveedor del servicio. Este es un servicio prestado por Telefónica CTC Chile. 6. Requisitos para efectuar el trámite Declaraciones por Internet • Computador con acceso a Internet. • Clave secreta, si no la posee puede obtenerla desde el menú Registro de contribuyentes en el sitio web del SII (www.sii.cl). • Formulario 29, electrónico (como guía y apoyo). • Browser o navegador los recomendados por el SII Declaraciones en Instituciones Financieras • Formulario 29 en papel • Rut del declarante para ser presentado en la Institución Financiera autorizada para recibir esta declaración de impuestos al momento de presentar su declaración y pago. Declaraciones por Teléfono (sólo declaraciones Sin Pago – con o sin movimiento-) •

Folio de alguna de las últimas declaraciones de F29. El Folio ingresado debe corresponder al de alguna declaración vigente de F29 de los últimos 6 meses y que haya sido generada hace más de un mes. Por ejemplo: Para el mes de Enero de 2007, no puede ingresar el folio de un declaración de Diciembre de 2006.

7. Observaciones Al declarar en formulario 29 por papel puede tener algunos problemas o errores por lo tanto es recomendable que declare y pague por Internet evitándose notificaciones innecesarias. El declarar vía Internet tiene las siguientes ventajas: • • • • • •

Se evitan las pérdidas de declaraciones en el traslado desde el Banco. Se evitan los errores en la digitación. La declaración es validada aritméticamente, evitando diferencias No debe concurrir a las Instituciones Financieras, evitándose las esperas para presentar su declaración. Si debe declarar sin pago o sin movimiento de impuesto, dispone de un tiempo extra para presentar la declaración, hasta el 28 de cada mes, o si cumple con los requisitos para tener el beneficio de declarar y pagar el F29 el día 20 de cada mes. La declaración se encontrará inmediatamente disponible en las bases del Servicio, disminuyendo al mínimo los tiempos en que ésta sea cargada en los sistemas, pudiendo rectificar con anticipación si fuese necesario.

Al solicitar contabilidad computacional, usted adquiere obligaciones anexas, entre las cuales se encuentra la obligación de presentar el Formulario 29 por Internet, de acuerdo a los requisitos establecidos, para lo cual lo invitamos a informarse en la siguiente opción: Página 4 de 12



Cómo se hace para..? Solicitud de Contabilidad Computacional. A través de ésta aplicación Ud. podrá realizar la solicitud para sustituir sus libros de contabilidad por contabilidad computacional llevada en hojas sueltas.

8. Normativa relacionada al trámite Consulte las siguientes normativas en el sitio web del SII (www.sii.cl), menú Circulares y Legislación. • • •

Decreto Ley Nº 825, sobre impuesto a las ventas y servicios. Decreto Ley N824 , sobre el Impuesto a la Renta. Res. ex N°29 del 2002, obliga a contribuyentes que acumulen en forma continua 12 o más declaraciones de formulario 29, sin movimiento o no presentadas, a dar aviso de término de giro. • Res. exenta N°12 del 2001, establece validez de copias de declaraciones de impuestos presentadas por Internet y de los certificados de recepción de dichas declaraciones, obtenidos desde el sitio web del servicio de impuestos internos y sistema de verificación de autenticidad de dichas copias. • Res. Ex. N° 25, de 2002, deroga Res. Ex. N° 5.754 de 1999 y establece obligación de presentar declaración de impuestos en formulario 29 mediante transmisión electrónica de datos vía Internet a contribuyentes que indica. • Res. Ex N°27, del 2002, autoriza a los contribuyentes para presentar en la forma que se indica, por teléfono declaraciones "Sin Movimiento" en Formulario 29. • Res. Ex. N° 42, del 2002, complementa Res. Ex N° 25 del 2002 en los términos que se indica. • Res. Ex. N° 35, del 2003 , que reemplaza El Código 143 Del Formulario 29 Por El Código 505. • Res. Ex N° 57, del 2003, sobre presentación del Formulario 29 de IVA, sin movimiento. • Res. Ex N°65, del 2003, ampliase el plazo para presentar por Teléfono Declaraciones “Sin Movimiento” del Formulario 29, hasta el 28 de cada Mes. • Res. Ex. N° 74 del 2003 , que define nuevo Diseño para el Formulario 29 de Declaración y Pago Simultaneo Mensual de Impuestos. • Res. Ex. N° 45 del 30 de Abril del 2004, que modifica Res. Ex. SII N° 74 de 2003 Sobre Nuevo Diseño del Formulario 29 de Declaración y Pago Simultaneo Mensual de Impuestos. • Res. Ex N°75, del 2004, sobre Presentación de Declaraciones Mensuales (Formulario 29) sin Pago. • Circular N°48 del 2004, sobre procedimiento de atención y asistencia a los contribuyentes que declaren, modifiquen o rectifiquen el Formulario 29 de Declaración y Pago Simultáneo Mensual de Impuestos en las Unidades del Servicio de Impuestos Internos o por Internet. • Circular N° 09 del 2006 , que reemplaza instrucciones sobre el Formulario 29, de Declaración Mensual y Pago Simultáneo de Impuestos. 9. Preguntas frecuentes del trámite En el sitio web del SII (www.sii.cl) usted podrá acceder al menú de Preguntas Frecuentes relacionadas al trámite. 10. Formularios relacionados al trámite F 29. Para realizar este trámite requiere el formulario 29. Ud. puede obtener un borrador de éste en el sitio del Servicio en la opción Formulario F29. Este es sólo una referencia gráfica del documento, porque el formulario a presentar en la Institución Financiera autorizada, debe comprarlo en los Kioskos u obtener gratuitamente un ejemplar por contribuyente en las Unidades del Servicio presentando su cédula de identidad o Rol Único Tributario (RUT).

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Cómo se hace para..? DESCRIPCION PASO A PASO DECLARACION DE IVA, PPM Y RETENCIONES FORMULARIO ELECTRÓNICO Ingrese al menú IVA, a la opción “Ingreso y Pago de Declaraciones de Impuestos en Formularios 29 y 50”.

Identifíquese (utilizando su Rut y clave secreta).

Seleccione Declarar por Formulario en pantalla. Podrá presentar tanto declaraciones dentro como fuera de plazo ejecutándolas una a una.

Seleccione el Formulario 29, el período a declarar y el tipo de declaración. (al seleccionar un mes anterior al mes de septiembre de 2004, podrá elegir si realiza la declaración a través del formulario antiguo o nuevo).

Complete y valide el formulario electrónico, y envíe la declaración (si desea puede Guardar Datos). -Si está declarando Fuera de Plazo, el sistema le entregará los reajustes, intereses y multas correspondientes.

¿Generó pago la declaración? Sí No

Proceso de pago En el menú de IVA encontrará la opción Información para contribuyentes con pago.

Conciliación Banco – SII

Certificado de Declaración Recibida (Recomendamos imprimirlo).

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Cómo se hace para..? DESCRIPCION PASO A PASO DECLARACION DE IVA, PPM Y RETENCIONES UTILIZANDO F29 PAPEL Obtenga el F29 En kioscos a un valor de $60 o en la Unidad del SII correspondiente a su domicilio, en forma gratuita (sólo un ejemplar por contribuyente).

Complete el formulario 29: •

Debe llenar los datos a máquina o con letra imprenta.



Siga las instrucciones indicadas para el formulario para llenar los códigos, si tiene dudas consulte el Formulario, el Decreto Ley 825 sobre impuesto a las ventas y servicios o el Suplemento tributario del nuevo F29



Si la declaración de impuestos resulta ser con pago, asegúrese de registrar el valor en el código 91.



Si la declaración está fuera de plazo calcule los reajustes, intereses y recargos correspondientes, asegúrese de no tener diferencia y de registrar claramente los valores en los códigos 91, 92, 93 y 94. con pago

sin pago

Si la declaración es sin pago (con Presente su declaración en el Banco o Instituciones Financieras autorizadas movimiento o sin movimiento), debe ser presentada: para recibirla. •





Debe acompañar el Rut del contribuyente, se le solicitará en el momento de entregar la declaración. deberá adjuntar el dinero para pagar los impuestos declarados, en efectivo o cheque a nombre de la “Tesorería General de la República” cruzado y nominativo.



Por Internet,



Por Teléfono, marque N° 188-600-0744744.



En la Unidad del SII,

Asegúrese de obtener según corresponda el Certificado, el Folio, o el Formulario timbrado, respectivamente.

Asegúrese de que el formulario sea timbrado con la fecha en que presentó la declaración, debe quedarse con la copia del formulario también timbrada.

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Cómo se hace para..? DESCRIPCIÓN PASO A PASO DECLARACION F29 SIN PAGO Y CON MOVIMIENTO POR TELEFONO

Marque N° 188-600-0744744

Bienvenido a la aplicación del Servicio de Impuestos Internos para declarar "sin pago" el Formulario 29 del mes en curso. Para realizar una declaración sin movimiento y sin pago marque 1, para una declaración con movimiento y sin pago marque 2.

Marque 2 para su declaración con movimiento.

Si la declaración contiene solamente arrastre de remanente marque 1, para declaración con remanente y movimiento de IVA marque 2, para declaración con remanente, movimiento de IVA y cotización adicional marque 3, para declaración con remanente, movimiento de IVA y crédito de empresas constructoras marque 4.

Marque el n° que corresponde a su declaración.

Marque el RUT a declarar, si termina en K, reemplácelo por uno.

Marque el número de RUT.

Ingrese un número de folio, de los últimos 6 meses, que haya sido declarado hace más de un mes.

Ingrese el número de FOLIO.

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Cómo se hace para..?

Usted marco el n° de folio xxxxxx , si el número es correcto marque 1, de lo contrario marque 2.

Marque 2.

Marque 1.

Por favor espere un momento mientras verificamos el folio ingresado.

No existe una declaración anterior para el período

Si existe una declaración anterior para el período

Ya existe declaración en el mes para el RUT y su folio es el xxxxxx.

Gracias por llamar

A continuación se le solicitará ingresar los valores correspondiente a su declaración.

Línea x, ingrese el valor para el código xx , "Glosa Código", para el punto decimal presione * (solo para los valores en UTM), finalice presionando #.

Marque los valores para los códigos indicados.

Por favor espere un momento mientras validamos los datos de su declaración.

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Cómo se hace para..? La declaración a realizar contiene los siguientes valores: Línea x, código xx , "Glosa Código", valor xxxx; Línea x, código xx , "Glosa Código", valor xxxx; Línea x, código xx , "Glosa Código", valor xxxx; ..........

Si desea confirmar su declaración marque 1 y espere por el n° de folio, si desea agregar o modificar algún valor marque 2.

Marque 1.

Marque 2.

Ingrese el código del formulario 29 que desea llenar, seguido del signo #, sino desea llenar más códigos ingrese el 0 seguido del signo #.

Por favor espere mientras intentamos realizar su declaración.

Se generó la declaración, el folio es el xxxxxxx. Si anotó el folio marque 1. Si desea escucharlo de nuevo marque 2.

Ingrese los códigos y valores que desee agregar o corregir, en la medida y forma que la aplicación se lo señale, al completar los códigos deseados ingrese 0 y #.

Marque el número 1 o cuelgue.

Gracias por llamar

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Cómo se hace para..? DESCRIPCION PASO A PASO DECLARACION F29 SIN PAGO Y SIN MOVIMIENTO POR TELEFONO Marque N° 188-600-0744744

Bienvenido a la aplicación del Servicio de Impuestos Internos para declarar "sin pago" el Formulario 29 del mes en curso. Para realizar una declaración sin movimiento y sin pago marque 1, para una declaración con movimiento y sin pago marque 2.

Marque 1 para su declaración sin movimiento.

Marque el RUT a declarar, si termina en K, reemplácelo por uno.

Marque el número de RUT.

Ingrese un número de folio, de los últimos 6 meses, que haya sido declarado hace más de un mes.

Ingrese el número de FOLIO.

Usted marco el n° de folio xxxxxx , si el numero es correcto marque 1, de lo contrario marque 2.

Marque 1.

Marque 2.

Por favor espere un momento mientras verificamos el n° de folio ingresado.

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Cómo se hace para..? No existe una declaración anterior para el período

Si existe una declaración anterior para el período

Ya existe declaración en el mes para el RUT y su folio es el .

Gracias por llamar

Para realizar la declaración de Formulario 29 sin pago marque 1 y espere por el n° de folio, de lo contrario marque 2.

Marque el número 1.

Marque el número 2.

Por favor espere mientras intentamos realizar su declaración.

Se generó la declaración, el folio es el xxxxxxx. Si anotó el folio marque 1. Si desea escucharlo de nuevo marque 2.

Marque el número 1 o cuelgue

Gracias por llamar

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