Deberes y Derechos Ciudadanos

DEBERES Y DERECHOS CIUDADANOS. DERECHOS CIUDADANOS Las personas vivimos en sociedad, eso implica un permanente contacto

Views 159 Downloads 5 File size 137KB

Report DMCA / Copyright

DOWNLOAD FILE

Recommend stories

Citation preview

DEBERES Y DERECHOS CIUDADANOS. DERECHOS CIUDADANOS Las personas vivimos en sociedad, eso implica un permanente contacto con nuestros pares. Para que esta convivencia sea posible, es necesario establecer ciertas normas que regulen el comportamiento. Por una parte, existen algunas obligaciones que tiene el individuo hacia la comunidad y, por otra, la comunidad garantiza a los individuos ciertos derechos que les permiten vivir respetando su libertad. Hay una relación entre lo individual y lo social que se manifiesta en los llamados derechos y deberes ciudadanos. En nuestro país, la Constitución reconoce la calidad jurídica de ciudadanos a los peruanos y peruanas que hayan cumplido 18 años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva. La calidad de ciudadano otorga ciertos derechos políticos tales como: Toda persona, hombre o mujer, independientemente de su religión, edad, sexo o grupo social al que pertenezca tiene derechos que deben ser respetados por el Estado. Estos derechos, que son conocidos como derechos humanos, son innatos e inherentes a las personas, es decir, se poseen por el solo hecho de ser persona. Además, son anteriores al ordenamiento jurídico de un Estado y resultan inalienables e inviolables, ya que están en la naturaleza misma del ser humano. Derechos garantizados por la Constitución Derechos políticos: • a sufragio • a optar a cargos de opción popular • a organizar partidos políticos y participar en ellos Derechos civiles: • a la vida. • a la integridad física y síquica. • igualdad ante la ley. • igualdad de acceso a la justicia, a un justo proceso, a ser juzgado por tribunales. competentes, etc. • respeto y protección de la vida privada y pública. • honra de la persona y su familia. • inviolabilidad del hogar. • inviolabilidad de las comunicaciones privadas. • libertad personal. • seguridad individual. • libre residencia y circulación. • libertad de conciencia y de creencia. • libertad de reunirse pacíficamente. • libertad de opinión e información. • presentación de peticiones a la autoridad. • libertad de asociación. • a la seguridad que la ley respetará la esencia de los derechos humanos. Derechos económicos, sociales y culturales: • protección de salud. • educación. • libertad de enseñanza. • admisión a todas las funciones y empleos públicos. • libertad de trabajo y su protección. • seguridad social.

• • • • • •

sindicación. desarrollo de cualquier actividad económica. adquisición de toda clase de bienes. propiedad. autoría sobre creaciones intelectuales y artísticas y de la propiedad industrial. a vivir en un ambiente libre de contaminación. •

El ser ciudadano, derechos y deberes. •



¿Cuáles son nuestros derechos?



A lo largo de la historia se ha podido distinguir hasta tres tipos de derechos ciudadanos:



Los derechos civiles tienen que ver con los derechos fundamentales inherentes a la condición de ser humano, tales como el derecho a la vida, a la identidad personal (incluyendo el poder tener documentos que la acrediten), a la inviolabilidad de domicilio, al libre tránsito, a la libertad de credo y de pensamiento, a la igualdad ante la ley, a la libertad de expresión, a la libre asociación y reunión, y el respeto a la integridad física.



Los derechos políticos son los que se refieren a la participación de los ciudadanos en la toma de decisiones sobre los asuntos públicos de su comunidad, tales como el derecho al voto, a la participación ciudadana y la asociación en partidos o frentes políticos, o a ser candidato.



Los derechos económicos, sociales y culturales (DESC) son aquellos derechos que aseguran a la ciudadanía, mínimos de condiciones de vida digna, en los campos de la educación, salud, trabajo y seguridad social.



En nuestro país hay una larga historia de lucha por derechos, sobre todo por los sociales y económicos. Recientemente en América Latina se ha planteado el derecho a participar en la definición de las políticas públicas.



Hay una creciente conciencia de los derechos ecológicos y ambientales algunos los mencionan como un cuarto tipo de derechos.



¿Cuáles son nuestras responsabilidades o deberes?

• •

Los deberes que la constitución peruana reconoce son honrar a la patria; proteger los intereses nacionales; respetar, cumplir y defender la constitución y el ordenamiento jurídico de la nación; participar en todas las instancias y espacios públicos; respetar los derechos de todos los ciudadanos; ejercer el derecho de participación y control ciudadano; promover el bien común. Además tenemos el deber de estar bien informados sobre los asuntos públicos de nuestra comunidad y país.[1][1]



Tenemos también una larga experiencia de ejercicio de responsabilidades ciudadanas: la participación en los procesos electorales, en cabildos abiertos, en organizaciones sociales, en la defensa de los derechos humanos, pagando impuestos , participando en los trabajos comunales.

• •

Preguntas para dialogar:



¿Qué derechos te otorga la democracia en el Perú?



¿Alguna vez han vulnerado tus derechos? ¿Haz vulnerado los derechos de otros?



¿Qué deberes o responsabilidades como ciudadano llevas a cabo en tu vida cotidiana?

[

Deberes de los Ciudadanos •















Cumplir las normas, requisitos y procedimientos para el uso y disfrute de las prestaciones de servicios sociales Destinar las prestaciones recibidas para el fin que se concedieron Facilitar información veraz sobre sus circunstancias personales, familiares y económicas, cuando éstas sean requisito indispensable para otorgar una prestación Comprometerse a participar activamente en su proceso de mejora, autonomía personal e inserción social Acudir a las entrevistas con los profesionales y realizar las actividades indicadas como parte de su proceso de integración social Contribuir a la financiación del coste del centro o servicio cuando así se determine por la normativa que corresponda Cumplir con las obligaciones correlativas a los derechos reconocidos en el artículo anterior Los que establezca la normativa reguladora de la actividad de los centros y servicios sociales de la Comunidad Derechos de los Ciudadanos

• • • • • • • • • •

A recibir una información suficiente y veraz

• •

A la confidencialidad respecto a la información A la continuidad en la prestación de la ayuda o servicio siempre que se mantengan las condiciones que originaron su concesión A cesar voluntariamente en la utilización de la prestación o servicio A presentar sugerencias y reclamaciones sobre la calidad de la atención y prestaciones recibidas A participar en los organos de representación del sistema público de s.s. y en organos de participación que existieran en el ambito de la iniciativa privada A que se respeten sus derechos humanos y libertades fundamentales cuando residan en centros donde se les presten cuidados A los derechos que en materia de atención a menores establece el art. 66 de la ley 6/1995 de 28 de marzo de garantías de los derechos de la infancia y la adolescencia A estar debidamente informados de los derechos descritos

• • • • • •

A recibir atención social, sin discriminación A ser protegidos por la ley cuando no posean la capacidad de decidir por si mismos A una atención individualizada que respete su identidad y dignidad A la asignación de un profesional de referencia A participar en la toma de decisiones sobre el proceso de intervención social y elegir libremente el tipo de medidas o recursos a aplicar