Convenio Colectivo[1]

CONVENIO COLECTIVO Son variadas las denominaciones que recibe el convenio colectivo de trabajo en los diferentes ordenam

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CONVENIO COLECTIVO Son variadas las denominaciones que recibe el convenio colectivo de trabajo en los diferentes ordenamientos jurídicos. Los términos pactos, convenciones, acuerdos, etc. son usados de forma indistinta. Sin embargo, lo importante es el contenido que se otorga en estos ordenamientos y la consideración como una norma jurídica. Según PALOMEQUE LOPÉZ, el convenio colectivo es el regulador de las relaciones entre representantes de los trabajadores y el empleador, así como de las condiciones a las que han de ajustarse los contratos de trabajo en un ámbito determinado. Otro concepto hallado corresponde BUENO MAGNO, que define al convenio colectivo de trabajo como el negocio jurídico a través del cual los sindicatos y empresarios establecen condiciones de trabajo, como emanación de un poder autónomo y con efectos generales. La Organización Internacional de Trabajo (OIT), define el convenio colectivo de trabajo de la siguiente manera “todo acuerdo escrito relativo a las condiciones de trabajo y empleo, celebrado entre un empleador, un grupo de empleadores o una o varias organizaciones de empleadores, por una parte, y por otra, una o varias organizaciones representantes de trabajadores”. En el Perú la definición de convenio colectivo está en el artículo 41 del T.U.O. de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo (D.S. Nº 010-2003-TR) “Convención Colectiva de Trabajo es el acuerdo destinado a regular las remuneraciones, las condiciones de trabajo y productividad y demás, concernientes a las relaciones entre trabajadores y empleadores, celebrado, de una parte, por una o varias organizaciones sindicales de trabajadores o, en ausencia de éstas, por representantes de los trabajadores interesados, expresamente elegidos y autorizados y, de la otra, por un empleador, un grupo de empleadores, o varias organizaciones de empleadores”. Por nuestra parte podemos decir que el convenio colectivo es un acuerdo libremente adoptado (voluntad - autonomía)

por los representantes de los

trabajadores y los empresarios como consecuencia de la negociación que se ha

producido entre ambos cuya finalidad es: fijar mejores condiciones de trabajo, regular las condiciones de trabajo y las relaciones laborales (trabajadores empleadores - organizaciones sindicales de trabajadores). CARACTERISTICAS DEL CONVENIO COLECTIVO CONSTITUYE UNA MEDIDA DE FUERZA SINDICAL: El sindicato utiliza la convención colectiva para buscar la mejoría de las condiciones laborales de los trabajadores sobre la base de un interés económico y profesional que tarde o temprano conduce a una acción de carácter conjunto. OBLIGA AL EMPRESARIO A CEDER: Los empresarios se ven obligados, por medio de la negociación colectiva, a ceder sobre situaciones y decisiones que eran de su absoluta incumbencia, lo que limita sus facultades ejecutas y de actuación, esto no quiere llevar a la quiebra al empresario sino que se dé una relación de colaboracionismo entre empresario y trabajador. SON

VERDADEROS

AGRUPACIONES

TRATADOS

SINDICALES:

En

CONCERTADOS las

convenciones

POR colectivas,

DOS los

contratantes pactan, convienen o acuerdan condiciones de trabajo, pero no para el sujeto sino que para el interés colectivo, ya que este interés es superior al interés individual En la legislación peruana el convenio colectivo tiene las siguientes características:  Modifica de pleno derecho los aspectos de la relación de trabajo sobre los que incide. Los contratos individuales quedan automáticamente adaptados a aquella y no podrán contener disposiciones contrarias en perjuicio del trabajador.  Rige desde el día siguiente al de caducidad de la convención anterior; o, si no la hubiera, desde la fecha de presentación del pliego, excepto las estipulaciones para las que señale plazo distinto que consistan en obligaciones de hacer o de dar en especie, que regirán desde la fecha de su suscripción.  Rige durante el período que acuerden las partes. A falta de acuerdo, su duración es de un (1) año.

 Continúa rigiendo mientras no sea modificada por una convención colectiva posterior, sin perjuicio de aquellas cláusulas que hubieren sido pactadas con carácter permanente o cuando las partes acuerden expresamente su renovación o prórroga total o parcial.  Continúa en vigencia, hasta el vencimiento de su plazo, en caso de fusión, traspaso, venta, cambio de giro del negocio y otras situaciones similares.  Debe formalizarse por escrito en tres (3) ejemplares, uno para cada parte y el tercero para su presentación a la Autoridad de Trabajo con el objeto de su registro y archivo. CONTENIDO DEL CONVENIO COLECTIVO El contenido es amplio, y por condición de trabajo debe entenderse a cualquier cláusula que busque mejorar de la condición de vida de los trabajadores. Según VELARDE, el contenido del convenio colectivo es abierto y dinámico, lo cual le permite adaptarse a su contexto y dar respuesta ágil a los nuevos problemas de las relaciones de trabajo. Sin embargo el convenio colectivo debe de sujetarse a ciertos límites establecidos en la normativas de cada país correspondiente; entonces, su ámbito se mueve entre unos parámetros mínimos, máximos, en algunos casos, absolutos-a nivel normativo. Como dice NEVES MUJICA, el contenido de un convenio colectivo puede ser todas las materias que una de las partes pueda requerir a la otra, salvo aquélla que estuviera expresamente excluida por la Constitución o la ley. Las materias que regulan los convenios colectivos: 

Económicas



Laborales (jornada, descansos, duración de contrato)



Sindicales (comités de empresa)



Condiciones y obligaciones de empleo y productividad



Material, medios y personal de prevención laboral



Medidas de promoción profesional

Los diferentes autores dividen al contenido del convenio colectivo en cláusulas:

Para Grzetich existen cuatro tipos de cláusulas: externas (que son las delimitadoras), normativas, obligacionales y programáticas. De otro lado, autores como TEXEIRA Y BARBOSA refieren que el convenio colectivo se divide en cinco tipos de cláusulas: 

Económicas.- Comprende remuneraciones, reajustes salariales por producción, gratificaciones, etc.



Programáticas.- Referidas a la prevención de accidentes de trabajo, seguro social, etc.



Asistenciales.- Referida a la creación de centros de ayuda médica para los trabajadores-



Obligacionales.- Referidas a la licencia sindical, fuero sindical, etc.



Sociales.- Referidas a la educación para los hijos de los trabajadores.

Por su parte GHEZZI Y ROMAGNO dividen en cláusulas normativas, delimitadoras, administrativas, cláusulas que establecen la administración del convenio colectivo, cláusulas relativas a aspectos asistenciales o recreativos y funcionales, cláusulas que facilitan el desarrollo de la actividad sindical tales como la licencia sindical, cuota sindical, etc. 

CLÁUSULAS

NORMATIVAS.-

Son

aquellas

que

se

incorporan

automáticamente a los contratos individuales de trabajo y las que aseguran o protegen su cumplimiento. durante su vigencia se interpretan como normas jurídicas. por ejemplo, la cláusula que establece el derecho de todos los trabajadores a percibir un incremento de remuneraciones aplicable al básico. 

CLÁUSULAS OBLIGACIONALES.- Establecen derechos y deberes de naturaleza colectiva laboral entre las partes del convenio. se interpretan según las reglas de los contratos. por ejemplo, la cláusula por la que se establece la obligación del empleador de otorgar al sindicato un local para sus reuniones.



CLÁUSULAS DELIMITADORAS.- Destinadas a regular el ámbito y vigencia del convenio colectivo. se interpretan según las reglas de los contratos. por ejemplo, la cláusula que establece el plazo de vigencia del

convenio colectivo o los trabajadores a los cuales deben aplicarse las disposiciones del mismo. El contenido del convenio colectivo lo podemos definir como el conjunto de pactos o cláusulas acordadas por los sujetos negociadores que regulan las condiciones de trabajo, en concreto materias de carácter laboral, económicas o asistenciales. Todos los convenios tienen que referirse a una serie de materias, las cuales constituyen el contenido mínimo del convenio: determinación de las partes que lo conciertan (partes que han negociado y que lo suscriben), ámbito personal, funcional, territorial y temporal (delimitación precisa de la unidad de negociación, así como la vigencia del convenio), procedimientos para resolver las discrepancias que puedan surgir para la no aplicación de las condiciones de trabajo pactadas en el convenio referentes a determinados aspectos como puede ser el horario o la cuantía salarial. TIPOS DE CONVENIO COLECTIVO Podemos distinguir distintos tipos de convenios colectivos según el criterio al que acudamos para su clasificación: Territorialmente: 

De ámbito estatal.



Interprovincial.



Provincial.



Local.

Funcionalmente: 

Convenios que afectan a la totalidad de empresas y trabajadores del mismo sector de actividad.



Convenios que afectan a empresas con carácter especial.



Convenios profesionales o de oficio.

Por las empresas comprendidas en su ámbito: 

De empresa.



De ámbito inferior a la empresa.



De ámbito superior a la empresa.

Por su eficacia: 

De eficacia general (estatutario).



De eficacia limitada (Extra estatutario).

Por su naturaleza 

Convenios colectivos propiamente dichos.



Acuerdos interprofesionales.



Acuerdos sobre materias concretas

AMBITO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO EN EL PERÚ La convención colectiva tendrá aplicación dentro del ámbito que las partes acuerden, que podrá ser: 

De la empresa, cuando se aplique a todos los trabajadores de una empresa, o a los de una categoría, sección o establecimiento determinado de aquella.



De una rama de actividad, cuando comprenda a todos los trabajadores de una misma actividad económica, o a parte determinada de ella.



De un gremio, cuando se aplique a todos los trabajadores que desempeñen una misma profesión, oficio o especialidad en distintas empresas.

IMPORTANCIA DEL CONVENIO COLECTIVO La importancia radica en su naturaleza y los efectos jurídicos que genera para las partes como consecuencia de lo pactado; ya que las clausulas son de carácter bilateral regulando y unificando condiciones de trabajo, que pretenden dotar de mejores beneficios a los trabajadores. El convenio colectivo posee fuerza de ley para quienes la suscriben; las condiciones generales de trabajo en beneficio de los trabajadores se adhieren al contrato individual de trabajo. El convenio colectivo es una forma de agilizar el procedimiento para resolver conflictos que alteren o incidan directamente entre las partes.

MODELO DE UN CONVENIO COLECTIVO CONVENIO COLECTIVO CELEBRADO ENTRE …………………………. Y LA ORGANIZACIÓN SINDICAL ……………………………………. En

Lima,

a

los

….

días

del

…………………………………………,

se

mes

de

reunieron

…. de

del una

200.., parte

y

en en

representación de ……………………………. (en lo sucesivo LA EMPRESA), don …………………………………., identificado con DNI Nº ……………………….., y de la otra parte y en representación de …………………………………………….., los

señores

miembros

de

………………………………..,

la

Comisión

identificado

de

con

Negociación DNI



………………………………., …………………………………, identificado con DNI Nº ……………………….., ………………………………………………, identificado con DNI Nº ………………………………….. y ……………………………………., identificado con DNI N° ………………………….

Se deja constancia que el

número de expediente asignado en el Ministerio de Trabajo y Promoción Social a

la

presente

negociación

colectiva

es

el

expediente



………………………………………….

Luego de amplias deliberaciones, las partes convienen en celebrar el presente convenio colectivo.

PRIMERO: ÁMBITO DE APLICACIÓN El presente convenio colectivo es aplicable a todo el personal de LA EMPRESA que al… de…….. del 200… cuenten con vínculo laboral vigente y que haya superado el período de prueba, con excepción de personal de dirección y de confianza, conforme a lo dispuesto por el artículo 34° del Decreto Supremo N° 011-92-TR, Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo.

SEGUNDO: AUMENTO GENERAL Con efectividad a partir del … de marzo del 200.., LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva un

incremento único de remuneraciones ascendente a la suma de S/. ….. diarios, el cual será incorporado en su salario básico. Este incremento formará parte de cualquier incremento de remuneraciones dispuesto por el Gobierno Central a favor de los trabajadores del régimen común de la actividad privada, aún cuando éste sea otorgado a favor de los trabajadores sujetos a negociación colectiva.

TERCERO: BONIFICACIÓN POR RETORNO DE VACACIONES LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva una bonificación por retorno de vacaciones equivalente a………………...

CUARTO: UNIFORMES DE TRABAJO Las partes acuerdan que es de cargo de LA EMPRESA otorgar una vez al año, con carácter permanente, un uniforme compuesto de: … camisas,

….

pantalones, ….. polos y …. botines, obligándose los trabajadores a usarlos durante la jornada de trabajo. Asimismo, LA EMPRESA se compromete a hacer entrega de los uniformes de trabajo que a la fecha aún no hayan sido entregados a los trabajadores, en cumplimiento del convenio colectivo del año 200…-200….

QUINTO: ASIGNACIÓN POR FALLECIMIENTO LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva o a sus herederos, según sea el caso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19° inciso g) del Decreto Legislativo 650 una asignación por fallecimiento; en caso de fallecimiento del hijo, cónyuge o conviviente del trabajador la suma de ……………………………. Nuevos Soles y de producirse el deceso del padre o madre del trabajador, la suma de S/. …………………………. Nuevos Soles.

SEXTO: PERMISO POR FALLECIMIENTO LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva, en caso de fallecimiento del padre, madre, hijo, cónyuge o conviviente del trabajador, licencia con goce de haber de … días si el

deceso se produce en el departamento de Lima o Provincia Constitucional del Callao y ……días si el deceso se produce en cualquier otro Departamento del País. Sin embargo, en virtud de consideraciones especiales, LA EMPRESA podrá extender el plazo del permiso de acuerdo a las características de cada caso.

SETIMO : LICENCIA PARA ATENCIÓN MÉDICA LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva, licencia con goce de haber para su atención en ESSALUD en caso de enfermedad debidamente comprobada.

OCTAVO: ASIGNACIÓN DE MOVILIDAD POR TRABAJO NOCTURNO LA EMPRESA conviene en otorgar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva que laboran de 3.00 p.m. a 11.00 p.m. y de 11.00 p.m. a 7.00 a.m., de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 19° inciso e) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 650, una bonificación por movilidad ascendente a la suma de S/. ….. Nuevos Soles) por cada día de prestación de servicios.

NOVENO : ASIGNACIÓN POR EDUCACIÓN LA EMPRESA conviene abonar a los trabajadores comprendidos en la presente convención colectiva, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 19° inciso e) del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 650, una asignación por educación inicial, primaria y secundaria ascendente a la suma de S/. ………….. Nuevos Soles anuales, por cada hijo menor de 18 años que curse estudio escolares. Para tener derecho al presente beneficio el trabajador deberá presentar a LA EMPRESA la constancia de matrícula correspondiente por cada uno de los hijos beneficiarios.

DÉCIMO : GRATIFICACIÓN POR NAVIDAD LA EMPRESA conviene en otorgar por única vez, y al amparo del inciso g) del artículo 19° del TUO del Decreto Legislativo N° 650, Ley de la Compensación por tiempo de Servicios, una gratificación por Navidad ascendente a la suma de ……………………. Nuevos Soles para cada uno de los trabajadores.

Este beneficio se otorga en forma adicional a las gratificaciones legales otorgadas a favor de los trabajadores del régimen laboral de la actividad privada.

DÉCIMO PRIMERO: VIGENCIA DEL CONVENIO COLECTIVO De acuerdo a lo establecido en los incisos c) y d) del artículo 43° de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, el presente convenio colectivo tiene una vigencia de un (01) año, comprendido entre el … de …… del 2001 y el …. de …………… del 200….

En base a los acuerdos que anteceden queda total y definitivamente solucionado el petitorio planteado por las organización sindical………………………………., así como las condiciones económicas correspondientes al período 200..-200…, quedando retirados los puntos que no hayan sido materia de avenimiento en los términos que anteceden, por lo que las partes luego de leer el contenido de este documento se ratificaron en el mismo y procedieron a suscribirlo en seis (6) ejemplares del mismo tenor.

POR LA EMPRESA

_____________________ DNI Nº …………………

POR LOS TRABAJADORES

_____________________

_______________________

DNI Nº ………………

DNI N° ……………………..

_____________________

_______________________

DNI Nº …………………

DNI Nº …………………….