Contratos Petroleros en Ecuador

UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR LEGISLACIÓN APLICADA NOMBRE : Loor Capelo Stalin Everto TEMA : Contratos Petroleros e

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR LEGISLACIÓN APLICADA NOMBRE

: Loor Capelo Stalin Everto

TEMA

: Contratos Petroleros en Ecuador

PROFESOR

: Dra. Alejandra Cantos

FECHA

: 2015-06-15

PARALELO

: Octavo – Petróleos

NOTA

:

CONTRATOS PETROLEROS EN ECUADOR En la presente investigación se analiza los contratos de participación y prestación de servicios, aunque es necesario identificar los diferentes contratos para la exploración y explotación de hidrocarburos que existen en el Ecuador. Entre ellos tenemos: 1. CONTRATOS DE PARTICIPACIÓN.- El estado otorga a compañías privadas la concesión de explorar y explotar sus hidrocarburos. 2. CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.- El estado contrata compañías privadas para explorar y explotar sus hidrocarburos, es decir le paga una tarifa por cada barril extraído. 3. Contratos de asociación.- El estado y la compañía privada se asocian para explorar y explotar. El estado aporta con el territorio y la compañía se encarga de las inversiones. 4. Contratos de explotación de campos marginales.- El estado confiere a la compañía privada la concesión de explorar y explotar los campos petroleros marginales. 5. Contratos de obras o servicios específicos.- A diferencia de los contratos de prestación de servicios en este tipo las compañías realizan trabajos puntuales. En este caso el estado cancela solo por el servicio que se brindó. CARACTERÍSTICAS CONTRACTUALES

PRINCIPALES

DE

ESTAS

MODALIDADES

1. Contratos de participación  El 12,5% del volumen total producido de crudo le corresponde como participación mínima al Estado.  Los ingresos de las contratistas representa en su totalidad la producción del crudo, lo cual les permite cubrir los costos, gastos de producción y generar su utilidad.  Las compañías privadas no pagan regalías al Estado ecuatoriano.  El riesgo de inversión durante la exploración y explotación corresponden a la contratista. La participación que recibe al Estado es independiente de las variaciones en el precio del petróleo, del monto de inversiones realizado o del descubrimiento de nuevas reservas.  La contratista retiene el área del bloque para el cual fue contratada si se descubren yacimientos de petróleo que sean comercialmente explotables. Nota: Las palabras que están en mayúsculas, subrayadas y con negrillas son los temas que se solicitó investigar en el presente trabajo.



El período establecido dentro de este tipo de contratos es de 10 años.

2. Contratos de prestación de servicios  Las inversiones realizadas en la exploración por parte de las contratistas debe descontarse durante los primeros cinco años del período de explotación del bloque asignado. Por otro parte, las inversiones realizadas durante el período de desarrollo y de producción corresponderá a los diez primeros años del período de explotación.  Las reservas de crudo encontradas en el bloque deben ser declaradas comercialmente explotables para que la contratista tenga el derecho al pago por sus servicios prestados.  El reembolso a las compañías puede ser en dinero o en especie, siempre y cuando exista un acuerdo entre Petroecuador y la contratista.  Las contratistas no pagan regalías por su operación debido a que están prestando un servicio al Estado. Petroecuador transfiere el capital generado por la explotación hacia el Ministerio de Economía y Finanzas.  Las contratistas no pagan conceptos de primas de entrada, derechos superficiarios y aportes en obras de compensación.  Las contratistas paga un impuesto a la renta es el 1%.  Garantiza a la contratista un ingreso fijo, no así al país, ya que los ingresos dependen del precio internacional del hidrocarburo. REGALÍAS Son el impuesto que paga el arrendatario (la contratista) al terrateniente (en nuestro caso el Estado ecuatoriano), por el derecho de explorar y explotar un yacimiento, como prestación por la propiedad cedida y explotada. El estado solo recibe regalías por la producción de petróleo, no por la exploración ni por la perforación de los pozos. FUENTE  Teodoro Bustamante y Oscar Zapata. Características de los contratos petroleros, 2004.