Citation preview

CONTRATO POR SERVICIOS Y AFILIACIÓN Entre

la

ASOCIACIÓN

DE

TRANSPORTISTAS

GOLDEN

DRAGON

(ASODRAGO) A.C., actuando en este acto por el Ciudadano JESUS ALBERTO BLANCO GONZALEZ portador de la Cédula de Identidad N° V-11.118.651, representante jurídico de dicha Asociación de Transportista tal como lo establece en los Estatutos Legales de la misma, quien en adelante se denominará EL CONTRATANTE, y---------------------------, mayor de edad identificado con Cédula de ciudadanía N° V-----------------, domiciliado en Anaco, Municipio Anaco y quien para los efectos del presente documento se denominará EL CONTRATISTA, acuerdan celebrar el presente CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS Y AFILIACION, el cual se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO: EL CONTRATISTA en su calidad de AFILIADO, se obliga para EL CONTRATANTE a cumplir y respetar cada uno de los lineamientos de los servicios que la misma le va a prestar y demás actividades propias del servicio contratado, el cual debe realizar de conformidad con las condiciones y cláusulas del presente documento y que consistirá en: Afiliar a cada uno de los transportistas de dicha Asociación, Cooperativa, particular y/o otra a la que pertenezca, realizar todo tipo de diligencias, tramites, gestión, antes FONTUR, para la adquisición o cambio de vehículo taxi de los promocionados por el Gobierno Nacional (NOTA: LA ASOCIACION DE TRANSPORTISTAS GOLDEN DRAGON (ASODRAGO) A.C., NO ENTREGA VEHICULOS SOLO HACE LOS TRAMITES PARA LA ASIGNACION DE CUPOS ANTE DICHA INSTITUCION).

SEGUNGA.-

DE

LAS

OBLIGACIONES

DEL

CONTRATISTA:

“EL

CONTRATISTA” deberá cancelar al CONTRATANTE una cuota de AFILIACIÓN y una cuota por las diligencias a practicar antes FONTUR, las mismas son unas cuotas únicas no reembolsables las cuales se detallan a continuación: CUOTA DE AFILIACON: Bs. 20.000 (por cada uno de los afiliados) CUOTA DE GASTOS: Bs. 28.000 (por cada uno de los afiliados) LA CONTRATISTA pagará una cuota mensual a LA CONTRATANTE, la cual se fijará de mutuo acuerdo en reunión posterior a la firma de este documento. TERCERA.- DURACION O PLAZO: El plazo para la ejecución del presente contrato será de Dos Años (02) contados a partir de la firma de este documento y podrá prorrogarse por acuerdo entre ambas partes con antelación a la fecha de su expiración mediante la celebración de un contrato adicional que deberá constar por escrito, este contrato también sedará por culminado cuando FONTUR haga entrega de dichas unidades y por la misma se realice otro contrato por las entregas y condiciones que ellos establezcan. CUARTA.- EL CONTRATISTA, acepta y reconoce que toda información relacionada con el contratante tiene carácter confidencial y en consecuencia, se compromete a mantener la reserva y secreto de todos sus asuntos cuyo conocimiento se derive de los servicios prestados con ocasión de este contrato, incluso después de culminar el mismo, solo podrá hacerle mención a cada uno de sus afiliados. QUINTA.- Queda expresamente establecida que la actividad a desempeñar por parte de EL CONTRATANTE, no será de manera exclusiva, ni implica subordinación por no tratarse de una relación laboral. SEXTA.- Los papeles de trabajo, presentaciones y cualquier tipo de documento preparado o elaborado por EL CONTRATADO, con ocasión de los servicios prestados, serán entregados a LA CONTRATISTA previo requerimiento de estos.

SEPTIMA.-

EL

CONTRATANTE,

deberá

notificar

de

inmediato

a

EL

CONTRATISTA de toda situación irregular o no irregular que se presente durante el ejercicio de sus actividades y servicios, así como cualquier circunstancia de fuerza mayor que le imposibilite cumplir con las obligaciones previstas en el presente contrato. OCTAVA.- Este contrato es un mutuo acuerdo de las partes mismas, la cual los firman en la última hoja de este documento. Las partes reconocen que no existe dolo, mala fe o coacción en ningún momento de celebrarlo. NOVENA.- LA CONTRATISTA deberá entregar una serie de documentación a LA CONTRATANTE, tales como: copia de la Cédula de Identidad, copia de Licencia de Conducir, copia de Certificado Médico, llenar planilla de afiliación por cada uno de los integrantes, entre otros documentos, para armar la carpeta e incorporación inmediata al sistema de registro de dicha Asociación (dichos documentos deberán estar actualizados) NOTA: LAS PLANILLAS DE AFILIACION ENTRE OTROS DOCUMENTOS DEBERAN ESTAR FIRMADAS Y SELLADAS POR EL PRESIDENTE DE ASODRAGO PARA QUE TENGA SU VALIDEZ.

DISPOSICIONES GENERALES: DECIMA: El presente contrato entrará en vigencia a partir del día______________ del mes de________________________ del año_________________ DECIMA PRIMERA: Toda modificación que surgiere con ocasión del presente contrato, deberá ser pactado de común acuerdo entre ambas partes mediante la suscripción de un addendum, el cual se anexará al contrato y formará parte integrante del mismo. DECIMA SEGUNDA: Si durante la vigencia del presente contrato, surgieren dudas o discrepancias en su interpretación, las partes, tendrán siempre en consideración, las exigencias de la ley, la verdad y la buena fe.

DECIMA TERCERA: Se elije como domicilio especial, único y excluyente a la ciudad de Caracas. Se hacen dos (02) ejemplares a un solo efecto y a un mismo tenor, uno (01) de los cuales queda en poder del CONTRATISTA, y el otro en poder del CONTRATANTE.

“EL CONTRATANTE”

“EL CONTRATISTA”