Contrato de Representacion

CONTRATO DE REPRESENTACION Entre__________________________________, de estado civil ______________ con domicilio legal

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CONTRATO DE REPRESENTACION

Entre__________________________________, de estado civil ______________ con domicilio legal constituido en _________________, de la cuidad de _____________________, Colombia, por una parte y en adelante denominado EL MANDANTE, y por la otra, _____________________________________, identificado con la cedula de ciudadanía No ____________________ con domicilio legal constituido en ____________________________, de ____________________, Colombia, en adelante denominado EL MANDATARIO o REPRESENTANTE se conviene en formalizar el presente contrato de mandato, sujeto a las siguientes cláusulas: PRIMERA: EL MANDANTE encarga al MANDATARIO / REPRESENTANTE y éste acepta la realización de gestiones y actos tendientes a la prosecución de su carrera deportiva tanto en el país como en el extranjero declarando que su representación como jugador de fútbol no ha sido cedida a ningún tercero. SEGUNDA: EL REPRESENTANTE se obliga a representar y asesorar a EL MANDANTE en todos los trámites y gestiones inherentes a las transferencias o préstamos bien sean temporales o definitivas, gratuitas u onerosas de sus derechos federativos, deportivos y económicos, en todos los contratos vinculados directa o indirectamente a su carrera deportiva, y EL MANDANTE se obliga desempeñar su carrera deportiva en forma profesional respetando las reglamentaciones dictadas por el MANDANTE, CLUB DEPORTIVO (NACIONAL O FUERA DEL TERRITORIO COLOMBIANO), LA FEDERACION COLOMBIANA DE FUTBOL (FCF) Y LA FIFA donde desempeñe su actividad. Parágrafo 1: el representante cubrirá los gastos correspondientes a su formación e instrucción física y psicológica en algún centro de entrenamientos ubicados en la ciudad de barranquilla o el que a su criterio represente mejores condiciones para el talento y desarrollo. Parágrafo 2: invocada la causal numero quinta para terminación o revocación del contrato de mandato o representación aquí definido por parte del mandante, este deberá retribuir o devolver en su totalidad al mandatario o representante los gastos incurridos en la gestión durante el tiempo transcurrido.

TERCERA: EL MANDATARIO recibirá como retribución el por diez por ciento (10%) de todas las sumas que percibiera el representado con motivo de los contratos que se celebren como consecuencia de la mediación, la representación o asesoramiento en trámites y gestiones inherentes a la carrera deportiva de EL MANDANTE en el país y del quince por ciento (15%) cuando se celebren en el exterior o para ser ejecutados en el exterior suma que se liquidara dentro de los cinco (5) días de efectuarse el pago correspondiente a cada gestión al MANDANTE obligación que subsistirá luego del plazo acordado en la cláusula OCTAVA respecto de él o los contratos acordados durante la vigencia del presente. Parágrafo 1: En tal sentido se entiende por sumas a percibir sueldos y primas, como así también derechos de participación que corresponda percibir al MANDANTE por aplicación de normas legales, convencionales y/o reglamentarias que rijan la actividad o las que eventualmente se acuerden con motivo de la cesión a préstamo de sus servicios deportivos y/o la transferencia parcial o total de los derechos federativos sobre su pase entre clubes y/o empresas en el orden nacional e internacional, los importes que perciba EL MANDANTE con motivo de la cesión a préstamo de su propio pase y/o transferencia definitiva, parcial o total de sus derechos federativos, en condición de jugador en libertad de contratación, acuerdo o contrato, que lo tenga como protagonista y reconozca origen o haga mención a su condición de deportista con motivo de su desempeño como jugador de fútbol con fines deportivos. Esta descripción es meramente enunciativa y no taxativa. CUARTA: Las partes acuerdan la exclusividad en cuanto a la representación por lo que el MANDANTE no podrá ejercer por sí ni por terceros los actos que son objeto de este contrato. El incumplimiento de lo pactado dará derecho al MANDATARIO REPRESENTANTE a cobrar el porcentaje pactado como si hubiese intervenido en el negocio con más un veinte por ciento (20%) que se adiciona como cláusula penal. Sin perjuicio de ello podrá reclamar los daños y perjuicios que el accionar en infracción a la exclusividad ocasionare. La exclusión de la actividad personal de EL MANDANTE sobre los actos objeto de este contrato, obedece a que ambas partes tienen en miras al celebrar el presente acuerdo, que la especialización, prestigio, trayectoria y reconocida capacidad del REPRESENTANTE para la realización de esos actos, garantiza para ambas partes mejores contrataciones. En tal sentido EL MANDANTE asume el expreso compromiso de comunicar en forma fehaciente de todo acto u oferta que pudiera recibir de terceros a fin de que los REPRESENTANTES concierten los negocios de que se trate en

su representación. La falta de comunicación de dicha circunstancia implicará un incumplimiento a la presente cláusula de exclusividad. QUINTA: EL MANDATARIO REPRESENTANTE podrá renunciar al mandato, así como el MANDANTE podrá revocar el presente mandato. Tanto la decisión de renuncia como de revocación deberá ser comunicada fehacientemente a la otra parte con una anticipación no menor de 90 días hábiles. En caso de incumplimiento a esta obligación el incumplidor se hará pasible de una multa de pesos veinticinco millones de pesos ($25.000.000) la que será exigible sin necesidad de interpelación alguna y por vía ejecutiva. SEXTA: Todo gasto que demande la ejecución del presente contrato, como (preparación física y psicológica, viajes, estadías, movilidad, pago a personal, etc.) será soportado en forma exclusiva por el MANDATARIO / REPRESENTANTE. SÉPTIMA: A efectos del cumplimiento de las obligaciones asumidas por el MANDATARIO REPRESENTANTE el MANDANTE otorga a este o a quien se designe por parte de este, Poder Especial Irrevocable por el PLAZO de _____ AÑOS a contados desde la fecha de suscripción del presente instrumento, fundamentado en la protección del interés de ambas partes y se obliga a la firma personal de los contratos gestionados y que no puedan ser perfeccionados por el MANDATARIO / REPRESENTANTE. OCTAVA: El plazo de duración del presente contrato será de ________meses, es decir desde el ____ de __________________ de 20____ hasta el ____ de __________________ de 20____. Pudiendo ser renovado por voluntad de las partes por igual período. NOVENA: Para todos los efectos legales que pudieran surgir del presente, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales ubicados en la ciudad de barranquilla Colombia, renunciando a cualquier otro fuero o lugar que pudiera corresponderles, a cuyos efectos, ratifican los domicilios consignados en el encabezamiento, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones, citaciones, y emplazamientos judiciales y/o extrajudiciales que se les efectuaren. DECIMA: para garantizar los compromisos aquí descritos, además de comprometer su responsabilidad personal, el mandante firmara pagare en blanco y carta de instrucciones para avalar lo aquí pactado. DECIMA PRIMERA: Ámbito de vigencia y aplicación: El presente Convenio de Mediación y Representación reconoce ámbito de vigencia en todos los países del mundo, dejándose expresamente establecido que EL REPRESENTANTE podrá representar simultáneamente a otros jugadores de

fútbol, sin que de ello se derive ninguna incompatibilidad. Así mismo EL REPRESENTANTE queda autorizado, sin costo o cargo alguno y sin límite de tiempo, para utilizar el nombre y la imagen del MANDANTE, a fin de incluirlo como uno de sus representados, con indicación del periodo que lo representaron, en su curriculum, carpeta de antecedentes, presentaciones, publicidades y promociones institucionales de la actividad como representantes en todos los países del mundo. En prueba de conformidad se firman dos ejemplares de un mismo tenor en la