Contrato de Compraventa de Fraccion de Bien Inmueble Urbano

NUMERO TRECE (13). Guatemala, dos de junio del año dos mil ocho, ANTE MI, SANDRA PATRICIA MORALES ROMERO , Notaria, COMP

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NUMERO TRECE (13). Guatemala, dos de junio del año dos mil ocho, ANTE MI, SANDRA PATRICIA MORALES ROMERO , Notaria, COMPARECEN, por una parte el señor, Marlon Hernán Reyes Morales de veintinueve años de edad, casado, Ingeniero Civil , guatemalteco, de este domicilio y de mi conocimiento. Actúa en calidad de Administrador Único y Representante legal de la entidad INMOBILIARIA LOS SOLES , SOCIEDAD ANONIMA, calidad que acredita con el acta notarial de nombramiento autorizada en esta ciudad el quince de enero de dos mi Siete por el notario Gerdon Rene Godoy Poloc, el que quedo inscrito en el Registro mercantil General de la Republica bajo el numero cuatrocientos cincuenta y siete(457), folio ochenta (80), libro ciento ochenta y nueve (189) de Auxiliares de comercio, con fecha diecisiete de febrero de dos mil siete. HAGO CONTAR: que tuve a la vista la documentación relacionada y que la representación que se ejercita es suficiente conforme a la ley y a mi juicio para el presente acto, dicha entidad se identificará en este instrumento como EL VENDEDOR. Y por la otra parte la señora MAURA ESTELA MORALES GOMEZ, de cuarenta y cuatro años de edad, casada, secretaria , guatemalteca y de este domicilio y vecindad, quien se identifica con cédula de vecindad con número de orden B guión dos y de registro treinta y seis mil ochocientos cuarenta (A-B 36,840), extendida por el alcalde del municipio de Jocotenango departamento de Sacatepequez, a quien se identificara en este instrumento como LA COMPRADORA. Ambos comparecientes me aseguran ser de los datos de identificación personal antes anotada y de hallarse en el libre ejercicio de sus derechos civiles. Y me manifiestan que por este acto celebran CONTRATO DE COMPRAVENTA DE FRACCION DE BIEN INMUEBLE URBANO, De conformidad con las siguientes cláusulas escriturarias: PRIMERA: ANTECEDENTES manifiesta el señor Marlon Hernan Reyes Morales , que su representada , la entidad INMOBILIARIA LOS SOLES , SOCIEDAD ANONIMA, es propietaria del bien Inmueble inscrito en el Registro General de la Propiedad Central bajo el numero de finca treinta y dos (32), Folio cuarenta y ocho (48), del LIBRO ochenta y ocho E (88

E) de Guatemala; cuya área, medidas y colindancias constan en su respectiva inscripción de dominio. Y se encuentra ubicado en la colonia Lourdes zona diecisiete del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala SEGUNDO: Por advertencia del Notario, el VENDEDOR, declara que sobre la fracción del inmueble, que por este acto enajena no pesan gravámenes, anotaciones ni limitaciones de ninguna clase que puedan afectar los derechos de la compradora, quedando enterado de la responsabilidades en que incurriere, si lo declarado no se apegare a la verdad. En adición, manifiesta que todos los servicios, impuestos, tasas municipales y arbitrios a que esta afecto el inmueble se encuentran debidamente cancelados a la presente fecha. Así mismo la PARTE VENDEDORA queda sujeta al saneamiento del bien objeto de la presente compraventa, en la forma de la ley.. TERCERO: OBJETO (COMPRAVENTA). Continua manifestando el señor Marlon Hernán Reyes Morales que por el precio de dieciocho mil quetzales exactos (Q.18,000.00), que declara tener recibidos a su entera satisfacción mediante cheque de caja girado en contra del Banco Industrial ,S.A. por el presente acto VENDE: a la señora MAURA ESTELA MORALES GOMEZ una fracción del inmueble identificado en la cláusula primera, identificado como lote numero dos con un área de veintitrés punto setenta y tres metros cuadrados (23.73mts2) que se desmembrara de la finca matriz relacionada, para formar una finca urbana nueva en el Registro General de la propiedad de la Zona Central y que tendrá las siguientes medidas y colindancias, de conformidad con el plano elaborado por la Arquitecta MIRIAM BARRIENTOS TREJO, colegiado activo numero cuatro mil seiscientos nueve(4,609), que se adjunta al testimonio de la presente escritura: AL NORTE: cuatro punto sesenta metros,(4.60) colinda con la finca propiedad de la señora Esperanza Castellanos Lopez . AL SUR: cuatro punto veintiocho (4.28) que colinda con la finca de los señores Mario y Axel Castro. AL ESTE: siete punto quince metros (7.15) colinda con la finca propiedad de la señora Morelia Amali Sagastume Gutowski. Al OESTE: siete punto setenta (7.70) metros que colinda con la finca

propiedad de Josué Del Carmen Tema Najera. En la venta se incluye todo cuanto de hecho y por derecho le corresponden. CUARTO: ACEPTACION en los términos expuestos, los contratantes en los conceptos bajo las cuales actúan, aceptan el contenido de este instrumento y expresamente la venta hecha a favor de la señora MAURA ESTELA MORALES GOMEZ . Yo, el Notario, DOY FE: a) Que todo lo escrito me fue expuesto; b) Que tuve a la vista las cédulas de vecindad relacionadas, así como certificación extendida por el Registro General de la Propiedad de la Zona Central en la que se acredita la propiedad de la finca que fue sujeta a desmembración la fracción objeto de este contrato, así como la certificación extendida por el Secretario Municipal de Guatemala, del departamento de Guatemala donde consta la autorización municipal para la desmembración del bien inmueble objeto del presente contrato del cual se adjunta al testimonio de la presente escritura y el plano de registro relacionado; c) que advertí a los otorgantes de los efectos legales que produce el contrato de compraventa que acaba de celebrar y la escritura que lo documenta, así como las obligaciones fiscales y de registro. Leí íntegramente lo escrito a los otorgantes y bien enterados de su contenido, objeto validez, la aceptan , ratifican y firma con el notario que autoriza.

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